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Aproximación a las fuentes estadísticas para el estudio de la delincuencia en España



    RESUMEN

    Para realizar un estudio de la criminalidad en
    España, es necesario acudir a las estadísticas de
    los entes oficiales encargados de su confección:
    Ministerio del Interior y Departamentos del Interior de las
    Comunidades Autónomas con cuerpos propios de
    policía. Pero no deberíamos quedarnos ahí,
    hay que trascender a esas cifras y buscar datos en los organismos
    internacionales europeos, incluso mundiales, que concentran la
    información y proporcionan los elementos comparativos
    necesarios para discernir si una determinada Política
    Criminal, en su conjunto, está bien orientada o no. Al
    tiempo, no debe desdeñarse la búsqueda de datos en
    esferas inferiores, como Fundaciones, Institutos Universitarios u
    órganos corporativos de índole económica o
    financiera. Siempre tienen aportaciones interesantes o visiones
    complementarias. Y todo sin olvidarse que el conocimiento de los
    orígenes de la estadística criminal, puede
    evidenciar lecciones para el futuro.

    1. NOTA
    PREVIA.

    El primer choque con la realidad estadística lo
    tuve, precisamente, a la hora de abordar este trabajo, con el que
    ponemos fin al curso. Era mi intención aproximarme a los
    robos en viviendas en la Comunidad de Madrid, después de
    haber leído un magnífico trabajo de Francesc
    Reales1 sobre el mismo tema, en Cataluña. Nada original
    por mi parte, como se denota, pero me parecía interesante
    de tratar. Sin embargo, los primeros tropiezos en la
    búsqueda de datos, más bien la ausencia de los
    mismos, me llevó por otros derroteros.

    En segunda instancia pensé en aproximarme al
    proceloso mundo penitenciario, no en vano en cuarenta
    kilómetros en torno a mi domicilio, encuentro al menos
    cuatro macro-cárceles (la verdad es que hoy es
    difícil vivir lejos de una). Pero, igualmente, la opacidad
    o, en su caso, la necesidad de permisos, hacían inviable
    la opción.

    Alertado por la dificultad de encontrar datos (ya me
    sonaba algo el tema), decidí realizar una
    aproximación a las fuentes estadísticas con que
    puede contar, por ejemplo, un estudiante de criminología
    si quiere acercarse al delito en España. Sin
    pretensión alguna se ser exhaustivo, más bien
    generalista, el asunto me ha llevado a una extensión
    más allá de la recomendada (espero que no de la
    recomendable), por la necesidad de utilizar algunas tablas y
    gráficos, sin los cuales el asunto queda bastante
    árido. Por ello pido disculpas y solicito la benevolencia
    del posible lector de estas páginas. Solo se
    pretendía una visual analítica de gran rasgo, que
    además ha debido ser cortada por doquier. En
    cualquier caso, el acercamiento a las cifras, el
    análisis de las mismas, aunque haya sido sucinto, y la
    elaboración de cuadros y gráficas explicativas, me
    ha resultado muy placentero.

    No es poco.

    Indicar, acabando, que el Curso de Experto Universitario
    en Criminología abre el apetito por seguir sabiendo
    más del tema. Cualquiera que tenga curiosidad y un
    mínimo de amor a la Criminología, después
    del Curso, no puede más que seguir buceando y leyendo obra
    relacionada, de entre tanto buen autor y experto en la materia,
    que existen. Y todo ello gracias al magnífico trabajo de
    dirección del Curso, al frente del cual figura toda una
    autoridad en la ciencia criminológica, profesor Alfonso
    Serrano Maíllo, y a su exquisito grupo de apoyo. Y
    destacar, como no, las extraordinarias Jornadas de
    Criminología que organizan en torno al curso, a las
    cuales, lejos de ser obligado asistir, resulta un
    auténtico privilegio científico poder participar en
    ellas, siquiera como interesado oyente.

    2.
    INTRODUCCIÓN

    La seguridad es materia sensible en nuestras sociedades;
    la gente reclama un nivel muy alto de seguridad, a veces llevado
    por "percepciones"2 muy subjetivas
    sobre el delito y la delincuencia, sin darse cuenta que el delito
    es el grano en un cuerpo sano y que "el crimen es normal, es
    totalmente imposible que una sociedad quede libre de
    él"3. Por tanto, todo
    empeño en tener una Política Criminal adecuada, que
    estudie, evalúe y planifique, pasa necesariamente por
    tener conocimiento, lo más exacto posible, de cuantos
    actos delictivos se cometen y cómo evoluciona la
    criminalidad en el tiempo.

    Desde el propio ámbito de la Criminología,
    como disciplina, Edwin Sutherland (1883-1950), sociólogo
    de la Escuela de Chicago, quizá el padre de la
    criminología moderna, ya deja claro que una función
    inexcusable de ésta es "la medición del
    delito"4. Parece necesario conocer
    los datos de delincuencia de cara a poder establecer unos
    indicadores mínimos de referencia (tasas) que permitan el
    análisis de situación, de su evolución en el
    tiempo, realizar comparaciones internas e internacionales,
    planificar actuaciones en materia de Política Criminal,
    evaluar la actuación de los distintos cuerpos policiales y
    de la administración de justicia, incluso verificar las
    reacciones populares ante el delito5.

    Igualmente, la elaboración de la
    legislación penal no es posible si no existe una
    legitimación social. Es decir, los legisladores no
    podrían hacer leyes penales (restrictivas en
    derechos fundamentales) si no hubiera una justificación,
    una necesidad social. Y esa legitimación solo puede venir
    del conocimiento de la realidad social, de la realidad criminal.
    Y en eso juega un papel primordial la Criminología, como
    disciplina investigadora, utilizando las distintas herramientas
    de medición de que puede hacer uso en cada
    momento.

    Lo que ocurre es que la Criminología se enfrenta
    a muchas limitaciones para poder conocer, cien por cien, la
    realidad criminal. Entre ellas, el limitado conocimiento humano
    sobre la realidad o la difícil coordinación con
    otras disciplinas de las ciencias sociales; también la
    escasa asignación de recursos a los estudios; su propio
    límite epistemológico (conocimiento
    científico); o los condicionantes de los agentes
    políticos que patrocinan los estudios (el que encarga una
    encuesta o una estadística, intenta asignar
    prioridades)6.

    Las técnicas de medición del delito
    tampoco son ajenas a las limitaciones a la hora de acceder a la
    realidad social. De hecho, hemos podido comprobar, como una de
    las mayores controversias entre autores radica en el valor e
    interpretación de las estadísticas criminales.
    Hemos visto cómo algunos hablan de datos perdidos al ver
    encuestas parcialmente contestadas, cómo se desechan
    cuestionarios que no se consideran uniformes o con preguntas bien
    estructuradas, o cómo se enjuicia las estadísticas
    oficiales como inválidas desde el momento en que se juzga
    que están totalmente mediatizadas por las decisiones
    políticas. Incluso cómo se considera que la
    Criminología, más allá de conocer,
    cuantificar y analizar las tasas oficiales de criminalidad, lo
    que debe intentar es conocer la inmensa tasa de los delitos que
    componen la criminalidad oscura7 (se estima que la cifra de
    delito oculto, no registrado, es altísima. La British
    Crime Survey, en el año 2000, estimó que el 77% de
    la criminalidad no era conocida por las agencias
    policiales y judiciales).

    A pesar de todas las prevenciones que
    hemos visto, y muchas más que veremos en páginas
    siguientes, sobre la capacidad de la estadística criminal
    para aproximarse a la realidad, creemos que ésta resulta
    imprescindible a la hora de determinar las tendencias
    criminales.

    Ese acercamiento es el que pretendemos a través
    de la presente "Aproximación a las fuentes
    estadísticas para el estudio del delito en España".
    Solo eso, una aproximación que en el futuro nos
    gustaría se convirtiera en una exploración
    más detallada y con mayor y mejor
    método.

    3. MÉTODOS
    PARA MEDIR EL DELITO

    3.1 Las estadísticas como
    método de medición del delito.

    Adentrándose pues, de forma inexcusable, en el
    mundo del dato numérico y la estadística, no
    habría que olvidar que ésta es, en todo caso,
    producto de un proceso social, que es algo creado por la
    acción de las personas (alguien decide qué medir,
    cómo medir, para qué
    medir)8. Igualmente habría que
    acercarse a los datos con alguna "verdad" previa aprehendida,
    como es que los valores son muy regulares en el tiempo, en contra
    de lo que puede suponer la medición de fenómenos
    individuales, que resultan difícilmente previsibles
    (Quetelet, Durkheim). De hecho, para algunos investigadores
    decimonónicos resultaba asombrosa la regularidad
    estadística, puesto que si el delito venía a
    depender del libre albedrío del individuo, lo normal era
    que variase grandemente de unos períodos a otros. Y no era
    así. "No es por casualidad que los estudios realizados a
    partir de las primeras estadísticas oficiales aparecidas
    en Francia marquen el nacimiento de la Criminología
    Científica" (Serrano Maíllo, 2009).

    Lógicamente, el método más
    importante para analizar la criminalidad es atender a la
    estadística criminal, conjunto de cifras elaboradas por
    los organismos o entidades competentes del control del delito,
    siempre en base a documentación.

    En cualquier caso ha de tenerse máxima
    precaución en la utilización de las
    estadísticas oficiales pues su precisión depende de
    aspectos aparentemente inocuos, pero que las desvirtúan:
    la terminología usada, la tipificación legal,
    cambios legales en la edad penal, del idioma que
    habla cada uno, de la motivación del
    funcionario, y un largo etcétera9. Es decir, su
    utilización presenta serios problemas que, desde luego, no
    las invalidan, pero sí hace que haya que extremar la
    precaución. Entre los problemas más serios para su
    utilización se encuentra el hecho de que las
    estadísticas no recogen todos los delitos cometidos. Hay
    delitos que se escapan al registro. Es lo que se conoce como
    cifra negra o en la mejor distinción del profesor Serrano
    Gómez, la cifra oscura, en la que el delito se conoce pero
    no se registra bien por no haber sido denunciado o por no haber
    pruebas, y la criminalidad oculta, en la que la víctima
    desconoce haber sido víctima de un delito o, incluso,
    está muy interesado en que quede oculto (Serrano
    Gómez, 1986).

    Por otro lado se debe tener en cuenta que no todos los
    delitos se registran, sino que hay una tendencia a anotar solo
    los más importantes o graves, a no registrar los
    denominados de "cuello blanco", a que pasen desapercibidos los
    cometidos por minorías étnicas marginales o de
    grupos muy organizados. Es decir, hay una tendencia "natural" a
    que la estadística criminal esté sesgada
    sistemáticamente (Díez Ripollés, 1996). O
    como lo explica Serrano Maíllo al decir que "un error es
    una distorsión aleatoria, … que en una serie con
    cifras suficientemente grandes puede cancelarse mutuamente.
    (Pero) En ciencias humanas y sociales lo que tiende a encontrarse
    son sesgos o errores sistemáticos, que no se distribuyen
    aleatoriamente ni se cancelan entre sí, sino que ofrecen
    una imagen sistemáticamente sesgada" (Serrano
    Maíllo, 2009).

    Además, las estadísticas son palanca
    adecuada para controlar la actividad de las fuerzas y cuerpos de
    seguridad, con lo que ello supone: más o menos
    profesionalidad del funcionario, existencia de incentivos o no,
    si se trata de una unidad o grupo recién creado, una
    comisaría recién abierta, si ha habido un aumento
    de medios materiales o humanos; todo ello da pié a mayores
    o menores cifras de detenciones, por ejemplo, aunque
    el ámbito social donde se enmarcan sea igual
    al de un año antes, o al de un año después.
    Incluso se puede mentir con las estadísticas (vid. Estruch
    y Cardús, 1982) o maquillarlas
    (Fernández Villazala da algún ejemplo a
    través de denuncias de algún Sindicato
    Policial)10. El investigador
    Martínez Ruiz aporta un ejemplo clarificador sobre la
    precaución a la hora de manejar cifras: la Guardia Civil
    se crea en 1844 y ya en 1846 aporta estadillos de detenciones,
    basado en una información tan sencilla, pero tan
    contundente, como los propios partes de las parejas de G.C. En
    diez años aprox., desde 1846 a 1854, a.inc., las
    detenciones se multiplicaron por diez; sin embargo en 1855 el
    número de arrestos baja drásticamente.
    ¿Podría interpretarse que los guardias ya no
    trabajan, que no quieren detener, que han recibido instrucciones
    en ese sentido? Él aporta las razones objetivas: hubo una
    cierta reducción de plantilla en el bienio progresista,
    parte de los efectivos se vio movilizado dentro de las contiendas
    carlistas y, además, hubo muchos traslados a capitales de
    provincia (protección de sedes). Por tanto, no solo hay
    que ver la estadística, sino conocer el momento
    histórico en que se producen los datos.

    Y hay más problemas que influyen en las cifras:
    ha habido y hay, imprecisión entre delitos y faltas, lo
    cual lleva a registros, en muchas ocasiones, claramente
    equívocos11. Serrano Maíllo pone en nuestro
    conocimiento la investigación realizada en EE.UU. por Best
    sobre raptos de niños. El resultado inicial presentaba una
    disparidad tremenda, hablándose de una oscilación
    entre 69 casos de rapto o 50.000.¿?. Y el
    hecho es que no se había definido bien el concepto
    de rapto ni cómo había que contar.
    Para unos eran solo los casos consumados en tanto otros
    medían hasta cuando un padre que no tenía la
    custodia legal del hijo se lo llevaba unas horas con él.
    Fundamental, por tanto, la definición del concepto a
    estudiar y la forma de medirlo.

    Por ello, existen reglas metodológicas a tener
    muy en cuenta. Quizá las dos básicas sean: la
    conocida como "Sellin"s dictum"12
    (Sellin año-año) que expresa que cuanto
    más próxima sea la recogida y grabación de
    un dato respecto del hecho, menos sesgada será la cifra
    obtenida. Es decir, siempre es preferible registrar un hecho
    delictivo lo más próximo al momento de la
    comisión y siempre antes de que haya penetrado en el
    sistema judicial. Esto comporta que los datos conocidos por la
    policía son preferibles a aquellos que pueden provenir de
    la instancia judicial. Y, en segundo lugar o segunda
    recomendación metodológica es que, los delitos
    más graves son preferibles de cara a analizar la
    delincuencia, pues cuanto mayor es la gravedad de la conducta
    mejor y más rápida se identifica y registra (un
    homicidio es mucho más difícil de no registrar que
    un hurto).

    Expuesto que una sociedad moderna es necesario conozca
    las cifras de su delincuencia, que analice los datos, que haga
    seguimiento de sus índices o tasas más importantes,
    y dejado claro, desde inicio, que la estadística criminal
    es muy compleja de confeccionar, rodeada como está de
    peligros, carencias, distorsiones y, a veces, sesgos interesados,
    hay que concluir, empero, que su rechazo hoy en día no es
    viable, ni lógico, y que la utilización de la misma
    es irrenunciable, eso sí, utilizada, coordinada y
    complementada, con los demás métodos de
    medición de que la Criminología
    dispone en estos momentos.

    3.2 Otras metodologías de
    medición del delito.

    La Criminología, disciplina científica, ha
    desarrollado otros métodos de medición del delito,
    complementarios y alternativos al análisis
    estadístico de las cifras delincuenciales. Aunque el
    presente trabajo se centra en las estadísticas, no se
    puede dejar de citar, aunque sea brevemente, las otras dos
    metodologías al uso, si se quiere dar una mínima
    imagen global del tema.

    3.2.1 Encuestas de
    victimización

    Se elige un universo de estudio, una muestra amplia de
    personas (o residencias, o locales, o negocios) y se les presenta
    un cuestionario13 mediante el cual se indaga si han sufrido
    algún delito, denunciado o no a la policía, en un
    ámbito de tiempo previamente determinado. Puede hacerse el
    cuestionario de forma presencial o por teléfono, y pueden
    confeccionarse sobre un barrio, una localidad o una región
    geográfica amplia.

    Nacen estas encuestas, en principio, por la falta de
    fiabilidad de los datos de las mediciones oficiales (Kury,
    Coleman). En ellas se incluye información adicional de las
    víctimas y el contexto social donde se produce el hecho,
    por lo que aporta matizaciones importantes sobre la secuencia de
    lo acontecido y posibles motivaciones de los autores, al
    preguntarse directamente a la víctima sobre su
    experiencia14. Se manifiestan, por tanto, como herramienta
    imprescindible para estudiar cómo se cometen los delitos y
    como base para estudios amplios de victimización y miedo
    al delito. De hecho, puede hablarse de la existencia
    de una teoría del estilo de vida,
    desarrollada por Hindelang, que en resumen viene a demostrar que
    el estilo de vida condiciona, de forma notoria, la posibilidad de
    ser victimizado (por ejemplo, personas que frecuentan ambientes
    nocturnos, en su amplia acepción, tienen más
    posibilidades de ser sujeto pasivo de un delito).

    Evidentemente, esta metodología lleva anexa su
    propia problemática: en relación al grupo a
    estudiar (seleccionar mal el universo de estudio), en
    relación al cuestionario (preguntas ambiguas o mal
    planteadas), en cuanto al encuestado (puede olvidar un suceso, lo
    puede magnificar, puede sencillamente mentir), en cuanto al
    encuestador (influir en las respuestas sesgando en origen el
    resultado). Así, Garrido Genovés opina que las
    encuestas de victimización, más que para ver
    volúmenes, sirven para ver las consecuencias del delito, o
    Kaiser, que piensa que no aportan nada en cuanto a ver la
    evolución de la delincuencia, o Mosher y Lynch, que
    advierten de que en las encuestas se "cuelan" muchos "noncrimes",
    que por error conceptual se incluyen hechos que no están
    tipificados15.

    Concluyendo, y aún viendo como presenta muchos
    problemas, hay que decir que las encuestas de
    victimización son hoy imprescindibles para la
    Criminología, y ojalá que en España se
    desarrolle más la metodología, muy extendida en
    países anglosajones y del norte de Europa16.

    3.2.2 Encuestas o Estudios de
    Auto-Informe.

    En estos estudios se encuesta a delincuentes, un grupo
    de individuos que han cometido un tipo de delito. Es decir, el
    sujeto es el victimario, en este caso, elegidos
    aleatoriamente, en una región determinada. Se
    pregunta a las personas que componen la muestra, en
    régimen de anonimato, eligiéndose habitualmente
    gente joven.

    En España apenas se han utilizado los estudios de
    autoinforme. Sin embargo goza de gran predicamento en Estados
    Unidos (Thomberry y Krohn, 2000), donde se utiliza para el
    estudio de la delincuencia de menores, considerándose el
    método de autodenuncia o "self-Report" como una gran
    aportación de la Criminología norteamericana de
    mediados del s.XX.

    Lo cierto es que no suele realizarse para medir tasas
    delictivas, sino más bien para completar o
    acompañar a estas, pues el estudio de autoinforme aporta
    información sobre los correlatos del delito. Siendo una
    metodología muy flexible (se puede preguntar cualquier
    cosa), viene acompañado de un par de problemas
    metodológicos serios: que no suele preguntarse, o estos no
    quieren que se les pregunte, a delincuentes serios (los que han
    realizado hechos graves), y que es muy habitual que los
    delincuentes no reconozcan su delito, al menos no
    todos.

    En cualquier caso, es otro método que el
    investigador tiene en su mano, y que ha de ser utilizado, bien
    como ampliación o complemento de la estadística,
    bien como estudio de los correlatos, bien para testar
    teorías17.

    3.3 Una conclusión sobre las
    metodologías

    Claramente se puede advertir, a partir de la abundante
    problemática que presenta cada método, que estudiar
    y medir el delito es muy complejo, extremadamente complejo si se
    quiere hacer bien. De hecho, podría afirmarse que conocer
    el número total de delitos que se producen en
    un país, hoy por hoy, es una entelequia.

    A lo dicho deberíamos sumar que la
    comparación de cifras y tasas de un país con otro,
    incluso en nuestro ámbito de la Unión Europea, es
    solo posible desde la buena voluntad, no desde la equivalencia o
    compatibilidad de las informaciones. Los distintos códigos
    penales, la distinta definición y codificación de
    los delitos, la existencia de cuerpos policiales poco o nada
    homogéneos o equiparables, o las administraciones de
    justica tan diversas, ofrecen un marco de referencia muy
    resbaladizo para el trabajo de medición.

    En cualquier caso, "la Criminología, como el
    resto de ciencias humanas y sociales, ha de recurrir a todo tipo
    de información y aprovechar cuantas metodologías
    estén a su
    alcance"18.

    4. LA
    MEDICIÓN DEL DELITO BASE PARA LA LEGITIMACIÓN DE LA
    LEY PENAL

    Las leyes penales tienen, entre otras, una
    función restrictiva de los derechos fundamentales del
    ciudadano y, por ello, una repercusión social elevada. De
    ahí que las decisiones en materia de Política
    Criminal, el legislar en el ámbito penal, "debe estar
    precedido de la previa posesión de la información
    sobre la realidad social"19 para
    poder legitimar la norma, y que la política, que ha de
    recurrir al derecho penal como forma de control social, pueda
    argumentar de forma razonable.

    Por tanto, la decisión político criminal
    es previa y supone el axioma dogmático de donde arranca la
    ley. Las razones que hacen nacer esa decisión
    político criminal son diversas: la realidad social,
    la necesidad de adecuarse a determinados principios
    éticos y la aceptación por parte de
    sus destinatarios (la sociedad)20. Es
    decir, la ley penal debe, debería, tener una suficiente y
    adecuada legitimación, desde el punto de vista
    ético, social y democrático, porque de no ser
    así, de nacer ausente de justificación, puede
    derivar en una ley simbólica (Joachim Vogel), sin efectos,
    o en una ley antidemocrática y autoritaria.

    El delito no es en sí mismo un comportamiento
    individual, sino supone una conducta con amplios efectos
    sociales. El contexto donde se produce esa conducta, ese
    conflicto, debe ser perfectamente conocido por una racional
    legislación. Esa necesidad de aproximación a la
    realidad social ha de hacerse, sin duda, desde el acercamiento
    empírico. Dicho de otro modo, las decisiones en materia de
    política criminal deben "sustentarse en la previa
    posesión de la información sobre la realidad social
    y en la auto-consciente decisión tomada en base a esa
    información" (Eugene Burdick).

    Por tanto, el principio de correspondencia con la
    realidad constituye una de las características
    fundamentales de la modernidad21. Y precisamente la importancia
    de legitimar las leyes penales en consideraciones de daño
    o perjuicios sociales, es a la vez causa y efecto del gran
    desarrollo de la ciencia criminológica en las
    últimas décadas, que ha avanzado mucho en
    técnicas de medición y explicación del
    delito. A la Criminología, pues, siempre le ha
    acompañado esa preocupación práctica por el
    delito, por su control y prevención22, algo
    indisolublemente ligado al proceso de creación y
    aplicación de las leyes penales (Sutherland).

    Esa relación –interrelación- de la
    Criminología, como ciencia, y de la Ley, ha hecho que
    algunos autores hablen de dos tipos de teorías
    criminológicas: las teorías que se han fijado o
    centrado más en la creación y
    aplicación de la ley, y aquellas teorías cuyo
    interés se ha evidenciado más en los
    aspectos de la transgresión de la ley (Akers, 2002). Pero
    aunque se hable de estrecha relación, recordaremos que la
    Criminología tiene un estatus diferente a la
    Política Criminal; la Criminología es una ciencia,
    que apuesta y utiliza métodos científicos de
    análisis de la realidad para superar el "sentido
    común" que aplica la Política Criminal, que es
    más un desarrollo político-intelectual de normas y
    recetas de ejecución práctica. Precisamente ese
    nivel de disciplina científica, ampliamente demostrado ya
    por la Criminología, ha hecho que los responsables
    políticos y en ocasiones la opinión pública,
    tengan un nivel de exigencia sobre la disciplina que, en
    ocasiones, causa tensiones, descontentos o incomprensiones. Por
    ejemplo, el análisis de las estadísticas criminales
    de los últimos años, en todos los países
    desarrollados, hablan de una disminución de la
    delincuencia, y sin embargo las sociedades han ido incrementando
    su sensación de inseguridad (subjetiva naturalmente, a
    veces espoleada por medios de comunicación de
    carácter sensacionalista).

    El conocimiento criminológico, que aspira a ser
    objetivo, debido a su carácter descriptivo y comprensivo
    de la realidad, es siempre tentativo, provisional y con gran
    margen de error (J.A. Fernández Cruz, 2009), o abundando
    en ello, "la Criminología se caracteriza por ser muy
    exigente en sus procedimientos y muy modesta en sus
    conclusiones
    " (Serrano Maíllo, 2009). Y, a pesar de
    esa modestia, la criminología con sus métodos de
    medición del delito, es básica para la
    legitimización de la ley, imprescindibles sus aportaciones
    y sus datos, de otra forma legislar tendría difícil
    cobertura y justificación.

    Aunque habría que expresar en este punto, que los
    avances en las mediciones del delito que viene realizando la
    Criminología, aportando nuevas informaciones y visiones,
    no tienen porqué recogerse de inmediato en la
    legislación penal. Legislar en caliente, al albur de
    informaciones periodísticas, presiones ciudadanas ante
    hechos delictivos graves o imposiciones partidistas, no es
    más que un tremendo error. Las leyes
    necesitan asentarse, probarse, ver su evolución. Sin
    embargo, en España quizá la peculiaridad más
    notable de su legislación penal es su "naturaleza
    líquida"23 entendido como que
    "lo líquido es lo que no llega a solidificar": desde su
    entrada en vigor, el Código Penal de 1995 ha
    experimentado, hasta 2010, veintiséis reformas. Y algunas
    materias, han sido reiteradamente modificadas.

    5.
    APROXIMACIÓN HISTÓRICA A LOS ORÍGENES DE LA
    ESTADÍSTICA CRIMINAL

    5.1 La estadística como
    herramienta

    El uso de herramientas cuantitativas es, quizá,
    tan viejo como la vida del hombre en sociedad. Los egipcios del
    antiguo imperio ya usaron censos de manera regular para control
    de población y construcción de pirámides. Lo
    mismo se puede decir de las desarrolladas sociedades griega y
    romana, donde los censos de población ayudaron a recaudar
    impuestos y alistar en los ejércitos.

    Aunque la palabra estadística proceda
    etimológicamente del latín (statisticum collegium o
    "consejo de estado" y status, como "posición" o "forma de
    gobierno"), es en el s. XVIII que adquiere su acepción
    moderna a través del alemán Godofredo Achenwall
    (1719-1792) que utiliza el término Statistik
    asociada al estudio de los datos de un gobierno,
    algo así como la "ciencia del Estado" o en
    tradución posterior del inglés, la
    "artimética
    política"24. Por tanto es la
    estadística algo concebido en inicio para ser utilizada en
    el ámbito político-administrativo del
    gobierno (colecciones de datos y censos que dan
    información regular sobre la población) por los
    cuerpos administrativos estatales. El primer autor que introdujo
    el término en Inglaterra fue Jonh Sinclair (1754-1835) que
    preparó unos bastísimos "Informes
    estadísticos de Escocia" en 1799, explicando en el mismo
    que el novedoso térmimo lo recoge de autores alemanes que
    usan la estadística para explicar la fortaleza de su
    estado y proponer mejoras para el futuro.

    Se inica el s. XIX y la palabra estadística se
    generaliza utilizándose en relación a la toma y
    clasificación de cualquier dato cuantitativo. Pronto, a la
    mera recopilación de información se le va a unir,
    para una comunicación más eficaz que lo que pueda
    hacer cualquier tabla, los gráficos. Fue William Playfair
    (1759-1823) quien en el desarrollo de distintas obras, inventa,
    utiliza y extiende los gráficos lineales, de barras y de
    sectores.

    La estadística, que en su ámbito
    teórico nació alrededor de las distintas doctrinas
    de las posibilidades, con Pascal y Pierre de Fermat (1654),
    desarrolladas posteriormente por Bernoulli (1713) y Moivre
    (1718), tuvo un gran desarrollo teórico y
    metodológico a partir de los trabajos de
    astrofísicos y matemáticos a finales del XVIII y
    principios del s. XIX, como los realizados por Laplace (1774),
    Legendre (1805), Gauss (1809) o Lacroix (1816). Como se ve, una
    buena parte de ellos franceses, o trabajando en Francia. Fue
    precisamente allí donde aparecerán las primeras
    estadísticas para intentar entender los fenómenos
    sociales: sobre delitos, matrimonios o suicidios. Fue el belga A.
    Quetelet, astrónomo, matemático, naturalista
    (inventor del IMC –índice de masa corporal para
    medir la obesidad-) y sociólogo, quien en su obra "L'homme
    et le développement de ses facultés, ou Essai de
    physique sociale" (1835), conocida como "Física Social",
    argumentó que el delito es un fenómeno social que
    puede conocerse y medirse y que, además, esas mediciones
    te llevan a cifras absolutamente regulares, año tras
    año.

    5.2 La Estadística Criminal en
    España, sus orígenes.

    En España existen intentos de elaboración
    de censos poblacionales desde la Edad Media, claro está
    que por reinos, o parte de ellos. Pero los intentos más
    sistematizados o serios, sin embargo, no los encontramos hasta
    los llamados Vecindarios, nombre con el se conocerá a los
    Recuentos Generales de Población, ya a finales del s. XV.
    El primero que se conserva en el Archivo de Simancas es el
    Vecindario de 1495 de la Corona de Aragón. Se realizan
    cada cierto tiempo (sin regla temporal fija), en función
    de necesidades de la Corona, casi siempre de tipo fiscal. Por
    ejemplo, el Vecindario de 1570-71 de Castilla se
    realiza para ver como se aborda el reparto de moriscos en las
    Alpujarras. O el de 1587 que intenta censar exclusivamente a
    clérigos y obispos. Habría que señalar que
    todos ellos son muy poco fiables (quizá de los más
    fiables sea el de 1591, más conocido como Censo de Felipe
    II), pues se deja amplios territorios sin censar, bien por la
    insularidad, bien por tener otros regímenes fiscales
    (provincias vascas), etc. El último Vecindario General
    común a todos los reinos peninsulares es el llamado
    Vecindario de Campoflorido, 1712-1717, que tenía,
    igualmente, un marcado fin fiscal25.

    Con posterioridad hay un cierto salto cualitativo
    representado por el Catastro de Ensenada, de 1749-1756. Se trata
    de un notable esfuerzo por conocer la realidad del reino,
    realizado por funcionarios que se desplazaron a más de
    15.000 lugares. La idea de Ensenada era el establecimiento de una
    Contribución Única, una especie de impuesto de la
    renta basado en los haberes y en el trabajo26, para lo cual
    necesitaba conocer las tierras y posesiones de cada cual.
    Aunque es en realidad una averiguación
    pre-estadística, se utilizó un
    cuestionario uniforme, de 40 preguntas, entre las cuales no
    hay ninguna que pueda referirse a materia alguna relacionada con
    la criminalidad en la época (solo se interesa por el
    número de justicias de cada lugar, sus salarios,
    quién les paga y a quienes reportan, y por saber los
    pobres de solemnidad existentes, pero nada se recaba de
    cárceles o depósitos, alguaciles, etc.)
    27.

    En 1768-69 se realiza el conocido como Censo de Aranda
    (Conde de Aranda, presidente del Consejo Político de
    Castilla) que, aunque muchos consideran el primer censo moderno,
    tiene la particularidad de que su confección fue encargada
    a los Obispos, que utilizaron a los párrocos. En 1785-87
    se realiza el Censo de Floridablanca, realizado ya por los
    Intendentes provinciales y de acuerdo con algunos esquemas de
    toma de datos, digamos que, modernos. Podría decirse, sin
    duda, que es el primer censo poblacional realmente fiable de la
    España moderna.

    Por último, encontramos el Censo de Godoy de
    1797, muy parecido en su confección y resultados al de
    Floridablanca.

    Como se ha reseñado anteriormente, en ninguno de
    estos censos hemos encontrado datos de interés a los
    efectos perseguidos sobre estadística criminal.

    Iniciado el s.XIX, serán las propias Cortes de
    Cádiz las que establezcan la necesidad de recopilar una
    mínima información en relación a las causas
    criminales. No es, en sí mismo, el establecimiento de un
    reporte con fin estadístico, pero va en la línea de
    que en ámbito tan delicado como el de la justicia, el
    gobierno ha de estar informado de los hechos. Y de ello se
    encarga al Tribunal Supremo, al que le corresponde "Examinar las
    listas de las causas civiles y criminales, que deben remitirle
    las audiencias para promover la pronta administración de
    justicia, pasar copia de ellas para el mismo efecto
    al Gobierno, y disponer su publicación por medio de
    la imprenta"28. Como se
    sabe, el desarrollo de la "Pepa" fue escaso, como escasa fue su
    vigencia. No obstante, antes de la vuelta del rey, el mismo
    año de 1814, se intenta dar desarrollo al artículo
    mediante una Circular del Consejo por la que se manda a los
    presidentes de las Audiencias y Cancillerías dar cuenta
    "puntual de las muertes, robos, incendios, epidemias, plagas,
    motines, … que hayan ocurrido en su
    territorio"29.

    En 1814 se restablece la gobernanza absolutista, y ya no
    será hasta 1821, en pleno Trienio Liberal (donde sigue en
    vigor la Constitución de 1812), que se intente desarrollar
    la filosofía que recoge el articulado constitucional. Se
    publican las Reales Ordenes de 9 de Febrero y de 30
    de Marzo, de 1821, en las que se viene a sustituir
    las "listas de causas" por otro tipo de información
    más amplia que, en este caso, sería recogida y
    transmitida por Alcaldes y Corregidores. Tal intento, sin medios
    adecuados, no podía más que quedar en un mediocre
    trabajo de recopilación de causas pendientes.

    En 1837 el Tribunal Supremo, que previamente
    había realizado un estudio de los métodos de
    recogida y tratamiento de información en otros
    países donde se había conseguido establecer una
    estadística regular, decide que en adelante las Audiencias
    deben llevar el control suficiente sobre las causas que les
    permita confeccionar y remitir una "estadística
    anual"30. Una vez más la falta
    de medios y la persistente guerra civil que, incluso tenía
    a jueces y magistrados continuamente desplazados de sus
    demarcaciones, no propiciaron la creación de una
    estadística criminal adecuada. Y no es porque
    conceptualmente los dirigentes e intelectuales no crean en la
    bondad de la estadística, es simplemente que el desarrollo
    socio-económico del país no está en
    consonancia con las elevadas mentes de los políticos
    ilustrados. Es la época en que Pascual Madoz
    (1806-1870), que además vivió exiliado
    en Paris entre 1830 y 1832, estudioso de la
    geografía y la estadística, escribiera que "sin los
    resultados que la estadística presenta, en los diferentes
    ramos que abraza, no es posible reformar con acierto un
    código civil, ni mejorar la legislación
    criminal"31.

    En la medida de las posibilidades del gobierno en cada
    momento, no se abandonaba el propósito de dar pasos en esa
    dirección. Así, en enero de 1844 se publicó
    "Datos Estadísticos de la Administración de
    Justicia" referidos al ejercicio del año anterior. Era
    Ministro de Gracia y Justicia Luis Mayans, que puso todo su
    empeño en conseguir la referida publicación, en
    realidad la primera colección estadística oficial.
    Curiosamente, y una vez más, se interrumpe el esfuerzo y
    se cae en período de letargo y dejadez, del que solo se
    saldrá en 185532. Ese año se publica Real Decreto
    que intenta dar nuevo impulso y obligará a los jueces de
    primera instancia a remitir, el día 5 de cada mes, una
    hoja por cada procesado. Esta información, que debe acabar
    en el Ministerio, recoge el delito cometido, los medios empleados
    en la perpetración, el sexo, la edad, el estado, la
    instrucción, la profesión u ocupación del
    procesado, la pena impuesta y la instancia en la que
    hubiese recaído sentencia ejecutoria33.

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