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Recursos laborales en la vía administrativa, judicial y la demanda laboral



  1. Recursos Laborales en
    la vía Judicial
  2. Demanda Laboral
  3. Conclusiones

Recursos Laborales en la vía Administrativa Judicial y la Demanda LaboralMonografias.com

Recursos Laborales en la vía Administrativa Judicial y la Demanda Laboral

Introducción

A lo largo de la historia el hombre ha tenido la necesidad de buscar empleo como medio indispensable para su supervivencia, con el pasar de los años el empleo ha evolucionado y las necesidades y motivaciones de los hombres también. Sin embargo es importante considerar el crecimiento de las economías de los países a nivel mundial, las altas y bajas por las que han atravesado estas y su impacto en el mercado laboral.

 Por lo anterior y otros factores más las tasas de
desempleo han crecido, las exigencias del mercado laboral aumentan y por lo
tanto es necesario buscar en nuevos Emprendedores e innovar.

 Con respecto a Nicaragua, en la actualidad es un país
donde las oportunidades de trabajo son una cuestión seria, ya que se
encuentra escasa en la mayoría de los Departamentos Lo que resulta aún
más importante es la demanda laboral que crece con mayor rapidez, en
especial a los jóvenes egresados de las diferentes universidades en todo
Nicaragua, siendo este el fenómeno de estudio que concierne al presente
trabajo.

Ya que en Nicaragua hay trabajos pero el pago no es adecuado según estudios realizados por empresas encuestadoras en nic, además de eso debemos señalar que en Nicaragua si hay trabajos ,pero en algunos se usan conectes o argolla para poder lograr entrar a alguna empresa debido a la globalización que hoy en día vivimos en nuestro país.

Sin Embargo es importante considerar el crecimiento de la economía en nuestro país, es trascendental conocer como se comporta el mercado laboral y sobre todo las oportunidades de empleo para Jóvenes, egresados de las universidades.

Objetivo General

  • Determinar los Factores de carácter cognitivo socio económico y cultural, que determinan la Vulnerabilidad en el ámbito Laboral de nuestro país.

Objetivo Especifico

  • Identificar la vulnerabilidad que existe en el ámbito Laboral del Empleador y el trabajador.

  • Describir la Relación del Empleador y el trabajador en la vía Administrativa.

Recursos Laborales en la vía Judicial

Los recursos administrativos y las reclamaciones previas a la vía judicial y laboral son instituciones de similar finalidad y contenido. En ambos casos se trata de abrir una primera vía de revisión de la actividad administrativa ante la propia Administración a instancia de los interesados lesionados en sus derechos o intereses; pero además, estas técnicas quieren impedir que la Administración resulte enjuiciada sorpresivamente ante los Tribunales contencioso-administrativo, civiles o laborales.

Los recursos administrativos suponen, en principio, una garantía del particular, al que se permite alegar o discutir la validez u oportunidad de un acto o conducta administrativo ante la propia Administración autora del acto; pero, de otra parte, y en abierta contradicción con esa naturaleza, y finalidad garantista, el recurso administrativo aparece como un privilegio de la Administración, pues con este filtro puede retrasar en su favor el enjuiciamiento por los Tribunales de sus actos y conductas.

Los recursos administrativos se ven por el legislador más como un privilegio de la Administración que como una garantía del administrado. Ahora bien, el verdadero "privilegio" de la Administración no ha estado tanto en condicionar el inicio del proceso contencioso-administrativo a la interposición previa de un recurso administrativo, cuando en la conversión de los fugacísimos plazos de interposición de recurso de alzada (un mes) y contencioso-administrativo (2 meses) en plazos de prescripción de los derechos sustantivos.

Según el artículo 56 del código del trabajo ley 185 presenta medios de prueba

Los medios de prueba que pueden ser admitidos por la autoridad judicial para su presentación en la audiencia de juicio son:

  • a. La prueba documental

  • b. La declaración de parte

  • c. La prueba testifical

  • d. La inspección judicial

  • e. El dictamen de peritos

  • f. Medios científicos, tecnológicos o electrónicos y cualquier otro medio distinto de los anteriores que proporcione certeza sobre hechos relevantes.

Demanda Laboral

La noción de demanda hace referencia a una solicitud, petición, súplica o pedido. Aquel que demanda solicita que se le entregue algo. Por ejemplo: "El secuestrador demanda un millón de pesos para liberar a los rehenes", "La demanda de productos lácteos ha crecido en los últimos años", "El gobierno demanda un mayor esfuerzo de las empresas para evitar el avance de la desocupación".

¿QUE SE ENTIENDE POR DEMANDA?

La demanda se define como el acto de petición que una persona (denominada demandante) realiza ante un juez, para que intervenga como órgano decisorio en un diferendo que mantiene con otra persona (denominada demandado) respecto al incumplimiento de una obligación de este; dicha petición configura el ejercicio del derecho de acción. En términos habituales se denomina demanda al escrito que contiene la petición del demandante.

¿CUAL ES SU IMPORTANCIA?

La interposición de una demanda bien elaborada que cumpla con los requisitos legales y se encuentre en lo posible blindada contra los ataques de la parte contraria, constituye un elemento importante para la obtención de una sentencia favorable, ya que los términos de la demanda fijan los límites de la controversia y la decisión del juzgador.

¿QUIENES PUEDEN EJERCER UNA DEMANDA EN MATERIA LABORAL?

"Toda persona tiene el derecho de representar o dirigir peticiones ante cualquier autoridad, funcionario público o funcionaria pública sobre los asuntos que sean de la competencia de éstos o éstas, y de obtener oportuna y adecuada respuesta. Quienes violen este derecho serán sancionados o sancionadas conforme a la ley, pudiendo ser destituidos o destituidas del cargo respectivo". Artículo 51 CRBV.

En consecuencia nuestra carta magna consagra el derecho que tiene toda persona que mantenga una discrepancia con otra persona, con respecto al incumplimiento de una obligación producto de una relación laboral de acudir a los órganos jurisdiccionales y de obtener una oportuna respuesta a su controversia.

¿CUÁLES SON LOS ASPECTOS FORMALES DE LA DEMANDA?

La demanda laboral debe cumplir con ciertas condiciones establecidas en los artículos de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, siendo aplicables también determinadas disposiciones del Código Procesal Civil y los principios legales de nuestro ordenamiento jurídico.

De lo anterior se desprende que uno de los principios cardinales en materia adjetiva es el principio de la legalidad de las formas procesales, según el cual los actos procesales deben producirse de acuerdo con los mecanismos desarrollados por el ordenamiento jurídico, para producir así los efectos que la ley les atribuye, esto es, todo acto procesal requiere para su validez llenar una serie de condicionantes que le permitan cumplir con los objetivos básicos tutelados, a saber, la consecución del debido proceso y con ello la justicia.

".Artículo 74. Toda demanda que se intente ante un Tribunal del Trabajo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución se presentará por escrito y deberá contener los siguientes datos:

  • 1. Nombre, apellido y domicilio del demandante y del demandado. Si el demandante fuere una organización sindical, la demanda la intentará quien ejerza la personería jurídica de esta organización sindical, conforme a la ley y a sus estatutos.

  • 2. Si se demandara a una persona jurídica, los datos concernientes a su denominación, domicilio y los relativos al nombre y apellido de cualesquiera de los representantes legales, estatutarios o judiciales.

  • 3. El objeto de la demanda, es decir, lo que se pide o reclama.

  • 4. Una narrativa de los hechos en que se apoye la demanda.

  • 5. La dirección del demandante y del demandado, para la notificación a la que se refiere el artículo 126 de esta Ley.

¿CUAL ES EL ORGANO COMPETENE PARA INTERPONER LA DEMANDA?

En nuestro sistema jurídico se observa que los criterios atributivos de competencia Territorial en materia Laboral, son elementos no concurrentes, con lo cual al actor le es conferido -por el legislador- la potestad de escoger el Tribunal Territorialmente competente para conocer del caso, es decir, el sitio en donde intentará su demanda o realizará sus solicitudes, para ello, la norma enuncia cuatro (4) posibilidades a escoger:

  • 1. Ante los Tribunales del lugar donde se prestó el servicio;

  • 2. En el lugar donde se puso fin a la relación laboral;

  • 3. Donde se celebró el contrato; y

  • 4. En el domicilio de la parte demandada.

Según el artículo 74 de nuestro código laboral manifiesta que los requisitos son:

1 el juicio se inicia por la demanda que deberá ser presentada ante el juzgado competente, debiendo contener al menos los siguientes requisitos:

  • A. El nombre y apellido del demandante, numero de cedula de identidad o datos de identidad y designación del domicilio para oír notificaciones, si el demandante es una persona jurídica deberá acreditarse por medio de sus representantes nombrados de conformidad con su escritura de constitución, sus estatus o la ley.

  • B. Datos de identidad y domicilio de quienes deban comparecer en el proceso en calidad de demandados o de interesados, si se demanda a una persona jurídica se expresaran los datos relacionados con su denominación legal o de su representante legal de conformidad con su escritura de constitución, sus estatus o la ley si fuere conocido y en su defecto los directores gerentes, administradores, capitanes de barcos y en general las personas que en nombre de otras ejercen funciones de dirección y administración., las asociaciones o comités podrán ser demandadas por medio de quienes funcionen como sus presidentes , directores o personas que públicamente actúen nombre de ellas.

  • C. Los hechos relevantes que relacionan al demandante con la parte demandada imprescindibles para resolver las cuestiones planteadas, por servir de fundamento a la petición o pretensión objeto del proceso.

  • D. Lo que se pide o se reclama al órgano judicial

  • E. La solicitud de los medios de prueba que no tenga en su poder de que intentara valerse en la audiencia de juicio debiendo solicitar aquellas pruebas que habiendo de practicarse en el mismo requieran el auxilio o aseguramiento del juzgado mediante diligencias de citación o requerimiento.

  • F. La indicación del lugar y fecha en que se plante la demanda.

  • G. La firma del demandante o de la persona que firme a su ruego si no sabe o no puede firmar.

Junto a la demanda deberá acompañarse copia del trámite de conciliación en los casos en que proceda o consta de haber agotado la vía administrativa en material laboral o de la seguridad social y tantas copias del escrito de demanda y de los documentos que la acompañen como demandados existan en el proceso.

Conclusiones

En el presente trabajo fue elaborado gracias al aporte de cada compañero, observamos de cerca las demandas laborales están consagrada a promover la justicia social y los derechos humanos y laborales reconocidos Internacionalmente, cabe mencionar que en cada demanda es esencial para la prosperidad y desarrollo de trabajos decente y las condiciones laborales y económicas que permitan a los trabajadores y empleadores su participación en la paz duradera, la prosperidad y el progreso de la nación.

El trabajo decente refleja las prioridades de la agenda social, económica y política de países y del sistema internacional. En un período de tiempo relativamente breve, este concepto ha logrado un consenso internacional entre gobiernos, empleadores, trabajadores y la sociedad civil sobre el hecho de que el empleo productivo y el trabajo decente son elementos fundamentales para alcanzar una globalización justa, reducir la pobreza y obtener desarrollo equitativo, inclusivo y sostenible en Nicaragua.

 

 

Autor:

Juan Saballos Toruño

 

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