..-Este texto es un
fragmento de la constitucion de 1869 (SXIX).
Antecedentes históricos: El siglo XIX
comienza en España con
un hecho muy importante: la revolucion del 2 de Mayo de 1808. En
ese momento reinaba en España
Carlos IV, aunque estaba retenido en Bayona por Napoleón;
los madrileños, indignados ante el hecho de ver como
Napoleon se
estaba llevando a toda la familia
real a Francia, se
levantan en armas contra los
ejércitos franceses. Como consecuencia de este
levantamiento se produjeron los fusilamientos de la madrugada del
2 de Mayo de 1808. A finales de Mayo, José Bonaparte
(hermano de Napoleón) estaba de camino hacia España
para ser coronado como Jose I. Mientras tanto, en España se
creaban las Juntas Regionales, las cuales asumieron las tareas de
gobierno y se
propusieron crear una constitución. También proclamaron
rey a Fernando VII y actuaban en su nombre. Las revueltas contra
los franceses comenzaron a dar su fruto y muchos generales como
Dupond tuvieron que retirarse. Asi, Napoleon tuvo
que venir a España y derrotó a todos los
ejércitos hasta Madrid. Allí volvió a
coronar a José I y se marchó. Mientras tanto, en
Cádiz se habían reunido las Juntas Regionales y al
mando de Floridablanca se creo la Junta Suprema Central. Alli se
comenzó a elaborar una constitución, que vió la luz en 1812; era
muy avanzada para su época y sus principales ideas eran:
la defensa de la soberanía nacional y la división de
poderes: las cortes tendrian el poder
legislativo. El poder
ejecutivo estaría en manos del monarca, y el poder judicial
correspondería a los tribunales de justicia.
De carácter católico: la Religion oficial de
España sería la católica, aunque se abole el
santo oficio (la Inquisición). Las elecciones: los
votantes deberían ser varones mayores de 25 años,
pero sólo podian ser elegidos diputados aquellas personas
que tuvisen una cierta renta. La abolicion de los
señoríos: con esto desapareció el
concepto de
vasallo y los campesinos tuvieron menos carga de impuestos.
El 4 de Mayo de 1814 Fernando VII rehusa a jurar la
constitución de Cádiz y promulga el
Decreto de Valencia, que impone el absolutismo.
Durante el reinado de Fernando VII los liberales fueron
perseguidos y condenados, aunque al final de su reinado el rey se
arrimó a los liberales moderados, llegando incluso a
perseguir a los absolutistas. Del reinado de Fernando VII tambien
hay que destacar la pérdida de todas las colonias
americanas menos Cuba y
Puerto
Rico.
En 1833 muere Fernando VII y sube al trono su jija
Isabel, que fue coronada como Isabel II. Los primeros años
de su reinado fueron de carácter moderado y la figura
más destacada será la de Narvaez, que
impedirá la entrada de ideas democráticas a
España. La politica dictatorial de Narvaez provocó
el descontento entre la población, y las masas populares, lideradas
por O´Donell, Serrano y Espartelo se pronunciaron en
Vicálvaro. Tras esto comenzó un nuevo
régimen politico de caracter
progresista, que durará solamente dos años, ya que
se acrecentó la pobreza y la
situación del pais fué a peor. Tras un corto
periodo de gobierno de
Narvez se formó la Unión Liberal, la cual
gobernó del 1858 hasta el 63. La figura más
destacada de esta unión será O´Donell; su
gobierno fue
eficaz, pero tras varios fracasos en contiendas internacionales
los progresistas reclamaron una mayor participación del
pueblo en el gobierno. Al caer
la Unión Liberal gobernaron los moderados, pero esto no
contentó a nadie. Se precipitó así la
unión de los progresistas, demócratas y
republicanos, y en Septiembre de 1868 comenzó una
revuelta, llamada "La Gloriosa", que provocó la huida de
la reina. Tras la revuelta se formó un gobiero y se
elaboró una constitución, la de 1869 Tras un periodo de
incertidumbre la corona fue ofrecida a Amadeo de Saboya, que fue
coronado cómo Amadeo I.
La Constitución de 1869: Como ya hemos
visto, la constitución de 1869 surge a raiz de la revolución
de 1868, en la que participan militares como Prim y Serrano o
civiles como Pi Margal y Castelar. Esta revolución
surge ante el descontento general por la situación
politica española, y es posible gracias a la unión
de progresistas demócratas y republicanos, pero
también contribuyeron causas como la crisis
económica tras la guerra de
secesión de Estados Unidos.
Esta constitución será la última de caracter
progresista y liberal en mucho tiempo, y se
acerca mucho a la de 1812. Lo más destacado es el sufragio
universal masculino, muy distinto a aquel sufragio de clases que
sólo favorecía a la burguesía rica (Art 40,
que refleja éste cambio ya que
ya no son sólo aquellas personas que superan unas ciertas
rentas las que pueden llegar a ser elegidas diputado).
Con respecto a la anterior constitución (la de
1845) observamos como ahora el poder vuelve a
residir en la nación (Art 33) y cómo hay
separación de poderes (Art 34), aunque el monarca sigue
conservando algunos. En esta constitución apreciamos una
politica mucho más centralizadora. No es la primera vez
que se lleva a cabo algo así. Ya hemos visto como
éste tipo de politica centralizadora ocasionó
grandes problemas: las
Guerras
carlistas y la independencia
de las colonias americanas. Este siglo fué muy ajetreado
para España, ya que se fueron alternando los gobiernos
conservadores y los progresistas y se producían radicales
cambios de gobierno en un
muy corto periodo de tiempo. Asi, de
la constitución de 1845, de carácter conservador,
que no reconoce la separación de poderes, se pasa a la de
1869, muy cercana a la de 1812 de carácter progresista,
con reconocimento de la separación de poderes.
En sus primeros párrafos, recalca el deseo de
afianzar la justicia, la
libertad y la
seguridad. Se me
ocurre comparar este deseo con el que expresa el lema de la
Revolución
Francesa: igualdad,
libertad y
fraternidad. Parece que la fraternidad y la igualdad no
casaban muy bien en un país donde la monarquía
seguía siendo muy poderosa como institución; de
hecho, después de una turbulenta historia en el siglo XX,
España ha vuelto a ser una monarquía.
Por otra parte, habla exclusivamente de la
Nación, y no se refiere a las diferentes regiones que la
componen, lo que refuerza las tendencias centralistas que
trajeron los Borbones a España, que a su vez exacerba los
nacionalismos. A pesar de afirmar que la soberanía reside en la Nación, es
una constitución que no renuncia a la monarquía y
que le da al Rey potestad para promulgar y sancionar las leyes.
Art. 32.– Dice que es la nación la que
tiene la soberanía y de ella emanan todos lo
poderes. Esta idea de la soberanía en manos de la nación no
es en absoluto nueva, ya estaba presente en la
constitución de 1812, pero no fue muy estable, ya que era
demasiado radical y los moderados no podían consentir esto
y se cambiaba en unas y otras constituciones (ver cuadro
2)
Art. 33.- LA forma de Gobierno es la
monarquía. Aqui vemos como a pesar de hacer reformas
profundas en el pensamiento
politico y dar el poder al
pueblo, los liberales progresistas no se atreven a suprimir la
monarquía, siendo España una pais católico y
muy tradicional.
Art. 34.- Aqui se ve patente la separación
de poderes, ya que la potestad de hacer leyes reside en
las Cortes, que estaban formadas por gente del pueblo, pero sigue
muy presente el poder del rey
al poder
éste sancionar las leyes.
Art. 40.- Remarca la importancia de que el
poder lo tiene
la nación, ya que los senadores y dipiutados representan y
defienden a toda la nación y no sólo a una
minoría rica o noble.
Art. 66.- Este artículo es muy importante,
ya que antes de proclamarse este sufragio universal masculino
sólo votaba una minoría burguesa adinerada y los
diputados eran parte de este pequeño círculo, con
lo que se representaban asi mismos. Ahora, al votar todos los
hombres mayores de edad, podían salir elegidos otro tipo
de diputados. Podemos decir que este artículo supone un
importante paso hacia la democracia;
sólo faltaba el voto de las mujeres, cosa impensable para
aquella época.
Autor:
EXotIC