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Tasas académicas de cursos regulados: ULPGC Universidad de Las Palmas de Gran Canaria



Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. Tasas académicas de cursos regulados
  3. Atribuciones patrimoniales de otras administraciones públicas: especial referencia a las subvenciones para actividades de i + d
  4. Conclusiones
  5. Bibliografía

INTRODUCCIÓN

Las universidades públicas han impulsado el proyecto de investigación presente enfocado a los elementos que integran el sistema de control interno. Básicamente, el estudio se basa en la evaluación de riesgos y en las fuentes financieras, debido a que son los aspectos más importantes en que se fundamenta el sistema de control y de allí depende el funcionamiento de la universidad, su forma de gestión en cuanto a las diferentes actividades administrativas y extracurriculares.

Como parte del análisis se abordan los temas asociados a las fuentes de financiación, los riesgos financieros, riesgos de crédito y fiabilidad de la información que van de la mano con los objetivos operacionales; luego se hace un recorrido por las principales actividades complementarias y de servicios internos que generen fuentes de ingreso para la universidad. Además, se destacan los convenios de colaboración y contratos de investigación como fuentes de financiación y se presenta una clasificación de los riesgos asociados a las líneas de financiamiento.

Finalmente, el objeto del análisis realizado es que sirva como reflexión a los sujetos que dirigen las instituciones públicas y su personal de gestión financiera, para que puedan llevar a cabo un trabajo eficiente.

TASAS ACADÉMICAS DE CURSOS REGULADOS

En el presupuesto de las universidades es necesario que exista un equilibrio entre el presupuesto de ingresos y el presupuesto de gastos puesto que se evidencia que las universidades españolas precisan de las tasas académicas al momento de satisfacer sus gastos de personal y el resto de gastos corrientes. Tal como lo indica Hernández y Valverde (1997) en su estudio sobre la financiación del sistema universitario público español, se constata como la mayor parte de las universidades no cubren sus gastos corrientes con las transferencias recibidas de sus respectivas Comunidades Autónomas y aproximadamente la mitad no pueden responder a los gastos de personal con la subvención recibida.

Para la ULPGC, la significación de las tasas académicas en la estructura financiera es manifiesta si consideramos que un 14,21% de la financiación básica deberá ser cubierta con este tipo de ingresos. En virtud del plan aprobado en el contratoprograma, las tasas académicas han de sufragar parte del total de los gastos de personal y otros gastos corrientes básicos, así como los gastos que se deriven de los programas de calidad institucional y de calidad de los recursos humanos.

Es oportuno señalar que la supuesta desaparición de las tasas en el ámbito universitario suscitó importantes confusiones legales, hasta el punto de que las Comunidades Autónomas han venido regulando las tasas académicas mediante normas con rango de orden, en las que cuidadosamente se evita utilizar la denominación de tasa, especialmente en los servicios que son prestados exclusivamente por las instituciones universitarias que lógicamente sólo pueden ser consideradas como tasas de acuerdo al apartado.

Las Comunidades Autónomas han comenzado a sustituir los decretos por los que se venían regulando las tasas académicas, si bien en ocasiones simplemente se limitan a convalidar mediante Ley los precios públicos establecidos en sus Decretos o incluir tales precios en una disposición adicional a la ley, por tratarse de un ingreso que no se integra en los presupuestos de la comunidad autónoma, sino en los de las respectivas universidades.

Riesgo Financiero

La participación de los usuarios en la financiación de las universidades depende, al menos en lo que respecta a los estudios de grado, de la política de precios establecida por las autoridades académicas, pues en virtud del artículo 54.3.b) de la Ley de Reforma Universitaria, las tasas conducentes a la obtención de títulos oficiales son fijadas por la Comunidad Autónoma dentro de los límites que establezca el Consejo de universidades (artículo 54.3.b de la Ley de Reforma Universitaria). En efecto, la Comisión de Coordinación y Planificación del Consejo de universidades viene estableciendo los límites que han de servir de referencia en la política de precios que posteriormente establezca la Administración General del Estado y las respectivas Comunidades Autónomas con competencias en materia de política universitaria.

Los poderes públicos tienen capacidad para implementar políticas de precios con repercusión en la capacidad financiera de la Universidad, pudiendo ser negativa cuando se produce una congelación de los precios reales o se implementan exclusiones sin contraprestación financiera. Generalmente, las políticas de precios reflejan la dimensión social de la financiación privada de los usuarios, cuyo propósito último se dirige a favorecer el acceso y permanencia de determinados grupos de usuarios siguiendo principios de equidad distributiva.

Señalando el caso de la ULPGC, la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias se ha comprometido a adaptar las tasas de las matrículas oficiales al sistema de financiación establecido en el contrato-programa. Este acuerdo requiere que la Administración certifique un incremento de los recursos derivados de las tasas que, conjuntamente con los recursos propios generados por la Universidad, permitan avanzar en los objetivos previstos en el contrato-programa.

En síntesis, la Universidad recibe ingresos de los estudiantes como contraprestación parcial de los servicios de educación, constituyendo un ingreso fundamental en la financiación de los gastos de la Universidad, cuyo riesgo financiero va a depender de una multiplicidad de factores que se engloban en la política de tasas que, en virtud de las competencias legalmente atribuidas, son definidos por la administración estatal y autonómica.

De esta manera, la elasticidad de la demanda universitaria a los incrementos de tasas, los cambios en la política de becas, la aparición de nuevas figuras contractuales como préstamos-renta u otras modalidades, etc., tienen una incidencia directa sobre la cuantía de esta fuente de financiación que es preciso valorar, en tanto que pueden repercutir en la estructura y estabilidad financiera de la Universidad.

Riesgo de Crédito

Las universidades están expuestas a un riesgo de crédito al existir heterogeneidad en la política del pago fraccionado de los títulos oficiales, con independencia de las condiciones económicas y sociales de los usuarios. Las universidades españolas admiten dos plazas iguales, aunque hay otras que están sujetas a tres (País Vasco) o cuatro plazos iguales (Canarias), se puede observar que estas políticas restringen la capacidad financiera de la Universidad a la hora de satisfacer sus deudas equilibradamente y, por otra parte, plantean problemas administrativos y de orden contable para su correcta imputación en la contabilidad presupuestaria y patrimonial.

Con respecto al riesgo de crédito de las cantidades fraccionadas, las universidades están capacitadas para anular la matrícula y retener en su beneficio las cantidades previamente satisfechas por el alumno que haya incurrido en mora, sin perjuicio de que pueda iniciarse el procedimiento de apremio, en virtud de la catalogación de las tasas académicas como tributos. La Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas disponen que los alumnos tendrán el derecho a elegir la facilidad del pago de los precios establecidos para los diversos estudios universitarios, bien haciéndolo efectivo, en un sólo pago a principios de curso, o de forma fraccionada.

Se puede concluir que el riesgo de crédito ocurre por el aplazamiento en el pago de las tasas y por la política de exenciones sin cobertura financiera, es evidente de que existe vulnerabilidad de los riesgos asociados a las tasas académicas, donde es necesario tomar en cuenta atender a los servicio prestados (títulos oficiales-títulos propios) y al grado de experimentalidad, así como prestar especial interés a las tasas que correspondan a centros adscritos a la Universidad o las que puedan estar sujeta a exenciones (becarios).

Riesgo en la Fiabilidad de la Información

En el caso de los servicios docentes, las universidades pueden asumir varias alternativas donde se evidencie que los cursos reglados (grado y doctorado) se gestionen directamente a través de las unidades administrativas de la institución universitaria, mientras que los de títulos propios (cursos de especialización, expertos y masters) u otros cursos de formación pueden ser gestionados mediante diversos instrumentos de gestión privada (convenios de colaboración con fundaciones, creación de entidades mercantiles, agrupaciones de interés económico).

Cabe destacar que en la ULPGC existe un acuerdo de colaboración con la FULP para la gestión administrativa y financiera de los cursos de postgrado a la FULP63, el cual mantiene el proceso de matriculación de los cursos reglados a través de las unidades administrativas de los centros y facultades, quienes colaboran en la tramitación de a la recaudación de las oportunas tasas académicas, de acuerdo con las normas y Procedimientos establecidos por las unidades de Gestión del Alumnado y Gestión Económica. Los cursos de extensión universitaria, también son gestionados a través de los medios administrativos de la Universidad.

Para el proceso de matriculación de tasas académicas se puede apreciar en el siguiente flujograma 2, donde se inicia en las terminales de los centros ya facultades, cuyos responsables tienen potestad para ejecutar anulaciones y modificaciones, si bien corresponde a la Unidad de Gestión de Alumnos la potestad de incluir y/o modificar las tarifas aprobadas por la Comunidad Autónoma, al objeto de que el programa informático tenga los datos necesarios para una correctas determinación del montante de tasas académicas a recaudar.

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Figura 2. Flujograma de la gestión directa de tasas académicas

El flujograma nos demuestra la información recogida en el sistema de información contable de la Universidad y esta, va a depender de la correcta conciliación entre el saldo contable y bancario, cuya complejidad exige la participación de las unidades de Gestión Informática, Gestión de Alumnos y Gestión Económica. De esta manera, la aplicación informática, alimentada a partir de los datos introducidos por las secretarías de los centros y por el servicio de gestión de alumnos, permite obtener información para la gestión económico-financiera de las tasas académicas, cuyo contenido principal se sintetiza seguidamente:

  • Listado de alumnos que no han abonado cantidad alguna hasta la fecha de consulta y sobre los que puede procederse a la anulación de matrícula, una vez cumplido el plazo y otros requisitos legales.

  • Listado de alumnos con importes pendientes de pago, con mención de los plazos de que dispone para abonar la deuda.

  • Listado de alumnos con beca denegada.

  • Listado de alumnos con beca concedida, evitando que el alumno deba entregar al centro una copia de la credencial de becario.

  • Listado de alumnos que han solicitado beca.

  • Importe de los ingresos íntegros por las tasas académicas correspondientes a la prestación de servicios académicos, correspondiente a las liquidaciones efectuadas desde la fecha de inicio del curso hasta la fecha de petición de la información.

Es vital que la Universidad tenga instaurada una política contable acorde a los requerimientos informativos exigidos en los principios contables públicos, ya que los órganos de control externos vienen evidenciando que existe un distanciamiento entre las prácticas contables utilizadas por las universidades y los principios contables públicos.

Ahora bien, los ingresos y derechos de cobro derivados de tasas académicas por prestación de servicios académicos habrán de registrarse, en el ámbito presupuestario, en el momento en el que sean exigibles mediante la realización por parte de la Universidad de los correspondientes actos de liquidación. Por tanto, las tasas académicas son exigibles cuando se inicia la prestación del servicio que justifica su existencia, y el derecho de cobro surge con el acto administrativo que los liquida, independientemente de que se haya iniciado la contraprestación por parte de la Universidad.

En función a la imputación presupuestaria de los ingresos correspondientes a los alumnos que no hayan obtenido la exención de tasas por haberse denegado la beca solicitada, deberá atenderse a los correspondientes actos de liquidación, pudiendo derivar posteriormente en un cobro de dichos derechos o, por el contrario, en la necesidad de reflejar la pérdida económica por la anulación.

ATRIBUCIONES PATRIMONIALES DE OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS: ESPECIAL REFERENCIA A LAS SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES DE I + D

El gasto de la administración pública en la financiación de actividades de investigación y desarrollo en busca de la consecución del mayor grado de desarrollo económico y social constituye uno de los pilares sobre los cuales descansa el progreso económico de las sociedades modernas, ya que estos recursos están orientados a la producción sostenida de riquezas como interés común. Estas atribuciones patrimoniales van dirigidas a instituciones universitarias para ayudarlas a cubrir gastos y fomentar sus actividades primarias, especialmente proyectos de investigación.

La gestión de la investigación en instituciones universitarias ha cobrado gran importancia por el prestigio e imagen que esta aporta y la posibilidad de allegar nuevos recursos. Debido a esto, las subvenciones por parte de la administración pública tienen un papel estratégico, mejorando la autonomía financiera universitaria y además reflejando un posicionamiento externo bajo criterios de calidad frente a otras instituciones que compiten por dichos recursos.

Subvenciones de I + D aportadas por la Unión Europea

En la Unión Europea, las subvenciones de I + D están impulsadas por la necesidad de esta de mantener la competitividad en el campo de tecnologías avanzadas. En esta materia, ha venido ofreciendo dos instrumentos básicos:

  • Programas marco: Son programas específicos de investigación apoyados por políticas de investigaciones y desarrollo tecnológico de la Unión Europea, así como el principal mecanismo de cooperación científica y tecnológica entre empresas, universidades y centros de investigación en Europa. A través de estos se establecen objetivos y prioridades, se definen las líneas de I + D financiadas y las dotaciones presupuestarias.

  • Fondos estructurales: fondos con destino a infraestructuras y equipamiento científico, así como a programas vinculados a la formación y el empleo, contribuyen decisivamente en la financiación de las universidades públicas.

Riesgo Financiero

El riesgo financiero existe cuando la Universidad pierde o no desarrolla toda su capacidad para el acceso a la financiación de la Unión Europea, tal capacidad de acceso depende de muchos factores internos y externos. Si bien son muchas las deficiencias que pueden traerse a colación a la hora de analizar el sistema de investigación universitaria, también son muchas las soluciones o alternativas a trabajar por las propias universidades.

Existe una vinculación entre la gestión de la investigación y la capacidad de captar recursos, dicha gestión de investigación precisa de un conjunto de gestiones integradas (gestión de la información, gestión de proyectos, gestión de resultados y difusión y valoración de las capacidades generales). Se tiene que son muchas las variables que condicionan el acceso efectivo a estas subvenciones públicas u otros ingresos asociados a la investigación, considerando que estos se asignan bajo procesos competitivos.

Con base en lo anterior, según la Oficina Española de ciencia y Tecnología en Bruselas (SOST, 2000), entre los distintos criterios de evaluación, de los cuales depende la capacidad de captar financiamiento de los programas marco, destacan los siguientes:

  • a. La excelencia científica y técnica: la propuesta debe ser innovadora y sus objetivos realizables y convincentes.

  • b. Participación industrial: debe existir un compromiso efectivo de la industria.

  • c. Dimensión europea: debe indicarse claramente cuál es el beneficio adicional de la propuesta por su dimensión europea (valor añadido europeo).

  • d. Calidad de la gestión del proyecto: debe proponerse un esquema de gestión eficiente que facilite al máximo la colaboración entre los participantes.

  • e. Diseminación y explotación de los resultados. Que generen beneficios económicos, sociales y tecnológicos para la industria y la sociedad, y así poder atraer a nuevos socios.

Se tiene entonces que el Riesgo Financiero asociado a las subvenciones públicas aportadas por la Unión Europea viene definido por el coste de oportunidad que supone no aprovechar esta fuente adicional de financiación, cuya consecución se encuentra condicionada por los capitales estructural, intelectual y relacional de la institución universitaria.

Riesgo de Crédito

Los riesgos de crédito van a depender de las políticas establecidas para el seguimiento y evaluación de resultados de los proyectos de investigación, pues es común vincular los flujos de tesorería al proceso de justificación y/o rendición de cuentas de estos. La Unión Europea regula mediante contratos todos los derechos y obligaciones entre partes en las actividades de I + D subvencionadas.

La participación de la Universidad es más compleja cuando además ejerce la función de coordinador, en donde actúa como gestor de fondos, los cuales ha de remitir al resto de los participantes de acuerdo al convenio o actividad compartida, facilitando la canalización de estos ingresos extrapresupuestarios. Con el propósito de asegurar tanto la resolución de los objetivos del proyecto como la entrega de los informes finales, la Comisión se reserva una retención de los costes financiables. Así mismo, si los informes finales o una posible auditoría posterior indican que los costes financiables son menores que los pagos recibidos, el coordinador está en la obligación contractual de devolver la diferencia, recabando de sus socios la devolución del dinero.

La Comisión puede acceder a todos los libros, documentos, papeles y registros de los contratantes relativos a los costes derivados del cumplimiento del contrato cuando lo requiera necesario, o solicitar que se le presten estas, y, si existen graves irregularidades financieras derivadas de una auditoría financiera, puede reclamar a los participantes la totalidad de la contribución comunitaria, incluyendo intereses de demora.

Para que un coste sea financiado por la Comisión, se tiene que:

  • Debe ser necesario para la realización del proyecto.

  • Debe pertenecer a una de las categorías de costes contempladas por cada tipo de acción en el contrato.

  • Debe ser real y justificado documentalmente registrado en el sistema contable del participante.

  • No puede estar imputado en más de una de las categorías de costes.

La Comisión prevé tres sistemas para la determinación de los costos financiables:

  • Costes totales: Para entidades o empresas que cuenten con un sistema de contabilidad analítica que le permita definir costes directos e indirectos incurridos para llevar a cabo un proyecto determinado.

  • Costes adicionales: Presupuestos adicionales sobre los costes incurridos para el proyecto en donde ya no computan costes de infraestructura, indirectos ni el personal de plantilla.

  • Costes totales con contribución fija: Se imputan al presupuesto los costes directos, incluyendo los de personal de plantilla, pero para los directos o indirectos se aplica un coste fijo equivalente al 80% del coste de personal del proyecto.

La elección del sistema también compromete al organismo en su conjunto y se fundamenta en gran medida en la capacidad contable del organismo. Cuando la Universidad no cuenta con una contabilidad analítica no puede recuperar parte de los costes de los proyectos de investigación, siendo preocupante pues la salud financiera de la institución y la racionalidad en los procesos de toma de decisiones exige realizar un esfuerzo por valorar correctamente todos los servicios ofrecidos por la institución universitaria.

Entonces, el riesgo de crédito asociado a las subvenciones públicas aportadas por la Unión Europea está vinculado al proceso de justificación y/o rendición de cuentas de los proyectos de investigación, pudiéndose reclamar la totalidad de la contribución patrimonial aportada en el supuesto de detectarse graves irregularidades financieras. Además, la financiación recibida depende de la capacidad contable de la Universidad, pues los sistemas de imputación de costes financiables se corresponden con la capacidad para identificar los costes directos e indirectos vinculados a los proyectos de investigación.

Subvenciones aportadas por el Plan Nacional de Investigación

La Administración General del Estado debe ser integrada en parte en la política estatal de I+D+I, así pues, esta ha aprobado recientemente el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2000-2003). De acuerdo con este plan, la misión de la Administración General del Estado debe ser, por una parte, la de fortalecer la investigación básica como elemento fundamental para contribuir solidariamente a la generación de conocimiento, base de todo desarrollo a largo plazo y, por otra parte, la de crear un clima favorable para que las empresas se incorporen plenamente a la cultura de la innovación tecnológica con el fin de incrementar su competitividad.

El Plan Nacional de I+D+I (2000-2003) establece que el presupuesto público debe contribuir a la financiación de la investigación básica y estimular paralelamente la participación de la iniciativa privada en actividades de I+D. Es decir, busca una mejor coordinación entre las tareas científico-tecnológicas de los sectores público y privado para reforzar la calidad de la investigación y el valor de sus aplicaciones.

Riesgo Financiero

El gasto de la administración general del estado en subvenciones de I+D se da mediante distintos instrumentos financieros:

  • Subvención: Actuación orientada a cubrir total o parcialmente los costes de la actividad de que se trate, tanto con un porcentaje de los costes totales como de los costes marginales.

  • Subvención Corriente: Actuación orientada a cubrir parcialmente los costes asociados a un proyecto de I+D, junto con la existencia de créditos de diferentes tipos.

  • Crédito reembolsable: Crédito a bajo o nulo interés, con periodos de carencia y compromiso de devolución modulable en función del éxito de la actividad financiada.

  • Reafianzamiento de crédito: Aval por la Administración General del Estado del riesgo técnico derivado de la concesión de un crédito comercial por entidades financieras para actividades de innovación tecnológica.

  • Participación en Capital: Fomento de la creación de empresas de base tecnológica mediante la participación en un porcentaje de las acciones de la misma durante un tiempo limitado.

  • Fondo de Coinversión: Fomento de la consolidación de empresas de base tecnológica mediante incrementos de capital en fondos de coinversión.

Los agentes ejecutores no pueden acceder a todos los instrumentos financieros establecidos, pues estos se aplican en función del grado de dificultad o riesgo técnico inherente a cada una de las actividades, utilizando las subvenciones para aquellas actuaciones que tengan un componente de investigación científica o desarrollo tecnológico más avanzado, o para los casos en que su aplicación sea necesaria para realizar la actividad considerada, y en consecuencia, los centros públicos, en el que se incluyen las universidades y los centros tecnológicos, pueden financiar sus actividades a través de subvenciones, subvenciones concurrentes y créditos reembolsables, mientras que las empresas pueden financiar sus actividades a través de todos los instrumentos financieros mencionados.

Las modalidades de participación entre empresas y centros públicos son apoyadas económicamente de forma distinta en función del tipo de agente implicado; mientras que los centros públicos reciben subvenciones, las empresas pueden recibir subvenciones, créditos o combinaciones de créditos y subvenciones.

El riesgo financiero asociado a las subvenciones nacionales de I+D del Plan Nacional de I+D+I (2000-2003) debe ser interpretado como el coste de oportunidad que supone no aprovechar esta financiación adicional que puede obtenerse, en el que el aprovechamiento de dichas oportunidades va a depender del capital intelectual de las universidades, al otorgarse las subvenciones bajo criterios competitivos, y de su capital relacional, considerando que una parte importante de los instrumentos financieros están diseñados para potenciar y reforzar las aplicaciones de agentes ejecutores del sector empresarial.

Riesgo de Crédito

Para el estudio de los riesgos de crédito es necesario analizar aquellos factores que regulan los flujos monetarios a lo largo de los proyectos de investigación, así como los costes que son considerados como financiables.

En relación a los flujos financieros, el importe de las ayudas recibidas en virtud de los planes nacionales de I+D se vienen librando por anticipado, tramitándose la primera anualidad con motivo de la resolución de su concesión, quedando el pago de las siguientes anualidades condicionado a la presentación de los correspondientes informes de seguimiento científico-técnico y valoración positiva de los mismos. A los efectos de posibilitar la justificación de las atribuciones patrimoniales recibidas, la Gerencia o el Servicio de Contabilidad de la Universidad debe remitir un certificado en el que se detalle por conceptos los gastos efectuados, junto a los informes anuales y final de carácter científico-técnico.

La Universidad puede quedar obligada a reintegrar las cantidades previamente recibidas si incurre en alguno de los siguientes supuestos de revocación:

  • a. Incumplimiento de la obligación de justificación.

  • b. Obtención de la subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello.

  • c. Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.

  • d. Incumplimiento de las condiciones impuestas por las entidades colaboradoras y beneficiarios con motivo de la concesión de la subvención.

A estos supuestos quedan sujetas únicamente las atribuciones patrimoniales que puedan ser calificadas como subvenciones públicas.

Por lo que respecta a los costes financiables, para estos no se admite un sistema de costes totales, sino que cubre exclusivamente los costes directos relacionados con el desarrollo del proyecto, así como un porcentaje de costes indirectos.

El libramiento anticipado de las ayudas del plan nacional de I+D reduce el riesgo de crédito, si bien queda sujeto a las contingencias que puedan derivarse de la rendición de cuentas de acuerdo a los requerimientos establecidos en las respectivas convocatorias.

Subvenciones de I+D de la Comunidad Autónoma

Las Comunidades Autónomas han promovido actuaciones de política investigadora con dotaciones presupuestarias importantes aportando recursos que complementan la financiación procedente de los ámbitos nacional y europeo. Para lo cual están implantando mecanismos financieros que premian la consecución de determinados mecanismos de calidad, presionando para que las universidades demuestren su capacidad investigadora si desean mantener o incrementar esta fuente adicional de recursos financieros.

Riesgo Financiero

Algunas Comunidades Autónomas se han dotado de leyes autonómicas en las que enmarcan su política regional de investigación, y el grado de madurez de estos sistemas y los recursos financieros aportados presentan grandes variaciones a nivel nacional, por lo que las universidades están en una situación desigual en función del territorio de pertenencia.

La Ley estipula que deban ser señaladas las aportaciones procedentes de la Comunidad Autónoma, del Estado, de la Unión Europea y otros organismos públicos y privados, señalando los importes globales y por programas. Con esto, se podrá conocer los recursos que la Comunidad Autónoma destina para el fomento de la investigación y de esta forma, los responsables de la Universidad pueden valorar los factores que condicionan esta fuente de ingreso y, por ende, estimar posibles riesgos u oportunidades.

Riesgo de Crédito

Las bases que rigen las subvenciones destinadas a la realización de proyectos de investigación tienen una casuística diferente en cada comunidad autónoma, aunque los elementos definitorios de las órdenes que regulan tales atribuciones patrimoniales adoptan características similares a las subvenciones concedidas en el ámbito estatal. Así, es común que las universidades beneficiarias reciban una cantidad como anticipo, que se complementa con anualidades periódicas condicionadas a la certificación de los gastos realizados, así como el establecimiento de una retención que se libra con la aprobación de la memoria final y la certificación de la totalidad de los gastos realizados con cargo a la financiación concedida.

La política financiera es similar a la establecida en los proyectos nacionales y europeos, aunque con requerimientos específicos que añaden complejidad a su gestión.

La importancia relativa de los anticipos permite un flujo financiero neto positivo a lo largo de los proyectos que reduce problemas de asincronías entre los cobros y pagos.

El libramiento anticipado de las ayudas objeto de estudio reduce la presencia de riesgo de crédito, si bien la Universidad está sujeta a las contingencias que puedan producirse por incumplimiento de las obligaciones que los beneficiarios asumen al aceptar estas ayudas.

Riesgos en la Fiabilidad de la Información

Es necesario estudiar la complejidad de la gestión de las subvenciones públicas de I+D tratadas anteriormente, para así poder comprender los riesgos que pueden afectar la fiabilidad de su información financiera.

Gestión interna de proyectos de investigación: un caso de financiación afectada.

La Universidad tiene inmerso en su estructura gerencial la llamada Unidad de Gestión de Investigación, con la que se gestionan las subvenciones de investigación dentro de la misma, Esta unidad es un servicio técnico-administrativo centralizado cuya función principal es la administración de los fondos generados en la investigación. Busca agilizar la tramitación de contratos acordados entre las entidades públicas subvencionadoras y los grupos de investigación en todas las fases del proyecto de investigación con la seguridad administrativa y presupuestaria exigida a cualquier recurso público.

Debido a que todos los flujos derivados de las subvenciones de investigación deben tener un correcto reconocimiento en la contabilidad presupuestaria, financiera y de gestión, la Unidad de Gestión de Investigación debe ser desarrollada en el marco de la organización contable y financiera de la Universidad.

Es importante señalar que el titular de estas atribuciones patrimoniales es la Universidad y no el grupo de investigación y, por tanto, debe velar por la correcta gestión de estos recursos y, además, se debe considerar la racionalidad del gasto de estos recursos según su impacto en el proyecto de investigación, tratando de no sobrepasar límites cuantitativos y cualitativos definidos en el presupuesto aprobado.

Consideraciones presupuestarias en relación con los proyectos de I+D subvencionados.

La Universidad podrá garantizar una suficiencia financiera para la ejecución de un proyecto de investigación cuando reúna los requisitos (rendición de los informes de estados de costes y de investigación, generalmente) exigidos por las entidades subvencionadoras, ya que así se dará la existencia de compromisos de ingreso por parte de estas en donde reconocerán la obligación, y con lo que la Universidad podrá reconocer el derecho presupuestario e incorporar al presupuesto inicial todas las anualidades que la entidad se ha comprometido a aportar, mediante la oportuna modificación presupuestaria.

Debido a que el presupuesto de gastos del ejercicio en el que se obtiene la subvención carece en absoluto de subvención, la Universidad deberá autorizar modificaciones presupuestarias para incrementar los créditos inicialmente previstos para la ejecución de la unidad de gasto o de la parte de esta que corresponda realizar en el período, incluyendo entre sus previsiones de ingresos las aportaciones que se estime recibir en dicho período para financiar la ejecución del gasto.

Es común que los proyectos de investigación subvencionados den lugar a desviaciones positivas de financiación, pues las anualidades se reciben por anticipado a la ejecución de los gastos presupuestarios. Cuando al finalizar un ejercicio presupuestario no se haya ejecutado la totalidad de los créditos consignados se dan lugar a remanentes de crédito, que deben ser incorporados necesariamente en el presupuesto del ejercicio inmediato siguiente, pues su no ejecución implica la pérdida de la financiación específica que llevan aparejada. Y si el proyecto de investigación logra culminarse con un menor coste, se deberá proceder a reintegrar los importes percibidos, no por ser indebidos sino innecesarios.

Delimitación de los proyectos de investigación como unidades contables básicas.

Un elemento fundamental de la gestión desarrollada por la Unidad de Gestión de Investigación es el seguimiento individualizado de los proyectos subvencionados, además de la comunicación efectiva.

Los proyectos de investigación subvencionados deben identificarse como un gasto con financiación afectada por constituir una unidad de gasto presupuestario financiado. En el caso de no realizarse el gasto presupuestario, no podrán percibirse o deben ser objeto de reintegro a los agentes financiadores.

Las repercusiones que puede traer la ejecución de estos gastos sobre la situación económico-financiera de la Universidad, hacen necesario establecer mecanismos adecuados que permitan el seguimiento en términos contables de todos y cada uno de los actos de gestión relacionados con un gasto con financiación afectada.

Repercusiones de la ejecución de los proyectos de investigación subvencionados.

Al cierre del presupuesto es frecuente que no exista una correlación entre las obligaciones reconocidas y los derechos reconocidos de estas subvenciones finalistas. Por ello, y a los efectos de cuantificar las repercusiones que tienen sobre el saldo presupuestario y el remanente de tesorería, han de determinarse el coeficiente de financiación y las desviaciones de financiación.

Los coeficientes de financiación son porcentajes de financiación por agente financiador. Los investigadores se ven forzados a buscar alternativas de financiación cuando las subvenciones obtenidas no abarcan la totalidad de los costes. Si bien parte de la financiación habrá de ser cubierta por la propia institución universitaria, el coeficiente de financiación global pondrá en manifiesto la cobertura financiera que le corresponde a esta, en relación a las obligaciones presupuestarias que sea necesario reconocer en el proyecto de investigación.

Con el coeficiente de financiación pueden evidenciarse las desviaciones de financiación imputables tanto positivas como negativas, que deben ser consideradas a los efectos de corregir el saldo presupuestario, en donde deben restarse y sumarse, respectivamente, logrando de esta forma anular el efecto distorsionante de unas y otras.

Respecto al remanente de tesorería, Cuando es positivo refleja la capacidad de la Universidad para financiar nuevos o mayores gastos en el ejercicio siguiente, y cuando es negativo la necesidad de financiación a corto plazo. Sin embargo, Cuando se derivan desviaciones de financiación acumuladas positivas se produce una capacidad ficticia para financiar nuevos gastos, pues no existe ningún margen de disponibilidad sobre los recursos afectados pendientes de aplicación. Por esto, una vez obtenido el importe del remanente de tesorería, se debe calcular el remanente de tesorería afectado, a los efectos de lograr el remanente de tesorería de libre disposición para gastos generales que permite determinar la verdadera capacidad o necesidad de financiación de la institución universitaria.

El exceso de derechos afectados reconocidos incrementa el valor del remanente de tesorería. Por ello, es preciso cuantificar correctamente el remanente de tesorería afectado a estos recursos finalistas, constituido por las desviaciones de financiación positivas, que sólo podrá utilizarse para cubrir gastos a cuya financiación se encuentren afectados los recursos de los que se derivan tales desviaciones.

Consideraciones patrimoniales de los proyectos de investigación subvencionados.

Existen ciertos prerrequisitos a estudiar para determinar si la investigación, además de ser considerada inversión, puede además considerarse como activo.

Los activos son recursos controlados por la entidad, como consecuencia de sucesos pasados, de los cuales se espera obtener en el futuro una utilidad económica. Por tanto, la consideración de los gastos de I+D como activos requiere que sean controlados por la entidad y, además, representen utilidad económica para la misma.

Los proyectos de investigación desarrollados en la Universidad pero que sus utilidades pueden ser explotadas por cualquier agente económico, no constituyen un activo de la misma, pues esta no controla exclusivamente tales beneficios.

Otros prerrequisitos también condicionan que los gastos de I+D constituyan activos circulantes o inmovilizados. En el primero, además de cumplir con los requisitos para ser considerado como activo, debe tener carácter permanente y no estar destinado a la venta. Contrario a esto, si su destino originario es la venta, no puede ser considerado como inmovilizado sino como circulante.

A medida que las universidades toman la investigación como una actividad propia y central que justifica su razón de ser, pueden desarrollar productos comerciales sustentados en la investigación. Esta situación no es común en las subvenciones pero sí en los contratos de investigación, donde la Universidad se compromete a realizar un proyecto recibiendo un precio como contraprestación.

Para el registro de los gastos de I+D como inmovilizado inmaterial, se tiene que estos son un conjunto de bienes intangibles y derechos, susceptibles de valoración económica, que cumplen, además, las características de permanencia en el tiempo y utilización en la producción de bienes y servicios o constituyen una fuente de recursos del sujeto.

Para que pueda producirse la activación de los gastos incurridos en un proyecto de investigación es necesario responder a las siguientes cuestiones:

  • ¿Existe un proyecto específico perfectamente individualizado y concreto?

  • ¿Existen motivos fundados del éxito del proyecto?

  • ¿Se encuentre asegurada la financiación del proyecto?

  • ¿La rentabilidad económico-comercial está razonablemente asegurada?

La principal dificultad radica en la rentabilidad económico-comercial del proyecto de investigación, pues Va a depender de los objetivos del proyecto y de la probabilidad de que pueda ser patentado, de su aprovechamiento en la Universidad, entre otros.

La consideración de los gastos de investigación y desarrollo como activos exige un control sobre beneficios futuros y, en este sentido, es habitual que exista una coparticipación entre los diferentes partícipes (investigadores, Departamento o unidad orgánica donde se genere o donde se haya generado, la Universidad)

CONCLUSIONES

  • Es oportuno señalar que la vulnerabilidad de las instituciones universitarias en su presupuesto es más compleja de lo que parece. La determinación de los riesgos ayuda a fortalecer y mantener el control presupuestario. La vulnerabilidad se clasifica en baja, moderada y alta, la cual afecta la fiabilidad en la rendición de cuentas. Lo que se busca es que la unive4rsidad logre una independencia financiera y genere recursos propios.

  • Las tasas académicas de cursos reglados tienen una importancia relativa en los presupuestos de las universidades al constituir los presupuestos de ingresos en la financiación de los estudiantes que constan de los gastos de la Universidad, cuyo riesgo financiero va a depender de una multiplicidad de factores que se engloban en la política de tasas.

  • Las universidades reciben subvenciones de distintas entidades públicas y privadas para actividades de investigación y desarrollo buscando la consecución de un mayor grado de desarrollo económico y social, dicha financiación es dada en sistemas competitivos bajo parámetros de calidad y grado de capacidad investigadora y relacional de las mismas.

Partes: 1, 2

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