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PROMOCION DE MERCADOS EXTERIORES




Enviado por rodman



     

     

    Indice

    Política
    Arancelaria

    Política
    Monetaria

    Régimen de
    Importación

    Política
    Cambiaria

    Política de
    Financiación

    Política de
    Exportaciones

    Régimen de Zonas
    Francas

    Régimen de
    Salvaguardia

    Políticas de Solución de
    Controversias

    Políticas de
    Integración

    Organismos – Programas de
    Promoción Exterior

    Resumen de las Principales Políticas y
    Normativas

     

    Características
    Generales

    Datos Básicos

    El Reino de España
    posee una superficie territorial de 505.992 Km2, de los cuales el
    30% corresponde a tierras de cultivo, el 21% prados y pastos y un
    32% a terreno forestal.
    Está situada en la Península Ibérica, en el
    suroeste del continente europeo. Además del territorio
    peninsular, comprende las islas Baleares en el mar
    Mediterráneo, las ciudades de Ceuta y Melilla en el norte
    de África y las islas Canarias en el Océano
    Atlántico.

    Posee una población de 39.513.630 habitantes
    (proyectado Julio 2001) con una densidad de 78,8
    hab/Km2 y una tasa de crecimiento poblacional de 0,46% al
    año.

    La población urbana es el 75,7% y la fuerza de
    trabajo es de 16,2 millones de personas con una tasa de desempleo de
    13,6%.

    Aun cuando el crecimiento de la economía
    española continua trasladándose de forma muy
    intensa a la creación de empleo, no ha
    podido llegarse a una tasa inferior a la registrada en el
    último trimestre de 1981.

    Entre las ciudades más importantes se encuentran
    Alicante, Barcelona, Cádiz, Córdoba, La
    Coruña, Málaga, Murcia, Palma de Mallorca,
    Santander, Santiago de Compostela, Sevilla, Madrid (capital),
    Toledo, Vigo, Tenerife (Islas Canarias), etc.

    Lengua de trabajo: Español,
    Ingles, Francés

    El reino de España posee como forma de gobierno,
    Monarquía Parlamentaria, distinguida por el
    establecimiento de un Poder
    Ejecutivo dual, con un Jefe de Estado, el
    Rey, un presidente del Gobierno que dirige el Consejo de
    Ministros y un Poder
    legislativo por Cortes Bicamerales, ante las que es
    responsable el Gobierno.

    Jefe de Estado: Rey D. Juan Carlos I de
    Borbón

    Jefe de Gobierno: José Maria
    Aznar

    Moneda

    Desde el 1 de enero de 1999 en España conviven el
    euro como moneda oficial (dividido en 100 céntimos) y la
    peseta (emitida en billetes de 1000, 2000, 5000 y 10000, y en
    monedas de 1, 5, 10, 25, 50, 200 y 500 pesetas).

    Por el momento, el euro puede ser utilizado como medio
    de pago en las transacciones que no haya de realizarse en
    efectivo, ya que los billetes y monedas en euros no circularan
    hasta el 1 de enero del 2002.

    Tipo de cambio

    1 EURO = 166,386 PESETAS

    1 U$S = 156,33 PESETAS

    100 YENES = 138,03 PESETAS

    1 FRANCO SUIZO = 103,97 PESETAS

    1 LIBRA ESTERLINA = 252,83 PESETAS

    En 1999 el PBI pm a precios
    corrientes fue de 595.330 millones de U$s con una tasa anual de
    crecimiento PBI de 3.7% (a precios de mercado).

    El PBI
    per capita fue de 14.657 (dólares) con una tasa de
    inflación anual de 2.9%.

    En lo que respecta al año 2001 durante los meses
    de enero a septiembre, el PBI fue de 411.205 millones de
    dólares, con tasa anual de crecimiento de 3,9% (registrado
    en el ultimo trimestre) y una tasa de inflación del
    4%.

    Los principales sectores económicos son:
    textiles, calzados, productos
    alimenticios, vino, acero, metales, cemento,
    productos químicos, construcción naval, automóviles,
    maquinas-herramientas,
    turismo.

    Desarrollo Industrial

    En el marco de una economía saneada y en
    expansión, el sector industrial en general se encuentra en
    uno de los mejores periodos de su historia. El PBI
    creció en España el 4% durante el año 2000.
    Esta situación se vio favorecida por el descenso de los
    tipos de interés y
    el crecimiento del consumo
    domestico.

    Preocupa el leve aumento de la inflación
    producido en los últimos meses y el incremento de los
    costos
    energéticos. Sin embargo, la productividad
    creció a nivel constante por encima de la media alcanzada
    en la UE.

    En 2000 el crecimiento
    económico general y del consumo privado, se
    manifestó en el aumento de consumo de energía de
    uso industrial y domiciliario, y en cifras record de venta de
    automóviles y bienes
    duraderos.

    La reestructuración del sector publico
    empresarial, permitió que en los últimos
    años el Estado
    ingresara en sus arcas montos multimillonarios en concepto de
    privatizaciones (Telefónica, Repsol, Endesa, Aceralia,
    Inespal)

    Política Comercial

    España accedió como miembro de pleno
    derecho a la entonces Comunidad
    Económica Europea hace mas de una década. Desde
    entonces, la normativa de la UE es plenamente aplicable en
    España.

    Esta incorporación a la UE trajo para
    España un trascendental cambio en los
    años 1993 y 1994 con la creación del Mercado
    Único Europeo y del Área Económica Europea,
    artífices de un espacio comercial sin
    fronteras.

    En su proceso de
    acomodamiento a la
    globalización, el Gobierno de España lleva
    adelante una política comercial de
    apertura. En este sentido, incentiva la
    internacionalización de las empresas con
    diversas medidas que tienden a incrementar las inversiones
    exteriores, de grandes, medianas y pequeñas empresas, al
    aumentar sus exportaciones, diversificar sectores y productos,
    mejorar calidad,
    etc.

    Competitividad Internacional

    La economía española esta ganando competitividad
    dentro de la Unión Monetaria. Como muestra el hecho
    de que las exportaciones se han recuperado en los últimos
    años (en sintonía con lo que ocurre en los
    demás países de la zona euro). Aunque su
    crecimiento todavía es moderado, las previsiones apuntan a
    un mayor avance en los próximos meses, dado que el
    indicador de competitividad-precio frente
    a los países de la OCDE, mejoro un 3,8%

    Grado de apertura del mercado

    (1999)

    Comercio Exterior (Exportaciones + Importaciones) /
    PBI 42,8%

    Importaciones / PBI 24,3%

    Importación Total / Importación Mundial 2,5%

    Exportación Total / Exportación Mundial 2,0%

    Balanza Comercial

    Según los datos oficiales
    facilitados por el Departamento de Aduanas
    español –Ministerio de economía y Hacienda-,
    la balanza
    comercial de España durante el 2000 registró un
    déficit de 43.039 millones de euros.

    Existe un fuerte ritmo de crecimiento de las importaciones
    (+14%), que alcanzaron un valor de
    166138 millones de euros, impulsadas por el dinamismo de la
    demanda
    interna, frente a unas exportaciones cercanas a los 123100
    millones de euros.

    La tasa de crecimiento de las exportaciones
    españolas sitúa a España a la cabeza de los
    países centrales de la UE, muy por encima del 3,9% de
    Alemania, el
    2% de Francia o el
    –1,7% de Italia.

    En el caso de las exportaciones el ritmo de crecimiento
    interanual mas elevado correspondió también a los
    bienes de capital (13,3%), seguido de bienes intermedios no
    energéticos (6,8%) y de bienes de consumo
    (3,6%).

    En cuanto a la distribución geográfica de las
    exportaciones, ha quedado reflejado en las cifras de diciembre un
    mayor crecimiento de las exportaciones a los países no
    comunitarios (23%) que en las destinadas a la UE, que aumentaron
    un 11,9%

    Este comportamiento
    demuestra, por un lado, el aumento de la competitividad de los
    productos españoles en el área no comunitaria,
    derivado del debilitamiento del euro frente al dólar
    norteamericano y el yen; y por otro lado, la perdida de
    competitividad en los mercados europeos, consecuencia del aumento
    del diferencial español de inflación.

    Por el
    contrario, y en parte consecuencia también de lo anterior,
    el crecimiento de las importaciones procedentes de los
    países de la UE (29,6%), superó al 23,8% de subida
    en las compras
    procedentes del resto del mundo.

     

     

    Política Arancelaria

    La entrada de España en la Comunidad Europea
    supuso pasar de una política arancelaria independiente a
    una política comunitaria. La necesidad de
    adaptación a la nueva situación afectaba a dos
    tipos de cuestiones:

    • El traspaso de competencias y
      el desarrollo de las mismas, en un nuevo marco
    • La adaptación en cuanto a los objetivos y
      contenido de dichas políticas

    España contaba con una amplia legislación
    para la regulación del comercio
    exterior, que se habían ido desarrollando y
    perfeccionando, en especial a partir de los últimos
    años de la década de los cincuenta, tras el
    Plan de
    Estabilización.

    El Comercio
    Exterior Español se rige por el principio de libertad
    comercial y solo para algunas mercancías se aplica una
    vigilancia estadística previa. Para determinar el
    régimen comercial aplicable a cada producto es
    preciso conocer su partida arancelaria y su país de
    destino.

    Basándose en la Nomenclatura
    Combinada y el arancel, la Comisión de la Comunidad
    Europea ha establecido un Arancel Integrado de las Comunidades
    Europeas (TARIC) que incluye, además de la
    codificación de la nomenclatura combinada, subdivisiones
    complementarias denominadas subpartidas TARIC, necesarias para la
    designación de aquellas mercancías que sean objeto
    de medidas especificas.

    Derechos Aduaneros / Arancel

    Es el gravamen que ha de pagar un importador para
    introducir una mercancía en su territorio. Tiene una doble
    finalidad: recaudatoria y protectora.

    Las aduanas se encargan de aplicar los aranceles en
    las operaciones de
    comercio exterior.

    Un producto es objeto de dumping cuando su
    precio de exportación hacia un país es inferior al
    valor normal de un producto similar. El valor normal que se toma
    en consideración, es el precio comercial en el país
    de origen (el precio interior)

    Hay dos tipos de derechos:

    • Autónomos: establecidos por la
      Unión Europea
    • Convencionales: surgen como resultado de
      convenios internacionales como en el caso de países que
      tienen el tratamiento de nación mas favorecida.

    La introducción de mercancías de otros
    estados miembros de la UE esta exenta del pago de
    aranceles.

    La importación de mercancías procedentes
    de terceros países queda sometida a los derechos del
    Arancel Aduanero Común de la UE.

    En la actualidad, las únicas restricciones
    cuantitativas a la importación de productos industriales
    que permanecen son las siguientes:

    Respecto de:

    • Sector Textil y Confección: existen numerosas
      cuotas de importación
    • Sector Siderúrgico: restricciones respecto a
      Rusia, Ucrania y Kazaistan. Para el resto de los países
      se mantienen los mecanismos de vigilancia comunes.

    En lo que respecta al comercio de productos
    agroalimentarios, antes de la incorporación de
    España a la CEE, la protección agraria se basaba
    fundamentalmente en tres instrumentos:

    • La aplicación de regímenes comerciales
      restrictivos
    • Los derechos reguladores y compensatorios variables,
      similares en su funcionamiento a las exacciones variables o
      prelevements que han existido en la CEE hasta la arancelizacion
      obligada por la Ronda Uruguay.
    • El arancel

    Por lo que respecta a las exportaciones se realizaba en
    régimen de comercio liberalizado, para sectores
    importantes de la exportación agrícola
    existía la llamada "ordenación sectorial a la
    exportación" que con el objetivo de
    ofertar una exportación ordenada para no provocar
    caídas en los precios de los mercados de destino,
    suponía una limitación del numero de exportadores,
    permitiendo solo exportar a aquellos que estaban inscriptos
    previamente en unos registros
    especiales.

    Dichas restricciones, tanto en el caso de productos
    agrarios como industriales, fueron desapareciendo a través
    de la integración de España en la Unión
    Europea.

    Como se ha mencionado anteriormente, las limitaciones
    existentes son para aquellos productos que provienen de terceros
    países, es decir, fuera de la Unión
    Europea.

    Quedando establecida al mismo tiempo, una libre
    circulación de bienes dentro de la UE, exenta del pago de
    aranceles y demás trabas.

    Acuerdos Preferenciales

    La Comunidad Europea y por ende, España como
    integrante del mismo, concede un trato especial y mas favorable a
    los países para que puedan acceder al mercado comunitario,
    así como protocolos
    financieros para ayudarles a desarrollarse, ofreciendo asimismo
    colaboración en otros campos.

    Cabe destacar entre este tipo de acuerdos los firmados
    con los países de Africa, caribe y
    Pacifico (ACP)
    a partir de los Acuerdos del Convenio de
    Lome.

    Otro bloque de acuerdos serian los desarrollados con los
    países del Centro y Este de Europa (PECO)
    que han dado lugar a los Acuerdos Europeos de Asociación y
    que preveen el establecimiento progresivo de una zona de libre comercio
    con un desarme arancelario mas rápido por parte de la UE
    con el fin de favorecer las exportaciones de sus productos al
    mercado comunitario.

     

    Acuerdos No Preferenciales

    Existe una serie de acuerdos no preferenciales que
    mantiene la Comunidad con países y agrupaciones de
    países en áreas especialmente dinámicas y
    con alto potencial de crecimiento económico como son
    América
    del Sur y Asia.

    Tipos de Acuerdos No Preferenciales

    Acuerdo entre la UE y MERCOSUR

    Establece una aproximación en dos
    fases:

    1. Coordinación de actuaciones
    2. Preparación de una liberalización de
      los intercambios

    Acuerdo con la Comunidad
    Andina, Centroamérica y Chile

    ASEM (Asia – Europa Meeting)

     

    Sistema Generalizado de Preferencias (SGP),
    mediante el cual la Unión Europea otorga exenciones y/o
    reducciones arancelarias a productos originarios de países
    en vías de desarrollo.

     

    Política
    Monetaria

    Con la introducción del euro, el tipo de cambio
    de la peseta ha dejado de ser un instrumento de política
    económica.

    En su primer año y medio de vida, la depreciación del euro contra el
    dólar jugó a favor de la competitividad de las
    exportaciones en los mercados que no pertenecen al
    euro.

    Pero el diferencial de la inflación
    española en relación con la inflación media
    de la UE plantea una peligrosa amenaza.

    Si se mantiene ese diferencial, la competitividad de los
    productos seguirá empeorando en la zona del mundo que
    absorbe la mayor parte de las exportaciones españolas, sin
    que se pueda recurrir al tipo de cambio para compensar ese
    deterioro.

    Por otro lado, si el euro consolida en el futuro su
    recuperación frente al dólar, como apuntan la
    mayoría de los pronósticos, se agravara la perdida de
    competitividad frente al resto del mundo, que hasta este momento
    se había defendido gracias a la debilidad del
    euro.

     

    Régimen de
    Importación

    Régimen de Importaciones

    La introducción de mercancías originarias
    de los restantes Estados miembros de la UE o procedentes de
    terceros países que se encuentren en libre practica en
    dichos Estados miembros, no esta sujeta en términos
    generales a restricciones cuantitativas ni a licencias de
    importación.

    La exportación de mercancías
    españolas a los restantes miembros de la UE tampoco esta
    sujeta a restricciones cuantitativas ni licencias.

    Desde su incorporación a la Unión Europea,
    España ha adoptado todas las reglamentaciones pertinentes
    en materia de
    comercio exterior, adaptando paulatinamente su propia estructura de
    política exterior a dichos requisitos.

    Aunque la reglamentación europea es muy estricta
    en materia de sanidad y calidad, esta adaptación ha
    significado para terceros países una mayor apertura debido
    a que España mantenía en algunos sectores
    más protecciones que el resto de los países
    europeos.

    La Unión Europea legisla en materia sanitaria y
    de calidad y el cumplimiento de la normativa es muy estricta en
    todos los países miembros, dependiendo fundamentalmente de
    los sectores. Se exige el cumplimiento de estrictas normas de
    calidad, sanitarias, de etiquetado, etc.. En algunos casos se
    requiere la obtención de un permiso o Certificado de
    Importación (antes "licencia"), y hay casos particulares
    de restricciones cuantitativas.

    En ocasiones que España estima corresponder,
    recurre a cláusulas de salvaguardas e investigaciones
    por dumping.

    Otra forma de protección se da a trabes de la
    política comunitaria de subsidios a la producción de terminados
    productos.

    Se considera que las barreras proteccionistas
    serán superadas cuanto mayor sea el contacto y el
    conocimiento entre las administraciones correspondientes de
    los países negociante.

    Importación de Productos Industriales de
    terceros países

    En el marco del régimen de libertad comercial,
    hay algunas excepciones. La importación de ciertas
    mercancías (textiles, guantes, calzado, productos de
    porcelana, cerámicos y de vidrio,
    manufacturas de acero, auto radios, juguetes y ciertos productos
    químicos) de determinados países se encuentra
    sometida a restricciones cuantitativas o a medidas de vigilancia;
    y la de otras mercancías especificas (drogas,
    explosivos, armas de fuego y
    municiones) esta sujeta a licencias especiales.

    A través del Sistema Generalizado de
    Preferencias
    de la Unión Europea –SGP- se
    otorgan exenciones y/o reducciones arancelarias a productos
    originarios de países en vías de
    desarrollo.

    Hay reglamentos específicos para los sectores industrial,
    textil y agrario. Es requisito agregar a la documentación el Certificado de Origen
    – Formulario "A" para que el importador pueda acogerse a
    estos beneficios.

    Respecto de las Islas Canarias, existe un régimen
    especifico de abastecimientos por el que se regulan los
    intercambios comerciales y que implica una serie de ayudas
    intracomunitarias para determinados productos agrarios y una
    exención de derechos de importación para las mismas
    mercancías cuando proceden de terceros
    países.

    Ceuta y Melilla no forman parte del territorio aduanero
    de la UE como lo son las Islas Canarias y tienen un
    régimen comercial, diferente al del resto del país,
    basado en el respeto a la
    libertad comercial tradicional en el comercio exterior de estas
    zonas.

    Una vez que las mercancías son introducidas en el
    territorio aduanero de la Comunidad estarán bajo
    vigilancia aduanera. Podrán ser sometidas a controles por
    parte de las autoridades aduaneras.

    Dichas mercaderías permanecerán bajo
    vigilancia aduanera todo el tiempo que sea necesario para
    determinar su estatuto aduanero y en lo que se refiere a
    mercancías no comunitarias hasta que, o bien cambien de
    estatuto aduanero, o bien pasen a una zona franca o
    depósito franco, o bien se reexporten o
    destruyan

    Despacho a libre práctica

    El despacho a libre práctica confiere el estatuto
    aduanero de mercancía comunitaria a una mercancía
    no comunitaria.
    Implica la aplicación de las medidas de política
    comercial, el cumplimiento de los demás trámites
    previstos para la importación de unas mercancías y
    la aplicación de los derechos legalmente
    devengados.

    Régimen de suspensión, cuando sean
    utilizados para mercancías no comunitarias,
    designarán los siguientes regímenes:
    – el tránsito externo,
    – el depósito aduanero,
    – el perfeccionamiento activo en forma de sistema de
    suspensión,
    – la transformación bajo control aduanero,
    y
    – la importación temporal.

    Régimen aduanero económico, se
    entenderán referidos a los siguientes
    regímenes:
    – el depósito aduanero,
    – el perfeccionamiento activo,
    – la transformación bajo control aduanero,
    – la importación temporal, y
    – el perfeccionamiento pasivo.

    El régimen económico de suspensión
    se liquidará cuando las mercancías o, en su caso,
    los productos compensadores o transformados incluidos en dicho
    régimen reciban un nuevo destino aduanero
    autorizado.

    Valor en Aduana de las
    Mercaderías Importadas

    El valor en aduana de las mercancías importadas
    será su valor de transacción es decir, el precio
    efectivamente pagado o por pagar por las mercancías cuando
    éstas se vendan para su exportación con destino al
    territorio aduanero de la Comunidad, ajustado siempre
    que:

    a) no existan restricciones para la cesión o
    utilización de las mercancías por el comprador, con
    excepción de las restricciones que:
    – impongan o exijan la ley o las
    autoridades públicas en la Comunidad,
    – limiten la zona geográfica en la que se puedan revender
    las mercancías, o
    – no afecten sustancialmente al valor de las
    mercancías;

    b) la venta o el precio no dependa de condiciones o prestaciones
    cuyo valor no pueda determinarse con relación a las
    mercancías objeto de valoración;

    c) ninguna parte del producto de cualquier reventa, cesión
    o utilización posterior de las mercancías por el
    comprador revierta directa o indirectamente al
    vendedor

    d) no exista vinculación entre comprador y vendedor o, en
    caso de existir

    El precio efectivamente pagado o por pagar será
    el pago total que, por las mercancías importadas, haya
    hecho o vaya a hacer el comprador al vendedor o en beneficio de
    éste, y comprenderá todos los pagos efectuados o
    por efectuar, como condición de la venta de las
    mercancías importadas, por el comprador al vendedor o por
    el comprador a una tercera persona para
    satisfacer una obligación del vendedor. El pago no
    tendrá que hacerse necesariamente en efectivo;
    podrá efectuarse mediante cartas de
    crédito
    o instrumentos negociables, y directa o
    indirectamente.

    Aranceles

    La introducción de mercancías de otros
    estados miembros de la UE esta exenta del pago de
    aranceles.

    La importación de mercancías procedentes
    de terceros países queda sometida a los derechos del
    Arancel Aduanero Común de la UE.

    Las franquicias
    comunitarias a la importación que reviste mayor
    interés para el exportador de otro país, son las
    que se aplican a mercancías importadas para la
    prospección comercial, como:

    • muestras de mercancías sin valor
      comercial
    • muestrarios completos, impresos y objetos de carácter
      publicitario
    • productos utilizados y consumidos durante una
      exposición o una manifestación
      similar
    • mercancías importadas para examen, análisis o ensayos,
      objeto de carácter educativo, científico o
      cultural
    • instrumentos o aparatos científicos siempre
      que se importen con fines no comerciales

    Prescripciones Especiales

    Normas Vigentes para todos los estados miembros de
    la UE

    El marco legal vigente para toda la UE abarca numerosas
    y variadas prescripciones sobre organizaciones
    del mercado para productos agrícolas básicos y
    regímenes comerciales para determinados productos
    agrícolas producidos para la UE.

    Las organizaciones de la UE han creado un mercado
    común para productos agrícolas en el que para los
    estados miembros –al igual que en el sector industrial. Se
    han suprimido los aranceles de importación y derechos
    similares, totalmente libre de prohibiciones y/o limitaciones a
    la importación, contingentes u otras trabas
    económicas.

    El elemento principal de control de la política
    agrícola son los precios. Las diferencias entre el nivel
    de precios de la UE y los precios del mercado internacional se
    compensan mediante gravámenes a la
    importación.

    Los productores agrícolas de países no
    comunitarios se someten a un sistema de derechos variables
    ("prelevements") que se agregan al precio. Estos impuestos a la
    importación, que varían continuamente, no pueden
    determinarse sino poco antes de efectuar la importación
    prevista

    Las licencias de importación de la UE para
    productos agrícolas de terceros países no sirven
    como instrumentos de contingentes sino como mecanismo de control
    para el mercado agrícola.

    Otras prescripciones legales para la
    importación de mercancías

    Independientemente de las disposiciones previstas en la
    legislación de economía exterior para la
    importación de determinados productos, es indispensable
    observar varias prescripciones legales de las cuales depende, en
    ultimo termino, el acceso de dichos productos a este
    medio

    • Reglamento sobre el rótulo de productos
      alimenticios (regula el rotulado y etiquetado de determinados
      productos en empaques y envases previstos para el consumidor
      final)
    • Ley alimentaria y de artículos de necesidad
      (regula el empleo de determinados aditivos en productos
      alimenticios, su caracterización, implementos necesarios
      para su elaboración, etc.)
    • Reglamento sobre la indicación de precios
      (regula la obligatoriedad de indicar los precios en los envases
      previstos para la venta al consumidor final)
    • Reglamento sobre envasado (regula los tamaños,
      las indicaciones de precios y del contenido en bienes de
      consumo previamente empaquetados para su venta en el comercio
      minorista)
    • Ley sobre el etiquetado de productos textiles (regula
      las indicaciones sobre los materiales
      componentes y la forma en que deben ser tratados)
    • Ley sobre medicamentos (regula la composición
      química,
      el envasado, el registro como
      especialidad farmacéutica, las indicaciones sobre el
      origen, el nombre, la utilización, la forma de empleo,
      la dosificación, las cantidades, etc.)
    • Ley sobre la protección y la inspección
      de plantas
      (regula las importaciones y el control de plantas, flores,
      etc.)

    Para determinados productos técnicos tales como
    aparatos eléctricos, aparatos de gas, calentadores
    y calderas a
    presión, vehículos, etc., rigen
    otras disposiciones de seguridad.

    Normalización y Certificación de
    Productos

    Algunos de los productos importados, cualquiera sea su
    origen o procedencia deben ceñirse a determinadas
    reglamentaciones técnicas
    que dan lugar a su homologación. Son obligatorias las
    directivas y reglamentos de la UE.

    La Asociación Española de Normalización y Certificación
    (AENOR) es el organismo acreditado por la
    administración española para desarrollar
    actividades de normalización.

    Regímenes Aduaneros
    Especiales

    Depósitos Aduaneros: son unos recintos,
    bajo control de la Aduana, en el que las mercancías no
    abonan derechos de importación. Su utilizan sobre todo
    cuando un importador no sabe cúal será el destino
    de la importación. Se permiten las mismas operaciones que
    las Zonas Francas. En España, el tiempo máximo que
    una mercancía puede estar en un Deposito Aduanero es de
    cinco años.

    Se entenderá por «depósito
    aduanero», todo lugar reconocido por las autoridades
    aduaneras y sometido a su control, en el que puedan almacenarse
    mercancías en las condiciones establecidas.

    El régimen de depósito aduanero permitirá el
    almacenamiento en
    un depósito aduanero:

    a) de mercancías no comunitarias, sin que estas
    mercancías estén sujetas a derechos de
    importación ni a medidas de política
    comercial,

    b) de mercancías comunitarias para las que una
    normativa comunitaria específica disponga, en razón
    de su inclusión en un depósito aduanero, el
    beneficio de medidas relacionadas en principio con la
    exportación de mercancías.

    d) las mercaderías destinadas a la
    presentación en publico en ferias y
    exposiciones.

    e) las mercaderías que exigen instalaciones
    especiales para su conservación.

    El deposito aduanero es un mecanismo complementario del
    régimen de la admisión temporal. Permite a la empresa situar
    mercaderías admitidas bajo el régimen de
    admisión temporal.

    La admisión temporal: Permite a los
    operadores económicos importar mercancías
    destinadas a ser transformadas o manufacturadas o a recibir una
    labor de trabajo complementario, con suspensión de los
    derechos arancelarios y sin formalidades de control de parte del
    comercio exterior aplicadas a esta mercancía.

    Devolución de derechos (draw-back): Este
    régimen permite a la empresa la
    devolución de los derechos arancelarios satisfechos a la
    importación de materias primas o semi-productos utilizados
    para la fabricación de mercancías
    exportadoras.

    Zona Franca: cualquier enclave nacional creado
    por las autoridades competentes de cada Estado Miembro de la UE
    con el fin de considerar las mercancías que allí se
    encuentren como si no estuvieran en territorio aduanero de la
    Comunidad para la aplicación de los derechos aduaneros,
    restricciones y cualquier otro impuesto.

     

    Tránsito Aduanero: permite el transporte de
    mercadería sin control aduanero de un punto a otro,
    eximidos de pagar impuestos.

    Depósito Industrial: es lo que permite a
    determinado establecimiento de una industria
    importar, libre del pago de impuestos, mercaderías para
    industrialización o posterior exportación, pudiendo
    una parte de la producción ser destinada al mercado
    interno.

    Puerto Franco: es un territorio que goza de
    exenciones y bonificaciones de derechos aduaneros. Se pueden
    cargar y descargar mercancías. En España, son
    considerados como puertos francos a Ceuta, Melilla y
    Canarias.

    Zonas Mercadologicas: están determinadas
    según los acuerdos establecidos por la Unión
    Europea. Existen tanto para las importaciones como para las
    exportaciones.

    En el caso de las importaciones, se reciben las
    mercancías de origen, aunque sean de procedencia, siempre
    se referirá el origen de la mercancía
    correspondiente.

    Existen cuatro subzonas
    mercadológicas:

    • Subzona A: para la UE y sus territorios de
      ultramar
    • Subzona B1: para los países de la EFTA y
      países del Este de Europa
    • Subzona B2: para los países del
      Mediterráneo y los de la ex Yugoslavia
    • Subzona B3: para los países firmantes del
      acuerdo LOME
    • Subzona B4: para los territorios de ultramar bajo la
      administración de un Estado
      Miembro
    • Subzona C: para el resto del mundo
    • Subzona D1: para países comunistas y
      repúblicas escindidas de la CEI
    • Subzona D2: para China

    Disposiciones aplicables a las mercancías
    introducidas en el territorio aduanero en tanto no se les haya
    atribuido un destino aduanero

    Con respecto a la introducción de las
    mercancías en el territorio aduanero:

    Las mercancías introducidas en el territorio
    aduanero estarán bajo vigilancia aduanera desde su
    introducción. Podrán ser sometidas a controles por
    parte de las autoridades aduaneras, de conformidad con las
    disposiciones vigentes. Las mismas permanecerán bajo
    vigilancia aduanera todo el tiempo que sea necesario para
    determinar su estatuto aduanero y en lo que se refiere a
    mercancías no comunitarias hasta que o bien cambien de
    estatuto aduanero, o bien pasen a una zona franca o
    depósito franco o bien se reexporten o
    destruyan.

    Las mercancías que se introduzcan en el
    territorio aduanero deberán ser trasladadas sin demora por
    la persona que haya efectuado dicha introducción,
    utilizando, en su caso, la vía determinada por las
    autoridades aduaneras y según las modalidades establecidas
    por dichas autoridades:

    • la aduana designada por las autoridades aduaneras o a
      cualquier otro lugar designado o autorizado por dichas
      autoridades;
    • una zona franca, cuando la introducción de las
      mercancías en dicha zona franca deba efectuarse
      directamente:
      • bien por vía marítima o
        aérea;
      • bien por vía terrestre sin pasar por otra
        parte del territorio aduanero de la Comunidad Europea,
        cuando se trate de una zona franca contigua a la frontera
        terrestre entre un Estado miembro y un país
        tercero.

    Cuando, por caso fortuito o fuerza mayor, no pueda cumplirse la
    obligación anteriormente, la persona sujeta a dicha
    obligación, o cualquier otra persona que actúe en
    su lugar, informará sin demora a las autoridades aduaneras
    de dicha situación. Cuando el caso fortuito o de fuerza
    mayor no haya ocasionado la pérdida total de las
    mercancías, se deberá además informar a las
    autoridades aduaneras del lugar exacto en el que se hallen dichas
    mercancías.

     

    Política
    Cambiaria

    Introducción del Euro

    Desde el 1 de Enero de 1999, el euro ha sido introducido
    como moneda oficial de los Estados Miembros
    participantes.

    El euro existe y puede comenzar a ser utilizado en su
    forma "escritural", es decir, a través de su reflejo en
    cuentas bancarias
    pero no en metalico o en efectivo.

    Cabe esperar que los mercados
    financieros comiencen a utilizar, extensa y
    rápidamente, el euro.

    También se espera que las empresas y los
    particulares continúen operando en las unidades monetarias
    nacionales que serán, legalmente equivalentes el euro al
    tipo de conversión fijado. (En el caso de la moneda
    española, será de 1 EURO = 166,386
    PTAS.)

    A partir del 1 de Enero de 2002 se supone que euro
    habrá sustituido, en todos los usos, con la
    excepción de las transacciones de efectivo, a las unidades
    monetarias nacionales.

    Dado que las unidades monetarias nacionales
    estarán vinculadas por tipos de conversión
    irrevocablemente fijos, dejaran de existir mercados cambiarios
    entre dichas monedas, y se realizaran meras conversiones
    aritméticas.

    En los mercados financieros, toda las operaciones se
    realizaran y se liquidaran en euros.

    Tanto agentes económicos, como empresas y
    particulares podrán utilizar indistintamente el euro y las
    unidades monetarias nacionales en los negocios
    jurídicos, en el trafico mercantil o en las transacciones
    que lleven a cabo durante el periodo, al ser ambas unidades
    legalmente equivalentes.

    El ritmo con que se vaya utilizando el euro y
    desplazando el uso de la peseta lo determinara su propio uso, en
    función
    del análisis de costes y beneficios de su proceso de
    adaptación.

    Los billetes del Banco de
    España y las monedas denominadas en pesetas continuaran
    circulando y teniendo pleno poder
    liberatorio hasta el 30 de Junio de 2002.

    A partir del 1 de Julio los billetes y monedas en
    pesetas perderán su condición de dinero de
    curso legal; a partir de dicha fecha solo tendrán
    condición los billetes y monedas denominados en
    euros.

    A partir de la fecha indicada, no podrá emitirse
    ninguna orden de pago ni mantener cuentas abiertas en la antigua
    denominación en una institución
    financiera.

    Políticas de
    Financiación

    POLÍTICAS DE FINANCIACION DE LA
    PRODUCCIÓN EXPORTABLE Y LAS INVERSIONES

    COFIDES

    La Compañía Española de
    Financiación del Desarrollo, COFIDES, S.A., es una
    sociedad
    anónima de capital mixto (público y privado)
    creada en 1.988 cuyo objeto es el fomento de las inversiones
    productivas de empresas españolas en países en
    desarrollo, para contribuir con criterios de rentabilidad
    tanto al desarrollo
    económico de esos países como a la
    internacionalización de la economía
    española.

    Para cumplir con esta doble finalidad, COFIDES cuenta en
    la actualidad con unos fondos propios superiores a los 7.200
    millones de pesetas, con una probada capacidad de
    movilización de recursos de otras
    fuentes
    aplicables a este tipo de proyectos, con un
    equipo de profesionales cualificados y con el apoyo de sus
    accionistas.

     

    En el capital social de COFIDES participan:

    · Instituto Español de Comercio
    Exterior (ICEX)
    · Instituto de Crédito Oficial (ICO)
    · Empresa Nacional de Innovación (ENISA)
    · Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA)
    · Banco Santander Central Hispano (BSCH)
    · Banco de Sabadell

    Las tres primeras instituciones
    públicas mencionadas ostentan hoy en su conjunto el 61%
    del capital social de COFIDES, repartiéndose el 39%
    restante entre los 3 grupos bancarios
    citados.

      PRODUCTOS FINANCIEROS QUE
    OFRECE

    Los productos que COFIDES ofrece para la fase de
    inversión de los proyectos son los
    siguientes:

    Participaciones en el capital de la empresa que se
    crea en el país receptor

    Estas participaciones de capital siempre son minoritarias y
    transitorias. En efecto, COFIDES normalmente no asume en ellas
    más del 30% del capital social y su límite es, en
    todo caso, la participación del propio inversor
    español en el capital. En los casos en que COFIDES
    actúa en régimen de cofinanciación con otros
    instrumentos este porcentaje puede superarse. Cuando COFIDES
    participa en el capital no se compromete en la gestión
    diaria del proyecto, que
    corresponde a sus promotores.

    Préstamos a medio y largo plazo a la empresa
    que se crea en el país receptor

    Con plazos relacionados con el período de retorno previsto
    para el proyecto, normalmente entre 3 y 10 años y
    períodos de carencia amplios en los primeros años
    de vida del proyecto. La remuneración de estos
    préstamos se liga, en muchos casos, a los resultados del
    proyecto. Estos préstamos pueden denominarse en Euros o en
    otras monedas convertibles.

    Préstamos a medio y largo plazo al inversor
    español

    Para cubrir parcialmente el esfuerzo financiero que debe
    realizar en su aportación a los fondos propios de la
    empresa participada. Estos préstamos también tienen
    períodos de amortización y carencia dilatados, hasta 10
    años, consistentes con las expectativas de
    generación de retornos del proyecto. Los préstamos
    pueden denominarse en Euros o en otras monedas
    convertibles.

    COFIDES toma siempre garantías adecuadas para los
    préstamos que concede. Estas garantías se
    establecen caso por caso en función de las características del proyecto.

    Los productos financieros indicados pueden combinarse en un mismo
    proyecto.

      TIPO DE PROYECTOS
    ELEGIBLES

    COFIDES puede otorgar apoyo financiero tanto a proyectos
    que lleven a cabo empresas mixtas en las que participe de manera
    significativa una empresa
    española, como a aquellos en los que el inversor
    español posea la totalidad del capital de la empresa que
    se cree en el país receptor-

    Este apoyo puede aplicarse tanto a proyectos de
    creación de nuevas empresas como a los que conlleven la
    ampliación de las instalaciones de empresas existentes. En
    algunos casos, el apoyo puede destinarse a la toma de
    participaciones de empresas existentes que no conlleven una
    ampliación de la actividad de la empresa participada,
    siempre y cuando se valore que ello puede contribuir de manera
    esencial a la implantación de la empresa española
    en el país receptor.

    COFIDES no interviene en proyectos tales como la
    construcción de viviendas, defensa, enseñanza o asistencia sanitaria, para los
    que existen otros instrumentos de ayuda o cooperación. En
    el caso particular de las infraestructuras u otros servicios
    públicos, COFIDES esta en condiciones de apoyar este tipo
    de proyectos siempre y cuando los mismos se gestionen de forma
    privada.

      INSTRUMENTOS
    FINANCIEROS

    Ha sido siempre una de las prioridades de COFIDES la
    movilización de fondos de los diferentes programas e
    instrumentos disponibles para la financiación de los
    proyectos en el exterior de empresas españolas.

    Detalle de los programas e instrumentos españoles
    y multilaterales:

    • LINEA COFIDES / FOMIN
    • FIEX
    • LINEA ICO
    • LINEA DE SERVICIOS
    • LINEA COFIDES / BERD
    • LINEA COFIDES / BE
    • FONPYME
    • LINEA BEI (ECFI III)
    • CDE

      LINEA DE COFINANCIACION COFIDES /
    FOMIN

    Esta línea de cofinanciacion, suscrita en enero
    de 2000 entre COFIDES y el Fondo Multilateral de Inversiones
    (FOMIN) del Grupo del
    Banco Interamericano de Desarrollo (BID), permite ofrecer a las
    empresas españolas financiación en condiciones
    especiales para sus proyectos de
    inversión productiva de tamaño pequeño y
    mediano en países de América
    Latina. En estos casos, el FOMIN invierte el mismo importe y
    en los mismos términos y condiciones en que lo haga
    COFIDES.

    Características del apoyo financiero:

    • Objetivo: contribuir a las necesidades de
      financiación a largo plazo de los proyectos de
      inversión productiva de empresas españolas en
      países de América latina elegibles para el
      BID
    • Beneficiarios: las pequeñas y medianas
      empresas conjuntas en las que participe una empresa
      española establecida en los citados
      países
    • Tipo de apoyo financiero: Participaciones en
      capital, cuasi-capital (prestamos de coinversion, subordinados
      o convertibles en capital) y prestamos ordinarios a medio plazo
      (hasta 3 años) para la financiación de capital
      circulante.
    • Acceso: la línea gestionada por
      COFIDES, a quien deben dirigirse las empresas
      interesadas
    • Importe de la línea: 10.000.000
      Dólares USA
    • Importe máximo de la operación:
      750.000 Dólares USA

      FONDO PARA INVERSIONES EN EL
    EXTERIOR (FIEX)

    Este fondo creado por la Ley 66/1997 de Medidas
    Fiscales, Administrativas y del Orden Social, permite realizar
    inversiones temporales y minoritarias a los fondos propios de las
    inversiones en el exterior por empresas
    españolas.

    Características del apoyo financiero:

    • Objetivo: contribuir a las necesidades de
      aportación de recursos propios de los proyectos de
      inversión que lleven a cabo empresas españolas en
      el exterior
    • Beneficiarios: las empresas participadas por
      los inversores españoles
    • Tipo de apoyo financiero: participaciones en
      capital, prestamos de coinversion y instrumentos participativos
      a medio y largo plazo, con periodos de carencia
    • Acceso: las solicitudes deben plantearse a
      COFIDES, que ha sido designado por la Administración
      española como gestor de fondos
    • Limite de financiación: 25 millones de
      euros
    • Importe mínimo: 2 millones de
      euros
    • Dotación actual del fondo (año
      2001):
      240 millones de euros

      LINEA DE FINANCIACION DE
    INVERSIONES EN EL SECTOR SERVICIOS

    Esta línea ofrece financiación en
    condiciones especiales para los proyectos de inversión en
    el sector servicios de empresas españolas en países
    en desarrollo.

     

    Características del apoyo financiero:

    • Objetivo: contribuir a las necesidades de
      financiación de los proyectos de inversión
      española en el sector servicios en países en
      desarrollo
    • Beneficiarios: los inversores españoles
      y las empresas participadas por ellos.
    • Tipo de apoyo financiero: prestamos simples al
      inversor español y prestamos simples de coinversion a
      medio y largo plazo (hasta 5 años), con periodos de
      carencia amplios (hasta 5 años). La remuneración
      de los prestamos será:
      • Para los prestamos simples: el tipo de
        interés de referencia fijado por COFIDES
        máximo es el margen no superior a un punto
        porcentual.
      • Para los prestamos de coinversion: un componente
        fijo inferior al tipo de interés de referencia y un
        componente variable ligado a los resultados del
        proyecto
    • Acceso: las solicitudes deben plantearse a
      COFIDES
    • Limite de la financiación:
      Máximo de 2.500.000 euros
    • Importe mínimo: 250.000
      euros
    • Países elegibles: se consideran
      elegibles para esta línea los proyectos de
      inversión del sector servicio que
      se realicen en cualesquiera países en desarrollo,
      emergentes o en transición, con independencia del nivel de renta del país
      en cuestión, de pertenencia o no a la OCDE o de la
      categoría que les otorgue el Acuerdo del Consenso que
      regula los créditos a la exportación con
      apoyo oficial.

      FONDO PARA OPERACIONES DE
    INVERSIÓN EN EL EXTERIOR DE LA PEQUEÑA Y
    MEDIANA EMPRESA (FONPYME)

    Este fondo creado por la Ley 66/1997 de Medidas
    Fiscales, Administrativas y del Orden Social, permite realizar
    inversiones de capital temporales y minoritarios y otros
    instrumentos participativos en sociedades
    constituidas en el exterior por pequeñas y medianas
    empresas españolas.

    Características del apoyo financiero:

    • Objetivo: contribuir a las necesidades de
      aportación de recursos propios de los proyectos de
      inversión que lleven a cabo pymes
      españolas en el exterior
    • Beneficiarios: las empresas participadas por
      los inversores españoles
      • Tipo de apoyo financiero: participaciones en
        capital, prestamos de coinversion y instrumentos
        participativos a medio y largo plazo, con periodos de
        carencia
    • Acceso: las solicitudes deben plantearse a
      COFIDES, que ha sido designado por la Administración
      española gestor del fondo y que cofinanciará en
      los mismos términos y condiciones que el fondo de
      operaciones.
    • Limite de la financiación: 1,8 millones
      de euros, sin que pueda exceder en ningún caso el propio
      volumen que
      COFIDES invierta en el proyecto con sus propios
      recursos.
    • Importe mínimo: 150.000 euros por
      operación
    • Cofinanciacion: siempre en régimen de
      cofinanciacion con COFIDES
    • Dotación Actual del fondo (año
      2001
      ): 21 millones de euros

      LINEA DE FINANCIACION CON EL BEI
    PARA PAISES ACP (ECFI III)

    Esta línea de financiación, suscrita por
    el Banco Europeo de Inversiones con las Instituciones Financieras
    de Desarrollo de los países miembros de la Unión
    Europea en 2000, permite ofrecer a las empresas europeas
    financiación en condiciones especiales para sus proyectos
    de inversión productiva en países como Africa,
    Caribe y Pacifico (ACP), Sudáfrica.

    Características del apoyo financiero:

    • Objetivo: contribuir a las necesidades de
      financiación a largo plazo de los proyectos de
      inversión productiva de empresas europeas en
      países ACP
    • Sectores elegibles: Industria, agroindustria,
      turismo, minería,
      transporte, telecomunicaciones, servicios financieros y
      otros servicios asociados a estos sectores
    • Beneficiarios: las empresas privadas en estas
      áreas
    • Tipo de apoyo financiero: prestamos a largo
      plazo al proyecto en condiciones especiales
    • Acceso: la línea es gestionada por las
      Instituciones Financieras de Desarrollo de los países de
      la UE. En España, su único gestor es COFIDES, a
      quien deben dirigirse las empresas interesadas
    • Importe actual de la línea: 70.000.000
      euros
    • Asignación de recursos:
      • Para inversiones en países ACP: 50
        millones de euros
      • Para inversiones en la Republica de
        Sudáfrica: 15 millones de euros
      • Para inversiones en países y territorios
        OCT: 5 millones de euros
    • Importe máximo por proyecto: 5.000.000
      euros
    • Importe mínimo por proyecto: 500.000
      euros

      CENTRE POUR LE DEVELOPPEMENT DE
    L´ENTERPRISE (CDE)

    Este instrumento establecido por la UE y los
    países ACP ofrece financiación en condiciones
    especiales para proyectos de inversión y otras formas de
    cooperación empresarial en los sectores industrial,
    agroalimentario, pesquero, forestal, extractivo, de la
    construcción, turismo, comercio, transporte y otros
    servicios de esos países en los que participen empresas de
    la Unión Europea

    Características del apoyo financiero:

    • Objetivo: promover las inversiones y otras
      formas de cooperación empresarial en países de
      Africa Subsahariana, Caribe y Pacifico (ACP)
    • Beneficios: según las diversas
      facilidades del programa, las
      empresas europeas y sus contrapartes locales que deseen llevar
      a cabo un proyecto de
      inversión o de cooperación empresarial en un
      país ACP
    • Tipo de apoyo financiero:
      Subvenciones
    • Acceso: Aunque es posible solicitar la ayuda
      directamente al CDE, resulta recomendable dirigirse a una de
      las instituciones colaboradoras del CDE en España, entre
      las que se encuentra COFIDES. En España el ICES es la
      institución colaboradora mas experimentada en la
      gestión de este instrumento
    • Importe Máximo por proyecto y
      año
      : 150.000 euros

     

    • Contrato de Ajuste Reciproco de Intereses
      (CARI)

    Es un sistema de apoyo a las exportaciones
    españolas de maquinaria y bienes de equipo mediante el
    cual se incentiva la concesión, por parte de las entidades
    financieras, de créditos a la exportación a largo
    plazo (más de 2 años) y a tipos de interés
    fijos (tipos de Consenso).

    Los créditos beneficiarios del CARI pueden estar
    denominados en pesetas / euros o en cualquiera de las divisas
    admitidas a cotización.

    ¿Qué agentes intervienen en el sistema
    CARI?

    Según su cometido, se pueden distinguir los
    siguientes grupos:

    • Exportadores españoles e importadores
      extranjeros.
    • Entidades financieras: bancos, cajas
      de ahorros o cooperativas de crédito.
    • Organismos y entidades públicas
      españolas.

    ¿Qué funciones
    desempeña cada agente?

    El exportador español es quien
    inicia el trámite informando a su cliente, el
    importador extranjero, sobre los créditos a
    los que puede recurrir y que pueden acogerse a un CARI. Para ello
    necesita conocer el funcionamiento del sistema CARI.

    Las entidades financieras conceden los
    créditos a la exportación. Pueden actuar como
    prestamistas únicas o agrupadas bajo formas contractuales
    de sindicación u otras admitidas en derecho.

    En el grupo de organismos y entidades públicas
    españolas
    , intervienen en el sistema el ICO, la
    Dirección General de Comercio e Inversiones
    y la Compañía Española de Seguros de
    Crédito a la Exportación (CESCE)

    La Dirección General de Comercio e Inversiones es el
    órgano de la Administración que autoriza la
    formalización de los CARI y resuelve las incidencias que
    surjan en la ejecución y desarrollo de los créditos
    beneficiarios del sistema.

    CESCE, compañía especializada en la cobertura de
    este tipo de créditos, cubre los riesgos de
    naturaleza
    política por cuenta del Estado y los riesgos de
    carácter comercial.

    Clases de créditos beneficiarios del sistema
    CARI

    • Crédito comprador extranjero:
      la entidad financiera concede el crédito al comprador
      extranjero que tiene, por lo tanto, la condición de
      prestatario; el suministrador o exportador recibe
      directamente el importe del crédito como pago por la
      venta realizada.
    • Crédito suministrador
      nacional
      : es el propio suministrador o exportador el
      que asume la condición de prestatario. El comprador
      extranjero sólo queda vinculado con el suministrador
      por el contrato
      comercial.
    • Línea de crédito: es
      una variante del crédito comprador. La entidad
      financiera pone a disposición del prestatario,
      generalmente un banco del país comprador, un importe
      global con cargo al cual pueden financiarse distintos
      contratos
      comerciales.

    ¿Qué conceptos financiables son
    considerados para la formalización de un
    CARI?

    • El importe de los bienes y servicios exportados de
      origen español, en cuya valoración se
      incluyen:
      • flete y seguro
        de transporte contratados por el exportador con una
        compañía española,
      • prima del seguro del crédito a la
        exportación si el servicio lo presta una
        compañía española.
    • El importe de los bienes y servicios extranjeros
      incorporados a la exportación
      española.
    • Las comisiones comerciales.
    • Los gastos
      locales.
    • Los intereses del crédito devengados y
      capitalizados durante el período de disposición
      del mismo, previa autorización de la Dirección
      General de Comercio e Inversiones.

    ¿Cuál es el importe máximo
    financiable por los créditos beneficiarios de un
    CARI?

    El crédito acogido al sistema CARI podrá
    financiar como máximo el 85% del importe de los
    bienes y servicios exportados (españoles y extranjeros
    incorporados) y de las comisiones comerciales, y hasta el 100% de
    los gastos locales, teniendo en cuenta las limitaciones
    siguientes:

    • los bienes y servicios extranjeros incorporados a
      la exportación, y considerados a efectos de
      concesión de un crédito acogido a CARI, no
      podrán superar el 15% del importe total de los bienes
      y servicios exportados (españoles y
      extranjeros).
    • Las comisiones no podrán superar el 5% del
      importe total de los bienes y servicios exportados
      (españoles y extranjeros).
    • El importe de los gastos locales no podrá
      superar el 15% del importe total de los bienes y servicios
      exportados (españoles y extranjeros).

    ¿Qué tipo de interés se
    aplicará a los créditos acogidos al
    CARI?

    El Tipo de Interés Comercial de Referencia
    (CIRR), también llamado tipo de Consenso, que esté
    en vigor en el momento en el que se reciben en el ICO, y son
    aceptados como válidos, la solicitud de
    formalización de un CARI y los certificados pertinentes.
    Una vez firmado el correspondiente CARI, el tipo de
    interés será fijo hasta la amortización
    total del préstamo.

    ¿Cuál es el plazo de amortización de los
    créditos beneficiarios de CARI?

    El plazo de amortización se fijará en
    función del Consenso de la OCDE. Podrá ser de 5
    años, ampliable hasta 8 años, para los
    Países Categoría I(PNB per cápita superior a
    5.225$ USA), ó 10 años para países
    Categoría II (resto países).

    • Créditos FAD – Fondo de Ayuda al
      Desarrollo-

    Es considerado el instrumento que ha servido para apoyar
    las exportaciones españolas en los últimos
    años. Sin embargo, ha caído la utilización
    efectiva del FAD .

    • Líneas FEV – Financiación de
      Estudios de Viabilidad-

    La línea FEV es un instrumento creado en 1995 con
    el fin de financiar estudios de viabilidad de proyectos (y
    similares) por parte de empresas españolas.

    Este instrumento fue muy bien recibido por las empresas
    ya que supone un apoyo para una actividad, la realización
    de un estudio de viabilidad, que permite posicionarse muy bien a
    la empresa y el país que lo realiza para la
    ejecución posterior del proyecto.

    La ayuda media concedida por estudio ha sido de 17,5
    millones de pesetas. Esta ayuda ha supuesto, como promedio, el
    40% del coste total del estudio (el otro 60% tendría que
    ser cubierto en principio por la empresa que lo
    realiza).

    Las ayudas de la línea FEV son consideradas como
    pequeñas.

    Política de
    Exportaciones

    Regímenes especiales de
    exportación

    Exportación temporal: Permite el
    envío al extranjero de materiales y productos destinados a
    ser utilizados durante un plazo determinado, en función de
    la naturaleza de los bienes, productos y los trabajos a
    efectuar.

    Estos materiales y productos deben volver en el mismo
    estado en el que fueron exportados y con suspensión de los
    derechos arancelarios.

    Trafico de perfeccionamiento a la
    exportación:
    Permite la exportación provisional
    fuera del territorio nacional español, con
    suspensión de los derechos y tasas que deban satisfacerse,
    de productos destinados a ser transformados o recibir una
    incorporación de mano de obra en el extranjero.

    • Operación de reparación de
      maquinas
    • Operación de tratamiento y
      transformación ( tintura, recauchutado,
      etc.)

    Transito: Permite al operador de transportar, por
    todos los medios de
    transporte, mercancías bajo control aduanero, sea de
    destino, sea a la salida de la empresa.

    Estas operaciones están garantizadas por una
    consignación, una fianza o cualquier garantía
    aceptada por los servicios de aduanas.

    Devolución de derechos (draw-back):
    Permite a la empresa la devolución de los derechos
    arancelarios satisfechos a la importación de materias
    primas o semi-productos utilizados para la fabricación de
    mercaderías exportadas.

    Exportación previa: Permite la
    exportación de productos obtenidos a partir de
    mercaderías de origen extranjero que hayan pagado los
    derechos y tasas de importación y la re-importación
    del equivalente en materias primas y productos semi-elaborados
    prácticamente en régimen de franquicia
    aduanera.

    El beneficio de este régimen puede obtenerse
    mediante una simple solicitud dirigida a la Oficina de
    Aduanas de Exportación.

    Deposito industrial Franco: Consiste en la
    creación de establecimientos, bajo control de la
    administración de Aduanas, donde las empresas, cuya
    producción esta destinada en su totalidad a la
    exportación, pueden importar, en suspensión de los
    derechos y tasas, tanto los materiales, los equipamientos y sus
    partes y piezas de recambio como las mercaderías
    destinadas a ser empleadas por dichos materiales o
    equipos.

    Las mercancías que salgan del territorio aduanero
    de la Comunidad serán sometidas a vigilancia aduanera.
    Dichas mercancías podrán ser objeto de controles
    por parte de las autoridades aduaneras, de conformidad con las
    disposiciones vigentes. Deberán abandonar dicho
    territorio, tomando en su caso la vía determinada por las
    autoridades aduaneras y con arreglo a las modalidades
    establecidas por dichas autoridades.

    Cuadernos ATA

    ¿QUÉ ES UN CUADERNO ATA?

    Documento de Admisión Temporal de
    mercancías válido en los países miembros de
    la Cadena ATA, que sustituye a los documentos
    nacionales de exportación e importación
    temporal

    Las Administraciones Aduaneras de todos los
    países han venido concediendo, desde hace años,
    ciertas facilidades para la circulación de
    mercancías con el fin de estimular las relaciones
    comerciales entre los diversos países.

    Por este motivo, el 6 de diciembre de 1961 se firma el Convenio
    Aduanero ATA de Admisión Temporal de Mercancías y,
    posteriormente, el 26 de junio de 1990 el Convenio de
    Estambul.

    ¿PARA QUÉ SIRVE UN CUADERNO
    ATA?

    Para que cualquier tipo de mercancía, que no
    sea de naturaleza perecedera (alimentos o
    bebidas), o que requiera una elaboración o
    reparación, pueda viajar fuera de sus
    fronteras.

    • Para ser mostrada en Ferias y Exposiciones, de
      carácter comercial, tanto privadas como
      oficiales
    • Para que los viajantes de comercio enseñen sus
      muestrarios en varios países sin necesidad de cambiar de
      documentación
    • Para ser utilizada en la realización de
      trabajos de tipo profesional: prensa,
      radio,
      cine,
      instalaciones técnicas, teatro,
      acontecimientos deportivos….etc.

    VENTAJAS PARA LOS
    USUARIOS

    • Rapidez y facilidad para la obtención de un
      Cuaderno
    • Bajo coste
    • Posibilidad de viajar por un gran número de
      países con un solo documento
    • Agilización y simplificación del
      trámite de Aduanero
    • No requiere un depósito de garantía en
      las Aduanas de los países que se visiten
    • Facilita las relaciones comerciales
      internacionales

    TERRITORIOS QUE PUEDEN SER VISITADOS CON UN CUADERNO
    ATA

    Alemania, Argelia, Andorra, Australia, Austria,
    Bélgica, Luxemburgo, Bulgaria, Canadá, Costa de
    Marfil, Rep. Popular China, Chipre,
    Croacia, Dinamarca, España, Estados Unidos de
    América, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hong
    Kong, Hungría, Islandia, India,
    Irlanda, Israel, Italia,
    Japón,
    Líbano, Macedonia, Malasia, Malta, Marruecos, Isla
    Mauricio, Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Polonia,
    Portugal, Reino Unido, Rep. Checa, República de Corea,
    Rep. Eslovaca, Rep. de Sudáfrica, Rumania, Rusia, Senegal,
    Singapur, Suecia, Suiza, Sri Lanka, Tailandia, Túnez,
    Turquía, Botswana, Lesotho, Namibia, Swazilandia, Jersey,
    Bailia de Guernsey, Isla de Man, Puerto Rico,
    Guam, Tasmania, Guadalupe, Martinica, Guyana, Reunión,
    Nueva Caledonia, Wallis y Futuna, Polinesia Francesa, San Pierre
    y Miguelon, Mayotte.

    Régimen de Zonas
    Francas

    Zona Francas

    Cualquier enclave nacional creado por las autoridades
    competentes de cada Estado Miembro de la Unión Europea con
    el fin de considerar las mercancías que allí se
    encuentren como si no estuvieran en territorio aduanero de la
    Comunidad para la aplicación de los derechos aduaneros,
    restricciones y cualquier otro tipo de impuesto. En las zonas
    francas se admiten mercancías de cualquier tipo, cantidad,
    país de origen o de destino.

    Zona Franca de Gran Canaria

    Las zonas francas se configuran como mecanismos
    útiles para dinamizar y promover el crecimiento de la
    economía del archipiélago canario. Esta zona franca
    es considerada por la propia Unión Europea como un
    instrumento esencial de su política comercial.

    Existe un régimen especifico de abastecimiento
    para Canarias por el que se regulan los intercambios comerciales
    y que implica una serie de ayudas intracomunitarias para
    determinados productos agrarios y una exención de derechos
    de importación para las mismas mercancías cuando
    proceden de países terceros.

    La zona franca es idónea para todas aquellas
    empresas que pretendan exportar o importar parte de sus
    mercancías, pero también es ideal para aquellas
    empresas que directamente se dediquen al comercio
    internacional.

    Las ventajas de estas áreas son igualmente
    validas tanto para las transacciones que se realicen entre la
    Unión Europea y terceros países, como para el
    comercio entre terceros países no comunitarios.

    Las mercancías almacenadas pueden recibir todo
    tipo de destino:

    • ser vendidas libremente
    • exportadas fuera del territorio de la UE
    • despachadas a libre practica
    • destruidas o abandonadas

    La mercancía almacenada situada en la zona franca
    puede ser objeto de manipulación, perfeccionamiento activo
    para su reexportación o transformación previa a la
    importación.

    Operaciones de
    Manipulación

    La mercancía almacenada puede ser objeto de
    diversas operaciones de simple manipulación, dirigidas a
    garantizar su conservación, mejorar su presentación
    o calidad comercial o preparar su distribución o
    preventa.

    La posibilidad de manipular y tratar la mercancía
    inmediatamente antes de pasar por aduana para su entrega al
    consumidor interior, garantiza que no se abonen aranceles por
    mermas o perdidas debidas a la evaporación, escapes,
    roturas u otras causas.

    También se pueden obtener nuevos productos
    mezclando materiales extranjeros y nacionales. De esta manera
    solo se pagan aranceles por la porción de material
    extranjero que interviene en el producto final que entra en
    territorio comunitario.

    Operaciones de
    Perfeccionamiento

    En la zona franca, en general se pueden realizar
    operaciones sometidas a trafico de perfeccionamiento activo sobre
    aquellas mercancías no comunitarias que siendo sometidas a
    transformación vuelvan a ser reexportadas.

    Otras Operaciones de Transformación Bajo Control
    Aduanero

    También se pueden realizar, bajo control
    aduanero, operaciones de transformación sobre
    mercancías originarias de terceros países previa a
    su introducción en territorio de la UE.

    Tiempo de Duración: Ilimitado para toda
    clase de mercancía

    Ventajas de operar en la Zona Franca de Gran
    Canaria

    Ventajas para el Importador:

    • Exenciones tributarias: a las
      mercaderías que entran en la Zona Franca y mientras
      permanecen en ella, no se le aplican los tributos que
      gravan la importación.
    • Derechos Arancelarios y exacciones de efecto
      equivalente
      (incluido el APIC)
    • Impuestos sobre el valor añadido
      (IGIC-IVA)
    • Impuestos especiales sobre bebidas
      alcohólicas, combustibles y tabaco
    • Exacciones reguladoras agrícolas
      (prelevement)
    • No aplicación de medidas de política
      comercial comunitaria
    • Posibilidad de realizar operaciones de
      transformación bajo control aduanero

    Ventajas para el Exportador

    Existencia tanto de ventajas financieras como
    fiscales

    • Cobro anticipado de la restitución a la
      exportación
    • Exención de impuestos sobre el valor
      añadido
      (IVA o IGIC) con derecho a devolución
      de cuotas soportadas
    • Devolución o exención de Impuestos
      Especiales
      (Alcoholes,
      tabaco,
      etc.)

    Otras Ventajas de la Zona
    Franca

    • Almacenaje
    • Simplicidad burocrática
    • Eliminación de impuestos sobre el valor
      añadido
    • Plataforma logística internacional
    • Posibilidad de simplificar las importaciones
      temporales
    • Máximas facilidades en operaciones de
      perfeccionamiento activo

    Ventajas ofrecidas por la Zona Franca de Gran Canaria
    respecto al resto de otras zonas europeas

    La Zona Franca de Gran Canaria ofrece una privilegiada
    situación, idónea para servir de plataforma de
    distribución y comercio internacional entre Europa,
    América y África.

    Las empresas establecidas en la Zona Franca de Gran
    Canaria además pueden acogerse a los incentivos
    fiscales propios del Régimen Económico Fiscal de
    Canarias (REF) ligados a la creación de inversión
    real y al desarrollo de actividades empresariales. En concreto,
    podrían reducir considerablemente el Impuesto sobre
    Sociedades, aplicando una serie de incentivos y bonificaciones
    fiscales.

    Los beneficios derivados de la venta de mercancía
    producida en la Zona Franca de Gran Canaria por una empresa
    establecida, al igual que en el resto del territorio canario,
    tiene una reducción del 50% en la cuota de su
    impuesto sobre Sociedades, es decir, se paga la mitad de
    impuestos que en el resto del territorio nacional.

    Las empresas establecidas en la Zona Franca de Gran
    Canaria se pueden acoger a diversas exenciones locales en la
    imposición indirecta:

    • Las sociedades cuyo domicilio fiscal radique en Gran
      Canaria gozan de exención en el impuesto del 1%
      sobre el capital social (ITP-OS) exigible generalmente en la
      constitución de sociedades
      mercantiles y en los posteriores aumentos de
      capital.
    • Exención de impuestos en relación a la
      adquisición de bienes de inversión situados en
      las Islas Canarias, dentro o fuera de la Zona Franca, durante
      los tres años siguientes a la constitución de la
      compañía o a un aumento de su
      capital.

    Zona Especial Canaria (ZEC)

    La Zona Especial Canaria es un instrumento
    económico (régimen de baja tributación) que
    se crea en el marco del Régimen Económico y Fiscal
    (REF), con la finalidad de promover el desarrollo
    económico y social del Archipiélago y la
    diversificación de su estructura productiva.

    La ZEC fue autorizada por la Comisión Europea el
    mes de enero de 2000. Posteriormente se ha procedido, por parte
    del Gobierno Español a la adaptación de la
    normativa del Régimen Económico y Fiscal de
    Canarias, en lo relativo a la zona especial canaria, según
    los términos de dicha autorización.

    Periodo de Vigencia: Dicha zona expira el 31 de
    diciembre del año 2008, prorrogable previa
    autorización de la Comisión Europea.

    Requisitos necesarios para ser entidad de la
    ZEC

    • Ser una empresa de nueva creación
    • Tener en el momento de su constitución al
      menos un socio
    • Uno de los apoderados en gestión y
      representación deberá residir en
      Canarias
    • deberá realizar inversiones de al menos
      100.000 Euros (16.638.600 Ptas.) en activos fijos
      afectos a la actividad dentro de los dos primeros años
      desde el momento de su autorización
    • Habrá de crear al menos cinco puestos de
      trabajo en el ámbito de la ZEC dentro de los seis meses
      siguientes a su autorización

    Actividades que pueden desarrollarse en la
    ZEC

    • Actividades de producción,
      transformación, manipulación y
      distribución de mercancías
      • Pesca
      • Alimentación, bebidas y tabaco
      • Confección y peletería
      • Cuero y calzado
      • Papel
      • Químicas
      • Prefabricados para
        construcción
      • Material y equipo eléctrico,
        electrónico y óptico
      • Reciclaje
      • Envase y embalaje
    • Servicios
      • Transporte y actividades anexas
      • Informáticos
      • Comercio electrónico
      • Telecomunicaciones
      • Formación
      • Consultaría
      • Asesoria
      • Publicidad
      • I+D

    Ventajas Fiscales

    • Impuesto de Sociedades o Impuesto de la Renta de
      No Residentes:
      Tributos que gravan en España la
      renta de las sociedades y demás entidades
      jurídicas, y la de los no residentes con un tipo
      impositivo del 35% o del 30% en el caso de las
      PYMES.

    Las entidades de la ZEC estarán sujetas, en
    función de su naturaleza, bien al impuesto sobre
    sociedades o bien al impuesto de la renta de no
    residentes.

    Se establecen unos tipos impositivos reducidos, entre
    el 1% y el 5% sobre los beneficios derivados de las actividades
    propias de la ZEC. Estos tipos son variables en función
    de:

    • La creación neta de empleo
    • El periodo de incorporación al Registro de
      Entidades ZEC
    • Si la actividad es nueva o preexistente
    • El tipo de actividad
    • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos
      Jurídicos Documentados:
      Impuestos indirectos, que
      afectan a operaciones jurídicas y transmisiones
      patrimoniales que realizan las sociedades. Las entidades ZEC
      están exentas de tributación por las siguientes
      operaciones:
      • Adquisición de bienes y derechos
        destinados al desarrollo de la actividad de la entidad
        ZEC en el ámbito geográfico de la
        ZEC
      • Las operaciones societarias realizadas por
        estas entidades salvo su disolución.
    • Impuesto General Indirecto Canario: el
      Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) es un impuesto sobre
      el valor añadido que se aplica en Canarias. Es de
      naturaleza similar a la del IVA, aunque con diferencias
      importantes como la de los tipos impositivos
      menores.

    Como norma general están exentas de
    tributación por el IGIC las entregas de bienes y
    prestaciones de servicios realizadas por las entidades de la
    ZEC entre sí y las importaciones de bienes realizadas
    por las entidades de la ZEC

    • Convenios de Doble Imposición Internacional
      y Directiva Matriz
      Filial de la UE
      : siendo las Islas Canarias territorio
      español y de la Unión Europea, las entidades ZEC
      podrán acogerse a los Convenios de Doble
      imposición firmados por España y a la Directiva
      Matriz Filial de la Unión Europea.
    • Bonificación por Producción de
      Bienes Corporales en Canarias
      : es un incentivo fiscal que
      reduce la cuota integra del Impuesto de Sociedades, o IRPF en
      su caso. El objetivo de este instrumento fiscal es potenciar
      las actividades productivas en el
      Archipiélago.
    • Deducción por Inversiones en Canarias en el
      Impuesto de Sociedades
      : la deducción por Inversiones
      en Canarias es un incentivo fiscal, equivalente en
      funcionamiento al existente en el territorio nacional, pero con
      ventajas considerables con respecto a la intensidad del
      beneficio fiscal.

    Se establecen deducciones por las inversiones
    realizadas por los empresarios y sociedades superior en 20% al
    la del resto del estado. Concretamente para la compra de
    activos
    fijos para la empresa es de un 25%

    Las entidades que estén en disposición
    de beneficiarse del régimen especial de deducción
    por inversiones en Canarias pueden disfrutar
    simultáneamente de las siguientes ventajas
    fiscales:

    • Exención por adquisición patrimonial
      de bienes del ITP y AJD
    • Deducción por Inversiones realizadas en la
      península
    • Bonificación por Producción de Bienes
      Corporales
    • Reserva para inversiones en Canarias
    • Impuesto General Indirecto Canario (IGIC): es
      un impuesto indirecto, su objetivo es gravar el consumo final,
      que sustituye al IVA comunitario en la imposición sobre
      el consumo.

    Ventajas respecto del IVA:

    • menor tipo de gravamen
    • aplicación de un tipo 0 a determinados
      productos y servicios
    • exención de los servicios de
      telecomunicación que se presten en Canarias con
      derecho a la deducción de las cuotas
      soportadas
    • exención por adquisición de bienes de
      inversión
    • Exención en el Impuesto sobre Transmisiones
      Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

      (ITP-ADJ)
    • Registro Especial de Buques y empresas
      navieras
      : la finalidad de este registro es mejorar la
      competitividad de las empresas navieras y de los puertos
      canarios
    • Reserva para Inversiones: para facilitar la
      autofinanciación de las empresas se establece la
      reducción de hasta el 90% de la base de los impuestos de
      Renta o Sociedades por los beneficios no distribuidos que se
      destinen a esta reserva con obligación de reinversion en
      determinados activos o en Deuda
      Pública.

    Zona de Promoción Ceuta

    Ciudad Autónoma de Ceuta

    Ceuta, como parte del Reino de España, esta
    integrada en la Unión Europea, rigiendo en ella los
    principios
    fundamentales de libertad de establecimiento, libre
    circulación de capitales, etc., así como la
    aplicación de los Fondos Comunitarios de Desarrollo
    Regional.

    Los beneficios fiscales que ofrece son los
    siguientes:

    • No inclusión en el Área Aduanera de
      la Unión Europea
      , lo que conlleva la no
      aplicación de la Tarifa Exterior Común e implica
      la total ausencia de aranceles de aduanas y la concesión
      automática de licencias de importación sin cupos
      ni restricciones
    • La no inclusión en la política
      agrícola común
      (gozando del beneficio de las
      restituciones a las exportaciones que se realicen desde el
      resto de la Unión Europea a Ceuta, con las siguientes
      reducciones de precios).
    • La no inclusión en la política de la
      pesca
      comunitaria
    • Régimen Fiscal Especifico que implica a
      su vez, la no aplicación del Impuesto sobre el Valor
      Añadido (IVA), y una larga serie de exenciones y
      bonificaciones, entre las que cabe destacar la del 50% en la
      imposición local directa sobre bienes inmuebles y
      actividades económicas, lo que en definitiva configura
      un cuadro muy atractivo para la inversión y para la
      realización de negocios en Ceuta.

    Régimen de
    Salvaguardias

    Medidas de salvaguardia

    De acuerdo al Artículo 6 del Reglamento
    (CEE) nº 2603/69 del Consejo, de 20 de diciembre de 1969,
    por el que se establece un régimen común
    aplicable a las exportaciones

    Para prevenir una situación crítica debida a una
    escasez de productos esenciales , o para ponerle remedio , y
    cuando los intereses de la Comunidad requieran una acción
    inmediata , la Comisión , a instancias de un Estado
    miembro o por propia iniciativa y teniendo en cuenta la
    naturaleza de los productos y las demás particularidades
    de las transacciones de que se trate , podrá subordinar la
    exportación de un producto a la presentación de una
    autorización de exportación que deberá ser
    concedida según las modalidades y dentro de los límites
    que la Comisión defina , en espera de la posterior
    decisión del Consejo.

    Las medidas adoptadas serán comunicadas al
    Consejo y a los Estados miembros y serán aplicables
    inmediatamente .
    Dichas medidas podrán estar limitadas a ciertos destinos y
    a las exportaciones de determinadas regiones de la Comunidad . No
    afectarán a los productos que se encuentren camino de la
    frontera de la Comunidad .

    En el caso de que la acción de la Comisión
    hubiera sido solicitada por un Estado miembro , ésta
    decidirá en un plazo máximo de cinco días
    hábiles , que se contarán a partir de la
    recepción de la solicitud . Si la Comisión no diere
    curso a tal solicitud , comunicará sin demora esta
    decisión al Consejo , que podrá adoptar una
    decisión diferente por mayoría cualificada
    .

    Cualquier Estado miembro podrá deferir al Consejo
    las medidas tomadas en un plazo de doce días
    hábiles a partir del siguiente a su comunicación a los Estados miembros . El
    Consejo , por mayoría cualificada , podrá adoptar
    una decisión distinta .

    Cuando los intereses de la Comunidad lo requieran , el Consejo ,
    por mayoría cualificada y a propuesta de la
    Comisión , podrá establecer las medidas adecuadas
    :

    • para evitar una situación crítica
      debida a una escasez de productos de primera necesidad , o para
      remediarla ;
    • para permitir el cumplimiento de los compromisos
      internacionales suscritos por la Comunidad o por todos sus
      Estados miembros , especialmente en materia de comercio de
      productos básicos .

    Dichas medidas podrán limitarse a determinados
    destinos y a exportaciones de determinadas regiones de la
    Comunidad . No afectarán a los productos que se encuentren
    camino de la frontera de la Comunidad .

    Cuando se impongan restricciones cuantitativas a la
    exportación , se tendrá en cuenta principalmente
    :

    • por un lado , el volumen de los contratos que
      hubieran sido celebrados en condiciones normales , antes de la
      entrada en vigor de una medida de salvaguardia en el sentido
      del presente Título , y que el Estado miembro interesado
      hubiera notificado a la Comisión conforme a sus
      disposiciones internas ,
    • por otro lado , el hecho de que no deberá
      comprometerse la consecución del objetivo para el cual
      se hayan impuesto las restricciones cuantitativas
      .

    Cuando un Estado miembro estime que una situación
    como la descrita se ha producido en su territorio , podrá
    , con carácter cautelar , subordinar la exportación
    de un producto a la presentación de una
    autorización de exportación que deberá
    otorgarse según las modalidades y dentro de los
    límites que dicho Estado defina .

    El Estado miembro adoptará esta medida
    después de haber oído las
    opiniones expresadas en el seno del Comité o , en el caso
    de que tal procedimiento no
    fuera posible a causa de la urgencia , después de haber
    informado a la Comisión , que lo hará saber a los
    demás Estados miembros .

    Las medidas serán notificadas a la
    Comisión por télex tan pronto como hayan sido
    tomadas. Dichas medidas no serán aplicables hasta que
    comience a aplicarse la decisión de la Comisión
    .

    Durante el período de aplicación de las medidas
    previstas, se procederá en el seno del Comité , a
    petición de un Estado miembro o por iniciativa de la
    Comisión , a consultas con el fin de :

    • examinar los efectos de las medidas antes citadas
      ,
    • comprobar si continúan dándose las
      condiciones para su aplicación .

    Cuando la Comisión estime necesario derogar o
    modificar las medidas previstas:

    • siempre que el Consejo no haya decidido sobre las
      medidas de la Comisión , ésta las
      modificará o las derogará sin tardanza , e
      informará inmediatamente al Consejo ,
    • en los demás casos , la Comisión
      propondrá al Consejo la derogación o la
      modificación de las medidas tomadas por éste . El
      Consejo decidirá por mayoría cualificada
      .

    Políticas para la solución de
    Controversias

    Arbitraje – Resolución de
    Controversias

    En un mundo cada vez más interrelacionado con
    economías más abiertas y con una mayor
    Complementariedad de los mercados, las transacciones comerciales
    se incrementan en número y complejidad.

    Paralelamente, la comunidad Internacional de negocios
    utiliza el recurso al arbitraje como
    instrumento sumamente idóneo, no sólo para resolver
    conflictos,
    sino también para prevenirlos.

    Los convenios arbitrales tipo están siendo
    ejecutados. Los laudos o sentencias arbitrales demuestran su
    fiabilidad, ante el reconocimiento y ejecución en la
    mayoría de las partes del mundo, refrendados por Convenios
    bilaterales y multilaterales, que garantizan su
    cumplimiento.

    Resulta evidente hoy, no sólo la conveniencia
    sino la necesidad para poder mejor competir en el ámbito
    mercantil -tanto nacional como internacional- acudir a Cortes y
    Tribunales Permanentes especializadas en arbitraje comercial, que
    garanticen los medios necesarios con garantía y solidez
    proponiendo a las partes soluciones
    equitativas y ajustadas a los usos y costumbres comerciales,
    así como, en su caso, al derecho.

    Adscrita al Consejo Superior de Cámaras de
    Comercio, Industria y Navegación, la Corte Española
    de Arbitraje administra y lleva a cabo aquellos arbitrajes de
    carácter comercial que le sean sometidos por las partes,
    de cualquier área del mundo y prácticamente en
    todos los sectores del económicos.

    La Corte Española de Arbitraje puede realizar
    arbitrajes tanto en derecho como en equidad, contribuyendo a
    resolver de forma definitiva las diferencias que las partes en
    litigio le hayan sometido, suscribiendo previamente el convenio
    arbitral tipo dicha Corte.

    La competencia para
    la realización de estas funciones ha sido otorgada por el
    Gobierno Español en virtud de la Ley 3/1993, de 22 de
    Marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio,
    Industria y Navegación.

    Reconociéndose la tradicional aportación
    que en pro y fomento del arbitraje han venido haciendo en la
    esfera comercial las Cámaras Oficiales de Comercio,
    Industria y Navegación y su Consejo Superior.

    Constatándose su virtualidad como instrumento
    idóneo para prevenir y resolver controversias, en el
    ámbito de las transacciones comerciales, tanto
    domésticas como internacionales.

    En base a lo dispuesto en el artículo 10, de la
    Ley 36/1988 de 5 de diciembre – que regula el arbitraje en
    España, completada por los convenios bilaterales y
    multilaterales que conforman el vigente marco legal-, las partes
    pueden encomendar la administración del arbitraje y la
    designación de las árbitros a las Corporaciones de
    Derecho
    público. Éstas desempeñarán sus
    funciones arbitrales, según normas reguladoras y de
    acuerdo con su Reglamento.

    El Consejo Superior de Cámaras de Comercio,
    Industria y Navegación, como Corporación de Derecho
    público, ha tenido competencia atribuida para realizar
    funciones arbitrales, tanto de derecho como de equidad, en virtud
    del R.D. 1094/1981 de 22 de mayo, en el ámbito comercial
    internacional.

    Con la nueva Ley 3/93 de 22 de marzo, Básica de
    las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y
    Navegación, deroga el precitado Real Decreto, y a tenor
    del artículo 18, punto 2, apartado i) de la nueva Ley,
    señala como una de las funciones del Consejo Superior de
    Cámaras, la de realizar arbitraje mercantil, nacional e
    internacional, de conformidad con lo establecido en la
    legislación vigente.

    El Consejo Superior de Cámaras, con la finalidad
    de fomentar, difundir y administrar arbitrajes, adscrita al
    mismo, creó la Corte Española de Arbitraje en
    1982.

    Transcurridos más de diez años, se ha
    considerado necesario y oportuno, después de la
    experiencia adquirida, redactar unas nuevas Disposiciones
    Vigentes.

    Reglamento, Estatuto, Convenio Arbitral y Aranceles, han
    sido elaborados para dar cumplimiento a la nueva
    situación.

    Aspectos fundamentales del estatuto de las
    Cámaras de comercio


    De conformidad con lo prescrito en la Ley 3/1993, de 22 de marzo,
    Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio,
    Industria y Navegación y de su Consejo Superior, y a tenor
    de la misma, se determina como competencia del precitado Consejo
    Superior: "Desempeñar funciones de arbitraje mercantil
    nacional e internacional, de conformidad con lo establecido en la
    legislación vigente". El Consejo Superior de
    Cámaras de Comercio, como Corporación del Derecho
    Público y de conformidad con la Ley 36/1988 de 5 de
    Diciembre, llevará a cabo la función arbitral por
    medio de la Corte Española de Arbitraje (en adelante la
    Corte), adscrita al Consejo Superior de Cámaras en el
    correspondiente departamento.

     

    Funciones de la corte

    1. La administración de los arbitrajes que se
      sometan a la Corte, su asesoramiento y cooperación para
      el normal desarrollo del proceso arbitral y manteniendo, a tal
      fin, la adecuada y necesaria organización.
    2. La designación de árbitros que deban
      ser requeridos para cada arbitraje.
    3. La redacción de cuantos dictámenes se
      soliciten a la Corte, sobre problemas
      que plantee la práctica del arbitraje
      mercantil.
    4. El estudio del derecho arbitral, tanto nacional como
      internacional, y la elevación a los poderes
      públicos competentes, de aquellas reformas y propuestas
      que se redunden en beneficio de la práctica del
      arbitraje mercantil.
    5. La relación con los otros organismos
      especializados en la materia, así como la
      celebración de convenios y acuerdos de
      cooperación.
    6. En general, cualquier otra actividad relacionada con
      el arbitraje mercantil que favorezca su práctica,
      conocimiento
      y difusión.

     

    La Corte tiene un convenio arbitral a manera de
    cláusula tipo, mediante el cual las partes se someten a la
    Corte, comprometiéndose a cumplir el laudo que emita el
    árbitro o árbitros competentes.

    Salvo pacto expreso en contrario de las partes, la
    designación de los árbitros, se efectuará
    por la Corte a través de su Comisión ad hoc,
    presidida por el Director General del Consejo Superior de
    Cámaras de Comercio o persona en quien delegue. Dicha
    Comisión de Designación de Árbitros
    elegirá los árbitros correspondientes, en
    función de las características de la controversia y
    teniendo en cuenta su naturaleza, de la lista constituida y
    elaborada por la Corte que tendrá carácter
    abierta.

    Los acuerdos que adopte la Corte, serán por
    mayoría de miembros presentes, cualesquiera que sea su
    número. El Presidente de la sesión, tendrá
    voto dirimente en caso de empate.

    Políticas de
    Integración

    Política de
    Integración

    Desde la perspectiva histórica ha transcurrido
    mas de una década desde el comienzo de la
    integración de España a la Comunidad Europea,
    resultan evidentes que los grandes cambios que como consecuencia
    de ello a experimentado España en muchas de sus políticas,
    con carácter comunitario cada una de ellas. De todas estas
    políticas, la de integración es una de las que mas
    ha cobrado importancia, son muchos los acuerdos de
    cooperación firmados por Unión Europea los cuales
    se vinculan directamente con España, a continuación
    pasaremos a dar una idea de cuales han sido algunos de los
    más importantes.

     

    • ACUERDO MARCO INTERREGIONAL DE COOPERACION
      UNION EUROPEA – MERCOSUR

     

    El 29 de septiembre de 1995, se firmó en la sede
    de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR, en la ciudad
    de Montevideo, el Acuerdo MERCOSUR – Unión Europea.
    Resaltaremos aquí las disposiciones más relevantes
    de este acuerdo.

    QUE ABARCA

    Los ámbitos comercial, económico y de
    cooperación para la integración así como
    campos de interés mutuo.

    COOPERACION COMERCIAL

    En el área de cooperación comercial no se
    excluye ningún sector.

    A. Abarcará los siguientes
    ámbitos:

    . Acceso al mercado
    . Liberalización comercial (barreras arancelarias y no
    arancelarias)
    . Disciplinas comerciales

    – prácticas restrictivas de la
    competencia
    – normas de origen
    – salvaguardias
    – regímenes aduaneros especiales
    – otras

    B. Relaciones comerciales frente a terceros
    países
    C. Compatibilidad de la liberalización comercial
    con las normas GATT/OMC
    D. Identificación de productos sensibles y
    prioritarios
    E. Cooperación e intercambio de información en materia de
    servicios.

    COOPERACION EN NORMAS AGROALIMENTARIAS E
    INDUSTRIALES Y RECONOCIMIENTO DE LA
    CONFORMIDAD

    . Acercamiento en materia de política de calidad
    para agroalimentos e industriales y reconocimiento de la
    conformidad
    . Posibilidad de iniciar negociaciones de acuerdos de
    reconocimiento mutuo
    . Promoción de todo tipo de actuación que
    contribuya a elevar los niveles de los productos y empresas de
    las Partes.

    COOPERACION ADUANERA

    Podrá concretarse entre otros en:

    . Intercambio de información
    . Desarrollo de nuevas técnicas en la formación y
    coordinación de acciones de
    organizaciones competentes en la materia
    . Intercambio de funcionarios
    . Simplificación de procedimientos
    aduaneros
    . Asistencia técnica.

    Se considerará para el futuro y como
    conclusión un Protocolo de
    Cooperación Aduanera.

    COOPERACION EN MATERIA DE
    ESTADISTICAS

    Promover en el ámbito estadístico la
    utilización de bases de datos
    recíprocamente reconocidas relativas a intercambios de
    bienes, servicios y a todos los ámbitos susceptibles de
    ser objeto de tratamiento estadístico.

    COOPERACION EN MATERIA DE PROPIEDAD
    INTELECTUAL

    Tiene como fin fomentar inversiones, transferencias de
    tecnologías, intercambio y actividades económicas
    conexas, así como prevenir distorsiones.

    Abarcará entre otras áreas:

    . Esquemas de topografía de circuitos
    integrados
    . Derechos de
    autor y derechos conexos
    . Marcas de
    fábrica o de comercio
    . Indicaciones geográficas y denominadores de origen
    . Dibujos y
    modelos
    industriales
    . Patentes.

    COOPERACION ECONOMICA

    Las Partes promoverán el tratamiento regional de
    toda acción de cooperación, tanto por su
    ámbito de aplicación como por el resultado de las
    economías de escala.
    A efectos de una utilización más racional y eficaz
    de los medios y una optimización de los resultados, se
    promoverá el intercambio de indicadores
    macroeconómicos de los Estados Partes y, el desarrollo social
    y derechos sociales fundamentales.
    La cooperación económica entre las Partes se
    llevará a cabo sobre la base más amplia posible,
    sin excluir a priori ningún sector.

    COOPERACION EMPRESARIAL ENTRE OPERADORES Y
    REDES

    Se desarrollará a través de conferencias,
    seminarios técnicos, misiones de prospección,
    participación en ferias generales y sectoriales y
    encuentros empresariales.

    FOMENTO DE INVERSIONES

    . Se promoverán proyectos conjuntos
    entre pequeñas y medianas empresas.
    . Se apoyará la celebración de acuerdos bilaterales
    de fomento y protección de inversiones y acuerdos
    bilaterales destinados a evitar la doble
    imposición.

    COOPERACION ENERGETICA

    A través entre otros de:

    . Intercambio de información
    . Transferencia de tecnología
    . Fomento de la participación de agentes económicos
    de ambas partes en proyectos conjuntos de desarrollo
    tecnológico o infraestructura
    . Programa de capacitación técnica
    . Diálogo
    sobre políticas energéticas.

    COOPERACION EN MATERIA DE
    TRANSPORTE

    Tendiente a apoyar la reestructuración y
    modernización de los sistemas de
    transporte y buscar soluciones para la circulación de
    personas y mercancías en todos los modos de
    transporte.

    COOPERACION EN CIENCIA Y
    TECNOLOGIA

    Implica a los centros de enseñanza, centros de
    investigación y sectores productivos,
    especialmente las PYMES.

     

    Abarca:

    . Proyectos conjuntos de investigación
    . Reuniones científicas conjuntas
    . Divulgación de resultados y desarrollo de los
    vínculos entre sectores público y
    privado.

    COOPERACION EN TELECOMUNICACIONES Y TECNOLOGIAS DE
    INFORMACION

    Comprende redes digitales de servicios integrados, de
    transmisión de datos y creación de nuevos servicios
    de comunicación y tecnología para la
    información.

    COOPERACION EN LA PROTECCION DEL MEDIO
    AMBIENTE

    Apunta a la protección del medio ambiente y la
    utilización racional de los recursos
    naturales en los distintos ámbitos de la
    cooperación interregional.

    Acciones a desarrollar:

    . Intercambio de información y de
    experiencias
    . Capacitación y educación
    medioambiental
    . Asistencia técnica, ejecución de proyectos
    conjuntos de investigación y, cuando proceda, asistencia
    institucional.

    FORTALECIMIENTO DE LA
    INTEGRACION

    A través de:

    . Establecimiento de redes informáticas
    . Capacitación y apoyo institucional
    . Estudios y ejecución de proyectos conjuntos
    . Asistencia técnica.

    COOPERACION INTERINSTITUCIONAL

    A través de:

    . Desarrollo conjunto de redes informáticas de
    comunicación
    . Transferencia de experiencias
    . Asesoramiento e información.

     

    COOPERACION EN MATERIA DE FORMACION Y
    EDUCACION

    Tendiente a:

    . Mejorar la educación y la
    enseñanza, tanto en el ámbito de juventud y
    formación profesional como en los de cooperación
    interuniversitaria e interempresarial
    . Promover la conclusión de acuerdos entre centros de
    formación, así como la promoción de
    encuentros entre medios de
    comunicación e información
    . Asistencia técnica
    . Celebración – a través de acuerdos – de
    actividades culturales.

    COOPERACION EN LA LUCHA CONTRA EL
    NARCOTRAFICO

    Promoverá consultas y una mayor
    coordinación entre las instituciones regionales
    competentes.

    MARCO INSTITUCIONAL

    CONSEJO DE COOPERACION

    . Examinará los problemas importantes que se
    planteen en el marco del Acuerdo, así como las cuestiones
    bilaterales o internacionales de interés común.
    . De nivel Ministerial, presidido alternativamente por un
    representante de la Unión Europea y uno del MERCOSUR.
    . Integrado por miembros del Consejo de la Unión Europea y
    de la Comisión (parte Europea) y Consejo del Mercado
    Común y Grupo Mercado Común (parte
    MERCOSUR).

    COMISION MIXTA DE COOPERACION

    . Se reunirá una vez al año en Bruselas o
    en uno de los Estados Partes del MERCOSUR.

    Podrán convocarse reuniones extraordinarias
    mediante consenso entre las Partes.
    . Se encargará particularmente de:

    a. impulsar las relaciones comerciales
    b. intercambiar opiniones sobre toda cuestión de
    interés común
    c. elevar propuestas al Consejo de Cooperación a efectos
    de impulsar la liberalización comercial y la
    intensificación de la cooperación
    d. elevar propuestas al Consejo de Cooperación que
    contribuya a cumplir el objetivo de la Asociación
    Interregional UE-MERCOSUR.

     

    SUBCOMISION MIXTA COMERCIAL

    . Se ocupará de asegurar los objetivos
    comerciales previstos.
    . Presentará una vez por año a la Comisión
    Mixta de Cooperación, informes sobre
    el desarrollo de sus trabajos.

    DURACION

    Indefinida

    ENTRADA EN VIGENCIA

    El primer día del mes siguiente a la fecha en que
    las Partes se notifiquen de la conclusión de los
    procedimientos necesarios a tal efecto.

    Organismos – Programas de Promoción
    Exterior

    Políticas y Regímenes de Incentivos
    a las Exportaciones

    En cuanto a las políticas comerciales la
    Secretaria General de Comercio Exterior por medio de la
    Subdirección General de Coordinación
    tiene
    asignada una función genérica de
    coordinación de la posición comercial
    española, así como funciones de evaluación, control y desarrollo de las
    políticas comerciales con terceros países, en el
    marco de la política exterior de la Unión
    Europea.

     

    Estas funciones se concretan en los siguientes tipos de
    actividades:

    1. Relacionadas con la coordinación general de la
      posición comercial
      española
    2. Relacionadas con la política comercial
      comunitaria con terceros países

    c) Eliminación de barreras comerciales
    de acceso a los terceros mercados.

    a) Relacionadas con la coordinación general de
    la posición comercial española:

    – Realiza labores de coordinación interna,
    tanto dentro de la Secretaría General de Comercio
    Exterior, como del resto de las Direcciones Generales de la
    Secretaría de Estado con competencias en el área
    comercial, de forma que permita definir la posición
    comercial española ante la UE.

    – A este respecto, mantiene un estrecho contacto con
    las Oficinas Comerciales afectadas por negociaciones
    comerciales en la UE, remitiendo la información y
    documentación básica y recabando las aportaciones
    de las Oficinas Comerciales para conformar la posición
    comercial española sobre estas negociaciones.

    – Prepara la remisión de la posición de
    la Secretaría de Estado en los temas comerciales que se
    tratan en las reuniones del Coreper y Consejos de Ministros de
    la UE.

    – Elabora los dossiers de apoyo para la
    participación del Secretario de Estado en las reuniones
    comunitarias, en particular en el Consejo de Asuntos
    Generales.

    b) Relacionadas con la política comercial
    comunitaria con terceros países

    – Plantea una posición previa en
    relación con los aspectos comerciales de la negociación de acuerdos comunitarios con
    países terceros, que coordina posteriormente con las
    Unidades y sectores implicados, de forma que permita definir la
    posición a mantener por la Secretaría de Estado
    al respecto.

    – Participa directamente y/o realiza el seguimiento de
    las reuniones comunitarias en las que se negocian estos
    acuerdos comerciales.

    – Remite, a través de sus funciones de
    coordinación, la posición de la Secretaría
    de Estado en su vertiente comercial cuando los acuerdos
    comunitarios con países terceros se traten en el Coreper
    y Consejo de la UE.

    – Una vez aprobados dichos acuerdos comerciales,
    realiza un seguimiento y control de los mismos, en
    colaboración con las Subdirecciones Sectoriales y
    Oficinas Comerciales afectadas, para comprobar su cumplimiento
    por los países signatarios y asegurar para las empresas
    españolas las oportunidades comerciales que de ellos se
    deriven.

    – Estudia y evalúa diferentes aspectos
    comerciales que permitan facilitar la toma de
    decisiones para la mejor defensa de los intereses
    nacionales, y en particular: análisis arancelarios de
    terceros países evaluación de los flujos de
    comercio comparándolos con nuestras potencialidades
    exportadoras para valorar nuestros intereses ofensivos.
    Valoración asimismo de nuestros intereses defensivos;
    etc.

    c) Eliminación de barreras comerciales de
    acceso a los terceros mercados.

    En el marco del seguimiento y control de los acuerdos
    comerciales comunitarios con terceros países realiza
    funciones de vigilancia del acceso de los productos
    españoles a sus mercados correspondientes y coordina la
    adopción
    de las medidas que en defensa de ese acceso resulten
    necesarias.

    La nueva estrategia
    lanzada por la Comisión Europea para mejorar el acceso de
    las empresas comunitarias a los mercados de los países
    terceros, acepta como punto de partida el reto de una
    economía europea abierta a la competencia internacional,
    pero al mismo tiempo se impone el objetivo de que las empresas
    comunitarias tengan la oportunidad de competir en los mismos
    términos en los mercados extranjeros, sin el
    obstáculo de las barreras comerciales.

    Se trata pues, de aprovechar todas las oportunidades que
    se derivan de los compromisos comerciales internacionales
    asumidos por estos países y, cuando se detecten
    incumplimientos, ejercer todo el poder negociador de la
    Unión Europea para resolverlos.

    A partir de lo citado anteriormente Comisión
    Europea lanza una serie de iniciativas destinadas a controlar las
    barreras comerciales que se le imponen a las exportaciones, entre
    estas iniciativas se destaca la creación de una Base de
    Datos de Acceso al Mercado
    .

    Esta base de datos se
    encarga de recoger las últimas noticias relacionadas con
    la Estrategia de Acceso a Mercados, proporcionar
    información sobre las condiciones comerciales de un
    país dado, documentos y formalidades exigidas, derechos
    aduaneros e impuestos internos aplicados al producto.
    También se encarga de identificar barreras comerciales y
    recoger denuncias de las mismas. En el ultimo año se
    identificaron 800 barreras comerciales y se recibieron 400
    denuncias. Estas barreras solo pueden ser eliminadas en base a
    negociación y para esto es fundamental que las empresas
    afectadas suministren información precisa, en esto la base
    cumple un rol fundamental.

    En su calidad de punto de contacto en España de
    la Unidad de Acceso a Mercado de la Comisión que gestiona
    la Base, esta Subdirección General facilita a los
    empresarios la presentación de las quejas, así como
    cuanta información precisen en relación con la
    Base, ofreciéndose como mecanismo "ad hoc" para
    transmitir a la Comisión cuantas quejas y comentarios
    deseen. La confidencialidad queda, en cualquier caso, totalmente
    asegurada.

    En cuanto a incentivos a la exportación de tipo
    económico no existen en la actualidad apoyos de este tipo
    para las exportaciones españolas, en consonancia con la
    normativa comunitaria española sobre competencia. No
    obstante, los exportadores podrán beneficiarse de
    condiciones ventajosas de financiación a través de
    los créditos FAD, cuyo objetivo es fomentar el desarrollo
    en terceros países y al tiempo la exportación de
    productos españoles.

    Sistema de Inteligencia
    Económica del País

    Al igual que en Argentina existe
    la Fundación Exportar en España se encuentra el
    ICEX.

    El ICEX es un ente público con personalidad
    jurídica propia, adscrito a la Secretaría de Estado
    de Comercio y Turismo del Ministerio de Economía por Real
    Decreto Ley 6/82 de 2 de abril, que cuenta con sus propios
    recursos financieros, materiales y humanos.

    Presta su asistencia a la empresa española con el
    fin de fomentar sus exportaciones y su implantación
    exterior. Para ello, diseña y ejecuta programas de
    promoción e inversión, y acopia y difunde
    información sobre la oferta
    española y los mercados exteriores.

    Para el desarrollo de su actividad utiliza la red de Oficinas
    Económicas y Comerciales de España en el exterior y
    la de Direcciones Regionales y Territoriales de Comercio
    en España. En estas últimas, el ICEX cuenta
    con los Centros de Información y Documentación
    (CID) que facilitan estos servicios en las Comunidades
    Autónomas.

    En el sitio del ICEX, (www.icex.es) los fabricantes,
    productos y prestatarios de servicios españoles pueden
    encontrar información como:

    • Estadísticas
    • Documentación
    • Publicaciones del ICEX
    • Promoción
    • Formación (seminarios, jordanas y cursos)
    • Inversiones y Cooperación empresarial
      (programas de asesoramiento sobre inversiones, informes
      estadísticos, etc)
    • Programas de financiación
      multilateral
    • Directorios de empresas, asociaciones de exportadores
      y repertorios sectoriales.

    El sitio es de fácil acceso y de sencillo de
    navegar, posee buscadores
    precisos lo que facilita hallar la información precisa
    que se esta buscando. Entre las herramientas que nos ofrece el
    ICEX podemos destacar a dos como las más
    sobresalientes:

    • Plan de iniciación a la Promoción
      Exterior (PIPE 2000)
    • Programa de apoyo a proyectos de
      inversión
    • PIPE
      2000


      Es el Plan de
      Iniciación a la Promoción Exterior,
      fruto
      del acuerdo entre el Instituto Español de Comercio
      Exterior (ICEX), el Consejo Superior de Cámaras de
      Comercio, las Comunidades Autónomas y las
      Cámaras de Comercio, para facilitar la
      promoción y comercialización exterior de las
      PYMES.

    Su objetivo es conseguir que 2.000 pequeñas y
    medianas empresas se conviertan en nuevos exportadores estables
    en el año 2000. 

    El PIPE 2000 ofrece a las empresas el apoyo necesario
    para comenzar a exportar, de una forma sencilla, a la medida de
    su empresa, con el mínimo riesgo, de la
    mano de un especialista, y con el respaldo de todas las
    Instituciones que se dedican a la promoción
    exterior. 

    Este programa supone un cambio de cultura en la
    empresa y una mayor implicación de la misma para aprender
    a exportar. 

    Es un Programa integral, porque ayuda a la empresa en
    todo el proceso de decisión para alcanzar su
    internacionalización.

    Funcionamiento

    El PIPE 2000 se divide en tres
    fases
    :

    Fase
    primera

    Autodiagnóstico de
    Posición Competitiva y Potencial de
    Internacionalización

    Objetivo

    Ayudar a la empresa a realizar un análisis de su
    situación actual y de su posición competitiva en el
    mercado, siguiendo un método
    específicamente diseñado para ella. Cada empresa
    contará con la asistencia de un profesional preparado y
    formado para el mismo. El trabajo se
    desarrollará a través de reuniones individuales
    entre el tutor PIPE 2000, la empresa y encuentros colectivos
    entre grupos de empresas.

    Duración

    Dos meses, durante los cuales la empresa contará
    con un seguimiento por parte de la Secretaría
    Técnica del PIPE 2000.

    Índice del contenido del
    Autodiagnóstico

    1. Situación de la empresa y de su
    entorno.

    2. Análisis estratégico del sector, de la
    competencia y de su posición en el mercado.

    3. Definición de los objetivos de la
    empresa.

    4. Determinación y selección
    de sus estrategias.

    5. Potencial de internacionalización.

    Definidas las estrategias, es la propia empresa quien
    debe conocer si puede y debe internacionalizarse, qué
    barreras iniciales debe superar y si su actitud y
    motivaciones son las adecuadas para abordar los mercados
    exteriores.

    Fase
    segunda

    Diseño del Proceso
    de Internacionalización y Prospección de
    mercados

    Objetivo
    Desarrollar, con la ayuda de un profesional externo,
    los trabajos necesarios para abordar y consolidar el proceso de
    apertura de la empresa hacia el exterior.

    Duración
    Entre
    6 y 8 meses.

    Método de asistencia
    Reuniones individuales con el promotor PIPE 2000 en la empresa,
    hasta un máximo de 80 horas.

    Índice del contenido del Plan de
    Internacionalización

    1. La decisión de exportar.
    Partiendo del diagnóstico del potencial de
    internacionalización, la empresa revisará su
    decisión de exportar, y redefinirá sus
    objetivos.

    2. Estrategia de concentración /
    diversificación.
    Antes de decidir a qué países dirigirse, la empresa
    debe saber a cuántos mercados puede y debe ir, y en
    función de qué criterios tomará la
    decisión.

    3. Prospección y elección del mercado objetivo.
    Se realizará la selección del binomio
    mercado-canal, y la forma de entrada a cada mercado. La empresa
    podrá desarrollar de forma simultánea a este
    análisis sus primeras acciones de prospección
    inicial.

    4. Plan de búsqueda de información
    La información reduce el riesgo en los mercados
    exteriores. Por eso la empresa ha de resolver, en esta etapa, sus
    principales dudas: "¿Qué necesito saber?
    ¿Cómo puedo obtenerlo? ¿Dónde puedo
    conseguirlo? ¿A través de quién?
    ¿Cómo puedo interpretarlo?"

    Fase
    tercera

    Puesta en marcha del Plan
    de Internacionalización

    Objetivo
    Realizar
    el Plan de Acción, con la ayuda del colaborador PIPE 2000,
    apoyado por el promotor que desarrolló la segunda
    fase.

    Duración
    Entre
    14 y 16 meses.

    Método de asistencia
    El promotor PIPE 2000 asesorará a la empresa, durante un
    máximo de 40 horas.

    Respecto al colaborador PIPE 2000, si la empresa decide
    contratarlo, podrá optar por el período que estime
    oportuno hasta la finalización del programa, siendo el
    período mínimo de contratación de un
    año. El apoyo económico para la empresa por este
    concepto es de cuantía fija.

    Índice del contenido

    1. Mercado y acciones de promoción.
    Definir y segmentar el mercado o mercados objetivo, determinar y
    poner en marcha la estrategia comercial y las acciones
    promocionales que se desarrollarán en los mismos.

    2. Viabilidad financiera.
    Establecer y analizar la rentabilidad, los riesgos, la
    tesorería y las inversiones necesarias, así como la
    obtención de financiación externa.

    PROGRAMA DE APOYO A PROYECTOS DE
    INVERSIÓN

    Objetivo.

    El objetivo fundamental de este programa es
    contribuir financieramente al desarrollo de proyectos de
    inversión y de cooperación empresarial de
    carácter productivo de empresas españolas
    en el exterior.

    Su aplicación se centra en las fases de
    preparación y puesta en marcha de estos proyectos,
    mediante la financiación parcial de los costes
    derivados de la realización de actividades de
    preinversión y de asistencia técnica y
    formación, durante el periodo inicial de vida del
    proyecto.

    El Programa de Apoyo a Proyectos de
    Inversión posee un carácter subsidiario con
    respecto a los instrumentos comunitarios de apoyo a la
    inversión y a la cooperación empresarial en
    el exterior.

    El Programa de Apoyo a Proyectos de
    Inversión puede ser aplicable en los siguientes
    supuestos:

    Proyectos nuevos e igualmente la
    expansión, modernización,
    rehabilitación y privatización de empresas
    existentes.

    Proyectos industriales, así como
    aquellos que supongan la creación de empresas de
    servicios en el exterior que exijan una importante
    inversión en activos fijos.

    Como complemento de los instrumentos
    comunitarios de apoyo a la inversión y a la
    cooperación empresarial.

    Proyectos emprendidos por empresas
    españolas individualmente o con la
    participación de socios locales.

    El Programa no prevé restricción
    alguna por razón del país en que se
    materialice el proyecto.

    Finalmente, este Programa apoya igualmente
    toda iniciativa de internacionalización
    productiva de las empresas españolas que suponga
    aportaciones distintas de las dinerarias
    (tecnología, conocimientos, equipos, mercados,
    etc. ).

     

    Ámbito de
    aplicación

    A) En la fase de preparación del proyecto
    (fase preliminar):

    Búsqueda y selección de socio
    local.

     Apoyo en las negociaciones con las
    autoridades locales y con eventuales socios
    locales.

    Estudios de viabilidad, jurídicos, de
    mercado y técnicos en el marco de proyectos de
    inversión y de cooperación
    empresarial.

    B) En la fase de desarrollo del
    proyecto:

    Búsqueda de
    financiación.

    Asistencia técnica al montaje del
    proyecto antes de la entrada en producción
    (supervisión de la
    construcción, coordinación del montaje de
    los equipos, etc.).

    Asistencia técnica en la puesta en
    marcha.

    Formación del personal local.

    Tipo de apoyo

    El apoyo del ICEX consiste, para la fase
    preliminar, en un anticipo sin intereses de hasta el 50%
    de los costes derivados de actividades emprendidas
    durante la fase de preinversión con un tope
    máximo de 10 millones de pesetas.

    Para la fase de desarrollo del proyecto, el
    apoyo del ICEX se materializa en una contribución
    no reembolsable de hasta el 50% del coste de las
    actividades de asistencia técnica y
    formación, con el tope anteriormente
    citado.

    Costes elegibles

    Gastos de viaje.

    Gastos de manutención y estancia
    (dietas).

    Honorarios de consultores y expertos externos
    a la empresa.

    Costes de personal técnico de la propia
    empresa imputables al proyecto durante el
    período de desplazamiento.

    Pagos

    Salvo razón suficiente que lo justifique,
    los pagos se realizarán con arreglo al siguiente
    calendario:

    Para la fase preliminar:

    50% tras la aprobación del apoyo del
    ICEX.

    50% a la entrega y posterior aceptación
    por el ICEX del estudio de viabilidad o del informe de las actividades
    apoyadas.

    Se solicitarán avales por las
    cantidades anticipadas.

    Para la fase de desarrollo del
    proyecto:

    100% del monto aprobado una vez realizadas y
    justificadas las acciones objeto del apoyo del
    ICEX.

    Reintegro (fase preliminar)

     

    Como regla general, el reintegro deberá
    realizarse en cualquier momento a conveniencia de la
    empresa y, como fecha límite, dentro de los 30
    días siguientes al plazo de 12 meses desde la
    finalización del estudio de viabilidad o del
    informe de las actividades apoyadas, del proyecto, en
    el mencionado plazo de 12 meses.

     

    • COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS ANDALUCES, S.A.
      (CDEA)

     

    Comercializadora de Productos Andaluces, S.A.
    (CdeA)
    es una empresa pública de la Junta
    de Andalucía que tiene como objetivo específico
    promover y apoyar la Internacionalización de las Empresas
    Andaluzas por lo que, entre otras tareas, desarrolla la planificación, diseño
    y ejecución de acciones de promoción de las
    empresas y los productos andaluces en el exterior, de acuerdo con
    la política económica del Gobierno Andaluz. Estas
    acciones se enmarcan dentro del Plan de
    Internacionalización de la Empresa Andaluza 2002
    ,
    y se concretan en una Programación anual.

    Para el año 2.001 esta Programación se ha
    elaborado teniendo en cuenta la opinión cualificada de las
    empresas andaluzas, tanto exportadoras como potencialmente
    exportadoras, así como la propia experiencia de
    CdeA y de su red de Unidades de Promoción de
    Negocios en el Exterior
    .

    Los sistemas básicos para la selección de
    acciones de promoción han sido la coyuntura
    económica de los países en los que se pretende
    incidir y las posibilidades de la oferta andaluza.

    La Programación para el año 2.001
    contempla dos grandes líneas de
    actuación:

    • Acciones de Promoción
      Directa
    • Acciones de Apoyo a la
      Internacionalización

     

    CdeA organiza y coordina la participación
    de las empresas andaluzas en estas acciones de promoción
    internacional. Para ello publica con una antelación de
    cinco meses respecto a la celebración de cada una, la
    correspondiente convocatoria que fija las condiciones de
    presentación de solicitudes. Las convocatorias establecen
    también el régimen de apoyo de CdeA en cada
    acción concreta.

    Aunque, en principio, todas las empresas andaluzas
    pueden solicitar la participación en estas acciones de
    promoción internacional, CdeA, como responsable de
    la presentación oficial de la oferta andaluza, en caso de
    exceso de solicitudes, selecciona de entre los solicitantes a los
    más idóneos.

    Para mayor utilidad y
    más fácil manejo del documento de
    programación para el año 2.001, la
    información se presenta clasificada en dos
    epígrafes diferentes:

     

    • Acciones de Promoción
      Directa
    • Acciones de Apoyo a la
      Internacionalización

     

    Y a la vez, las acciones de promoción directa se
    dividen en cuatro epígrafes:

    • Sectores / Productos sobre los que
      versan
    • Tipos de acciones a realizar
    • Meses en los que se
      celebrarán
    • Países en los que tendrán
      lugar

     

    En las acciones de promoción directa, por tanto,
    la información incluye siempre, sea cual sea el
    epígrafe por el que se acceda a ella, el nombre de la
    acción, el tema o sector al que se dedica, y la fecha y el
    lugar de celebración.

     

    Acciones de promoción directa

    Las diversas actuaciones que lleva a cabo CdeA se pueden
    resumir en:

    • Acciones de Promoción directa
    • Acciones de apoyo a la
      Internacionalización

     

    La actividad de promoción directa se canaliza a
    través de diferentes herramientas:

    • Participación agrupada en Ferias
      Internacionales
      : al objeto de dar a conocer la oferta
      andaluza en los mercados exteriores y reforzar la presencia de
      las firmas exportadoras en los mismos, organizando la
      asistencia conjunta de empresas a las principales muestras
      internacionales bajo un stand agrupado. Con carácter
      anual, y previo sondeo de interés entre empresarios y
      asociaciones sectoriales, diseñamos un plan de
      actuación en el que se incluyen aquellos
      certámenes que más se ajustan a las posibilidades
      de la oferta exportadora andaluza.
    • Visitas prospectivas: en las que se realizan
      visitas a ferias de los sectores objeto de apoyo en nuevos
      mercados y visitas a empresas y organismos comerciales en el
      país en cuestión.
    • Misiones Comerciales Directas: en las que los
      empresarios andaluces presentan su oferta ante profesionales de
      los canales de
      distribución en los mercados exteriores, tales como
      importadores y distribuidores y/o ante prescriptores de
      opinión.
    • Misiones de estudio directas: diseñadas
      para apoyar a sectores concretos en un conocimiento mejor de la
      oferta de ese sector en el citado mercado.
    • Misiones Comerciales Inversas: en las que los
      sujetos de decisión de los mercados exteriores son los
      que efectúan el desplazamiento a Andalucía para
      visitar a las empresas productoras y mantener entrevistas
      de negocios con las mismas.
    • Misiones Comerciales Inversas de prescriptores de
      opinión
      : son acciones de relaciones
      públicas destinadas a favorecer el conocimiento de
      los productos entre los creadores de opinión en sus
      respectivos mercados.
    • Apoyo a iniciativas empresariales de
      internacionalización
      : buscando en unos casos la
      promoción genérico marquista y en otros
      sencillamente, acciones integrales y
      estratégicas de cara a la implantación en
      mercados exteriores.
    • Apoyo en la celebración de Foros,
      Encuentros y Convenciones Internacionales
      : que sirvan como
      plataforma para dar a conocer directamente los productos, su
      proceso de producción o fabricación y sus
      empresas.
    • Promociones en puntos de venta: en las que
      CdeA gestiona la búsqueda de proveedores,
      campañas publicitarias, condiciones de compra,
      transporte de mercancías, etc.
    • Acciones Singulares: diseñadas para
      incrementar el conocimiento de la región y sus productos
      desde un punto de vista global.
    • TRADE POINT ARAGÓN

    Es un servicio que el Instituto Aragonés
    de Fomento
    ofrece a las empresas aragonesas para apoyar
    su apertura al exterior.

    Desde aquí se podrá ofertar, demandar
    productos, buscar distribuidores, cooperación
    internacional, así como recibir demandas internacionales
    de los productos que fabrica.

    Permite anticiparse a la competencia y acceder a miles
    de posibles clientes,
    distribuidores o socios de su empresa, porque hacer negocios por
    Internet es ya
    una realidad.

    El Instituto Aragonés de Fomento facilita
    el contacto con empresas de todo el mundo, a través del
    Trade Point Aragón, que posibilita contactar con
    empresas asociadas a más de 150 Trade Points de los cinco
    continentes, miembros de la Conferencia para
    el Desarrollo y el Comercio de Naciones
    Unidas.

    El Trade Point Aragón es el
    primero que se establece en España y, accediendo a
    través de Internet, ofrece a las empresas aragonesas
    servicios de apoyo en su apertura al exterior y
    diversificación de mercados.

     

    • PROGRAMA INVEXTA

     

    El Programa INVEXTA es doble: por un lado,
    contribuir a mejorar los canales de comunicación con las
    empresas extranjeras asentadas en Aragón con el fin de
    ajustar el apoyo de la Administración a sus necesidades
    reales; por otro, conseguir que la apuesta que estas empresas
    están realizando por Aragón sea mejor aprovechada,
    asegurando el efecto dinamizador y multiplicador de sus proyectos
    en el desarrollo endógeno de la Comunidad Autónoma,
    contribuyendo incluso a generar sinergias entre las propias
    empresas.

     

    • INFO – INSTITUTO DE
      FOMENTO-

     

    El Instituto de Fomento es la agencia de desarrollo de
    la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia cuyo
    objetivo es servir de verdadero impulsor para el desarrollo de
    las Pymes de la región favoreciendo para ello la
    promoción económica, la captación de
    inversiones, la eliminación de sus limitaciones y
    desarrollando acciones tendentes a la creación de un
    clima
    favorable para la mejora de su competitividad.

    El INFO legalmente está configurado como una
    entidad pública y empresarial, orgánicamente
    adscrito a la Consejería de Tecnologías, Industria
    y Comercio, lo que posibilita que sus actuaciones ganen en
    agilidad y flexibilidad, con la intención de ser
    más eficaces, adaptándose mejor a cada
    situación mediante el ajuste de los instrumentos que
    utiliza.

     

    ¿Qué función tiene el
    INFO?

    La misión del
    Instituto de Fomento es ofrecer un servicio integral a las
    empresas de la Región, servicio asentado en una adecuada
    política de promoción de la Pyme con el fin
    de lograr su desarrollo económico.

    Dentro de esta estrategia de actuación, el INFO
    hace especial hincapié en actuaciones orientadas al
    desarrollo tecnológico, favoreciendo la aplicación
    e incorporación de las tecnologías más
    apropiadas a la empresa en cuestión. A ello se suman
    acciones dirigidas a favorecer la comercialización de
    productos apoyando para ello la expansión internacional de
    aquellas empresas que lo soliciten, contando con una red de colaboradores en
    los cinco continentes.

    Además, el INFO ofrece un servicio de
    información, consultoría y asesoramiento a las empresas
    de dentro y fuera de la Región para sus inversiones y
    proyectos de creación y ampliación.

    Paliar los obstáculos financieros que impiden el
    crecimiento y consolidación de las Pymes, ayudando a la
    financiación de proyectos empresariales que tengan que ver
    con la inversión en activos, calidad, tecnología,
    internacionalización y equipamientos industriales, es otra
    de las funciones que desarrolla el Instituto de Fomento. Gracias
    a los Programas de Ayudas del Instituto, así como a la
    gestión de distintos programas del Fondo Europeo de
    Desarrollo Regional (FEDER) en la Región de Murcia, las
    Pymes cuentan con importantes recursos
    económicos.

     

    • IVEX ( INSTITUTO VALENCIANO DE LA
      EXPORTACIÓN)

     

    La Generalitat Valenciana, a través del IVEX y
    dentro del Plan De Internacionalización de la
    Empresa Valenciana (PIEV)
    , participa activamente en el
    desarrollo de los instrumentos que deben servir de apoyo a las
    empresas en su empeño de afrontar con éxito
    su implantación en los mercados exteriores. Para ello, el
    IVEX pone a disposición de las empresas de la Comunidad
    Valenciana dos nuevos programas de ayuda a la
    internacionalización:

     

    Plan de implantación en el
    exterior

     

    Este programa tiene por objetivo favorecer y apoyar los
    proyectos de implantación por parte de las pequeñas
    y medianas empresas radicadas en la Comunidad
    Valenciana.

     

    • Proyectos subvencionables: Acciones de
      implantación en el exterior mediante el establecimiento
      de filiales, sucursales, proyectos industriales y otras
      fórmulas de cooperación
      empesarial.
    • Gastos elegibles del proyecto: estudios de
      viabilidad, consultoría, gastos de viaje,
      constitución de la sociedad,
      permisos, promoción y publicidad,
      asistencia a Foros de Cooperación y otros gastos de
      puesta en marcha del proyecto.
    • Inversiones subvencionables: maquinaria,
      equipos e inmovilizado inmaterial.

     

    • Gastos elegibles: subvención de hasta
      el 50%, con un máximo de dos proyectos por empresa y
      año.

     

    • Inversiones en activo fijo: la
      subvención puede llegar hasta un 15% en el caso de una
      pequeña empresa y hasta un 7,5% si es
      mediana.

     

    Beneficiarios: Exclusivamente, pequeñas y
    medianas empresas, según el criterio definido por la
    Unión Europea.

     

    • FONDO DE IMPLANTACIÓN EN EL EXTERIOR
      (FIVEX)

     

    Constituido por acuerdo entre el IVEX y el Instituto
    Valenciano de Finanzas (IVF)
    se trata de un fondo que dotará de recursos financieros a
    proyectos de implantación en el exterior, con condiciones
    ventajosas adaptadas a las pequeñas y medianas
    empresas.

     

    Proyectos subvencionables:

     

    • Inversión en activos fijos en el extranjero
      (proyectos nuevos o de ampliación).
    • Proyectos de participación en sociedades
      extranjeras.
    • Instalación de plantas productivas
      industriales (con constitución de empresa mixta o
      no).
    • Creación de plataformas, almacenes u
      otras fórmulas de distribución (propias,
      arrendadas o en colaboración con sociedades
      extranjeras).
    • Acuerdos de distribución,
      comercialización, cesión de marca, etc.,
      con sociedades extranjeras, siempre que supongan
      inversión en activos fijos.

     

    La financiación podrá alcanzar hasta un
    máximo del 75% del proyecto, con un plazo de
    amortización máximo de 10 años y con una
    carencia del principal de hasta 3 años, en función
    de los plazos de recuperación de la
    inversión.

    Beneficiarios: Empresas privadas que desarrollen
    actividades productivas y de servicios. También, empresas
    residentes en el extranjero en las que más del 50% de su
    capital social provenga de la Comunidad Valenciana.

     

    • GATEWAY TO JAPAN II

     

    Gateway to Japan II es un Programa de la Comisión
    Europea para fomentar las exportaciones de empresas europeas a
    Japón.

    Desde su nacimiento en el año 1.997, el Programa
    Gateway to Japan trabaja con el objetivo de incrementar y
    facilitar a las empresas europeas su introducción y
    asentamiento en el mercado japonés.

    El Consejo Superior de Cámaras es el Coordinador
    de este Programa en España. Tiene como función
    principal, difundir, promover y facilitar entre las empresas
    españolas el acceso al Programa, incrementando la
    incorporación de nuevas empresas al difícil mercado
    japonés. Esta labor la realiza en coordinación con
    las 85 Cámaras de Comercio de España.

    La Comisión Europea ha seleccionado 6 sectores
    con potencial para acceder al mercado japonés:

    • Materiales de construcción
    • Tecnologías de la
      información
    • Equipamientos médicos
    • Bebidas y comidas
    • Entretenimiento y ocio
    • Tecnologías de medioambiente

     

    La campaña desarrolla para cada uno de ellos, una
    serie de actividades diversas que tienen como objetivo acercar al
    empresariado europeo al mercado japonés. Así,
    mediante la participación en Gateway to Japan se
    posibilita la obtención de estudios de mercado,
    participación en actividades de promoción y en
    seminarios.

     

    • PLAN 2000 PARA LA
      EXPORTACIÓN

    El siguiente plan es desarrollado por el Ministerio de
    Economía, Secretaria de Estado de Comercio y Turismo
    – Dirección General de Comercio e Inversiones
    Españolas.

    Sus principales funciones son:

    • Cooperación institucional para conseguir la
      mayor coordinación posible entre los diferentes
      organismos, públicos y privados, que trabajan en el
      campo de la promoción de exportaciones, con el
      objetivo de rentabilizar al máximo las actuaciones de
      todos ellos.

     

    • Apoyo de asistencia técnica al exportador,
      especialmente en lo que se refiere a las normas
      técnicas que pueden generar barreras potenciales al
      comercio, centralizando en un único servicio la
      recepción y coordinación de las quejas sobre
      este tipo de obstáculos al comercio.

     

    • Programas de formación, y de
      información, con el objetivo de conseguir que al menos
      2.000 nuevas empresas se inicien en la exportación
      antes del año 2000, llamado programa PIPE.

     

    • Medidas de promoción comercial para la
      diversificación de la exportación
      española a los mercados emergentes.

     

    • Apoyos financieros, como el sistema de Ajuste
      Recíproco de Intereses (CARI), los créditos FAD
      y el Seguro de Crédito a la
      Exportación.

     

    • Conversión en inversiones en el país
      deudor de la deuda externa
      de diversos países con España derivada tanto de
      los FAD otorgados por España a los países en
      vías de desarrollo, como de los créditos
      comerciales que el Estado español asegura a
      través del CESCE.

     

    • Participación de empresas españolas
      en los proyectos que financian los Organismos Multilaterales.
      Puesta en marcha de medidas de promoción de
      inversiones mediante la creación de un marco
      jurídico adecuado que minimice los riesgos
      políticos y comerciales de su inversión.
      Creación de fondos financieros y de garantía
      que faciliten su implantación.

     

    • El Fondo de Ayuda al
      Desarrollo

    El Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) es un instrumento
    de cooperación bilateral consistente en la dotación
    de créditos y ayudas, en términos concesionales, a
    países en desarrollo.

    Dichos créditos y ayudas están ligados a
    la adquisición por el país beneficiario de bienes y
    servicios españoles y, sólo excepcionalmente,
    podrán considerarse créditos y ayudas de
    carácter financiero, no ligado.

    Los créditos FAD suponen una ayuda al desarrollo
    de las economías más atrasadas y, además, un
    apoyo a la exportación española en los mercados de
    los países en desarrollo. El Gobierno del país
    receptor adjudica, a través de concursos o por otros
    medios, los proyectos correspondientes a empresas
    españolas.

    Los créditos FAD son fundamentales para la
    internacionalización de determinados sectores, como el de
    los bienes de equipo, debiendo concentrarse en mayor medida en el
    apoyo a los sectores que incorporan mayor valor añadido y
    tecnología

    • AMEC – ASOCIACIÓN MULTISECTORIAL
      DE EMPRESAS-

    Amec es una entidad privada, de ámbito estatal y
    sin ánimo de lucro, que agrupa 450 empresas con unas
    exportaciones totales que se aproximan a los 250.000 millones de
    pesetas.

    La Asociación Multisectorial de Empresas
    reconocida oficialmente por la legislación vigente como
    entidad colaboradora del ministerio de economía, actuando
    como legítimo representante de los sectores que aglutina.
    Esta entidad está organizada en Asociaciones sectoriales,
    de forma que, según la actividad desarrollada, cada
    empresa se encuadra en su sector preferente.

    Desde su fundación ha tenido como objetivo
    básico no sólo el impulsar a sus empresas
    -básicamente pymes- hacia la exportación, sino
    también el compromiso de incidir en la vertebración
    de organismos que favorezcan la exportación, tanto en su
    vertiente de fomento como de promoción.

    De este modo, en su día hizo llegar propuestas
    para la creación del INFE actual ICEX (Instituto
    Español de Comercio Exterior) y, posteriormente,
    impulsó la creación del COPCA (Consorcio de
    Promoción Comercial de Cataluña), del que es
    miembro fundador, formando parte, actualmente de su Comité
    Directivo y Ejecutivo.

    También solicitó y fomentó la
    creación de COFIDES (Compañía
    Española de Financiación del Desarrollo),
    así como la mejora del crédito oficial ICO
    (Instituto de Crédito Oficial) y del seguro comercial y
    político CESCE (Compañía Española de
    Seguros de Crédito a la Exportación),
    etc.

    Regularmente, la Asociación pone en conocimiento
    de la Administración española, las líneas
    básicas a seguir en la política económica,
    que, a entender de AMEC, favorecen el desarrollo armónico
    de la economía y la mejora de las exportaciones del sector
    productivo. Asimismo, se hace llegar la opinión de la
    entidad a la hora de dotar las partidas de los Presupuestos
    del Estado, que tienen relación con el Fomento y
    Promoción del Comercio Exterior.

    Cooperación
    internacional

    La creciente globalización del mercado ha obligado a las
    empresas a ir más allá de la mera
    exportación y a establecerse en los mercados a
    través de alguna modalidad de presencia que supere la
    simple designación de un representante comercial, es
    decir, a la internacionalización de las
    empresas.

    El departamento de Cooperación Internacional
    tiene como principal objetivo seguir avanzando en la
    búsqueda y ejecución de nuevos productos y
    servicios que apoyen a la empresa en su proceso de
    internacionalización.

    Servicios que ofrece AMEC:

    1. Apoyo a la internacionalización de la
    empresa

    • Promoción de la
    Cooperación Empresarial Internacional

    • Información y asesoramiento
    a las empresas sobre las diferentes fórmulas de
    implantación en el exterior, para la concreción
    de un proyecto estratégico de
    internacionalización.
    • Búsqueda de socios en los países objetivos
    en el marco de programas financiados por la Comisión
    Europea

    – AL-INVEST

    Programa que tiene como objetivo estimular, facilitar
    y promover acuerdos comerciales de larga duración,
    acuerdos de inversión, de transferencia de
    tecnología y de creación de Joint Ventures entre
    empresas de la Unión Europea y Latinoamérica.

    – A.R.I.E.L

    El Programa A.R.I.E.L. "Active Research in Europe and
    Latin America", ha sido creado por la Comisión Europea.
    AMEC actúa como operador del programa. ARIEL se
    caracteriza por atender los requerimientos de aquellas
    pequeñas y medianas empresas que han iniciado su proceso
    de internacionalización, y que buscan consolidarlo a
    través de la participación en nuevos mercados.
    ARIEL permite la búsqueda de contraparte entre empresas
    de Europa y América Latina, trabajándolo de forma
    inidividualizada, para la consecución de acuerdos de
    cooperación, ya sean comerciales o
    productivos.

     

    – ASIA-INVEST

    Programa creado para fomentar la Cooperación
    Empresarial entre empresas europeas y empresas
    asiáticas. Se ofrecen subvenciones y se proporcionan
    medidas de soporte para ayudar a la empresa en la
    investigación de nuevos mercados (Market Place
    Monitoring), en la perfección de negocios en un entorno
    cultural distinto (Bussiness Culture and Language
    Familiarization), en la facilitación de asistencia
    técnica por parte de las empresas europeas a las
    asiáticas (Technical Assistance) y en la
    contactación de empresas de cara a potenciales acuerdos
    de colaboración (Business Meetings).

    • Participación en foros de
    inversiones
    • Relación con Instituciones a nivel
    internacional
    • Búsqueda y difusión de
    proyectos

    • Difusión de la
    Tecnología Española

    Con el objetivo de:

    • Contribuir al desarrollo de los sectores
    productivos de países en vías de desarrollo a
    través de la transmisión de la tecnología
    española,
    • Mejorar la imagen de la
    tecnología española,
    • Reforzar la cooperación empresarial e
    institucional entre España y otros
    países.

    llevamos a cabo las siguiente actividades:

    • FORMACIÓN DE TÉCNICOS:
    técnicos expertos de países en vías de
    desarrollo vienen a España para atender a unos cursos
    teórico prácticos que se desarrollan en Centros
    Tecnológicos o en Plantas Piloto Españolas, y en
    las empresas españolas del sector.

    • ASISTENCIA TÉCNICA: técnicos expertos
    españoles elaboran un diagnóstico de los
    problemas tecnológicos de un sector y/ o empresa
    concreto de un país en desarrollo y luego emiten sus
    conclusiones y recomendaciones.

    • CREACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE CENTROS
    TECNOLÓGICOS con el asesoramiento de técnicos
    expertos españoles y con tecnología
    española.

    1. Consultoría Internacional

    • Desarrollo de PYMEs e instituciones
    de apoyo a las mismas

    El objetivo general es el desarrollo de la
    Pequeña y Mediana Empresa, como base del tejido productivo
    de un país, de forma que pueda competir en los mercados
    internacionales:

    • Diagnóstico y
    Asesoramiento
    • Promoción de las exportaciones y de alianzas
    estratégicas
    • Desarrollo Tecnológico: Centros
    Tecnológicos
    • Estudios Sectoriales y recomendaciones
    prácticas
    • Creación de Instituciones de apoyo a las PYMEs y
    asesoramiento a las mismas
    • Formación Sectorial

    • Participación en Licitaciones
    Internacionales

    Búsqueda y presentación de proyectos
    internacionales adjudicados a través de Licitaciones, con
    especial atención a las licitaciones publicadas por
    la Comisión Europea

     

    Grupos de exportación

    Un Grupo de Exportación es una agrupación
    o asociación temporal de empresas de similares
    características que tienen como objetivo común la
    introducción de sus productos y/o expansionar sus ventas en
    nuevos mercados exteriores.

    Este programa que cuenta con el patrocinio del COPCA de
    hasta el 50% del presupuesto total
    del plan de actuación conjunto del Grupo, se ejecuta a
    través de la actuación de un gerente con
    una presencia permanente en el mercado objetivo.

    La incorporación de una empresa a un Grupo de
    Exportación facilita la realización de estrategias
    en un mercado determinado con una aportación reducida de
    recursos y la posibilidad de obtener una mas rápida
    respuesta en forma de resultados.

    – Grupo de Exportación SPAINTEX
    Este Grupo de Exportación se constituyó con el
    objetivo de introducir, promocionar y vender en la INDIA
    maquinaria textil Española. Durante este primer año
    se ha estado trabajado en este mercado con un gerente
    Español, con residencia en Nueva Delhi, en exclusiva para
    las empresas: TUPESA, OTEMAN S.A., COMSA S.A. Y GALI
    INTERNACIONAL

    – Grupo de Exportación TMT
    En el mes de enero de 2000 se constituyó este nuevo Grupo
    de Exportación de fabricantes de Maquinaria Textil.
    Realizando a lo largo del año una labor muy importante de
    promoción en POLONIA. Las empresas que lo integran son:
    ATYC, S.A., SABEN, S.A. TEPA S.A. y TORRES MAQUINARIA TEXTIL,
    S.A.

    – Grupo de Exportación BUILD UP BATH
    Dedicado al sector de materiales para la construcción,
    este Grupo de Exportación con base en Hong Kong
    (CHINA)

    – Grupo de Exportación ECO Fue constituido
    a mediados del año 1999. Actualmente y por segundo
    año consecutivo se ha estado trabajando el mercado
    Argentino, ofreciendo los productos Españoles del sector
    de fabricantes de materiales para la construcción (ASCON).
    Las empresas que integran el Grupo son: GERMANS BOADA S.A,
    QUEMADORES BERALMAR S.A, ESTOLI S.A, FLEXITUB S.L, y JOSE NABONA
    (BAÑACRIL) S.A

    – Grupo de Exportación HCM (High Class
    Machinery)

    Este nuevo Grupo de Exportación se creó con el fin
    de apoyar las acciones de las empresas del sector IMAPC, en
    Inglaterra.
    Forman parte del mismo: COVEX RS EXTRUSION S.A, MATEU Y SOLE S.A,
    COEMTER S.A y CAYFI.

    – Grupo de Exportación PMS (Plastics Machinery
    from Spain)

    Después de muchas conversaciones, en septiembre del
    año 2000, se contrató a un gerente en Inglaterra
    para la promoción y venta de los productos de las empresas
    del sector de fabricantes de maquinaria para plástico y
    caucho (IMAPC): ALIMATIC, S.A, PLAMASA S.A, SANARA S.A y EQUIFAB
    S.L.

    – Grupo de Exportación JSG (Brasil)
    En enero se ha constituido oficialmente este Grupo de fabricantes
    de maquinaria para plástico y caucho (IMAPC) formado por:
    PLAMASA S.A, SANARA S.A , EQUIFAB S.L y LUMEN SL.

    – Grupo de Exportación MAQUINTEX
    En el mes de febrero de 2001 se constituyó este nuevo
    Grupo de Exportación de fabricantes de Maquinaria Textil
    en México.
    Las empresas que lo integran son: ATYC, S.A., LAUDATTI SCCL, .
    TEPA S.A y TORRES MAQUINARIA TEXTIL, S.A.

    – Grupo de Exportación XINA MATEX
    Dedicado al sector de FABRICANTES DE Maquinaria Textil, este
    Grupo de Exportación con base en Beijing (CHINA), Esta
    compuesto por las empresas:: ATYC, S.A., MITEX S.A. TEPA S.A y
    TORRES MAQUINARIA TEXTIL, S.A.

     

    CONSORCIOS DE
    EXPORTACIÓN

    Un Consorcio de Exportación es una agrupación o
    asociación temporal de empresas de similares
    características, que tienen como objetivo común la
    introducción de sus productos y expansionar sus ventas en
    nuevos mercados exteriores. La incorporación de una
    empresa a un Consorcio de Exportación facilita la
    realización de estrategias en un mercado determinado con
    una aportación limitada de recursos y la posibilidad de
    obtener una respuesta efectiva en forma de
    resultados.

    El Programa de Consorcios del ICEX: Desde 1985 existe un
    programa del Instituto de Comercio Exterior que da apoyo a los
    Consorcios de exportación. El programa, básicamente
    dirigido a pequeñas y medianas empresas facilita la
    agrupación de las mismas bajo una forma jurídica
    determinada, apoyando la constitución de una sociedad
    conjunta durante un periodo máximo de 4 años. En
    este caso los vínculos entre las empresas son más
    fuertes y duraderos que en el caso de un grupo de
    Exportación.

    Tipos de Consorcios:

    Consorcios en origen y en Consorcios en destino
    Consorcios de promoción y Consorcios de venta
    Consorcios Multisectoriales y Consorcios
    Unisectoriales

    Estos programas ayudan a fomentar la colaboración
    interempresarial Española y a mejorar la competitividad de
    nuestras empresas en el exterior.

    – Consorcio de Exportación en destino:
    AUCCON

    Este nuevo Consorcio de Exportación de fabricantes de
    Maquinaria Textil, se ha constituido en Brasil, a raíz de
    los buenos resultados obtenidos por las empresas en el
    país. El Consorcio AUCCON surgió como una evolución lógica
    al Grupo de Exportación constituido el año
    anterior. Para consolidar los productos de las empresas en el
    mercado, se han diseñado acciones de promoción y un
    plan de acción de nuevas actividades.

    Las empresas que forman parte del consorcio son: JAFLO
    S.A (AUTEX), PANNON MAQUINARIA TEXTIL S.A y COSMOTEX COLL.LORAS
    S.A.

    Resumen de las
    Principales Políticas y Normativas de
    España

    • POLÍTICAS ARANCELARIAS
    • Derechos Aduaneros
      • Autónomos
      • Convencionales
    • Acuerdos Preferenciales
    • ACP –Asia, Caribe y Pacifico-
    • PECO – Países del Centro y Este de
      Europa-
    • Acuerdos No Preferenciales
    • Acuerdo entre la Union Europea –
      MERCOSUR
    • Acuerdo entre la Comunidad Andina, Centro America y
      Chile
    • ASEM – Asia – Europe Meeting-
    • Sistema Generalizado de Preferencias
      –SGP-
    • POLÍTICA MONETARIA
    • Incorporación de España a la Union
      Económica Monetaria
    • Cambio de la Peseta al EURO
    • REGIMEN DE IMPORTACIÓN
    • Tratamiento diferenciado entre:
      • Productos procedentes de la Union
        Europea
      • Productos procedentes de terceros
        países
    • Despacho a libre Practica
    • Régimen de Suspensión
    • Régimen Aduanero
      Económico
    • Deposito Aduanero
    • Perfeccionamiento Activo
    • Transformación bajo control
      aduanero
    • Importación Temporal
    • Perfeccionamiento Pasivo
    • Zona Franca
    • Puerto Franco
    • Zonas Mercadológicas
    • POLÍTICAS DE FINANCIACION A EXPORTACIONES E
      INVERSIONES
    • COFIDES (Compañía Española de
      Financiación del Desarrollo)
    • LINEA COFIDES / FOMIN
    • FIEX
    • LINEA ICO
    • LINEA DE SERVICIOS
    • LINEA COFIDES / BERD
    • LINEA COFIDES / BE
    • FONPYME
    • LINEA BEI (ECFI III)
    • CDE
    • CARI (Contrato de Ajuste Reciproco de
      Intereses)
    • CRÉDITOS FAD (Fondo de Ayuda al
      Desarrollo)
    • LINEAS FEV (Financiación de Estudios de
      Viabilidad)
    • POLÍTICA DE EXPORTACIONES
    • Regímenes Especiales de
      Exportación
    • Exportación Temporal
    • Trafico de Perfeccionamiento a la
      exportación
    • Transito
    • Devolución de Derechos
      (Draw-back)
    • Exportación Previa
    • Deposito Industrial Franca
    • Cuadernos ATA (Admisión Temporal de
      Mercaderías)
    • REGÍMENES DE ZONAS FRANCAS
    • Zona Franca Gran Canaria
    • Zona Especial Canaria (ZEC)
    • Ventajas Fiscales:
      • Impuesto de Sociedades o Impuesto de la Renta
        de No Residentes
      • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y
        Actos Jurídicos Documentados
      • Impuesto General Indirecto Canario
      • Convenios de Doble imposición
        internacional
      • Bonificaciones por producción de bienes
        corporales en Canarias
    • Zona de Promoción Ceuta
    • POLÍTICA DE
      INTEGRACIÓN
    • Acuerdo Marco Intrarregional de Cooperación
      Unión Europea-MERCOSUR
    • OMC
    • ORGANISMOS Y PROGRAMAS DE PROMOCIÓN DE
      EXPORTACIONES
    • PIPE 2000 – Plan de Iniciación a la
      Promoción Exterior-
    • Comercializadora de Productos Andaluces
      (CDEA)
    • Trade Point Aragon
    • Programa Invexta
    • Instituto de Fomento- INFO
    • IVEX –Instituto Valenciano de la
      Exportación-
    • FIVEX –Fondo de Implantación en el
      exterior-
    • GATEWAY TO JAPAN II
    • PLAN 2000 para la exportación
    • FAD – Fondo de Ayuda al
      Desarrollo-
    • ICES
    • AMEC – Asociación Multisectorial de
      Empresas-
    • Promoción de la Cooperación
      Empresarial Internacional
    • AL-INVEST (Joint Ventures entre empresas de UE y
      Latinoamérica)
    • ARIEL (Active Research in Europe and Latin
      America)
    • ASTA-INVEST
    • Grupos de Exportación
      • SPAINTEX
      • TMT
      • BUILD UP BATH
      • ECO
      • HCM (High Class Machinery)
      • PMS (Plastics Machinery from Spain)
      • JSG (Brasil)
      • MAQUINTEX
      • XINA MATEX
    • Consorcios de Exportación

     

     

     

     

    Autor:

    Marianetti, María Eugenia
    Celano, Martín
    Montoto, Rodrigo Javier

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