Ditchfield:
La Cárcel como cualquier institución social, es un reflejo de los valores y normas de la sociedad, las que a su vez tienen un impacto sobre ella.
Modelos Penitenciarios
Barak y Glantz (1981) distinguen
4 modelos básicos de administración penitenciaria
Modelos Penitenciarios
El modelo autoritario:
predominante en la teoría del Siglo XIX
todo el poder se concentra en manos del director
PPL prácticamente no tienen derechos
Modelo autoritario
para el personal penitenciario no existe seguridad laboral
depende en gran medida de los favores del director
el control se mantiene con una combinación de terror
a menudo castigos corporales severos
incentivos rudimentarios y favoritismo
Modelo autoritario
Otros autores (McCleery) ponen énfasis en el
control de la información:
el monopolio de la información de los guardias daría legitimidad a su autoridad
comparten parte de la información con líderes de las PPL
que así se convierten en única fuente de información para el resto
Modelo autoritario
Crece el poder de los líderes internos, al delegarles parte de la responsabilidad de organizar la vida diaria (quien consigue trabajo, controla el contrabando, etc.)
Los guardias “hacen vista gorda” si los líderes usan sanciones informales para mantener el orden interno.
Modelo autoritario
El problema es que el sistema se corrompe bajo la presión de la escasez de recursos humanos
Finalmente el control depende de la buena voluntad de ciertos grupos de PPL.
Modelo autoritario
En EEUU fue el sistema típico hasta los años 50
En Inglaterra hasta finales de los años 70
En Alemania hasta los años 60
Subsiste en muchos países de África, como Liberia
Modelos Penitenciarios
El modelo burocrático legal (Bureaucratic
Lawful model)
Se caracteriza por la burocratización y codificación de la vida en prisión
Descentralización del poder y delegación de funciones
Atomización de la comunidad carcelaria
Modelo burocrático legal
El rol del director cambia de un "cacique único" (singular ruler) a un administrador de prisiones (prison manager)
El poder del director es limitado por los procesos administrativos
El personal penitenciario pierde poder, debido a los limites normativos
El personal tiene su estructura propia y funda sindicatos
Modelo burocrático legal
En este modelo de administración, el control depende del grado en que las PPL sienten que las decisiones que afectan su bienestar están exentas de arbitrariedad y basadas en reglas y principios generales.
Modelo burocrático legal
EEUU: a fines de los años 60 las Cortes dejaron atrás la doctrina de “manos arriba” ("hands off")
Inglaterra: igualmente, a fines de los años 70 y comienzos de los 80.
Las Cortes comienzan a controlar decisiones de las autoridades penitenciarias, como la imposición de sanciones disciplinarias.
Antes las Cortes se desentendían del control.
Alemania supera en 1972 teoría de sujeción especial.
Modelos Penitenciarios
El modelo del poder compartido (Shared-
Powers model)
Las PPL son escuchadas y consideradas en el proceso de administración de la prisión.
Las metas de rehabilitación y de participación democrática hacen que los controles físicos sean mantenidos en un mínimo.
Modelo del poder compartido
Se incorporan grupos de distintos profesionales a la administración de los centros.
Ambos factores (participación e incorporación de otros profesionales) afectan la autoridad del director y del personal de vigilancia.
Pueden generarse conflictos entre el personal de vigilancia y los otros profesionales.
Nacen grupos de presión de los PPL por razones ideológicas o religiosas.
Modelo del poder compartido
Institucionalizado en parte
Inglaterra: "prison councils"
Alemania: "Gefangenenmitverantwortung" (§ 160 StVollzG)
Bolivia: Sistema de delegados
Uruguay: Mesas representativas
Modelos Penitenciarios
El modelo del auto- control (Inmate- Control model)
Aquí los grupos de presión no se organizan por razones ideológicas o religiosas
sino por bandas (gangs) similares a las bandas callejeras en el exterior.
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