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Reglas de validación de datos del fichero FIP



Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. Validación de documentos
  3. Validación de entidades
  4. Validación de determinaciones
  5. Validación de condiciones urbanísticas
  6. Validación de operaciones
  7. Validación de adscripciones
  8. Anexo terminológico

Introducción

El Proyecto de Impulso del Urbanismo en Red basa su funcionamiento en el establecimiento de un circuito de información como un proceso bidireccional iterativo mediante el intercambio de fichero denominado FIP (Fichero de Intercambio de Planeamiento) en formato XML cuya estructura viene determinada por un esquema XSD.

En este proceso el productor de Planeamiento solicita al Registro de Planeamiento la creación de un nuevo Trámite en un Plan ya existente o del primer Trámite de un nuevo Plan, si el Registro lo considera oportuno creará en su caso un nuevo Plan y siempre un nuevo Trámite que quedará vacío de contenido hasta que pueda ser completado con la información que realice el productor.

El productor siempre debe trabajar a partir del Planeamiento vigente y atendiendo en su caso al Plan Base vigente que representa, si la hay, la Instrucción Técnica regional o municipal que defina los contenidos normalizables del Plan. A tal efecto el Registro remite al productor un FIP de tipo 1 con el refundido vigente y el Plan base sobre los que este redacta el nuevo Trámite. Una vez redactado lo remite al Registro en formato FIP de tipo 2 para su validación. En caso de que la validación no presente errores el FIP2 será consolidado dentro de su Trámite correspondiente que ha permanecido vacío a la espera del FIP de tipo 2 y que de esta forma queda completo.

Durante la tramitación del Plan este proceso se realizará tantas veces como Trámites se necesiten hasta su aprobación definitiva. Al final el Registro contendrá la secuencia de Trámites efectuados hasta la aprobación definitiva y en cada uno de ellos la versión correspondiente del Plan enviada por el productor en formato FIP2.

El proceso crítico que permite verificar que el FIP1 entregado por el productor es íntegro referencialmente y coherente espacialmente se denomina Validación. Se basa en Reglas y debe concluir sin errores antes de que el Registro pueda consolidar el FIP de tipo 2 dentro de su Trámite correspondiente.

Esta validación no atiende a la calidad urbanística del Trámite, que deberá ser evaluada mediante los procesos estándar de todo Plan dentro de la administración competente para su aprobación, sino exclusivamente a la calidad informática de los datos, al efecto de que estos se integren correctamente dentro del Registro. Es por tanto un proceso automatizado que verifica el correcto cumplimiento por parte del FIP2 de un conjunto de Reglas.

En el caso de que el FIP2 no cumpla las Reglas establecidas deberá ser devuelto al productor para su corrección.

En el presente documento se describen y explican las Reglas que son verificadas por la Consola del Registro durante el proceso de Validación.

La nomenclatura de cada una las Entidades que conforman las reglas se define en el Anexo terminológico del presente documento.

Reglas de VALIDACIón

Las reglas de validación se explican agrupándolas de la siguiente forma:

  • Validación de Trámites

  • Validación de Documentos

  • Validación de Entidades

  • Validación de Determinaciones

  • Validación de Condiciones Urbanísticas

  • Validación de Operaciones

  • Validación de Adscripciones

VALIDACIÓN DE TRÁMITES

Tra001-Todo Trámite debe contener, además de la obligada Determinación con Carácter de Virtual, al menos otra Determinación más de cualquier otro Carácter

Dentro del Trámite debe haber al menos una Determinación.

Gráficamente:

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Ejemplo:

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Tra002-El Trámite debe contener, al menos, una Entidad

Dentro del Trámite debe haber al menos una Entidad.

Gráficamente:

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Ejemplo:

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Tra003-El código del Trámite debe estar conformado por el MD5 de la concatenación del identificador del ámbito, el código del plan, el identificador del tipo de trámite, y la iteración

Este código será una cadena de caracteres formada por el código MD5 generado a partir de la concatenación de los siguientes atributos del Trámite:

  • AMBITO: XXXXXX

  • PLAN: XXXXXX

  • TIPO-TRAMITE: XXXXXX

  • ITERACION: XX

Siendo la iteración el número de veces que se ha presentado el mismo tipo de Trámite. Si bien, este código se genera en el momento de la creación del Trámite en el RPM y se incluye en la información al productor de Planeamiento dentro del FIP1, el código que se incluye en el FIP de tipo 2 debe ser validado.

Gráficamente:

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Ejemplo:

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Validación de documentos

Doc001-No puede haber más de un documento del mismo tipo y grupo con el mismo nombre en el mismo trámite

Si el grupo y el tipo de dos o más documentos coinciden, no pueden tener el mismo nombre.

Gráficamente:

Ejemplo:

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Doc002-La geometría de los documentos deberá ser siempre de tipo poligonal

Si existe geometría para un documento, ésta debe ser poligonal

Gráficamente:

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Ejemplo:

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Validación de entidades

Ent001-Cualquier Entidad que tenga "Carpeta" como valor de la Determinación "Grupo de Entidad" no puede efectuar ni sufrir operaciones

Las Entidades deben quedar asignadas a un único Grupo de Entidad concreto según el valor que adquiera en ellas una Determinación que tenga carácter de "GRUPO". Por tanto sólo puede asignarse a cada Entidad una única Determinación de carácter Grupo y obligatoriamente toda Entidad debe tener asignada una.

Las Entidades en las que valor de esta Determinación de Grupo es "CARPETA" se asume que no son realmente Entidades con geometría sujetas a condiciones urbanísticas, sino únicamente Entidades instrumentales cuya única función es ayudar a estructurar de forma lógica el árbol de Entidades del Plan.

Por tanto estas Entidades no son capaces de operar ni pueden sufrir operaciones.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

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La Entidad 0000095998 (Clases y Gestión) pertenece al grupo CARPETA (7000000001) según su asignación a GRUPO (7777777777), por lo que no puede realizar operaciones (ni como operada ni como operadora):

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Ent002-Las Entidades usadas como Entidades base deben pertenecer al Plan Base

A los efectos de obtener una visión normalizada de la ordenación supramunicipal, el Plan Base establece un conjunto de Entidades contra las que los Planes establecen equivalencia.

Cuando una Entidad de Plan se quiere hacer equivaler a una Entidad del Plan Base se indica en el campo Base de la Entidad. Por ello toda Entidad para la que se defina equivalente, esta Entidad equivalente debe pertenecer al Plan Base

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

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Ent003-No puede haber una Entidad con más de una asignación al mismo documento

En una misma Entidad no se puede asignar dos o más veces el mismo documento, es decir, en una Entidad no se puede repetir el código de documento

  • Gráficamente:

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  • Ejemplo:

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Ent004-Toda Entidad debe tener una única asignación de una Determinación con carácter "Grupo de Entidad", con un único caso y valor de referencia.

Las Entidades deben quedar asignadas a un único Grupo de Entidad concreto según el valor que adquiera en ellas una Determinación que tenga carácter de "GRUPO". Por tanto sólo puede asignarse a cada Entidad un único caso y una única Determinación de carácter Grupo y obligatoriamente toda Entidad debe tener asignada una.

  • Gráficamente:

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  • Ejemplo:

  • En el FIP de tipo 1 se recogen los grupos de recinto definidos en el Plan base:

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El identificador 000020 se corresponde con el carácter Grupo de Entidades y el 000012 con Valor de Referencia

  • En el FIP de tipo 2 se asigna una Determinación GRUPO con su valor de referencia:

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Ent005-La geometría de las Entidades debe cumplir la función IsValid de PostGIS.

La función isValid asegura que PostGis considera la geometría del aentidad como usable por la base de datos

Ent006-Las geometrías poligonales de las Entidades de un mismo grupo, no se deben solapar.

Esta regla permite descubrir solapes entre Entidades de determinados grupos tales como clases de suelo y grupos de gestión urbanística. El grupo de la Entidad se define por el valor de referencia de la condición urbanística de la Determinación "Grupo de Entidad" aplicada a cada Entidad.

Esta es una condición de AVISO ya que los solapes pueden estar permitidos entre determinados grupos de entidad.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

  • En el FIP se definen los grupos de Entidad según su carácter:

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  • La Determinación 7000000003 corresponde a Clase de suelo:

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  • Entidades que pertenecen al grupo clase de Suelo:

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  • Las geometrías de ambas Entidades no deben superponerse:

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Validación de determinaciones

Det001-A una Determinación no puede asignarse como unidad otra Determinación que no tengan carácter de "UNIDAD"

Las unidades en las que se expresa una Determinación en una Entidad, por ejemplo "M2/M2", son a su vez otras Determinaciones con carácter de "UNIDAD". No es posible aplicar como Unidad una Determinación que no tenga ese carácter.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

  • En el FIP de tipo 1:

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  • En el FIP de tipo 2:

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Det002-Las Determinaciones que contienen propiedades de unidad deben ser del carácter "UNIDAD"

Las Determinaciones de carácter "UNIDAD" deben contener propiedades específicas que otras Determinaciones no tienen y cuyo objeto es definir su formato y dominio. Dichas propiedades, por tanto, no deben estar presentes si la Determinación no tiene ese carácter de "UNIDAD" y deben estar presentes cuando si lo tiene.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

  • En el FIP de tipo 1:

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  • En el FIP de tipo 2:

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Det003-Las Determinaciones de carácter "Unidad" deben tener definición y abreviatura

Si se define una unidad (a través de su carácter), tienen que estar rellenos los campos definición y abreviatura.

  • Gráficamente

Ver "Las Determinaciones definidas como unidad deben ser del carácter UNIDAD"

  • Ejemplo

Ver "Las Determinaciones definidas como unidad deben ser del carácter UNIDAD"

Det004-Las Determinaciones que se asignan como Regulación de otra determinación, deben tener carácter de "Regulación".

Las Determinaciones con carácter "REGULACION" tienen como propósito aportar su texto regulador a cuantas otras Determinaciones se estime oportuno. Ello permite que la alteración de este texto se aplique de forma automática en cuantas Determinaciones se haya aportado.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

  • En el FIP de tipo 1

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  • En el FIP de tipo 2

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Det005-Las Determinaciones que son Valores de Referencia de otra Determinación, deben tener carácter de "VALOR DE REFERENCIA".

La expresión de las Determinaciones en una Entidad mediante uno o varios Valores se puede realizar mediante un número (cuyo formato viene regulado por una Determinación de carácter Unidad), por un texto libre o por un dominio de posibles valores de texto, este dominio se construye a su vez mediante Determinaciones con carácter de Valor de Referencia. La Regla verifica que efectivamente ese dominio se haya construido con Determinaciones que tienen ese carácter.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

  • En el FIP de tipo 1

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  • En el FIP de tipo 2

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Det006-Si la Determinación tiene carácter de Enunciado, Valor de Referencia, Tipo de Adscripción, Unidad, o Regulación, no tendrá asignados Grupos de Entidad de aplicación.

Las Determinaciones se pueden especializar para su aplicación en Grupos de Entidad concretos, es decir se "asignan" a Grupos de Entidad. Pero esta asignación no es posible para todos los distintos caracteres de Determinación.

Algunos se aplican en cualquier Entidad sea del Grupo que sea como los Enunciados y otros nunca se aplican en ninguna Entidad de forma directa como los de Valor de Referencia, Tipo de Adscripción, Unidad, o Regulación.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

  • En el FIP de tipo 1

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  • En el FIP de tipo 2

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Det007-Sólo tendrán Valor de Referencia las Determinaciones con carácter de Régimen de Uso, Régimen de Acto, Operadora, Norma General o Grupo de Entidad.

La expresión de las Determinaciones en las Entidades mediante un dominio construido mediante Determinaciones de Valor de Referencia, únicamente es aplicable a las Determinaciones con carácter de Régimen de Uso, Régimen de Acto, Operadora, Norma General Literal o Grupo de Entidad.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

  • En el FIP1

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  • En el FIP2

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Det008-Si la Determinación es Norma General Literal, Acto, Uso, Grupo de Actos, Grupo de Usos, Régimen de Acto, o Régimen de Uso, tendrá, al menos, un Grupo de Entidad de aplicación.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

  • En el FIP1

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  • En el FIP2

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Det009-Las Determinaciones con carácter Regulación siempre han de tener regulación específica.

La regulación se define a partir del texto de la regulación específica de la Determinación, por lo que es obligado que tenga este elemento.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

En el FIP1 aparece el carácter "Regulación":

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Toda Determinación de dicho carácter debe tener regulación específica:

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Det010-No puede haber una Determinación con más de una asignación al mismo documento.

En una misma Determinación no se puede asignar dos o más veces el mismo Documento, es decir, en una Determinación no se puede repetir el código documento

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

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Det011-No pueden existir dos Determinaciones hijas con el mismo nombre, carácter y unidad

Al construir el árbol de las Determinaciones de un Plan, se considera Determinación padre la jerárquicamente superior a las Determinaciones hijas. No es aceptable que una Determinación padre contenga Determinaciones hijas idénticas en su nombre, carácter y Unidad.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

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Det012-Una Determinación no puede tener asignada como Unidad otra Determinación cuyo Carácter no sea "Unidad".

Det013-Una Determinación sólo podrá estar aplicada a las entidades cuyo "Grupo de Entidad" esté entre los asignados como grupo de aplicación de dicha determinación.

Det014-Una Determinación de carácter "Norma General", "Régimen de Uso" o "Régimen de Acto" que se exprese mediante "Valores de Referencia" no podrá estar aplicada con un valor diferente a alguno de sus valores de referencia.

Det015- Toda determinación de carácter Norma General, Régimen de Uso y Régimen de Acto que no se exprese mediante Valores de referencia debe tener asignada una Unidad.

Validación de condiciones urbanísticas

Con001-Cualquier Entidad que tenga "Carpeta" como valor de la Determinación "Grupo de Entidad" sólo puede tener aplicada la Determinación de carácter Grupo de Entidad.

Si una Entidad tiene aplicada la Determinación de carácter "GRUPO" con valor de referencia "CARPETA", no puede recibir más Determinaciones.

La posibilidad de aplicación de Determinaciones a Entidades depende del grupo de éstas (valor aplicado a la Determinación de carácter "GRUPO" para la Entidad).

A las Entidades del grupo "CARPETA" no se les puede aplicar ninguna Determinación más.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

  • En el Plan Base (FIP de tipo 1)

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  • En el FIP de tipo 2

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La Entidad de código 0000095998 no podrá participar en ninguna otra condición urbanística al ser del grupo "CARPETA"

Con003-Las Entidades a las que se asignan las Condiciones urbanísticas deben pertenecer al Trámite actual.

El Trámite de trabajo, contenido dentro del FIP2, define un conjunto de Entidades a las que se aplican Condiciones urbanísticas (Determinaciones con Valor), al definir estas Condiciones urbanísticas, la Entidad a la que se asignan debe haber sido definida previamente como Entidad contenida en el Trámite.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

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Con003-Una Entidad no puede tener aplicada dos veces la misma Determinación con el mismo Caso

La misma Determinación no se puede aplicar dos o más veces a la misma Entidad (se debe recoger todo en la misma condición urbanística) dentro de un mismo Caso.

En un mismo Trámite, el codigoEntidad y codigoDeterminacion tienen que ser una dupla única

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

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Con004-Una Determinación no puede estar aplicada a una Entidad y no tener asignado, al menos, un caso.

Al efecto de que una Determinación pueda adquirir más de un Valor en una Entidad, se establece una mecánica de Casos, para cada Caso la Determinación adquiere un Valor distinto en la Entidad.

Aunque la Determinación solo vaya a adquirir un Valor único, es imprescindible que ese valor vaya asociado a un Caso, que será el Caso 0.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

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Con005-Un Caso no debe tener asignado el mismo Documento más de una sola vez.

En un mismo caso no se puede asignar dos o más veces el mismo documento, es decir, en un caso no se puede repetir el código documento.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

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Con006-Un caso debe tener al menos un documento y/o un régimen.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

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Con007-Cualquier Determinación solo podrá ser aplicada en las Entidades cuyo Grupo de Entidad esté entre los asignados como Grupos de aplicación para esa Determinación

Por ejemplo:

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  • Gráficamente

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  • Ejemplo

  • En el FIP1:

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  • En el FIP2:

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La Determinación 0000139077 puede aplicarse a los grupos de recintos 7000000016, 7000000017, 7000000044 y 7000000015

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La Entidad 0000096006 es del grupo 7000000015, por lo que se le puede aplicar la Determinación 0000139077:

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Con008-Las Determinaciones con carácter de Norma General, Régimen de Uso o Régimen de Acto que se expresan mediante Valores de Referencia, sólo podrán estar aplicadas en cualquier Entidad con alguno de ellos.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

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Con009-El caso de aplicación de un régimen debe pertenecer a la misma Entidad que el caso de dicho régimen.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

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Validación de operaciones

Ope001-Toda operación de Creación de Adscripción debe tener asignadas propiedades de Adscripción (Tipo, Cuantía y Unidad).

Si existe una operación de Entidad del tipo creación de adscripción, debe existir el elemento PROPIEDADES-ADSCRIPCION.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

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Ope002-Si una operación entre Entidades no es de Creación de Adscripción, no deberá tener propiedades de Adscripción.

Solamente debe existir el campo propiedades de adscripción en el caso de que sea una operación del tipo creación de adscripción

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

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Ope003-Las operaciones entre Determinaciones sólo pueden efectuarse entre los caracteres de Determinación permitidos en el diccionario.

Los datos de diccionario recogen las posibles operaciones a realizar entre Determinaciones según su carácter. Las operaciones definidas en el FIP deben ajustarse a las posibilidades recogidas en la tabla de diccionario.operacioncaracter.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

  • En el FIP1

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El tipo de operación Suspensión puede realizarse entre una Determinación de carácter Norma General Literal como operadora y Norma General Gráfica como operada

El tipo de operación Adición de Valor de Referencia puede realizarse entre Determinaciones de carácter Norma de Actos como operadora y como operada

  • En el FIP2

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Ope004-El orden de cada operación debe ser único dentro del Trámite (considerando Determinaciones y Entidades).

El campo orden, tanto para la operaciones de Determinaciones como las operaciones de Entidades debe ser único, incluso entre ellos. Es decir, no se puede repetir orden ni dentro de una operación concreta (Entidades o Determinaciones) ni cruzado.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

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Ope005-No se pueden definir operaciones de creación de adscripción entre Entidades del mismo trámite.

Las adscripciones entre Entidades del mismo trámite deben definirse directamente como adscripción.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

Operación de creación de adscripción definida en el diccionario:

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Operación de adscripción entre Entidades de distinto Trámite:

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Validación de adscripciones

Ads001-Las entidades origen y destino de una Adscripción deben pertenecer al mismo trámite.

Las adscripciones definidas directamente sin operación deben ser entre Entidades del mismo Plan, es decir, las Entidades orígenes y destino deben estar en el Trámite que sufre la validación.

  • Gráficamente

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  • Ejemplo

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Ads002-Una Entidad solo puede ser Origen o Destino de una Adscripción pero no ambas cosas simultáneamente.

Anexo terminológico

Adscripciones: relaciones no topológicas entre Entidades

Apartado de Determinación: corresponde a un texto corto que coloca la Determinación en un índice estructurado organizado en niveles.

Carácter de Acto de Ejecución: corresponde al tipo de Determinaciones que definen las actuaciones posibles sobre parcelas o edificios, por ejemplo el Acto de Demolición.

Carácter de Determinación: establece la función o comportamiento de las Determinaciones dentro de los Planes y en relación con las Entidades.

Carácter de Enunciado: corresponde al tipo de Determinaciones cuyo único objeto es estructurar conveniente ente la presentación jerárquica de las demás Determinaciones.

Carácter de Grupo de Actos: corresponde al tipo de Determinaciones que sirven para definir los actos urbanísticos que el Plan asignará al territorio, se distingue de un acto urbanístico estándar en que sirve para referirse de forma genérica a un conjunto de actos no individualizados expresamente por el Plan. Su utilización por tanto se restringe a aquéllos casos en que los planes hablan de "resto de actos", "otros actos", "todos los permitidos", "todos los prohibidos, sin identificar explícitamente a que actos se refieren.

Esta forma genérica de referirse a los actos únicamente es admisible en un entorno de planeamiento no normalizado, ya que en la práctica real, dada la complejidad de identificación de los actos, no aporta ninguna ayuda a la aplicación efectiva del Plan.

Su forma de expresión y aplicación es asimilable a las de una Determinación con carácter de Acto estándar.

Carácter de Grupo de Usos: corresponde al tipo de Determinaciones que sirven para definir los usos urbanísticos que el Plan asignará al territorio, se distingue de un uso urbanístico estándar en que sirve para referirse de forma genérica a un conjunto de usos no individualizados expresamente por el Plan. Su utilización por tanto se restringe a aquéllos casos en que los planes hablan de "resto de usos", "otros usos", "todos los permitidos", "todos los prohibidos, "usos existentes" o "usos vinculados a…", sin identificar explícitamente a que usos se refieren.

Esta forma genérica de referirse a los usos únicamente es admisible en un entorno de planeamiento no normalizado, ya que en la práctica real, dada la complejidad de identificación de los usos, no aporta ninguna ayuda a la aplicación efectiva del Plan.

Su forma de expresión y aplicación es asimilable a las de una Determinación con carácter de Uso estándar.

Carácter de Norma: corresponde al tipo de Determinaciones que se expresan en las Entidades de forma sencilla mediante uno varios valores concretos, por ejemplo la "Altura máxima en metros" se expresa en cada Entidad del Grupo "Zona" mediante un Valor numérico dado en "Unidades" de "metro lineal".

Carácter de Operación: corresponde al tipo de Determinaciones cuyo objeto es actuar contra Determinaciones del Plan precedente mediante Operaciones Normativas o Gráficas.

Carácter de Régimen de Actos: corresponde al tipo de Determinaciones que sirven para caracterizar a los Actos de Ejecución, por ejemplo la Admisibilidad de Acto que permite a los Planes definir los actos admisibles o no admisibles en cada Recinto. La estructura jerárquica de los Actos produce el mismo efecto que en los Usos.

Carácter de Régimen de Uso: corresponde al tipo de Determinaciones que sirven para cualificar a las Determinaciones de Uso en las Entidades. Por ejemplo el Carácter de Uso es una Determinación de tipo Régimen de Uso que se expresa mediante una lista de opciones: Permitido, Prohibido, Compatible… que son a su vez Determinaciones de tipo Valor de Referencia (véase más adelante) y que permite a los Planes caracterizar los usos en cada Entidad.

Carácter de Regulación: corresponde al tipo de Determinaciones que se utilizan como Regulación de otras Determinaciones, permite optimizar la regulación de Determinaciones complejas.

Carácter de Valor de Referencia: corresponde al tipo de Determinaciones que se usan para confeccionar las listas cerradas de opciones (dominio) a las que se tienen que ceñir los valores de otras Determinaciones en una Entidad, por ejemplo: las Determinaciones Suelo Urbano, Suelo Urbanizable y Suelo No Urbanizable son los posibles valores que la Determinación Clasificación de Suelo puede tener en las Entidades del Grupo Clase de Suelo y por ello tienen el tipo de Valor de Referencia.

Carácter de Unidad: corresponde al tipo de Determinaciones que definen la unidad de medida en la que se expresan otras Determinaciones.

Carácter de Uso: corresponde al tipo de Determinaciones que sirven para definir los usos urbanísticos que el Plan asignará al territorio, tanto de forma global en ámbitos o sectores, como de forma pormenorizada en zonas. Por ejemplo el Uso de Vivienda. No se expresan como las Determinaciones de tipo Norma mediante un Valor, sino que se cualifican en las Entidades mediante otras Determinaciones con carácter de Régimen de Uso.

Carácter de Grupo de Entidad: corresponde al tipo de Determinación que sirve para asignar a toda Entidad su único y obligado Grupo de Entidad.

Los Planes delimitan Entidades con distintos objetivos: clasificar, categorizar, calificar, proteger, gestionar. Mediante este carácter de Determinación queda a discreción de los propios planes establecer cuáles son estos objetivos, es decir de establecer los Grupos de Entidad que necesitan para definir su modelo territorial. Al efecto de ser prácticos, lo habitual es que los Grupos de Entidad se definan una sola y primera vez en el Plan Base de cada Registro y esta primera definición suele servir para caracterizar todas las Entidades que definan los Planes en el ámbito del Registro.

Toda Entidad definida por un Plan debe tener asignada de forma obligatoria una Determinación de carácter Grupo de Entidad que se expresa mediante un dominio de Valores de Referencia que hace alusión a su objetivo: Clases, Zonas, Sectores, Alineaciones…

En cada Plan Base los Valores de Referencia asignados a la Determinación con carácter de Grupo de Entidad pueden ser diferentes y tener códigos distintos, excepto cuatro que deben estar obligatoriamente en todo Plan Base: Carpeta, Ámbito de Aplicación, Operador y Afección porque las Entidades asignadas a estos grupos son utilizadas durante los procesos de refundido de forma distinta a todas las demás Entidades.

Los códigos de Determinación asignados por el Plan Base a estos cuatro Valores de Referencia deben estar publicados en el fichero de properties del refundido: "..Serviciossrcjavaesmitcredesurbanismoenredutilsrecursostextosrefundido.properties" y asignados a las siguientes properties:

CODIGO_DETERMINACIONBASE_GRUPO_CARPETA=

CODIGO_DETERMINACIONBASE_GRUPO_AMBITOAPLICACION=

CODIGO_DETERMINACIONBASE_GRUPO_OPERADOR=

CODIGO_DETERMINACIONBASE_GRUPO_AFECCION=

Casos de Valor: permiten agrupar los Valores múltiples de varias Determinaciones aplicadas a una Entidad. Según una estructura como esta:

Caso 0:

Altura: 3 metros

Fondo: 5 metros

Parcela: 500 m2

Caso 1:

Altura: 6 metros

Fondo: 5 metros

Parcela: 250 m2

Código de Determinación: corresponde a un código numérico único que identifica a cada Determinación, el Código pasa a ser el elemento clave que permite que todos los Planes compartan conceptos urbanísticos comunes.

Consola del Registro: aplicación que permite efectuar las operaciones del Registro, validación, consolidación, refundido y publicación.

Consolidación: función del Registro de Planeamiento que permite inscribir un Plan aportado como FIP en la base de datos del Registro.

Definición de Determinación: corresponde a un texto que define el propósito de la Determinación.

Determinación: se entiende por Determinación Urbanística cualquiera de los conceptos utilizados para describir el modelo territorial propuesto por un Plan.

Determinación Base: identifica a la Determinación equivalente del Plan Base a los efectos de poder computar parámetros homogeneizados.

Determinación heredada: es la definida en un Plan y utilizada por otro Plan jerárquicamente subsiguiente, el Plan de origen de estas Determinaciones puede ser de dos tipos: un Plan Base, que es el expresamente formulado por el órgano competente municipal o regional para proporcionar el Diccionario básico de Determinaciones a utilizar por todo Plan a tramitar en su ámbito competencial, o un Plan precedente, que es el que sirve de "plataforma" para el desarrollo de un Plan derivado, lo normal es que esta relación se establezca entre un Plan General y el Plan Parcial que lo desarrolla.

Determinación propia: es la definida y utilizada por un mismo Plan para formular o informar de su ordenación.

Documentos de Determinación: cada Determinación podrá estar vinculada a uno o varios Documentos que expliquen gráficamente su regulación, amplíen su contenido regulador o la justifiquen.

Documento de Valor: cada Valor podrá tener vinculado uno o varios Documentos que expliquen gráficamente su regulación, amplíen su contenido regulador o lo justifiquen.

Entidad Base: Entidad existente en el Plan Base que se hace equivaler a las Entidades propias de cada Plan.

Entidad gráfica: o simplemente Entidad, cualquiera de los elementos gráficos que los Planes utilizan para definir espacialmente su modelo territorial.

FIP: Formato de Intercambio de Planes, fichero en xml que contiene un Plan, será de tipo 1 cuando contiene un Plan Refundido Vigente o de tipo 2 cuando contiene un Plan individual.

Geometría de Documento: los documentos gráficos sobre papel son susceptibles de ser georreferenciados, su geometría alude a las coordenadas de sus esquinas que permiten situar el documento en el espacio.

Grupo de Documento: los documentos asignados al Plan se agrupan según sean textos normativos, textos informativos, planos normativos, planos informativos…

Grupo de Entidad: los Planes delimitan Entidades con distintos objetivos: clasificar, categorizar, calificar, proteger, gestionar. El conjunto de Entidades destinadas a cada uno de estos objetivos se agrupa asignándoles una Determinación obligatoria de carácter Grupo que se expresa mediante un dominio de Valores de Referencia que hace alusión a su propósito: Clases, Zonas, Sectores, Alineaciones… Habitualmente se crean en el Plan Base, pero cualquier Plan puede crear Grupos de Entidad nuevos.

Grupo de Entidad de Acción: se compone de Entidades poligonales. Delimita, dentro del Ámbito de Aplicación del Plan, porciones de terreno objeto de Acción concreta por el Plan en su Programa de Actuación.

Tiene las siguientes características

  • Sus delimitaciones no pueden atravesar las delimitaciones de Categorías de Suelo en ninguna de sus variedades, es decir cada Entidad resultante estará completamente confinada en una Entidad de Categoría de Suelo.

  • Ocupa sólo algunas porciones que pueden conexas o inconexas dentro del Ámbito de Aplicación del Plan.

  • No pueden existir superposiciones entre sus Entidades, de forma que un punto del territorio solo puede estar incluido en una Acción.

Grupo de Entidad de Afección: se compone de Entidades poligonales. Delimita, dentro del Ámbito de Aplicación del Plan, porciones de terreno sujetas a afecciones de cualquier clase.

Tiene las siguientes características

  • Ocupa sólo algunas porciones que pueden conexas o inconexas dentro del Ámbito de Aplicación del Plan.

  • Pueden existir superposiciones entre sus Entidades, de forma que un punto del territorio esté sujeto a una o más Afecciones

Grupo de Entidad de Ámbito de aplicación: se compone de Entidades poligonales. Establece la porción territorial máxima afecta a las condiciones urbanísticas impuestas por un Plan, por tanto se corresponde con un Grupo que, en todo Plan, tiene una única y obligada Entidad.

El ámbito de aplicación de los planes viene determinado de tres formas:

  • Porque se debe ajustar a un ámbito administrativo preexistente: la región, la provincia, el municipio, el distrito… El grado de incoherencia espacial real entre Planes delimitados según estos tipos administrativos de ámbito puede llegar a ser de tal magnitud que será fundamental asegurar en cada Plan su ajuste a la delimitación oficial. A tal fin la administración competente debe suministrar esta delimitación oficial al agente iniciador del Plan, en el formato en que se determine.

  • Partes: 1, 2

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