Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

El rol de la Policía nacional del Perú en el Nuevo Código Procesal Penal




Enviado por cristel junchaya



Partes: 1, 2


    Monografias.com

    CRISTEL JUNCHAYA VERA

    Monografias.com

    CRISTEL JUNCHAYA VERA

    Monografias.com

    ?
    • Principio de Separación de roles:
    • El Policía realiza la investigación
    de campo y técnica.
    • El Fiscal conduce jurídicamente la investigación
    del delito, en su condición de titular de la acción
    penal.
    • El Juez decide y controla.
    • El Abogado de oficio o privado asume la defensa
    técnica.
    MODELO ACUSATORIO ADVERSARIAL
    CRISTEL JUNCHAYA VERA

    Monografias.com

    A LA
    POLICIA
    CRISTEL JUNCHAYA VERA

    Monografias.com

    EL FISCAL CONDUCE
    Y CONTROLA
    JURIDICAMENTE
    LA INVESTIGACIÓN
    QUE PRACTICA LA
    POLICIA NACIONAL DEL
    PERÚ
    EL JUEZ PENAL,
    VALIÉNDOSE DE LA
    ORALIDAD,
    CONTRADICCIÓN Y
    LA IGUALDAD DE
    ARMAS DIRIGE LAS
    AUDIENCIAS Y
    EMITE SENTENCIA
    1

    INVESTIGACION
    PREPARATORIA
    ETAPAS PROCESALES
    EN EL NUEVO MODELO
    PROCESAL PENAL
    ?

    2

    INTERMEDIA
    3

    JUZGAMIENTO
    EL JUEZ DE LA
    INVESTIGACIÓN
    PREPARATORIA,
    EVALÚA EN
    AUDIENCIA ORAL, EL
    SOBRESEIMIENTO O
    LAACUSACIÓN QUE
    PLANTEA EL FISCAL
    CRISTEL JUNCHAYA VERA

    Monografias.com

    CONSTITUCIÓN

    El numeral 4 del artículo 159º de la
    Constitución Política señala que el
    Ministerio Público “conduce desde su
    inicio la investigación del delito…. la
    Policía Nacional está obligada a
    cumplir
    los
    mandatos
    del
    Ministerio Público en el ámbito de
    su función.
    CRISTEL JUNCHAYA VERA

    Monografias.com

    ?
    ?
    ?
    ?
    M.P/PNP
    ?

    ROL PROTAGÓNICO
    EN LA INVESTIGACIÓN DEL DELITO.
    El Ministerio Público conduce investigación desde
    su inicio y
    la Policía Nacional realiza actos de investigación
    no jurisdiccionales aportando
    sus conocimientos técnicos y científicos
    para obtener la prueba necesaria
    que determine la comisión del delito y
    la responsabilidad de los autores del hecho.

    CRISTEL JUNCHAYA VERA

    Monografias.com

    MP/PNP

    Al Ministerio Publico, le corresponde la conducción jurídica
    de la investigación.
    ?
    un
    le corresponde promover la investigación de
    delito de oficio o a petición de parte;
    ?
    la orientación legal a la Policía Nacional, disponiendo
    se realicen las diligencias que considere necesarias de
    acuerdo a su estrategia jurídica.
    La PNP conduce operativamente, de manera técnica y
    científica la investigación de los delitos.
    ? esclarecimiento de los hechos investigados
    ? la identificación de los autores
    ? partícipes en su comisión.
    CRISTEL JUNCHAYA VERA

    Monografias.com

    Utiliza como
    base para su
    acusación

    FISCAL
    DEFENSOR

    HACEN REQUERIMIENTOS DE
    DILIGENCIAS
    INVESTIGATORIAS Y PROBATORIAS.
    FISCALIZA INDIRECTAMENTE LA
    DECIDE

    JUEZ

    IMPUTADO

    VERDAD
    DEL HECHO INVESTIGADO
    LEGALIDAD DE LAS ACTUACIONES
    DE LA POLICÍA

    POLICÍA
    RESPONSABLE CRISTEL JUNCHAYA INVESTIGACIÓN
    TECNICO CIENTÍFICA DEL DELITO
    LA VERA DE

    Monografias.com

    POLICIA NACIONAL

    Artículo 67º NCPP: Los efectivos de la PNP en
    su
    función
    de
    investigación,
    por
    propia
    iniciativa deben tomar conocimiento de los
    delitos
    con
    la
    obligación
    de
    dar
    cuenta
    inmediata al Fiscal.
    CRISTEL JUNCHAYA VERA

    Monografias.com

    POLICIA NACIONAL

    Art. 67º NCPP: La PNP está obligada a:

    realizar los actos de investigación de
    urgencia e imprescindibles para impedir sus
    consecuencias
    • individualizar a sus autores y partícipes,

    reunir y asegurar los elementos de prueba
    que puedan servir para la aplicación de la Ley
    Penal, ante la imposibilidad que el Fiscal pueda
    conducir la investigación.
    Estos actos urgentes, deben ser puestos en
    conocimiento del Fiscal.
    Art. 316º inc. 1 y 2 NCPP : Si se procede a
    ejecutar otras medidas como la incautación de
    bienes, el Fiscal deberá solicitar la medida
    CRISTEL JUNCHAYA VERA

    Monografias.com

    POLICIA NACIONAL

    En función de investigación, debe realizar lo siguiente:
    ? Cumplir los mandatos del Ministerio Publico. (art. 60º
    NCPP)

    ? Presentar informes de su actuación.(art. 332º NCPP)

    ? Prohibición de informar. (art. 70º NCPP)
    CRISTEL JUNCHAYA VERA

    Monografias.com

    POLICIA NACIONAL
    ARTÍCULO 68° NCPP : En función de investigación,
    podrá realizar lo siguiente:
    ? Recibir denuncias escritas.
    ? Sentar las denuncias verbales.
    ? Toma de declaraciones a los denunciantes.
    ? Vigilar y proteger el lugar donde se ha producido un
    ilícito, a fin de que no sean borrados los vestigios y
    huellas del delito.
    ? Practicar el registro de las personas y dar auxilio y
    protección a las victimas del delito.
    CRISTEL JUNCHAYA VERA

    Monografias.com

    POLICIA NACIONAL
    ? Recoger y conservar los objetos e instrumentos
    ? relacionados con el delito.
    ? Realizar las diligencias orientadas a identificar a los
    autores o participes de un delito.
    de
    quienes
    han
    ? Recibir las declaraciones
    presenciado el delito.
    ? Levantar planos; tomar fotografías, hacer
    grabaciones y otras acciones técnicas científicas.
    ? Capturar a los presuntos autores y partícipes en
    caso de delito flagrante, informándoles de
    inmediato sobre sus derechos.
    ? Asegurar los documentos públicos y privados que
    puedan servir a la investigación.
    CRISTEL JUNCHAYA VERA

    Monografias.com

    POLICIA NACIONAL
    ? Allanar locales de uso público.
    ? Realizar los secuestros e incautaciones necesarios en
    los casos de delitos flagrantes o de peligro inminente
    de su perpetración
    ? Recibir la manifestación de los presuntos imputados
    (con presencia obligatoria de abogado defensor).
    ? Reunir cuanta información adicional de urgencia
    permita la criminalística para ponerla a disposición
    del Fiscal.
    ? Las demás diligencias y procedimientos de
    investigación necesarios para el esclarecimiento de
    los hechos investigados.
    CRISTEL JUNCHAYA VERA

    Monografias.com

    ?
    En su función de investigación. Art. 67°
    Tomar
    conocimiento de
    los delitos

    EN FUNCIÓN DE
    INVESTIGACIÓN
    QUE SIRVAN DE
    APLICACIÓN
    A LA LEY PENAL

    Similar función desarrollará
    tratándose de delitos dependientes de
    Instancia privada o sujetas a ejercicio
    Privado de la acción penal.
    Da cuenta
    inmediata al

    FISCAL

    SIN PERJUICIO DE REALIZAR LAS
    DILIGENCIAS DE URGENCIAS E
    IMPRESCINDIBLE PARA IMPEDIR
    SUS CONSECUENCIAS,
    INDIVIDUALIZAR A SUS AUTORES Y
    PARTICIPES
    FISCAL
    Al M.P.
    para llevar a cabo la
    Investigación preparatoria
    LA POLICIA NACIONAL

    ELEMENTOS DE PRUEBA

    CRISTEL JUNCHAYA VERA

    Partes: 1, 2

    Página siguiente 

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter