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Cómo sería el derecho penal en una sociedad Anarquista?




Enviado por cesarcermeno



    AL LECTOR :

    Este ensayo es una
    reflexión que es iniciada por la pretensión de
    responder a la pregunta : Cómo podría ser el
    sistema de
    imposición de sanciones penales para actos en detrimento
    de los bienes
    jurídicos de las personas integrantes de una sociedad
    perfecta ?. Cabe aclarar, y es oportuno hacerlo desde el
    primer momento, que entiendo por sociedad perfecta
    a una sociedad
    anarquista. Este punto será neurálgico a lo
    largo de todo nuestro trabajo pues es sobre esta cuestión
    donde girará nuestro escrito.

    Como reflexión que es nuestro ensayo
    solicita de parte de usted, el lector, una comprensión del
    mismo como un texto
    teórico, sin pruebas ni
    constataciones pragmáticas ni empíricas, que
    trasciende la realidad cotidiana. Este documento tiene
    simplemente como función y objeto el inicio de un
    ejercicio intelectual, que como tal debería ser solamente
    el primer grano de arena, para considerar otras perspectivas y
    percepciones del papel que
    cumple – y debe cumplir – el derecho penal en
    diversas situaciones, sociedades y
    sistemas.

    El carácter de teórico de este
    ensayo se
    fundamenta en una impresión que bien fue constatada por
    H.L.A. Hart cuando afirmó que estamos acostumbrados a
    creer que un libro
    teórico es un libro en donde
    alguien recoge citas, textos, notas y frases de otros autores
    para, luego de haberlos citado, llegar a una definitiva
    conclusión que abarque todo lo dicho anteriormente. Pues
    bien, sin ánimo de demeritar los textos de derecho penal que
    se limitan a recoger citas de autores o diferentes líneas
    o corrientes de acercamiento a determinadas instituciones
    del derecho considero que, en este ámbito, serviría
    y podría aportar mucho más, para el ejercicio de
    reflexionar sobre el papel del
    derecho penal,
    una teoría
    descriptiva de situaciones hipotéticas que un texto de
    citas.

    Hemos escogido el anarquismo como objeto de
    trabajo para esta reflexión porque partimos del supuesto
    de que tratar de unir dos líneas de pensamiento
    tan radicalmente distintas en justificación y fundamento
    puede conllevar a resultados más interesantes, e incluso
    sorprendentes, para la teoría
    del derecho penal que
    estudiar formas de análisis muy definidas y coincidentes con
    la rama del derecho en estudio.

    Este ensayo, por
    cuestiones metodológicas, es desafortunadamente muy
    limitante pero consideramos que más importante que lo
    escrito es lo que puede dejar para pensar su lectura
    misma.

    Procedemos entonces a estudiar la estructura que
    se seguirá a lo largo del ensayo :

    En primer lugar analizaremos lo que es el
    anarquismo. Este es un elemento constitutivo indispensable pues
    este ensayo carecería de toda coherencia y rigurosidad si
    no explicáramos a la parte activa del mismo, el lector, lo
    que entendemos por anarquismo.

    Otra parte esencial de nuestra labor escrita es la
    de explicar en qué consiste la sociedad
    perfecta, que aquí hemos optado por llamar anarquista,
    pues de nuestra acepción de concepto y de su
    correcta descripción dependerá nuestras dos
    últimas partes.

    Como último, trataremos el tema central del
    ensayo. Este tema será planteado en forma de pregunta
    normativa en un principio -en forma de deber ser – para ser
    desarrollada en forma descriptiva pero respondiendo a la misma –
    en forma de es – porque al describir este derecho en nuestra
    sociedad perfecta estaremos diciendo como éste debe jugar
    allí. Cabe recordar aquí el carácter de
    creación teórica de nuestra sociedad pues esta
    "descripción" desafortunadamente, en concepto del
    autor, solamente puede ser concebida
    hipotéticamente.

    Esperando satisfacer las expectativas del lector
    frente al ensayo, lo invito cordialmente a iniciar su lectura…

    QUE ES EL
    ANARQUISMO ?

    Ofreced flores a los rebeldes que
    fracasaron

    Vanzetti

    Según Joll, el anarquismo, aunque
    constituye un fenómeno propio del siglo pasado y de la
    mitad de éste, el tipo de revuelta que propugna tiene
    más lejanos antecedentes. Se considera que Zenón y
    los estoicos, los heresiarcas gnósticos y los anabaptistas
    son los padres del moderno movimiento
    anarquista y que realmente y hasta cierto punto se puede hablar
    en sentido preciso de pensamiento y
    acción anarquista en el seno de aquellos movimientos
    matizados por una revuelta o convulsión religiosa y
    social. En los anarquistas coexiste la fe en la posibilidad de
    una transformación súbita y violenta de la
    sociedad, con la confianza en el buen juicio de los hombres y su
    aptitud para llegar a un estado de
    mejora y perfección. Son, por un lado, los herederos de
    aquellos utópicos movimientos religiosos milenarios que,
    convencidos de la inminencia del fin del universo,
    esperaban confiados la admonición de que "sonarán
    las trompetas y en un solo instante, en un abrir y cerrar de
    ojos, todo cambiará"; herejes que postulan un alejamiento
    del mundo terreno y que supone una crítica a los valores
    que priman en este mundo. Por otro lado, aparecen también
    como los hijos de la Era de la Razón. (En cierta
    ocasión Metternich llamó a Proudhom hijo
    ilegítimo de la Ilustración). El anarquismo es, en un mismo
    tiempo, fe
    religiosa y filosofía racional. Se trata de individuos que
    sitúan la fe en la razón, el progreso y la
    persuasión amistosa, dentro de los límites que la
    lógica
    señala. Las anomalías que se presentan en su
    interior son consecuencia del choque entre ambos caracteres y de
    la colisión de tensiones diamantes de los diversos
    temperamentos que representan.

    Sin embargo, en esta parte del ensayo hablaremos
    del anarquismo como filosofía más que de movimiento
    social o histórico pues precisamente nuestra
    intención no es la de "terrenalizar" el anarquismo sino de
    dejarlo como una línea de pensamiento o
    teoría.
    Precisamente, desde este punto de vista, podemos decir que,
    concretamente y como nos recuerda la Enciclopedia Quillet, en una
    de sus ediciones, el anarquismo es el Sistema
    político y filosófico, basado en el ideal de una
    sociedad sin gobierno,
    etimológicamente la palabra anarquía es derivada
    del griego AN -no, sin, falta de y ARKIA -gobierno. "Hay
    varios tipos de anarquismo, y sus ideas difieren respecto a
    la
    organización de una nueva sociedad. Todos tienen en
    común que el estado
    deber ser sustituido por una sociedad sin clases y sin violencia
    (fuerza
    restrictiva, represión). Es precisamente debido a nuestra
    creencia en la libertad que
    nos negamos a establecer pautas muy cerradas. Sólo
    ofrecemos modelos
    posibles que se apoyan en la evidencia del día a
    día". Es precisamente esta cita la que nos recuerda que de
    una manera deliberada, y en contra del querer de todos los
    anarquistas, se ha generalizado otra acepción del vocablo.
    Anarquía, en general, es entendida como sinónimo de
    desorden, de caos. Anárquico es interpretado como algo
    desordenado, caótico. El anarquismo jamás es
    definido como ideal de una sociedad sin gobierno, sino
    como un movimiento
    compuesto por individuos violentos, propensos a utilizar, en todo
    momento, del terror, de la intimidación para imponerse en
    la sociedad y para entablar la lucha con sus superiores
    jerárquicamente.   Sin embargo el anarquismo es una
    filosofía social basada en la libertad del
    hombre, en el
    pacto o libre acuerdo de éste con sus semejantes y en
    la
    organización de una sociedad en la que no deben
    existir clases ni intereses privados, ni leyes coercitivas
    de ninguna especie. El hombre,
    movido por sus dos instintos paralelos, el egoísmo y el
    altruismo, que con él nacen y en él viven, sin
    imposiciones ni educaciones destinadas a dominarlo y a malearlo,
    sabrá, por egoísmo, ponerse de acuerdo con los
    demás hombres, para facilitar su trabajo, su defensa y el
    medio en que debe desenvolverse, y, por altruismo, sabrá
    aportar su apoyo solidario a los más débiles y
    desvalidos "Los anarquistas mantienen que la anarquía, la
    ausencia de soberanos, es una forma viable de sistema social y
    funciona para llevar al máximo la libertad
    individual y la igualdad
    social. Ven los fines de libertad e
    igualdad en
    mutuo apoyo…Los anarquistas son antiautoritarios porque creen
    que ningún ser humano debe dominar a otro. El dominio es
    intrínsecamente degradante y rebajador, puesto que somete
    la voluntad y el juicio del dominado a la voluntad y al juicio
    del dominador, destruyendo así la dignidad y el amor propio
    que solo vienen de la autonomía personal.
    Más aún, la dominación hace posible y
    generalmente lleva a la explotación, que es la raíz
    de la desigualdad, la pobreza y la
    crisis
    social." Los anarquistas parten del supuesto de que las personas
    deben buscar sus fines sin concentrar su atención en
    situaciones estatales, satisfaciendo sus necesidades restringidos
    solamente por los parámetros morales. Pero estos
    parámetros no son parámetros impuestos ni
    indiscutibles. Son parámetros dinámicos,
    pluralistas y libres de discusión. Algunos anarquistas han
    afirmado no sólo que estaríamos mejor sin un
    Estado, sino
    que cualquier Estado, con
    sus ordenamientos, viola necesariamente los derechos morales de los
    individuos y, por lo tanto, es intrínsecamente inmoral.
    Los anarquistas miran al Estado como al
    enemigo, como al ser a acabar, como al ser que nos limita y nos
    acribilla. Según Nozick, el anarquista ´sostiene que
    cuando el Estado
    monopoliza el uso de la fuerza en un
    territorio y castiga a otros que violan este monopolio y
    cuando da protección a otros forzando a algunos a comprar
    protección para otros, viola las restricciones indirectas
    sobre cómo deben ser tratados los
    individuos… El Estado
    concede que en ciertas circunstancias es legítimo castigar
    a las personas que violan los derechos de otros, puesto
    que él mismo lo hace así. ¿Cómo es
    que, entonces, se arroga para sí el derecho de prohibir la
    exigencia privada de justicia por
    parte de otros individuos no agresivos, cuyos derechos han sido violados?
    ¿Qué derecho viola el particular que reclama
    justicia, que
    no sea violado también por el Estado
    cuando éste castiga?.

    La generación que siguió a la
    revolución
    francesa -cuyo desenlace dejó flameante las palabras
    LIBERTAD,
    IGUALDAD,
    FRATERNIDAD que fueron ideales cercanos al anarquismo –
    desarrolló nuevas utopías visionarias que
    sacudieron el panorama de lo establecido-. De los hijos
    anarquistas de esta revolución
    el más destacado -sin lugar a dudas- es el francés
    Proudhon – célebre por la frase ´¿qué
    es la propiedad?, la
    propiedad es
    un robo´ y es precisamente el concepto de
    propiedad otro
    de los estandartes de la sociedad que es atacado sin misericordia
    por los anarquistas.

    Hay un autor inglés
    que partiendo de los lugares comunes utilizados por los
    postulados filosóficos del siglo XVIII, elaboró el
    cuerpo de anarquismo racional más perfecto y acabado de
    cuantos se hayan podido jamás dilucidar; su nombre era
    William Godwin, nacido en 1756 y quien murió a los ochenta
    años. Godwin afirmó que los sistemas
    políticos, sociales, jurídicos y económicos
    sólo sirven para mantener al hombre
    ignorante de sus intereses y encadenarle a sus vicios. Godwin
    propone abolir la propiedad para
    que el hombre
    pueda conseguir la libertad. La independencia
    natural de voluntad es suficiente para que los acuerdos de los
    hombres sean válidos y no necesiten de ordenamientos
    jurídicos ni de leyes.

    Kropotkin, quien ha sido el más
    estructurado de todos los anarquistas, afirmaba que las
    únicas limitaciones a la libertad son las que el propio
    individuo se dictamina y que el Estado
    tiene como función proteger al hombre, pero
    que en la realidad lo coarta y lo reprime y que sus leyes son
    inmorales porque violan la libertad individual.

    La visión de los anarquistas sobre la
    libertad nunca pudo imponerse; sin embargo, sus representantes no
    sólo nos dejaron una crítica que es interesante
    reflexionar, también nos dejaron soluciones,
    como la de Fourier que afirma que se debe adaptar al mundo a las
    condiciones y necesidades humanas, que se deben establecer
    leyes dictadas
    por cada quien para el beneficio de los demás y que debe
    haber concientización primero para que se vean los
    resultados después.

    El anarquismo es entonces mezcla de utopía
    y crítica. Es el estado ideal
    imaginario consecuencia directa de las frustraciones y sinsabores
    de la práctica y realidad. Como nos decía
    Proudhon : "The highest perfection of society is found in
    the union of order and anarchy" pero un orden no estatal ni
    arbitrario, un orden no limitante ni castrador ; una
    anarquía no como sinónimo de desorden y violencia sino
    de paz, dominio de la
    razón y respeto al
    prójimo y es esta bella utopía la que estudiaremos
    en las páginas subsecuentes cuando analizaremos más
    detalladamente lo que es una sociedad derivada de los principios de la
    filosofía anarquista.

    LA SOCIEDAD PERFECTA

    "En primer lugar creemos que la sociedad necesita
    ser dividida en núcleos menores siempre que sea posible,
    para que puedan ser dirigidos por grupos
    pequeños de gente corriente. Es un rasgo notable en cuanto
    a teoría
    de la
    organización, así como un principio
    básico del anarquismo, que los grupos
    pequeños trabajan juntos de forma eficaz y son capaces de
    coordinarse con otros grupos parecidos,
    mientras que los grupos informes y a
    gran escala son
    fácilmente manipulables. Dentro de este mismo punto es
    interesante señalar que recientemente, las famosas
    "economías de escala" que
    justifican por ejemplo las fundiciones que cubren
    kilómetros cuadrados, están siendo altamente
    cuestionadas. Llega un cierto punto en que las fábricas,
    granjas, los sistemas
    administrativos y demás, pierden eficacia a medida
    que se hacen más grandes." Es este concepto de
    comunidad
    pequeña uno de los rasgos fundamentales en la
    concepción anarquista de sociedad que se basa en la
    dinámica de las asociaciones
    espontáneas, según Habermas esta idea permite que
    los postulados anarquistas se desarrollen sin burocracia y con
    mayor facilidad comunicativa. Partiendo de lo anterior, una
    sociedad anarquista sería una pequeña comunidad fundada
    en relaciones de respeto y
    solidaridad
    regidas por la razón y sentido social. Sería una
    comunidad
    donde los hombres concibieran sus relaciones inter personales en
    términos de respeto, seguridad,
    confianza y, sobre todo, libertad. Sería una comunidad local
    en donde todos los miembros serían dueños de los
    recursos y
    servicios
    comunes, una sociedad sin necesidades básicas
    insatisfechas pero tampoco con consumismos ni derroche. Una
    sociedad igualitaria, socialista – no comunista – y respetuosa de
    los valores
    humanos reconocidos por la razón y el sentir de todos
    sus miembros. Esta sociedad no tendría estructuras
    políticas, no tendría
    jerarquías – todos seríamos administradores,
    planeadores y ejecutores de las pocas instituciones
    que deberían sobrevivir – ni autoridades – ergo, no
    habría abusos de autoridad -,
    no habría relaciones de poder, de
    superior – inferior, nadie sería subalterno, subyugado ni
    subordinado. No habría más ley que la
    dictaminada y claramente determinada por el raciocinio de
    cualquier miembro de la comunidad. En
    esta sociedad el culto es a la razón y no a un
    dios.

    Esta concepción de la sociedad – sin
    clases, sin restricciones, sin dirigentes, sin dictaduras, sin
    imposiciones, sin envidias ni egoísmos – es la que, a mi
    parecer, es la sociedad perfecta. De las sociedades que
    reconocemos política
    autoritarias y democráticas -, ideológica –fascismo,
    izquierdismo, neutralismo – y económicamente – comunista y
    capitalista – es la que, por exclusión, me convence. Pero
    que, para evitar que los hombre la
    corroan – como en algunas oportunidades ya lo han hecho –
    prefiero que nunca se trate de concretar en la tierra y
    continúe siendo un sueño etéreo
    inconcretable.

    COMO DEBE SER EL DERECHO PENAL EN UNA SOCIEDAD
    PERFECTA ?

    El policía me detuvo en nombre de la
    ley

    y yo le golpeé en nombre de la
    libertad.

    Clemente Duval.

    "Poseemos concepciones universales acerca de la
    constricción : no deseamos que nadie nos impida
    hablar, ver, escuchar, dormir, tragar o expeler, ir a donde
    queramos ; sufrimos si alguien nos ata o nos segrega, si nos
    golpea, hiere o mata, si nos somete a torturas físicas o
    psíquicas que disminuyan o anulen nuestra capacidad de
    pensar… esta semántica se ha convertido en la base para
    una ética : debemos, ante todo, respetar
    los derechos de las
    corporalidades ajenas, entre los que se cuentan también el
    derecho a hablar y pensar" Esta reflexión de Umberto Eco
    nos recuerda que cuando los demás entran en escena nace la
    ética ; nuestros derechos terminan donde
    comienzan los de los demás.

    Precisamente ese debería ser el principio
    fundante de un derecho penal de una sociedad anarquista,
    sería el principio y valor magno de
    una sociedad como la descrita anteriormente. Nadie debe hacer a
    otro lo que no quieren que le hagan a él. Este principio,
    remoto y que se encuentra en varios órdenes tanto morales
    o jurídicos, es el principio que debería reinar en
    la conciencia
    colectiva en los términos descritos.

    Porque es que esa libertad no es libertad de hacer
    lo que se quiera ; es la libertad de dirigir nuestras vidas
    en lugar de que nos manipulen. Pero así como existe
    prohibición tácita a la manipulación existe
    mandato casi expreso a la conservación y respeto de los
    bienes de los
    demás, de los otros. Por esto es que el anarquismo no es
    individualista, precisamente es solidario y social. El anarquismo
    depende de la confianza en el otro porque en virtud de su
    respeto a mis
    derechos y de reciprocidad es que ésta forma de sociedad
    puede perdurar. El anarquismo es una filosofía sin reglas,
    pero eso no quiere decir que un territorio anarquista sea un
    territorio sin respeto y con licencia para delinquir y
    dañar a los demás.

    Pero qué pasa si un miembro de la sociedad
    perfecta, y es muy probable que alguien lo haga, viola, perjudica
    o comete una acción en detrimento del bien jurídico
    de otro integrante de ésta ? La respuesta se esconde
    detrás del raciocinio del argentino Rafael Barret quien
    definió con estas palabras profundas la posición de
    los anarquistas en este sentido: "Un hombre
    normalmente constituido, en posesión de todas sus
    facultades, sano, libre, con todos los medios a su
    alcance para vivir feliz, no será malo y buscará la
    sociedad de sus semejantes, ya que el hombre,
    como especie, es sociable, necesita la compañía de
    los demás hombres para desarrollarse y vivir
    armoniosamente". Por lo que en un medio social territorialmente
    limitado, el hombre
    social rousseaniano deberá buscar al otro como
    reconocedor, en términos sartreanos, de su propia
    existencia por lo que el medio de sanción a este castigo
    no puede fundamentarse en ninguna jerarquía ni autoridad,
    simplemente implícitamente estaría asentada en la
    conciencia
    colectiva de los anarquistas que una persona
    merecedora de su aceptación en tal sociedad deberá
    compartir estos postulados anarquistas cuidados bajo la sigilosa
    mirada de la razón. Por todo esto a esta sociedad es a
    quien le corresponde sancionar esos delitos contra la
    integridad de los bienes de los
    demás integrantes de la sociedad.

    Como medida autolegitimadora, los anarquistas no
    verían al agresor como delincuente, pues no son ellos los
    autorizados para determinar quien hace el bien o el mal,
    simplemente éste sería un no – anarquista. No se
    acusaría a nadie por no ser anarquista pues cada quien
    sería libre de pensar lo que quisiera. La persona que
    tácitamente fuera excluido por el silencio y la
    indiferencia de la sociedad anarquista no sería rechazado
    por no compartir la filosofía anarquista sino por haber
    agredido a un miembro de esta sociedad lo que le quitaría
    el rango de perteneciente a la comunidad – y es precisamente a
    éste a quien llamamos no – anarquista -. Un no –
    anarquista- no merece el reconocimiento ni el trato de un
    anarquista. Pero este derecho no excluiría, como
    podría pensarse, la actividad probatoria pues nadie
    podría ser acusado por la sociedad como no – anarquista
    sin saber con certeza que fue él quien cometió el
    acto reprochable por la sociedad. Sería injusto someter al
    ostracismo absoluto a una persona que es
    inocente de el acto que se le imputa. Por eso se crearía,
    en lugar de leyes,
    policía u órgano represivo, un ente que
    vigilaría permanentemente que a quien se acusa es quien es
    el responsable del acto. Sería un ente investigador que,
    bajo la certeza absoluta – si no, prima el principio de
    favorabilidad – de la responsabilidad del acusado daría a conocer
    la
    personalidad, nombre y delito
    específico causado.

    El lector podría preguntar : por
    qué los anarquistas quieren rechazar a quien
    cometió un delito, en
    sentido anarquista, si ellos mismos rechazan la
    imposición, el orden, el castigo y la
    segregación ? La respuesta hay que plantearla en
    términos del siguiente razonamiento : El
    transgresor de los principios de
    respeto es una amenaza para la libertad del otro. Es una amenaza
    para toda la sociedad en general pues nada impide que repita su
    acto particular con cualquiera. Los anarquistas no rechazan el
    orden como tal : rechazan es el orden impuesto, el
    orden no discutible y es esa la función del derecho penal
    anarquista : proteger y prevenir que nadie me ataque puesto
    que así como yo respeto la libertad y estaría
    dispuesto a morir por defender este valor nadie
    puede atribuirse la competencia para
    violarme algún derecho o hacerme daño al igual que
    nuestra sociedad anarquista nunca hará daño a sus
    asociados ni impondrá deber alguno. Pero una cosa es
    respetar al prójimo y otra cosa muy diferente es
    permitirle llevar a cabo acciones en
    detrimento de nuestra libertad. El violador y corruptor de la
    tranquilidad del Estado anarquista no merece el reconocimiento ni
    la posibilidad de seguir siendo considerado como parte de
    éste : debe no ser parte de la comunidad, debe ser
    destituido como anarquista. Pero esta competencia de
    exclusión no nos la atribuimos como absolutos soberanos
    sino como miembros de una sociedad en la que no escuchamos ni
    vemos a quienes no son recíprocos con nuestro respeto a su
    libertad e integridad. Desde este punto de vista nuestra actitud no es
    de castigo ni sanción simplemente es una consecuencia
    directa para el autor de la violación cometida. Esto no es
    segregación, es evitar que un individuo que representa un
    peligro para la vida comunitaria siga entre nosotros : le
    damos la oportunidad de vivir en otro espacio de ámbito
    social.

    Desafortunadamente debemos terminar el ensayo a
    estas alturas debido a los límites metodológicos
    establecidos para su elaboración, por esto podemos
    concluir el mismo enumerando someramente los fines que
    tendría las consecuencias de un delito en una
    sociedad anarquista – analógicamente, guardando
    distancias, con el concepto de "los
    fines de la pena" en derecho penal colombiano
    - :

    1. Función Preventiva : Prevenir
      posibles futuras violaciones a los bienes
      jurídicos de los integrantes de una sociedad
      anarquista.
    2. Función Concientizadora :
      Concientizar a los causantes del menoscabo que se le dio una
      oportunidad de vivir en una sociedad libre y autodeterminada,
      en donde él tenía todos sus derechos en plenitud
      pero que en ninguna sociedad, mucho menos en esta, está
      permitido el desprecio por el valor de la
      persona
      humana.
    3. Función Distributiva : Reponer, en
      el caso de las lesiones menores, el menoscabo sufrido por la
      víctima de la transgresión.
    4. Función Pedagógica : Es la
      misma concientizadora pero teniendo como sujeto pasivo a la
      comunidad pues es ella la que debe ser consciente de que el
      prójimo merece tanto respeto como ella
      misma.
    5. Función Solidaria : La comunidad
      daría muestras de ejemplar solidaridad al
      unirse contra quien ignoró sus valores
      inherentes para asegurarse ella misma que su existencia
      perdurará.

     

     

    Autor:

    Cesar Camilo Cermeño

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