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Glosario de Economía




Enviado por directum



    Vocabulario
    Adicional

    A

    A LA PAR

    Expresión relativa a los títulos de crédito, especialmente a los emitidos en
    serie que se utiliza cuando su valor efectivo
    es igual a su valor nominal,
    bien sea en el momento de la emisión o posteriormente, en
    su negociación.

    ABONAR

    Anotar en las cuentas las
    diferentes partidas que corresponden al haber. Una cuenta se
    abona cuando aumenta el pasivo, cuando aumenta el capital o
    cuando disminuye el activo. Hacer pagos parciales a cuenta de un
    adeudo. Registrar los ingresos
    percibidos como una utilidad diferida
    o postergada, sin computarla entre los beneficios realizados,
    hasta el momento en que el servicio se
    presta.

    ABRIR LOS LIBROS

    Registrar en un libro mayor,
    uno o más asientos de diario, relativos a activos, pasivos
    o las cuentas de
    capital de una
    empresa, al
    comenzar ésta sus actividades, o después de una
    reorganización, o cuando se instala un nuevo sistema contable.
    Abrir nuevamente las cuentas de
    activo, de pasivo y de capital, al
    comenzar un periodo contable, bien sea por un asiento de diario o
    traspasando los saldos existentes a una nueva cuenta, al cierre
    del periodo inmediatamente precedente, después de haber
    cerrado las cuentas.

    ABROGAR

    Privar totalmente de vigencia una ley, reglamento o
    código. Dejar sin efecto una disposición legal que
    puede ser expresa, por una disposición específica o
    en virtud de un precepto contenido en una disposición
    posterior; o puede ser tácita, es decir, resultante de la
    incompatibilidad que existe entre las disposiciones de la misma
    ley y de la
    anterior.

    ABSORBER

    En contabilidad
    se utiliza esta palabra para referirse a la operación
    mediante la cual, una o más cuentas se hacen
    cargo o reciben el saldo deudor o acreedor de otra o de
    otras.

    ACCESORIOS

    Ingresos
    captados por el Gobierno Federal
    derivados del incumplimiento de las obligaciones
    fiscales por parte de los contribuyentes tales como recargos y
    multas. Dicho concepto se ubica
    en el Artículo 1, Fracción I, Inciso 10 de la
    Ley de
    Ingresos de la
    Federación, y se integra por los incisos siguientes:
    gastos de
    ejecución, recargos, sanciones, e indemnizaciones,
    (cheques
    girados por contribuyentes y no cobrados por las autoridades
    fiscales correspondientes).

    ACCION

    Hecho por medio del cual se ejecutan los proyectos y
    actividades de la administración. Se aplica también
    para establecer divisiones del trabajo o para distinguir o
    diferenciar algunos actos especializados, como son: acción
    administrativa, acción política,
    acción técnica, y acción de reforma
    administrativa, entre otros.

    Cada una de las partes en que se considera dividido el capital social
    de una sociedad
    anónima o de una sociedad en
    comandita por acciones.
    Título de crédito
    que sirve para acreditar y transmitir la calidad y los
    derechos de
    socio, en esta clase de sociedades.

    La acción posee tres valores:
    nominal, contable y de mercado.

    El valor nominal
    es aquél que resulta de dividir el capital social
    entre el número de acciones de
    la empresa en
    un determinado momento.

    El valor contable
    de una acción es aquél que resulta de dividir el
    capital contable entre el número de acciones de
    la empresa en
    un determinado momento.

    El valor de
    mercado es
    aquél que la oferta y la
    demanda
    determinan en cierto momento y con cierto volumen de
    operaciones.

    ACCION ACUMULATIVA

    Son los títulos preferentes que dan derecho a un dividendo
    mínimo garantizado del cinco por ciento en la inteligencia
    de que si en algún ejercicio social no hay utilidades, o
    las obtenidas son inferiores a dicho porcentaje, se
    cubrirá éste en los años
    siguientes.

    ACCION BURSATIL O CON LIQUIDEZ

    Es aquel título que tiene una amplia aceptación en
    el mercado de
    valores, registrando un elevado índice de operaciones y
    garantizando su liquidez inmediata. La acción más
    bursátil es aquélla que registra un mayor
    número de operaciones en
    bolsa.

    ACCION CAMBIARIA

    La que se ejercita por falta de aceptación parcial o
    total, por carecer de pago parcial o total, o cuando el girado o
    el aceptante de una letra de
    cambio fueron declarados en estado de
    quiebra o de
    concurso.

    ACCION COMUN U ORDINARIA

    Parte proporcional del capital en una empresa que
    otorga el derecho al tenedor sobre una parte de las utilidades o
    sobre remanentes de los activos de
    la empresa una
    vez que se haya pagado a los acreedores y a los accionistas
    preferentes, en caso de liquidación.

    ACCION DE CRECIMIENTO

    Es el título a través del cual la empresa suele
    reinvertir las utilidades que garantizan el crecimiento y
    éste se manifiesta en los precios a que
    cotiza en bolsa.

    ACCION DE INDUSTRIA O
    TRABAJO

    No son acciones
    propiamente dichas, dado que no forman parte del capital social,
    sin embargo se les denomina así a aquéllas que se
    otorgan a empleados o funcionarios que trabajan dentro de una
    empresa.

    Se pueden emitir acciones
    especiales de industria o
    trabajo, cuando así lo estipulen las escrituras sociales
    de la empresa, a
    favor de aquellas personas que presten sus servicios a la
    sociedad. En
    estas acciones se hará constar que son intransferibles y
    además todas las normas respecto a
    la forma, valor y otras condiciones que les correspondan.

    La utilidad a que
    dan derecho estas acciones, es adicional a la
    participación de utilidades que por ley les
    corresponde a los trabajadores.

    ACCION DIRECTA

    Derecho que tiene el tenedor de una letra de
    cambio para exigir a los obligados el pago del importe de la
    misma y de los accesorios legales. Se dice que es directa la
    acción cambiaria cuando se ejercita contra el aceptante o
    sus avales.

    ACCION EN TESORERIA

    Son los títulos nominativos de una empresa que no
    han sido suscritos.

    En las sociedades
    anónimas de capital fijo, las acciones en tesorería
    son aquéllas que no están suscritas al momento de
    su constitución, sino que del total del
    capital social emitido, únicamente se suscribe el
    mínimo legal, el que siempre se mantiene en
    depósito en el Instituto para el Depósito de
    Valores
    (INDEVAL). En las sociedades
    anónimas de capital variable también es frecuente
    encontrar al capital social autorizado o emitido no suscrito.

    Las sociedades
    anónimas no pueden adquirir sus propias acciones, salvo
    por adjudicación judicial en pago de créditos de la
    sociedad. En
    tal caso venderá las acciones dentro de tres meses a
    partir de la fecha en que legalmente pueden disponer de ellas; si
    no lo hiciere en ese plazo, las acciones quedarán
    extinguidas y se procederá a la consiguiente
    reducción del capital.

    ACCION NOMINATIVA

    Título que lleva el nombre de su propietario y cuya
    propiedad no
    puede transferirse sin llenar ciertos requisitos de endoso y
    registro. Los
    dividendos que paguen las empresas
    serán deducibles de impuestos,
    sólo si se hacen con cheque
    nominativo, correspondiente al titular de la acción.

    ACCION PREFERENTE

    Son aquéllas que gozan de ciertos privilegios o derechos sobre las
    demás acciones que integran el capital social de una
    sociedad,
    tales beneficios se refieren generalmente a la primacía en
    el pago en caso de liquidación o amortización,
    cuando ésta ha sido prevista en los estatutos, así
    como la percepción
    de dividendos que, casi siempre, se limita a un porcentaje
    determinado sobre el valor de aportación de esta clase de
    documentos.

    ACCION VOLATIL

    Se denomina así a los títulos cuyo precio en el
    mercado sufre
    mayor variación que las demás.

    Es posible expresar que el mercado de
    valores es volátil cuando el índice de
    cotizaciones manifiesta variaciones acentuadas.

    ACCIONES AL PORTADOR

    Aquéllas que no expresan el nombre de su propietario y
    cuya cesión se verifica por la sola transmisión del
    título.

    Dichos títulos son negociables sin necesidad de endoso, y
    transferibles mediante su simple entrega, como se hace con los
    bonos que
    contienen cupones (bonos al
    portador), los certificados o títulos de acciones llevan
    también cupones de dividendos, numerados o fechados. En
    México
    sólo existen acciones nominativas.

    ACCIONES AMORTIZABLES

    Son los títulos que, de acuerdo con la Ley General de
    Sociedades
    Mercantiles y la escritura
    constitutiva de la empresa, pueden
    amortizarse con las utilidades por disposición de la
    asamblea de accionistas.

    ACCIONES CON VALOR NOMINAL

    Aquéllas en que se hace constar numéricamente el
    valor de la aportación.

    ACCIONES CONVERTIBLES

    Son las acciones preferentes que nacen con un privilegio especial
    por ejemplo, al constituirse la sociedad "X" las
    acciones serie "B", preferentes, gozarán de dividendo
    acumulativo, pero al finalizar el décimo ejercicio social
    se convertirán en acciones ordinarias.

    ACCIONES DE APORTACION RETENIDAS EN PRENDA

    Son cuentas de orden que tienen como finalidad registrar a valor
    nominal, el importe de las acciones que debe retener la sociedad
    en calidad de
    depósito, durante dos años, cuando hayan sido
    cubiertas en especie.

    ACCIONES DE GOCE

    Las que se emiten en sustitución de las amortizadas, para
    hacer constar una participación en las utilidades de la
    compañía.

    ACCIONES DE LIBRE SUSCRIPCION

    Es el mecanismo tradicional al que han acudido los inversionistas
    extranjeros para adquirir valores de
    empresas
    mexicanas. Las acciones de libre suscripción o serie "B",
    de acuerdo con la regulación vigente, no tienen
    restricciones para ser adquiridas por extranjeros. Las acciones
    de libre suscripción ofrecen a los inversionistas
    extranjeros los mismos derechos de propiedad y
    corporativos que a los ciudadanos mexicanos.

    ACCIONES DE VOTO ILIMITADO (ORDINARIAS O COMUNES)

    Aquéllas que no tienen limitación alguna para votar
    en todos los asuntos que atañen a la sociedad. Sus
    propietarios son los que administran la sociedad.

    ACCIONES DE VOTO LIMITADO (PREFERENTES)

    Aquéllas que sólo tienen derecho a votar en ciertos
    asuntos de la sociedad, determinados en el contrato
    correspondiente. Como compensación las acciones de voto
    limitado, casi siempre son preferentes o bien tienen derecho a un
    dividendo acumulativo o superior al de las acciones comunes.

    ACCIONES DESERTAS

    Son las acciones cuyo importe no ha sido exhibido en los plazos y
    condiciones que fijan los estatutos de la sociedad.

    ACCIONES ENDOSADAS

    Se dice de las nominativas, cuya propiedad se
    ha transferido por medio de endoso.

    ACCIONES GARANTIZADAS

    Títulos comunes o preferentes cuyos dividendos son
    garantizados por otra sociedad.

    ACCIONES LIBERADAS

    Son aquéllas que han sido pagadas
    totalmente.

    ACCIONES PARTICIPANTES

    Son títulos preferentes que participan de un dividendo
    fijo y un dividendo extraordinario.

    ACCIONES READQUIRIDAS

    Son los títulos cuya propiedad ha
    revertido la compañía emisora después de su
    readquisición, donación o liquidación de una
    deuda. Si las acciones readquiridas se conservan en vigor, es
    decir, si los certificados no se cancelan se conocen con el
    nombre de acciones de tesorería. Si los certificados se
    readquieren de acuerdo con un plan de rescate,
    como en el caso de ciertos tipos de acciones preferentes, se
    considera que la cancelación ocurrió
    simultáneamente con el acto de readquisición,
    soslayándose la categoría de "tesorería", y
    entonces se dice que las acciones están "retiradas".

    ACCIONES SIN VALOR NOMINAL

    Aquéllas que no expresan el monto de la aportación
    y simplemente establecen la parte proporcional que representan en
    el capital de la sociedad.

    ACCIONES SUSCRITAS

    Son los títulos que representan una parte del capital
    social y cuyo importe han pagado los accionistas o se han
    obligado a pagar los accionistas.

    ACCIONISTA

    Es el propietario legal de una o más acciones de capital
    social (o en acciones) de una compañía. Los
    accionistas asisten a las asambleas anuales ordinarias o
    extraordinarias, u otorgan poderes para votar en estas asambleas
    a otras personas. Los accionistas tienen facultades para
    autorizar o ratificar a instancias de la dirección, realizar enmiendas a la escritura de
    constitución de la sociedad, proponer
    enmiendas a los estatutos, a menos que el control sobre los
    estatutos se haya transferido al consejo de administración, una fusión o
    una consolidación con otra compañía;
    autorizar la venta de una
    parte importante del activo o del negocio; la disolución
    de la compañía; gravámenes determinados
    sobre las acciones; elección o remoción de los
    directores; aprobación de los actos de los directores y de
    la gerencia
    durante el ejercicio social inmediato anterior.

    ACEPTACION

    Letra de
    cambio con promesa de pago que hace el girador de la misma y
    que, por lo general, se indica mediante la inscripción en
    la cara posterior del propio documento de la palabra de "acepto"
    o "aceptamos", seguida de la fecha, el lugar de pago y la firma
    del aceptante. Cualesquier palabra que indique la
    intención del librado de aceptar o pagar la letra es en
    este caso suficiente. El efecto de la aceptación es hacer
    que la letra sea equivalente a un pagaré,
    con el aceptante como librador y el girador como endosante.

    ACEPTACION BANCARIA

    Son letras de cambio giradas
    por una empresa en favor de un banco, son
    cotizadas por las casas de bolsa en términos de tasas de
    descuento y las operaciones se
    realizan por conducto de la Bolsa Mexicana de Valores y las
    mesas de dinero de los
    bancos, su
    rendimiento se sitúa entre los CETES (Certificados de
    Tesorería) y el papel
    comercial.

    ACEPTACION COMERCIAL

    La letra de
    cambio aceptada en pago de ciertas y determinadas
    mercancías o servicios
    comerciales que han sido suministrados al aceptante.

    ACEPTANTE O PAGADOR

    El que accede y por lo tanto se obliga a pagar una letra de
    cambio contra él.

    ACRECENTAMIENTO

    Suma que se agrega al principal o a los ingresos de un
    fondo, como resultado de un plan de
    acumulación, que es distinto del aumento por
    plusvalía e incremento. En un fondo para pensiones, por
    ejemplo, un acrecentamiento puede provenir de las contribuciones
    de una nómina
    de sueldos o de los productos
    recibidos de las inversiones
    del propio fondo. Es el aumento en el valor económico por
    cualquier causa, como por ejemplo, el crecimiento de los
    árboles de un bosque, el añejamiento de los vinos,
    el aumento de los rebaños, etc.

    ACREDITADO

    En lenguaje
    jurídico, él que recibe un préstamo o una
    apertura de crédito.

    ACREDITANTE

    En lenguaje
    jurídico, él que hace una apertura de crédito, él que concede un crédito
    o un préstamo.

    ACREDITAR

    Abonar una partida en un libro de
    contabilidad.
    Dar testimonio en documento fehaciente de que una persona tiene
    facultades para desempeñar una comisión, encargo
    diplomático, oficial, comercial o de cualquier otro
    género.

    ACREEDOR

    Toda persona física o moral que
    tiene derecho a exigir de otra una prestación cualquiera.
    Toda persona física o moral que en
    un negocio entrega valores,
    efectos, mercancías, derechos o bienes de
    cualquier clase y recibe en cambio una
    promesa de pago o un crédito que establezca o aumente un
    saldo a su favor.

    Aquél que tiene crédito a su favor, es decir, que
    se le debe. Dentro del mecanismo de la partida doble, es
    acreedora la cuenta que entrega y da salida a algo o bien
    aquélla que acumula o registra un beneficio.

    ACREEDOR COMUN

    Recibe esta clasificación el acreedor que en un concurso
    civil o en una quiebra carece
    de privilegios en relación con el crédito.

    ACREEDOR GARANTIZADO

    Persona cuyos
    derechos sobre
    otra están protegidos con garantía adicional o con
    una hipoteca u otro embargo preventivo; si la protección
    es amplia, los derechos se consideran "totalmente garantizados",
    si la protección no es completa, se dice que los derechos
    están "parcialmente garantizados".

    ACREEDOR PREFERENTE O PRIVILEGIADO

    Persona cuyos
    derechos sobre otra, particularmente en el caso de insolvencia o
    de quiebra,
    tienen precedencia sobre los derechos de otros acreedores. Como
    ejemplo de acreedores preferentes pueden citarse a los
    trabajadores respecto a sus salarios y al
    fisco por los impuestos que
    pudieran resultar a cargo de la empresa.

    ACREEDORES DIVERSOS

    Cuenta colectiva cuyo saldo representa el monto total de adeudos
    a favor de varias personas cuyos créditos no aparezcan en
    otra forma en la contabilidad.
    Son las personas o negocios a
    quienes se debe por un concepto distinto
    de la compra de mercancías o servicios.

    ACREEDORES OFICIALES

    Organismos u organizaciones
    públicas o internacionales a las que les adeuda un
    gobierno,
    incluye: a) los préstamos de organismos internacionales
    (préstamos multilaterales), es decir, préstamos y
    créditos del Banco Mundial,
    los bancos regionales
    de desarrollo y
    otros organismos multilaterales e intergubernamentales; y b) los
    préstamos otorgados por gobiernos (préstamos
    bilaterales), es decir, préstamos de gobiernos y sus
    organismos (incluidos los bancos centrales)
    y préstamos de organismos públicos
    autónomos.

    ACREEDORES PRIVADOS

    Personas físicas o morales a las cuales se les adeuda,
    incluye los préstamos de: a) proveedores,
    es decir, créditos de fabricantes, exportadores u otros
    proveedores de
    mercancías; b) mercados
    financieros, es decir préstamos de bancos privados y
    otras instituciones
    financieras privadas y los bonos emitidos
    por el gobierno y
    colocados en el sector privado; y c) otras fuentes, es
    decir, los pasivos externos correspondientes a bienes
    nacionalizados y deudas sin clasificar contraidas frente a
    acreedores privados.

    ACREEDORES SOLIDARIOS

    Son los que participan solidariamente en la titularidad de un
    crédito, encontrándose facultados para exigir de
    todos los deudores solidarios o de cualquiera de ellos el pago
    total o parcial de la deuda.

    ACTA
    Documento en que se da constancia de los hechos, acuerdos y
    decisiones efectuadas en la celebración de una
    reunión, y que es redactada por la persona autorizada para
    hacerlo.

    ACTA CIRCUNSTANCIADA
    Documento mediante el cual consta la destrucción de la
    documentación contable generada por las dependencias y
    entidades, previa autorización de la Unidad de Contabilidad
    Gubernamental e Informes sobre
    la Gestión
    Pública de la Secretaría de Hacienda y
    Crédito Público.

    ACTA CONSTITUTIVA

    Documento o constancia notarial en la que se registran los
    datos
    referentes a la formación de una sociedad o
    agrupación. Se especifican bases, fines, integrantes de la
    agrupación, funciones
    específicas de cada uno, firmas autentificadas y
    demás información fundamental de la sociedad que
    se constituye.

    ACTAS, LIBROS
    DE

    El libro que de
    acuerdo con la legislación mercantil deben llevar algunas
    sociedades,
    especialmente las compañías por acciones, para
    asentar en él las actas de las sesiones de su consejo de
    administración, y de sus asambleas de
    accionistas. Cualquier libro donde se
    asienten las actas correspondientes a determinados hechos o
    juntas. Algunas compañías acostumbran llevar
    libro de actas
    especiales para asentar las resoluciones de las diversas
    "comisiones" de su consejo, por ejemplo: "libro de actas de la
    comisión ejecutiva", "libro de actas de la comisión
    de operaciones",
    "libro de actas de la comisión de régimen
    interior". Otras empresas
    también llevan un libro de actas de "inspección
    oficial", donde se levantan las correspondientes a las visitas de
    inspección que les practican diversas dependencias del
    gobierno.

    ACTIVIDAD

    Es el conjunto de acciones que se llevan a cabo para cumplir las
    metas de un programa o
    subprograma de operación, que consiste en la
    ejecución de ciertos procesos o
    tareas (mediante la utilización de los recursos
    humanos, materiales,
    técnicos, y financieros asignados a la actividad con un
    costo
    determinado), y que queda a cargo de una entidad administrativa
    de nivel intermedio o bajo.

    Es una categoría programática cuya producción es intermedia, y por tanto, es
    condición de uno o varios productos
    terminales. La actividad es la acción presupuestaria de
    mínimo nivel e indivisible a los propósitos de la
    asignación formal de recursos.

    ACTIVIDAD ECONOMICA

    Conjunto de acciones que tienen por objeto la producción, distribución y consumo de
    bienes y
    servicios
    generados para satisfacer las necesidades materiales y
    sociales.

    ACTIVIDAD FINANCIERA

    Es el conjunto de operaciones que se efectúan en el
    mercado de
    oferentes y demandantes de recursos
    financieros, incluyendo aquellas operaciones que intervienen en
    la formación del mercado de
    dinero y de
    capitales.

    ACTIVIDAD INSTITUCIONAL

    Conjunto de operaciones que realizan las unidades responsables o
    ejecutoras de los recursos
    públicos para cumplir con su "misión".
    Su ejecución conduce directamente a la producción de un bien o la
    prestación de un servicio para
    atender a un usuario o "cliente".

    ACTIVIDAD PUBLICA CENTRAL

    Conjunto de acciones realizadas por las dependencias
    administrativas integradas por: la Presidencia de la
    República, las Secretarías de Estado, los
    Departamentos Administrativos que determine el Titular del
    Ejecutivo Federal, los Organos Autónomos, la
    Procuraduría General de la República y los Poderes
    Legislativo y Judicial.

    ACTIVIDAD PUBLICA PARAESTATAL

    Conjunto de acciones realizadas por los organismos
    descentralizados, las empresas de
    participación estatal, las sociedades nacionales de
    crédito, las instituciones
    nacionales de seguros y los
    fideicomisos.

    ACTIVIDADES EMPRESARIALES

    Conjunto de acciones realizadas por empresarios privados en las
    diferentes áreas económicas tales como las
    comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas,
    silvícolas, pesqueras, mineras y de servicios.

    ACTIVO

    Está formado por todos los valores
    propiedad de
    la empresa o institución, cuya fuente de financiamiento
    originó aumentos en las cuentas pasivas. Conjunto de
    bienes y
    derechos
    reales y personales sobre los que se tiene propiedad.

    Término contable-financiero con el que se denomina a los
    recursos
    económicos bienes
    materiales,
    créditos y derechos de una persona, sociedad,
    corporación, entidad o empresa; son los recursos que se
    administran en el desarrollo de
    las actividades, independientemente de que sean o no propiedad de
    la misma empresa.

    ACTIVO AMORTIZABLE

    Aquellos bienes o derechos que por agotamiento, por el transcurso
    del tiempo o por
    otras causas ajenas a la fluctuación de precios en el
    mercado, disminuyen constante o periódicamente de valor,
    el cual debe reducirse en los libros en la
    cantidad correspondiente. En esta clase de activo se incluyen:
    yacimientos de minerales,
    derechos de autores, concesiones del Estado, los
    gastos de
    instalación, los de organización, y en general, todos aquellos
    bienes o derechos agotables por propia naturaleza y cuya
    disminución en valor no puede evitarse por medio de
    gastos de
    reparación o de conservación como sucede con el
    activo fijo de carácter tangible. Los bosques y los montes
    madereros comúnmente se incluyen en esta categoría,
    aún cuando son susceptibles de conservación
    mediante una reforestación adecuada.

    ACTIVO CIRCULANTE

    Aquellos derechos, bienes materiales o
    créditos que están destinados a la operación
    mercantil o procedente de ésta, que se tienen en
    operación de modo más o menos continuo y que, como
    operaciones normales de una negociación pueden venderse, transformarse,
    cederse, trocarse por otros, convertirse en efectivo, darse en
    pago de cualquier clase de gastos u obligaciones o
    ser material de otros tratos semejantes y peculiares de toda
    empresa industrial o comercial. Los bienes que forman el "activo
    fijo" y el "activo diferido", aún cuando ocasionalmente
    pueden ser objeto de alguna de las operaciones señaladas,
    no lo son de manera constante dado su origen y finalidad. Se
    considera como activo circulante, al activo convertible a
    efectivo o que generalmente se espera convertir en efectivo
    dentro de los próximos doce meses. Se incluyen bajo este
    rubro conceptos tales como: valores negociables e inventarios,
    efectivo en caja y bancos, los
    documentos y
    cuentas por
    cobrar, los inventarios de
    materias primas, de artículos en proceso de
    fabricación y de artículos determinados, las
    inversiones en
    valores que no tengan por objeto mantener el dominio
    administrativo de otras empresas, y otras
    partidas semejantes. Préstamos a cargo de funcionarios y
    empleados de las empresas, pueden mostrarse en el balance
    general formando parte del activo circulante, pero es
    conveniente agruparlos separadamente bajo un título
    especial.

    ACTIVO CONGELADO

    Se designan con este nombre aquellas partidas del activo de las
    cuales no se puede disponer fácilmente por consistir en
    créditos dudosos o venidos a menos; en mercancías o
    productos
    pasados de moda; en
    general en bienes o inversiones
    del activo circulante para los cuales no hay mercado. Aunque en
    el balance
    general no se hace aparecer el nombre de "activo congelado",
    es conveniente que el auditor clasifique, señale o
    comente, de modo apropiado, el importe de las partidas
    correspondientes.

    ACTIVO CONSUMIBLE

    Activo fijo que tiene una vida útil limitada y está
    sujeto a depreciación; cualquier activo fijo,
    exceptuando los terrenos, cuyo pago, menos su valor de desecho
    estimado, es asignable durante el periodo de uso o utilidad; un
    activo de vida limitada. Un activo que disminuye su valor en
    razón de manera conmensurable con la extracción o
    remoción de producto
    natural; por ejemplo, los minerales,
    el
    petróleo, etc.

    ACTIVO CONTINGENTE

    Partida de activo cuya existencia, valor y derecho de propiedad
    dependen de que ocurra o no un suceso determinado, o de la
    ejecución o no de un acto específico; contrasta con
    pasivo contingente, derivándose frecuentemente de este
    último tipo de pasivo.

    ACTIVO CORRIENTE

    Efectivo y demás bienes que pueden convertirse en dinero,
    venderse o consumirse dentro del término de un año
    o dentro del ciclo operacional (el que tenga mayor
    duración) sin interferir las operaciones normales del
    negocio.

    ACTIVO DE ADMINISTRACION

    Representa los valores de
    operaciones que son de índole presupuestario y en su
    mayoría se trata de cuentas de control sobre el
    manejo de fondos.

    ACTIVO DE BIENES DE INVENTARIO

    Representa los bienes muebles e inmuebles que son propiedad del
    Gobierno Federal,
    destinado al servicio
    público.

    ACTIVO DE ERARIO

    Representa las inversiones
    que realiza el gobierno y los bienes que son susceptibles de
    enajenación, mismos que se adquieren mediante el ejercicio
    de la Ley de Ingresos de la
    Federación.

    ACTIVO DE LIQUIDEZ INMEDIATA

    Existencias en caja y bancos y otras partidas de activo
    fácilmente convertibles a efectivo, no asignadas a fines
    específicos distintos al pago de una partida de pasivo
    circulante, o una inversión fácilmente realizable. El
    término mencionado es menos restrictivo que el activo
    disponible, y también mucho más restrictivo que
    activos
    realizables.

    ACTIVO DE REALIZACION INMEDIATA

    Se refiere al efectivo y en general a cualquier inversión que fácilmente puede ser
    convertida en efectivo.

    ACTIVO DEVENGADO

    Importe del interés,
    comisión o los servicios prestados a terceros u otros
    conceptos de ingreso no recibido ni vencido, pero sí
    ganado, que forma parte frecuentemente de un todo mayor. Cuando
    una partida de esta índole se encuentra vencida, si
    aún se considera cobrable, se clasifica usualmente como
    una cuenta por cobrar.

    ACTIVO DIFERIDO

    Está integrado por valores cuya recuperabilidad
    está condicionada generalmente, por el transcurso del
    tiempo, es el
    caso de inversiones
    realizadas por el negocio y que en un lapso se convertirán
    en gastos.
    Así, se pueden mencionar los gastos de instalación,
    las primas de seguro, etc.

    Representa erogaciones que deben ser aplicadas a gastos o
    costos de
    periodos futuros, por lo que tienen que mostrarse en el balance a
    su costo no
    devengado, es decir, se acostumbra mostrar únicamente la
    cifra neta y no la cantidad original.

    La porción de ciertas partidas de gastos que es aplicable
    a ejercicios o periodos posteriores a la fecha de un balance
    general. En mejores términos, debe designarse con el
    nombre de "cargos diferidos"o de "gastos diferidos", ya que no se
    trata sino de determinados gastos cuya aplicación se
    difiere o pospone por no corresponder al ejercicio que se
    concluye. Algunas veces se incluye el "activo congelado" dentro
    del "activo diferido", así como otras partidas en activo
    cuya realización no puede esperarse sino después de
    un tiempo largo.
    Por ejemplo: la capitalización de rentas en virtud de un
    contrato de
    arrendamiento por el cual las rentas pueden ser aplicadas como
    tales o bien a cuenta del precio de
    compra del inmueble, a opción del arrendatario
    respectivo.

    Los gastos de organización atendidos anticipadamente y
    que se amortizan o difieren en varias anualidades, los
    fondos para atender la amortización de bonos, las
    reclamaciones tributarias, las cuentas incobrables que deban
    amortizarse en varias anualidades y los
    depósitos de garantía, son cuentas del activo
    diferido.

    ACTIVO DISPONIBLE

    Bajo este rubro se incluyen: el efectivo en caja, los
    depósitos a la vista en instituciones
    bancarias, los fondos en tránsito, los documentos de
    cobro inmediato, los fondos o recursos de que se puede disponer
    inmediatamente, para cubrir las erogaciones ordinarias de los
    negocios. Los
    fondos separados para algún fin particular, los retenidos
    por un fideicomisario como una garantía especial o los
    fondos gravados en cualquier forma, no constituyen parte del
    activo disponible y deben mostrarse separadamente en el balance
    general. El activo disponible debe considerarse como una
    subdivisión del activo circulante del cual forma
    parte.

    ACTIVO EXIGIBLE O REALIZABLE

    Comprende valores que se convertirán en dinero en
    breve plazo y créditos que no producen directamente
    rendimientos, sino que entraron al negocio o se establecieron en
    virtud de las transacciones mercantiles. Estos son: documentos por
    cobrar, cuentas por
    cobrar, clientes, cuentas
    personales, clientes por
    ventas en
    abonos a corto plazo, remesas en camino, intereses devengados no
    cobrados, exhibiciones decretadas, acciones, bonos, etc.

    ACTIVO FIJO

    Las propiedades, bienes materiales o
    derechos que en el curso normal de los negocios no
    están destinados a la venta, sino que
    representan la inversión de capital o patrimonio de
    una dependencia o entidad en las cosas usadas o aprovechadas por
    ella, de modo periodo, permanente o semi-permanente, en la
    producción o en la fabricación de
    artículos para venta o la
    prestación de servicios a la propia entidad, a su
    clientela o al público en general. Por ejemplo: la
    maquinaria de las compañías industriales, las
    instalaciones y equipos de las empresas de servicios
    públicos, los muebles y enseres de las casas comerciales,
    el costo de
    concesiones y derechos, etc. También se incluyen dentro
    del activo fijo las inversiones en acciones, bonos y valores
    emitidos por empresas afiliadas. El rubro de "activo fijo" denota
    una fijeza de propósito o intención de continuar en
    el uso o posesión de los bienes que comprenden; denota
    inmovilización al servicio del
    negocio. Eventualmente, tales bienes pueden ser vendidos o dados
    de baja ya sea porque se considera que no son útiles,
    porque sean reemplazados por nuevas instalaciones o por otras
    causas similares a las expuestas. Las erogaciones que se hagan
    con objeto de mejorar el valor de una propiedad o su eficacia para el
    servicio,
    pueden considerarse como inversiones fijas. Desde un punto de
    vista estrecho, solamente pueden capitalizarse aquellas
    erogaciones que tengan por objeto aumentar los ingresos o
    disminuir los gastos.

    El "activo fijo" se clasifica en tres grupos: a)
    "tangible", que comprende las propiedades o bienes susceptibles
    de ser tocados, tales como los terrenos, los edificios, la
    maquinaria, etc.; b) "intangible", que incluye cosas que no
    pueden ser tocadas materialmente, tales como los derechos de
    patente, los de vía, el crédito mercantil, el valor
    de ciertas concesiones, etc.; y c) las inversiones en
    compañías afiliadas.

    ACTIVO FINANCIERO

    Son aquellos activos que se
    caracterizan por estar expresados y ser representativos en moneda
    corriente actual. Su monto se fija por contrato y
    originan a sus tenedores un aumento o disminución en el
    poder de
    compra según tengan o no una redituabilidad por encima de
    la inflación.

    ACTIVO FISICO

    Activos que se
    caracterizan por poseer un valor intrínseco y están
    constituidos por máquinas, equipos, edificios y otros
    bienes de inversión, así como por las
    existencias acumuladas.

    ACTIVO PIGNORADO

    Partida de activo depositada en un fideicomiso o
    hipotecada para garantizar el cumplimiento de una
    obligación o contrato; una
    partida de activo pignorada como colateral o hipotecada. Se lleva
    en el balance
    general bajo subtítulo normal, y si es activo
    circulante, se marca
    generalmente para mostrar la cantidad y el motivo de su
    pignoración.

    ACTIVO SEMIFIJO

    Se usa para designar aquellos renglones del activo que tienen un
    carácter intermedio entre el activo fijo y el circulante.
    Especialmente, denota las existencias de efectos que se consumen
    en la fabricación sin que formen parte integral de los
    productos,
    como por ejemplo: los abastecimientos de combustible y
    lubricantes, los explosivos en compañías mineras,
    los utensilios y piezas para la maquinaria, los envases cuando
    pueden ser devueltos por los clientes, etc.
    También suelen incluirse dentro de este grupo, aunque
    es preferible mostrarlas separadamente, las cuentas deudoras de
    empresas afiliadas y las que son a cargo de accionistas,
    directores, funcionarios y empleados. En el balance general no se
    acostumbra presentar esta clasificación particular sino
    los renglones a que se han hecho mención, mismos que se
    agrupan, bien sea, en el activo fijo, en el activo circulante, o
    se muestran separadamente sin designación especial
    alguna.

    ACTIVOS INTERNACIONALES NETOS

    Es la reserva bruta más los créditos por convenios
    con los bancos centrales a más de seis meses, menos los
    pasivos con el Fondo Monetario
    Internacional (FMI) y los
    pasivos a menos de seis meses de convenios con bancos
    centrales.

    ACTIVOS MONETARIOS

    Son aquéllos cuyos montos se fijan, en términos de
    unidades monetarias, independientemente de los cambios en el
    nivel general de precios.
    Originan un aumento o disminución en el poder
    adquisitivo de sus poseedores; por lo tanto, el retenerlos puede
    generar una utilidad o
    pérdida. Entre los principales están: efectivo,
    inversiones en valores, cuentas por
    cobrar y por pagar, pasivos y dividendos por pagar.

    ACTIVOS NO MONETARIOS

    Son aquéllos cuyo poder
    adquisitivo no varía, ya que independientemente de la
    cantidad de unidades monetarias en que estén expresados,
    conservan su valor intrínseco ya sea en periodos de
    inflación o deflación. Entre los principales
    están: inventarios,
    inmuebles, maquinaria y equipo, etc.

    ACTO ADMINISTRATIVO

    Declaración de voluntad de un órgano de la administración
    pública, de naturaleza
    discrecional, susceptible de crear, con eficacia
    particular o general, obligaciones,
    facultades, o situaciones jurídicas de naturaleza
    administrativa.

    ACTO JURIDICO

    Expresión de la voluntad humana con capacidad para
    provocar efectos jurídicos, conforme a los requisitos
    legales establecidos con anterioridad para cada caso.

    ACTO LEGISLATIVO

    Actuación deliberada del Poder
    Legislativo orientada a la creación de derecho positivo;
    igualmente, puede caracterizarse en general como acto legislativo
    a aquél por el cual se formula una regla general e
    impersonal, ya sea que emane del Poder
    Ejecutivo o del H. Congreso de la Unión o de la
    autoridad con
    facultades para hacerlo.

    ACTO REGLAMENTARIO

    Acto emitido por el Poder
    Ejecutivo o una autoridad
    administrativa conforme a las normas de un
    reglamento, que puede ser ejecutado a través de la
    expedición de decretos o acuerdos, por acción
    expresa y excepcionalmente por medio de circulares y
    oficios.

    ACTOS MERCANTILES
    CONDICIONADOS

    Son las adquisiciones con propósito de lucro, las
    operaciones bancarias, y las enajenaciones o alquileres
    celebrados para cumplir tal fin.

    ACUERDO

    Documento suscrito por las autoridades superiores para llevar a
    cabo una determinada operación, bien se trate de un pago
    que se solicite a la Tesorería de la Federación, o
    para efectuar algún movimiento
    presupuestario que no signifique salida de fondos.

    Es la resolución o disposición tomada sobre
    algún asunto por tribunal, órgano de la administración o persona facultada, a fin
    de que se ejecute uno o más actos administrativos.

    ACUERDO PROGRAMATICO

    Concertación de acciones entre dos o más sectores
    y/o entidades, adoptadas para la realización de un
    programa
    determinado, en las cuales se especifican las actividades que
    coordinadamente deben darse entre las áreas involucradas
    para el cumplimiento de los planes y programas.

    ADECUACION COMPENSADA

    Ampliación, reducción, adición o
    cancelación a las asignaciones o claves presupuestarias
    originales de una entidad, que no implica alteración en el
    monto total de su presupuesto.

    ADECUACION LIQUIDA

    Ampliación, reducción, adición o
    cancelación a las asignaciones o claves presupuestarias
    originales de una entidad que modifican el monto total de su
    presupuesto.

    ADECUACION PRESUPUESTARIA (AJUSTE PRESUPUESTAL)

    Modificación que se realiza durante el ejercicio fiscal a la
    estructura
    financiera y programática de los presupuestos
    aprobados, o ajuste a los calendarios financieros y metas del
    presupuesto
    autorizado por la H. Cámara de Diputados que se realiza a
    través de un documento denominado oficio de
    afectación presupuestaria.

    ADEMAS

    Adeudos de meses anteriores originados por la falta de
    disponibilidades de la Tesorería de la Federación,
    su pago no requiere autorización, por estar previamente
    autorizado.

    ADEUDO

    Pasivo, deuda. Cantidad que se ha de pagar por concepto de
    contribuciones, impuestos o
    derechos.

    ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES (ADEFAS)

    Conjunto de obligaciones
    contraidas, devengadas, contabilizadas y autorizadas dentro de
    las asignaciones presupuestarias que no fueron liquidadas a la
    terminación o cierre del ejercicio fiscal
    correspondiente. Compromisos que adquiere el Gobierno FederaL en
    un ejercicio fiscal, que se
    encuentran devengados al 31 de diciembre del mismo ejercicio,
    para ser liquidados durante el año inmediato posterior en
    el periodo comprendido del 2 de enero al 31 de marzo; siempre y
    cuando se haya informado de su monto y características a la Secretaría de
    Hacienda y Crédito Público.

    ADICION COMPENSADA (AMPLIACION COMPENSADA)

    Es la suma a la asignación presupuestaria proveniente de
    un aumento o reducción por igual suma a la
    asignación de una o varias claves presupuestarias del
    mismo ramo, que no altera el total de su presupuesto o de
    la entidad.

    ADICION LIQUIDA (AMPLIACION LIQUIDA)

    Es la creación de una clave presupuestaria no considerada
    en el presupuesto
    originalmente aprobado, cuya asignación amplía el
    monto presupuestario autorizado del ramo o entidad.

    ADICION PRESUPUESTARIA

    Es la clave presupuestaria con su respectiva asignación,
    creada con posterioridad a la autorización del Presupuesto
    de Egresos de la Federación, existen dos tipos de
    adición: compensada y líquida.

    ADJUDICACION

    Acto judicial consistente en la atribución como propio a
    personas determinadas de una cosa, mueble o inmueble, como
    consecuencia de una subasta o partición hereditaria con la
    consiguiente entrega de la misma a la persona interesada. En el
    ámbito del derecho
    internacional público, se entiende por
    adjudicación la adquisición de la soberanía sobre un territorio por laudo de
    un tribunal arbitral u otro organismo competente de naturaleza
    internacional.

    Acto administrativo a través del cual la Administración
    Pública, una vez cubiertas las formalidades del
    procedimiento,
    asigna a una persona física o moral un
    contrato para
    la adquisición de bienes, prestación de servicios o
    realización de obras.

    ADJUDICACION DE PEDIDOS Y CONTRATOS

    Procedimiento
    a través del cual las entidades recaban, analizan,
    comparan y seleccionan las cotizaciones formuladas por los
    proveedores de
    bienes y servicios del Gobierno Federal, con el objeto de
    formalizar los compromisos para el ejercicio del gasto
    público por concepto de
    adquisiciones, servicios generales y obras.

    ADJUDICACION EN PAGO

    Se emplea judicialmente esta expresión cuando se adjudica
    el bien de un adeudo, para satisfacer el crédito que
    contra él tiene un acreedor.

    ADMINISTRACION

    Conjunto ordenado y sistematizado de principios,
    técnicas y prácticas que tiene como finalidad
    apoyar la consecución de los objetivos de
    una organización a través de la
    provisión de los medios
    necesarios para obtener los resultados con la mayor eficiencia,
    eficacia y
    congruencia; así como la óptima coordinación
    y aprovechamiento del personal y los
    recursos técnicos, materiales y financieros.

    ADMINISTRACION DEL GASTO PUBLICO

    Conjunto articulado de procesos que
    van desde la planeación
    y programación del gasto público,
    hasta su ejercicio, control y
    evaluación. Abarca los egresos por concepto de gasto
    corriente, inversión pública física e
    inversión financiera, así como pago de pasivos o
    deuda pública contraidos por el Gobierno Federal, los
    organismos, empresas y fideicomisos públicos.

    ADMINISTRACION FINANCIERA

    Técnica que tiene por objeto la obtención de
    recursos financieros que requiere una empresa, incluyendo el
    control y
    adecuado uso de los mismos, así como el control y
    protección de los activos de la empresa. Algunos autores
    consideran que debe comprender las siguientes actividades:
    planificación y control financiero;
    administración del capital de
    trabajo; inversiones en activo fijo y decisiones sobre
    estructura de
    capital.

    ADMINISTRACION POR OBJETIVOS

    Es un enfoque de la administración que se propone el
    establecimiento de compromisos entre los supervisores y los
    administradores para alcanzar metas específicas de
    producción, planeación
    y evaluación, conjuntamente con el desarrollo de
    sus actividades, a través de un proceso que
    comprende todos los niveles de la
    organización.

    Proceso en
    virtud del cual todo el trabajo se
    organiza en términos de resultados específicos que
    habrán de alcanzarse en un tiempo
    determinado, en tal forma que las realizaciones concretas
    contribuyan al logro de los objetivos
    generales de la empresa.

    Método de
    dirección, mediante el cual el superior y
    el subordinado establecen de acuerdo a unos estándares de
    dirección, resultados que sean deseables,
    realistas y específicos; y objetivos
    concretos, dentro de las principales áreas de responsabilidad, objetivos que
    son periódicamente comparados con los resultados
    obtenidos.

    ADMINISTRACION PRESUPUESTARIA

    Rama de la administración
    pública que tiene por objeto la programación, organización, aplicación y control
    de la recaudación, ejercicio y evaluación
    de los fondos públicos.

    ADMINISTRACION PUBLICA (SECTOR
    PUBLICO, SECTOR GUBERNAMENTAL)

    Conjunto de funciones
    desempeñadas por órganos de la Federación,
    de los estados y municipios, cuya finalidad es satisfacer las
    necesidades generales de la población en cuanto a servicios
    públicos.

    Conjunto ordenado y sistematizado de instituciones
    gubernamentales que aplican políticas,
    normas,
    técnicas, sistemas y
    procedimientos
    a través de los cuales se racionalizan los recursos para
    producir bienes y servicios que demanda la
    sociedad en cumplimiento a las atribuciones que las
    Constituciones federal y estatales confieren al Gobierno Federal,
    Estatal y Municipal.

    ADMINISTRACION PUBLICA CENTRAL (SECTOR
    CENTRAL)

    Conjunto de dependencias administrativas integrado por: la
    Presidencia de la República, las Secretarías de
    Estado, la
    Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y los
    Departamentos Administrativos que determine el titular del
    Ejecutivo Federal.

    ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

    Conjunto de órganos que auxilian al Ejecutivo Federal en
    la realización de la función administrativa; se
    compone de la administración centralizada y paraestatal
    que consigna la Ley Orgánica de la Administración
    Pública Federal.

    ADMINISTRACION PUBLICA PARAESTATAL (SECTOR
    PARAESTATAL)

    Conjunto de entidades de control presupuestario directo e
    indirecto integrado por: los organismos descentralizados, las
    empresas de participación estatal, las sociedades
    nacionales de crédito, las organizaciones
    auxiliares nacionales de crédito, las instituciones
    nacionales de seguros y los
    fideicomisos.

    ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO (AFORES)

    Instituciones financieras que se dedican de manera exclusiva,
    habitual y profesional a administrar las cuentas individuales de
    los trabajadores y a canalizar los recursos de las subcuentas que
    las integran en términos de las leyes de seguridad
    social, así como administrar sociedades de
    inversión especializadas (SIEFORES), las que
    producirán rendimientos que se integrarán a las
    cuentas individuales de cada trabajador.

    ADMINISTRAR

    Realizar actos mediante los cuales se orienta el aprovechamiento
    de los recursos materiales, humanos, financieros y
    técnicos de una organización hacia el cumplimiento de los
    objetivos
    institucionales.

    ADQUISICION

    Acto o hecho en virtud del cual una persona obtiene el dominio o
    propiedades de un bien o servicio o algún derecho real
    sobre éstos. Puede tener efecto a título oneroso o
    gratuito; a título singular o universal, por cesión
    o herencia.

    ADQUISICION DE VALORES

    Agrupa las asignaciones destinadas por el Gobierno Federal a la
    adquisición de todo tipo de valores fiduciarios, en forma
    directa o a través de fondos fideicomitidos, a estados,
    municipios y Distrito Federal; a particulares y empresas
    privadas, a organismos descentralizados y empresas de
    participación estatal, de acuerdo con las políticas
    y normas
    establecidas al respecto.

    ADR'S (AMERICAN DEPOSITARY RECEIPT)

    Un ADR es un certificado negociable que representa la propiedad
    de un número específico de acciones de una
    compañía no estadounidense. Es emitido y controlado
    por un banco depositario
    (Estados
    Unidos) contra las acciones depositadas en otro banco (mexicano).
    Se utiliza para facilitar las transacciones de ese tipo de
    acciones en los mercados
    estadounidenses y agilizar la transferencia de una acción
    fuera de los Estados
    Unidos.

    Un ADR está denominado en dólares, se comercia en
    el mercado estadounidense, y es considerado legalmente como un
    valor norteamericano.

    ADSCRIPCION

    Acto o hecho de asignar a una persona al servicio de un puesto, o
    ubicar a una unidad administrativa dentro de otra de mayor
    jerarquía.

    ADUANA

    Las aduanas son
    oficinas públicas administrativas establecidas en los
    lugares de acceso o salida del país, dependientes del
    Servicio de Administración Tributaria perteneciente a la
    Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
    con facultades para recaudar impuestos y
    demás derechos que se hallen a su cargo, fiscalizar la
    entrada y salida de mercancías y hacer cumplir las
    leyes que a
    este ramo se refieren, y las que le son conexas, como las de
    salubridad, comunicaciones, migratorias, etc.

    AFECTACION

    Es la limitación y condiciones que se imponen por la
    aplicación de una ley al uso de un predio o un bien
    particular o federal, para destinarlos total o parcialmente a
    obras de utilidad
    pública.

    AFECTACION PRESUPUESTARIA

    Es el movimiento que
    permite adecuar o modificar el presupuesto original autorizado
    por la H. Cámara de Diputados, el cual se realiza a
    través de un documento denominado "oficio de
    afectación presupuestaria". Según el tipo de clave
    presupuestaria que afecte, puede ser: automática, es
    decir, cuando el traspaso por la entidad es interno; o no
    automática, cuando se requiere autorización de la
    Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
    Según el movimiento que
    produzca, puede ser: ampliación, reducción o
    movimiento
    compensado.

    AFIANZAR

    Dar fianza por alguna persona para seguridad o
    resguardo de intereses o caudales.

    AFIRMATIVA FICTA (NEGATIVA FICTA)

    Decisión normativa de carácter administrativo por
    la cual todas las peticiones por escrito de los ciudadanos,
    usuarios, empresas o entidades que se hagan a la autoridad
    pública, si no se contestan en el plazo que marca la ley o
    las disposiciones administrativas se consideran aceptadas,
    bastando para ello conservar la copia del acuse de la solicitud
    realizada ante la instancia competente. La negativa ficta es la
    decisión normativa en el sentido opuesto.

    AGENTES ECONOMICOS

    Se refiere a la clasificación de las unidades
    administrativas, productivas o consumidoras que participan en la
    economía;
    en Cuentas Nacionales se consideran agentes económicos a
    las familias, empresas, gobierno y el exterior. En el caso de las
    transferencias, los agentes económicos son: Empresas
    Públicas, Empresas Privadas, Organismos Descentralizados,
    Productores de Mercancías, Instituciones de Seguridad
    Social, Organismos Descentralizados Productores de Servicios
    Sociales y Comunales, Instituciones Privadas sin fines de lucro,
    Particulares, Estados y Municipios, y el Exterior.

    AGREGADOS MONETARIOS

    Son los componentes que integran la masa monetaria.

    Los cuatro agregados más usuales son:

    M1 = Billetes y monedas en poder del
    público y la suma de las cuentas de cheques con o
    sin intereses.

    M2 = M1 + Instrumentos bancarios a corto plazo + aceptaciones
    bancarias en moneda nacional y extranjera.

    M3 = M2 + Instrumentos no bancarios a corto plazo.

    M4 = M3 + Instrumentos a largo plazo + Ficorca.

    AHORRO

    Es la cantidad monetaria excedente de las personas e
    instituciones sobre sus gastos. También se denomina
    así a la parte de la renta que después de impuestos no se
    consume, en el caso de las personas físicas; ni se
    distribuye en el caso de la sociedad.

    Es el ingreso no consumido, es decir la diferencia entre el
    ingreso y el consumo. En
    una economía
    abierta debe considerarse el agregado de las transferencias netas
    del exterior o la sustracción de las transferencias netas
    al exterior. Para una economía cerrada el
    ahorro es
    igual a la inversión (ahorro e
    inversión realizada en contraposición a ahorro e
    inversión deseada).

    Ahorro
    significa "reservar" una capacidad productiva, no empleada en la
    producción de bienes de consumo y
    dejarla disponible para producir nuevos bienes de
    inversión. El ahorro
    nacional no consiste en acumular dinero, sino
    capital.

    Diferencia positiva que resulta de la comparación entre
    los ingresos y los gastos de una entidad. Para efectos
    presupuestarios existen dos tipos de ahorro: en cuenta corriente
    y en cuenta de capital.

    El ahorro para el caso del Gobierno Federal se determina antes de
    considerar las transferencias corrientes y el pago de
    intereses.

    AHORRO EN CUENTA CORRIENTE

    Diferencia positiva de los ingresos respecto a los gastos en
    cuenta corriente que coadyuvan a la generación de recursos
    para la formación neta de capital.

    AHORRO EN CUENTA DE CAPITAL

    Diferencia de ingresos respecto a los gastos en cuenta de
    capital.

    AHORRO EN LA ECONOMIA

    El excedente de los ingresos sobre los gastos de consumo es el
    ahorro. Se obtiene a partir del ingreso nacional disponible al
    cual se le restan los gastos de consumo final
    de las familias, el gobierno general y las instituciones sin
    fines de lucro que sirven a los hogares. El ahorro se puede
    obtener en términos brutos y netos según sea si se
    le adiciona o no el consumo de capital fijo y el excedente de la
    nación por transacciones corrientes. El ahorro bruto es
    igual a la formación bruta de capital.

    AHORRO EXTERNO

    Es la cantidad de recursos que requiere la economía nacional
    para cubrir el déficit en la cuenta corriente de la
    balanza de pagos.
    El ahorro externo se compone por la inversión extranjera
    directa, los préstamos recibidos por el sector
    público y privado no monetario, el cambio en las
    reservas internacionales, las transferencias de capital y los
    errores u omisiones.

    AHORRO FINANCIERO

    Diferencia entre el agregado monetario m4 (comprende monedas y
    billetes en poder del
    público no bancario; cuenta de cheques en
    moneda nacional y extranjera e instrumentos de ahorro
    líquido y a plazo ofrecidos al público) y los
    billetes y monedas que emite el Banco de México
    (M0).

    AHORRO INTERNO

    Cantidad de recursos generados por la economía nacional a
    través de la captación del sistema
    financiero e impositivo del país destinados al
    financiamiento
    interno y del saldo corriente de balanza de pagos.
    Es la parte del ingreso nacional que no se consume.

    Es la diferencia entre el ingreso nacional disponible y el gasto
    de consumo final privado y del gobierno.

    AJUSTAR UNA CUENTA

    Hacer concordar el saldo de una cuenta con el valor real que la
    misma represente.

    AJUSTE

    Asiento contable que se formula para modificar el saldo de dos o
    más cuentas que por alguna circunstancia no reflejan la
    realidad en un momento determinado.

    AJUSTE DE AUDITORIA

    Es un asiento contable que corrige un error detectado como
    consecuencia de un examen de cuentas practicado por un auditor
    interno o externo en una empresa.

    AJUSTE DE PERIODOS ANTERIORES

    Ganancias o pérdidas de valor sustancial que constituyen
    un ajuste sobre las utilidades presentadas en años
    anteriores y que están registradas directamente en la
    cuenta de utilidades retenidas.

    ALCISTA (BURSATIL)

    Suele decirse de quien compra valores en la bolsa calculando que
    éstos subirán en un plazo corto y que podrá
    luego venderlos obteniendo una utilidad. Frecuentemente se aplica
    el término a quienes hacen de esa práctica un medio
    de especulación.

    ALINEACION DE PRECIOS
    RELATIVOS

    Ajuste concertado para uniformar los precios
    relativos de la economía como son salarios
    (precio de la
    mano de obra), precios de bienes y servicios del sector privado,
    precios y tarifas, (precios de los servicos públicos),
    tipo de cambio
    (precio de la
    moneda nacional) y tasas de interés
    (precio del
    crédito); para ello, se incluyen todas las
    mercancías y servicios en proporciones bien calculadas
    para la estructuración de un numerario tan especial que
    represente en cierta medida un promedio de todas las
    mercancías y servicios; es decir, componentes cuyas
    variaciones se compensen exactamente y se eliminen mutuamente
    frente a cualquier variación en la distribución del ingreso.

    ALMACEN, LIBRO DE

    Es el registro o el
    conjunto de hojas sueltas o tarjetas en el
    que se anotan detalladamente los movimientos de entrada y salida
    de mercancías y otros artículos. Tales movimientos
    pueden asentarse en especie, o en especie y valor a la vez,
    según el sistema que se
    adopte.

    ALMACENES FISCALES
    Espacios destinados a almacenar mercancías sujetas al pago
    de derechos de importación y que sólo pueden
    retirarse al pago de los mismos.

    ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO

    Instituciones auxiliares de crédito que tienen por objeto
    el almacenamiento,
    guarda o conservación de bienes o mercancías y la
    expedición de certificados de depósito y bonos de
    prenda, siendo éstos últimos opcionales, cuando a
    solicitud del depositante se emitan como no negociables los
    certificados de depósitos. Tendrán también,
    los almacenes
    generales de depósitos, la posibilidad de realizar las
    siguientes actividades: a) transformar las mercancías
    depositadas para aumentar su valor, sin variar esencialmente su
    naturaleza; b)
    transportar mercancías que entren o salgan de su almacén,
    siempre que éstas vayan a ser o hayan sido almacenadas en
    éste; c) expedir certificados de depósito por
    mercancías en tránsito si el depositante y el
    acreedor prendario dan su conformidad y corren los riesgos
    inherentes, además de asegurar por conducto del almacén
    las mercancías.

    AMBITO DE COMPETENCIA

    Ejercicio de autoridad
    jurisdiccional que un órgano practica dentro de un marco
    de acción, mismo que determina los límites y
    alcances de sus acciones.

    AMORTIZACION

    Extinción gradual de cualquier deuda durante un periodo de
    tiempo; por
    ejemplo: la redención de una deuda mediante pagos
    consecutivos al acreedor, la extinción gradual
    periódica en libros de una
    prima de seguros o de una
    prima sobre bonos. Una reducción al valor en libros de una
    partida de activo fijo; un término genérico para
    depreciación, agotamiento, baja en libros, o la
    extinción gradual en libros de una partida o grupo de
    partidas de activo de vida limitada, bien sea, mediante un
    crédito directo, o por medio de una cuenta de
    valuación; por tanto, el importe de esta reducción
    constituye genéricamente una amortización.

    Erogación que se destina al pago o extinción de una
    carga o una deuda contraida por la entidad.

    Proceso de
    cancelación de un empréstito. La extinción
    de compromisos a largo y corto plazo.

    Dar de baja en libros a una parte o a todo el costo de una
    partida de activo; depreciar o agotar.

    AMORTIZACION DE ACCIONES

    Reintegrar o devolver a un accionista el importe de su
    aportación más el superávit proporcional o
    menos el déficit proporcional.

    AMORTIZACION DE DEUDA DEL SECTOR PUBLICO

    Representa la cancelación mediante pago o cualquier forma
    por la cual se extinga la obligación principal de los
    pasivos contraidos por el Gobierno Federal, los organismos y
    empresas y la banca de desarrollo a
    favor de otros agentes económicos, residentes o no
    residentes, y emitidos en moneda nacional o extranjera.

    Erogación que implica el pago total o parcial de un
    empréstito de origen interno o externo otorgado al sector
    público amparado por un título de crédito,
    convenio o contrato. La deuda del sector público,
    comúnmente se amortiza en el largo plazo, mediante pagos
    periódicos.

    AMORTIZACION DEL PASIVO CIRCULANTE (DEUDA FLOTANTE)

    Erogación que implica el pago parcial o total de adeudos
    contraidos con proveedores de
    bienes y/o servicios con vencimientos inferiores a un año,
    y que no fueron cubiertos en el ejercicio correspondiente.

    AMPARO
    Procedimiento
    señalado por la Constitución para protegerse de alguna ley
    o acto que puede lesionar los intereses de una persona física o moral.

    AMPLIACION

    A menudo se confunden los términos ampliación y
    mejora, para aclarar tal confusión las ampliaciones son
    aquéllas que constituyen una inversión
    complementaria para aumentar los equipos, edificios, etc.;
    mientras que las mejoras son aquéllas que se introducen en
    los elementos ya existentes sustituyendo ciertas piezas.

    AMPLIACION A LA LINEA DE CREDITO

    Cantidad adicional otorgada a los créditos autorizados.
    Estas operaciones son utilizadas frecuentemente por las grandes
    organizaciones
    para financiar compromisos ya contraidos o futuras
    adquisiciones.

    AMPLIACION DE CAPITAL
    Operación financiera consistente en aumentar los recursos
    del capital de una empresa. Puede realizarse mediante
    capitalización de utilidades, por suscripción o
    reconociendo parte del superávit por
    revaluación.

    Operación mediante la cual la sociedad procede al aumento
    de su capital social, emitiendo nuevas acciones.

    AMPLIACION PRESUPUESTARIA

    Es la modificación en aumento a la asignación de
    una clave presupuestaria ya existente. Puede haber ampliaciones
    compensadas o líquidas que son lo mismo que las adiciones
    compensadas o líquidas.

    ANALISIS

    Examen detallado de los hechos para conocer sus elementos
    constitutivos, sus características representativas, así
    como sus interrelaciones y la relación de cada elemento
    con él.

    ANALISIS COSTO –
    BENEFICIO

    Procedimiento
    para formular y evaluar programas o
    proyectos,
    consistente en la comparación de costos y
    beneficios, con el propósito de que estos últimos
    excedan a los primeros pudiendo ser de tipo monetario o social,
    directo o indirecto.

    Instrumento para formular y evaluar proyectos; trata
    acerca de los costos y
    beneficios de un plan,
    cuantificando ambos en términos monetarios y sociales,
    directos o indirectos, con el propósito de que los
    beneficios sean mayores a los costos. Los
    métodos
    que se usan con mayor frecuencia en este tipo de análisis son: tasa de rentabilidad
    interna, valor neto y actual, y análisis costo-eficiencia.

    La diferencia esencial entre el análisis de costo – beneficio y los
    métodos
    ordinarios de evaluación
    de inversiones que emplean las empresas, es el énfasis en
    los costos y
    beneficios sociales. El objetivo
    consiste en identificar y medir las pérdidas y las
    ganancias en el bienestar económico que recibe la sociedad
    en su conjunto.

    ANALISIS COSTO-EFICIENCIA

    Procedimiento
    a través del cual se busca el camino más
    económico y expedito para alcanzar un objetivo; se
    trata de obtener el máximo rendimiento de un volumen
    determinado de recursos.

    ANALISIS DE CORTE TRANSVERSAL

    Estudio estadístico que se realiza tomando información de un conjunto de unidades en
    un punto determinado en el tiempo y examinando las variaciones en
    la información a través de las
    unidades.

    Análisis de costo y ganancia de las
    desventajas.

    Método
    utilizado en todo sistema
    económico para proyectos y
    programas a
    futuro y para racionalizar las decisiones de inversión;
    implica dar coherencia a los objetos y los medios
    disponibles, comparando los costos con las expectativas de
    ganancia.

    ANALISIS DE ESTABILIDAD

    Estudio del comportamiento
    de las variables de
    un sistema
    económico, cuando se encuentra fuera de equilibrio; su
    principal objetivo es
    determinar en forma específica si un conjunto de variables
    convergen o divergen de sus valores de equilibrio a
    través del tiempo.

    ANALISIS DE INVENTARIOS

    Técnica para determinar el nivel óptimo de inventarios que
    se deben mantener en cualquier situación
    específica. El problema esencial es determinar el nivel
    óptimo de éstos con la finalidad de encontrar la
    forma en que pueden cambiar con ciertas variables
    clave.

    ANALISIS DE REGRESION

    Técnica estadística que se utiliza para medir la
    relación cuantitativa entre dos o más variables. Se
    utiliza para estimar o predecir los valores de
    una variable con base en valores conocidos, o para explicar
    los valores de
    una variable en términos de la otra.

    ANALISIS DE RIESGO

    Cálculo
    de la probabilidad de
    que los rendimientos reales futuros estén por abajo de los
    rendimientos esperados, esta probabilidad se
    mide por la desviación estándar o por el
    coeficiente de variación de los rendimientos
    esperados.

    ANALISIS DE VALORES

    Estudio de los factores legales, económicos, financieros y
    bursátiles de los títulos mobiliarios para explicar
    su comportamiento
    en el mercado y pronosticar su tendencia. El análisis de los valores
    puede ser fundamental y técnico.

    ANALISIS DEL PUNTO DE
    EQUILIBRIO

    Método
    para analizar las relaciones existentes entre el costo fijo, el
    costo variable y las utilidades. Representa el volumen de
    ventas al cual
    los costos totales son iguales a los ingresos totales, es decir
    el punto en que las utilidades son cero. En periodos
    inflacionarios su precisión disminuye si se utilizan
    cifras a precios corrientes.

    ANALISIS DEL SECTOR PUBLICO
    PRESUPUESTAL

    Examen detallado del comportamiento
    y evolución de la Administración
    Pública Federal, que comprende tanto al sector
    central, como al sector paraestatal. Contiene dos tipos
    diferentes y complementarios de investigaciones;
    uno referente a la estructura
    interna del sector público y otro, relativo a la
    repercusión de sus acciones sobre el sistema
    económico general.

    ANALISIS E INTERPRETACION DE ESTADOS FINANCIEROS

    Consiste en la compilación y estudio de los datos contables,
    así como la preparación e interpretación de
    razones
    financieras, tendencias y porcentajes. Es el proceso
    mediante el cual los diferentes interesados en la marcha de una
    empresa podrán evaluar a la misma, esto implica realizar
    un método de
    estudio de la empresa y de las variables
    macro y microeconómicas que la afectan para determinar los
    aspectos que la hacen una opción sólida y las
    posibilidades de enfrentar situaciones futuras adversas.

    ANALISIS ECONOMICO

    Método
    para separar, examinar y evaluar tanto cuantitativa como
    cualitativamente, las interrelaciones que se dan entre los
    distintos agentes económicos, así como los
    fenómenos y situaciones que de ella se derivan; tanto al
    interior de la economía, como en su relación con el
    exterior.

    ANALISIS FINANCIERO

    Procedimiento utilizado para evaluar la estructura de
    las fuentes y usos
    de los recursos financieros. Se aplica para establecer las
    modalidades bajo las cuales se mueven los flujos monetarios, y
    explicar los problemas y
    circunstancias que en ellos influyen.

    ANALISIS FUNDAMENTAL (BURSATIL)

    Estudio de los valores con base en factores inherentes a la
    emisora como la estructura de
    capital, ventas,
    utilidades y número de acciones en circulación.

    ANALISIS PRESUPUESTARIO

    Es el examen y explicación de los principales componentes
    del gasto público, y su impacto en las actividades
    económicas, políticas
    y sociales del país, expresados en el Presupuesto de
    Egresos de la Federación aprobado.

    ANALISIS SECTORIAL

    Es el examen programático y financiero, que incluye las
    condiciones de organización y operación de las
    entidades, que por la afinidad de sus funciones
    conforman un sector económico o administrativo dentro de
    la administración pública.

    ANALITICO DE INGRESOS

    Estado
    presupuestario que muestra la
    ejecución de la Ley de Ingresos de la Federación al
    mayor detalle, separando los ingresos efectivos de los virtuales,
    y comparando lo real con lo estimado, en un periodo
    determinado.

    ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO

    Estimación de los gastos a efectuar para el desarrollo de
    los programas
    sustantivos y de apoyo de las dependencias y entidades del Sector
    Público Presupuestario; para su elaboración se
    deben observar las normas,
    lineamientos y políticas
    de gasto que fije la Secretaría de Hacienda y
    Crédito Público; la información permite a esta dependencia
    integrar el proyecto de
    Presupuesto de Egresos de la Federación.

    ANTICIPOS A PROVEEDORES

    Pagos previos que en ocasiones, por las características de la demanda de
    ciertos productos, los
    proveedores
    exigen a sus clientes a cuenta
    de sus pedidos. Las empresas que tengan que efectuar desembolsos
    por este concepto, deberán registrarlos dentro del
    capítulo general de inventarios en
    una cuenta específica. Esta operación de anticipo
    también puede ser con el agente aduanal.

    ANTIGÜEDAD DE CUENTAS POR COBRAR

    Análisis de los débitos que integran cada uno de
    los saldos a cargo de clientes, tomando
    como base la fecha de la factura o la
    fecha de vencimiento. Este análisis se utiliza como
    auxiliar en la determinación de saldos vencidos y de
    dudosa recuperación.

    AÑO FISCAL

    Año presupuestario y contable para los cuales se
    presupuestan los ingresos y gastos brutos, y para los que se
    presentan cuentas, sin incluir ningún periodo
    complementario durante el cual puedan mantenerse abiertos los
    libros contables después del comienzo del periodo fiscal
    siguiente. En México el
    año fiscal abarca
    del 1 de enero al 31 de diciembre.

    AÑO PRESUPUESTARIO

    Periodo para el cual se aprueba, por parte de las Cámaras
    de Diputados y Senadores que integran el H. Congreso de la
    Unión, las asignaciones, compromisos, aprovisionamientos y
    pagos destinados para la ejecución de los programas
    previstos en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
    Comprende el periodo del año fiscal.

    APALANCAMIENTO

    Se refiere a las estrategias
    relativas a la composición de deuda y capital para
    financiar los activos, cuando en forma más
    específica se aplica a la razón resultante de
    dividir el pasivo entre el capital contable.

    Se concibe como el mejoramiento de la rentabilidad
    de una empresa a través de su estructura financiera y
    operativa.

    APARATO PRODUCTIVO

    Conjunto de medios e
    instrumentos con que cuenta una economía nacional para
    producir los bienes y servicios que demanda la
    sociedad en su conjunto.

    APERTURA COMERCIAL

    Proceso mediante el cual se eliminan las barreras que inhiben el
    comercio exterior
    de un país, como puede ser permisos previos o licencias de
    importación, por aranceles.

    APERTURA DE CREDITO

    Contrato por el cual el acreditante se obliga a poner una suma de
    dinero a disposición del acreditado o contraer una
    obligación por cuenta de éste para que él
    mismo haga uso del crédito concedido en la forma y en los
    términos y condiciones convenidos, quedando obligado el
    acreditado a restituir al acreditante las sumas de que se
    disponga, o a cubrirlo oportunamente por el importe de la
    obligación que contrajo y en todo caso a pagarle los
    intereses, prestaciones,
    gastos y comisiones que se estipulen.

    APERTURA ECONOMICA

    Proceso a través del cual la economía se ajusta a
    las nuevas realidades del mercado y sus relaciones sociales,
    así como a las transformaciones comerciales y
    tecnológicas mundiales. Implica homologación de la
    economía con la de los principales centros de desarrollo
    económico, para lo cual requiere fortalecer la
    inversión privada e incentivar la inversión
    foránea eliminando regulaciones y control de precios
    nacionales e internacionales y reduciendo restricciones en los
    campos financieros, fiscales, comerciales, de inversión y
    monetarios.

    APLICACION DE LOS RECURSOS

    Destino específico que se le da al uso de los recursos
    (compra de maquinaria y equipo, compra de materias primas, pago
    de pasivo, capital de
    trabajo, etc.).

    Término utilizado en el Estado de
    origen y aplicación de recursos. Las aplicaciones de
    recursos se encuentran representadas por: a) la pérdida
    neta de la empresa; b) aumentos de activo; c) disminuciones de
    pasivo; y d) disminución de capital.

    APORTACIONES

    Recursos canalizados para crear o incrementar el patrimonio de
    ciertas entidades que laboran con fines de utilidad
    pública y cuyos ingresos son insuficientes para mantener
    sus servicios.

    Son los recursos que se otorgan a las unidades productoras de
    bienes y servicios, con la finalidad de financiar la
    adquisición de activos fijos,
    activos financieros, o apoyar la liquidación de
    pasivos.

    APORTACIONES DE CAPITAL

    Las sumas pagadas en efectivo o aportadas en bienes o derechos
    por los socios o accionistas de una sociedad, para integrar el
    capital de ésta.

    Son las entregas en bienes de capital o en dinero, para financiar
    gastos de capital a las empresas de participación estatal
    y organismos descentralizados, que producen bienes y/o servicios
    para su venta en el
    mercado.

    APORTACIONES DE SEGURIDAD
    SOCIAL

    Son las contribuciones establecidas en la ley a cargo de
    personas, cuyo pago lo hace el Estado para
    cumplir con las obligaciones
    fijadas por la ley por servicios de seguridad
    social proporcionados por el mismo Estado.

    APOYOS A ESTADOS Y MUNICIPIOS

    Son las asignaciones extraordinarias que la Administración
    Pública Federal otorga a los estados, municipios y el
    Distrito Federal con la finalidad de apoyarlos en su
    fortalecimiento financiero y en caso de desastres
    naturales o por contingencias económicas, así
    como para dar cumplimiento a los Convenios de Cooperación
    que se suscriban.

    APOYOS FISCALES

    Son las asignaciones de recursos o exenciones de impuestos que se
    otorgan a las entidades en las que el Gobierno Federal tiene
    participación, destinándose los mismos a gastos de
    operación, inversión o de algún otro tipo,
    según las necesidades.

    APROVECHAMIENTOS

    Son ingresos ordinarios provenientes de las actividades de
    derecho público que realiza el gobierno, y que recibe en
    forma de recargos, intereses moratorios o multas, o como
    cualquier ingreso no clasificable, como impuestos, derechos o
    productos.

    ARANCEL

    Tarifa oficial para el pago de impuestos o contribuciones y tasas
    o derechos; aquélla que se fija oficialmente para el pago
    de los honorarios correspondientes a determinadas actividades
    profesionales, como contraprestación a un servicio
    recibido.

    Impuesto que
    se debe pagar por concepto de importación de bienes.
    Pueden ser "ad valorem" (al valor), como un porcentaje del valor
    de los bienes, o "específicos" como una cantidad
    determinada por unidad de peso o volumen. Los
    aranceles se
    emplean para obtener un ingreso gubernamental o para proteger a
    la industria
    nacional de la competencia de
    las importaciones.

    Impuesto o
    tarifa que grava los productos transferidos de un país a
    otro. El incremento de estas tarifas sobre los productos a
    importar elevan su precio y los hacen menos competitivos dentro
    del mercado del país que importa, tendiendo con esto a
    restringir su comercialización.

    ARANCEL DISCRIMINATORIO

    Impuesto a la
    importación que se establece a nivel diferente de otros
    comparables, para impedir la entrada de una mercancía de
    un determinado país de origen.

    ARBITRAJE BURSATIL

    Operación bursátil que se realiza cuando un mismo
    valor opera en dos mercados
    diferentes a precios distintos, para comprar donde esté a
    un precio menor y vender a donde el precio sea mayor y
    viceversa.

    AREA DE RESPONSABILIDAD

    Departamento, centro o nivel jerárquico de
    administración, dirección y ejecución del trabajo,
    organizado para intervenir directamente en la formulación
    de objetivos y en la comparación de los mismos con los
    resultados obtenidos, con el objeto de establecer su responsabilidad en las desviaciones habidas por
    distintos conceptos y causas.

    AREAS DE RESPONSABILIDAD, ADMINISTRACION POR

    Enfoque de administración en el cual se analiza y
    cuantifica la responsabilidad (obligación de una persona
    de desempeñar lo mejor posible las funciones que se
    le asignen), identificando la actuación con los resultados
    obtenidos. Permite que las operaciones se registren y se informe por
    niveles de responsabilidad dentro de la
    organización.

    AREAS DE RESPONSABILIDAD, CONTABILIDAD
    POR

    Es aquélla que clasifica la información contable y estadística de las actividades de una
    empresa, de acuerdo con la autoridad y
    responsabilidad de los gerentes o los responsables de ellas.

    Es una técnica que sirve para controlar los ingresos,
    costos y gastos, tomando en consideración las
    responsabilidades asignadas a cada funcionario o supervisor de
    área o departamento.

    AREAS ESTRATEGICAS Y PRIORITARIAS DEL SECTOR PUBLICO
    Son aquellas actividades económicas que por su naturaleza
    cumplen una función impulsora y dinamizadora del sistema
    económico general, y que por lo mismo forman un
    ámbito cuyo control está reservado exclusivamente
    al Estado para garantizar su explotación y uso racionales.
    Los artículos 27 y 28 de la Constitución Política de los
    Estados Unidos
    Mexicanos establecen las áreas estratégicas y
    prioritarias reservadas al Estado Mexicano.

    ARQUEO DE CAJA

    Es el corte de caja complementado con el recuento o
    verificación de las existencias en efectivo y de los
    documentos que
    forman parte del saldo de la cuenta respectiva, a una fecha
    determinada.

    ARRENDADORAS FINANCIERAS

    Son organizaciones
    que mediante un contrato de arrendamiento se obligan a adquirir
    determinados bienes y a conceder su uso o goce temporal a plazo
    forzoso a una persona física o moral,
    obligándose ésta a realizar pagos parciales por una
    cantidad que cubra el costo de adquisición de los bienes,
    los gastos financieros y otros gastos conexos, para adoptar al
    vencimiento del contrato cualquiera de las tres opciones
    siguientes: a) comprar el bien a un precio inferior a su valor de
    adquisición, fijado en el contrato, o inferior al valor de
    mercado; b) prorrogar el plazo del uso o goce del bien, pagando
    una renta menor; c) participar junto con la arrendadora de los
    beneficios que deje la venta del bien,
    de acuerdo a las proporciones y términos establecidos en
    el contrato.

    ARRENDAMIENTO

    Cesión de una persona (arrendadora) a otra (arrendatario),
    del uso de un bien mueble o inmueble, terreno, edificio,
    automóvil, maquinaria o de una parte de uno o de otro,
    durante un periodo especificado de tiempo a cambio de una
    renta u otra compensación.

    ARRENDAMIENTO A LARGO PLAZO

    Obligación por el alquiler de propiedad, mueble o inmueble
    que cubre un largo periodo de años. En su uso actual, ese
    término no sólo se aplica al arrendamiento
    obligatorio u ordinario, sino también a los contratos de
    renta y arrendamiento con opción de compra y a los
    contratos que
    se asemejan a los de arrendamiento, pero que de hecho son
    compras a
    plazo. Debido a la importancia y el carácter
    frecuentemente complicado de este tipo moderno de financiamiento, los estados
    financieros que contienen estas partidas se complementan con
    notas detalladas.

    ARRENDAMIENTO FINANCIERO

    Es el contrato por virtud del cual se otorga el uso o goce
    temporal de bienes tangibles, siempre que se cumpla con los
    siguientes requisitos: 1.- que se establezca un plazo forzoso que
    sea igual o superior al mínimo para deducir la
    inversión en los términos de las disposiciones
    fiscales o cuando el plazo sea menor, se permita a quien recibe
    el bien, que al término del plazo ejerza cualquiera de las
    siguientes opciones: a) transferir la propiedad del bien objeto
    del contrato mediante el pago de una cantidad determinada, que
    deberá ser inferior al valor del mercado del bien al
    momento de ejercer la opción; b) prorrogar el contrato por
    un plazo determinado durante el cual los pagos serán por
    un monto inferior al que se fijó durante el plazo inicial
    del contrato; y c) obtener parte del precio por la
    enajenación a un tercero del bien objeto del contrato; 2.-
    que la contraprestación sea equivalente o superior al
    valor del bien al momento de otorgar su uso o goce; y 3.- que se
    establezca una tasa de interés
    aplicable para determinar los pagos y el contrato se celebre por
    escrito.

    ARRENDAMIENTO PURO

    Operación por contrato que establece el uso o goce
    temporal de un bien, con la característica de que no existe
    opción de compra al término de la vigencia del
    contrato. Por lo tanto, la arrendadora no contrae
    obligación alguna de enajenar el bien, ni de hacerle
    partícipe al arrendatario del importe de la venta que se
    haga del bien a un tercero. En el caso de que al término
    del contrato exista un contrato de compra-venta del bien entre el
    arrendador y el arrendatario, el bien tendrá que ser
    enajenado al valor comercial o de mercado.

    ASAMBLEA DE ACCIONISTAS

    Reunión de los accionistas de una empresa que
    señala la Ley General de Sociedades
    Mercantiles en forma ordinaria o extraordinaria. Para que se
    pueda celebrar la ordinaria, es necesario que se reúnan
    los accionistas que posean, por lo menos, la mitad del capital
    social y para la extraordinaria son necesarias las tres cuartas
    partes representativas del capital.

    ASIENTO COMPUESTO

    Aquél en que hay varias cuentas deudoras, varias
    acreedoras o a la vez varias deudoras y acreedoras.

    ASIENTO CONTABLE

    Registro de
    una operación real o virtual en el libro
    correspondiente.

    Registro de
    las operaciones financieras y presupuestarias ejercidas que se
    realiza en los libros autorizados a las dependencias y entidades
    del Gobierno Federal.

    ASIENTO CORRELATIVO

    El que se hace para relacionar los movimientos deudores o
    acreedores de una o varias cuentas para que sean
    recíprocos.

    ASIENTO DE AJUSTE

    El que se hace para igualar varias cuentas o para conciliar una
    cuenta con otra, o bien para que indique su saldo verdadero en la
    fecha del estado de situación financiera.

    ASIENTO DE APERTURA

    Aquél con que se inicia el registro de las
    operaciones de una empresa. Es el balance inicial registrado como
    asiento, en los libros contables.

    ASIENTO DE CAJA

    El que debe anotarse o se encuentra anotado en el libro de
    caja.

    ASIENTO DE CIERRE

    Registro que se realiza al final del ejercicio, el cual sirve
    para liquidar todas las cuentas (activo, pasivo y capital) que
    muestren saldo; para que las mismas queden saldadas se requiere
    acreditar el saldo que tengan las cuentas de activo y cargar el
    saldo que tengan las de pasivo y capital.

    ASIENTO DE COMPLEMENTO

    El que se hace para incluir en una o varias cuentas todo el
    movimiento que
    corresponda a un periodo determinado.

    ASIENTO DE CONCENTRACION

    El que sirve para asentar en resumen, un conjunto de cargos y
    abonos tomados de un libro de primera entrada.

    ASIENTO DE DIARIO

    Registro de un libro diario, de cargos y abonos iguales, con una
    explicación de la transacción, cuando el caso lo
    requiere.

    ASIENTO DE MAYOR

    El que debe anotarse o se encuentra anotado en el libro
    mayor.

    ASIENTO DE TRASPASO

    Aquél que tiene por objeto trasladar ciertas partidas de
    una o varias cuentas a otra u otras. En la contabilidad bancaria
    un asiento de traspaso significa "asiento de diario".

    ASIENTO VIRTUAL

    Aquél que se formula sin haberse recibido ni entregado
    materialmente nada, pero que es necesario para que las cuentas
    respectivas arrojen su saldo verdadero. Los "asientos de
    complemento" se consideran dentro de esta
    clasificación.

    ASIENTOS DE AJUSTE

    Son los registros
    requeridos al final de un periodo para actualizar las cuentas
    antes de la preparación de los estados
    financieros. Los asientos de ajuste sirven para prorratear
    adecuadamente ciertas transacciones entre los periodos contables
    afectados y para registrar aquellos ingresos devengados o los
    gastos que no han podido registrarse con anterioridad al cierre
    del periodo.

    ASIENTOS EN AUXILIARES

    Son los registros que
    deben anotarse o se encuentran anotados en libros auxiliares.

    ASIGNACION

    Es el importe previsto en partidas, guiones, subguiones y/o
    incisos presupuestarios destinados a sufragar las erogaciones que
    según el objeto del gasto les corresponde.

    ASIGNACION MODIFICADA

    Importe de la asignación original, más o menos los
    importes de las afectaciones presupuestarias que pueden ser
    compensadas o líquidas. Se le denomina también como
    asignación neta o presupuesto modificado.

    ASIGNACION ORIGINAL

    Importe consignado en el Presupuesto de Egresos de la
    Federación aprobado por la H. Cámara de
    Diputados.

    ASIGNACION PRESUPUESTARIA

    Importe destinado a cubrir las erogaciones previstas en
    programas, subprogramas, proyectos y
    unidades presupuestarias, necesarias para el logro de los
    objetivos y metas programadas. Esta se divide en
    asignación original y asignación modificada.

    ASOCIACION

    Contrato en virtud del cual varios individuos convienen en
    reunirse de manera permanente para realizar un fin común
    que no esté prohibido por la ley y que no tenga
    carácter preponderantemente económico. La palabra
    asociación tiene un doble significado: el lato y el
    restringido. El significado lato comprende toda agrupación
    de personas físicas, realizada con un cierto
    propósito de permanencia para el cumplimiento de una
    finalidad cualquiera, de un interés
    común para los asociados, siempre que sea lícito.
    El significado restringido de la palabra asociación se
    entiende, a su vez, de dos maneras, como asociación de
    interés
    público y como asociación de interés
    privado. Acción de formar una compañía
    llevando a cabo las formalidades legales necesarias.

    ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI)

    Asociación creada en 1980, para sustituir a la ALALC
    (Asociación Latinoamericana de Libre Comercio),
    cuyo principal objetivo es
    impulsar la integración y desarrollo
    económico de los países miembros. Está
    constituida por once naciones latinoamericanas: Argentina,
    Bolivia,
    Brasil,
    Colombia,
    Chile,
    Ecuador,
    México,
    Paraguay,
    Perú, Uruguay y
    Venezuela. Las
    funciones
    básicas de la ALADI son:
    promover y regular el comercio en
    forma recíproca entre los países de la
    región; buscar la complementación económica
    entre los países miembros; y desarrollar acciones de
    cooperación que contribuyan a la ampliación de los
    mercados
    nacionales.

    ASUNCION DE LA DEUDA (ASUNCION DE PASIVO)

    Mecanismo a través del cual el Gobierno Federal asume como
    propios, para su pago, el conjunto de empréstitos de
    terceros a entidades de la Administración Pública
    Paraestatal, con el fin de sanear su estructura financiera. No
    constituye un requerimiento de efectivo y sí un doble
    registro de ingreso-gasto, ya que al ser autorizado, se registra
    virtualmente un financiamiento
    y una aportación del Sector Central, así como una
    amortización y una aportación al patrimonio de
    la entidad beneficiada.

    AUDITOR

    Persona capacitada y designada por parte competente, para
    examinar determinadas cuentas e informar o dictaminar acerca de
    ellas. Originalmente la palabra que se define significa "oidor" u
    "oyente". El origen de su uso en la contaduría puede
    encontrarse en épocas remotas en Inglaterra,
    cuando pocas personas sabían leer y las cuentas de los
    grandes propietarios eran "oídas" (escuchadas) en vez de
    ser examinadas como se hace en la actualidad.

    AUDITOR INTERNO

    Es responsable de la dirección y conducción de la
    auditoría
    interna de una dependencia o entidad.

    AUDITORIA

    Es el examen objetivo y
    sistemático de las operaciones financieras y
    administrativas de una entidad, practicado con posterioridad a su
    ejecución y para su evaluación.

    Revisión, análisis y examen periódico
    que se efectúa a los libros de contabilidad, sistemas y
    mecanismos administrativos, así como a los métodos de
    control
    interno de una organización administrativa, con el
    objeto de determinar opiniones con respecto a su
    funcionamiento.

    AUDITORIA ADMINISTRATIVA

    Es una revisión sistemática y evaluatoria de una
    entidad o parte de ella, que se lleva a cabo con la finalidad de
    determinar si la
    organización está operando eficientemente.
    Constituye una búsqueda para localizar los problemas
    relativos a la eficiencia dentro
    de la
    organización. La auditoría
    administrativa abarca una revisión de los objetivos,
    planes y programas de la empresa; su estructura orgánica y
    funciones; sus sistemas,
    procedimientos
    y controles; el personal y las
    instalaciones de la empresa y el medio en que se desarrolla, en
    función de la eficiencia de
    operación y el ahorro en los costos. La auditoría
    administrativa puede ser llevada a cabo por el licenciado en
    administración de empresas y otros
    profesionales capacitados, incluyendo al contador público
    adiestrado en disciplinas administrativas o respaldado por otros
    especialistas. El resultado de la auditoría
    administrativa es una opinión sobre la eficiencia
    administrativa de toda la empresa o parte de
    ella.

    AUDITORIA CONTINUA

    Cualquier auditoría de trabajo detallado que se hace
    continuamente o a ciertos intervalos durante un ejercicio fiscal,
    con el objeto de descubrir y corregir, antes de finalizar el
    ejercicio, procedimientos
    ineficaces o erróneos, reduciendo en esta forma el trabajo del
    auditor externo al cierre del ejercicio.

    AUDITORIA DE BALANCE

    Revisión, por un contador público, de los registros de
    contabilidad de una empresa y de sus métodos
    internos de control, que sirve a dicho profesional para expresar
    su opinión acerca de los estados
    financieros de aquélla. Entre los objetivos
    principales de una auditoría de balance, se encuentran los
    siguientes directamente relacionados con los estados
    financieros que examina: certeza de que no se omitió
    alguna partida de importancia del activo, del pasivo, o del
    capital; que las declaraciones informativas son razonablemente
    correctas y no fueron incluidas en los estados con la
    intención de dificultar la interpretación de
    éstos; que el activo que se muestra a la
    fecha del balance es realmente de la empresa y el pasivo
    representa sus obligaciones reales o contingentes; que las
    partidas del capital se clasificaron correctamente conforme a su
    naturaleza; que el superávit se analizó en sus
    componentes principales; y que el estado de
    ingresos y gastos refleje razonablemente los resultados de las
    operaciones por el periodo indicado.

    AUDITORIA DE CAJA

    Examen limitado a las operaciones de caja (dinero en efectivo y
    cuentas de cheques con
    los bancos) durante el periodo determinado, llevada a cabo con el
    fin de cerciorarse de que todo el dinero
    recibido ha sido debidamente asentado en las cuentas y de
    comprobar que todos los pagos han sido autorizados y registrados
    en modo apropiado. La auditoría de caja implica un trabajo
    detallado, pero limitado en cuanto a su programa, ya que
    se refiere exclusivamente a la fuente de origen de los ingresos y
    a la naturaleza de los egresos, con objeto de comprobar su
    exactitud. Además de la verificación de ingresos y
    egresos, incluye la comprobación material de las
    existencias en caja por medio de un arqueo y la
    confirmación directa de los saldos en cuenta de cheques, por
    medio de correspondencia con las instituciones bancarias
    respectivas. Una auditoría de esta especie determina las
    responsabilidades de las personas encargadas del manejo de
    fondos, en caso de que las hubiera.

    AUDITORIA DE OBRA PUBLICA

    Se orienta a verificar el cumplimiento de los programas de obra
    pública; la correcta aplicación del presupuesto
    asignado, en términos de eficiencia, economía y
    honradez; la observancia de las disposiciones legales aplicables
    en la materia; la
    comprobación del cumplimiento a los programas de obra
    establecidos en el contrato; la revisión de que las obras
    contratadas se inicien y concluyan en las fechas pactadas; y que
    se supervisen en todas las fases conforme a las normas y procedimientos
    que al efecto se establezcan, entre otros aspectos.

    AUDITORIA DE RESULTADO DE PROGRAMAS

    Examen para verificar si las actividades de las dependencias y
    entidades del Sector Público se realizaron con
    oportunidad, para el logro de los objetivos y metas programadas
    en relación con el avance del ejercicio
    presupuestario.

    AUDITORIA DE SISTEMAS

    Está dirigida a evaluar los sistemas y
    procedimientos
    de uso en una empresa, con el propósito de determinar si
    su diseño
    y aplicación son correctos; y comprobar el sistema de
    procesamiento de información como parte de la
    evaluación de control
    interno; así como para identificar aspectos
    susceptibles de mejorarse o eliminarse.

    AUDITORIA ESPECIAL

    La que se lleva a cabo con una finalidad distinta a la de
    dictaminar los estados
    financieros de fin de ejercicio. En una auditoría de este tipo, puede ser necesario
    comprobar detalladamente las operaciones o bien puede ser
    suficiente llevar a cabo pruebas
    selectivas de ciertas partes de la contabilidad. Generalmente
    este tipo de auditoría implica el examen y
    comprobación particular de alguna cuenta o cuentas.

    AUDITORIA EXTERNA

    Revisión, análisis y examen contable y de control
    general practicado por un contador público independiente,
    ajeno a empresas privadas y a las entidades de la
    Administración Pública Federal.

    AUDITORIA FINANCIERA

    Examen y comprobación de las operaciones, registros,
    informes y los
    estados financieros de una entidad correspondientes a determinado
    periodo, la determinación de las disposiciones legales,
    políticas y otras normas aplicables, y la
    revisión y evaluación del control
    interno establecido.

    Revisión, análisis y examen de las transacciones,
    operaciones y requisitos financieros de una entidad con objeto de
    determinar si la información financiera que se produce es
    confiable, oportuna y útil.

    AUDITORIA GUBERNAMENTAL

    Revisión y examen que llevan a cabo la Secretaría
    de Contraloría y Desarrollo Administrativo y la
    Contaduría Mayor de Hacienda a las operaciones de
    diferente naturaleza, que realizan las dependencias y entidades
    del Gobierno Federal, Estatal y Municipal en el cumplimiento de
    sus atribuciones.

    AUDITORIA INTEGRAL

    Revisión global de las actividades financieras, contables
    y administrativas que realizan las dependencias y entidades de la
    Administración Pública Federal, que incluye
    auditoría financiera, operacional, de resultados de
    programas y de legalidad.

    AUDITORIA INTERNA

    Revisión, análisis y examen que se efectúa a
    los controles y la contabilidad de una entidad, con objeto de
    diagnosticar y evaluar su funcionamiento, proporcionando
    información que apoye el resultado de la gestión, practicado por personal
    perteneciente a la propia entidad.

    AUDITORIA OPERACIONAL

    Es una revisión y evaluación parcial o total de las
    operaciones y procedimientos adoptados en una empresa, con la
    finalidad principal de auxiliar a la dirección a eliminar
    las deficiencias por medio de la recomendación de medidas
    correctivas.

    Comprende además de la financiera, el examen y
    evaluación de la planeación, organización,
    dirección y control
    interno administrativo; de la eficiencia, eficacia y
    economía con que se han empleado los recursos
    humanos, materiales y financieros; y de los resultados de las
    operaciones programadas para saber si se han logrado o no los
    objetivos propuestos.

    AUDITORIA PRESUPUESTARIA

    Proceso de examen y revisión en detalle de las actividades
    de gobierno para verificar la eficiencia, honestidad y
    legalidad con que se emplean los recursos del Estado.

    AUMENTO DE PASIVO

    Significa un incremento en las obligaciones de la entidad y puede
    tener su origen en tres causas principales: a) aumento del
    activo; b) disminución del capital; y c)
    sustitución del mismo pasivo.

    AUMENTO NETO DE LA DEUDA

    Diferencia existente entre la colocación de los nuevos
    empréstitos o aumentos en el pasivo fijo, y la
    amortización en efectivo o con otros activos asignados
    para el pago de la deuda en un mismo año. También
    se le conoce como endeudamiento neto.

    AUMENTO NETO DE LAS CUENTAS POR PAGAR

    Incremento contable de los adeudos. Diferencia entre el valor de
    los bienes y servicios comprados y los pagos hechos por esos
    conceptos durante el ejercicio, así como los pagos
    recibidos a título de anticipo por las ventas de
    bienes y servicios y la diferencia entre los intereses devengados
    y las cantidades pagadas por concepto de intereses de las
    obligaciones que el sector del gobierno central adeuda a otros
    sectores, salvo en los casos en que tales intereses se agreguen a
    la obligación respectiva.

    AUMENTOS DE ACTIVO

    Adición de bienes que posee una entidad. Esta
    adición puede derivarse por tres motivos: a)
    capitalización de beneficios; b) aumento del pasivo
    (ejemplo: compra de mercancías a crédito); y c)
    disminución del mismo activo (compra en efectivo).

    AUMENTOS DE CAPITAL

    Incrementos de las acciones de una empresa. Estos pueden
    originarse por : a) aumentos en el capital; b) conversión
    de capital contable a capital social; y c) combinación de
    los dos casos anteriores.

    AUTOEVALUACION

    Es la herramienta más práctica con que cuenta una
    dependencia o entidad para conocer los avances y las desviaciones
    de sus objetivos, planes y programas, sobre todo de la
    operatividad de aquellas acciones que se emprenden con la
    finalidad de mejorar la funcionalidad de los sistemas y
    procesos que
    regulan el quehacer de la propia entidad. Revisión
    detallada y periódica del propio responsable de las
    acciones emprendidas para mejorar el funcionamiento de
    determinada área, unidad, órgano, sistema o
    procedimiento, a fin de medir el grado de eficiencia, eficacia y
    congruencia en su operación.

    AUTONOMIA DE GESTION

    Mayor margen de maniobra otorgado a las empresas públicas
    que les permite tener más agilidad para adecuarse a las
    nuevas circunstancias para el desarrollo pleno de la capacidad
    gerencial de los niveles de dirección, reformulando el
    sistema de relaciones existentes entre el sector central y el
    paraestatal.

    Proceso mediante el cual las empresas públicas deciden
    responsablemente la adquisición o enajenación de
    productos, el ejercicio de los recursos propios, su estructura
    administrativa y los niveles de remuneración del personal cuya
    fijación no sea competencia de
    otras instancias, para cumplir más eficaz y eficientemente
    con los objetivos estratégicos que le asigna el Estado.

    Supone el desarrollo de un sistema de evaluación que pone
    énfasis en los resultados, para lo cual es necesario
    establecer indicadores de
    gestión. De esta forma, la evaluación se
    convierte en apoyo sustancial de las funciones de
    dirección.

    AUTORIDAD

    Atribución conferida por la ley a ciertas personas, para
    que éstas puedan ejercer la función de mando,
    encaminada a lograr el cumplimiento de la ley o funciones de las
    instituciones.

    AUTORIDAD FISCAL

    Dícese del representante del poder público que
    está facultado para recaudar impuestos, controlar a los
    causantes, imponer sanciones previstas por el Código
    Fiscal, interpretar disposiciones de la ley, etc.

    AUTORIDAD RECAUDADORA

    La constituyen las unidades del Servicio de Administración
    Tributaria que comprende las aduanas y
    oficinas de este órgano desconcentrado de la
    Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
    las autoridades fiscales de las entidades federativas
    coordinadas, los organismos descentralizados y bancos comerciales
    competentes para recaudar la contribución federal de que
    se trate, para llevar a cabo el procedimiento administrativo de
    ejecución.

    Las autoridades recaudadoras federales son de conformidad con la
    Ley del Servicio de la Tesorería de la Federación y
    la Ley del Servicio de Administración Tributaria las
    encargadas de los servicios de "recaudación", provenientes
    de la aplicación de la Ley de Ingresos de la
    Federación y de otros conceptos que deba percibir el
    Gobierno Federal.

    AUTORIDADES ADMINISTRADORAS

    Son las autoridades fiscales de la Secretaría de Hacienda
    y Crédito Público, de las entidades federativas
    coordinadas y de los organismos descentralizados, competentes
    para conceder la autorización de que se trate.

    AUTORIZACION DE CARGO

    Documento presupuestario que se usa cuando hay necesidad de
    gravar el presupuesto de egresos, sin que materialmente exista
    erogación de fondos públicos.

    Operación a través de la cual se realizan prestaciones
    de servicios de una entidad a otra, sin que efectúen
    erogaciones efectivas que signifiquen una disminución de
    sus asignaciones presupuestarias.

    AUTORIZACION DE CREDITO

    Otorgamiento de anuencia de la Secretaría de Hacienda y
    Crédito Público a las solicitudes para contratar
    créditos, presentados por los organismos descentralizados,
    empresas de participación estatal mayoritaria y los
    fideicomisos creados por el Gobierno Federal.

    AUTORIZACION DEFINITIVA

    Documento mediante el cual la Secretaría de Hacienda y
    Crédito Público autoriza la inversión
    física a las dependencias y entidades. Esta
    autorización se da a nivel de programa,
    subprograma y proyecto
    (prioritario o estratégico). Por lo que se refiere a estos
    últimos se considera tanto los que hayan sido objeto de
    autorización especial, y que pudieran ser modificados o no
    durante el proceso de sanción legislativa del Presupuesto
    de Egresos de la Federación, como los no incluidos en esta
    fase.

    AUTORIZACION ESPECIAL

    Documento mediante el cual la Secretaría de Hacienda y
    Crédito Público autoriza la inversión
    física y tiene por objeto que las dependencias y entidades
    puedan comprometer anticipadamente recursos para proyectos nuevos
    o en proceso, considerados como estratégicos o
    prioritarios a efecto de asegurar la oportunidad o continuidad de
    las obras o de las adquisiciones. Esta autorización se
    originó con base en el acuerdo conocido como de
    "secas".

    AVAL

    Garantía total o parcial de pago prestada por un tercero,
    que se obliga solidariamente con el deudor, para el caso de que
    éste no lo realice. El aval se hace constar en los propios
    títulos de crédito o bien en un oficio, contrato o
    cualquier otro instrumento, en forma genérica.

    La obligación contraida por alguno de los signatarios de
    un título de crédito o por un extraño, de
    pagar dicho título en todo o en parte, en defecto de
    alguno de los obligados en el título mismo. El aval se
    hace constar en el propio documento o en hoja que se le adhiera.
    Se expresa con la fórmula "por aval", u otra equivalente y
    debe llevar la firma de quien lo presta. Legalmente, la sola
    firma en el documento puede tenerse como aval, en algunos
    casos.

    AVALISTA

    Persona que otorga el aval. Para efectos de la deuda
    pública el avalista oficial es la Secretaría de
    Hacienda y Crédito Público.

    AVALUO

    Estimación o dictamen pericial que se hace del valor o
    precio de una cosa.

    AVALUO CATASTRAL

    La valuación oficial de un inmueble para fines de
    contribuciones prediales.

    AVANCE FINANCIERO

    Reporte que permite conocer la evolución y ejercicio del gasto
    público en un periodo determinado para su
    evaluación.

    AVANCE FISICO

    Reporte que permite conocer en una fecha determinada el grado de
    cumplimiento en términos de metas que van teniendo cada
    uno de los programas de la Administración Pública y
    que posibilita a los responsables de los mismos conocer la
    situación que guardan durante su ejecución.

    AVANCE FISICO FINANCIERO

    Reporte que permite conocer los resultados de las metas
    programadas en relación con los recursos del gasto
    utilizados en un periodo determinado.

    AVISO DE CARGO

    Operación a través de la cual se realizan funciones
    de regularización y pago de las operaciones efectuadas con
    cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación.

    AVISO DE PAGO

    Cuenta por liquidar certificada sin previa radicación de
    orden de pago, cuya finalidad es justificar las erogaciones que
    se cubran con cargo a las partidas que al efecto autorice la
    Secretaría de Hacienda y Crédito
    Público.

    AVISO DE REINTEGRO (DOCUMENTO MULTIPLE)

    Modalidad del documento múltiple, por medio del cual las
    dependencias reintegran recursos presupuestarios a la
    Tesorería de la Federación, o a las instituciones
    bancarias con abono al Presupuesto de Egresos de la
    Federación, por concepto de pagos en demasía o
    indebidos.

    AYUDAS

    Asignaciones que la Administración Pública Federal
    otorga a los diferentes sectores de la población e instituciones sin fines de
    lucro, en forma directa o mediante fondos y fideicomisos. Incluye
    las asignaciones que el Gobierno Federal destina para apoyar a la
    población.
    Es el traslado de recursos en dinero o en especie que recae
    directamente en los individuos o familias para incrementar su
    ingreso disponible.

    AYUDAS A LOS SECTORES SOCIAL Y
    PRIVADO

    Agrupa las asignaciones corrientes que
    otorga la Administración Pública Central sin
    contraprestación alguna, ya sea en forma directa o
    mediante fondos fideicomitidos, a los sectores social y privado y
    al exterior.

    Son los recursos que se otorgan con el
    objeto de financiar la adquisición de activos fijos y/o
    apoyar la liquidación de pasivos, a algunas entidades que
    laboren con fines de utilidad pública y cuyos ingresos son
    insuficientes para mantener sus servicios.

    B

    BAJO LA PAR

    Expresión utilizada en
    títulos de crédito especialmente en los emitidos en
    serie, cuando su valor efectivo es inferior a su valor nominal,
    bien sea en el momento de su emisión o posteriormente, en
    su negociación.

    Se dice con referencia a los
    títulos de crédito que se cotizan con descuento
    sobre su valor nominal.

    BALANCE DE LA RENTA
    NACIONAL

    Es un apartado del balance de una
    economía nacional, que registra el movimiento de los
    ingresos, desde la formación de los mismos como resultado
    de la realización de la producción, hasta su
    distribución entre los distintos sectores
    económicos.

    BALANCE
    DICTAMINADO

    Estado financiero que se acompaña
    del dictamen de un contador público titulado; dictamen que
    consiste en la opinión emitida por el profesional de
    referencia en cuanto si el balance presenta de una manera
    razonable la situación financiera de la empresa, conforme
    a principios de
    contabilidad generalmente aceptados. A este estado se le
    denomina también estado de situación financiera
    dictaminado.

    BALANCE
    ECONOMICO

    Resultado positivo (superávit), o
    negativo (déficit), de la confrontación entre los
    ingresos y los egresos del Gobierno Federal y de las entidades
    paraestatales de control presupuestario directo e indirecto. El
    balance económico se divide en presupuestario y
    extrapresupuestario.

    BALANCE FINANCIERO O BALANCE DEL
    SECTOR PUBLICO

    Resultado que se obtiene de sumar el
    balance económico y el resultado del uso de recursos para
    financiar a los sectores privado y social (déficit o
    superávit por intermediación
    financiera).

    Resultado que se obtiene de sumar al
    balance del Gobierno Federal, el déficit o
    superávit de las entidades paraestatales de control
    presupuestario directo e indirecto y el resultado del uso de
    recursos para financiar a los sectores privado y
    social.

    BALANCE GENERAL

    Es el estado
    básico demostrativo de la situación financiera de
    una empresa, a una fecha determinada, preparado de acuerdo con
    los principios
    básicos de contabilidad gubernamental que incluye el
    activo, el pasivo y el capital contable.

    BALANCE GENERAL
    COMPARATIVO

    Estado financiero en el que se comparan
    los diferentes elementos que lo integran en relación con
    uno o más periodos, con el objeto de mostrar los cambios
    ocurridos en la posición financiera de una empresa y
    facilitar su análisis.

    BALANCE GENERAL
    CONSOLIDADO

    Es aquél que muestra la
    situación financiera y resultados de operación de
    una entidad compuesta por la compañía tenedora y
    sus subsidiarias, como si todas constituyeran una sola unidad
    económica.

    Se formula sustituyendo la
    inversión de la tenedora en acciones de
    compañías subsidiarias, con los activos y pasivos
    de éstas, eliminando los saldos y operaciones efectuadas
    entre las distintas compañías, así como las
    utilidades no realizadas por la entidad.

    BALANCE GENERAL
    ESTIMATIVO

    Es un estado financiero preparado con
    datos
    preliminares, que usualmente son sujetos de
    rectificación.

    BALANCE GENERAL
    PROFORMA

    Estado contable que muestra
    cantidades tentativas, preparado con el fin de mostrar una
    propuesta o una situación financiera futura
    probable.

    BALANCE, METODOS DE PRESENTACION
    DEL

    La presentación de las diferentes
    cuentas que integran el balance se puede realizar en
    función de su orden creciente o decreciente de liquidez.
    El método es creciente cuando se presentan primero los
    activos de mayor liquidez o disponibilidad y a
    continuación en este orden de importancia las demás
    cuentas. Se dice que el balance está clasificado en orden
    de liquidez y de exigibilidad decreciente, cuando los activos
    inmovilizados se presentan primero y finalmente, observando ese
    orden los activos realizables o corrientes.

    BALANCE OPERACIONAL FINANCIERO DEL
    SECTOR PUBLICO

    Estado que muestra las
    operaciones financieras de ingresos, egresos y déficit de
    las dependencias y entidades del Sector Público Federal
    deducidas de las operaciones compensadas realizadas entre ellas.
    La diferencia entre gastos e ingresos totales genera el
    déficit o superávit
    económico.

    BALANCE
    PRESUPUESTARIO

    Saldo que resulta de comparar los
    ingresos y egresos del Gobierno Federal más los de las
    entidades paraestatales de control presupuestario
    directo.

    BALANCE PRIMARIO DEL SECTOR
    PUBLICO

    El balance primario es igual a la
    diferencia entre los ingresos totales del Sector Público y
    sus gastos totales, excluyendo los intereses. Debido a que la
    mayor parte del pago de intereses de un ejercicio fiscal
    está determinado por la acumulación de deuda de
    ejercicios anteriores, el balance primario mide el esfuerzo
    realizado en el periodo corriente para ajustar las finanzas
    públicas.

    BALANZA
    COMERCIAL

    Es la parte de la balanza de pagos
    que contempla las importaciones y
    exportaciones de
    mercancías o bienes tangibles. Se utiliza para registrar
    el equilibrio o
    desequilibrio en el que se encuentran estas transacciones
    respecto al exterior y se expresan en déficit o
    superávit; el primero cuando son mayores las importaciones; y
    el segundo cuando son mayores las exportaciones.

    BALANZA DE
    COMPROBACION

    Es un estado contable que se formula
    periódicamente, por lo general al fin de cada mes, para
    comprobar que la totalidad de los cargos es igual a la totalidad
    de los abonos hechos en los libros durante cierto periodo. La
    "balanza" casi siempre contiene los siguientes datos: a) folios
    de las cuentas; b) nombres de éstas; c) saldos deudores y
    acreedores debidamente clasificados; y d) sumas de saldos
    deudores y acreedores, las cuales deben ser iguales entre
    sí.

    Conjunto de datos que arroja
    el libro mayor antes de que se registren los asientos de
    liquidación de cuentas de los presupuestos y
    de resultados de cada uno de los siguientes grupos: erario,
    administración e inventario. La
    forma contiene tres grandes divisiones: a) cuentas,
    números y títulos de las mismas; b) movimientos,
    subdivisiones y cuentas generales, cada una con dos columnas que
    corresponden a "debe" y "haber"; y c) saldos, subdivisiones y
    cuentas generales, cada una con dos columnas correspondientes a
    "deudores" y "acreedores". En consecuencia, es la lista o
    extracto de saldos o total de los débitos y de los
    créditos de las cuentas de un mayor que tiene por objeto
    determinar la igualdad de
    cargos y abonos asentados y fijar un resumen básico para
    los estados financieros.

    BALANZA DE PAGOS

    Registro sistemático de todas las
    transacciones económicas efectuadas entre los residentes
    del país que compila y los del resto del mundo. Sus
    principales componentes son la cuenta corriente, la cuenta de
    capital y la cuenta de las reservas oficiales. Cada
    transacción se incorpora a la balanza de pagos
    como un crédito o un débito. Un crédito es
    una transacción que lleva a recibir un pago de
    extranjeros; un débito es una transacción que lleva
    a un pago a extranjeros.

    Las transacciones económicas que
    se incluyen en la balanza de pagos
    son: las operaciones de bienes y servicios y renta entre una
    economía y el resto del mundo; los movimientos de activos
    y pasivos financieros de esa economía con el resto del
    mundo; los traspasos de propiedad y otras variaciones de oro
    monetario; los derechos especiales de giro (DEG); y las
    transferencias unilaterales.

    BALANZA DE RENTA

    Pagos a factores de la producción,
    que por definición no acarrea ninguna
    transformación, antes de convertirse en renta o ingreso de
    sus propietarios; intereses devengados por depósitos
    bancarios, títulos de la deuda y otros préstamos y
    dividendos percibidos por participación del capital,
    utilidades reinvertidas y crédito a la inversión
    directa.

    BALANZA DE
    SERVICIOS

    Es el registro sistemático del
    total de pagos realizados por los servicios de los residentes de
    un país a los del exterior, y los que éstos a su
    vez cubrieron. A estos ingresos y egresos también se les
    denomina importaciones y
    exportaciones de
    servicios.

    BALANZA EN CUENTA
    CORRIENTE

    Esta cuenta agrupa los bienes, servicios,
    rentas y transferencias netas unilaterales efectuadas mediante
    transacciones bilaterales o unilaterales con el exterior en un
    período determinado. Cabe señalar que en las
    transferencias netas unilaterales se incluyen las corrientes y
    las de capital. Sin embargo es útil separar las
    transferencias corrientes de las transferencias de capital, ya
    que las primeras permiten determinar el ingreso nacional
    disponible y las segundas el ahorro.

    BALANZA EN LA CUENTA DE
    CAPITAL

    La cuenta de capital registra
    básicamente cambios en los activos y pasivos financieros
    internacionales que permiten determinar la formación bruta
    de capital y su financiamiento. Esta cuenta tiene tres grupos
    componentes: a) los movimientos de capital, b) los movimientos en
    los pasivos específicos, y c) los movimientos en las
    reservas.

    El primero se integra por tres rubros: la
    inversión directa, la inversión de cartera y la de
    capital a largo plazo.

    El segundo grupo
    está constituido por capital a corto plazo, que
    está vinculado a los procesos de
    financiamiento de los desequilibrios en las relaciones
    económicas con el exterior que se destinan a fortalecer
    las reservas internacionales y a financiar la deuda existente
    vinculada al sector oficial.

    El tercero incluye las reservas
    internacionales y conceptos afines relativos a la tenencia de
    estos activos y las contrapartidas contables de las
    modificaciones originadas por las revalorizaciones o
    desvalorizaciones.

    BALANZA DE TRANSFERENCIAS UNILATERALES
    NETAS

    Es el registro de los activos financieros
    que no tienen contraprestación entre ellos, y de las
    cuales se conocen dos tipos: privadas y gubernamentales. En el
    primer tipo de transferencias se encuentran las transferencias de
    emigrantes y remesas de trabajadores, los llevados por
    inmigrantes al exterior, y los egresos de activos financieros
    originados por remesas de trabajadores al resto del mundo; y la
    de segundo tipo comprende créditos y donaciones del
    gobierno de un país a otro sean otorgados o
    recibidos.

    BANCA

    Se denomina con este término a la
    actividad que realizan los bancos comerciales y de desarrollo en
    sus diferentes modalidades que conforman el sistema bancario y
    constituyen instituciones de intermediación financiera.
    Esto es que admiten dinero en forma de depósito, otorgando
    por ello un interés (tasa pasiva), para posteriormente, en
    unión de recursos propios, conceder créditos,
    descuentos y otras operaciones financieras por las cuales cobra
    un interés (tasa activa), comisiones y gastos en su
    caso.

    BANCA COMERCIAL

    Se denomina así a las
    instituciones de crédito autorizadas por el Gobierno
    Federal para captar recursos financieros del público y
    otorgar a su vez créditos, destinados a mantener en
    operación las actividades económicas. Por estas
    transacciones de captación y financiamiento, la banca comercial
    establece tasas de interés activas y
    pasivas.

    BANCA DE
    DESARROLLO

    Instituciones que ejercen el servicio de
    banca y
    crédito a largo plazo con sujeción a las
    prioridades del Plan Nacional de
    Desarrollo y en especial al Programa Nacional
    de Financiamiento del Desarrollo, para promover y financiar
    sectores que le son encomendados en sus leyes
    orgánicas de dichas instituciones. Por ejemplo a Nacional
    Financiera (NAFIN), se le encomienda promover el ahorro y la
    inversión, así como canalizar apoyos financieros y
    técnicos al fomento industrial y en general, al desarrollo
    económico nacional y regional del país. Las
    instituciones de banca de
    desarrollo tienen por objeto financiar proyectos prioritarios
    para el país.

    BANCA EXTRANJERA

    Está constituida por el conjunto
    de entidades financieras cuyas oficinas matrices
    radican en el exterior y son regidas por las leyes de los
    países a los que pertenecen.

    BANCA MIXTA

    Son instituciones financieras
    constituidas con aportaciones del Gobierno Federal, así
    como de particulares. Es a esta conformación de capital a
    la que debe su nombre.

    BANCA MULTIPLE

    Situación jurídica especial
    que permite a las instituciones de crédito realizar por
    sí solas todas las funciones de banco,
    financiera, hipotecaria , fiduciaria y compraventa de
    valores.

    BANCA PRIVADA

    Son las instituciones financieras de
    propiedad particular que realizan funciones de captación y
    financiamiento de recursos, persiguiendo con ello una utilidad o
    beneficio como resultado del diferencial entre las tasas de
    interés activas y pasivas.

    BANCO

    Institución que realiza
    operaciones de banca, es decir
    es prestatario y prestamista de crédito; recibe y
    concentra en forma de depósitos los capitales captados
    para ponerlos a disposición de quienes puedan hacerlos
    fructificar.

    BANCO CENTRAL

    El banco de propiedad y/o control
    público que actúa como autoridad monetaria de un
    país; posee y administra las reservas internacionales y
    tiene pasivos en forma de depósitos a la vista de otros
    bancos y de las entidades públicas del país o de
    particulares.

    Institución pública cuya
    finalidad primordial es proponer y aplicar las medidas de
    política
    monetaria y crediticia de un país con el objeto de
    coadyuvar al buen funcionamiento de la economía nacional;
    constituye el centro financiero del país y es normalmente
    controlada total o parcialmente por el gobierno, aunque en
    algunos casos es autónomo. Las funciones principales de un
    banco central son: mantener y regular la reserva monetaria del
    país; emitir moneda en forma exclusiva; fijar las tasas de
    interés que operen en el sistema monetario; regular la
    circulación monetaria y el volumen del
    crédito; actuar como banco de bancos y cámara de
    compensaciones; controlar a los bancos comerciales para apoyar la
    política
    monetaria del gobierno; fungir como representante del
    gobierno ante instituciones financieras internacionales; realizar
    operaciones de mercado abierto; y administrar la deuda
    pública; excepcionalmente realiza negocios
    bancarios ordinarios.

    BANCO DE MEXICO

    Es el banco central de la nación.
    Fue creado por la ley del 15 de agosto de 1925 y constituido por
    escritura
    pública el 1 de septiembre de ese mismo año.
    Actualmente se rige por la Ley del Banco de México
    publicada el 23 de diciembre de 1993 correspondiéndole
    desempeñar las siguientes funciones:

    a) Regular la emisión y
    circulación de la moneda, los cambios, la
    intermediación y los servicios financieros, así
    como los sistemas de pagos.

    b) Operar con las instituciones de
    crédito como banco de reserva y acreditante de
    última instancia.

    c) Prestar servicios de tesorería
    al Gobierno Federal y actuar como agente financiero del
    mismo.

    d) Fungir como asesor del Gobierno
    Federal en materia
    económica y particularmente financiera.

    e) Participar en el Fondo Monetario
    Internacional y en otros organismos de cooperación
    financiera internacional o que agrupen a bancos centrales y con
    otras personas morales extranjeras que ejerzan funciones de
    autoridad en materia
    financiera.

    BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
    (BID)

    Institución financiera
    internacional fundada el 30 de diciembre de 1959 por veinte
    naciones de América: Estados Unidos y
    diecinueve países latinoamericanos. Actualmente pertenecen
    al BID 26 naciones americanas y 15 países extra
    regionales. Los recursos del BID se originaron con las
    aportaciones ordinarias de capital de cada país miembro y
    con un fondo para operaciones especiales.

    Funciones del
    BID:

    a) Promover la inversión de
    capitales públicos y privados para fortalecer el
    desarrollo de los países miembros.

    b) Estimular las inversiones privadas en
    proyectos que impulsan el desarrollo.

    c) Utilizar los fondos para contribuir al
    crecimiento de los países que lo
    integran.

    BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION
    Y FOMENTO (BIRF)

    Institución especializada de las
    Naciones Unidas
    fundada en 1945 según los acuerdos de la Conferencia
    Internacional de Bretton Woods (1944), con el propósito
    fundamental de asignar capitales para fomentar la
    reconstrucción de las regiones afectadas por la segunda guerra
    mundial, y acelerar el desarrollo de aquéllas en que
    la producción industrial y agrícola esté
    retrasada.

    El BIRF obtiene sus fondos de las
    ventas de sus
    títulos a los países miembros y de la
    comisión de bonos en los mercados
    financieros internacionales. Otorga préstamos en forma
    directa a los gobiernos, más frecuentemente a las empresas
    o instituciones privadas bajo la garantía del gobierno;
    también puede garantizar préstamos realizados por
    prestamistas privados. Suministra también servicios
    consultivos sobre desarrollo
    económico.

    BANDA DE
    FLOTACION

    Rango en el que el Banco Central limita
    la fluctuación del tipo de
    cambio. En un sistema eficaz de bandas de flotación,
    los gobiernos deben de sincronizar tanto su política
    monetaria como su política
    fiscal.

    La banda de flotación tiene como
    propósitos, por una parte, lograr una mayor flexibilidad
    para que los costos de las transacciones cambiarias se reflejen
    en los tipos de cambio y, por
    otra, promover un funcionamiento más eficiente del mercado
    cambiario con menor intervención del Banco de
    México.

    BASE CONTABLE

    Método empleado para el registro y
    la información sobre las transacciones. Dos bases se
    conocen comúnmente; el método o base de
    acumulación y la base de efectivo; esta última,
    especialmente en organizaciones
    pequeñas, contabilidades personales y casos similares. Las
    dos bases no pueden considerarse independientes una de la otra y
    frecuentemente se dice que la base de contado es un método
    "incompleto" de acumulación. Cuando los valores a cobrar,
    los inventarios, el activo fijo y el pasivo en un negocio
    representan cantidades no relevantes en comparación con
    los gastos de operación, ambas bases arrojan resultados
    similares.

    BASE DE ACUMULACION O DE
    DEVENGADO

    Significa que los ingresos se consideran
    en el periodo en el que se ganan (independientemente de cuando se
    cobran), y los gastos, cuando se contratan en algo
    (independientemente de su pago).

    BASE DE CAJA O DE
    EFECTIVO

    Significa que los ingresos se consideran
    en el periodo en que el dinero
    entra en caja, y los gastos cuando se hace el
    desembolso.

    BASE DE DATOS

    Elementos de información que deben
    ser almacenados con objeto de satisfacer las necesidades del
    proceso de información en una organización. El
    término implica un archivo integrado
    utilizado para muchas aplicaciones de procesamiento en
    oposición a un archivo
    individual de datos para una aplicación
    particular.

    BASE DE REGISTRO

    Principio de contabilidad gubernamental
    que establece que los gastos deben ser reconocidos y registrados
    como tales en el momento que se devenguen y los ingresos cuando
    se generen.

    BASE MONETARIA

    Este concepto corresponde al pasivo
    monetario del "Banco Central". En el caso de México este
    pasivo está formado principalmente por los rubros
    siguientes: billetes y monedas en poder del público y las
    reservas de la banca comercial, éstas se integran por la
    cuenta corriente de valores y depósitos en el Banco de
    México, circulante en caja y la inversión en
    Certificados de Tesorería (CETES) de la banca
    comercial.

    La base monetaria puede definirse por sus
    fuentes y por
    sus usos. Tiene como fuentes: a)
    disponibilidad en oro, plata y divisas del banco central; b)
    financiamiento neto del banco central al sector público; y
    c) financiamiento del banco central al sistema
    financiero. Estos tres conceptos se denominan base monetaria,
    cuando se trata de una cantidad en una fecha determinada; y
    expansión primaria de dinero, cuando se refiere a
    variaciones entre balances. Existe creación primaria de
    dinero cuando aumenta cualquiera de las tres fuentes
    mencionadas, y contracción en el caso
    contrario.

    Los usos de la base monetaria son: a)
    billetes y monedas en poder del público, y b)
    depósitos de la banca comercial que incluyen: cuentas
    corrientes de valores y depósitos en el banco central,
    más billetes y monedas metálicas en
    caja.

    BENEFICIARIO

    La persona a cuyo favor se expide o cede
    un título de crédito. El que adquiere una utilidad,
    beneficio o ventaja que se origina en un contrato o en una
    sucesión hereditaria. El que goza de alguna manera de un
    bien o usufructo. Persona, agrupación o entidad que es
    favorecida con cualquier tipo de transferencias, sean
    éstas explícitas o
    implícitas.

    BENEFICIO VIRTUAL POR LA RECOMPRA DE
    BONOS EN EL EXTERIOR

    Aprovechamientos derivados de las
    operaciones de recompra de bonos que hace el Gobierno Federal de
    su propia deuda, aprovechando el descuento que existe en los
    mercados
    financieros internacionales. El beneficio y ahorro obtenido
    por el descuento se registra contablemente como un ingreso
    mediante un asiento virtual, sin embargo, para efectos de
    análisis de la Ley de Ingresos de la Federación
    contenido en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal se
    deduce de los ingresos corrientes, ya que no implica movimiento
    de flujo de
    efectivo.

    BIEN

    Todo aquello que puede ser objeto de
    apropiación, empleado para satisfacer alguna necesidad.
    Cosas o derechos susceptibles de producir beneficios de
    carácter patrimonial.

    BIEN ECONOMICO

    Es una mercancía capaz de
    proporcionar la satisfacción directa o indirecta, mediata
    o inmediata de las necesidades humanas. Existen diferentes tipos
    de bienes económicos: de consumo, de inversión,
    bienes duraderos y no duraderos, bienes de capital y bienes
    intermedios.

    Los bienes de consumo son los más
    apetecidos, en tanto los bienes de inversión no dan una
    satisfacción inmediata, pero son necesarios para producir
    satisfactores a futuro.

    BIENES DE
    CAPITAL

    Aquéllos que no se destinan al
    consumo, sino a seguir el proceso productivo, en forma de
    auxiliares o directamente para incrementar el patrimonio
    material o financiero (capital).

    Término aplicado comúnmente
    al activo fijo, que abarca algunas veces partidas o elementos que
    contribuyen a la producción. Es sinónimo de capital
    (o bienes) de producción; es decir, el capital empleado en
    la producción. Estos términos se refieren
    también a las formas materiales de los elementos de
    producción, tales como las máquinas, el equipo,
    etc., en contraste con valores de capital (o de
    capitalización) que es la medida monetaria de dichos
    elementos. Son los activos destinados para producir otros
    activos.

    BIENES DE
    CONSUMO

    Son todas aquellas mercancías
    producidas por la sociedad en el territorio del país o
    importadas para satisfacer directamente una necesidad como:
    alimentos,
    bebidas, habitación, servicios personales, mobiliario,
    vestido, ornato, etc.

    Cualquier mercancía que satisface
    una necesidad del público consumidor. Estos
    bienes constituyen lo opuesto a bienes de producción o de
    capital, que son los que se utilizan para producir otros bienes,
    como la maquinaria de una fábrica.

    BIENES DE CONSUMO
    DURADERO

    Son las mercancías que tienen una
    vida útil mayor a un año y que son demandadas por
    los agentes económicos: familias, empresas y gobierno,
    para su funcionamiento y/o manutención, tales como casa
    habitación, automóviles y enseres
    domésticos, entre otros.

    BIENES DE CONSUMO NO
    DURADERO

    Son todas las mercancías cuya vida
    útil es menor a un año, que demandan los agentes
    económicos: familias, empresas y gobierno, para su
    funcionamiento y/o manutención, tales como alimentos,
    bebidas, materias primas, combustibles, etc.

    BIENES INMUEBLES

    Se tienen como tales aquéllos que
    no se pueden trasladar de un lugar a otro sin alterar, en
    algún modo, su forma o sustancia, siéndolo unos por
    su naturaleza, otros por disposición legal expresa en
    atención a su destino. El concepto de bienes inmuebles ha
    sufrido una honda transformación en nuestro tiempo, merced
    a los adelantos técnicos que permiten trasladar, de un
    lugar a otro, sin alteración, por ejemplo monumentos
    históricos arquitectónicos.

    BIENES
    INTERMEDIOS

    Son todos aquellos recursos materiales,
    bienes y servicios que se utilizan como productos intermedios
    durante el proceso productivo, tales como materias primas,
    combustibles, útiles de oficina, etc. Se
    compran para la reventa o bien se utilizan como insumos o
    materias primas para la producción y venta de otros
    bienes.

    BIENES MUEBLES

    Son mercancías cuya vida
    útil es mayor a un año y son susceptibles de ser
    trasladadas de un lugar a otro sin alterar ni su forma ni su
    esencia, tal es el caso del mobiliario y equipo de oficina,
    maquinaria, automóviles, etc.

    BIENES MUEBLES E
    INMUEBLES

    Conjunto de activos fijos de
    una entidad o dependencia. Su importe queda consignado en el
    capítulo presupuestario del mismo
    nombre.

    Capítulo de la
    clasificación por objeto del gasto presupuestario que
    agrupa las asignaciones destinadas a la adquisición de
    toda clase de bienes muebles e inmuebles, requeridas en el
    desempeño de las actividades de la Administración
    Pública Federal. Incluye el mobiliario y equipo propio
    para la administración; maquinaria y equipo de
    producción; las refacciones, accesorios y herramientas
    mayores indispensables para el funcionamiento de los bienes; la
    adquisición de animales de
    trabajo y reproducción, y la adquisición de
    inmuebles.

    BIENES
    NACIONALES

    Son aquéllos cuyo dominio pertenece
    a la nación, es decir, aquellos bienes que estando
    situados dentro del territorio nacional, pertenecen a todos sus
    habitantes.

    BIENES
    SEMOVIENTES

    Los ganados y animales de
    cualquier especie.

    BIENES Y SERVICIOS
    ESTRATEGICOS

    Son aquéllos cuya
    producción se reserva el Estado por ser fundamentales en
    el desarrollo del país, que la Constitución Política de los
    Estados Unidos
    Mexicanos señala en el Artículo 28, tales como:
    correos, telégrafos,
    radiotelegrafía, petróleo,
    y los demás hidrocarburos,
    petroquímica básica, generación de energía
    nuclear, minerales
    radioactivos, electricidad y
    los que expresamente señalen las leyes.

    BIENESTAR SOCIAL

    Se refiere al nivel alcanzado en la
    satisfacción de las necesidades básicas
    fundamentales de la sociedad, que se expresan en los niveles de
    educación,
    salud, alimentación,
    seguridad
    social, vivienda, desarrollo urbano y medio
    ambiente.

    El bienestar social, en términos
    económicos se puede medir en función del incremento
    del producto per
    cápita real; el aumento en la participación del
    gasto social respecto al total de egresos, mejoría en la
    distribución del ingreso, aumento del
    empleo y
    fortalecimiento en la balanza de pagos; en el ámbito
    social se mediría por el incremento en los niveles de
    salud, educación, vivienda,
    alimentación y erradicación de
    la pobreza
    extrema; desde el aspecto ecológico a través del
    combate a la contaminación, reforestación de
    áreas verdes y fortalecimiento de la red hidráulica y su
    dosificación, entre otros.

    BIENESTAR, ECONOMIA
    DEL

    Rama reciente del estudio
    económico dedicada a los llamados óptimos sociales.
    En contraposición al óptimo de bienestar
    individual, opta por valores que generalmente son de tipo
    colectivo.

    BILATERAL

    Se le llama así a la reciprocidad
    que define las obligaciones y derechos de dos partes involucradas
    en un contrato.

    BILATERALIDAD

    Se reconoce con este término a
    aquellas normas jurídicas cuyas características otorgan facultades y
    definen obligaciones a un mismo tiempo para dos partes
    actuantes.

    BOLSA DE VALORES

    Institución privada, constituida
    como Sociedad
    Anónima de Capital Variable, que tiene por objeto
    facilitar las transacciones con valores y procurar el desarrollo
    del mercado respectivo; establecer locales, instalaciones y
    mecanismos que faciliten las relaciones y operaciones de valores;
    proporcionar y mantener a disposición del público,
    información sobre los valores inscritos en la bolsa, los
    listados del sistema de cotizaciones y las operaciones que en
    ella se realicen; velar por el estricto apego de la actividad de
    sus socios a las disposiciones que les sean aplicables;
    certificar las cotizaciones en bolsa; y realizar aquellas otras
    actividades análogas o complementarias a las anteriores
    que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito
    Público.

    La Ley del Mercado de
    Valores establece que es facultad del Estado, por medio de la
    SHCP, otorgar la concesión para el funcionamiento de las
    Bolsas de Valores. En la actualidad la única
    autorización vigente es la de la Bolsa Mexicana de
    Valores.

    BONIFICACION

    La deducción obtenida o concedida
    en los precios de compra o de venta, por concepto de diferencias
    en calidad o peso,
    por mercancías dañadas, por dilación en la
    entrega, por infracción a las condiciones del contrato
    respectivo, etc. Las deducciones concedidas en el monto de
    honorarios o cuotas por servicios (agua, luz,
    teléfono, etc.), motivadas por faltas a los contratos o
    convenios respectivos.

    BONIFICACIONES SOBRE
    VENTAS

    Las rebajas que se concedan sobre los
    precios de venta, independientemente de las fechas de vencimiento
    de los pagos respectivos.

    BONO

    Título-valor que otorga al tenedor
    (acreedor) el derecho a reclamar un flujo específico de
    pagos por el emisor (deudor). Es un valor por el que se paga un
    interés a una tasa fija.

    Título de crédito que
    representa la participación individual en un
    crédito colectivo a cargo del emisor. Los bonos pueden ser
    emitidos a la orden del portador y deben expresar la
    obligación de pagarlos a sus tenedores en los plazos,
    términos y demás condiciones relativas a su
    emisión; el interés pactado se cubre por medio de
    cupones que van adheridos a los propios
    títulos.

    BONO HIPOTECARIO

    Título-valor al portador o
    nominativo emitido por una institución de crédito
    hipotecaria; está sujeto a una amortización por
    sorteo. Reditúa una tasa de interés fija que se
    paga mensualmente. Están garantizados por créditos
    hipotecarios otorgados por la institución
    emisora.

    BONOS AJUSTABLES DEL GOBIERNO FEDERAL
    (AJUSTABONOS)

    Son títulos de crédito de
    largo plazo (3 y 5 años) emitidos por el Gobierno Federal
    y denominados en moneda nacional, en los cuales se consigna la
    obligación directa e incondicional del Gobierno Federal de
    pagar una tasa de interés en forma trimestral más
    el capital ajustado por los aumentos registrados en el
    índice nacional de precios al consumidor, al
    vencimiento de los títulos, por lo que en términos
    reales su valor se mantiene constante.

    BONOS CARRETEROS

    Son bonos bancarios de largo plazo
    emitidos por las instituciones de banca múltiple en moneda
    nacional, destinados a captar recursos para financiar la construcción de
    carreteras.

    BONOS DE DESARROLLO DEL GOBIERNO
    FEDERAL (BONDES)

    Títulos de crédito
    nominativos y negociables, emitidos por el Gobierno Federal y
    colocados a descuento por el Banco de México a un plazo no
    menor de un año.

    BONOS CUPON CERO

    Títulos de crédito emitidos
    por el Departamento del Tesoro Norteamericano (1988), a plazo de
    20 años, con una tasa de descuento capitalizable que al
    vencimiento hace que su valor sea equivalente al pago de la deuda
    pública reestructurada del Gobierno Mexicano por este
    concepto.

    Son bonos del Tesoro de los Estados
    Unidos de América
    y otros países industrializados que adquirió
    México, constituyendo con estos documentos, un activo de
    su propiedad que reinvertirá durante 30 años a una
    tasa fija; al final del periodo pagará totalmente el
    principal de los nuevos bonos, creando paralelamente otro fondo,
    también de su propiedad, que garantiza 18 meses de pago de
    intereses sobre dichos bonos y reduce el costo de
    operación para México.

    Estos títulos se conocen
    también como "bonos garantizados", siendo un mecanismo de
    "extinción" de deuda externa.
    Por este medio se ofrece un activo que se mantiene en una cuenta
    de fideicomiso,
    como colateral al monto del principal.

    El valor y el plazo de vencimiento del
    instrumento colateral o "bono cupón cero" están
    determinados de manera que sean iguales a los de la deuda sujeta
    a transformación. De esta manera, los rendimientos del
    instrumento colateral en su fecha de vencimiento pueden ser
    utilizados para amortizar el principal en un sólo pago. La
    tasa de interés se fija al momento de su compra y no
    varía durante la tenencia del título, gozando de
    confiabilidad para el inversionista.

    BONOS DE
    DESCUENTO

    Documentos emitidos por bancos que son
    negociados en el mercado secundario por debajo de su valor
    nominal.

    Son también los bonos negociados
    de la deuda en los que se reduce un porcentaje del principal de
    la deuda original.

    BONOS DE INDEMNIZACION BANCARIA
    (BIB)

    Son títulos que documentan la
    deuda contraida por el Gobierno Federal con motivo de la
    nacionalización de la banca en 1982. Sirven como medio de
    pago de la indemnización por la expropiación de las
    acciones emitidas por instituciones de crédito
    privadas.

    BONOS DE LA TESORERIA
    (TESOBONOS)

    Títulos de crédito (con un
    valor nominal de 100 dólares de E.U.A.) emitidos por el
    Gobierno Federal negociables a la orden del Banco de
    México, los cuales se pueden colocar a descuento o bajo la
    par, y se amortizan al tipo de cambio
    libre, vigente en la fecha de pago.

    Son títulos de crédito
    denominados en moneda extranjera (dólares estadounidenses)
    a seis meses o menos, en los cuales el Gobierno Federal se obliga
    a pagar una suma en moneda nacional equivalente al valor de dicha
    moneda extranjera, en una fecha determinada. Estos títulos
    de crédito se pueden colocar a descuento y son indizados
    al tipo de cambio
    libre de venta valor 48 hrs. que da a conocer la Bolsa Mexicana
    de Valores en su publicación denominada "Movimiento Diario
    del Mercado de
    Valores".

    BONOS DE PRENDA

    Son títulos de crédito
    expedidos por almacenes
    generales de depósito que comprueban la
    constitución de un crédito sobre las
    mercancías o bienes indicados en el certificado de
    depósito correspondiente.

    BONOS DE
    PRIVATIZACION

    Instrumento mediante el cual el Gobierno
    Federal sustituyó papel de deuda
    no garantizada por papel
    garantizado y que éste a su vez se utilizó para la
    compra de los bancos nacionalizados.

    BONOS EN
    TESORERIA

    Aquéllos cuya emisión ha
    sido autorizada y que no son puestos en circulación o bien
    aquéllos que, habiendo sido colocados en el mercado, son
    readquiridos posteriormente por la misma institución
    emisora, con el propósito de conservarlos en su caja y de
    volverlos a vender si ello fuera posible y conveniente.
    Preferentemente, el importe de los "bonos en tesorería"
    debe mostrarse en el balance general como una deducción
    del pasivo correspondiente y no como un renglón del
    activo.

    BONOS
    FINANCIEROS

    Son los títulos de crédito,
    que emiten las sociedades financieras. Estos bonos deberán
    tener garantía específica; asimismo tendrán
    preferencia sobre todo el activo de las sociedades emisoras en
    caso de saldo insoluto después de realizada la
    garantía específica. Además de los intereses
    podrá pactarse para los tenedores una participación
    en las utilidades de la emisora.

    BONOS
    GUBERNAMENTALES

    Son títulos emitidos por el
    Gobierno Federal que generan un interés pagadero
    periódicamente y su garantía está respaldada
    con rentas del patrimonio
    nacional (petróleo,
    etc.). La deuda contraida por esta vía se divide en
    externa e interna. Esta última con distinción en
    moneda nacional y extranjera. En el caso de México, la
    colocación pública de bonos gubernamentales
    está autorizada, pero es más común su
    colocación regular en reserva del banco central y con
    tasas de interés especiales.

    BONOS PARA FOMENTO
    ECONOMICO

    Son valores de renta fija emitidos por el
    Gobierno Federal que se colocan a través de instituciones
    financieras en el extranjero o en el país, para obtener
    recursos destinados al fomento
    económico.

    BONOS PRIVADOS

    Valores o títulos crediticios
    emitidos por empresas privadas con el fin de obtener recursos
    financieros; en la colocación de estos bonos participa un
    número reducido de bancos y se da una distribución limitada de estos valores
    entre inversionistas selectos, principalmente instituciones como
    compañías de seguros o fondos
    de pensiones.

    BONOS PUBLICOS

    Títulos crediticios a
    través de los cuales el Gobierno Federal obtiene recursos
    para financiar una parte de sus actividades; la colocación
    de estos bonos se hace mediante una oferta
    pública en el mercado por medio de un grupo de
    bancos y/o casas de bolsa que colocan el papel entre
    los inversionistas. Es práctica normal el inscribir los
    bonos en una bolsa de valores
    para su cotización.

    BRUTO

    Es el monto total que está sujeto
    a ciertas deducciones. Dícese de las cosas que se toman
    por su peso o monto total sin hacer rebaja por ningún
    concepto.

    BUROCRACIA

    Es la estructura de organización
    del personal mediante
    la cual se realizan actividades gubernamentales, a través
    de una división de tareas basadas en la
    especialización funcional, establece una jerarquía
    bien delimitada que opera según el conjunto de normas y
    reglamentos que definen los derechos y deberes de los
    participantes.

    BURSATIL

    Concerniente a las operaciones de la
    bolsa y a los valores cotizables. Cuando se usa para calificar un
    título o valor, se pretende significar su bursatilidad, es
    decir, la relativa facilidad con la que pueden comprarse o
    venderse y proporcionar liquidez.

    BURSATILIDAD

    Grado de negociabilidad de un valor
    cotizado a través de la bolsa. Significa la posibilidad de
    encontrar compradores o vendedores del mismo con relativa
    facilidad.

    C

    CADUCIDAD

    Extinción de un derecho, una
    facultad, una instancia o un recurso, por haber transcurrido el
    tiempo dado para ejercitarlo.

    CAJA

    Cuenta que sirve para asentar las
    entradas y salidas de dinero. Libro de Caja en el que se anota
    detalladamente el movimiento de fondos. Existencias en efectivo
    en una oficina o
    dependencia encargada de efectuar los cobros, los pagos y en
    general el manejo de fondos.

    CAJA CHICA
    (FONDO)

    Cantidad relativamente pequeña de
    dinero en efectivo que se asigna a un empleado, en caja o en
    depósitos, disponible para desembolsos menores, que
    generalmente se lleva bajo el sistema de fondo fijo; el monto de
    los gastos que se realizan con este fondo son tan pequeños
    que no es conveniente pagarlos con cheques.

    CAJA Y BANCOS

    Representa el dinero en
    efectivo y el valor de los depósitos a favor del negocio,
    hechos en distintas instituciones bancarias, manejándose
    en éstas la mayor parte de su
    tesorería.

    CALENDARIO DE DISPOSICIONES DEL
    CREDITO

    Son las fechas en que un crédito
    va a ejercerse. Es de suma importancia conocer cuando el
    financiamiento se ejerce en más de un ejercicio fiscal,
    para efectos de la autorización, ya que ésta se
    otorga por la totalidad de la línea de crédito,
    pero limitado su ejercicio a la cifra que se vaya a disponer
    durante el año en curso.

    CALENDARIO DE
    METAS

    Instrumento de programación y presupuestación a
    través del cual se establecen fechas y periodos de avance
    físico, en los que deben cumplirse las metas programadas
    por las dependencias y entidades.

    CALENDARIO DE
    PAGOS

    Instrumento que estipula el periodo en
    que deben ministrarse los fondos presupuestarios autorizados,
    necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas del
    Presupuesto de Egresos de la Federación.

    CALENDARIO DE PAGOS DEL
    CREDITO

    Documento que contiene la programación de los pagos de un
    crédito, de acuerdo con las fechas de su vencimiento, en
    un ejercicio fiscal determinado.

    CALENDARIZACION
    FINANCIERA

    Cálculo que realizan las
    dependencias y entidades del Gobierno Federal, a fin de
    compatibilizar el conjunto de ingresos con los egresos
    presupuestarios, necesarios para financiar la ejecución de
    los programas.

    CALENDARIZACION
    PRESUPUESTARIA

    Es la dosificación temporal de los
    gastos; que realizará la Administración
    Pública Federal para la ejecución de sus programas.
    Los gastos recurrentes o fijos constituyen erogaciones
    relativamente estables, pero existen otros gastos como los
    destinados a la inversión que se asignan de acuerdo al
    grado de avance en la ejecución del proyecto, o se
    asignan en temporadas determinadas, "acuerdos de secas", con el
    fin de evitar liquidez ociosa y aprovechar condiciones
    climatológicas favorables.

    CAMARA DE
    COMPENSACION

    Institución establecida por los
    bancos del sistema y administrada por el Banco de México
    para intercambiar cheques y efectos comerciales a cargo de cada
    uno de ellos, liquidándose los saldos resultantes del
    conjunto de operaciones. De esta manera, los bancos mantienen un
    contacto permanente para liquidar los efectos comerciales que
    representen movimientos del fondo y/o cartera, compensando los
    créditos recíprocos y satisfaciéndose en
    dinero únicamente las diferencias. Disminuye, de este
    modo, el movimiento innecesario de numerario y, al suprimir los
    pagos directos, facilita las liquidaciones y evita riesgos y
    pérdidas de tiempo.

    Las cámaras de compensación
    canalizan aquellos documentos que se entregan a un banco para ser
    cargados en una cuenta abierta en otro banco; no discurren a
    través de las cámaras aquellos documentos que
    afectan a los clientes del mismo banco, que son objeto de una
    compensación interna.

    CAMBIO

    El trueque o permuta de una cosa por
    otra. En términos de banca es la operación por
    medio de la cual una persona cede a otra los fondos que tiene en
    un punto diferente de aquél en el que se recibe. Valor
    relativo de las monedas de dos países.

    CAMBIO
    ESTRUCTURAL

    Proceso estratégico que persigue
    propiciar un conjunto de transformaciones en la estructura
    económica y en la participación social, a
    través de cambios de fondo que corrijan desequilibrios
    estructurales fundamentales del aparato productivo y distributivo
    tales como: la falta de ahorro interno y los desequilibrios de la
    balanza de pagos, modernización del aparato productivo y
    distributivo; descentralización de actividades
    productivas y de bienestar social; orientar el financiamiento a
    las prioridades del desarrollo; fortalecer al Estado impulsando
    al sector privado y social; saneamiento de las finanzas
    públicas, y preservar, movilizar y proyectar el
    potencial de desarrollo nacional.

    CAMBIO ESTRUCTURAL EN LAS EMPRESAS
    PUBLICAS

    Proceso dirigido a mejorar
    sustancialmente la eficiencia productiva de las entidades
    paraestatales y a reorganizar financiera y
    tecnológicamente las actividades estratégicas y
    prioritarias para el país.

    CAMINO CRITICO

    Ruta oportuna que debe aprovecharse o
    atenderse, para alcanzar un fin. En la administración de empresas es la secuencia
    óptima de eventos para la
    realización de determinado fin.

    CANCELACION
    COMPENSADA

    Supresión total de los recursos
    asignados a una clave presupuestaria, por el traspaso de dichos
    recursos a otra u otras claves presupuestarias de la misma
    entidad.

    CANCELACION DE
    PASIVO

    Operación mediante la cual se
    destina una erogación al pago del capital, intereses,
    comisiones y gastos de la deuda pública con el fin de
    anular total o parcialmente un adeudo determinado derivado de la
    emisión y/o colocación de créditos a cargo
    del Gobierno Federal.

    CANCELACION
    LIQUIDA

    Supresión total de los recursos
    asignados a una o varias claves presupuestarias que afectan el
    total del presupuesto de egresos de una entidad. Por su
    procedencia, puede ser derivada de un incremento a la
    asignación de una o varias claves presupuestarias de otras
    entidades o una disminución en los ingresos de la
    Federación.

    CANCELACION
    PRESUPUESTARIA

    Acto de suprimir todos los elementos de
    una clave presupuestaria, y su correspondiente asignación
    del gasto.

    CAPACIDAD DE
    PAGO

    Principio fiscal según el cual los
    impuestos deben estar relacionados con el ingreso o la riqueza de
    los contribuyentes.

    CAPACIDAD
    INSTALADA

    Volumen de producción de bienes
    y/o servicios que le es posible generar a una unidad productiva
    del país de acuerdo con la infraestructura
    disponible.

    CAPACIDAD NO
    UTILIZADA

    Proporción de la capacidad
    instalada de una empresa que no se utiliza. También se
    considera a la parte de la capacidad para producir no
    empleada.

    CAPACITACION Y
    ADIESTRAMIENTO

    Norma establecida en la Ley Federal del
    Trabajo que obliga a toda entidad o empresa a proporcionar
    capacitación y adiestramiento a
    sus trabajadores, para elevar la producción y productividad y
    contribuir al logro de objetivos institucionales o empresariales,
    para lo cual es necesario que todo el personal participe
    activamente.

    La capacitación y adiestramiento
    tiene los siguientes objetivos:

    1) Incrementar la productividad
    institucional a partir de un aumento de su
    eficacia.

    2) Preparar al trabajador para
    desarrollar en forma óptima las funciones en su
    puesto.

    3) Actualizarlos e incorporarlos en los
    últimos cambios de la ciencia y
    tecnología relativos a sus funciones
    institucionales.

    4) Promover en la institución a
    los recursos
    humanos más calificados para su estímulo y
    mejoramiento de la productividad.

    5) Procurar a la institución los
    recursos
    humanos calificados que garanticen la mejor
    operación.

    6) Integrar y desarrollar grupos por
    áreas de trabajo eficientes y eficaces.

    7) Optimizar la imagen
    institucional ante las entidades y público en
    general.

    CAPITAL

    Total de recursos físicos y
    financieros que posee un ente económico, obtenidos
    mediante aportaciones de los socios o accionistas destinados a
    producir beneficios, utilidades o ganancias.

    CAPITAL
    AMORTIZABLE

    Activo fijo sujeto a amortización.
    Puede decirse también del capital social representado por
    acciones, susceptibles de amortización anticipada a la
    liquidación de la sociedad. Cualquier cantidad susceptible
    de amortización.

    CAPITAL APORTADO

    Pagos hechos en efectivo o con otros
    bienes que hacen a una compañía sus accionistas por
    los siguientes conceptos: a) cambio de acciones; b) cumplimiento
    de un gravamen sobre las acciones; c) donativo; d) capital
    pagado.

    CAPITAL CONTABLE

    Es la diferencia entre los activos y
    pasivos de la empresa y está constituido por la suma de
    todas las cuentas de capital, es decir, incluye capital social,
    reservas, utilidades acumuladas y utilidades del
    ejercicio.

    CAPITAL DE
    TRABAJO

    Diferencia del activo circulante respecto
    al pasivo circulante, cuyo margen positivo permite a las empresas
    cumplir con sus obligaciones a corto plazo.

    CAPITAL EMITIDO

    Aquella parte del capital social
    autorizado, cuyas acciones pueden ser
    suscritas.

    CAPITAL EXHIBIDO

    Es aquél que se habían
    comprometido a aportar los socios o accionistas, y ha sido
    pagado, ya sea en efectivo o en bienes. El capital exhibido
    será igual al capital social cuando éste
    último haya sido liquidado totalmente, y será
    inferior cuando se haya pagado parcialmente.

    CAPITAL
    FINANCIERO

    Montos de recursos monetarios de las
    distintas instituciones bancarias, comerciales e industriales
    utilizados para fomentar e impulsar las actividades
    económicas.

    CAPITAL NO
    EMITIDO

    Aquella parte del capital social
    autorizado cuyas acciones no han sido puestas aún en
    circulación.

    CAPITAL NO
    EXHIBIDO

    La parte del capital de una sociedad que
    no ha sido pagada todavía, aun cuando puede estar o no
    suscrita.

    CAPITAL PAGADO

    Es aquél que siendo parte del
    capital social, se encuentra suscrito, pero además ya ha
    sido aportado por los accionistas; también se puede
    presentar la situación de que esta última
    clasificación forme una sola partida con las dos
    anteriores, por ser el capital

    social suscrito y pagado un sólo
    monto.

    CAPITAL SIN DERECHO A
    RETIRO

    Sinónimo de capital fijo. Aquella
    parte del capital variable de una sociedad que no puede retirarse
    sin reformar previamente sus estatutos.

    CAPITAL SOCIAL

    Es el conjunto de aportaciones suscritas
    por los socios o accionistas de una empresa, las cuales forman su
    patrimonio, independientemente de que estén pagadas o no.
    El capital social puede estar representado por: capital
    común, capital preferente, capital comanditario, capital
    comanditado, fondo social (en sociedades cooperativas o
    civiles), etc.

    Cuando el capital social acumula
    utilidades a pérdidas, recibe el nombre de capital
    contable.

    CAPITAL SOCIAL
    FIJO

    Se dice del capital de una sociedad o de
    aquella parte de él, que no puede ser aumentado ni
    disminuido sin reformar previamente los estatutos
    respectivos.

    CAPITAL SOCIAL
    VARIABLE

    Se dice de aquella parte del capital
    autorizado de una sociedad, que puede ser aumentada o disminuida
    de acuerdo con las condiciones relativas del contrato
    correspondiente.

    CAPITAL SUSCRITO

    Es el capital que se han comprometido a
    pagar los socios o accionistas en una sociedad de capital
    variable. El capital suscrito es igual al capital social de las
    sociedades constituidas bajo el régimen de capital
    fijo.

    CAPITAL VARIABLE

    Es el que puede ser aumentado o
    disminuido en cualquier época, siempre y cuando se llenen
    los requisitos que establece el contrato
    social.

    CAPITALIZACION

    Proceso para determinar el valor futuro
    de un pago o serie de pagos cuando se aplica el interés
    compuesto.

    CAPITALIZAR

    Fijar el capital que corresponde a
    determinado rendimiento o interés. Agregar al capital el
    importe de los intereses devengados, para computar sobre las
    sumas los réditos ulteriores, cosa que se denomina
    interés compuesto. Considerar dentro del activo fijo
    algunas erogaciones o inversiones adicionales a su monto
    original.

    CAPITULOS DE
    GASTO

    Son elementos de la clasificación
    por objeto del gasto que constituyen un conjunto
    homogéneo, claro y ordenado de los bienes y servicios que
    el Gobierno Federal y las entidades paraestatales adquieren para
    la consecución de sus objetivos y metas. La unidad
    básica de registro que conforma un capítulo
    presupuestario es la "partida", un conjunto de partidas forman un
    "concepto" y un grupo de
    conceptos integran un "capítulo". Este nivel de
    agregación hace posible el análisis retrospectivo y
    prospectivo de los planes o programas de acuerdo con la
    naturaleza del gasto a realizar:

    1000 SERVICIOS
    PERSONALES

    2000 MATERIALES Y
    SUMINISTROS

    3000 SERVICIOS
    GENERALES

    4000 AYUDAS, SUBSIDIOS Y
    TRANSFERENCIAS

    5000 BIENES MUEBLES E
    INMUEBLES

    6000 OBRAS
    PUBLICAS

    7000 INVERSION FINANCIERA Y OTRAS
    EROGACIONES

    8000 PARTICIPACIONES DE INGRESOS
    FEDERALES

    9000 DEUDA
    PUBLICA

    CAPTACION

    Proceso mediante el cual el sistema
    financiero recoge recursos del público ahorrador y los
    utiliza como fuente del mercado financiero. En el caso de la
    captación bancaria son todos los recursos que la banca
    obtiene a través de sus instrumentos de captación
    (cuenta de cheques, cuenta de ahorros, depósitos a plazo
    fijo, etc.), que conforman los pasivos del sistema bancario e
    incluyen recursos en moneda nacional y
    extranjera.

    CAPTACION INTEGRAL DE LA BANCA
    COMERCIAL

    La captación integral comprende la
    realizada vía instrumentos tradicionales de la banca,
    aceptaciones bancarias y los valores gubernamentales que la banca
    maneja por sus clientes o intermediaciones por cuenta de
    terceros.

    CARGA FISCAL

    Es la parte del producto
    social generado que toma el Estado, mediante los impuestos
    federales, estatales y municipales, así como los derechos,
    productos y aprovechamientos para cumplir con sus funciones. Se
    mide comparando el total de ingresos fiscales (IF) con el valor
    del producto interno
    bruto (PIB), Carga
    Fiscal =IF/PIB.

    CARGAR

    Es anotar en las cuentas diferentes
    partidas que correspondan al debe. Una cuenta se carga cuando
    aumenta el activo, cuando disminuye el pasivo o cuando disminuye
    el capital.

    CARGO

    Acción y efecto de asentar un
    débito en una cuenta determinada. Sinónimo de
    "débito". Implica un costo o gasto adjudicado a una cuenta
    específica.

    CARGO DIFERIDO

    Aquella parte de los gastos que habiendo
    sido pagados en un periodo determinado, no corresponden a los
    resultados de éste, sino a ejercicios posteriores y por lo
    tanto, su absorción en la cuenta de pérdidas y
    ganancias se difiere para el periodo o periodos
    respectivos.

    CARGOS DIRECTOS

    El importe de la materia prima,
    de la mano de obra y de los gastos que son aplicables a la
    producción de un artículo determinado o al costo de
    un proceso de manufactura
    perfectamente definido.

    CARGOS FIJOS

    Cargos o gastos necesarios, cuyo importe
    no varía relativamente aun cuando el volumen de las
    operaciones de una entidad aumente o disminuya, tales como las
    rentas, las contribuciones prediales, los intereses,
    etc.

    CARGOS VARIOS

    Diversos tipos de erogaciones que llevan
    implícito el costo del crédito, diferentes a los
    intereses y a las comisiones, particularmente en el caso de
    emisiones de bonos (gastos de representación, de
    impresión, de autentificación de firma,
    etc.).

    CARTA CONFIRMATORIA DE CUENTAS Y
    DOCUMENTOS POR COBRAR

    Es aquel documento proporcionado por
    escrito a los auditores por los funcionarios o empleados de una
    empresa que tengan a su cargo la concesión o vigilancia de
    los créditos abiertos a sus deudores y la contabilidad
    relativa a los mismos. En la carta y como
    prueba adicional del resultado de la auditoría respectiva,
    se hace constar lo siguiente: a) un resumen clasificado del
    importe de las cuentas y documentos por cobrar, así como
    de las reservas para créditos malos o dudosos; b) si se
    pidió o no a los auditores que obtuvieran confirmaciones
    directas de los deudores acerca del estado de sus cuentas; c) si
    las cuentas o documentos se encontraban o no gravados en la fecha
    del balance, o bien si habían sido dados en prenda,
    descontados, etc; d) que las cuentas y documentos provienen de
    transacciones legítimas, por ventas realmente consumadas y
    correspondientes al periodo respectivo; e) que se incluyen todos
    los adeudos de accionistas, funcionarios y empleados; f) si las
    cuentas y documentos están o no sujetos a bonificaciones,
    rebajas o descuentos de alguna especie, para los cuales no se
    hayan hecho las provisiones correspondientes; g) y si las
    reservas para pérdidas por cobranza de créditos
    malos o dudosos son suficientes en opinión de los
    firmantes, para el objeto que se persigue con
    ellas.

    CARTA CONFIRMATORIA DE
    INVENTARIOS

    Es el documento proporcionado por escrito
    a los auditores, por los funcionarios o empleados de una empresa
    que tuvieron a su cargo la formación de los inventarios y
    la guarda de los almacenes. Como
    una prueba adicional del resultado de la auditoría
    respectiva, se debe hacer constar en ella lo siguiente: a) los
    nombres y empleos o puestos de los firmantes; b) la fecha y el
    importe total del inventario; c)
    que las cantidades en existencia son correctas y cómo
    fueron determinadas; d) las bases tomadas para marcar los
    precios; e) si el inventario
    comprende o no mercancía en comisión, en
    consignación o en tránsito; f) si las
    mercancías se encuentran o no en buenas condiciones para
    su venta; g) si las existencias son o no propiedad exclusiva de
    la empresa y si se encuentran o no gravadas en alguna forma; h)
    si se tomaron o no toda clase de precauciones al formar el
    inventario y
    si, según el leal saber y entender de los firmantes, los
    resultados que aparecen en el mismo son
    correctos.

    CARTA CONFIRMATORIA DEL ACTIVO
    FIJO

    Es el documento proporcionado por escrito
    a los auditores por los funcionarios o empleados de una empresa
    encargados de la construcción, instalación y
    conservación de las propiedades que constituyen su activo
    fijo. En el cual y como prueba adicional del resultado de la
    auditoría respectiva se hace constar lo siguiente: a) que
    los cargos hechos durante el ejercicio a las cuentas respectivas,
    corresponden a las adiciones y mejoras efectivas, consideradas o
    no en su costo real; b) que los gastos de reparación y de
    conservación se hayan cargado o no, a las cuentas de
    resultados; c) si la depreciación y amortización que se
    haya asignado en el ejercicio, se fijó sobre las mismas
    bases de ejercicios anteriores y si, en opinión de los
    firmantes, son suficientes para su objeto; d) si los bienes que
    forman el activo fijo se encuentran o no, en buenas condiciones
    para las operaciones de la empresa; e) si únicamente se
    incluyen en el balance las propiedades legítimas de la
    compañía; f) y si las propiedades están o no
    gravadas.

    CARTA CONFIRMATORIA DEL
    PASIVO

    Es el documento proporcionado por escrito
    a los auditores, por los funcionarios o empleados de una empresa,
    generalmente el presidente, el gerente, el
    contador, el tesorero o el abogado, los cuales tienen un conocimiento
    más completo de las obligaciones y responsabilidades en
    que ésta haya incurrido. En la cual y como una prueba
    adicional de la auditoría respectiva, se hace constar lo
    siguiente: a) si en el balance se han incluido o no todas las
    obligaciones y exigibilidades a cargo de la empresa, ya sean de
    naturaleza real o contingente, con respecto a compras, sueldos,
    salarios,
    pensiones, jubilaciones, contribuciones, gastos, juicios, etc; b)
    si las manifestaciones de la compañía para el pago
    del impuesto sobre la
    renta, han sido o no examinadas por las autoridades
    respectivas y en caso de que hubiere obligaciones resultantes, si
    se han asentado en los libros; c) algunas otras cuestiones
    análogas a las ya descritas.

    CARTA DE CREDITO

    Documento escrito en que se ordena a uno
    o varios corresponsales que entreguen a una persona determinada,
    en tiempo también determinado, cierta cantidad o
    cantidades de dinero sujetas al máximo que se
    indique.

    Documento que se utiliza para dar forma a
    una apertura de crédito bancario en favor de un
    exportador, que será efectiva en relación con la
    importación de mercancías de un comprador
    nacional.

    CARTERA

    Designación genérica que
    comprende los valores o efectos comerciales y documentos a cargo
    de clientes que forman parte del activo circulante de una empresa
    comercial, de un banco o de una sociedad en
    general.

    CARTERA DE
    CREDITO

    Es el conjunto de documentos que amparan
    los activos financieros o las operaciones de financiamiento hacia
    un tercero y que el tenedor de dicho (s) documento (s) o cartera
    se reserva el derecho de hacer valer las obligaciones estipuladas
    en su texto.

    CARTERA DE CREDITO
    PREFERENCIAL

    Conjunto de créditos otorgados a
    tasas de interés inferiores al costo del fondeo y de
    operación expresado por la tasa de
    referencia.

    CARTERA VENCIDA

    Es la parte del activo constituida por
    los documentos y en general por todos los créditos que no
    han sido pagados a la fecha de su vencimiento.

    CASA DE BOLSA

    Institución privada que
    actúa en el mercado de
    capitales, y que opera por una concesión del Gobierno
    Federal. Su finalidad principal es la de auxiliar a la bolsa de valores
    en la compra y venta de diversos tipos de títulos
    mercantiles tales como bonos, valores, acciones,
    etc.

    CASAS DE CAMBIO

    Son las organizaciones privadas que la
    Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del
    Crédito faculta como las únicas responsables de la
    actividad auxiliar del crédito. Sus actividades se definen
    en el Art. 82 de dicha ley de la siguiente forma: " que su objeto
    social sea exclusivamente la realización de compra, venta
    y cambio de divisas; billetes y piezas metálicas
    nacionales o extranjeras, que no tengan curso legal en el
    país de emisión; piezas de plata conocidas como
    onzas troy y piezas metálicas conmemorativas
    acuñadas en forma de moneda", "que estén
    constituidas como sociedades mexicanas con cláusulas de
    exclusión de extranjeros".

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