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Economía y administración de empresas



Partes: 1, 2, 3, 4

  1. La empresa
  2. Financiación e inversiones
  3. El patrimonio de la empresa
  4. Marketing
  5. La producción y sus costes
  6. Logística
  7. Organización y dirección

CAPÍTULO I:

La empresa

TEMA 1: INTRODUCCIÓN A LA EMPRESA

Concepto de empresa.

Una empresa se constituye para realizar una actividad productiva de bienes o servicios que proporcione a sus promotores unos beneficios. Estos beneficios no tienen que ser necesariamente económicos (prestigio, empresas públicas…).

Según esto, se puede entender la empresa desde dos puntos de vista:

  • Productivo: Conjunto de factores de producción coordinados por el empresario para alcanzar un objetivo.

  • Económico: Agente económico que mediante la utilización de factores productivos produce bienes o servicios generando un beneficio.

Una empresa, además de su propio nombre, puede utilizar otros signos distintivos, como puede ser su nombre comercial, logotipo, marca, rótulos específicos del establecimiento…

Concepto de empresario.

En la actualidad entendemos por empresario a la persona que, asumiendo unos riesgos, desarrolla una actividad responsabilizándose de la gestión para alcanzar unos objetivos.

Sin embargo, el concepto de empresario ha variado a lo largo del tiempo:

  • Adam Smith y Karl Marx consideraban al empresario y capitalista (propietario de la empresa) como la misma persona. En general, este enfoque continuó hasta mediados del siglo XX.

  • Schumpeter considera que el verdadero empresario es aquel que detecta y pone en marcha una nueva oportunidad de negocio, aprovechando una invención o una idea que aún no está siendo explotada. El empresario es visto como un agente innovador.

  • Knight propone que lo que define al empresario es su capacidad de asumir riesgos en un entorno de incertidumbre.

  • Galbraith analiza la situación de las empresas en la segunda mitad del siglo XX. En esta situación, las grandes empresas controlan el mercado. El capital pertenece a multitud de socios que, salvo excepciones, ejercen una ínfima influencia en la empresa. Las decisiones son tomadas por un equipo directivo formado por diferentes técnicos (economistas, ingenieros, jefes de ventas…) que constituyen la tecnoestructura. El empresario se desliga del capital y pasa a ser esta tecnoestructura.

Clases de empresas.

Las empresas se pueden clasificar según criterios muy diversos. Entre ellos destacamos los siguientes:

Según su área de actividad:

  • Del sector primario: Agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras.

  • Del sector secundario: Mineras y extractivas, industria y construcción.

  • Del sector terciario: Empresas de servicios.

Según su dimensión:

El criterio del tamaño es muy discutible y depende del sector que se trate. Se puede distinguir por su volumen de ventas (facturación), empleados, activo[1]En general distinguimos entre pequeñas (hasta 50 trabajadores), medianas (hasta 250) y grandes (más de 250).

Según la titularidad del capital:

  • Públicas: pertenecen al Estado, CCAA., u otros entes públicos.

  • Privadas: pertenecen a particulares u otras sociedades privadas.

  • Mixtas: parte de su capital pertenece a entidades públicas.

Según la forma jurídica:

  • Individuales: La titularidad es de una única persona.

  • Sociedades: La titularidad es de varias personas y tiene una naturaleza jurídica independiente. Pueden ser de responsabilidad limitada o ilimitada.

Según el ámbito geográfico

  • Nacionales: Operan en un único país.

  • Multinacionales: Operan en diversos países.

La responsabilidad social de la empresa.

Además de producir beneficios para los propietarios, las empresas deben generar beneficios para la sociedad (externalidades sociales), sus ventajas para la población y el medio ambiente deben superar a los inconvenientes (el balance social ha de ser positivo), en dos aspectos:

  • Las empresas crean riqueza para la sociedad mediante la creación de puestos de trabajo, pago de impuestos, producción de bienes y servicios…

  • Someterse a la legislación ambiental y velar porque el impacto sobre el medio ambiente sea mínimo.

Localización

La decisión del lugar óptimo para una empresa es una decisión compleja. Se intentan minimizar los costes de producción y distribución y optimizar el acceso al mercado para garantizar la regularidad de suministros y reducir almacenes. Los criterios que influyen en la elección variarán en función de que se trate de una empresa industrial o comercial.

Las empresas industriales tendrán en cuenta los siguientes factores:

  • Disponibilidad de suelo industrial y su precio, teniendo en cuenta la posibilidad de ampliación.

  • Acceso a materias primas y otros suministros.

  • Disponibilidad de mano de obra con cualificación adecuada.

  • Existencia de industria auxiliar y complementaria (reparaciones, transportes, piezas…)

  • Infraestructuras de comunicaciones.

Las empresas comerciales y de servicios valorarán:

  • Medios que faciliten el acceso al local: aparcamientos, líneas de autobús…

  • Visibilidad del local.

  • Zonas con actividades complementarias (centros comerciales, calles comerciales…)

  • Coste del local.

  • Nivel de renta de los habitantes de la zona.

La dimensión de la empresa.

La relación entre la eficacia y el tamaño de una empresa es una cuestión muy controvertida. Diversos estudios parecen demostrar que no existe correlación entre el tamaño de la empresa y su rentabilidad, lo que condujo a Gibrat a enunciar su ley del efecto proporcional según la cual no hay un tamaño óptimo para la empresa. Sin embargo, en general, se admite que hay dimensiones más o menos convenientes según la actividad a la que se dedique la empresa.

Las grandes empresas tienen las siguientes ventajas:

Sin embargo, adolecen de los siguientes inconvenientes:

  • Organización más compleja, más costosa y con tomas de decisiones más lentas.

  • Pérdida del contacto directo con el cliente.

  • sobredimensionadas para algunos servicios.

  • Mayor conflictividad laboral.

Las ventajas de las pequeñas y medianas empresas (PYME) son:

  • Flexibilidad

  • Proximidad al cliente

  • Vocación comercial

  • Estructuras simples. Pueden asimilar cambios fácilmente.

  • Relación directa entre empresario y trabajadores.

Sus dificultades son las siguientes:

  • Menor facilidad de encontrar financiación. Menor capacidad de endeudamiento.

  • Costes de producción mayores.

  • No pueden tener especialistas en diversas actividades.

  • La tecnología utilizada no es la más avanzada.

  • No tienen capacidad de negociación frente a los proveedores.

  • Falta de recursos para utilizar en I+D.

Agrupaciones empresariales.

Se trata de combinar las ventajas de las grandes organizaciones con la flexibilidad propia de las PYME. Las formas más comunes de agrupación son las siguientes:

  • Mediante fusiones: Se forma una sociedad nueva integrando los patrimonios de dos o más empresas. Puede realizarse por absorción (una de ellas adquiere a las demás, que desaparecen) o igualitaria (desaparecen todas, apareciendo una nueva).

  • Participaciones de capital: Se compra, total o parcialmente, el capital de otra con el fin de dominarla, formándose grupos de empresas.

  • Holding: Una sociedad matriz domina a otras filiales mediante el control de su capital. Tiene por objeto imponer, firmemente, una dirección unitaria a un grupo de empresas.

  • Trust: Concentración de empresas vertical (cubriendo distintas fases del proceso de producción o distribución).

  • Cartel: Acuerdos entre empresas independientes para controlar un mercado, reduciendo o eliminando la competencia. Son concentraciones horizontales (actividades de la misma fase productiva). Suele tratarse de acuerdos sobre precios, zonas de influencia, condiciones de venta…) Están prohibidos en la UE.

  • Uniones temporales de empresas (UTE): Asociaciones temporales para desarrollar una obra, servicio o suministro.

  • Agrupaciones de interés económico (AIE): Se forman por empresas independientes para ejecutar alguna actividad auxiliar de la que desarrollan sus socios.

Crecimiento de la empresa.

A pesar de la ley de Gibrat, es un hecho que las empresas buscan un crecimiento persiguiendo varios objetivos: conseguir mayor cuota de mercado[2]incrementar el beneficio, deseo de los directivos de ampliar su influencia…

El crecimiento de la empresa puede realizarse de diferentes maneras:

  • Captación de nuevos mercados en otras zonas geográficas.

  • Absorbiendo otras empresas de la misma actividad.

  • Diversificando sus actividades, esta diversificación puede ser de dos tipos:

  • Horizontal: Ampliar la oferta mediante productos complementarios o sustitutivos del principal.

  • Vertical: realizando otras etapas del proceso de fabricación y distribución.

  • Por medio de franquicias, concesión para la explotación comercial de una idea de negocio de una empresa por parte de un franquiciado. El franquiciador puede extender su negocio sin asumir los costes de la expansión; el franquiciado se beneficia de una idea de negocio de probada solvencia y rentabilidad.

La transnacionalidad.

Una empresa multinacional es aquella formada por una empresa matriz que controla una serie de filiales que operan en diferentes países. Tienden a funcionar siguiendo un plan rígido y una estructura establecida por la sede central. El desarrollo de las multinacionales se ha visto favorecido por la globalización de la economía con los siguientes aspectos:

  • Creación de áreas de libre comercio.

  • Reducción de barreras arancelarias y restricciones comerciales.

  • Desarrollo de las comunicaciones.

  • Mundialización de los mercados financieros.

Los factores que favorecen el desarrollo de multinacionales es el siguiente:

  • Conquista de nuevos mercados.

  • Superar barreras proteccionistas.

  • Aprovechar ventajas competitivas.

  • Transferencia de tecnología o productos en declive

Derecho mercantil.

La normativa mercantil pretende establecer un marco seguro en el que se desenvuelve la actividad empresarial. El Derecho Mercantil está constituido en su mayor parte por el Código de Comercio (normativa de carácter general, sobre cuestiones sin normativa específica) y Legislación Especial sobre aspectos más concretos (Reglamento del Registro Mercantil, Ley de Marcas, Ley de Defensa de la Competencia, Ley de SA, Ley de SRL, Ley del Mercado de Valores…). A todo lo anterior, hay que sumarle las disposiciones europeas (reglamentos, directivas y decisiones[3]

Normas sobre publicidad y competencia

La Ley de Defensa de la Competencia intenta evitar prácticas que tiendan a evitar la competencia entre empresas o desvirtuarla (fijación de precios, reparto de mercados…). También impide abusar de la posición dominante de grandes empresas (imposición de precios o condiciones, limitación de la producción o distribución…). Para la salvaguarda de la competencia se crearon el Servicio de Defensa de la Competencia del Ministerio de Economía y el Tribunal de Defensa de la Competencia.

La Ley de Competencia desleal se realizó para evitar actos de competencia desleal como falsear las características de un producto, denigrar los productos de los competidores, compararlos con los propios sin basarse en características afines, esenciales y objetivamente demostrables, imitaciones, utilización de signos identificativos ajenos…

La Ley General de Publicidad intenta que ésta se produzca en leal competencia, sin causar perjuicios a terceros o vulnerar valores o derechos comunitarios. Entre otras cosas, se prohíbe la publicidad engañosa, la desleal y la subliminal.

Propiedad Industrial

Las normas de propiedad industrial permiten utilizar innovaciones de forma exclusiva.

Las Patentes conceden un derecho de explotación exclusiva durante veinte años a quien haya realizado un nuevo invento susceptible de aplicación industrial. Se pueden conceder licencias de explotación de la patente. En el Registro de la Propiedad Industrial se tramitan las solicitudes, se les da publicidad y se registran las licencias.

Los Modelos de utilidad son invenciones que consisten en dar a un objeto una estructura que lo haga más ventajoso para su uso o fabricación. La duración es de diez años.

Marca es todo signo que distinga en el mercado productos o servicios de una empresa de productos o servicios similares de otra. No hay límite temporal, aunque se dan por períodos de diez años renovables. Se registran en el Registro de Marcas, perteneciente al Registro de la Propiedad Intelectual.

Registro Mercantil

Proporciona seguridad a la actividad empresarial, recogiendo y proporcionando información esencial para la actividad empresarial. Es una oficina de registro pública que contiene datos de las empresas para que puedan ser conocidos en cualquier momento por terceros que con ellos se relacionan. En él se inscriben los comerciantes individuales, sociedades mercantiles, se registran los actos mercantiles, se legalizan los libros contables, se nombra a los auditores y se depositan los documentos contables.

TEMA 2:

Formas jurídicas

La forma jurídica de una empresa puede ser muy variada y la decisión de cuál adoptar dependerá del número de participantes, del riesgo que se quiera asumir y del volumen de medios necesario para emprender el negocio. En general distinguiremos entre personas físicas y jurídicas (sociedades mercantiles con personalidad jurídica propia).

Empresario individual

Es una persona física, con capacidad legal necesaria, que ejerce de forma habitual y por cuenta propia una actividad empresarial. No existe separación entre el patrimonio de la empresa y el del empresario (responde de las deudas con la totalidad de sus bienes, así como con los bienes comunes del matrimonio). No es obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil (RM), aunque sí suele ser conveniente para poder anotar documentos.

Sociedad Colectiva

Se constituye por dos o más socios que actúan bajo un nombre colectivo, aportando capital y trabajo (socios capitalistas) o sólo trabajo (socios industriales). De existir socios industriales, se denomina Sociedad Irregular Colectiva.

El capital se encuentra dividido en participaciones, que figuran en la escritura social.

La responsabilidad es ilimitada, solidaria y subsidiaria. La condición de socio es intransferible sin el consentimiento de los demás, así como la transmisión de participaciones.

Su constitución ha de realizarse en escritura pública e inscribirse en el RM.

Los beneficios pueden ser destinados a reservas (como en todas las sociedades) o se reparten según lo establecido en la escritura de constitución o, en su defecto, proporcionalmente a las contribuciones, los industriales ganan como los que menos y quedan excluidos de pérdidas.

Sociedad Comanditaria

Es similar a la Sociedad Colectiva, pero con la diferencia de que tiene dos tipos de socios:

  • Socios colectivos: similares a la sociedad colectiva, con responsabilidad ilimitada.

  • Socios comanditarios: sólo aportan participaciones de capital quedando al margen de la gestión y actividad. Su responsabilidad se limita al capital aportado. Su participación en los beneficios está en función de su contribución.

Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL ó SL)

Forma muy utilizada por las pequeñas empresas, sobre todo las de carácter familiar, aunque se adapta bien a empresas de tamaño pequeño y grande.

Está constituida por uno o más socios (personas físicas o jurídicas) que aportan un capital mínimo de 3.005,06 euros, dividido en participaciones. Las participaciones no son transferibles libremente sino que ha de comunicarse a los actuales socios que disponen de derecho de tanteo.

La constitución se realiza en escritura pública, que incluirá los estatutos de la sociedad, e inscripción en el RM. El capital ha de ser suscrito y desembolsado en su totalidad. La responsabilidad está limitada al capital aportado.

Los socios tienen derecho a participar y votar (en proporción a sus participaciones) en los órganos sociales, a participar en los beneficios y a informarse del estado de la empresa.

La Junta general de socios es el órgano supremo de la sociedad en el que están representados todos los socios.

Los administradores (o administrador único) están encargados de gestionar y representar la compañía y responden de su actuación ante la Junta General.

Sociedad Anónima (SA)

Es la forma jurídica que mejor se adapta a las grandes empresas capitalistas, aunque también se constituyen empresas medianas y pequeñas de esta forma.

Está constituida por uno o más socios (personas físicas o jurídicas) que aportan un capital mínimo de 60.101,21 euros dividido en acciones. Las aportaciones pueden ser dinerarias o no dinerarias (en especie). La responsabilidad está limitada al capital suscrito.

La constitución se realiza en escritura pública (que incluye los estatutos de la sociedad) e inscripción en el RM, en ese momento ha de desembolsarse un mínimo del 25% del capital, el resto se denominan dividendos pasivos. Puede realizarse por:

  • Fundación simultánea: (con la suscripción por los fundadores de todo el capital)

  • Fundación sucesiva: unos promotores elaboran un programa fundacional y le dan publicidad para captar inversores. El proceso finaliza con una Junta Constituyente que designa a los que deben realizar la escritura de constitución e inscripción en el RM.

Los socios fundadores (simultánea) o los promotores (sucesiva) pueden reservarse derechos especiales por un máximo de diez años y que no superen un 10% de los beneficios.

Acciones

Las acciones representan una parte alícuota[4]del capital y su posesión proporciona el carácter de socio. Son libremente transmisibles salvo limitaciones fijadas en los estatutos. Las acciones pueden estar representadas:

  • Antiguamente, mediante títulos impresos al portador que son transmisibles y que incluyen unos cupones destinados al reparto de dividendo.

  • Actualmente lo más utilizado son las anotaciones en cuenta, en los registros de la sociedad en la que se refleja el número de acciones de cada socio y las sucesivas transmisiones de las mismas. Este caso es prescriptivo si están admitidas a cotización en mercados secundarios oficiales.

Las acciones pueden ser de diversos tipos:

  • Nominativas (identifican al propietario) o al portador.

  • Con voto o sin voto (a cambio de preferencia en beneficios, si no son satisfechos, el derecho a voto renace).

  • Ordinarias y privilegiadas (retribución fija, preferencia en suscripción de acciones…)

Valores que puede tener una acción:

  • Nominal: El valor al que está emitido originalmente. Es el cociente entre el capital social y el número de acciones.

  • De cotización o efectivo: Es su valor de mercado.

  • Teórico: Es el que se establece basándose en métodos objetivos, los más utilizados:

  • Patrimonio Neto entre el número de acciones.

  • Si se esperan percibir unos dividendos medios (dm) en cada período y es i el tipo de interés del mercado: Valor teórico = dm / i

  • En las ampliaciones de capital (emisión de acciones nuevas), estas se emiten a un valor de emisión que puede ser a la par (coincide con el nominal), con prima de emisión o liberadas total o parcialmente.

Derechos que otorga la acción:

  • Participar en los beneficios de la sociedad.

  • Derecho preferente de suscripción en las ampliaciones de capital.

  • Participar en el patrimonio resultante de la liquidación.

  • Asistencia con voz y voto en las Juntas Generales.

  • Información sobre la evolución y el estado de la sociedad, previa a la Junta General.

  • Impugnar acuerdos sociales contrarios a la ley, a los estatutos o que le perjudiquen.

Órganos sociales

La Junta General es el órgano supremo y está formada por todos los socios. Aprueban las cuentas anuales, distribución de beneficios, modificación de estatutos… Puede ser:

  • Ordinaria: Convocada por los administradores en los primeros seis meses del ejercicio. Se tratará de la gestión social, de la aprobación (en su caso) de las cuentas del ejercicio anterior y de resolver sobre la aplicación del resultado[5]

  • Extraordinaria: Cuando exista alguna razón especial, es convocada a petición de una proporción mínima del capital social.

  • Universal: Cuando todo el capital social esté presente y unánimemente acuerde la celebración.

Administradores que se encargan de la gestión. Pueden ser una o varias personas (si son más de dos, se forma el Consejo de Administración). Los administradores no tienen que ser necesariamente socios.

Auditores de cuentas: Controlan a los administradores en nombre de los socios.

Sociedad Comanditaria por acciones

Muy similar a la sociedad anónima, con la diferencia de que deben existir uno o varios socios colectivos que responden ilimitadamente de las deudas sociales. La administración ha de recaer en los socios colectivos.

Sociedad Laboral (SAL ó SLL)

Nacieron para facilitar la creación de empresas por parte de trabajadores y cuentan con beneficios fiscales, laborales y financieros. Son sociedades limitadas o anónimas en las que más de la mitad del capital pertenece a trabajadores indefinidos de la empresa, a jornada completa. Ningún socio puede poseer más de la tercera parte del capital (salvo que el socio sea una entidad pública, que puede poseer hasta el 49%).

Hay dos tipos de acciones: las de clase laboral, destinadas a los trabajadores y las de clase general, de socios no trabajadores. Las de clase laboral son nominativas y en caso de transmisión tienen preferencia por este orden: los trabajadores indefinidos no socios, los trabajadores socios, los socios no trabajadores y los trabajadores sin contrato indefinido.

Estas sociedades pueden contratar trabajadores no socios con un límite de horas de trabajo del 15% de las que dediquen los socios trabajadores (el 25% si son menos de 25 socios trabajadores).

La constitución se realiza por escritura pública, incluyendo los estatutos, e inscripción en el Registro de Sociedades Laborales y en el Registro Mercantil.

Sociedad Cooperativa

La legislación sobre cooperativas depende de la comunidad autónoma. Son sociedades de capital variable (el capital mínimo se fija en los estatutos), de control democrático (un socio, un voto), de libre adhesión, puerta abierta y baja voluntaria

No son sociedades mercantiles en sentido estricto ya que su objetivo no es la obtención del máximo beneficio para la sociedad sino la obtención de ventajas mutuas para sus socios, sean de tipo económico o social.

Las cooperativas pueden ser de primer grado (formadas por un mínimo de cuatro socios) o de segundo o ulterior grado (formadas por dos o más cooperativas).

El capital mínimo es de 3.005,06 euros y está constituido por contribuciones obligatorias (iguales para cada socio) y voluntarias. Las obligatorias deben estar totalmente desembolsadas y las voluntarias en un 25%, al menos, durante la constitución. La responsabilidad está limitada a las aportaciones, salvo que los estatutos determinen lo contrario. En la denominación se incluirá SCG (Sociedade Cooperativa Galega)

La creación parte de unos promotores que convocan una asamblea constituyente donde se fijan los estatutos. Posteriormente, se realiza la escritura pública y su inscripción en el Rexistro de Cooperativas de Galicia, que legaliza los libros y en donde quedan depositadas las cuentas anuales.

Órganos sociales

La Asamblea General es el órgano soberano de la cooperativa. Es la reunión de todos los socios. Puede ser ordinaria, extraordinaria o universal.

El Consejo Rector es el órgano de gobierno, gestión y representación de la cooperativa. Es elegido por la asamblea. En el caso de ser menos de diez socios, habrá un administrador único, que deberá ser socio.

Los Interventores deben fiscalizar las cuentas anuales antes de su presentación a la asamblea. Llevan el control de los libros de la cooperativa. Son elegidos por la asamblea.

El Comité de recursos (en cooperativas de primer grado) se encarga de resolver las reclamaciones presentadas por los cooperativistas contra sanciones que le fueran impuestas por el Consejo Rector.

TEMA 3:

Fiscalidad

El sector público

Además de regular los derechos básicos, la configuración del Estado del bienestar trata de suministrar aquellos bienes y servicios considerados básicos para asegurar un nivel de vida digno a toda la población. Esta actuación del Estado como agente económico tomó mayor importancia a partir del crack del 29 y, tras la segunda guerra mundial, con la preponderancia de las ideas de Keynes.

El Estado intenta paliar las diferencias de renta (a través de los impuestos), proporcionar servicios básicos y controlar la utilización de bienes y servicios perjudiciales (como restringiendo la publicidad de tabaco o desarrollando legislación medioambiental). La labor del Estado pasa también por controlar la inflación, el crecimiento económico y la creación de infraestructuras.

Para realizar esta labor, es necesario el desarrollo de Presupuestos Generales en los que se recogen los ingresos (en cantidad y origen) y gastos (destino y cuantía). Se produce déficit público cuando los gastos son mayores que los ingresos, en cuyo caso se suele financiar mediante la emisión de deuda pública. Si los ingresos son mayores que los gastos, se produce superávit público.

Si el gasto es mayor que el presupuestado, la diferencia se cubre mediante un suplemento de crédito. Si el gasto no estaba presupuestado, se debe aprobar un crédito extraordinario.

Los ingresos del Estado son obtenidos por medio de tributos, concesiones, y rentas de propiedades públicas.

Los tributos

Un tributo es un pago obligado, de finalidad recaudadora, regulado por ley. Son recaudados y gestionados por el Estado, CCAA o municipios. Su conjunto constituye el sistema impositivo. Pueden ser de tres tipos:

  • Impuestos: Son exigidos coactivamente y sin contraprestación a los agentes económicos privados en las condiciones fijadas por la ley.

  • Tasas: Pagos que realizan particulares por la prestación de servicios o realización de actividades (obtención del DNI, matrícula en el instituto…)

  • Contribuciones especiales: Gravan el beneficio derivado de una obra pública que beneficia a un colectivo (aceras…)

Los impuestos son los tributos más importantes, ya que aportan la mayor parte de los ingresos. Pueden ser de gestión estatal (IRPF, IS, IVA), autonómicos (IP, ISD, ITAJD) o municipal (IBI, IAE). Se pueden clasificar como:

  • Directos (gravan las rentas, beneficios o patrimonios personales) e indirectos (gravan a través del consumo y el tráfico de riqueza).

  • Reales o de producto (recaen sobre un producto, sin tener en cuenta la situación del sujeto) y personales o sobre la renta (recaen sobre la totalidad de las rentas del sujeto pasivo).

  • Progresivos (el tipo de gravamen aumenta a medida que lo hace la base imponible) y proporcionales (el tipo de gravamen es constante).

Elementos de los impuestos:

  • Sujeto activo: Es el responsable de exigir el pago del impuesto (Estado, CCAA, ayto.)

  • Sujeto pasivo: Persona física o jurídica sobre la que recae el impuesto.

  • Hecho imponible: Situación o acción que da lugar a la existencia del impuesto (obtener una renta, consumo de bienes…)

  • Base imponible: Cantidad sobre la que recae el impuesto y que se utiliza para calcular la cuota a pagar. Puede calcularse por estimación directa (se determina la cuantía considerando las cantidades declaradas por el contribuyente) o estimación objetiva (se calcula mediante índices o módulos establecidos por ley).

  • Base liquidable: La que resulta de practicar a la base imponible las deducciones establecidas por ley.

  • Tipo impositivo o tipo de gravamen: porcentaje que se aplica a la base liquidable para obtener la cuota tributaria.

  • Cuota tributaria o cuota íntegra: Resultado de aplicar el tipo impositivo a la base liquidable.

  • Deuda tributaria: Cantidad que hay que pagar a hacienda. Consiste en la cuota tributaria menos deducciones y más recargos.

Impuesto de Sociedades (IS ó ISS)

Es un impuesto estatal, directo y de carácter personal que grava los rendimientos de las sociedades mercantiles. El hecho imponible es la obtención de la renta por la sociedad. El sujeto pasivo son las personas jurídicas no sometidas al IRPF.

La base imponible se obtiene a partir de la diferencia entre los ingresos y los gastos, teniendo en cuenta ajustes fiscales. Puede ser aminorada por compensación de bases imponibles negativas de años anteriores. El esquema del impuesto es el siguiente:

Saldo positivo de la cuenta de pérdidas y ganancias (ingresos-gastos)

+/- Ajustes fiscales

= Base imponible o rendimiento neto

– Compensación de bases imponibles negativas de años anteriores

= Base liquidable

x Tipo de gravamen

= Cuota íntegra

  • Deducciones de la cuota

= Cuota líquida

  • Retenciones y pagos a cuenta

= Importe a ingresar o devolver

Los ajustes fiscales o extracontables se realizan para compatibilizar la normativa contable y la fiscal como puede ser en el caso de realizar amortizaciones distintas de las permitidas fiscalmente, liberalidades[6]gastos no contabilizados…

El tipo de gravamen general es del 35%, aunque depende de la empresa (del 0% al 40%).

Las deducciones de la cuota sirven para modificar la presión fiscal, promover algún tipo de actividades (I+D, contratación de minusválidos, reinversión de beneficios…) evitar la doble imposición, etc.

Las retenciones son parte del rendimiento que se obtiene de otra sociedad y que es retenido por esta última para ingresarlo directamente a Hacienda. Los pagos a cuenta se realizan a lo largo del año en liquidaciones parciales.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Es un impuesto directo, progresivo y personal que grava la renta de las personas físicas de acuerdo a sus circunstancias personales y familiares. El hecho imponible es la obtención de renta, con independencia del lugar donde se hayan producido, por parte del contribuyente, persona física con residencia en España. Esta renta puede estar compuesta por los siguientes elementos:

  • Rendimientos del trabajo: Por trabajar por cuenta ajena, han de descontarse los gastos deducibles (cotizaciones a la Seguridad Social, a mutualidades, cuotas a sindicatos…).

  • Rendimientos del capital mobiliario: Intereses en cuentas bancarias, dividendos… Han de descontarse los gastos que conlleven.

  • Rendimientos de capital inmobiliario: Alquileres de pisos… Se descuentan los gastos.

  • Incrementos o disminuciones de patrimonio: compraventa de acciones, inmuebles…

  • Rendimientos de actividades empresariales, profesionales…: Suponen un trabajo por cuenta propia.

Impuesto sobre el Valor Añadido

Es un impuesto real, indirecto y estatal que recae sobre el consumo. El hecho imponible es la entrega de bienes y prestación de servicios. El sujeto pasivo son las empresas o profesionales que realizan entregas de bienes o prestación de servicios, aunque el que realmente paga el impuesto es el consumidor final (las empresas tienen la posibilidad de repercutirlo sobre el comprador y de deducir el IVA soportado en la fase previa).

La base imponible está constituida por el importe total de la contraprestación. El tipo impositivo general es del 16%, hay un tipo reducido del 7% y otro súper reducido del 4%.

Es un impuesto plurifásico; grava todas las ventas realizadas en todo el proceso hasta el consumidor final, pero no recae sobre el valor total del producto en cada fase sino sobre el valor que se añade en cada una de ellas. Así, al IVA repercutido por el sujeto pasivo sobre el comprador, se deduce el IVA soportado; la diferencia será lo que hay que ingresar a Hacienda.

Otros impuestos

  • Impuestos especiales sobre el consumo: Indirectos, gravan a determinados productos como el tabaco, hidrocarburos

  • Impuesto sobre Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados

  • Impuestos ecológicos (ecotasas). En Galicia existe la "Lei de Contaminación Atmosférica de Galicia" que grava por las emisiones de óxidos de azufre y nitrógeno.

  • Impuesto de Bienes Inmuebles: Municipal, grava la posesión de inmuebles.

  • Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Ya desaparecido en algunas comunidades autónomas.

  • Impuesto sobre el patrimonio: Grava la totalidad de bienes y derechos que constituyen el patrimonio neto de las personas físicas.

CUESTIONES PLANTEADAS EN SELECTIVIDAD GALICIA (1998/2003)

  • 1. Identifica y define brevemente dos de los signos distintivos de una empresa.

  • 2. Cuál es el principal factor que en tu opinión permite distinguir las visiones del papel del empresario según Adam Smith y Schumpeter?

  • 3. Explica la teoría del "empresario innovador". ¿A quién es debida?

  • 4. Visiones del papel del empresario en el pensamiento económico: resume los aspectos más característicos de tres formulaciones distintas identificando los autores que las proponen.

  • 5. Haz una clasificación de las empresas atendiendo al área de actividad en el que desenvuelven sus operaciones. Pon un ejemplo de cada una.

  • 6. ¿Qué criterios se pueden emplear para clasificar una empresa según su dimensión?

  • 7. Clasifica y define las empresas según su tamaño.

  • 8. ¿Qué clasificación podríamos efectuar de las empresas si atendemos a la titularidad de su capital?

  • 9. Distingue los tres tipos de empresa según la participación del Estado en su propiedad.

  • 10. ¿En qué se diferencian las empresas públicas, privadas y mixtas?

  • 11. Define qué es una franquicia.

  • 12. La integración empresarial: concepto, causas y fórmulas de integración.

  • 13. ¿Qué se entiende por integración empresarial vertical? Ilustra tu respuesta con un ejemplo.

  • 14. ¿Cuál es el fin último de una concentración vertical de empresas o trust?

  • 15. ¿Qué es el registro Mercantil? ¿Cuál es su objetivo?

  • 16. ¿Por qué la facilidad de comunicaciones es uno de los factores que inciden en la localización de empresas comerciales? Apoya tu respuesta con un ejemplo.

  • 17. Explica los factores que influyen más directamente en la localización de actividades industriales y actividades comerciales o de servicios.

  • 18. Ventajas e inconvenientes de las pequeñas y medianas empresas.

  • 19. Las pyme, por sus características, presentan algunas ventajas en relación a las grandes, pero también notorias desventajas. Explica cuáles son estas ventajas y desventajas y aporta tu opinión acerca de cómo eliminar estas últimas.

  • 20. La dimensión empresarial: concepto, criterios de medición, estrategias de crecimiento, ventajas e inconvenientes de las pyme.

  • 21. ¿Cuál es la diferencia entre los dos tipos de socios que subsisten en las sociedades de carácter comanditario?

  • 22. Indica a qué se refieren los trámites de constitución de la empresa siguientes: Redacción de la escritura de constitución, otorgamiento de escritura pública.

  • 23. Diferencia entre una sociedad de responsabilidad limitada y una sociedad anónima.

  • 24. Las empresas pueden tomar distintas formas jurídicas, siendo una de ellas la de Sociedad Anónima. ¿Cuáles son sus características más relevantes?

  • 25. Sociedades Anónimas: principales características y función de los órganos sociales.

  • 26. ¿A partir de qué momento adquieren personalidad jurídica las sociedades anónimas?

  • 27. ¿Qué es una acción? ¿Qué tipos de valores puede tomar?

  • 28. Define los siguientes conceptos relativos a las acciones: valor nominal, valor efectivo y valor teórico.

  • 29. Concepto de acción; tipos de acciones; valores relativos a las acciones (nominal, efectivo o de cotización, de emisión y teórico); derechos y deberes de los accionistas.

  • 30. Uno de los derechos sociales que otorga la acción a sus propietarios es el de percibir dividendos activos. ¿Se trata de un derecho que se cumple en todos los casos? ¿Por qué?

  • 31. ¿Quién convoca y en qué fechas la junta general ordinaria de una sociedad anónima? ¿Qué temas deben tratarse necesariamente?

  • 32. ¿Qué es una cooperativa? Distingue entre cooperativas de primer y de segundo grado.

  • 33. ¿Qué significa que las cooperativas carecen de finalidad lucrativa? Menciona algún ejemplo de cooperativa.

  • 34. Un individuo quiere crear una empresa y darle forma societaria. Se compromete a aportar 1.000.000 de ptas. al capital como único socio de la misma y no quiere responder personalmente de las deudas sociales. ¿Qué tipo de sociedad le recomendarías? ¿Por qué?

  • 35. ¿En qué forma incide el riesgo patrimonial que subyace en toda actividad empresarial en la forma jurídica que se adopte para la misma?

  • 36. Principales ingresos tributarios del sistema fiscal español.

  • 37. Los tributos: concepto, características y clases.

  • 38. Explica los siguientes conceptos: Hecho Imponible, Base Imponible, Base Liquidable, Tipo Impositivo (diferenciando entre impuestos proporcionales e impuestos progresivos) y Deuda Tributaria.

  • 39. Diferencia entre tasas y contribuciones especiales.

  • 40. Diferencia entre impuestos directos e indirectos. Pon un ejemplo de cada uno.

  • 41. Distintas clasificaciones de los impuestos, haciendo especial hincapié en la diferencia entre impuestos directos e indirectos. Pon un ejemplo de cada uno de ellos.

  • 42. Señala los distintos ámbitos de gestión de los impuestos. Pon algún ejemplo.

  • 43. Fiscalidad del empresario social: identifica los principales impuestos a los que está sujeto, definiendo la base imponible y el hecho imponible de los mismos.

  • 44. ¿Qué se entiende por valor añadido?

  • 45. El impuesto sobre Actividades Económicas. Concepto y hecho imponible.

EJERCICIOS

  • 1. Una empresa informática va a efectuar la liquidación del impuesto de sociedades y presenta los siguientes datos:

  • Según la cuenta de pérdidas y ganancias ha obtenido unos ingresos de 500.000 euros y unos gastos de 130.000, incluidas las amortizaciones.

  • Las amortizaciones practicadas son de 40.000 euros, aunque sólo 30.000 son deducibles fiscalmente.

  • En el apartado de gastos se ha incluido una donación al cura párroco, por 3.000 euros, a fin de que eleve oraciones para evitar la presencia de informáticos.

  • Asimismo, se incluyeron los gastos, por 2.000 euros, de celebración en lujoso restaurante del Día del Cónyuge Comprensivo, por los socios y sus parejas.

  • Se efectuaron tres contratos indefinidos a trabajadores, que permiten una deducción de 6.000 euros por trabajador.

  • También es posible efectuar una deducción por reinversión de 12.000 euros.

  • 2. Calcular la aplicación del IVA (al 16%) y determinar el valor añadido en cada fase de producción y venta de un producto con los siguientes datos:

  • El suministrador de materias primas las compra por 1.000 euros, a los que añade unos gastos de 300 euros y un margen de 200 euros.

  • El fabricante lo procesa con unos costes de 400 euros y un margen de 600

  • Partes: 1, 2, 3, 4

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