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Repercusiones económicas en Panamá de los Panama Papers




Enviado por Analicia De León



  1. Introducción
  2. Antecedentes
  3. ¿Qué es un Paraíso
    Fiscal?
  4. Connotación Internacional de los
    Panamá Papers
  5. Repercusiones
  6. Bibliografía

Introducción

Durante años, políticos, empresarios, jugadores de fútbol, personajes famosos y personas naturales, compran Sociedades con estructuras bien elaboradas y conforme a las leyes realizadas por algún bufete de abogados; en este caso hablaremos de las Sociedades Anónimas realizadas por uno de los bufetes más importante de Panamá Mossack-Fonseca.

Mossack-Fonseca, realiza las Sociedades Anónimas y las vende a intermediarios tales como: bancos, abogados, etc. Y estos se los venden a los dueños finales. Para mejor entendimiento lo explicaremos con un ejemplo sencillo: una empresa fabricante de escobas, produce las mismas, las escobas son vendidas a los comerciantes, para que el dueño final sea el consumidor que la necesita, el comprador no es conocido por la fábrica.

Es por eso, que la creación de Sociedades Anónimas, es legal; lo ilegal o por decirlo así mal visto por la comunidad internacional o nacional es la utilización de estas Sociedades que en muchos casos son utilizadas para evadir impuesto, compra de armas, lavado de droga, entre otros fines.

En los últimos meses, las Sociedades Anónimas o mejor conocidas como Sociedades Offshore, han sido mal vistas por el escándalo de los "Panamá Papers" o "Papeles de Panamá".

Se denomina Los "Panamá Papers", a los más de 11 millones de documentos extraídos de la firma de abogados Mossack-Fonseca, divulgado por un medio alemán Süddeutsche Zeitung (SZ) y este lo compartió con el Consorcio Internacional de Periodista de Investigación (ICIJ), y que supuestamente revela el mal uso de algunas sociedades que fueron compradas por personalidades importantes del ámbito internacional.

Las oficinas principales de la firma Mossack-Fonseca, ubicadas en la Ciudad de Panamá, fueron allanadas para investigación, así como otras sedes de este mismo bufet, para recopilar más información para la aclaración de esta situación.

Esta investigación periodística fue presentada el 3 de abril de 2016 por 109 medios de comunicación internacional de 76 países. Revelaron como sus asociados escondían miles de millones de dólares en Paraísos Fiscales.

En el presente trabajo de investigación, trataremos un marco histórico de la firma de Abogados Mossack-Fonseca, connotación internacional, repercusiones económicas para Panamá, entre otros aspectos de interés para el análisis de los "Panamá Papers".

Antecedentes

Mossack-Fonseca

Es un bufete de abogados en Panamá con representación en muchos países del mundo a través de 44 filiales, nueve de ellas en China

Fue fundada en 1977 por Jürgen Mossack y Ramón Fonseca Mora, se especializa en derecho comercialservicios fiduciarios, asesoría de inversiones y estructuras internacionales. 

La firma es una de las siete que en conjunto representan más de la mitad de las compañías constituidas en Panamá. 

El bufete también alberga a varias compañías dentro de sus oficinas. También ofrece servicios en el campo de la propiedad intelectual y derecho marítimo.

  • Jürgen Mossack

Hijo de padres alemanes. Su padre era ingeniero mecánico, su madre vendedora. Según las informaciones de la ICIJ, su padre era miembro de la Waffen-SS y se habría ofrecido más tarde como espía del servicio de inteligencia de EE.UU. CIA.

A comienzos de los años 1960, Jürgen Mossack, siendo un niño, emigró de Alemania junto a sus padres hacia Panamá. En ese país fue a la escuela y luego estudió Derecho en la Universidad Católica Santa María La Antigua en Panamá. La familia de Mossack regresó a Alemania en los años 1970.

En el año 1973, trabajó en bufetes de abogados en Panamá y Londres, hasta que en 1977 fundó su propio bufete en la capital panameña, empresa denominada Jürgen Mossack Lawfirm. En 1986, en conjunto con el abogado y escritor panameño Ramón Fonseca Mora, fundó la empresa Mossack Fonseca. 

  • Ramón Fonseca Mora

Abogado y escritor panameño. Trabajó en la sede de la Organización de las Naciones Unidas en Ginebra, Suiza. Ha obtenido el Premio Ricardo Miró en dos ocasiones por las novelas La danza de las mariposas (1994) y Soñar con la ciudad (1998). Hoy en día es miembro fundador la firma de abogados Grupo Mossack Fonseca. Por otro lado, Fonseca es socio fundador y primer presidente de la Cámara Panameña del Libro.

Sociedades offshore en Panamá

Las Sociedades Offshore, tiene su antecedente en la Ley N° 32 de 26 de febrero de 1927, en el cual da a conocer la constitución o incorporación de una Sociedad Anónima o Corporación Offshore, del acuerdo de dos o más personas mayores de edad, de cualquier nacionalidad, aún sin domicilio en la República de Panamá.

Las Sociedades Offshore en Panamá, son los instrumentos fiscales por excelencia, pues tienen diversas funciones y beneficios.

Suelen utilizarse para Planificación Fiscal, pero su mayor aprovechamiento se encuentra en la gestión comercial y económica, para facilitar los intercambios comerciales de bienes y servicios, así como medio de Protección de Activos.

Las Sociedades Offshore Panameñas, adoptan por lo general, la forma jurídica de sociedades anónimas, lo cual ayuda a proteger la identidad de los titulares que, mediante el uso de poderes no registrados y directores nominales, pueden reforzar los niveles de confidencialidad del cliente.

Panamá es conocido como un Centro Financiero y de Servicios Offshore, principalmente por su sistema tributario basado en el principio de territorialidad, lo que permite organizar y proteger su patrimonio de manera eficiente.

  • Ley 47

En agosto de 2013 fue aprobada la ley 47, la cual establece que aquellas sociedades que emitan acciones al portador, deberán designar un custodio autorizado para tomar la posesión de dichas acciones, y que el mismo puede ser un Banco con Licencia General, un abogado o firma de abogados de Panamá, una fiduciaria, o una casa de valores debidamente inscrita y regulada por la Superintendencia del mercado de valores de Panamá. Adicionalmente, aquellos que posean acciones al portador, deberán proporcionar, mediante declaración jurada, información detallada acerca de la identidad del auténtico propietario y de la sociedad que emitió las acciones, así como de su agente residente.

Debe tenerse en cuenta que ésta ley no obliga a las sociedades offshore de Panamá a inscribir los nombres de los accionistas en el Registro Público. Solo los funcionarios, directores y el nombre del agente residente están inscritos en el Registro Público, por lo tanto, ésta se constituye en una solución un tanto creativa por parte del Gobierno Panameño para mantener la privacidad, y controlar las actividades ilegales mediante la inmovilización de las acciones al portador, en lugar de eliminar la emisión de las mismas.

¿Qué es un Paraíso Fiscal?

Según la página web definición de, se denomina Paraíso Fiscal, "al territorio cuyo régimen tributario es especialmente favorable a los no residentes. Por lo tanto, muchos ciudadanos y empresas se domicilian en dicho territorio con fines legales, aun cuando no vivan allí"

Es habitual que en un paraíso fiscal convivan dos regímenes impositivos: uno para los ciudadanos y las empresas locales (similar al de cualquier otro país) y otro para los extranjeros (con beneficios adicionales).

Las ventajas de los regímenes tributarios de los paraísos fiscales suelen contemplar la exoneración parcial o total del pago de impuestos

Los paraísos fiscales suelen ofrecer otras ventajas, como leyes o normas que no permiten el intercambio de información para propósitos fiscales con otros países. Estos territorios también suelen ser acusados de falta de transparencia, lo que supuestamente permite el lavado de dinero u otro tipo de delitos financieros.

Los países que se convierten en paraíso fiscal al ofrecer esas ventajas a los extranjeros, lo que pretenden básicamente es atraer divisas del exterior para así poder fortalecer sus economías.

El hecho de que hayan crecido notablemente las naciones que se enmarcan bajo esa categoría se debe al hecho de que, en algunos países, especialmente en los del continente europeo, se han establecido impuestos muy altos que pueden llegar incluso hasta el 50% de lo que son los ingresos.

¿Es Panamá un Paraíso Fiscal?

Su reputación como un paraíso fiscal data de más de 100 años, según un estudio del Instituto noruego para Investigación en Economía y Administración de Negocios.

Panamá registraba barcos extranjeros para ayudar a que Standard Oil, el gigante petrolero fundado por John Rockefeller, evadiera impuestos estadounidenses.

Alrededor de los años 60, vino el dinero de la droga. Manuel Noriega, el Dictador Panameño, llegó al poder en 1983, cuando los narcotraficantes colombianos estaban haciendo miles de millones de dólares. Él ayudó al cártel de Medellín de Colombia –el cual en algún momento ganó hasta 4 millones de dólares al año, según The Wall Street Journal– a esconder su dinero de la droga.

El diario La Vanguardia de España, en un artículo de Economía nos dice, que Panamá es de los pocos países que permanece en la lista gris del Centro de Políticas Fiscales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), sobre transparencia fiscal. El país Centroamericano se adhirió en el 2015 a la iniciativa de asistencia mutua en asuntos fiscales, para luchar contra la evasión fiscal o actividades criminales.

Según la organización OCDE, Panamá no ha hecho sus deberes. El país se resiste a comprometerse en el mecanismo de "intercambio automático de información" entre las autoridades fiscales de distintos países, que entrará en vigor en el 2018. Este estándar insta a las jurisdicciones a obtener información de sus instituciones financieras y a transmitirla con periodicidad anual a otros territorios. "Es esencial para garantizar unas reglas comunes y que los evasores de impuestos se queden sin lugares para ocultar", explican la OCDE. Según técnicos de esta Organización, la legislación panameña impide acceder a información esencial, como la titularidad de la cuenta o el mantenimiento de registros contables fiables.

En la última reunión de Ministros de Finanzas del G-20 a finales de febrero del 2016 la Secretaría General consideró como "un paso atrás" el hecho de que el país no se haya comprometido con el modelo planteado por la OCDE, algo que sí hicieron 96 países.

Panamá preferiría llegar a un intercambio de datos de manera bilateral con cada Estado. En este caso, debería existir una petición previa del país interesado. El Gobierno panameño argumenta que, si se usara la plataforma estándar prevista de la OCDE, "esta puede terminar siendo utilizada para persecuciones políticas o puede caer en manos de grupos criminales".El Colegio de abogados de Panamá, cree que "se vulnerarían preceptos fundamentales de la Constitución como el derecho a la privacidad y a la confidencialidad".

Panamá entró a formar parte de la primera lista negra de este organismo el año 2000. Ya salió, pero se ha quedado bloqueada en el limbo.

Connotación Internacional de los Panamá Papers

Las connotaciones internacionales sobre los implicados en los "Panama Papers" apuntan a los enemigos políticos de Estados Unidos y a las casas bancarias con asiento en Europa y excluyen a figuras norteamericanas, así como a los grupos económicos que gozan de hegemonía en dicho país. Las interrogantes por esta curiosa selección de los señalados son muchas.

La búsqueda de explicaciones desde que el domingo 3 aparecieron los primeros informes de los documentos hackeados, el listado de empresas offshore vinculadas al estudio de abogados Mossack Fonseca con sede en Panamá disparó un flujo de información que alcanzó a unos y otros con extraños criterios de selección y exclusión. Desde el origen de este ciclo comienzan a aparecer los espacios vacíos. Según los investigadores del Süddeutsche Zeitung, la fuente anónima no pidió nada a cambio. Desde ese momento queda la incertidumbre sobre el móvil de esta filtración.El material pirateado fue a parar al Consorcio Internacional de Periodistas deInvestigación, creado por el Centro para la Integridad Pública con sede en Washington. Después de un año de análisis el domingo 3 de abril se dieron a luz pública las primeras informaciones sobre el contenido de estos "papeles".

Enemigos políticos

Las filtraciones que circulan con mayor fluidez son las que afectan a
opositores del Estado norteamericano en su disputa por mantener la hegemonía
internacional y evitar la creación de polos que puedan disputarle ese
lugar. Entre ellos: el presidente de la Federación Rusa Vladimir Putin,
el presidente de China, Xi Jinping, aunque no aparezcan nombrados, el gobierno sirio
de Bashar al-Ásad, incluido por Estados Unidos en la lista de estados
patrocinadores del terrorismo, así como el de Venezuela.

Llama la atención que en el proceso de divulgación de los
"papeles" no aparezca implicado ningún protagonista o institución de
peso de la economía y la política estadounidense. Ello podría
explicar porque Estados Unidos ha reservado para los estados de Nevada, Wyoming
y Delaware para la misma actividad, cuyas leyes han facilitado la creación
de empresas fantasmas para la evasión de impuestos.Algunos han ensayado
respuestas: la profesora Shima Baradan Baughan, del Colegio de Leyes de la Universidad
de Utah, sostuvo en Fusion.net que "para los norteamericanos no es
necesario ir a Panamá para esconder sus actividades ilícitas
".
Asimismo, el economista James Henry declaró que "los norteamericanos
usan offshore todo el tiempo. Podría decirse que son los primeros usuarios
".
Y el abogado Jack Blum, experto en crímenes financieros de cuello blanco
y en evasión internacional de impuestos, sostuvo que "Mossack
Fonseca tenía una subsidiaria para crear empresas offshore en el estado
de Nevada"

Personajes implicados

  • Vladímir Putin: Aunque el nombre del presidente ruso no sale en los documentos, según el análisis de los datos, los amigos del mandatario, beneficiarios de contratos y concesiones públicas que no habrían sido posibles sin su amparo, establecieron una red de sociedades offshore (cuyos titulares quedan ocultos) por valor aproximado de 2 000 millones de dólares (1 760 millones de euros). Entre los allegados del mandatario ruso destaca el nombre de Sergei Roldugin, su mejor amigo, quien le presentó a su esposa y padrino de su hija mayor. La elección de esta persona parece evidente: de la máxima confianza de Putin y sin perfil económico marcado: es músico profesional y apenas se ha involucrado en actividades empresariales. El Gobierno ruso ha acusado a ICIJ de lanzar un "engañoso ataque informativo"

  • Sigmundur David Gunnlaugsson: El primer ministro islandés y su mujer utilizaron una firma offshore —Wintris Inc.— para ocultar millones de dólares en inversiones en tres grandes bancos durante la crisis financiera. El propio implicado, jefe del Ejecutivo islandés desde mediados de 2013, ha negado cualquier mala práctica. Esta misma semana tendrá que enfrentarse a una cuestión de confianza parlamentaria.

  • Mauricio Macri: El presidente argentino formó parte, junto con su padre y uno de sus hermanos, del consejo de administración de una sociedad offshore con sede en Bahamas denominada Fleg Trading. La firma estuvo activa hasta 2009, cuando Macri ocupaba la jefatura del Gobierno de Buenos Aires, pero se desconoce si el hoy presidente de la República Argentina ya había abandonado su cargo con anterioridad. El mandatario ha salido al paso de la información al asegurar que nunca participó en el capital de Fleg Trading. "Dicha sociedad estuvo vinculada al grupo empresarial familiar, de ahí que el señor Macri fuera ocasionalmente designado como consejero", ha aclarado la presidencia argentina en una nota.

  • Salmán bin Abdulaziz: El rey de Arabia Saudí utilizó una sociedad con sede fiscal en las Islas Vírgenes Británicas —un territorio que España está catalogado como paraíso fiscal— para constituir dos hipotecas de viviendas de lujo en el centro de Londres. En la documentación también figura como usuario de un yate registrado en el territorio británico de ultramar.

  • Leo Messi: El jugador del FC Barcelona utilizó un despacho uruguayo para hacerse con una sociedad panameña con la que habrían facturado sus derechos de imagen —a espaldas de la Agencia Tributaria— desde el 13 de julio de 2013, un día después de que la Fiscalía se querellase contra el futbolista por supuesto fraude.

  • Michel Platini: El expresidente de la UEFA, suspendido del cargo por su presunta vinculación con un caso de corrupción, figura como dueño y administrador único de Balney Enterprises, una sociedad opaca creada en Panamá pocos meses después de su nominación como máximo responsable del ente futbolístico europeo. Según los papeles Platini se apoyó en el despacho Mossack Fonseca para gestionar la empresa. Los abogados del exfutbolista francés han indicado en una nota que "la totalidad de las cuentas y de los bienes" de Platini "son conocidos por la administración fiscal suiza, país en el que es residente fiscal desde 2007".

  • -Iván Zamorano: El exjugador del Real Madrid y de la selección chilena es otro de los nombres ilustres del mundo del futbol que se ve salpicado por los papeles de Panamá. En concreto, los documentos filtrados vinculan a Zamorano con una sociedad, Fut Bam International, que gestionaba sus derechos de imagen —una de las principales partidas de un futbolista de alto nivel— desde las Islas Vírgenes Británicas.

  • Pedro Almodóvar: El director de cine y su hermano y productor Agustín fueron apoderados, desde junio de 1991, de la sociedad Glen Valley Corporation registrada también en las Islas Vírgenes Británicas. La firma se mantuvo activa desde el 22 de marzo de 1991 hasta el 11 de noviembre de 1994 y su tramitación se gestionó desde el despacho de la firma panameña Mossack Fonseca en Ginebra (Suiza).

  • Jackie Chan: El actor nacido en Hong Kong figura en los papeles de Panamá accionista de seis sociedades con sede en las Islas Vírgenes Británicas.

  • Ricardo Salinas Pliego: Contrató servicios financieros con un despacho que tiene operaciones en la Isla del Hombre y Gibraltar desde 2004, cuando enfrentaba una investigación por fraude en EU. 1.15 mdd en arte y antigüedades a nombre de la empresa en las Islas Vírgenes Británicas.

Bancos involucrados

De acuerdo con el análisis del ICIJ, más de 500 bancos y sus filiales han registrado «empresas fantasmas» a través de Mossack Fonseca. Solo el banco británico HSBC y las empresas asociadas a él han registrado 2300. Hasta donde se sabe, los siguientes diez bancos son los que fundaron la mayoría de las empresas offshore para sus clientes

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Estados Unidos

Uno de los puntos fuertes en la campaña electoral de 2008 por parte de Barack Obama fue la crítica de los paraísos fiscales del caribe y en 2010 se implementó la ley Cumplimiento Fiscal relativa a Cuentas en el Extranjero FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act); la ley requiere que firmas financieras alrededor del mundo reporten las cuentas a nombre de ciudadanos de estados unidos al ente recaudador de impuestos de estados unidos (Internal Revenue Service).

Estas críticas fueron usadas nuevamente en campañas de la candidata presidencia Hillary Clinton quien condenó los indignantes fallos legales en los paraísos fiscales de Panamá y el mundo, también mencionó que perseguiría estas estafas y se aseguraría de que todos paguen su justa porción en Estados Unidos.

Por otro lado, estados unidos se rehusó a adoptar el estándar de reporte en común de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), lo que significa que los Estados Unidos reciben información sobre los ingresos y las cuentas de sus ciudadanos en el mundo, pero no comparte la información sobre lo que pasa en su territorio referente a otros países.

  • Luego de los hechos

El presidente Barack Obama se refirió a las compañías offshore "fantasma" diciendo que:

"No se trata de que estén rompiendo las leyes, se trata de que las leyes están tan mal diseñadas que permiten que las personas, siempre que tengan suficientes abogados y contadores, puedan escaparse de las responsabilidades que los ciudadanos ordinarios tienen que seguir" y aun cuando no figuran lideres norte-americanos en los documentos también añadió lo siguiente:

"Francamente, hay en América quienes se aprovechan de las mismas cosas"

  • Casos en USA

En 2014 MF Corporate Services Fue citada por la corte distrital en Las Vegas, esta citación indicaba que la firma con base en Panamá había creado 123 compañías en Nevada que sería utilizadas para transferir dinero de contratos gubernamentales a los ex mandatarios Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner.

Bajo juramento, el cofundador de la firma Jürgen Mossack, testificó diciendo que MF Nevada and Mossack Fonseca no tenían una relación de franquicia y que Mossack Fonseca no tenía control sobre las operaciones de MF Nevada. Los documentos filtrados muestran que no solo sí existe dicha relación, sino que la firma también tomó acciones para borrar información de teléfonos y computadoras para ocultar detalles de sus clientes del sistema judicial. Un correo de 2014 por ejemplo, muestra instrucciones enviadas para ocultar esta información y que debían ser eliminadas las bitácoras de las computadoras en las oficinas de Nevada al igual que planeaban sesiones remotas para borrar huellas de acceso directo al sistema de información de la firma, escondiendo así la relación entre ambas.

Luego de la filtración NML Capital una compañía de fondos de inversión de alto riesgo que perdió muchos fondos debido al impago de Argentina por el desfalco levantó una demanda contra los oficiales de MF Nevada por obstrucción de la justicia debido a que las declaraciones que fueron desmentidas con los documentos, desviaron la investigación.

Repercusiones

Medidas gubernamentales para dar respuesta a la crisis generada por los
"panamá papers".

El escándalo desatado a raíz de los denominados "Panamá
Papers" obligó al gobierno de Panamá a asumir una posición
en respuesta a la situación creada. La credibilidad, prestigio y reputación
de las instituciones tanto políticas como económicas quedarían
en entredicho si no se tomaban medidas al respecto.

El presidente de Panamá, Juan Carlos Varela, expresó a
inicios de que estallara el escándalo su consternación con la
imagen del país al expresar "Estamos aquí dispuestos
a cooperar con cualquier gobierno y con cualquier investigación. Lo que
vamos a defender es la imagen de nuestro país".

En ese orden de cosas, cabe destacar tres medidas adoptadas por el Gobierno
de Panamá que sobresalen por su importancia e implicaciones, a saber:
La creación de un Comité Independiente de Expertos para el Centro
de Servicios Financieros y Corporativos de Panamá; la firma de la Convención
sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal y la promulgación
de la Ley 52 de 27 de octubre de 2016.

Creación del Comité Independiente de Expertos para el Centro
de Servicios Financieros y Corporativos de Panamá.

El gobierno de Panamá, el 29 de abril de 2016, creó un Comité
de Expertos que de acuerdo al sitio web del Gobierno de Panamá, tuvo
como objetivo asistir a Panamá en sus políticas contra la evasión
fiscal internacional y fortalecer a Panamá como centro financiero global
con las mejores prácticas de transparencia. Tuvo como funciones, la de
revisar marco legal, incluyendo políticas, leyes y tratados internacionales;
evaluar efectividad de recientes reformas; así como identificar vulnerabilidades
de la plataforma de servicios internacionales de Panamá.

El comité estuvo integrado inicialmente por los siguientes miembros:

  • 1. Joseph Stiglitz (Estados Unidos), premio Nobel de Economía; 

  • 2. Mark Pieth (Suiza), profesor de Derecho Criminal y Criminología de la Universidad de Basilea; 

  • 3. Roberto Artavia (Costa Rica), quien fue rector de la Escuela de Negocios INCAE Business School; 

  • 4. Gisela Álvarez de Porras, exdirectora General de Ingresos y exministra de Comercio e Industrias

  • 5. Alberto Alemán Zubieta, exadministrador del Canal de Panamá y presidente de ABCO Global Inc.; 

  • 6. Domingo Latorraca, socio-director de Deloitte, y 

  • 7. Nicolás ArditoBarletta, ex presidente de la República y director del Centro Nacional para el Desarrollo de la Competitividad.

El premio Nobel de Economía estadounidense Joseph Stiglitz y el especialista anticorrupción suizo Mark Pieth abandonaron el comité, debido a diferencias respecto a "puntos de vista sobre la transparencia", según una declaración común que transmitieron a la AFP.

"Creemos que es esencial que nuestras conclusiones se hagan públicas y que se permita a los miembros del comité hablar libremente", explicaron ambos en una declaración común. Stiglitz y Pieth recibieron a finales de julio una carta del gobierno panameño en la que se indicaba que únicamente el presidente de Panamá podía decidir si se publicaban estas conclusiones.

Finalmente los expertos restantes entregaron su informe al presidente de Panamá, Juan Carlos Varela, el viernes 18 de noviembre de 2016, quien manifestó que sus recomendaciones serían "implementadas lo antes posible".

Entre las recomendaciones del comité (que se anexan) cabe destacar la que sugiere la creación de un comité asesor permanente conformado por profesionales independientes, de reconocida solvencia y experiencia, que no tengan conflictos de interés, que sirva como consejero y presente recomendaciones al Gobierno Nacional.

Otras recomendaciones que llaman la atención por sus implicaciones, son las números 4, 5, 6 y 7 relativas a la disponibilidad de la información de los accionistas y últimos beneficiarios de los distintos tipos de entidades jurídicas de cualquier naturaleza, incluyendo fideicomisos que operan y se domicilian en Panamá, así como el acceso, intercambio y regulación de esta información.

Según el comité, Panamá (donde el sector servicios equivale al 83% de su Producto Interno Bruto y cuya economía depende en parte de transacciones financieras y comerciales) "no puede darse el lujo de estar en listas" sobre financiamiento de actividades ilícitas o desviación de flujos fiscales.

Firma de la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia
Fiscal

Panamá y la Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económico (OCDE) firmaron la Convención sobre Asistencia
Administrativa mutua en materia fiscal (MAC, por sus siglas en inglés). 

La parte panameña estuvo representada por la embajadora de Panamá
en Francia, Pilar de Alemán, mientras que por la OCDE acudió a
la firma su secretario, Ángel Gurría.  El acuerdo facilita la
implementación de iniciativas jurídicas en materia de transparencia
e intercambio de información fiscal, mediante la extensión de
la red de países con los cuales Panamá se compromete al intercambio
de información fiscal, pero bajo previo requerimiento.

Panamá se convirtió en la jurisdicción número
105 en adherirse a este convenio (cuyo texto íntegro se anexa), que establece
una regulación internacional de asistencia administrativa en materia
tributaria que faculta a cualquier estado miembro a pedir información
fiscal. 

El acuerdo entró en vigor en 2017 e implica un desafío
desde el punto de vista administrativo y tecnológico, teniendo en cuenta
la demanda de información que se espera sea recibida. Ello supone la
contratación de mayor personal administrativo y la necesidad de renovar
la tecnología, de forma tal que se garantice la calidad y celeridad de
la proporción de los datos que se soliciten.

Promulgación de la Ley 52 de 27 de octubre de 2016.

La promulgación de la Ley 52 de 27 de octubre de 2016, cuya entrada en vigor se produjo el primero de enero del año en curso, es a nuestro juicio, la medida adoptada por el gobierno cuyos efectos son más ostensibles.

Esta norma establece nuevos requerimientos para las entidades incorporadas en Panamá cuyas operaciones se perfeccionan fuera del territorio de la República de Panamá (entidades offshore).

Esta disposición normativa de sólo 14 artículos modifica el artículo 73 del Código de Comercio; el artículo 318-A del Código Fiscal; adiciona el artículo 9-A a la Ley 2 de 2011 (que regula las medidas para conocer al cliente que deben tomar los agentes residentes de entidades jurídicas existentes) y el artículo 21 de la Ley 47 del 6 de agosto de 2013 (que adopta el régimen de custodia aplicable a las acciones emitidas al portador.

En consecuencia, las entidades panameñas deben mantener ahora Registros Contables y Documentación de Respaldo por un mínimo de cinco años desde la terminación de una transacción o desde la fecha en que la entidad cese sus operaciones; entendiéndose por Registros Contables aquellos datos que indiquen clara y precisamente las operaciones comerciales de las personas jurídicas, sus activos, pasivos y patrimonio, y permitan determinar la situación financiera de la persona jurídica así como preparar estados financieros de la misma y por Documentación de Respaldo a contratos, facturas, recibos o cualquier otro documento que sustente las transacciones realizadas.

Los registros pueden mantenerse en la Oficina Registrada de la entidad o en otra ubicación, en cuyo caso se debe informar por escrito al Agente Residente, la dirección física donde se encuentran y proporcionarle el nombre y datos de contacto de la persona responsable de mantener los registros, siendo obligatorio renunciar para el Agente Residente si este requisito no es cumplido por la entidad so pena de multa de $500.00 y remoción como Agente Residente de la entidad.

Esta ley además impone una multa de $1,000 más $100 por cada día adicional de incumplimiento y la imposibilidad de nombrar un nuevo Agente Resiente hasta que cumpla con sus obligaciones.

Otro aspecto a destacar de esta norma jurídica es cancelación
de los derechos políticos y económicos de los certificados de
acción emitidos al portador que no se hayan entregado en custodia. Es
tajante la ley al definir un plazo fatal de caducidad para aquellos certificados
de acción al portador que no hubiesen sido entregados en custodia.

Como se puede apreciar, el escándalo de los "Panamá Papers", ha traído aparejada la adopción de un grupo de medidas que han constituido un intento del gobierno por quedar bien ante la opinión pública internacional, sin perjuicio de la voluntad política que en materia de transparencia fiscal pueda existir. Si han sido suficientes y efectivas estas medidas o si por el contrario, no han implicado ningún avance significativo, consideramos que es aún pronto para poder llegar a una conclusión; no obstante, las implicaciones económicas de este fenómeno en la realidad panameña sí pueden ser determinadas y constituyen el objetivo de nuestro próximo capítulo.

Análisis comparativo del comportamiento en las sociedades off shore.

Luego analizar las medidas adoptadas por el Gobierno de Panamá para hacer frente a la situación desatada por el escándalo de los "Panamá Papers", corresponde analizar su repercusión en el ámbito económico vinculado específicamente con las sociedades denominadas "off shore" que como se sabe, constan inscritas en el Registro Público de Panamá como panameñas pero que desarrollan sus principales actividades económicas en el exterior.

Para lograr este objetivo analizamos comparativamente los datos que ofrecen las estadísticas que constan en el Registro Público respecto a las inscripciones y disoluciones de sociedades anónimas y fundaciones de interés privado, correspondientes a los años 2014, 2015 y 2016.

Las siguientes tablas reflejan las estadísticas comparativas de inscripción de Sociedades Anónimas en los años 2014, 2015 y 2016.

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Como se puede apreciar del 2014 al 2015 se observa un descenso en la inscripción de nuevas sociedades anónimas, pero el descenso es considerablemente mayor en el período entre los años 2015 y 2016.

La siguiente tabla muestra el comportamiento de las disoluciones de Sociedades Anónimas en los años 2014, 2015 y 2016.

Disoluciones 2016

Disoluciones 2015

Disoluciones 2014

Ene

1986

1357

11

Feb

847

842

10

Mar

936

1070

8

Abr

1045

840

12

May

1234

831

2

Jun

1275

966

4

Jul

1184

1132

2

Ago

869

718

3

Sep

937

874

0

Oct

989

948

2

Nov

918

1063

31

Dic

1952

1697

1224

Total

14172

12338

1309

Al analizar esta tabla salta a la vista el dramático incremento de las disoluciones de sociedades a partir del mes de diciembre del año 2014. Pasaron de ser casi inexistentes a abundar. Tal es así que sólo en el mes de enero del año 2015 se disolvieron más sociedades anónimas que en todo el año 2014.

Esta alza tan evidente en las disoluciones coincide en el tiempo con la medida tomada el 2 de diciembre de 2014 por la superintendencia de bancos que exige a todos los bancos conocer la identidad del beneficiario de las sociedades. Es ésta a nuestro juicio, la razón que desató la estampida de disoluciones que se aprecia en la tabla.

Bibliografía

  • https://es.wikipedia.org/wiki/Panama_Papers

  • http://www.elconfidencial.com/economia/papeles-panama/2016-04-04/papeles-panama-papers-que-son-sociedad-offshore-mossack-fonseca_1178258/

  • http://cnnespanol.cnn.com/2016/04/04/las-7-cosas-que-debes-saber-sobre-los-panama-papers/

  • http://www.bbc.com/mundo/noticias/2016/04/160403_internacional_panama_confidencial_mossack_fonseca_ap

  • http://www.panamaniancorporations.com/

  • http://definicion.de/paraiso-fiscal/

  • http://www.lavanguardia.com/economia/20160405/40883907108/es-panama-paraiso-fiscal.html

  • http://cnnespanol.cnn.com/2016/04/07/papeles-de-panama-4-razones-por-las-que-panama-se-utiliza-como-paraiso-fiscal/

  • Linares Franco, Adolfo E. (8 de abril de 2016). «"Panama Papers', la OCDE y el derecho a la privacidad». La Estrella de Panamá. Consultado el 2 de mayo de 2016.

  • «Hacienda investigará a los españoles incluidos en los papeles de Panamá». El País. Consultado el 4 de abril de 2016.

  • «EEUU investiga caso "Panama Papers"». El País eN. 21 de abril de 2016. Consultado el 21 de abril de 2016.

  • https://www.occrp.org/en/panamapapers/reactions/

  • https://www.occrp.org/en/panamapapers/mossack-fonseca/

  • https://www.publicintegrity.org/2016/09/01/20152/hedge-fund-sues-mossack-fonseca-alleged-obstruction-justice-nevada

  • Ley 52 del 27 de Octubre de 2016 No. 28149-B Gaceta Oficial Digital, viernes 28 de octubre de 2016

  • INFORME FINAL – COMITÉ DE EXPERTOS INDEPENDIENTES

  • CONVENCIÓN SOBRE ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA FISCAL

  • https://www.registro-publico.gob.pa/images/stories/transparencia/2016/comparativas/comp-sociedades-anio-ene17.jpg

 

 

Autor:

Alexis Cerrud

Analicia De León

Gustavo Valbuena

Eucaris Villar

Tomás Herrera

UNIVERSIDAD LATINA DE PANAMÁ

FACULTAD DE NEGOCIOS

MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS

PANAMÁ, REPUBLICA DE PANAMÁ

2017

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