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Propuesta para la creación de unidad de investigaciones financieras en la policía del estado Bolívar



Partes: 1, 2

    RESUMEN

    El presente trabajo se realizó con la finalidad
    de ser expuesto como un tema de tesis para obtener el
    título de Magíster Scientiarium en
    Ingeniería Industrial. El autor del mismo es Licenciado en
    Administración de Empresas y trabaja en la Policía
    del Estado Bolívar ocupando cargos de liderazgo,
    además de tener una dedicación parcial a la
    docencia en la Escuela de la Policía del Estado
    Bolívar y el Servicio de Emergencias Bolívar 171.
    La elección del tema se hizo tomando en cuenta la
    necesidad de una tarea que permita demostrar la capacidad de
    gestión de recursos en función de una realidad
    nacional y contemporánea para lograr un producto viable,
    factible y útil realmente. Para ello se consideró
    no solo la capacidad tecnológica de que dispone el autor y
    su nuevo marco de conocimientos gerenciales, sino que
    además se tomó en cuenta la necesidad del cliente
    por un producto que se pueda mantener en el tiempo,
    actualizándose fácilmente para conservar su
    capacidad competitiva sin necesidad de inversiones que impacten
    significativamente la estabilidad económica del cliente o
    que impliquen cambios importantes de reingeniería,
    estableciendo un esquema de mínima inversión con
    máxima ganancia económica y de valor agregado.
    Siempre se mantuvo una visión gerencial con la idea de
    presentar un trabajo que permita la interrelación de ambos
    mundos: el de la tecnología como gestora del ingenio, del
    conocimiento y de la innovación de máquinas y
    herramientas, así como el mundo de la gerencia como
    gestora de recursos y estrategias económicas.

    El problema de investigación planteado, es de
    carácter práctico y busca satisfacer una necesidad
    surgida últimamente en el sector económico y
    financiero venezolano, más específicamente para el
    Estado Bolívar, debido a la invasión mediante
    múltiples y sofisticados mecanismos, de los mercados
    financieros con capitales habidos de forma ilícita. Esta
    realidad tiene una trascendencia internacional ya que las
    organizaciones delictivas que practican estas técnicas,
    son unidades muy bien organizadas que poseen poder
    tecnológico, económico e influencias en todos los
    estratos sociales y políticos; a la vez se encuentra
    enmarcado como un problema mundial que afecta y es afectado por
    lo que se sucede en las distintas naciones. La
    globalización y sus implicaciones y herramientas hacen
    cada vez más difícil la lucha contra el flagelo de
    la legitimación de capitales, por lo que se hace cada vez
    más importante el disponer de una plataforma
    tecnológica que permita un control preventivo y curativo
    para el saneamiento y mantenimiento de los esquemas financieros y
    valores económicos de la moneda sin perder el
    balance entre el valor del dinero su poder adquisitivo
    real.

    En el presente proyecto se plantea una propuesta que
    pretende ser económica y viable, actualizable y segura,
    confiable y eficiente para la instalación de una
    plataforma de información mediante la tecnología de
    las comunicaciones digitales, de la seguridad de la
    información y de los programas manejadores de bases de
    datos para una Unidad de Inteligencia Financiera en la
    Policía del Estado Bolívar.

    Asimismo, se diseñó una estructura
    organizada, provista de una Misión, Visión,
    Facultades, demás lineamientos, responsabilidades y
    políticas a seguir con plena mención del plan de
    estrategias macro de adecuación del sistema actual a lo
    requerido para la lucha contra el delito de Legitimación
    de Capitales, así como de las acciones, estrategias y
    condiciones, que conllevan a la propuesta de un Sistema de
    Gestión, en el área de la Investigación
    Penal fundamentado en la calidad. Culminando con la
    ejecución de un estudio de costo-beneficio, del Sistema de
    Gestión propuesto, con el objeto de definir la viabilidad
    económica del proyecto.

    La estructura Organizacional, así como la
    plataforma tecnológica planteada en el presente trabajo
    podrá efectivamente ser instalada en cada una de las
    Policías Regionales dependientes del Ministerio del
    Interior y Justicia, para de esa manera conformar una efectiva
    red contra la comisión del delito de Legitimación
    de Capitales, evitando la vulnerabilidad, en este aspecto, del
    aparato Financiero de nuestra Nación.

    INTRODUCCIÓN.

    El presente trabajo, tuvo como finalidad poder presentar
    los resultados y conclusiones obtenidos por el autor, de un
    estudio gerencial que permitió exponer los mecanismos y
    actividades que consideró de importancia y necesarios para
    poder crear la denominada Unidad de Investigaciones Financieras
    (UNIFBO) en la Policía del Estado Bolívar. Para lo
    cual fue necesario considerar la actualidad política,
    social y económica de la Nación con la finalidad de
    entregar un producto viable técnica y
    económicamente, haciendo uso de un programa de
    gestión de los recursos disponibles y de esa manera lograr
    resultados reales, confiables, efectivos y eficientes en tiempo y
    espacio. Los resultados del presente estudio servirán de
    base para generar las recomendaciones necesarias que serán
    presentadas ante el Comando General de la Policía del
    Estado Bolívar para su evaluación y
    ejecución.

    En el presente documento se utilizó una
    terminología propia del tema y aceptada con alcance
    internacional por los organismos mundiales relacionados con el
    medio; por lo tanto, se hace necesario identificarse con la
    terminología para poder comprender con mayor claridad el
    presente Trabajo de Grado en todos sus aspectos. En primer lugar,
    es importante y necesario acotar que los términos Lavado
    de Dinero o Blanqueo de Dinero presentaban problemas de
    aceptación y alcance jurídico en los marcos legales
    nacionales e internacionales; por tal motivo los organismos
    internacionales establecieron y dieron aceptación legal,
    correcta y de alcance internacional al término

    Legitimación de
    Capitales[1].

    La legitimación de capitales, es el termino
    adoptado por el legislador de la Ley Orgánica sobre
    Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (LOSEP), en una
    reforma parcial del 30 de septiembre de 1.993, para referirse al
    delito de lavado de dinero, lavado de capitales o
    lavado de activos o blanqueo de dinero, términos estos
    usados por los organismos supragubernamentales y la
    mayoría de los países.

    La creación de la Unidad de Investigaciones
    Financieras (UNIFBO) en la Policía del Estado
    Bolívar, es un proyecto ambicioso de alcance
    multidisciplinario, que involucra el uso de lo mejor de la
    tecnología de la información como primera
    herramienta para el éxito. En sus inicios estará
    coordinada por la Fiscalía Superior del Ministerio
    Público del Estado Bolívar y en forma directa
    será útil para diferentes entes gubernamentales que
    en un momento dado operan como una única unidad de trabajo
    indisoluble e interdependiente como lo son el C.I.C.P.C., (Cuerpo
    de Investigaciones Científicas, Penales y
    Criminalísticas), la D.I.S.I.P., (Dirección General
    Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención),
    la D.I.M. (Dirección de Inteligencia Militar), la G.N.B.
    (Guardia Nacional Bolivariana), la D.E.X. (Oficina Nacional de
    Identificación y Extranjería), la Fiscalía
    General de la República, el SENIAT., (Servicio Nacional
    Integrado de Administración Tributaria), etcétera.
    En forma indirecta servirá a entes internacionales como la
    INTERPOL, el FBI (Federal Bureau and Investigation) o la DEA
    (Drug Enforcement Agency) por ejemplo, ya que llenará el
    vacío existente en el territorio nacional por la falta de
    una herramienta confiable que permita supervisar e identificar
    actos delictivos de legitimación de capitales
    foráneos y locales.

    Se trata de una figura que consiste en una plataforma de
    tecnología de punta que permite detectar situaciones fuera
    de lo normal o sospechosas en el campo financiero y de esa manera
    poder combatir el problema de legitimación de capitales;
    hay que entender que no es posible combatir a los grupos mafiosos
    e ilegales sin las herramientas tecnológicas adecuadas,
    para lo cual se hace necesario ser tan expeditos y si es posible
    más rápidos en el manejo de la información
    que la velocidad con que se mueven los grupos ilícitos en
    los procesos de legitimación de capitales.

    Desde ya hace bastante tiempo, inclusive desde antes de
    la invención de las computadoras, existía el
    problema de legitimación de capitales; pero es en estas
    últimas décadas que se ha observado un incremento
    exponencialmente significativo y acelerado de esta
    actividad, ocasionando problemas importantes en el sector
    financiero y en las cuentas de capital de las naciones en casi
    todas partes del mundo. Esta actividad es ilegal y tiene su
    raíz en los negocios obscuros que buscan hacer legal sus
    ingresos o ganancias fuera de la intervención de unidades
    reguladoras estatales, logrando tener un alcance que traspasa el
    ámbito del comercio local, regional y nacional,
    adquiriendo así una proyección internacional. En
    estos casos se trata de entidades bien organizadas, sofisticadas
    y altamente tecnificadas, que establecen imperios delictivos
    mediante el uso de diferentes herramientas para lograr un
    enriquecimiento ilícito.

    El evidente desarrollo tecnológico de estas
    últimas décadas ha impulsado el desarrollo en los
    procesos de intercambio comercial, permitiendo establecer un
    escenario caracterizado por un desarrollo económico y
    social donde los más privilegiados son las naciones
    desarrolladas, éste nuevo entorno tecnológico,
    económico y social estableció un nuevo escenario
    mundial que conocemos como la globalización y que hoy
    todavía está en creciente auge, donde nuevos
    actores hacen acto de presencia en forma impactante y
    significativa. Pero así como la tecnología
    permitió y permite el desarrollo de naciones,
    incrementando su capacidad económica y estableciendo
    mercados sin fronteras espaciales, así mismo los imperios
    del crimen organizado se han aprovechado de esta realidad para
    sus propios intereses que no guardan relación con un orden
    social y económico preestablecido y
    legítimo.

    Debido a que se trata de procedimientos no normados
    legalmente, estos capitales no son susceptibles de ser
    comprobados y declarados, por lo que no generan tributos al
    estado y deterioran sensiblemente el esquema financiero de una
    sociedad; pues al tratarse de capitales no controlados por
    ninguna banca o entidad reguladora, se convierten en capitales
    ficticios pero de impacto real o más bien se debe decir
    que se trata de dinero verdadero que se inyecta a un sistema
    financiero sin autorización de los entes reguladores y que
    por tal razón no forman parte de un reflejo real del valor
    del dinero en un momento dado y de su presencia cambiaría
    internacional, afectando significativamente la estabilidad
    económica de una nación al establecerse fugas
    de capital hacia fuera y generación de dinero
    no reciclado en el mercado interno a la vez que genera papeles
    comerciales u otras formas de dinero que no se encuentran
    respaldados por figuras reales como el oro de las arcas en las
    reservas internacionales o las monedas de la banca nacional
    reguladora.

    Debido a este incremento en el ámbito mundial de
    las actividades financieras de legitimación de capitales
    por parte de organizaciones delictivas con diferentes ordenes y
    niveles de especialización, han surgido innumerables
    situaciones difícilmente controlables que a su vez han
    generado preocupación en los distintos estratos de los
    gobiernos y sistemas financieros mundiales.

    Los primeros textos internacionales que han tipificado
    la legitimación de capitales datan de 1988. En estos
    momentos la mayoría de los países occidentales han
    establecido mecanismos de represión, es por eso que es
    importante analizar cuáles son las opciones que se han
    aplicado para organizar y estructurar el procesamiento de la
    información sobre este tipo de actividades.

    El presente trabajo de grado está distribuido en
    cuatro capítulos, el primero trata de la realidad del
    problema describiéndolo, formulándolo y avalando la
    necesidad del trabajo mediante una justificación para la
    realización de este proyecto. En el segundo
    capítulo se plantean los conocimientos teóricos y
    técnicos necesarios para entender el problema, así
    como la solución propuesta; aquí incluimos una
    recomendación de las variables e indicadores a considerar
    al momento de implantar la plataforma con personal técnico
    especializado. Para el tercer capítulo se establecieron
    las consideraciones metodológicas que garantizan la
    calidad y veracidad del texto como documento científico,
    se identificaron las estrategias, técnicas,
    población, muestra y valores de metodologías
    científicas consideradas y por considerar. En el
    último Capítulo se presento lo relacionado con la
    gestión financiera del proyecto, un análisis
    administrativo del mismo con la determinación del costo
    estimado en bolívares en referencia a una tasa cambiaria
    más estable en el tiempo como son el US$ y el Euro, de
    manera de poder ajustar la inversión en el tiempo para la
    ejecución del proyecto.

    CAPITULO I

    EL
    PROBLEMA.

    En la actualidad, muchos países del denominado
    tercer mundo en su mayoría, no cuentan con una
    infraestructura adecuada para la supervisión y control de
    capitales habidos mediante procedimientos ilícitos.
    Nuestro país no escapa de esta realidad, se detectan con
    mayor frecuencia actividades relacionadas con la
    Legitimación de Capitales, generalmente asociada con el
    narcotráfico. En general, se ha divisado a Colombia como
    el país productor de muchas drogas ilícitas que son
    exportadas a distintas naciones en el mundo haciendo uso de
    Venezuela como un puerto de distribución y donde USA es el
    principal consumidor mundial.

    En función de ello, se requiere determinar,
    qué es la Legitimación de Capitales, y según
    la convención de las Naciones Unidas contra el
    tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias
    psicotrópicas, aprobadas en Viena el 19 de diciembre de
    1988, se definió por primera vez este delito como, la
    apariencia de legalizar el dinero proveniente del tráfico
    de drogas, terrorismo y de otras actividades ilícitas, que
    buscan entrar en el sistema financiero nacional o internacional,
    a través de depósitos, colocaciones,
    transferencias, participaciones o inversiones realizadas por
    clientes naturales o jurídicos. Utilizando el sistema
    bancario y cualquier otro medio financiero, pretenden ocultar el
    origen de fondos provenientes de estos negocios ilícitos,
    dándoles apariencia de legalidad. Los modos de operar de
    estas organizaciones delictivas son incontables, sin embargo
    utilizan generalmente la informática y las
    telecomunicaciones para lograr penetrar las instituciones
    financieras; de allí es que se hace necesario poder
    identificar plenamente cuáles son los
    mecanismos empleados por éstas, para poder atacar con
    éxito dichas operaciones.

    El delito de Legitimación de Capitales, afecta
    enormemente la Macro y Micro Economía de los países
    vulnerándolas hasta el punto de originar enormes crisis
    financieras que socavan las capacidades de Negocios internos y
    externos. Por ello, en años recientes, Gobierno Nacional
    ha creado dos instrumentos legales como lo son: La Ley
    Orgánica Contra la Delincuencia Organizada (2005) y las
    Normas para la Prevención, Control y Fiscalización
    de las Operaciones de Legitimación de Capitales (Gaceta
    Oficial 178 – 2005 del 16/12/05), que aunados al
    Código Orgánico Procesal Penal (1996) y a la Ley de
    los Cuerpos de Investigaciones Científicas, Penales y
    Criminalísticas (1998), sirven de marco para la lucha
    contra este delito; y más allá permiten a los
    Cuerpos Auxiliares como lo es la Policía del Estado
    Bolívar, tener la competencia legal necesaria para
    coadyuvar en el esclarecimiento de hechos ilícitos
    vinculados a la Legitimación de Capitales.

    Por ser un delito encubierto, en muchas ocasiones
    transcurre sin ser detectado, sin embargo, las autoridades
    estadales mediante pesquisas e investigaciones de carácter
    penal han descubierto significativas operaciones de lavado de
    dinero, siendo el Cuerpo de Investigaciones Científicas,
    Penales y Criminalísticas de nuestro país el
    único ente encargado por tradición, de esclarecer
    este tipo de delito, a continuación se presentan
    gráficas estadísticas del índice de
    ocurrencia del delito de Legitimación de

    Capitales en nuestro
    país.

    Años

    Nro.
    De
    Averiguaciones
    iniciadas

    Variación % con el
    año anterior

    % del total
    acumulado

    2003

    42

    1.8

    2004

    209

    498

    8.8

    2005

    796

    381

    33.5

    2006

    1179

    148

    49.6

    2007

    1554

    132

    65.3

    2008

    2379

    153

    100

    TOTAL

    6159

    258.89

    TABLA 1. CANTIDAD DE DELITOS DETECTADOS POR
    PROCESAR

    Años

    Averiguaciones
    culminadas

    Solicitudes del
    Exterior

    Total

    Variación
    % del año anterior

    % del total
    acumulado

    2003

    5

    0

    5

    1.1

    2004

    18

    7

    25

    500

    5.7

    2005

    41

    27

    68

    272

    15.5

    2006

    41

    34

    75

    110

    17.1

    2007

    53

    32

    85

    113

    19.4

    2008

    123

    58

    181

    213

    41.2

    TOTAL

    281

    158

    439

    100

    TABLA 2 CANTIDAD DE AVERIGUACIONES CULMINADAS Entrada en
    vigencia de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia
    Organizada. Fuente: C.I.C.P.C. Div. De Operaciones
    (2008)
    [2].

    Como puede apreciarse (Ver tablas 1 y 2), para el
    período de cinco años estudiado (2003-2008), existe
    una significativa diferencia entre el número de
    averiguaciones iniciadas (6159) y el número de
    averiguaciones concluidas (281), pudiendo evidenciarse que
    aún con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica
    Contra la Delincuencia Organizada y otros instrumentos legales,
    que rigen y sancionan el delito de Legitimación de
    Capitales en nuestro país, se requiere de un esfuerzo
    conjunto de los entes que fungen con Administradores de Justicia,
    para poder controlar la grave incidencia de este
    delito.

    La situación antes descrita permitirá dar
    respuesta a la siguiente interrogante: Cuáles deben de ser
    las herramientas tecnológicas y recursos mínimos
    necesarios que deberán ser considerados, utilizados e
    instalados para poder crear la UIF (Unidad de Investigaciones
    Financieras) en la Policía del Estado Bolívar y
    así poder disponer de una plataforma que permita detectar
    en forma eficiente los distintos mecanismos de enriquecimiento
    ilícito para que puedan ser procesados por el sistema
    legal penal venezolano.

    El proyecto estará delimitado en un primer plano
    al contexto nacional, dentro del territorio geográfico del
    Estado Bolívar. Como segundo factor delimitador, se
    establecerá que el trabajo estará enmarcado
    en el contexto de la legitimación de capitales. Es por
    ello que se limitará al estudio de la forma o modalidad de
    supervisión y control de capitales habidos
    fraudulentamente, como producto de colocación en mercados
    que puede causar volatilidad e inestabilidad macro y micro
    económico de la sociedad.

    Dado que el producto que se plantea en el presente
    trabajo se ajustará a una herramienta con implicaciones
    tecnológicas de vanguardia, así como en resultados
    apoyados en un marco jurídico del entorno
    geográfico donde se utilizará, entonces se
    encontrará condicionado al hecho muy contemporáneo
    que se experimenta en nuestro País, donde el marco
    jurídico está en proceso de cambio y todavía
    se encuentra en un estado de entropía que espera alcanzar
    su estabilidad en un corto plazo.

    El universo de estudio se centrará en dos
    vertientes; la primera relacionada con los procesos de
    legitimación de capitales y la segunda centrada en el
    sistema de tecnología que luego se recomendará para
    establecer una plataforma de control y supervisión de la
    primera.

    El presente estudio será desarrollado como una
    investigación no experimental del tipo aplicado, ya que
    permitirá la creación de una Unidad de
    Investigaciones Financieras en la Policía del Estado
    Bolívar. Para ello, se requiere: Para la fase de
    diagnóstico:
    1.- Identificar las señales de
    alerta de posibles mecanismos de legitimación de
    capitales. 2.- Identificar los mecanismos mas comunes que se
    aplican para la legitimación de capitales por parte de
    sistemas, empresas y personas que practican una economía
    fundamentada en las actividades de enriquecimiento
    ilícito; y

    3.- Identificar cuales son los mecanismos de mayor
    éxito y seguros que se utilizan en diversas partes del
    mundo contra el delito del legitimación de capitales.
    Para la fase del diseño de la propuesta:
    1.-Establecer la Misión, Visión, Facultades,
    demás lineamientos y políticas a seguir, para la
    Unidad de Investigaciones Financieras de la Policía del
    Estado Bolívar; 2.- Crear una estructura organizativa para
    la Unidad de Investigaciones Financieras en la Policía del
    Estado Bolívar, y, 3.- Diseñar un Manual
    de Organización para La Unidad de Investigaciones
    Financieras en la Policía del Estado
    Bolívar.

    En consecuencia, el anteproyecto contiene
    los siguientes objetivos:

    1.
    OBJETIVOS.

    Con el desarrollo de este estudio se
    lograrán los siguientes objetivos:

    1.1. OBJETIVO GENERAL.

    1.1.1. Elaborar una propuesta para la
    creación de una Unidad de Investigaciones Financieras, y
    dar conocer cuáles serían los mejores mecanismos
    que deberían utilizarse para instalarla y ponerla en
    operación en la Policía del Estado Bolívar,
    con la finalidad de hacerla eficiente de acuerdo a los recursos
    humanos y tecnológicos disponibles, conservando la
    legitimidad establecida por el sistema legal
    venezolano.

    1.2. OBJETIVOS
    ESPECÍFICOS.

    1.2.1. Para la fase de
    diagnóstico.

    1.2.1.1. Identificar las señales de alerta de
    posibles mecanismos de legitimación de
    capitales.

    1.2.1.2. Identificar los mecanismos mas comunes que se
    aplican para la legitimación de capitales por parte de
    sistemas, empresas y personas que practican una economía
    fundamentada en las actividades de enriquecimiento
    ilícito.

    1.2.1.3. Identificar cuales son los mecanismos de mayor
    éxito y seguros que se utilizan en diversas partes del
    mundo contra el delito del legitimación de
    capitales.

    1.2.2. Para la fase del diseño de
    la propuesta.

    1.2.2.1. Establecer la Misión, Visión,
    Facultades, demás lineamientos y políticas a
    seguir, para la Unidad de Investigaciones Financieras de la
    Policía del Estado Bolívar.

    1.2.2.2. Crear una estructura organizativa
    para la Unidad de Investigaciones Financieras en la
    Policía del Estado Bolívar.

    1.2.2.3. Establecer cuáles han de ser las
    Características de diseño de la Unidad de
    Investigaciones Financieras de la Policía del Estado
    Bolívar. Con plena mención del plan de estrategias
    macro de adecuación del sistema actual a lo requerido para
    la lucha contra el delito de Legitimación de Capitales,
    así como de las acciones, estrategias y condiciones, que
    conllevan a la propuesta de un Sistema de Gestión, en el
    área de la Investigación Penal.

    1.2.2.4. Diseñar un Manual de
    Organización para La Unidad de Investigaciones
    Financieras en la Policía del Estado
    Bolívar.

    CAPITULO II

    MARCO
    TEÓRICO

    1. REVISIÓN DE
    LITERATURA.

    Luego de haber efectuado diversas entrevistas e
    investigación mediante la Internet, no se pudo localizar
    trabajo alguno relacionado con niveles de pregrado o postgrado,
    tanto en instituciones Nacionales como Extranjeras, relacionados
    con la temática, sin embargo, a continuación se
    presentan una breve sinapsis de los logros de países que
    enfrentan este delito, en materia legal y de operaciones
    policiales conjuntas en la lucha contra este flagelo.

    Debido al incremento en el ámbito mundial de las
    actividades financieras de legitimación de capitales por
    parte de organizaciones delictivas con diferentes órdenes
    y niveles de especialización, han surgido innumerables
    situaciones difícilmente controlables que a su vez han
    generado preocupación en los distintos estratos de los
    gobiernos y sistemas financieros mundiales. En estos momentos la
    mayoría de los países occidentales han establecido
    mecanismos de represión, es por eso que es importante
    analizar cuáles son las opciones que se han aplicado para
    organizar y estructurar el procesamiento de la información
    sobre este tipo de actividades.

    En 1988, el AUSTRAC (Austarlian Transaction Reports and
    Analysis Center), organismo australiano de la lucha contra la
    legitimación de capitales, se estableció para
    aplicar la ley de presentación de informes acerca de las
    transacciones financieras, de 1988. En varios
    sentidos, se parece a la FINCEN, el servicio de los Estados
    Unidos. En efecto, los legisladores australianos han establecido
    un sistema de declaración automática
    de las transacciones en efectivo y de las transferencias
    internacionales, además de la declaración de las
    operaciones sospechosas. En consecuencia, el papel de AUSTRAC
    consiste, en primer lugar, en reunir las declaraciones de las
    instituciones financieras, incorporarlas en la base de datos del
    servicio y analizarlas sistemáticamente o, en casos
    seleccionados, para detectar las operaciones ilícitas. Sin
    embargo, en la legislación se le ha encomendado
    también un papel normativo y de supervisión de la
    banca, respecto de la conformidad con las disposiciones
    jurídicas acerca de la legitimación de capitales.
    El AUSTRAC ha hecho esfuerzos particularmente importantes en
    cuanto al desarrollo y la interconexión de las bases de
    datos. Esa información es después puesta a la
    disposición de los servicios de represión o de los
    organismos gubernamentales cuyo acceso está autorizado,
    así como de los homólogos extranjeros, con los
    cuales se han concertado acuerdos.

    En año 1990, En los Estados Unidos la FINCEN
    (Financial Crimes Enforcement Network) [3]
    se estableció para servir de enlace entre el sector
    bancario y financiero, las autoridades de tutela y los servicios
    de policía. La red, integrada por aproximadamente
    200 empleados de diferentes ministerios tales como los
    servicios de aduanas, servicios tributarios, servicios secretos,
    FBI, inspección postal, Dirección de lucha contra
    las drogas (DEA), Banco Federal, etc., dependen del Departamento
    Federal del Tesoro (U.S. Departament of Treasury); el FINCEN es
    un centro de análisis de informaciones, según los
    propios términos de su primer Director, B.M. Bruh. No
    forma parte de sus atribuciones realizar investigaciones, aunque
    jurídicamente tenga la capacidad de investigar al igual
    que los demás servicios de represión. Sin Embargo,
    apoya activamente a los servicios de investigación
    brindándoles conocimientos especializados,
    información y técnicas que les permitan desmantelar
    las redes de legitimación de capitales
    aconsejándoles a todo lo largo de las investigaciones. Su
    papel principal es el de ser un órgano de reunión
    de información. En efecto, la FINCEN ha desarrollado una
    red de conexión con las bases de datos existentes,
    asimismo, ha creado su propia base de datos, principalmente
    alimentada por las declaraciones obligatorias hechas por los
    bancos. Para poder efectuar el intercambio de información
    acerca de las operaciones internacionales de
    legitimación de capitales, ha firmado acuerdos de
    cooperación con un gran número de servicios
    homólogos con ubicación en todo el
    mundo.

    En virtud de la ley de 12 de julio de 1990, en Francia,
    el servicio TRACFIN (Traitement du Reseignement et Action Contre
    les circuits Financiers clandestins) [4]
    se estableció sometido a la autoridad del Ministerio
    de Finanzas, su papel se limita a la explotación directa e
    inmediata de la información que suministra la banca. Esta,
    desde 1993, debe declarar a TRACFIN las operaciones
    que le parezcan provenir del tráfico de drogas o de alguna
    actividad de la delincuencia organizada. Se realiza entonces una
    investigación previa, que no requiere autorización
    de la policía judicial. Si existen elementos concordantes
    que permiten suponer que la operación se vincula con una
    actividad de legitimación de capitales, el expediente se
    transmite al Fiscal de la República territorial
    competente, quien decide qué curso se habrá de
    seguir.

    En Europa desde el 10 de junio de 1991 se obliga a
    declarar las operaciones sospechosas
    [5], de igual forma que en los Estados
    Unidos con organizaciones como la red de represión de
    delitos financieros (FINCEN), del departamento del tesoro de los
    Estados Unidos y Canadá con el centro australiano de
    análisis e informes sobre transacciones (AUSTRAC). Esta
    obligación de declarar operaciones sospechosas se ha ido
    incorporando progresivamente a las legislaciones nacionales. En
    el momento en que la mayoría de los países
    occidentales han establecido mecanismos de represión, es
    instructivo analizar cuáles son las opciones que se han
    aplicado para organizar y estructurar el procesamiento de la
    información sobre la actividad de legitimación
    de capitales.

    El 11 de enero de 1993, en Bélgica se crea la
    CTIF (Cellule de Traitement des Informations Financiéres),
    es un ejemplo de servicios cuya independencia está
    garantizada por al legislación, establecida en virtud de
    la ley de la misma fecha, y disponiendo de personalidad
    jurídica, lo cual le confiere una autonomía
    presupuestaria y de decisión. Según la
    legislación esa célula, sometida al control de los
    Ministros de Justicia y Finanzas, está al mando de un
    magistrado del poder judicial, perteneciente al
    ministerio público. La tarea principal de la CTIF es
    centralizar y procesar las declaraciones de sospechas. No es un
    organismo de investigación y se contenta con transmitir al
    Fiscal del Rey los casos cuyas primeras investigaciones hayan
    confirmado su carácter dudoso.

    En 1993, en los Países Bajos, en virtud de una
    Ley promulgada fue establecido El MOT (Meldpunt Ongebruikelijke
    Transsacties), que se encarga de regular las declaraciones de
    transacciones no habituales; es un organismo independiente,
    administrado por el Ministerio de Justicia pero cuyo director se
    nombra por decreto real en virtud de una recomendación del
    Ministerio de Justicia, con la anuencia del Ministro de Finanzas.
    El MOT, al igual que sus homólogos europeos, es un
    organismo encargado de reunir y analizar las declaraciones
    obligatorias. Sin embargo, la masa de información que
    recibe es más voluminosa, porque no se refiere a las
    declaraciones de operaciones sospechosas, sino de transacciones
    no habituales, una buena parte de las cuales resultará a
    fin de cuentas legítima.

    El 14 de mayo 1997[6] se expuso ante la
    Organización de los Estados Americanos, un corto documento
    denominado Documento de trabajo para el proyecto de
    constitución de la red interinstitucional contra la
    legitimación de capitales, presentado por la
    delegación de Venezuela. Este documento esbozaba la
    necesidad de establecer una red de legitimación de
    capitales en Venezuela y los organismos que deberían
    participar en ella.

    2. BASES
    TEÓRICAS.

    2.1. MECANISMOS DE PROCESAMIENTO DE LA
    INFORMACIÓN FINANCIERA EN MATERIA DE LEGITIMACIÓN
    DE CAPITALES.

    La lucha contra la legitimación de capitales
    sólo será eficaz si los servicios encargados de
    combatirlo tienen acceso a la información sobre las
    transacciones financieras y los movimientos internacionales de
    fondos y capitales en todas sus modalidades. Hasta
    un período reciente, el secreto bancario constituía
    un gran obstáculo para recopilar información
    financiera, lo cual dificultaba luchar contra las bien
    organizadas estructuras de poder económico de los
    traficantes y las organizaciones delictivas. Sin transformar a
    los banqueros en confidentes de la policía, fue preciso
    encontrar un medio jurídico que permitiese a los servicios
    de represión seguir la pista de las operaciones de
    legitimación de capitales, cuando la comunidad
    internacional reconoció la importancia de esas
    actividades. Desde finales del decenio 1980, la mayoría de
    los Estados que han aprobado una legislación sobre
    legitimación de capitales, han establecido un sistema que
    permite a las instituciones financieras comunicar a las
    autoridades ciertas operaciones bancarias y, en particular, toda
    operación que pueda encubrir en forma evidente o
    sospechosa, actos de legitimación de capitales que incluso
    muchas a veces obligan a la banca a hacerlo.

    El tipo de declaraciones que deberán presentar
    esos organismos depende de la legislación vigente.
    Podrá consistir en una declaración
    sistemática de ciertas operaciones, incluso no
    sospechosas, como la transferencia de dinero en efectivo, o en
    una declaración tan sólo de las operaciones cuyo
    contexto permita sospechar un movimiento de dinero mal habido al
    banquero u operador. En todos estos casos, esta
    declaración deberá procesarse, a fin de determinar
    con precisión si se trata de un caso de
    legitimación de capitales, para lograr la posterior
    detención de los autores y el decomiso de los bienes de
    origen delictivo.

    2.2. ESTRUCTURA DE LOS DISPOSITIVOS DE
    LUCHA CONTRA LEGITIMACIÓN DE CAPITALES.

    Estas dependerán fundamentalmente de las opciones
    adoptadas en cada país con respecto a lo siguiente: a). El
    tipo y la cantidad de información de que disponen los
    servicios de lucha; b). La estructura de la organización
    encargada de la lucha contra la legitimación de capitales;
    y c). Las funciones correspondientes a dicha
    organización.

    2.3. NATURALEZA Y ORIGEN DE LA
    INFORMACIÓN FINANCIERA.

    Este punto merecería de por sí un estudio
    completo y con mayor grado de profundidad, lo cual no es el
    objetivo del presente trabajo; sin embargo, no podemos dejar
    pasar este tema sin comentarlo, pues es parte importante de las
    bases teóricas necesarias para poder comprender y
    así desarrollar una acertada propuesta sin omitir en forma
    significativa la información necesaria que pueda
    justificar cada una de las partes del trabajo expuesto. En
    efecto, la eficiencia de los servicios de lucha contra la
    legitimación de capitales depende básicamente de la
    información que puedan recopilar y de la que éstos
    se nutren. Las unidades contra la legitimación de
    capitales pueden en realidad adolecer de una grave falta de
    información debido a la carencia de medios
    jurídicos o prácticos para recopilarla, así
    como algunas veces de una falta de imaginación para ir a
    reunirla. Pero también pueden adolecer de un exceso de
    información, que transforma al organismo de
    análisis en un órgano de almacenamiento de
    información que, a fin de cuentas sólo podrá
    utilizar cuando sepa lo que busca, lo que traduce la actividad en
    una operación correctiva sin carácter
    preventivo.

    2.3.1. La información
    emanará de tres fuentes fundamentales.

    A los fines de poder efectuar las verificaciones, en
    función de la Ley es vital poder establecer que la
    información provenga de las siguientes fuentes: a). Las
    declaraciones obligatorias formuladas por las personas y
    entidades regidas por la ley; b). Las diversas bases de datos
    informatizados a las que pueda tener acceso; y c). Los
    intercambios de información con otros servicios de lucha u
    otras administraciones.

    2.3.2. Las declaraciones
    obligatorias.

    A continuación se presentan dos
    ejemplos relativos a las declaraciones que deberán hacerse
    a las autoridades:

    a. La ley impone la transmisión
    sistemática de informaciones relacionadas al conjunto de
    las operaciones que suelen servir para la legitimación de
    capitales: en la práctica, los movimientos de fondos en
    efectivo y las transferencias internacionales de
    fondos.

    b. Las profesiones previstas en la ley sólo
    rinden cuenta a las autoridades de las transacciones que parezcan
    tener vínculo con una operación de
    legitimación de capitales: es la declaración de
    sospechas.

    2.3.3. Las declaraciones
    automáticas.

    Partes: 1, 2

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