El rol de la Policía nacional del Perú en el Nuevo Código Procesal Penal
CRISTEL JUNCHAYA VERA
CRISTEL JUNCHAYA VERA
?
• Principio de Separación de roles:
• El Policía realiza la investigación
de campo y técnica.
• El Fiscal conduce jurídicamente la investigación
del delito, en su condición de titular de la acción
penal.
• El Juez decide y controla.
• El Abogado de oficio o privado asume la defensa
técnica.
MODELO ACUSATORIO ADVERSARIAL
CRISTEL JUNCHAYA VERA
A LA
POLICIA
CRISTEL JUNCHAYA VERA
EL FISCAL CONDUCE
Y CONTROLA
JURIDICAMENTE
LA INVESTIGACIÓN
QUE PRACTICA LA
POLICIA NACIONAL DEL
PERÚ
EL JUEZ PENAL,
VALIÉNDOSE DE LA
ORALIDAD,
CONTRADICCIÓN Y
LA IGUALDAD DE
ARMAS DIRIGE LAS
AUDIENCIAS Y
EMITE SENTENCIA
1
INVESTIGACION
PREPARATORIA
ETAPAS PROCESALES
EN EL NUEVO MODELO
PROCESAL PENAL
?
2
INTERMEDIA
3
JUZGAMIENTO
EL JUEZ DE LA
INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA,
EVALÚA EN
AUDIENCIA ORAL, EL
SOBRESEIMIENTO O
LAACUSACIÓN QUE
PLANTEA EL FISCAL
CRISTEL JUNCHAYA VERA
CONSTITUCIÓN
El numeral 4 del artículo 159º de la
Constitución Política señala que el
Ministerio Público “conduce desde su
inicio la investigación del delito…. la
Policía Nacional está obligada a
cumplir
los
mandatos
del
Ministerio Público en el ámbito de
su función.
CRISTEL JUNCHAYA VERA
?
?
?
?
M.P/PNP
?
ROL PROTAGÓNICO
EN LA INVESTIGACIÓN DEL DELITO.
El Ministerio Público conduce investigación desde
su inicio y
la Policía Nacional realiza actos de investigación
no jurisdiccionales aportando
sus conocimientos técnicos y científicos
para obtener la prueba necesaria
que determine la comisión del delito y
la responsabilidad de los autores del hecho.
CRISTEL JUNCHAYA VERA
MP/PNP
Al Ministerio Publico, le corresponde la conducción jurídica
de la investigación.
?
un
le corresponde promover la investigación de
delito de oficio o a petición de parte;
?
la orientación legal a la Policía Nacional, disponiendo
se realicen las diligencias que considere necesarias de
acuerdo a su estrategia jurídica.
La PNP conduce operativamente, de manera técnica y
científica la investigación de los delitos.
? esclarecimiento de los hechos investigados
? la identificación de los autores
? partícipes en su comisión.
CRISTEL JUNCHAYA VERA
Utiliza como
base para su
acusación
FISCAL
DEFENSOR
HACEN REQUERIMIENTOS DE
DILIGENCIAS
INVESTIGATORIAS Y PROBATORIAS.
FISCALIZA INDIRECTAMENTE LA
DECIDE
JUEZ
IMPUTADO
VERDAD
DEL HECHO INVESTIGADO
LEGALIDAD DE LAS ACTUACIONES
DE LA POLICÍA
POLICÍA
RESPONSABLE CRISTEL JUNCHAYA INVESTIGACIÓN
TECNICO CIENTÍFICA DEL DELITO
LA VERA DE
POLICIA NACIONAL
Artículo 67º NCPP: Los efectivos de la PNP en
su
función
de
investigación,
por
propia
iniciativa deben tomar conocimiento de los
delitos
con
la
obligación
de
dar
cuenta
inmediata al Fiscal.
CRISTEL JUNCHAYA VERA
POLICIA NACIONAL
Art. 67º NCPP: La PNP está obligada a:
•
realizar los actos de investigación de
urgencia e imprescindibles para impedir sus
consecuencias
• individualizar a sus autores y partícipes,
•
reunir y asegurar los elementos de prueba
que puedan servir para la aplicación de la Ley
Penal, ante la imposibilidad que el Fiscal pueda
conducir la investigación.
Estos actos urgentes, deben ser puestos en
conocimiento del Fiscal.
Art. 316º inc. 1 y 2 NCPP : Si se procede a
ejecutar otras medidas como la incautación de
bienes, el Fiscal deberá solicitar la medida
CRISTEL JUNCHAYA VERA
POLICIA NACIONAL
En función de investigación, debe realizar lo siguiente:
? Cumplir los mandatos del Ministerio Publico. (art. 60º
NCPP)
? Presentar informes de su actuación.(art. 332º NCPP)
? Prohibición de informar. (art. 70º NCPP)
CRISTEL JUNCHAYA VERA
POLICIA NACIONAL
ARTÍCULO 68° NCPP : En función de investigación,
podrá realizar lo siguiente:
? Recibir denuncias escritas.
? Sentar las denuncias verbales.
? Toma de declaraciones a los denunciantes.
? Vigilar y proteger el lugar donde se ha producido un
ilícito, a fin de que no sean borrados los vestigios y
huellas del delito.
? Practicar el registro de las personas y dar auxilio y
protección a las victimas del delito.
CRISTEL JUNCHAYA VERA
POLICIA NACIONAL
? Recoger y conservar los objetos e instrumentos
? relacionados con el delito.
? Realizar las diligencias orientadas a identificar a los
autores o participes de un delito.
de
quienes
han
? Recibir las declaraciones
presenciado el delito.
? Levantar planos; tomar fotografías, hacer
grabaciones y otras acciones técnicas científicas.
? Capturar a los presuntos autores y partícipes en
caso de delito flagrante, informándoles de
inmediato sobre sus derechos.
? Asegurar los documentos públicos y privados que
puedan servir a la investigación.
CRISTEL JUNCHAYA VERA
POLICIA NACIONAL
? Allanar locales de uso público.
? Realizar los secuestros e incautaciones necesarios en
los casos de delitos flagrantes o de peligro inminente
de su perpetración
? Recibir la manifestación de los presuntos imputados
(con presencia obligatoria de abogado defensor).
? Reunir cuanta información adicional de urgencia
permita la criminalística para ponerla a disposición
del Fiscal.
? Las demás diligencias y procedimientos de
investigación necesarios para el esclarecimiento de
los hechos investigados.
CRISTEL JUNCHAYA VERA
?
En su función de investigación. Art. 67°
Tomar
conocimiento de
los delitos
EN FUNCIÓN DE
INVESTIGACIÓN
QUE SIRVAN DE
APLICACIÓN
A LA LEY PENAL
Similar función desarrollará
tratándose de delitos dependientes de
Instancia privada o sujetas a ejercicio
Privado de la acción penal.
Da cuenta
inmediata al
FISCAL
SIN PERJUICIO DE REALIZAR LAS
DILIGENCIAS DE URGENCIAS E
IMPRESCINDIBLE PARA IMPEDIR
SUS CONSECUENCIAS,
INDIVIDUALIZAR A SUS AUTORES Y
PARTICIPES
FISCAL
Al M.P.
para llevar a cabo la
Investigación preparatoria
LA POLICIA NACIONAL
ELEMENTOS DE PRUEBA
CRISTEL JUNCHAYA VERA
Página siguiente |