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Principales dificultades del sistema de seguridad y protección del centro histórico de la Ciudad de Holguín (página 2)




Enviado por Jose Leonardo



Partes: 1, 2

  • 5. Equipamiento: Contempla la integración de sistemas técnicos de seguridad de alta tecnología con Unidades de Respuesta Estratégica equipadas con medios especiales (vehículos, chalecos tácticos, megáfonos, bastones extensibles, equipos de comunicaciones) mediante la ampliación del Servicio Centralizado de Alarmas y su combinación con la instalación del Sistema de Video Protección que integra 16 cámaras móviles y 50 cámaras fijas conectadas por una red de fibra óptica a un Centro de Monitoreo Integral.

  • 6. Profesionalización y Formación de Valores: El Proyecto prevé contar con un capital humano permanentemente capacitado y actualizado para brindar un mejor servicio a la ciudadanía a partir de la implementación de un plan especial de capacitación que contemple tanto la preparación táctica operacional como los elementos relacionados con relaciones públicas, trabajo comunitario y una fuerte preparación político ideológica, para lograr la consolidación de los valores que comparte la empresa: disciplina, profesionalidad, confiabilidad política y consagración y la extensión de estos valores a la comunidad contemplada dentro de la zona de protección mediante el trabajo preventivo profiláctico y educativo a desarrollar con la información generada por el Proyecto. Este trabajo tiene dos formas de ejecución: directamente por el personal de SEPRO e indirectamente, a través de los organismos receptores de la información.

  • 7. Cero tolerancia a las manifestaciones de indisciplinas, ilegalidades, corrupción y delito: El sistema contempla que cada evento detectado reciba de inmediato el enfrentamiento y neutralización por las Unidades de Respuesta Estratégica y genere un proceso de gestión para eliminar o minimizar los factores de riesgo que lo generaron. El sistema tiene como eje central de funcionamiento la legalidad y responde íntegramente al cumplimiento de las normas establecidas para la seguridad en la legislación vigente.

Como IMPACTO se define: "Fuerte acción preventiva y disuasiva de la actividad delictiva común y contrarrevolucionaria para generar un estado psicológico favorable que contribuya al bienestar individual y colectivo y la tranquilidad ciudadana del pueblo".

El proyecto se organiza mediante la sectorización de la vigilancia y la respuesta de la forma siguiente:

  • Sector 1: Loma de la Cruz.

  • Sector 2: Parque Infantil y Parque San José.

  • Sector 3: Parque Calixto García.

  • Sector 4: Parque de las Flores.

  • Sector 5: Parque José Martí.

Como elemento esencial está la evaluación sistemática y permanente del Proyecto en cuanto a la Efectividad de la Detección y el Tiempo de Respuesta, así como el comportamiento de la Incidencia Delictiva, Accidentes del Tránsito y otros hechos extraordinarios una vez puesto en marcha.

Se contempla la organización de un Puesto de Dirección de Enfrentamiento, durante 24 horas, dirigido por la Dirección Integral de Supervisión en el municipio, el que tiene como misión, la organización, dirección y control del enfrentamiento integral a los diferentes hechos que una vez detectados por el sistema sean comunicados por el Operador del Centro de Monitoreo Integral. Informa al CAM los resultados del enfrentamiento, proponiendo las acciones correctivas a emprender para eliminar las causas y condiciones que favorecen la ocurrencia de los hechos.

Bibliografía

TEXTOS CONSULTADOS:

  • 1. Bermúdez, H. Notas de Taller sobre La Seguridad de la Información en las organizaciones. Proinfo, IDICT, 2003

  • 2.  Bermúdez, H y Linares, A. Notas de Taller sobre Fundamentos de Contrainteligencia Empresarial. Proinfo, IDICT, 2004.

  • 3. BLANCO, Alberto. Curso de Obligaciones y Contratos en el Derecho Civil Español, Tomo II, 2ª. edición ampliada, revisada y puesta al corriente. La Habana, 1948.

  • 4. CLEMENTE Díaz, Dr. Tirso, Derecho Civil Parte General. Tomo I. Ministerio de Educación Superior. Universidad de  la Habana 1984.

  • 5. Colectivo de autores. Derecho Financiero. Ministerio de Educación Superior. 1987. La Habana. Cuba.

  • 6. Colectivo de autores. Teoría General del Contrato. Tomos I y II. Editora Félix Varela. 2001. La Habana. Cuba

  • 7. Colectivo de autores. Temas de derecho administrativo cubano. Tomos I y II. Editora Félix Varela. 2002. La Habana. Cuba.

  • 8. Colectivo de autores. Estudios de derecho administrativo cubano. Editora Félix Varela. 2002. La Habana. Cuba.

  • 9. Colectivo de autores. Derecho de Contratos. Tomo I. Editora Felix Varela. 2002. La Habana. Cuba.

  • 10. Colectivo de autores. El Perfeccionamiento empresarial en Cuba. Editorial Félix Varela. La Habana. 1999.

  • 11. Comai, A. Contrainteligencia ¿Cuales son las diferencias con la seguridad? Revista Puzzle, 7, 2003

  • 12. Curso de contabilidad y finanzas para Directivos. Ministerio de Educación Superior. 1998. Universidad de Granma. Cuba.

  • 13. Curso de derecho para directivos. Ministerio de Educación Superior. 1998. Universidad de Granma. Cuba.

  • 14. Delgado Vergara, Teresa. El contrato como institución mixta y El contrato como institución central del ordenamiento jurídico, Lecturas de Derecho de Obligaciones y Contratos, Editorial. Félix Varela, La Habana, 2000.

  • 15. Díez Picazo, Luis. Fundamentos del Derecho Civil Patrimonial I, Volumen Primero, Quinta Edición, Editorial Civitas, Madrid, 1996.

  • 16. Echevarria Vallejo, Oscar U. Regulación, plan y mercado: el caso Cuba: investigación económica, compendio INIE, No.3, julio-septiembre 1996.

  • 17. Garcini Guerra, Héctor. Derecho Administrativo. Editora Pueblo y Educación. 1979. La Habana. Cuba.

  • 18. García Cuza, Emigdio. El papel del asesor jurídico en la actividad económico administrativa de la empresa. Universidad de Oriente. Facultad de Derecho. 1985. Santiago de Cuba.

  • 19. García de Enterria, Eduardo. Curso de Derecho Administrativo. Tomo I y II. Editorial Félix  Varela.2006. La Habana. Cuba.

  • 20. González Dalmau, Ángel.  Derecho Financiero. Monografía. Universidad de Granma. 2001.

  • 21. Legislación económica. Contratos económicos y arbitraje estatal. Ediciones Jurídicas. Editora de Ciencias Sociales. La Habana. 1984.

  • 22. Marcelo Yera, Luis. Una acertada separación de funciones estatales y empresariales, en Cuba, investigación económica, año 5, No.4, octubre-diciembre 1999.

  • 23. Lasarte, Carlos. Principios de Derecho Civil, Tomo III, Editorial Trivium, Cuarta Edición.

  • 24. Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución. Oficina de Publicaciones del Consejo de Estado. La Habana. 2011.

  • 25. Ojeda Rodríguez , Nancy C. y otros. Derecho de Contratos, Tomo I, La Habana, 2001.

  • 26. Ojeda Rodríguez, Nancy. Teoría general de las obligaciones, comentarios al Código Civil. Editora Félix Varela. 2002. La Habana. Cuba.

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  • 28. Peral Collado, Daniel. Obligaciones y Contratos Civiles, La Habana, MES 1980

  • 29. Pérez Betancourt, Armando. Lo que todo empresario cubano debe conocer. Editora ciencias sociales. 2000. La Habana. Cuba.

  • 30. Pérez Gallardo, Leonardo. De la autonomía de la voluntad y de sus límites. Lecturas de Derecho de Obligaciones y Contratos, Editorial Félix Varela, La Habana, 2000.

  • 31. Pérez Gallardo, Leonardo. Lecturas de derecho de obligaciones y contratos. Universidad de La Habana. 2002. La Habana. Cuba.

  • 32. Rapa Álvarez, Vicente. Manual de Obligaciones y Contratos. Tomo I Editorial ENPES.  La Habana 1991 Capitulo III.

  • 33. Rapa Álvarez, Vicente. Manual de Obligaciones y Contratos. Tomo I y II. Editora Félix Varela. 2002. La Habana. Cuba.

  • 34. Rapa Álvarez, Dr. Vicente. El Régimen de las Obligaciones en el nuevo Código Civil Cubano. Revista Cubana de  Derecho No. 34 de 1988.

  • 35. Rodríguez  Grillo, Luisa. Derecho Económico. Ministerio de Educación Superior. 1987. La Habana. Cuba.

  • 36. UrÍa Rodrigo. Derecho Mercantil. 24 edición. Editora Marcial Pons. España. 1997.

LEGISLACIÓN CONSULTADA:

LEYES

  • 1. Constitución de la República de 24 de febrero de 1976, reformada en 1992. Edición Especial. Editorial Pueblo y Educación. 1998.

  • 2. Ley No.59 de 16 de julio de 1987 "Código Civil" ENPES, 1988.

  • 3. Ley No.7 de 1977 "Ley de Procedimiento Civil, Administrativo, Laboral y Económica" Ministerio de Justicia, La Habana, 1999.

  • 4. Ley No.62 de 29 de diciembre de 1987 "Código Penal".

DECRETOS LEYES

  • 1. Decreto Ley 15 "Normas Básicas para los Contratos Económicos" de 3 de julio de 1978.

  • 2. Decreto Ley N0. 24 sobre la no aplicabilidad del Código Civil y el Código de Comercio a los Contratos Económicos, de 15 de Mayo de 1979

  • 3. Decreto Ley No.186/98. Sobre el Sistema de Seguridad y Protección Física. Consejo de Estado de la República de Cuba.

  • 4. Decreto-Ley No. 199/99. Sobre la Seguridad y Protección de la Información Oficial. Consejo de Estado. 25 de Noviembre de 1999.

  • 5. Decreto Ley No. 241 de 26 de Septiembre de 2006 que modifica la "Ley de Procedimiento Civil, Administrativo, Laboral y Económica" Gaceta Oficial No. 39 3 Extraordinaria de 27 de Septiembre de 2006.

DECRETOS

  • 1. Decreto No. 42 Reglamento General de la Empresa Estatal, La Habana, 24 de mayo de 1979.

  • 2. Decreto No. 53 Reglamento de las Condiciones Generales del Contrato de Suministros. Gaceta Oficial No. 39 Ordinaria de 23 de Noviembre de 1979.

RESOLUCIONES

  • 1. Resolución No. 1 de 26 de diciembre de 2000 del Ministro del Interior, que pone en vigor el Reglamento sobre la Seguridad y Protección de la Información Oficial. La Habana. 2000

  • 2. Resolución No. 2 de 5 de Marzo de 2001 del Ministro del Interior que pone en vigor el Reglamento sobre el Sistema de Seguridad y Protección Física, Gaceta Oficial No. 22 Ordinaria de 15 de marzo de 2001.

  • 3. Resolución económica V Congreso del PCC. Oficina de Publicaciones del Consejo de Estado. La Habana. 2003.

  • 4. Resolución No. 2253 de 8 de junio 2005 del Ministro de Economía y Planificación.

OTRAS:

  • 1. Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, que aprueba el Reglamento de Seguridad Privada, Boletín Ordinario Español, No. 8, de 10 de enero de 1995.

  • 2. Real Decreto Legislativo 2/2000, del 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Boletín Ordinario Español, No. 3 de 20 de Junio de 2000

  • 3. Real Decreto 1098/2001, del 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Boletín Ordinario Español, No. 2, de 16 de Octubre de 2001.

  • 4. Decreto Ejecutivo No.22 de 31 de Enero de 1992, Ministerio de Gobierno y Justicia de Panamá.

PAGINAS ELECTRÓNICAS CONSULTADAS

  • 1. http://www.gacetaoficial.cu

  • 2. http://www.seguridadcorporativa.org

  • 3. http://www.forodeseguridad.com 

 

 

 

Autor:

Msc. Jorge Luis Santos Cancino.

Lic. José Leonardo López Garmendía.

CONSEJO DE LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL

EMPRESA DE SEGURIDAD Y PROTECCION

[1] Decreto Ley 186/98, (1998), Consejo de Estado de la Rep?blica de Cuba.

Partes: 1, 2
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