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Teoría de la Política por: Hobbes, Locke y Rosseau




Enviado por cmarcano



     

    INDICE:
    Thomas
    Hobbes

    John Locke
    Jean Jacques Rousseau


    Thomas
    Hobbes

    Hobbes nace en Inglaterra en
    1558 , era considerado un hombre de gran
    especie intelectual ,curiosos y tímido. Su destino quiso
    que viviese en una época poco propicia para un amador de
    la paz y la tranquilidad.

    Hobbes desde su juventud,
    cogió horror a las discusiones político religiosas,
    sobre la interpretación de la Biblia y los derechos de la conciencia
    individual . En su opinión estas discusiones debilitaban
    Inglaterra,
    minaban la autoridad por
    su base y preparaban la guerra
    civil.

    En 1640 , cuando la guerra
    parecía aproximarse, huye de Inglaterra a
    París y en su destierro voluntario de once años
    preparo su Leviatán. Mientras tanto, Inglaterra desde que
    había caído en las manos fuertes y hábiles
    de los Tudor ,en las torpes de los Estuardos, no había
    conocido mas que convulsiones. En el furor de las disputas
    religiosas ( protestantes y católicos, entre protestantes
    anglicanos y disidentes ) agrava allí el furor de las
    pasiones políticas
    , formando todo ello una mezcla incendiaria .

    En 1642 ,comienza la lucha armada entre Carlos I
    Estuardo y su parlamento, la mayoría puritana. Una vez
    vencido el Rey por el ejército parlamentario de Cromwell,
    el rey es ejecutado.

    En 1651, Cromwell reina en Inglaterra , convertida en
    república y es en ese entonces cuando aparece en Londres
    este libro de
    extraño título: El Leviatán.

    La concepción hobbesiana del estado de
    naturaleza se
    aparta del sentido paradisíaco, que a ese estado, asigna
    el pensamiento
    teológico . Hobbes separa
    con claridad dos etapas: una situación de barbarie y de
    guerra de
    todos contra todos ,un mundo sin germen de derecho , y por otra
    parte , un estado creado
    y sostenido por el derecho , un estado con suficiente poder para
    iniciar y reformar su estructura.

    Según Hobbes la
    naturaleza ha
    hecho a los hombres tan iguales en las facultades del cuerpo y
    del espíritu que , si un hombre es
    más fuerte de cuerpo o más sagaz de entendimiento
    que otro, cuando este se considera en conjunto, la diferencia
    entre los hombres, no es tan importante. De manera que estos
    puedan reclamar a base de ella y para sí mismos, un
    beneficio cualquiera al que otro no pueda aspirar .

    La inclinación general de la humanidad entera es
    entonces un perpetuo e incesante afán de poder que cesa
    solamente con la muerte. La
    pugna de riquezas , placeres, honores u otras formas de poder ,
    inclina a la lucha , la enemistad y a la guerra. Por ello en la
    naturaleza del
    hombre se
    encuentran tres causas principales de discordia: la competencia, la
    desconfianza y la gloria. De esta manera la competencia
    impulsa a los hombres a atacarse para lograr un beneficio, la
    desconfianza para lograr la seguridad y la
    gloria para ganar reputación. Con todo esto, mientras
    el hombre viva
    sin un poder común que los atemorice a todos, se hallan en
    la condición o estado que se llama guerra . Una guerra que
    es la del todos contra todos .

    Sin embargo Hobbes advierte que nunca existió un
    tiempo en que
    los hombres particulares se hallaran en una situación de
    guerra del uno contra el otro, sino que en diferentes
    épocas el ser humano se halla en estado de continua
    enemistad , en la situación y postura de los gladiadores
    ,con las armas asestadas y
    los ojos fijos uno en otro. Por ende en esta guerra nada puede
    ser injusto. Las nociones de derecho e ilegalidad ,justicia e
    injusticia están fuera de lugar .Donde no hay poder
    común, la ley no existe .
    Donde no hay ley, no hay
    justicia.

    En esta condición en que el hombre se
    encuentra por obra de la simple naturaleza, en una guerra de
    todos contra todos, el puede tener la posibilidad de superar ese
    estado, en parte por sus pasiones y también por su
    razón.

    Las pasiones que inclinan a los hombres a la paz son el
    temor a la muerte , el
    deseo de las cosas que son necesarias para una vida confortable ,
    y la esperanza de obtenerlas por medio del trabajo. En otras
    palabras , la pasión inclina a los hombres a desear y
    conseguir los bienes y
    privilegios del prójimo. Esto sería entonces la
    necesidad del hombre , pues su naturaleza es estar en guerra los
    unos con los otros. Mientras tanto y por otro lado la
    razón los hace pensar que sin seguridad y
    duración, los bienes y
    privilegios deseados no tienen sentido porque no se pueden
    disfrutar. La razón entonces sugiere normas adecuadas
    de paz , a las cuales pueden llegar los hombres por mutuo
    consenso. Estas normas son las
    que Hobbes llama Leyes de la
    naturaleza, las cuales servirán para que el hombre
    salga de ese estado de guerra.

    Hobbes define 19 leyes de
    naturaleza sin embargo existen dos fundamentales de las cuales se
    derivan las restantes. La primera de ellas se refiere a que cada
    hombre debe esforzarse por la paz , mientras que tiene la
    esperanza de lograrla , y cuando no puede obtenerla, debe buscar
    y utilizar todas las ayudas y ventajas de la guerra. Es decir
    buscar la paz y seguirla defendiéndose por todos los
    medios
    posibles.

    La segunda ley dice que el
    hombre debe acceder ( si los demás consienten
    también y mientras se considere necesario para la paz y
    defensa de sí mismo ) a renunciar este derecho de todas
    las cosas y a satisfacerse con la misma libertad
    ,frente a los demás con respecto a él mismo. Es
    como la ley del evangelio: " no hagáis a los demás
    , lo que no queráis que os hagan a vosotros".

    De la segunda ley de naturaleza según la cual los
    hombres están obligados a transferir a otros los derechos que perturban la
    paz, se deduce una tercera ley que se refiere a que los hombres
    cumplan los pactos que han celebrado. Entonces mientras las
    pasiones enfrentan a los hombres , la razón los hace
    pactar .

    Ahora bien cuando los pactos se respetan y se llevan a
    cabo hay justicia, que
    quiere decir que existe una voluntad constante de dar a cada uno
    lo suyo. Todos los hombres tienen derecho a todas las cosas y por
    ende son iguales ante la ley. Esta inclinación de pactar
    lleva a los individuos a convenir un contrato, que
    implica la renuncia de todos sus derechos que poseían
    en el estado de
    naturaleza para otorgárselo a un soberano que a cambio les
    garantizará el orden y la seguridad .Con el
    contrato se
    renuncia a la libertad y a
    cualquier derecho que pudiera poner en peligro la paz.

    El ser humano requiere de algo mas que pactar , que haga
    su convenio constante y obligatorio ; y ese algo es un poder
    común que los mantenga a raya y dirija sus acciones hacia
    el beneficio colectivo. Los pactos no descansan en la espada, no
    son más que palabras, sin fuerza para
    proteger al hombre de algún modo. Por consiguiente , a
    pesar de la leyes de la
    naturaleza, si no se ha instituido un poder , cada uno
    fiará en su propia fuerza para
    protegerse contra los demás hombres.

    El único camino para erigir semejante poder
    común, capaz de defenderlos contra la invasión de
    los extranjeros y contra las injurias ajenas,
    asegurándoles que por su propia actividad y por los frutos
    de la tierra
    puedan nutrirse a sí mismos y vivir satisfechos , es
    conferir todo su y fortaleza a un hombre o una asamblea de
    hombres.

    Esto es algo más que consentimiento o concordia ;
    es una unidad real de todo ello en una persona,
    instituida por pacto de cada hombre con los demás ,en
    forma tal como si cada un dijera a todos: autorizo y transfiere a
    este hombre o asamblea de hombres mi derecho de gobernarme a mi
    mismo , con la condición de que vosotros
    transferiréis a e vuestro derecho , y autorizaréis
    todos sus actos de la misma manera. Hecho esto, la multitud unida
    en una persona se
    denomina estado y el titular de esta persona se
    denomina soberano.

    Esta es la generación de el Leviatán , o
    más bien de aquel dios mortal ,el cual debemos, bajo el
    dios inmortal, nuestra paz y nuestra defensa. Y fundando el estado solo
    es posible la sociedad civil..
    Es decir, la
    organización de todos los súbditos sometidos al
    poder del estado , se convierte en el polo opuesto de la
    guerra.

    La idea de ese estado todopoderoso en la tierra, ese
    dios mortal que atemorizara a todos los ciudadanos es el
    Leviatán, el monstruo bíblico que se convierte en
    la gran solución que el hombre creo para su
    conservación. Bajo la soberanía de estado se garantiza paz ,
    porque sin estado no hay sociedad entre
    los hombres, sino un mero estado natural de desconfianza y terror
    mutuo.

    De esta forma el signo de esta soberanía absoluta es el poder dar y
    quebrantar la ley. El soberano es el verdadero fijador de la
    justicia y de la moral, ya
    que lo justo y lo bueno , pasan a definirse como lo coincidente
    con la voluntad del soberano. El soberano es el único
    poder
    legislativo y el estado la
    única fuente del derecho. Incluso en los asuntos de
    índole espiritual o religiosa es el soberano quien tiene
    la máxima autoridad.

    La diferencia de gobiernos consiste en la diferencia del
    soberano o de la persona representativa de todos y cada uno de la
    multitud. El representante deber ser por necesidad o una persona
    o varias. Cuando el representante es un hombre, entonces el
    gobierno es una
    monarquía ; cuando lo es unas asamblea de
    todos cuantos quieren concurrir en ella tenemos una democracia o
    gobierno popular
    ; cuando la asamblea es de una parte solamente , entonces ese
    denomina aristocracia.

    En todo caso el soberano debe:

    Procurar a sus súbditos todo aquello para lo cual
    ha sido instituido : la seguridad.

    Preservar la salud del pueblo, la
    conservación de la vida contra todos los peligros y el
    goce de las satisfacciones legítimas de esta
    vida.

    Velar porque los hombres que se han unido
    voluntariamente en sociedad política vivan
    felices.

    Asegura a los súbditos una inocente libertad .
    Inocente , en cuanto no se pueda perjudicar la paz y la libertad
    : la ley es el regulador .

    Que las leyes no se hagan para perturbar la existencia
    de los hombres sino para dirigirlos , para preservarlos contra
    ellos mismos y contra los demás a fin de que reine la
    paz.

    Debe garantizar a sus súbditos la igualdad ante
    la ley y ante cargos públicos.

    Debe garantizar la igualdad en la
    instrucción y la educación que los
    formen las doctrinas verdaderas.

    El soberano debe luchar contra la ociosidad ,debe
    proporcionar trabajo a todos.

    Debe poner a cargo del estado , de la asistencia
    pública, a los que son incapaces de trabajar ( en lugar de
    abandonarlos a los azares de la caridad privada) .

    Conceder a los súbditos las propiedad
    privadas suficientes y velar por la equidad de la distribución .Evitar de esta forma
    monopolios, acumulación de riquezas de particulares ,
    explotación, etc.

    De esta manera observamos al monstruo Leviatán de
    una manera tan inesperada , como lógica,
    liberal, bienhechor , previsor y humano.

     

    John
    Locke

    Nació en Wrington –condado de Somerset,
    cerca de Bristol- en 1632 en el seno de una familia puritana.
    Fue educado duramente catorce años en su propio
    círculo familiar –un pequeño remanso de paz
    en un país ingobernable, que no tardaría en caer en
    la guerra civil.

    1652: se trasladó en Oxford donde
    permaneció durante treinta años, allí
    encontró una atmósfera más
    afín a su precoz inteligencia.
    John Owen, el puritano que era deán de la iglesia de
    Cristo y vicecanciller de la universidad, fue
    nombrado tutor de Locke en la casa.

    Entre 1660 y 1667: Fueron redactados sus primeros
    escritos de importancia.

    1665: se trasladó a Cleves con el embajador
    inglés
    Sir Walter Vane para tratar de obtener la alianza o la
    neutralidad del elector en Brandemburgo en la guerra con
    Holanda.

    1666: Vuelve a su patria.

    1668: fue elegido miembro de la célebre Sociedad Real de
    Londres para el progreso de las ciencias, y
    formó parte, después, del Consejo
    Directivo.

    1673: apareció como figura pública, al ser
    nombrado Secretario del Consejo de Comercio y
    plantaciones.

    Se deteriora su salud y busca el buen
    clima de
    Francia.

    1679: vuelve a Londres y reside nuevamente en
    Oxford.

    1691: Se retira al pueblo de Oates, en las afueras de
    Londres. Iba a la ciudad debido a sus obligaciones
    como delegado en el Tribunal de Comercio.

    Cuando acabó el siglo, ya achacoso, pero aun
    pujante Locke se preparó para la muerte. No
    sea afligió al conocer que Oxford había condenado
    su Ensayo.

    1704: ocupado en responder críticas contra sus
    opiniones sobre la tolerancia le
    sobreviene la muerte el 28
    de octubre.

    Es considerado el principal teórico de
    liberalismo.
    Su insistencia en respetar determinadas parcelas individuales
    harán de él un preludio claro de la mentalidad
    burguesa y antiestatista, aunque sus apreciaciones acerca del
    trabajo también son fundamento de cualquier
    teorización socialista".

    John Locke define el estado de la naturaleza como un
    estado de "paz, benevolencia y ayuda mutua".

    Consideraba que en el estado de la naturaleza los
    hombres debieron gozar de perfecta libertad para ordenar sus
    actos y para disponer de sus propiedades y sus personas como
    mejor les parecía, dentro de los límites de
    la Ley Natural, sin necesidad de pedir permiso y sin depender de
    la voluntad de otra persona"·

    El fundamental derecho a la libertad que se deduce de
    las intenciones del Creador y de la necesidad de auto
    conservación, no conoce otro límite que la Ley
    Natural. Esta ley gobierna el estado de la naturaleza y que debe
    ser entendida como manifestación de la voluntad de Dios,
    enseña que nadie debe dañar a otro en su vida,
    salud y libertad.
    Así, todos los hombres están dotados de la
    razón y la libertad suficiente para conocer un orden del
    mundo que los lleva a cooperar con la preservación de sus
    derechos.

    Para Locke mediante la razón el hombre conoce la
    Ley Natural y por ello le asiste el derecho de imponer a los
    demás su cumplimiento. Tiene el derecho a castigar a los
    transgresores de esa ley con un castigo que impida su
    violación".

    Advierte que en el estado de la naturaleza "un hombre
    consigue poder sobre oro más no poder arbitrario o
    absoluto para tratar al criminal (…) siguiendo la apasionada
    fogosidad o la extravagancia ilimitada de su propia
    voluntad".

    Locke considera que esta pena debe ser proporcionada a
    su trasgresión, según dictamine la razón y
    la conciencia, es
    decir, una pena que sirva para reparar el daño y para la
    represión. (8)

    Hace la salvedad que el hombre cuando interpreta la ley
    para asuntos propios se convierte en juez y parte "el amor propio
    hará que esos hombres juzguen con parcialidad en favor de
    sí mismos y sus amigos. Por otro lado la malquerencia, la
    pasión y la venganza los arrastrará demasiado lejos
    al castigo que infligen a los demás, no pudiendo resultar
    de todo ello confusión y desorden, por lo que, sin duda
    alguna, Dios debió fijar un poder que evitase la
    parcialidad y la violencia de
    los hombres".

    A partir de aquí se empeña en marcar
    diferencias entre el estado de la naturaleza y el estado de
    guerra, aunque para muchos estudiosos, no logra este objetivo.

    Al parecer es inevitable que el estado de la
    naturaleza se convierta en un estado destructivo, pues al violar
    la Ley Natural no existen mecanismos para reestablecer el orden.
    Locke reconoce que los hombres violan la Ley Natural, ya que "no
    observan estrictamente los mandatos de la equidad y la justicia,
    resulta muy inseguro y mal salvaguardado el disfrute de los
    bienes que
    cada cual posee en ese estado" (123).

    De lo anterior se desprende la necesidad del hombre de
    establecerse en sociedad. La condición natural en que se
    encuentra el hombre "por muy libre que sea está plagada de
    sobresaltos y de continuos peligros. Tienen razones suficientes
    para procurar salir de la misma y entrar voluntariamente en
    sociedad con otros hombres que se encuentran ya unidos, o que
    tiene el propósito de unirse para la mutua salvaguardia de
    sus vidas, libertades, y tierras, a todos lo cual incluyo dentro
    del nombre genérico de bienes o propiedades".
    (123).

    Locke destaca que la finalidad de la sociedad civil es
    evitar y remediar los inconvenientes del estado de naturaleza que
    se producen forzosamente cuando cada hombre es juez de su propio
    caso".

    Solo cuando un grupo de
    hombres se une en sociedad renunciando cada uno de ellos, al
    poder de ejecutar la ley natural, cediéndola a la comunidad,
    sólo así se constituye una sociedad política o
    civil"

    Este grupo de
    hombres debe vivir en estado de naturaleza y deben asociarse para
    formar un pueblo, un cuerpo político sometido a un
    gobierno, o
    cuando alguien se adhiere o se incorpora a cualquier gobierno ya
    constituido.

    "Por ese hecho autoriza a la sociedad o, lo que es lo
    mismo, a su poder
    legislativo para hacer las leyes en su nombre según
    convenga al bien público de la sociedad y para ejecutarlas
    siempre que se requiera su propia asistencia (como sí se
    tratase de opiniones propias suyas). Eso es lo que saca a los
    hombres de un estado de naturaleza y los coloca dentro de una
    sociedad
    civil, es decir, el hecho de establecer en este mundo un juez
    con autoridad para
    decidir todas las disputas y reparar todos los daños que
    pueda sufrir un miembro cualquiera de la misma"
    (89).

    En conclusión aquellas personas que viven unidas,
    formando un mismo cuerpo, regidas por una ley común
    sancionada y de un organismo judicial al que recurrir, con
    autoridad para decidir las disputas entre ellos y castigar a los
    culpables, viven en sociedad civil los unos con los otros. Los
    hombres que carezcan de alguien a quien apelar siguen viviendo en
    el estado de naturaleza y a falta de un juez se convierten en
    jueces y ejecutores por sí mismos, ya que se ha demostrado
    que es ése es el estado perfecto de Naturaleza.

    Para la formación de estas leyes que deben regir
    a la sociedad, Locke sostiene la teoría
    de la división de poderes: tres poderes que ejerzan el
    poder soberano. El poder
    legislativo, es aquel que tiene el derecho de señalar
    como debe emplearse la fuerza de la
    comunidad
    política y de los miembros de la misma. Destaca la
    necesidad que existan los poderes ejecutivo y federativo para que
    cuide la aplicación constante de las leyes.

    "Estos dos poderes son en sí mismos realmente
    distintos; sin embargo, a pesar de que uno de ellos abarca la
    ejecución de las leyes comunales de la sociedad en el
    interior de la misma y a todos cuando la integran y el otro tiene
    a su cargo la seguridad y los intereses de la población en el exterior, con respecto a
    quienes pueden serles útiles o perjudicarle, ocurre que
    casi siempre suelen encontrarse unidos". (147)

    Locke se inclina por la tesis de la
    rigurosa subordinación de los poderes al poder
    legislativo, y este último delegado a la voluntad popular,
    la cual conserva su derecho permanente de control sobre su
    efectivo ejercicio del poder, a fin de tutelar la propia libertad
    contra eventuales excesos ilegales.

    Frente a un posible abuso constitucional Locke da al
    pueblo una especie de derecho a la revolución. Dicho derecho se ejerce en
    casos extremos, cuando sea imposible por otro medio reestablecer
    el orden normal de las cosas.

    Si el propósito de principal de la sociedad civil
    es el resguardo de la propiedad, el
    organismo que lo ejecute

    Constituirá el organismo más importante de
    la sociedad. Ese es el poder legislativo. Locke lo considera el
    2alma que da forma, vida y unidad a la comunidad
    política y lo llama "poder supremo", aunque tiene
    restricciones. No puede modificar las leyes para aplicarlas a
    casos concretos y sus normas solas
    perseguirán el bien de la comunidad, es decir, no puede
    violar los derechos naturales "la ley natural subsiste como norma
    eterna de todos los hombres sin exceptuar a los
    legisladores".

    Locke justifica que le hombre entre a la sociedad civil
    "movidos por el impulso de salvaguardar lo que constituye su
    propiedad" al
    fijar un poder legislativo y delegarle sus derechos lo hace con
    la finalidad "que existan leyes y reglas fijas que vengan a ser
    como guardianes y vallas de las propiedades de toda la sociedad
    (…) De ahí , pues, que siempre que los legisladores
    intentan arrebatar o suprimir la propiedad del pueblo , o reducir
    a los miembros de este a la esclavitud de un
    poder arbitrario, se coloca en estado de guerra con el pueblo
    (…) Este pueblo tiene derecho a readquirir su libertad
    primitiva y mediante el establecimiento de un nuevo poder
    legislativo (el que crea más conveniente) proveer a su
    propia salvaguardia y seguridad, es decir, a la finalidad para
    cuya consecución están en sociedad ".

    La propiedad privada y su defensa son excluidos del
    contenido del pacto de gobierno, ya que son un derecho
    natural y éstos son innegociables. La propiedad es el
    primer bien que el estado debe proteger.

    "Tenemos, pues, la que la finalidad máxima y
    principal que buscan los hombres al reunirse en Estados o
    Comunidades, sometiéndose a un gobierno, es la de
    salvaguardar sus bienes; esa salvaguardia es muy incompleta en el
    estado de la naturaleza". (124)

    Asegura que es necesario la creación de leyes
    para la defensa de la propiedad privada, aunque advierte que en
    el estado de la naturaleza estas leyes son muy claras, pero "los
    hombres llevados por su propio interés, o
    ignorantes por falta de estudio de la misma" no reconocen estas
    leyes cuando están en juego sus
    propios intereses.

    Para Locke el hombre al renunciar al poder
    político que posee en el estado de la naturaleza y
    entregárselo a la sociedad (a los gobernantes que han
    elegidos) o lo hacen con la misión
    "…expresa o tácita de emplearlo para el bien de los
    miembros de la sociedad y la salvaguardia de sus propiedades
    (…) No puede, pues, en manera alguna y de un modo absoluto y
    arbitrario, extenderse ese poder a sus vidas y a sus propiedades
    que, por el contrario, deben defenderse y guardarse hasta donde
    sea posible".

    La defensa de la propiedad privada como un derecho
    natural que el estado Constitucional debe proteger Locke la
    relaciona directamente con el trabajo, ya
    que mediante este el hombre saca las cosas del estado de la
    naturaleza y las hace instrumentos para satisfacer la necesidad
    humana. La propiedad es la institución fundamental del
    estado de naturaleza.

    Explica que cada hombre tiene por Ley Natural propiedad
    sobre su cuerpo y por ende de las obras que con este realiza "por
    eso, siempre que alguien saca una cosa del estado en que la
    naturaleza la produjo y la dejó, ha puesto en esa cosa
    algo de su esfuerzo (…) y por ello la ha convertido en algo
    suyo".

    Y como este cita muchos ejemplos como el agua de un
    manantial que es de todos los hombres, pero quien dudaría
    que la recogida en un recipiente pertenece al que lo
    llenó.

    De esta manera el trabajo
    pasa a ser fuente del derecho de propiedad, que no sólo
    abarca los bienes de consumo sino
    los medios de
    producción, como la tierra,
    siempre y cuando sea trabajada por el hombre.

    "La extensión de tierra que un
    hombre trabaja, planta, mejora, cultiva y cuyos productos son
    capaces de utilizar, constituye la medida de su
    propiedad".

    Señala la salvedad que el hombre tiene derecho
    natural de poseer sólo que necesita, quien se
    adueña de bienes perecederos y nos los utiliza viola la
    Ley Natural, aunque admite la posibilidad de cambiar estos bienes
    por otros que puedan conservarse como metales.

    Para salvaguardar aun más la propiedad los
    hombres aceptan la sociedad civil, renuncia a su propia defensa.
    Al consentir formar parte de una sociedad civil, puede ser
    tácito, participan en un convenio que origina la sociedad,
    haciendo dejación en ellas de las facultades que
    tenían en el estado de la naturaleza. A partir de
    allí la sociedad se encargará de protegerlo a
    través de leyes que debe dictar y que considere necesarias
    para el bien de la sociedad y castigando a quienes la
    infrinjan.

    La transmisión tanto de funciones como
    derechos a la sociedad se caracteriza por la condicionalidad y la
    limitación.

    El hombre entrega los derechos individuales esperando
    obtener beneficios, la sociedad recibe estos derechos y a su vez
    los entrega al gobierno, que se convierte en fideicomisario de la
    sociedad, de forma análoga a como ésta lo es del
    sujeto. Comienza así una relación de confianza con
    el gobierno, esperando que este persiga el bien de la comunidad.
    Vulnerar el convenio permite revocar el mandato.

    Locke diferencia muy bien la autoridad de un padre sobre
    un hijo, de un amo sobre el esclavo, pero la obligación
    del súbdito de obedecer al soberano nace del contrato y
    así lo reconoce.

    La única manera de permitir la
    legitimación es a través del consenso de aquellos
    sobre los que el poder se ejerce, en el origen de la sociedad
    civil debió existir el pacto –expreso o
    tácito-entre quienes fue acordado.

    "Cierto que el individuo traspasa en el contrato de
    sociedad sus derechos al soberano, pero no para que los anule,
    sino para que los defienda o proteja. Si el particular se
    protegiera contra los ataques de sus conciudadanos, pero no
    contra el capricho del soberano, se parecería al tonto que
    se defiende de zorras y martas, pero se deja atacar por el
    león". (Manual de
    Historia de la
    Filosofía de Johann Fischl).

    El postulado de la libertad natural lleva a Locke a
    ver toda libertad aparente en real y lo conduce a una hipótesis del intercambio no forzado que
    explica los fenómenos sociales como una conjunción
    de pactos explícitos e implícitos. Sostiene el
    principio "que ningún hombre se someta a la voluntad de
    otro sin su consentimiento", y que "allí donde hay pacto
    ya no hay esclavitud".

    Locke se opone firmemente a los los argumentos del
    poder absoluto, pero para algunos de sus estudiosos pierde
    capacidad de penetración social y termina por sacrificar
    al altar del libre intercambio las dudas de que hasta que punto
    pueden considerarse libres y voluntarios los pactos realizados en
    situación de desequilibrio de poder y
    propiedad.

    Advierte que mientras la sociedad exista el poder que
    cada individuo le entregó al entrar a formar parte de esta
    no puede ser revestido "sino que permanecerá siempre en la
    comunidad, porque sin eso no podría existir comunidad
    política, lo cual sería contrario al convenio
    primitivo". Asimismo cuando la sociedad ha colocado en una
    asamblea de hombres el poder de legislar, el poder legislativo no
    puede revestir al pueblo mientras subsista el gobierno "porque
    habiendo dado al poder legislativo faculta para subsistir
    indefinidamente, el pueblo ha renunciado al poder político
    y no puede volver a recobrarlo", al contrario si le dio
    existencia limitada al legislativo o este pierde poder por las
    faltas que comete o simplemente se cumple el lapso
    señalado "el poder legislativo revierte a la sociedad, y
    el pueblo tiene el derecho de actuar como soberano, de conservar
    para sí mismo el poder legislativo, darle otra forma, o de
    colocarlo, conservando la antigua, en otras manos. Según
    lo juzgue más conmveninete".

     

    Jean Jacques
    Rousseau

    Jean Jacques Rousseau
    nació en Ginebra, Suiza, el 28 de junio de 1712. En
    Ginebra estudió geometría
    y comenzó a escribir comedias y sermones que no mostraba a
    nadie.
    Su familia
    había elegido para él la profesión de
    procurador. Le consiguieron colocación en el despacho de
    un canciller que lo despidió por inepto al paso de unos
    meses. Después fue aprendiz de un grabador, pero tampoco
    destacó en ese oficio. A los 16 años decidió
    irse de Ginebra y al llegar a Saboya se presentó ante el
    párroco del lugar quien lo invitó a abrazar la fe
    católica. Fue este religioso quien lo puso bajo la
    protección de Luise Eleonore Warrens, joven y agraciada
    viuda que impresionó al muchacho desde su primer
    encuentro.
    Trabajó como profesor de música, copista de
    partituras y compositor de ópera; también
    escribió artículos de música, y en 1750
    obtuvo el primer premio de la Academia de Dijon con el ensayo
    Discours sur les sciences et les arts.
    Dos años después, su ópera El adivino de la
    Aldea fue presentada ante la corte en Fontainebleau y la comedia
    Narcisse en el Teatro
    Francés. Después vinieron otros ensayos y La
    nueva Eloisa.

    En 1762, la publicación de El Contrato Social
    fue causa de su expulsión de Francia y se
    refugió en Neuchatel. Los planteamientos que hacía
    Jean-Jacques Rousseau en
    esta obra eran la semilla de la Revolución
    Francesa. Hablaba de la soberanía de la voluntad del pueblo, de los
    soberanos como mandatarios del pueblo, y de la República
    como forma perfecta de gobierno.
    Las dos últimas obras elevaron a Jean-Jacques Rousseau al
    rango de director de conciencias de todos los que vivieron en
    aquella época, y era solicitado para consultas aun por
    quienes no comulgaban con sus ideas.
    Tiempo
    después, a causa de algunas diferencias con pastores
    suizos, salió de Neuchatel y se estableció en
    Berna, luego en Inglaterra y más tarde en Wothon, donde
    tuvo tiempo de
    escribir sus Confesiones antes de emprender el camino de nuevo
    para ir a Lyon, Grenoble, Chambery y Bourgoin.

    Para entonces Rousseau había desarrollado un
    extraño temor que lo hacía sentirse siempre
    perseguido y en peligro. En estas condiciones escribió Les
    dialogues, Rousseau juge de Jean-Jacques, que no eran sino un
    conjunto de divagaciones comentadas entre él y un supuesto
    francés.

    Luego inició la composición de su
    último libro Las
    meditaciones del paseante solitario, pero ya cansado y enfermo
    empezó a buscar asilo que encontró gracias a la
    caridad del marqués Girardin. Jean-Jacques Rousseau
    víctima de la apoplejía, el 2 de julio de
    1778.

    Una tercia resume los tres momentos del esquema de
    pensamiento de
    Rousseau. Son estado de naturaleza – sociedad civil –
    república. Es una ampliación del planteamiento
    dicotómico estructural del contractualismo, en el caso de
    Hobbes, estado de naturaleza – sociedad civil. Rousseau
    crítica es estado de naturaleza de Hobbes al
    señalar que "al ser el estado de naturaleza aquel en el
    cual el cuidado de nuestra conservación es el menos
    perjudicial para la del otro, este estado era en consecuencia el
    más adecuado para la paz y el más conveniente para
    el género
    humano (Rousseau 1989, 148). Roussseau también está
    en desacuerdo con el supuesto carácter
    violento del hombre en estado de naturaleza que atribuye Hobbes.
    Considera Rousseau que "Hobbes pretende que el hombre es
    naturalmente intrépido y no busca otra cosa que atacar y
    combatir" (Rousseau 1989, 124). Rousseau plantea que el hombre en
    estado de naturaleza es tímido. Y concluye el autor que
    "parece, así, que los hombres en tal estado, al no existir
    entre ellos ninguna clase de relación moral ni
    deberes comunes, no pudieron ser ni buenos ni malos, no tuvieron
    ni vicios ni virtudes" (Rousseau 1989, 146).

    Para Rousseau la ley o derecho de naturaleza no es una
    imposición, no es una cuestión dada. Señala
    que "todo lo que nosotros podemos ver con gran claridad respecto
    a esta ley es que, no sólo para que sea ley es preciso que
    la voluntad de aquel a quien obliga pueda someterse con conocimiento
    de ella, sino que es preciso también, para que sea
    natural, que hable de modo inmediato de la voz de la naturaleza"
    (Rousseau 1989, 114).

    Rousseau precisa que por naturaleza el hombre, que no ha
    sido alcanzado por la civilización, es bueno y sociable.
    Rousseau defiende ardorosamente la sociabilidad y voluntad
    general, que es la que tiene que decidir la actuación.
    Expresa el autor que "del concurso y de la combinación que
    nuestro espíritu puede hacer de estos dos principios (luces
    y libertad), sin que sea necesario incluir el de la sociabilidad,
    me parece que se deducen todas las reglas del derecho natural;
    reglas que la razón está forzada luego restablecer
    sobre otros fundamentos cuando, a través de desarrollos
    progresivos, llega hasta recubrir la naturaleza" (Rousseau 1989,
    115).

    Según el autor la máxima del gobierno
    legítimo y popular que persigue el bien del pueblo es
    guiarse por la voluntad general. "el cuerpo político es
    también un ser moral dotado
    de voluntad. Esa voluntad general, tendente siempre a la
    conservación y bienestar del todo y de cada parte, es el
    origen de las leyes y la regla de lo justo y de lo injusto para
    todos los miembros del estado, en relación con éste
    y con aquéllos" (Rousseau 1985, 9). Rousseau señala
    que es la necesidad de proteger la propiedad lo que da nacimiento
    a la sociedad. Advierte Rousseau que "como para querer hace falta
    ser libre, otra dificultad no menor consiste en asegurar a la vez
    la libertad pública y la autoridad del gobierno. Buscad
    los motivos que llevaron a los hombres, unidos por sus mutuas
    necesidades en la gran sociedad, a estrechar su unión
    mediante sociedades
    civiles: no encontraréis otro que el de asegurar los
    bienes, la vida y la libertad de cada miembro mediante la
    protección de todos" (Rousseau 1985, 13).

    Rousseau plantea la necesidad de regresar a las
    pequeñas agrupaciones sociales, es decir, reivindica el
    regreso a la Ciudad-Estado. Consideraba que el pueblo soberano no
    puede estar representado, que no puede delegar su autoridad ni
    sus derechos a gobernarse. El pueblo debe gobernar por sí
    mismo y directamente y, como supone que tal cosa sólo
    puede lograrse en una sociedad lo bastante pequeña para
    que todo el pueblo pueda concurrir a la Asamblea, vuelve otra vez
    a la Ciudad-Estado como la única forma en que los
    términos del contrato social
    pueden ser cumplidos cabalmente. Y agrega Rousseau que "no basta
    con tener ciudadanos y con protegerlos; es preciso además
    cuidar de su subsistencia. Satisfacer las necesidades
    públicas es una consecuencia evidente de la voluntad
    general y el tercer debate
    esencial del gobierno" (Rousseau 1985, 34).

    Rousseau estableció que la voluntad popular es el
    único fundamento de la organización política. Es defensor
    de la soberanía popular que considera debe ser expresada
    en Asambleas y niega la representación popular a la que
    considera ha de llevar fatalmente al dominio de la
    mayoría por los representantes populares. Según el
    autor las distintas formas de
    gobierno tienen su origen en las diferencias que se presentan
    entre los particulares en el momento de constituir el gobierno.
    "Si existía un hombre eminente en poder, en virtud, en
    riqueza o en crédito, en ese caso fue elegido él
    solo magistrado y el Estado se convirtió en
    monárquico. Si muchos, más o menos iguales entre
    sí, destacaban sobre los demás, entonces fueron
    elegidos de modo conjunto y surgió una aristocracia.
    Aquellos cuya fortuna o talentos eran menos desproporcionados y
    habían alejado menos del estado de naturaleza, conservaron
    en común la
    administración suprema y formaron una democracia. El
    tiempo verificará cuál de estas formas era la
    más ventajosa para los hombres" (Rousseau 1989,
    193).

    El concepto de
    sociedad civil en Rousseau indica además de la
    condición política de los hombres asociados, el
    carácter progresivo y civilizado del vivir
    social moderno, contrapuesto a la sencillez del modo de vida
    natural de los salvajes. Para Rousseau la historia de la
    civilización precede y pone a la cabeza la
    institución de los estados. La sociedad civil de Rousseau
    resume primero lo económico y lo técnico y
    finalmente político. Por eso el tercer momento del esquema
    del autor es la república.

    Para Rousseau el contrato es un órgano del
    pueblo, y está, por ende, desprovisto de poder
    independiente. El acto imaginario que da origen a una sociedad no
    es ni siquiera remotamente semejante a un contrato, ya que los
    derechos y libertades de los individuos carecen en absoluto de
    existencia excepto en la medida en que los hombres son ya
    miembros de un grupo. Toda el
    pensamiento de
    Rousseau se basa en el hecho de que una comunidad de ciudadanos
    es única. Es una asociación, no un agregado, una
    personalidad
    moral y
    colectiva.

    El orden social, según Rousseau, es un derecho
    sagrado que sirve de base a todos los demás. Precisa que
    se trata de encontrar una forma de asociación que de
    protección a las personas y a los bienes de cada asociado,
    y por la cual, uniéndose cada uno a todos, no obedezca
    más que a sí mismo y quede tan libre como
    antes.

    Para el autor la sociedad deviene debido a la necesidad
    de proteger la propiedad. Pero también porque al
    convertirse en miembros de la sociedad, los hombres ganan
    individualmente más de lo que ganarían
    permaneciendo aislados. En este caso, la sociedad sustituye al
    instinto por la justicia y da a las acciones de
    los hombres la moralidad de que antes carecían. Precisa
    "en lugar de volver nuestras fuerzas contra nosotros mismos,
    unámoslas en un poder supremo que nos gobierne
    según sabias leyes, que proteja y defienda a todos los
    miembros de la asociación, rechace los enemigos comunes y
    nos mantenga en eterna concordia" (Rousseau 1989,
    180).

    La voluntad general representa un hecho único
    respecto a una comunidad. Esto es que la comunidad tiene un bien
    colectivo que no es lo mismo que los intereses privados de sus
    miembros. En cierto sentido, vive su propia vida, realiza su
    propio destino y sufre su propia suerte. Para Rousseau que el
    estado o la ciudad es una persona moral cuya vida consiste en la
    unión de sus miembros. Es en la comunidad donde los
    hombres obtienen la libertad civil, que es un derecho moral y no
    meramente la libertad natural.

    Así como la naturaleza da a cada hombre un poder
    absoluto sobre todos sus miembros, el pacto social da al cuerpo
    político un poder absoluto sobre todos los suyos.
    Señala Rousseau que cuando cada individuo enajena su
    poder, sus bienes y su libertad por el pacto social hay que
    convenir también que sólo el soberano es juez en
    cuanto al uso que da la comunidad, pero el soberano, por su
    parte, no puede imponer a los súbditos ninguna cadena
    inútil para la comunidad.

     

    CONCLUSIÓN

    Hobbes, Locke y Rousseau

    Los contractualistas vuelven a considerar la
    relación del hombre con el Estado, no partiendo del Estado
    como hecho consumado, como institución establecida, sino
    del hombre como individualidad libre, el hombre en su estado
    natural. El pensamiento de Hobbes plantea la dicotomía
    estado de naturaleza – sociedad civil. Para Rousseau se trata de
    la tercia estado de naturaleza – sociedad civil –
    república. Esta tercia puede ser considerada, de la misma
    manera que la tercia de Locke estado de naturaleza – estado
    de guerra – sociedad civil, como una complicación
    del esquema dicotómico básico del modelo
    contractualista.

    Hobbes y Locke arrancan desde el estado de naturaleza
    para explicar al hombre. Pero en Hobbes el estado de naturaleza
    es de guerra permanente. Para Locke es de perfecta libertad y de
    igualdad.
    Señala Hobbes que "es manifiesto que durante el tiempo en
    que los hombres viven sin un poder común que los atemorice
    a todos, se hallan en la condición o estado que se
    denomina guerra; una guerra tal que es la de todos contra todos"
    (Hobbes 1992, 102). Agrega Hobbes que en el estado de naturaleza
    "la condición del hombre es una condición de guerra
    de todos contra todos, en la cual cada uno está gobernado
    por su propia razón, no existiendo nada, de lo que pueda
    hacer uso, que no le sirva de instrumento para proteger su vida
    contra sus enemigos" (Hobbes 1992, 106). Considera Locke, por su
    parte, que el estado de naturaleza es "un estado de perfecta
    libertad para que cada uno ordene sus acciones y
    disponga de posesiones y personas como juzgue oportuno, dentro de
    los límites de
    la ley de naturaleza, sin pedir permiso ni depender de la
    voluntad de ningún otro hombre. (…) Es también un
    estado de igualdad, en el que todo poder y jurisdicción
    son recíprocos, y donde nadie los disfruta en mayor medida
    que los demás" (Locke 1998, 36). Rousseau distingue entre
    dos tipos de desigualdad: una natural o física establecida
    por la naturaleza, "y otra que puede denominarse desigualdad
    moral o política, pues depende de una especie de
    convención y está establecida, o cuando menos
    autorizaba, por el consentimiento de los hombres. Esta
    última consiste en los diferentes privilegios de los que
    gozan unos en detrimento de los otros, como el ser más
    rico, más honrados, más poderosos que ellos o,
    incluso, hacerse obedecer" (Rousseau 1989, 118). Añade
    Locke que "la libertad natural del hombre consiste en estar libre
    del cualquier poder superior sobre la tierra, y
    no hallarse sometido a la voluntad o la autoridad legislativa de
    hombre alguno, sino adoptar como norma, exclusivamente, la ley de
    naturaleza." (Locke 1998, 52). Hobbes no habla de ausencia de un
    poder superior en su concepto de
    libertad pero sí de la ausencia de impedimentos externos.
    En todo caso el hombre libre es el que no está sometido o
    limitado en su poder. Para Hobbes la libertad es "la ausencia de
    impedimentos externos, impedimentos que con frecuencia reducen
    parte del poder que un hombre tiene de hacer lo que quiere, pero
    no pueden impedirle que use el poder que le resta, de acuerdo con
    lo que su juicio y razón le dicten" (Hobbes 1992, 106).
    Por su parte Rousseau critica a Hobbes al precisar que "al ser el
    estado de naturaleza aquel en el cual el cuidado de nuestra
    conservación es el menos perjudicial para la del otro,
    este estado era en consecuencia el más adecuado para la
    paz y el más conveniente para el género
    humano (Rousseau 1989, 148). Por eso Rousseau se pronuncia
    también en desacuerdo con el supuesto carácter
    violento del hombre en estado de naturaleza. Señala
    Rousseau que "Hobbes pretende que el hombre es naturalmente
    intrépido y no busca otra cosa que atacar y combatir. Un
    filósofo ilustre piensa, por el contrario (…) que nada
    hay más tímido que el hombre en estado de
    naturaleza y está siempre templando y dispuesto a huir al
    menor ruido que
    oiga, el menor movimiento que
    perciba" (Rousseau 1989, 124). Continúa Rousseau
    expresando en tal sentido que "parece, así, que los
    hombres en tal estado, al no existir entre ellos ninguna clase de
    relación moral ni deberes comunes, no pudieron ser ni
    buenos ni malos, no tuvieron ni vicios ni virtudes" (Rousseau
    1989, 146).

    Coinciden Hobbes y Locke en que en el estado de
    naturaleza priva el derecho o la ley de naturaleza que se
    fundamenta en la razón. Hobbes estima que el derecho de
    naturaleza
    "es la libertad que cada hombre tiene de usar su
    propio poder como quiera, para la conservación de su
    propia naturaleza, es decir, de su propia vida; y por
    consiguiente, para hacer todo aquello que su propio juicio y
    razón considere como los medios
    más aptos para lograr ese fin" (Hobbes 1992, 106). Hobbes
    distingue entre la ley de naturaleza "como un precepto o norma
    general, establecida por la razón, en virtud de la cual se
    prohíbe a un hombre hacer lo que puede destruir su vida o
    privarle de los medios de conservarla; o bien, omitir aquello
    mediante lo cual piensa que pueda quedar su vida mejor
    preservada. Aunque quienes se ocupan de estas cuestiones
    acostumbran confundir jus y lex, derecho y ley,
    precisa
    distinguir esos términos, porque el DERECHO
    consiste en la libertad de hacer o de omitir, mientras que la LEY
    determina y obliga a una de esas dos cosas. Así, la ley y
    el derecho difieren tanto como la obligación y la
    libertad, que son incompatibles cuando se refieren a una misma
    materia"
    (Hobbes 1992, 106). Precisa Locke, por su lado, que la ley de
    naturaleza no sólo obliga sino que también
    enseña a los hombres a vivir sin hace daño. Expresa
    Locke que "el estado de naturaleza tiene una ley de naturaleza
    que lo gobierna y que obliga a todos; y la razón, que es
    esa ley, enseña a toda la humanidad que quiera
    consultarla, que siendo todos los hombres iguales e
    independientes, ninguno debe dañar a otro en lo que
    atañe a su vida, salud, libertad o posesiones" (Locke
    1998, 38). En este sentido, Rousseau señala que "todo lo
    que nosotros podemos ver con gran claridad respecto a esta ley es
    que, no sólo para que sea ley es preciso que la voluntad
    de aquel a quien obliga pueda someterse con conocimiento
    de ella, sino que es preciso también, para que sea
    natural, que hable de modo inmediato de la voz de la naturaleza"
    (Rousseau 1989, 114).

    Para Hobbes la razón que fundamenta la ley de
    naturaleza conduce de una vez a la guerra, mientras que esa
    razón para Locke permite a los hombres vivir juntos en el
    estado de naturaleza. Considera Hobbes que la regla primera de la
    ley de naturaleza es buscar la paz pero la segunda es
    "defendernos a nosotros mismos por todos los medios posibles"
    (Hobbes 1992, 107). Se corresponde esta distinción con la
    que pone, de un lado el estado de naturaleza de Hobbes descrito
    como de guerra, y del otro el estado de naturaleza de
    Locke como de perfecta libertad y de igualdad. Guerra y
    poder relaciona Hobbes. Libertad y razón une Locke. Para
    Hobbes existe una "inclinación general de la humanidad
    entera, un perpetuo e incesante afán de poder, que cesa
    solamente con la muerte
    (Hobbes 1992, 79). (…) "La pugna de riquezas, placeres, honores
    u otras formas de poder, inclina a la lucha, a la enemistad y a
    la guerra. Porque el medio que un competidor utiliza para la
    consecución de sus deseos es matar y sojuzgar, suplantar o
    repeler a otro" (Hobbes 1992, 80). Hobbes considera que los
    hombres comparten una sed insaciable de ambición de poder
    y de las riquezas que, al ser escasas, les enfrentan en un
    conflicto que
    conduce a la muerte.
    Advierte que los hombres tienden inevitablemente a la agresividad
    y a la destrucción. En esa guerra no puede existir la
    propiedad. Advierte Hobbes que "en una situación semejante
    no existe oportunidad para la industria, ya
    que su fruto es incierto; por consiguiente no hay cultivo de la
    tierra, ni
    navegación, ni uso de los artículos que pueden ser
    importados por mar, ni construcciones confortables, ni
    instrumentos para mover y remover las cosas que requieren mucha
    fuerza, ni conocimiento
    de la faz de la tierra, ni cómputo del tiempo, ni artes,
    ni letras, ni sociedad; y lo que es peor de todo, existe continuo
    temor y peligro de muerte violenta; y la vida del hombre es
    solitaria, pobre, tosca, embrutecida y breve" (Hobbes 1992, 103).
    Así las cosas, el hombre es para Hobbes un lobo para el
    hombre
    " que no reparará en matar o robar al
    prójimo, a no ser que un poder superior le castigue y
    atemorice hasta obligarle a cambiar su perversa conducta
    natural.

    Locke, por su lado, reitera que el estado de naturaleza
    es "un estado de paz, buena voluntad, asistencia mutua y
    conservación. (…) Propiamente hablando, el estado de
    naturaleza es aquél en el que los hombres viven juntos
    conforme a la razón, sin un poder terrenal, común y
    superior a todos, con autoridad para juzgarlos" (Locke 1998, 48).
    Si bien Locke no define a priori el estado de naturaleza como
    estado de guerra, advierte la posibilidad de existencia de este
    último. Dice Locke que "el estado de guerra es un estado
    de enemistad y destrucción; y, por lo tanto, cuando se
    declara mediante palabras o acciones, no como resultado de un
    impulso apasionado y momentáneo, sino con una premeditada
    y establecida intención contra la vida de otro hombre,
    pone a este en un estado de guerra contra quien ha declarado
    dicha intención" (Locke 1998, 46). Completa Locke que
    siendo la razón el fundamento de la ley de naturaleza "es
    razonable y justo que yo tenga el derecho de destruir a quien
    amenaza con destruirme a mí. En virtud de la ley
    fundamental de naturaleza, un hombre debe conservarse a sí
    mismo hasta donde le resulte posible" (Locke 1998, 46). La ley
    natural, que según Locke, gobierna el estado de
    naturaleza, y que debe ser entendida como manifestación de
    la voluntad de Dios, enseña que nadie debe dañar a
    otros en su vida, salud y libertad. Así, todos los hombres
    están dotados de la razón y la libertad suficiente
    para conocer un orden del mundo que les lleva a cooperar con los
    demás en la preservación de sus derechos. Cuando el
    hombre, mediante la razón, conoce la ley natural, le
    asiste el derecho de imponer a los demás su
    cumplimiento.

    Por su parte Rousseau precisa que por naturaleza el
    hombre, que no ha sido tocado por la civilización, es
    bueno y sociable. Contra el planteamiento de Hobbes de un hombre
    asociado por temor a la maldad de los otros, Rousseau defiende
    ardorosamente la sociabilidad y voluntad general, que es la que
    tiene que decidir la actuación. Precisa Rousseau que "del
    concurso y de la combinación que nuestro espíritu
    puede hacer de estos dos principios (luces
    y libertad), sin que sea necesario incluir el de la sociabilidad,
    me parece que se deducen todas las reglas del derecho natural;
    reglas que la razón está forzada luego restablecer
    sobre otros fundamentos cuando, a través de desarrollos
    progresivos, llega hasta recubrir la naturaleza" (Rousseau 1989,
    115). Completa Rousseau que "Hobbes no ha visto que la misma
    causa que impide a los salvajes usar de su razón, como lo
    pretenden nuestros jurisconsultos, le impide al mismo tiempo
    abusar de sus facultades, como él mismo pretende; de tal
    modo que podría decirse que los salvajes no son malos
    precisamente porque no saben lo que es ser buenos, puesto que no
    es ni el desarrollo de
    las luces, ni el freno de la ley, sino la calma de las pasiones y
    la ignorancia del vicio quienes les impiden hacer el mal"
    (Rousseau 1989, 148).

    De modo que Locke crítica en un punto fundamental
    el sistema de Hobbes
    al señalar que el estado de naturaleza no es un estado de
    guerra. Sin embargo la salida de estado de guerra es la misma
    para Locke y para Hobbes, esto es, la institución del
    Estado mediante pacto social. Para Locke, el Estado parte de la
    paz inicial, en la cual el equilibrio se
    mantiene hasta que los hombres espontáneamente observen la
    razón o ley natural. Esto se contrapone al estado de
    guerra de Hobbes que deviene de la violación del orden
    natural-racional, y que continúa alimentado
    indefinidamente por las pasiones.

    Al hombre como individuo naturalmente libre le sobrevino
    la necesidad de asociarse con otros hombres para defender su vida
    y sus incipientes propiedades, y a la necesidad posterior de una
    autoridad delegada por la sociedad para la observación del orden de convivencia. La
    necesidad de pasar al estado civil nace del estado de guerra.
    Esta característica es parte tanto del
    pensamiento de Locke, en el cual el estado de naturaleza no es en
    sí mismo un estado de guerra, pero en el cual una vez que
    comienza el estado de guerra no puede ser detenido sino cuando se
    instituye el poder político, como del pensamiento de
    Rousseau, donde los momentos del devenir histórico son el
    estado de naturaleza de la inocencia y de la felicidad primitiva,
    la "sociedad civil", que coincide con algunas características del estado de naturaleza
    que plantea Hobbes, y el Estado del contrato
    social.

    Dado el estado de guerra, Hobbes señala que "el
    temor a la opresión dispone a prevenirla o a buscar ayuda
    en la sociedad; no hay, en efecto, otro camino por medio del cual
    un hombre pueda asegurar su libertad y su vida" (Hobbes 1992,
    81). Locke sigue a Hobbes al decir que es precisamente para salir
    este estado de guerra, por lo que los hombres se someten a un
    estado de sociedad y abandonan el estado de naturaleza. Para
    Locke ponerse en un Estado es "el establecimiento de un juez
    terrenal con autoridad para decidir todas las controversias y
    para castigar las injurias que puedan afectar a cualquier miembro
    del Estado; y dicho juez es legislatura, o el magistrado nombrado
    por ella" (Locke 1998, 105). Para Locke el paso desde el estado
    de guerra hacia la sociedad es conveniente pero no
    dramáticamente necesario, pues Locke, a diferencia de
    Hobbes, ha definido el estado de naturaleza como un estado de
    paz, benevolencia y ayuda mutua. Rousseau critica a Hobbes
    por poner el estado de naturaleza en el principio de la historia de la humanidad.
    Según Rousseau, el nuevo Estado nace como
    antítesis y no
    como continuación del estado precedente. Para Rousseau el
    punto de arranque está en la voluntad general.
    Señala Rousseau que "el cuerpo político es
    también un ser moral dotado de voluntad. Esa voluntad
    general, tendente siempre a la conservación y bienestar
    del todo y de cada parte, es el origen de las leyes y la regla de
    los justo y de lo injusto para todos los miembros del estado, en
    relación con éste y con aquéllos" (Rousseau
    1985, 9). En El Contrato social, Rousseau critica
    las teorías
    que no fundamentan la legitimidad el poder político en el
    consenso.

    Pero Hobbes estima que la sociedad se forma no por el
    instinto sociable del hombre, sino por el miedo. El miedo a los
    enemigos, a los más fuertes que podían ser
    agresores. Y, sobre todo, el miedo a la guerra. Precisa Hobbes
    que en el estado de guerra "los hombres viven sin otra seguridad
    que la que su propia fuerza y su propia invención pueden
    proporcionarles" (Hobbes 1992, 103).

    Para Hobbes, la naturaleza del hombre está
    compuesta por dos tendencias: una le conduce hacia las pasiones y
    otra hacia la razón. La primera empuja a los hombres a
    desear y a conseguir los bienes y privilegios del prójimo.
    La segunda, sin embargo, les hace pensar que sin seguridad los
    bienes deseados no tienen demasiado sentido porque no se pueden
    disfrutar. Las pasiones enfrentan a los hombres, la razón
    les hace pactar. Esta segunda inclinación lleva a los
    individuos a convenir un contrato, que implica la renuncia
    a todos los derechos que poseían en el estado de
    naturaleza para otorgárselos a un soberano que a cambio les
    garantizará el orden y la seguridad. La sumisión,
    según Hobbes es absoluta, y constituye el pago de los
    súbditos al soberano, a modo de rescate, por haberles
    salvado de su destructivo estado de naturaleza. Con el
    contrato se renuncia a la libertad y a cualquier derecho
    que pudiera poner en peligro la paz. "En definitiva, el motivo y
    fin por el cual se establece esta renuncia y transferencia de
    derecho no es otro sino la seguridad de una persona humana, en su
    vida, y en los modos de conservar ésta en forma que no sea
    gravosa. (…) la mutua transferencia de derechos es lo que los
    hombres llaman CONTRATO" (Hobbes 1992, 109).

    Por medio del contrato, los hombres autorizan al
    soberano responsabilizándose de sus actos. La
    autorización es individual, pero a la vez es un acto de fe
    en el que todos deben obrar de igual manera. Hobbes presupone una
    aplastante mayoría de voluntades en favor del contrato. De
    esta forma, el contrato hace al soberano el verdadero fijador de
    la justicia y de la moral, ya
    que lo justo y lo bueno pasan a definirse como lo coincidente con
    la voluntad del soberano. El soberano es el único poder
    legislativo y el Estado la única fuente del derecho.
    Incluso en los asuntos de índole espiritual o religiosa es
    el soberano quien tiene la máxima autoridad.

    Así, Hobbes precisa que "las pasiones que
    inclinan a los hombres a la paz son el temor a la muerte, el
    deseo de las cosas que son necesarias para una vida confortable,
    y la esperanza de obtenerlas por medio del trabajo" (Hobbes 1992,
    105). Añade Hobbes que "en situación de guerra,
    cuando cada hombre es un enemigo para los demás, por la
    falta de un poder común que los mantenga a todos a raya,
    nadie puede contar con que su propia fuerza o destreza le proteja
    suficientemente contra la destrución" (Hobbes 1992, 120).
    Aunque Locke no habla de miedo como lo que abre paso el
    nacimiento de la sociedad, coincide con Hobbes en que "en el
    estado de naturaleza, el agraviado carece a menudo de la fuerza
    suficiente para mantener la ley. Estos desajustes conducen,
    según Locke, a la conveniencia del paso del estado de
    naturaleza a la sociedad civil. Advierte Locke que "la falta de
    un juez común que posea autoridad pone a todos los hombres
    en un estado de naturaleza; la fuerza que se ejerce sin derecho y
    que atenta contra la persona de un individuo produce un estado de
    guerra, tanto en los lugares en los que hay un juez común,
    como en los que no lo hay". (Locke 1998, 49). Por ello, completa
    Locke, "un grupo de hombres en estado natural entra en sociedad
    para formar un pueblo, un cuerpo político bajo un gobierno
    supremo" (Locke 1998, 104).

    Locke considera que "no hay ni puede subsistir sociedad
    política alguna sin tener en sí misma el poder de
    proteger la propiedad" (Locke 1998, 102). Para Locke la propiedad
    es "todo lo que uno pueda usar para ventaja de su vida antes de
    que se eche a perder, será lo que le esté permitido
    apropiarse mediante su trabajo. Mas todo aquello que excede lo
    utilizable, será de otros" (Locke 1998, 59). Para
    salvaguardar con mayor consistencia la propiedad, los hombres
    acuerdan asociarse en una sociedad civil, renunciando a su propia
    defensa y al poder de castigar los delitos contra la
    ley natural. Mediante su consentimiento, individual aunque pueda
    ser tácito, participan del convenio que origina la
    sociedad, haciendo dejación en ella de las facultades que
    tenían en el estado de naturaleza. Desde ese momento, la
    sociedad se encargará de su protección dictando
    normas que considere precisas para bien de esa sociedad y
    castigando a los infractores de éstas.

    Rousseau precisa que la máxima del gobierno
    legítimo y popular que tiene por objeto el bien del pueblo
    es guiarse por la voluntad general. Rousseau coincide con Locke
    en que no es el miedo sino la necesidad de proteger la propiedad
    lo que da nacimiento a la sociedad. Advierte Rousseau que "como
    para querer hace falta ser libre, otra dificultad no menor
    consiste en asegurar a la vez la libertad pública y la
    autoridad del gobierno. Buscad los motivos que llevaron a los
    hombres, unidos por sus mutuas necesidades en la gran sociedad, a
    estrechar su unión mediante sociedades
    civiles: no encontraréis otro que el de asegurar los
    bienes, la vida y la libertad de cada miembro mediante la
    protección de todos" (Rousseau 1985, 13).

    Hobbes defiende no sólo el contrato sino su
    consecuencia: una autoridad firme e inconmovible, por encima de
    la moral, del
    bien y del mal, en tanto cumpla con su misión de
    mantener el orden, la paz, a toda costa y mantener a los hombres
    libres de la causa fundamental de su asociación: el temor.
    Es utilitario a ultranza: lo que es útil es
    también moral
    . Y con ello justifica todos los abusos
    que el soberano pueda cometer en nombre de la utilidad
    pública que seria, básicamente, la paz colectiva.
    Así, Hobbes justifica el absolutismo
    como algo útil y necesario en la tierra. Fue en busca de
    esa paz protectora que los individuos contrataron la sociedad y
    cedieron los derechos naturales a un poder común al que se
    someten por miedo y que actúa en beneficio de todos. Y
    defiende en todo al soberano: éste no forma parte del
    contrato mismo: no es más que una consecuencia
    política de su conclusión. Según esto, es un
    agente pero con poderes ilimitados y autoridad plena,
    indiscutible y absoluta. Locke crítica esta
    posición. Considere Locke que "la monarquía absoluta, considerada por algunos
    como el único tipo de gobierno que puede haber en el
    mundo, es, ciertamente, incompatible con la sociedad civil, y
    excluye todo tipo de gobierno civil. Pues el fin al que dirige la
    sociedad civil es evitar y remediar esos inconvenientes del
    estado de naturaleza que necesariamente se siguen del hecho de
    que cada hombre sea juez de su propia causa" (Locke 1998,
    105).

    Considera Locke que "el Estado se origina mediante un
    poder que establece cuál es el castigo que corresponde a
    las diferentes transgresiones de aquellos que, entre los miembros
    de una sociedad, piensa que merece la pena cometerlas;
    éste es el poder de hacer leyes, y a él debe
    añadirse el poder de castigar cualquier daño que se
    le haga a un miembro de la sociedad, cometido por alguien que no
    pertenece a ella. Este segundo poder es el de hacer la guerra y
    la paz. Y ambos poderes están encaminados a la
    preservación de la propiedad de todos los miembros de esa
    sociedad, hasta donde sea posible." (Locke 1998, 103)

    Queda entendido que para Locke "La comunidad viene a ser
    un árbitro que decide según normas y reglas
    establecidas, imparciales y aplicables a todos por igual, y
    administrada por hombres a quienes la comunidad ha dado autoridad
    para ejecutarlas" (Locke 1998, 103). Añade Locke que
    "siempre que cualquier número de hombres esté
    así unido en sociedad de tal modo que cada uno de ellos
    haya renunciado a su poder
    ejecutivo de ley natural y lo haya cedido al poder
    público, entonces, y sólo entonces tendremos una
    sociedad política o civil." (Locke 1998, 104).

    Hobbes pretende demostrar que una comunidad como tal es
    una pura ficción, que no tiene existencia salvo en la
    cooperación de sus miembros, que esa cooperación se
    debe siempre a las ventajas que de ella derivan para sus miembros
    como individuos, y que sólo llega a ser comunidad porque
    algún individuo es capaz de ejercer un poder soberano.
    Así Hobbes fundamentó su concisión de que en
    toda forma de gobierno es inevitable la sujeción y de que
    ideas tales como el contrato, la representación y la
    responsabilidad carecen de sentido a menos que
    estén respaldadas por un poder soberano. De ahí que
    sean válidas dentro del estado, pero no para el
    estado.

    Si el propósito fundamental que comporta la
    creación de la sociedad civil, según Locke, es la
    salvaguarda de la propiedad, el organismo que regule cómo
    salvaguardaría constituirá el organismo más
    importante de la misma. Esa es la función
    del poder legislativo. Locke lo considera el alma que da forma,
    vida y unidad a la comunidad política y lo denomina poder
    supremo, cualidad que no le exime de varias restricciones
    concretas. En primer lugar, no puede modificar las leyes para los
    casos concretos. En segundo, sus normas no deben tener otro fin
    que el bien de la comunidad. Tampoco puede arrebatar a nadie sus
    propiedades. En suma, no puede vulnerar los derechos naturales.
    No se puede olvidar que la ley natural subsiste como norma eterna
    de todos los hombres, sin exceptuar a los legisladores.
    Subordinado a él, aparece el poder
    ejecutivo, encargado sin interrupción y de manera
    constante de la ejecución de las leyes vigentes en la
    comunidad.

    Para Locke el estado natural era el orden y la
    razón, muy lejos del miedo y la anarquía que
    plantea Hobbes. El derecho natural es el antecedente del derecho
    político. Y es para defender este derecho que los hombres
    se vieron impulsados a hacer el pacto o contrato que
    originó la sociedad, cediendo sus prerrogativas en cuanto
    a la creación y aplicación de la ley, pero
    condicionando la cesión al respeto de los
    derechos amparados por el contrato. El poder, pues, no ha sido
    cedido graciosamente a nadie sino que sigue residiendo, en virtud
    de su condicionamiento, en la comunidad social.

    Locke defiende la monarquía constitucional, cuyo gobierno
    considera que ha de ser dividido en tres órganos: el
    legislativo, al que da prioridad por su carácter
    representativo de los componentes de la sociedad, el ejecutivo y
    el federativo. Locke lucha por la constitución democrática del estado.
    Rechaza el planteamiento de Hobbes. Considera que en el contrato
    el individuo otorga sus derechos al soberano, pero no para que lo
    anule sino para que los proteja. Señala Locke al pueblo
    como el verdadero soberano, por lo que una soberanía
    absoluta como la que señala Hobbes no es compatible con
    una recta constitución del Estado.

    Ciertamente cuando los hombres deciden unirse en
    sociedad renuncian a una gran parte de la libertad que
    tenían antes. Cada uno renuncia al poder legislativo y al
    ejecutivo, que eran suyos en el estado de naturaleza; pero no
    para entregárselos a un soberano absoluto con autoridad
    ilimitada, como sugiere Hobbes. Si cada uno renuncia a su poder
    particular, lo hace mediante un acuerdo con otros hombres,
    según el cual todos se unen formando una comunidad, un
    cuerpo político en el que la mayoría tiene derecho
    a actuar y decidir en nombre de todos. Tácita o
    explícitamente, cada individuo que ha entrado a formar
    parte del cuerpo social consiente en apoyar las decisiones
    mayoritarias, y las hace suyas; y se compromete a respetarlas
    bajo condición de dichas decisiones respondan a las leyes
    dictadas por quienes, nuevamente por encargo de la
    mayoría, tengan la misión de
    hacerlas. Las leyes son el alma del Estado; y mientas sigan
    vigentes, todos por igual han de someterse a ellas.

    Rousseau, por su lado, precisa la necesidad de regresar
    a las pequeñas agrupaciones sociales, es decir, reivindica
    el regreso a la Ciudad-Estado. Consideraba que el pueblo soberano
    no puede estar representado, que no puede delegar su autoridad ni
    sus derechos a gobernarse. El pueblo debe gobernar por sí
    mismo y directamente y, como supone que tal cosa sólo
    puede lograrse en una sociedad lo bastante pequeña para
    que todo el pueblo pueda concurrir a la Asamblea, vuelve otra vez
    a la Ciudad-Estado como la única forma en que los
    términos del contrato social pueden ser cumplidos
    cabalmente. Y agrega Rousseau que "no basta con tener ciudadanos
    y con protegerlos; es preciso además cuidar de su
    subsistencia. Satisfacer las necesidades públicas es una
    consecuencia evidente de la voluntad general y el tercer debate
    esencial del gobierno" (Rousseau 1985, 34).

    Rousseau estableció que la voluntad popular es el
    único fundamento de la
    organización política. Es defensor de la
    soberanía popular que considera debe ser expresada en
    Asambleas y niega la representación popular a la que
    considera ha de llevar fatalmente al dominio de la
    mayoría por los representantes populares.

    El concepto de
    sociedad civil en Rousseau indica además de la
    condición política de los hombres asociados, el
    carácter progresivo y civilizado del vivir social moderno,
    contrapuesto a la sencillez del modo de vida natural de los
    salvajes. Rousseau invierte la relación instituida por
    Hobbes entre civilización y sociedad política:
    mientras que para Hobbes a la institución del Estado sigue
    el desarrollo de
    la industriosidad humana, para Rousseau la historia de la
    civilización precede y pone a la cabeza la
    institución de los estados. La sociedad civil de Rousseau
    resume primero lo económico y lo técnico y
    finalmente político. Hobbes y Locke consideran la
    disolución del Estado como un regreso al estado de
    naturaleza, incluso identifica el estado de naturaleza con la
    anarquía. Rousseau identifica el estado de naturaleza como
    un estado histórico.

    Según las premisas de Hobbes el soberano una vez
    instituido puede gobernar como mejor le parezca. Y aun en el caso
    de que traiciones la misión que le fue encomendada a saber
    la paz y seguridad de todos no hay mecanismo legal que
    esté capacitado para derrocarlo. La conducta abusiva
    del soberano siempre traerá consigo menos males que los
    producidos por una regresión al estado natural de guerra.
    Precisa Hobbes que "es contrario a la razón alcanzar la
    soberanía por la rebelión: porque a pesar de que se
    alcanzara, es manifiesto que, conforme a la razón, no
    puede esperarse que sea así, sino antes al contrario; y
    porque al ganarla en esa forma, se enseña a otros a hacer
    lo propio. Por consiguiente, la justicia, es decir, la
    observancia del pacto, es una regla de razón en virtud de
    la cual se nos prohíbe hacer cualquiera cosa susceptible
    de destruir nuestra-vida: es, por lo tanto, una ley de
    naturaleza" (Hobbes 1992, 121).

    Para Rousseau el contrato es un órgano del
    pueblo, y está, por ende, desprovisto de poder
    independiente. El acto imaginario que da origen a una sociedad no
    es ni siquiera remotamente semejante a un contrato, ya que los
    derechos y libertades de los individuos carecen en absoluto de
    existencia excepto en la medida en que los hombres son ya
    miembros de un grupo. Toda el pensamiento de Rousseau se basa en
    el hecho de que una comunidad de ciudadanos es única. Es
    una asociación, no un agregado, una personalidad
    moral y colectiva.

    El orden social, según Rousseau, es un derecho
    sagrado que sirve de base a todos los demás. Precisa que
    se trata de encontrar una forma de asociación que de
    protección a las personas y a los bienes de cada asociado,
    y por la cual, uniéndose cada uno a todos, no obedezca
    más que a sí mismo y quede tan libre como
    antes.

    Para Rousseau la sociedad deviene debido a la necesidad
    de proteger la propiedad. Pero también porque al
    convertirse en miembros de la sociedad, los hombres ganan
    individualmente más de lo que ganarían
    permaneciendo aislados. En este caso, la sociedad sustituye al
    instinto por la justicia y da a las acciones de los hombres la
    moralidad de que antes carecían.

    La voluntad general representa un hecho único
    respecto a una comunidad. Esto es que la comunidad tiene un bien
    colectivo que no es lo mismo que los intereses privados de sus
    miembros. En cierto sentido, vive su propia vida, realiza su
    propio destino y sufre su propia suerte. Para Rousseau que el
    estado o la ciudad es una persona moral cuya vida consiste en la
    unión de sus miembros. Es en la comunidad donde los
    hombres obtienen la libertad civil, que es un derecho moral y no
    meramente la libertad natural.

    Así como la naturaleza da a cada hombre un poder
    absoluto sobre todos sus miembros, el pacto social da al cuerpo
    político un poder absoluto sobre todos los suyos.
    Señala Rousseau que cuando cada individuo enajena su
    poder, sus bienes y su libertad por el pacto social hay que
    convenir también que sólo el soberano es juez en
    cuanto al uso que da la comunidad, pero el soberano, por su
    parte, no puede imponer a los súbditos ninguna cadena
    inútil para la comunidad.

     

     

     

     

     

    Autor:

    Ma. Elena Lavaud.
    Ninoska Litchenka Arellano
    Carlos Alberto Marcano
    cmarcano[arroba]usb.ve

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