Indice
1.
Introducción
2. Comercio
internacional
3. Impuestos Aduaneros
4. Los Despachantes De
Aduana
5. Recortes
Periodisticos
6. Carreras terciarias y
universitarias
7. Conclusión
8. Bibliografia
El presente trabajo está elaborado en base a las
normas
internacionales para la investigación del Comercio
Internacional, bajo el reglamento del CÓGIGO ADUANERO
Ley Nº
22.415 y Resolución Nº 172/81, publicadas en el
Boletín Oficial de la República Argentina Nº
24.633 el 23 de marzo de 1981.
El Comercio
Internacional consite en comprar y vender en el mercado
internacional utilizando unidades monetarias (medios legales
de pago legales en circulación existentes) de un Estado.
Este tipo de comercio empezó a mostrar las características actuales con la
aparición de los estados nacionales durante los siglos
XVII y XVIII cuando los dirigentes descubrieron que al
promocionar el comercio exterior
podían aumentar la riqueza y, por lo tanto, el poder de su
país.
El Comercio Internacional caracteriza las relaciones entre
países, permitiendo medir la fortaleza de sus respectivas
economías.
2. Comercio internacional
El código
aduanero
Definición
El Código aduanero es un cuerpo de normas, organizado,
armónico y moderno, que regula en forma sistemática
la materia
aduanera.
Función
Tiene por objeto regular todos los institutos que conforman el
ordenamiento aduanero de base.
Las Aduanas
Definición
La Aduana es una
repartición pública, dependiente del Ministerio de
Hacienda.
Funciones
La función
de las Aduanas es
fiscalizar las entradas y salidas de las mercaderías
percibiendo los impuestos a la
importación y a la exportación y además las tasas por
los servicios que
presta.
Las Aduanas son reparticiones exclusivamente nacionales, ubicadas
en las fronteras y costas y en los aeródromos y
aeropuertos en relación internacional.
Otras funciones de la
Aduana, son:
- La resolución de los reclamos, recursos,
peticiones y consultas de los importadores y
exportadores. - Impedir las importaciones y
exportaciones ilícitas. - La prevención, persecución y
sanción de las infracciones aduaneras.
Clasificación
La ley Nº 810 del año 1876 aprobó las
"Ordenanzas de Aduanas" que establecen que las aduanas de la
República se clasifican en Marítimas y Terrestres.
Tanto las Aduanas Marítimas como las Terrestres se dividen
en Aduanas Mayores o de Depósito y Aduanas Menores o de
Receptoras.
Aduanas Marítimas de Depósito
Estas Aduanas están habilitadas para la importación
del extranjero en buques mercantes de cualquier bandera, clase y
tonelaje, de mercaderías de toda especie y depositarlas
con el objetivo de
despacharlas después al consumo de
mercado.
Aduanas de Receptoras Marítimas
Estas Aduanas están habilitadas para la introducción de buques mercantes, de
mercaderías de toda especie para destinarlas al
extranjero.
Aduanas Terrestres o de Depósito
En estas aduanas se pueden introducir mercaderías para
despacharlas al consumo o al extranjero.
Aduanas de Receptora Terrestre
En estas Aduanas se pueden introducir mercancías
destinadas al consumo de la plaza.
Operaciones Aduaneras de Importación
Para que se realice una imoportación de bienes, es
necesario cumplir con ciertas pauta para poder ingresar el
producto al
país. Algunas de dichas pautas deben cumplirse antes de
proceder a cargar la mercadería o recibirla.
El capitán del barco debe confeccionar un manifiesto de la
carga del barco, indicando desde ya los distintos datos de los
bienes cargados. Este documento debe estar autorizado por el
cónsul argentino del puerto de embarque; en el caso de que
no hubiera un cónsul en el puerto de origen, debe hacerlo
el de cualquier puerto de escala.
Luego de llegar al país de destino, debe entregarse el
manifiesto a los funcionarios de aduana, encargados de verificar
la mercadería y autorizar su descarga. Una vez realizada
dicha descarga las mercaderías de despachan, sea
ya:
- "A Plaza" (es el mas directo) Los bienes se entregan
al importador habiendo cumplido con normas reglamentarias y
pagando los impuestos a cargo de la aduana. - "A depósito": Los bienes se derivan a almacenes
estatales o privadas, vigiladas por el estado,
siendo este caso posible solo en aduana mayores.
En el caso de "A Plaza", debe reunirse en una carpeta
toda la documentación correspondiente a dicha
importación, y se le adjunta una fianza para garantizar
los gravámenes a pagar. La carpeta en la que se encuentra
la documentación debe ser fiscalizada por equipos de
vistas especializados en cada ramo. La fiscalización puede
ser tanto aprobada o rechazada. En el caso de ser aprobada,
continúa sus trámites. Pero en el caso contrario la
mercadería es devuelta a la oficina de
recepción para su rechazo. La documentación pasa al
sector liquidaciones y pago; una parte de los documentos va al
puerto para que el despachante pueda examinar (frente al
interesado) si la mercadería es la declarada en los
documentos presentados. A partir de esto puede
ocurrir:
- Los bienes, en su calidad y
cantidad inferiores o coincidentes con la documentación;
en este caso los fiscalizadores clasifican y dan valor
definitivamente a los bienes a los efectos del pago de los
gravámenes aduaneros. - Los bienes, son superior en cantidad o calidad a lo
ya declarado en la documentación; en este caso se
suspende el despacho, y comienza un sumario.
Una vez clasificadas y valoradas las mercaderías,
los antecedentes pasan a la oficina de liquidaciones en el puerto
con el previo pago de los impuestos aduaneros, la
mercadería se considera ya nacionalizada y puede
destinarse a su consumo y comercialización.
En el despacho a depósito, los importadores pueden
solicitar a la aduana que las mercaderías importadas sean
destinadas a los depósitos aduaneros hasta ser efectuado
el despecho a plaza, siempre y cuando se abonen los derechos fijados por la
aduana.
El depósito puede ser efectuado en almacenes privados
controlados y vigilados por la aduana, en el caso de que se
tratasen de mercaderías inflamables de poco valor y mucho
volumen.
Todo depósito en los almacenes de aduana hace responsable
a la misma de todo daño que pudiera llegar a afectar a la
mercadería, exceptuando, los accidentes
imprevistos, como incendios,
robos violentos, etc. El importador puede verificar los bienes,
disponer de su venta y realizar
operaciones de
crédito
prendario contando con la autorización de la
Administración Nacional de Aduanas.
Operaciones Aduaneras de Exportación
Para exportar mercaderías en un buque, el mismo debe
contar con un permiso para abrir registro de
carga, el cual puede solicitarse a la Administración Nacional de Aduanas, en
dicho permiso debe indicarse:
- Nacionalidad y nombre del buque.
- Destino de la carga.
- Fecha y firma del armador o agente del
buque
Dicho permiso debe ser presentado en la Oficina de
Recepción de la Aduana, la cual abrirá una carpeta
en la que se encuentran todos los antecedentes de la
exportación.
La exportación temporaria: Es aquella en la cual la
mercadería puede permanecer con un plazo determinado fuera
del territorio aduanero, quedando sometida a la obligación
de reimportarla para consumo con anterioridad del vencimiento del
plazo. La mercadería puede permanecer en el mismo estado
en que hubiera sido exportada temporariamente, o bien ser
transformada, o cualquier operación para su
perfeccionamiento.
Para el caso de que la mercadería hubiera sido
transformada, mediante operaciones que impliquen beneficio
pagará tributos que
gravan la exportación de mercaderías para consumo
sobre el mayor valor de la exportación.
Será considerada importación de consumo la
que hubiese sufrido merma.
Solo se puede considerar una exportación definitiva cuando
la mercadería puede permanecer durante tiempo
indeterminado fuera del territorio de la aduana.
La declaración jurada debe indicar: destino, nomenclatura y
naturaleza,
calidad, peso, cantidad, precio,
estado, posición arancelaria. Debe indicar los items
anteriores para poder lograr una correcta clasificación
arancelaria y su valoración a los efectos aduaneros.
Los bienes y/o las mercaderías destiandas al extranjero,
se clasifican en:
Productos o
frutos nacionales, libres del pago de derecho de
exportación.
Productos o frutos nacionales sujetos al pago de derechos de
exportación.
- Mercaderías extranjeras de tranisto para
retorno, transbordo o reembarco. - Mercaderías extranjeras nacionalizadas. Estas
son las que han cumplido con los tramites requeridos para la
importación.
Exportación:
El exportador debe conocer la ubicación del buque y el
momento en el que se debe efectuar la carga. Allí debe
presentar a la división de Verificaciones de Departamento
de Exportación de la Aduana el permiso de embarque que
contiene datos como el país de destino, descripción de las mercaderías y
datos equeridos para dicha operación.
Los encargados de verificar las mercaderías y/o los bienes
que se exporta son los representantes de organismos (oficiales o
privados) que se encargan de expedir certificados respecto de la
calidad de lo que se exporta. El objetivo es mantener el
crédito de dichos productos.
Retorno
En caso de que las mercaderías no hayan sido introducidas
en el país de destino, estas se retornaran en el mismo
buque devolviendose toda la documentación que se
presentó para su entrada.
Reembarco
Se denomina reembarco al caso en el que las mercaderías ya
importadas, se encuentran depositadas en las almacenes de la
Aduana, y son nuevamente exportadas.
Para reembarcar mercaderías se necesita un permiso, la
Aduana exige:
Presentar una copia de la factura para
deposito de los productos a reembarcar.
Que el buque exportador abra un registro de carga.
Los permisos de reembarco deben estar firmados por la persona que
efectua el deposito.
No debe modificarse la documentación de la
mercadería.
No deben incluise en un solo permiso de reembarco,
mercaderías que están contenidas en mas de una
copia de factura.
La vigilancia de resguado es quien controla las
mercaderías a reembarcar, hasta que son
reembarcadas.
Operaciones de transbordo
Se realiza una operación de transbordo cuando las
mercaderías importadas se encuentran en un buque
determinado y se las lleva a otro buque para exportarlas ese
país.
El permiso de transbordo se puede librar cuando el buque
importador haya abierto el registro para haber cargado el buque
exportador.
Los datos que debe contener este perimiso, son los
siguientes:
Debe indicar la descripción de las mercaderías.
Se debe presentar a la oficina de resguardo aduanero y registro
para que presenciara el transbordo de las mercaderías.
Firmado por el dueño del buque.
Definición
Los impuestos aduaneros son tributos exigidos por un gobierno sobre
las mercancías importadas o exportadas desde el
país.
Funciones
Los impuestos aduaneros son exigidos en correspondencia a una
prestación que se concreta de modo individual por parte de
la administración
pública y cuyo objeto de gravamen está
constituido por negocios,
actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad contributiva
del sujeto pasivo (sujeto económico que tiene la
obligación de colaborar), como consecuencia de la
posesión de un patrimonio, la
circulación de bienes o la adquisición de rentas o
ingresos.
Los derechos aduaneros son dispositivos fiscales instituidos como
medidas para elevar los ingresos.
Los impuestos de importación se impusieron para favorecer
a las industrias
nacionales manufacturera y agrícola de la competencia
extranjera mediante la elevación de los precios de
venta de los artículos importados. Mientras que los
impuestos de exportación se impusieron sobre materias
primas (principalmente en países agrícolas) para
mantener los precios.
Se considera "tributo aduanero" a todo impuesto que
grava el comercio internacional, siempre que no
constituya:
Remuneración por servicios prestados a los
importadores.
Simple extensión a los productos importados, tributos
internados cobrados igualmente a los productos nacionales.
El derecho aduanero es específico y forma para del
derecho
público.
Sistemas: Ad
Valorem y de derechos Específicos
El derecho o impuesto Ad Valorem es el que se cobra atendiendo al
monto o valor de la mercadería, encontrándose este
último establecido en la tarifa de arancel aduanero.
Las proporciones de este impuesto se cobran sobre el valor que a
las mercaderías les ha fijado la tarifa de AVALÚOS,
a los fines impositivos.
El otro impuesto, el específico es el que se percibe
dejando de tener en cuenta el valor de la mercadería, para
darle importancia a su peso, cantidad o calidad. Este impuesto
recae principalmente sobre las mercaderías de las
secciones
combustibles, bebidas y tabacos.
Gravámenes a la Importación
- Fondo de Contribución al Desarrollo
del Plan
Siderúrgico Argentino: la alícuota varía,
entre el 1% hasta el 10% y se aplica sobre la misma base que
los derechos de importación. - Fondo de Fomento Minero: El gravamen establecido es
del 2% para los productos originarios de los países
latinoamericanos y del &% para las de cualquier otro
origen. - Fondo Forestal: su objetivos es
reunir fondos destinados a la defensa y mejoramiento de los
bosques. La alícuota es entre el 4 y el 10%. - Fondo Nacional de la Marina Mercante: Está
integrado por los siguientes montos: 2% sobre el valor de los
fletes correspondientes al transporte
marítimo y fluvial de exportación; y 12% sobre el
valor de los fletes correspondientes al transporte
marítimo y fluvial de importación.
Gravámenes a la Exportación
- Fondo Forestal: En exportaciones se integra con el
importe del 50% del derecho que deben tributar las operaciones
de determinados prodcutos. La finalidad de este aporte es el
mejoramiento y reforestación de bosques. - Extracto de Quebracho: Fijado en un 5%. Su
recaudación se destina al Instituto
Forestal. - Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria: Se aplica a
productos agricola-ganaderos y a sus transformaciones
primarias. Actualmente se ha fijado en el 2%. - Junta Nacional de Granos: Tiene establecidos 2
gravámenes:
–1% con la lista de gramos gravados. Alcanza
además a los residuos de cualquiera de ellos cuando
contengan más del 60% de granos base.
–1,5% con destino al pago de la construcción, ampliación,
modernización de la red de elevadores y
depósito del Estado.
- Dirección Nacional de Vialidad: Se aplica a
los productos alcanzados con el tributo destinado al INTA y que
se encuentren incididos con derechos de
exportación. - Servicio de Estadística: Para las exportaciones
definitivas la tasa es del 1% aplicándose a todos los
productos de la NADE, con excepción de la energía
eléctrica, determinadas obras de autores
nacionales. - Impuesto sobre los Fletes Marítimos: Toda la
mercadería que se exporte y utilice como transporte la
vía marítima, está sujeta al pago del 2%
sobre el valor total del flete pertinente. Lo recaudado se
ingresa a la Dirección Nacional de la Marina
Mercante.
Definición
Son profesionales auxiliares del comercio y del servicio
aduanero. Estos sujetos están habilitados ante la Aduana
para prestar servicios a terceros como gestores en el despacho de
mercancías.
Función
En forma generalizada realizan, en nombre de otros sujetos,
trámites y diligencias relativos a la importación,
la exportación y demás operaciones
aduaneras.
Más específicamente:
- Comprobar y verificar que la documentación
cumpla con las disposiciones legales vigentes. - Verificar las condiciones en que llegaron los
bultos. - Confeccionar las destinaciones aduaneras en base a
los documentos exigidos por la normativa aduanera. - Describir y clasificar arancelariamente las
mercancías. - Exigir los Vº.Bº necesarios requeridos por
la legislación. - Determinar los derechos de aduana y demás
gravámenes cuando corresponda
Requisitos
Requisitos para la incripción en el Registro de
despachantes de Aduana:
- Ser mayor de edad.
- Tener capacidad para ejercer por sí mismo el
comercio - Estar inscripto como comerciante en el Registro
Público de Comercio - Haber aprobado estudios secundarios completos y
acreditar conocimientos específicos en materia
aduanera - Acreditar domicilio real
- Construir domicilio especial en el radio urbano de
la aduana en la que hubiere de ejercer su
actividad. - Acreditar la solvencia necesaria y otorgar a favor de
la Administración Nacional de Aduanas una
garantía en seguridad
del fiel cumplimiento de sus obligaciones, de conformidad. - No estar comprendido en alguno de los siguientes
supuestos: - Haber sido condenado por algún delito
aduanero o por la infracción de contrabando
menor. - Haber sido socio ilimitadamente responsable,
diorector o administradopr de cualquier sociedad o
asociación cuando ésta hubiera sido
condenada. - Haber sido condenado por delito reprimido por pena
privativa de la libertad. - Estar procesado juridicamente
- Haber sido condenado con pena accesoria de
inhabilitación para ejecer cargos
públicos. - Estar inhibido judicialmente para administrar o
disponer de sus bienes, mientras esta situación
subsistiere. - Ser deudor de obligación tributaria aduanera
exigible o de obligación emergente de pena patrimonial
aduanera firme - Ser o haber sido agente aduanero, hasta
después de un año de haber cesado como
tal.
"Gendarmes estilo SWAT en la Aduana"
Este articulo hace referencia a que en la Aduana del puerto de
Buenos Aires
llegaron un grupo de
gendarmes, con el objetivo de secuestrar los productos de
contrabando. Muchos productos habían ingresado a la Aduana
ilegalmente, de esta forma, se puede observar que el objetivo de
la Aduana (hacer que las mercaderias ingresen de forma legal al
país) no fue realizado correctamente.
"Mercosur y la
libre circulación de libros"
El articulo hace referencia a que los libros están
desgravados porque se trata de un artículo "llave" para
nuestro futuro. No sucede lo mismo con todos los articulos del
Mercosur, ya que si se encontraran todos los articulos en libre
circulación esto perjudicaria al sector productivo local.
Con este articulo podemos observar que en las Aduanas no siempre
se cobran los impuestos aduaneros, ya que estos dependen de que
mercadería sea, y tambien depende de los acuerdos
establecidos entre los países.
"Falta de transparencias en el manejo de las
garantías"
Este articulo hace referencia a que en las Aduanas se piden
garantías bancarias o en efectivo para poder retirar las
mercaderías de allí, que cubra eventuales
diferencias de impuestos. Sin embargo, el articulo señala
a que en muchas Aduanas retienen la garantía (hasta 130
días) con el objetivo de efectuar el valor del tributo. A
pesar de tener este maximo de 130 días, muchas Aduanas
dejan pasar meses o años antes de devolver las
garantías. En algunos casos, nunca devuelven las
garantías, por tal motivo se dice que hay abusos de
autoridad.
Claro que, como todo en este país los perjudicados tambien
son los importadores honestos.
Con este artículo se puede observar que las Aduanas abusan
de su autoridad, esto implica una falta de transparencia en las
operaciones aduaneras.
"Perfectura: Mejor Control"
El articulo hace referencia a que se ha puesto en práctica
un Sistema de
Control de Movimientos de Buques que navegan por el Río de
la Plata. Esto permite un efectivo control y ordenamiento del
tráfico. Este Sistema registró en los
últimos cinco años, un total de 223 mil movimientos
de buques, lo que hacen un total de más de 50 mil millones
de pesos provenientes del comercio exterior.
Segun lo descripto anteriormente, los derechos aduaneros son
dispositivos fiscales instituidos como medidas para elevar los
ingresos, por ende, con este articulo vemos claramente cuales
pueden llegar a ser las ganancias provenientes de este tipo de
comercio.
6. Carreras terciarias
y universitarias
Las carreras terciarias y universitarias que pueden
estudiarse que están relacionadas con el tema del Comercio
Internacional son las siguientes:
- Licenciado en Comercio Exterior.
- Tecnico Superior en Comercio Exterior, Negocios
Internacionales y Aduana. - Licenciado en Relaciones Comerciales
Internacionales. - Técnico en Comercio Exterior.
- Licenciado en Comercio Internacional.
- Analista Universitario en Comercio
Internacional. - Técnico Universitario en Comercio Exterior y
Aduana. - Técnico Universitario en Comercio
Internacional. - Técnico en Comercio
Internacional. - Técnico Superior en Exportación e
Importación. - Licenciado en
Comercialización. - Analista en Comercio Internacional.
- Analista Superior en Comercio
Internacional. - Técnico Superior en Comercio
Internacional. - Perito en Comercio Exterior.
- Técnico Universitario en Comerio
Exterior . - Técnico Administración en Comercio
Exterior. - Técnico Superior en Comercio
Exterior. - Administración de Empresas Espec.
Comercio Exterior y Comercialización.
La complejidad y dinamismo que requiere las
importaciones y exportaciones exigen mantener una permanente
actualización en materias relativas a normas, requisitos,
clasificaciones arancelarias, leyes,
reglamentos, etc., que se aplican a las distintas actividades y
segmentos.
Así, los Agentes Aduaneros, más que tramitadores de
permisos y autorizaciones, han debido convertirse en expertos que
asesoran a las empresas en aspectos relacionados con el comercio
y la logística internacional.
La Aduana gracias a los tributos que cobra, explota una gran
cantidad de dinero, por lo
que éste forma una gran parte del tesoro nacional.
Si la Aduana no funcionará, es deir que se la evaden,
haciendo entrar mercaderías de contrabando, el país
se vería gravemente afectado.
En la Argentina, las Aduanas no funcionan correctamente, la flota
de control y la corrupción
incrementan esta situación.
Miles de mercaderías ingresan al país. Si la
Argentina reforzara la seguridad en sus fronteras y fortaleciera
las Aduanas, de seguro no
tendría tantos problemas
fiscales. La corrupción, nos afecta a todos.
- Diario Clarín, Economía,
Sábado 28 de Julio de 2001. Pág. 26. - Diario Ambito Financiero, Buenos Aires, Martes 16 de
Octubre de 2001. Pág. 23. - Diario Ambito Financiero, Buenos Aires, Jueves 11 de
Octubre de 2001. Pág. 25. - Diario Ambito Financiero, Buenos Aires, Jueves 25 de
Octubre de 2001. Pág. 23. - Juan Lázara, Guía de Estudios
Universitarios y Terciarios de la Répública
Argentina, Ed.: LZ Lázara, 847 pág,
1999. - Aldo Fratalodechi, ¿Como exportar e importar?,
Ed. Cagallo, 1980, Pág. 562, Buenos Aieres,
Argentina. - Pastor Sastre, Derecho
administrativo y legislación Fiscal. - Codigo Aduanero, Registro oficial de la Secretaria de
información pública de la
presidencia de la nacion.,
Argentina, 1981, Pág. 243.
Autor:
Tamara Tm