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La disciplina de la Iglesia biblicamente




Enviado por Josué Gallegos Salas



    La disciplina no se aplicaría si
    la iglesia anda en obediencia y apartado del pecado, guiado por
    el Espíritu Santo. Se tiene un concepto erróneo de
    la disciplina en la iglesia "que la disciplina es un castigo" la
    iglesia no es nadie para castigar, sólo Dios como nuestro
    padre puede castigar

    Introducción

    Es necesario en nuestros tiempos endurecidos y
    apóstatas que la Iglesia sea llamada a un retorno a la
    doctrina neo-testamentaria de la disciplina eclesiástica.
    En nuestros días, la Iglesia ha llegado a ser tolerante en
    cuanto al pecado aun cuando se encuentre en medio de ella. Esto
    acarrea la ira de Dios sobre la indiferencia de la Iglesia en
    cuanto a su santidad. La Iglesia moderna parece más
    dispuesta pasar por alto el pecado que a denunciarlo, y
    más dispuesta a comprometer la Ley de Dios que a
    proclamarla. Es un hecho lamentable que muchas iglesias
    rehúsen tomar en serio el pecado. No tenemos ningún
    derecho a dialogar sobre el pecado. Esa fue la
    equivocación de Eva. Las sugerencias del tentador
    deberían haber sido reprendidas oportunamente; pero, en
    vez, fueron discutidas (Gen.3:1–5). Esa discusión
    significó compromiso y pecado. La Iglesia no puede
    permanecer firme ante sus enemigos mientras pasa por alto el
    pecado en sus propias filas (cf. Jos.7:1–26).

    Hoy, la Iglesia encara una crisis moral dentro de sus
    propias filas. Su fracaso en cuanto a tomar una posición
    fuerte contra la maldad (aun en medio de ella), y su tendencia a
    estar más preocupada por lo que es conveniente que por lo
    que es correcto, ha privado a la Iglesia de poder y honradez
    bíblica. Es verdad que, históricamente, la Iglesia
    ha errado a veces en esta materia de la disciplina, pero hoy el
    problema es de completa negligencia. Sería difícil
    mostrar otra área de la vida cristiana que esté
    más generalmente descuidada por la Iglesia
    evangélica moderna que la disciplina
    eclesiástica.

    Es irónico que este rechazo se justifique
    frecuentemente en nombre del amor. Cuando el apóstol Juan
    escribió que deberíamos amarnos "los uno a los
    otros", también escribió: "Y este es el amor: que
    andemos conforme a sus mandamientos" (2Jn.5,6). Como veremos, el
    ejercicio de la disciplina eclesiástica es un mandato del
    Señor de la Iglesia. Cuando se efectúa
    adecuadamente, es una pro-funda exhibición de amor
    cristiano. Para expresarlo de otra manera, el verdadero
    desafío del amor cristiano no pasa por alto la
    utilización de las diversas formas de disciplina
    dondequiera que sean aplicables. El amor necesariamente
    desafía el pecado en nosotros mismos y en nuestros
    hermanos. No es más amor el que un cristiano observe a un
    hermano en Cristo seguir un camino de pecado sin ser retado que
    es amor para un padre observar a su hijo caminar hacia el
    desastre sin impedírselo. Si buscamos la bendición
    de Dios en nuestras iglesias, es esencial que nos conduzcamos
    nosotros mismos según la Palabra de Dios. Él nos
    dice cómo conducirnos nosotros mismos en "la casa de Dios"
    (1Ti. 3:15). No debemos mirar al mundo para tal guía. Si
    hemos de practicar el amor cristiano, debemos practicar la
    disciplina eclesiástica. Por otra parte, no le va a hacer
    a la Iglesia ningún bien si practicamos las formas
    apropiadas de disciplina sin el espíritu de amor y la
    humildad que caracteriza a los discípulos del Señor
    Jesucristo. No pretendemos sugerir que la disciplina
    eclesiástica es una cura para todos los males de la
    Iglesia contemporánea; ni que la disciplina es la
    única o la manera principal como debemos mostrar nuestro
    mutuo amor. Más bien abogamos que ésta es parte de
    la reforma necesaria en la Iglesia hoy. La manera de reformar la
    Iglesia siempre se halla a lo largo del camino de la
    revelación bíblica. El propósito de este
    opúsculo, por tanto, es simplemente indicar el camino de
    regreso a la práctica bíblica de la disciplina
    eclesiástica.

    El siguiente resumen dejará claro nuestro
    enfoque:

    • 1. La necesidad y el propósito de la
      disciplina eclesiástica; esto contestará la
      pregunta: "¿Por qué practicarla?"

    • 2. Los modos de disciplina eclesiástica;
      esto contestará la pregunta: "¿Cómo
      disciplinamos?"

    • 3. Los receptores apropia-dos de la disciplina
      eclesiástica; esto contestará la pregunta:
      "¿Quién debe ser disciplinado?"

    • 4. Objeciones previstas a la disciplina
      eclesiástica y nuestras respuestas a las
      mismas.

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    Necesidad y
    propósito

    Así como la Iglesia aplica principios
    bíblicos al admitir personas como miembros, así
    también debe aplicar principios bíblicos en el
    gobierno de los miembros y, si es necesario, en la
    remoción de los miembros. Jesús prescribió
    principios a seguir que hacen a todos los cristianos hasta cierto
    punto responsables de su comportamiento mutuo, y Él
    incluyó procedimientos disciplinarios (Mt.18:15–17).
    Es en este contexto en que Él dio a la Iglesia la
    responsabilidad de pronunciar su perdón y sus juicios. "En
    verdad os digo: todo lo que atéis en la tierra,
    será atado en el cielo: y todo lo que desatéis en
    la tierra, será desatado en el cielo" (Mt.18:18). Por
    supuesto, la ratificación en el Cielo de lo que la Iglesia
    hace sobre la Tierra es contingente a que la Iglesia actúe
    en la obediencia a Cristo y sus principios sin hipocresía
    o favoritismo. Como Matthew Poole lo expresa, este texto es "para
    asegurar a los pecadores tercos e impenitentes que Él
    ratificaría lo que su Iglesia hizo, según la regla
    que Él les había dado para actuar. Es, por tanto,
    un texto terrible para aquellos que son justa y debidamente
    cortados de la comunión de la Iglesia…" Poole
    sabiamente agrega: "La Iglesia no es por este texto hecha
    infalible, ni está por ello el santo Dios comprometido a
    defender sus errores." El único hecho que se establece en
    este punto, sin embargo, es simplemente que el Señor
    Jesucristo realmente desea que su Iglesia gobierne a sus miembros
    hasta el punto de tomar medidas disciplinarias cuando
    éstas llegan a ser necesarias. No pensemos que este es
    simplemente un poder opcional para actuar, pues todas las
    instrucciones del Señor se dan en modo imperativo. La
    Iglesia no tiene derecho a pasar por alto el comportamiento
    pecador persistente entre sus miembros. Nuestro Señor no
    nos ha dejado esa opción abierta.

    La necesidad y el propósito de la disciplina
    eclesiástica pueden fácilmente exponerse en seis
    puntos:

    1. Glorificar a Dios por la obediencia a sus
    instrucciones para el mantenimiento del gobierno apropiado de
    Iglesia. La Palabra de Dios deja claro que Él desea que la
    disciplina de diversos tipos sea una parte de la vida de Iglesia
    (Mt.18:15–I9; Ro.16:17; 1Co. 5; 1Ts.5:14; 2Ts.3:
    6–15; 1 Ti.5:20,6:3; Tit.1:13;2:15;3:10; Ap.2:2,14,15,20).
    Dios es siempre glorificado cuando obedecemos su Palabra en vez
    de proveer para nuestra conveniencia y comodidad propias. No
    seamos como aquellos en tiempos de Jeremías, de quien se
    escribe: "La palabra del SEÑOR les es oprobio; no se
    deleitan en ella" (Jer.6:10).

    2. Recuperar a los transgresores. La meta en cada tipo
    de disciplina ya sea la tierna corrección, la
    amonestación, la reprensión, o la excomunión
    es siempre la restauración del transgresor (Mt.18:15;
    1Co.5:5; Gá.6:1). Ninguna de las instrucciones
    bíblicas en esta materia promete que se producirá
    la restauración. No obstante, las sabias directrices de
    Dios con respecto a cómo un pecador es llevado al
    arrepentimiento han de ser respetadas y obedecidas. Así,
    mientras podríamos ser proclives simplemente a orar por el
    asunto, Dios manda que la acción acompañe nuestras
    oraciones. Las instrucciones del apóstol en lo que
    concierne a un transgresor –"no lo tengáis por
    enemigo, sino amonestadle como a un hermano" (2Ts.3:15)–
    establece el tono de este penoso trabajo. Como Calvino observa:
    "Aunque la excomunión también castiga al hombre, lo
    hace de tal suerte que, al advertirle de su futura
    condenación, lo puede llamar de nuevo a la
    salvación" (Institución IV, XII, 10).

    3. Mantener la pureza de la Iglesia y su
    adoración (1Co. 5:6–8) y evitar que se profane el
    sacramento de la Cena del Señor (1Co.11:27). Nunca seremos
    capaces de guardar la Iglesia visible en la pureza perfecta,
    puesto que no somos sino hombres falibles. Nuestra incapacidad
    para lograr la perfección en esta materia, sin embargo, no
    es excusa para abandonar el intento. Debemos mantener la pureza
    de la Iglesia visible de Cristo hasta el máximo de nuestro
    conocimiento y poder. Esto es tanto más evidente cuando
    reconocemos que la falsa doctrina y la mala conducta son
    infecciosas. Si éstas se toleran en la Iglesia, todos los
    miembros recibirán daño.

    4. Vindicar la integridad y honor de Cristo y su
    religión mostrando fidelidad a sus principios
    (2Co.2:9,17). La Iglesia que rehúsa ejercer disciplina no
    puede ni demandar el respeto del mundo ni la confianza de sus
    propios miembros.

    5. Disuadir a otros del pecado (1Ti.5:20). Por la
    práctica fiel de la disciplina, "se reprime el vicio y se
    nutre la virtud" (La Confesión de los Escoceses
    –1560–, cap. XVIII).

    6. Prevenir dar lugar a que Dios se ponga en contra de
    una iglesia local (ver Ap.2:14–25).

    Puesto que la Iglesia tiene el deber de prestar lealtad
    plena al Señor Jesucristo y esto significa amarle y
    guardar sus mandamientos (Jn.14:15,23,24; 15:10,14), es evidente
    que la honestidad de corazón de la Iglesia se prueba
    cuando se enfrenta con la elección entre la obediencia y
    la desobediencia en esta materia de la disciplina de sus
    miembros. Es exactamente tan necesario para la Iglesia ejercer
    una disciplina apropiada como predicar la Palabra y administrar
    adecuadamente los sacramentos. Esta es la razón por que la
    Confesión Belga (1561), que creció en el terreno de
    la Reforma, dice: "Las marcas por que se conoce la Iglesia
    verdadera, son éstas: si la doctrina pura del Evangelio se
    predica en ella; si mantiene la administración pura de los
    sacramentos como instituidos por Cristo; si la disciplina
    eclesiástica se ejerce en el castigo del pecado; en suma,
    si todas las cosas se administran según la Palabra pura de
    Dios, todas las cosas que la contradigan se rechazan, y
    Jesucristo es reconocido como la Cabeza única de la
    Iglesia" (Del capítulo XXIX. Una declaración
    similar puede encontrarse en el capítulo XVIII de La
    Confesión de los Escoceses (1560).

    Los
    modos

    Los modos o tipos de disciplina eclesiástica
    varían desde leves a severos. Los siguientes son
    bíblicos:

    1. La amonestación: privada o pública
    (Ro.15:14; Col. 3:16; 1Ts. 5:14; 2Ts. 3:4,15; Tit.3:10,11). El
    Diccionario de la Real Academia Española define
    "amonestar" como "advertir, prevenir, reprender". La Escritura
    misma es un tipo de amonestación (1Co.10:11). Los
    cristianos deben amonestarse y animarse mutuamente; por ejemplo,
    a hacer obras buenas y a asistir a las reuniones de la Iglesia
    (He.10:24,25).

    2. Reprender, exhortar, persuadir, convencer (Mt.18:15;
    Ef.5:11; 1 Ti. 5:20; 2Ti. 4:2; Tit.1:9,13; 2:15). La palabra
    griega elencho, que se utiliza en los pasajes que acabamos de
    citar, es una palabra rica que significa "…reprender a
    otros con tan eficaz esgrima de los brazos victoriosos de la
    verdad que lo lleve, si no siempre a una confesión,
    sí al menos a una convicción de su pecado…"
    (R.C. Trench, Synonyms of the New Testament
    –Sinónimos del Nuevo Testamento–, pág.
    12). Esta palabra se utiliza también con respecto a la
    obra del Espíritu Santo en Juan 16:8, y se encuentra en
    los labios del Cristo entronizado en Apocalipsis 3:19, donde
    dice: "Yo reprendo y disciplino a todos lo que amo; sé,
    pues, celoso y arrepiéntete." Así, la
    reprensión apropiada es un acto de amor. La guía
    apropiada en tales materias es la Palabra de Dios, de la que se
    nos dice que es "útil… para reprender"
    (2Ti.3:16).

    Es importante que todos los cristianos practiquen el
    amor a la amonestación y la reprensión en sus
    relaciones mutuas. A muchos cristianos se les ha impedido caer
    más en errores o desmanes graves por la reprensión
    cortés de un hermano en Cristo. Si los cristianos
    aplicaran conscientemente la amonestación y la
    reprensión, habría me-nos necesidad de la
    excomunión. Sabiendo esto, el fiel cristiano está
    ávido de ayudar a hacer volver a los pecadores al
    arrepentimiento antes que la excomunión llegue a ser
    necesaria. Además, los cristianos se ayudarán
    mutuamente a "crecer en todo" si obedecen la amonestación
    del apóstol a estar "hablando la verdad en amor"
    (Ef.4:15).

    Al considerar cada cristiano su responsabilidad en esto,
    recuérdese siempre que la única fuente apropiada de
    amonestaciones y reprensiones es la Palabra de Dios. Esto no
    significa que debamos citar siempre la Escritura unos a otros,
    pero lo que seguramente significa es que la sustancia de todas
    las amonestaciones y reprensiones debe ser firme y claramente
    bíblica. No hemos de ofrecernos mutuamente ideas humanas;
    sino más bien hemos de hablar con la autoridad de
    "Así dice el SEÑOR". Esto debería hacerse en
    humildad, recordando que nosotros mismos nada somos sino
    pecadores salvados por gracia. Además, el arrepentimiento
    y la fe constituyen el camino de salvación para todos los
    cristianos; así intentamos conducir al pecador en la misma
    senda que nosotros mismos debemos pisar. No estamos sobre ellos
    como superiores, sino al lado de ellos como hermanos
    (Gá.6:1–3; 2Ts. 3:15).

    3. La excomunión. Las descripciones dadas por
    nuestro Señor Jesucristo y el apóstol Pablo definen
    esta forma final de disciplina: "si rehúsa escucharlos,
    dilo a la iglesia; y si también rehúsa escuchar a
    la iglesia, sea para ti como el gentil y el recaudador de
    impuesto" (Mt.18:17); "Sino que en efecto os escribí que
    no anduvierais en compañía de ninguno que,
    llamándose hermano, es una personal inmoral, o avaro, o
    idólatra, o difamador, o borracho, o estafador; con
    ése, ni siquiera comáis… Expulsad de entre
    vosotros al malvado" (1Co.5:11,13). Así ésta, la
    más severa de las formas de disciplina, excluye al
    transgresor de la Iglesia y de todos los privilegios de ser
    miembro. Sin embargo, mientras que la persona debe sin duda ser
    excluida de la Cena del Señor, no está excluida de
    la asistencia al ministerio de la Palabra predicada y
    enseñada, pues aun los no creyentes son bienvenidos a las
    asambleas públicas (1Co.14:23–25). Que esta forma de
    disciplina es desagradable y lamentable (1Co.5:2) nadie lo
    dudaría. No obstante, esta práctica conlleva
    asociada en el Nuevo Testamento la propia sanción directa
    de Cristo (Mt.18:18,19). Pablo reclama esta sanción cuando
    escribe en lo que concierne a la situación de Corintio que
    el hombre ha de ser entregado a Satanás (es decir, puesto
    de nuevo en el mundo, que es la heredad de Satanás), "en
    el nombre de nuestro Señor Jesús" y "con el poder
    de nuestro Señor Jesús" (1Co. 5:4).
    Difícilmente podría haber afirmado más clara
    y decisiva-mente que nuestro Señor Jesús mismo es
    la autoridad detrás de una verdadera
    excomunión.

    No ha de pensarse que la excomunión sea
    irrevocable, pues la persona que se arrepiente de su pecado y
    busca la purificación y el perdón de Dios ha de ser
    bienvenida de nuevo en la comunión de la Iglesia
    (2Co.2:6–8). Desde luego, es la responsabilidad de pueblo
    de Dios continuar orando por cualquier persona así
    removida de la congregación que Dios la lleve al
    arrepentimiento. Por otra parte, tanto en cuanto permanezcan
    impenitentes, continúan excomulgadas. Reconocemos, por
    supuesto, que en estos tiempos el transgresor buscará
    frecuentemente otra iglesia a la que asistir a fin de evitar
    arrepentirse y someterse a la iglesia que lo amó lo
    suficiente como para disciplinarlo. En tales casos, el
    transgresor y la otra iglesia son responsables ante Dios. La
    iglesia que disciplina, si ha cumplido bien su deber, será
    vindicada por el Señor a su debido tiempo. (Cf. la
    objeción 8, pág. 14.)

    En vista entonces de la severidad de una sentencia de
    excomunión, debe demandarse que las transgresiones
    justifiquen la utilización de esta disciplina
    extrema.

    Receptores
    apropiados

    La Iglesia tiene tanto la responsabilidad como la
    autoridad de implicarse en la doctrina y la conducta de sus
    miembros. Pertenecer a la Iglesia requiere adhesión a las
    doctrinas y las normas de conducta requeridas en los Escritura.
    Los discípulos verdaderos de Cristo están siempre
    bajo su disciplina, que Él administra en muchas maneras,
    principalmente mediante la Iglesia y sus oficiales debida-mente
    nombrados. Las Escrituras mismas están han de ser un
    instrumento de disciplina (2Ti.3:16) y deben enseñarse
    "con toda autoridad" (Tit.2:15).

    Toda violación de las normas bíblicas de
    doctrina y conducta requiere alguna forma de disciplina.
    Así, cada creyente necesita ser disciplinado, y "a quien
    el Señor ama, disciplina" (He.12:6). Esto no significa,
    sin embargo, que los cristianos puedan dejar toda disciplina al
    Señor, abandonando así sus propias
    responsabilidades hacia los demás. No tenemos el derecho
    de pasar por alto violaciones claras del amor cristiano, la
    unidad, la Ley y la verdad. Por tanto, la disciplina
    eclesiástica es necesaria cuando:

    1. El amor cristiano es infringido por ofensas
    particulares graves. Jesús prescribe el método de
    disciplina en tales casos en Mt.18:15–18. Aunque las tales
    ofensas pueden comenzar en secreto, deben resultar finalmente en
    disciplina pública si el transgresor obstinadamente
    rehúsa arrepentirse. Tal negativa a arrepentirse y
    reconciliarse es un fuerte agravante del pecado implicado y una
    continua violación del amor cristiano.

    2. La unidad cristiana es infringida por quienes forman
    facciones divisivas que destruyen la paz de la Iglesia. Tales
    personas deben ser vigiladas, reprendidas y, si es necesario,
    removidas (Ro.16:17,18; Tit.3:10).

    3. La ley cristiana es infringida por quienes viven
    vidas escandalosas. Tales son quienes "profesan conocer a Dios,
    pero con los hechos lo niegan" (Tit.1:16). El cristianismo
    bíblico indisputablemente enseña una alta norma de
    conducta y moralidad. Las instrucciones éticas del Nuevo
    Testamento son muchas: Mt.15:19, 20; Ro.13:8–14;
    Ef.4:25–6:8; Colo. 3:5–4:6; 1 Ts.4:1–10; 2Ti.
    3:22–4:5; Tit.2:1–3:3, por mencionar sólo unas
    pocas. Los que viven violando habitualmente la moralidad
    bíblica, y rehúsan arrepentirse cuando se les
    amonesta y reprende, deben ser removidos de ser miembros de la
    iglesia (1Co.5).

    4. La verdad cristiana es infringida por quienes
    rechazan doctrinas esenciales de la fe (1Ti.1:19,20, 6:3–5;
    2Jn.7–11). Esto no significa que los cristianos
    deberían ser disciplinados por no comprender y recibir
    cada doctrina revelada en la Biblia, pues todos los cristianos
    estamos aprendiendo y creciendo. Más bien, esto se refiere
    a quienes deliberadamente rechazan cualquiera de esas doctrinas
    que la Iglesia considera esenciales y fundamentales. En el caso
    de los pastores y oficiales de la Iglesia, la norma es más
    rígida, puesto que son especialmente responsables de
    enseñar y defender "todo el propósito de Dios"
    (Hch.20:27). Son así responsables de mantener todas las
    doctrinas de la Escritura (especialmente tal y como están
    incorporadas en el credo de su iglesia), y están sujetos a
    disciplina si no lo hacen (1Ti.3:2,9; Tit.1:9:
    Stg.3:4).

    En cada caso, la causa de disciplina adicional es la
    falta de arrepentimiento. La persona que no se arrepiente de su
    pecado no está viviendo como cristiano. Sólo el
    pecador arrepentido puede ser considerado santo en Cristo, y
    sólo los santos en Cristo tienen un lugar en la
    comunión de los santos, como miembros de la Iglesia de
    Cristo. Por tanto, sin tener en cuenta cuáles pudieran ser
    los pecados del transgresor, es finalmente su impenitencia lo que
    lo debe excluir de la Iglesia. Los pecadores arrepentidos, que
    "dan frutos dignos de arrepentimiento" (Mt.3:8), son quienes
    forman la Iglesia. Esta es la razón por que Martín
    Lutero escribió en la primera de su Noventa y Cinco Tesis
    (1517): "Nuestro Señor y Maestro Jesucristo, cuando dijo
    "Arrepentíos", etc., quería decir que la vida
    entera del creyente ha de ser un acto de arrepentimiento." No hay
    lugar para los impenitentes, quienes acumulan para sí
    "ira… en el día de la ira" (Ro.2:5). Aun las
    actividades religiosas de los impenitentes son inservibles y
    abominables a Dios (Pr.15:8; 28:9, Am.5:21–27;
    Mal.2:11–14).

    Objeciones y
    preguntas

    Siempre que la Iglesia intenta ser fiel a las
    directrices bíblicas en lo que concierne a la disciplina,
    es inevitable que surja una multitud de objeciones. Juan Calvino
    era bien consciente de esto cuando escribió en siglo
    XVI:

    "Más como algunos, por el odio a la disciplina,
    aborrecen aun el nombre de la misma, han de entender bien esto:
    si no hay sociedad ni casa, por pequeña que sea la
    familia, que pueda subsistir en buen estado sin disciplina, mucho
    más necesaria ha de ser en la Iglesia, que debe mantenerse
    perfectamente ordenada… Por ello, todos los que desean que
    no haya disciplina o impiden que se restablezca o restituya, bien
    sea que lo hagan deliberadamente, bien por
    inconsideración, ciertamente estos tales procuran la ruina
    total de la Iglesia. Porque ¿qué sucederá si
    a cada uno le es lícito hacer cuanto se le antojare? Pues
    esto es lo que sucedería si a la predicación de la
    Palabra no se juntasen las amonestaciones privadas, las
    correcciones, y otras ayudas semejantes que echan una mano a la
    doctrina para que no quede sin eficacia" (Institución, IV,
    XII, 1).

    Mucha gente, equivocadamente, piensa que una vez una
    enseñanza bíblica se establece, sólo
    necesitan suscitar unas pocas objeciones contra ella para echarla
    por tierra. Este no es el caso. Las únicas objeciones que
    pueden echar por tierra una doctrina son las que echan por tierra
    los hechos en los que se basa. Ninguna de las siguientes
    objeciones puede hacer eso. No obstante, muchos cristianos
    encuentran problemas genuinos en el terreno de la disciplina
    eclesiástica. Por tanto, como ayuda al inquiridor sincero,
    ofrecemos las respuestas siguientes a algunas preguntas y
    objeciones comunes:

    1. Objeción: "La práctica de la
    disciplina podría ocasionar divisiones."

    Respuesta: Sí podría; ¡pero lo mismo
    podría ocurrir al predicar la Biblia coherentemente (cf.
    Lc.12:51–53)! El hecho es que la obediencia a Cristo y su
    Palabra es más importante que una unidad artificial
    construida sobre la desobediencia y el compromiso. Si la
    disciplina se practica decentemente y con orden, con la Iglesia
    actuando mediante sus oficiales debidamente nombrados, las
    divisiones deberían ser mínimas.

    2. Objeción: "Disciplinar a alguien
    significaría juzgarle."

    Respuesta: Si la culpa se establece claramente (como es
    esencial), entonces la persona se ha juzgado a sí misma.
    Mientras rehúse arrepentirse, continuará
    pronunciándose culpable. En la disciplina, la Iglesia no
    emite un juicio, sino que únicamente pronuncia el juicio
    de Cristo sobre la persona que insiste en llevar su propia culpa.
    Pablo reprende a los corintios por no hacer esto (1Co.5:1,2), y
    el Señor Jesús similarmente reprende a la iglesia
    en Tiatira (Ap.2:20). Hay una gran diferencia entre la
    acción correcta de juzgar de 1Cor.5:3,4 y la acción
    equivocada de juzgar de Mt.7:1–5.

    3. Objeción: "Nosotros mismos somos todos
    pecadores, entonces ¿cómo podemos condenar a
    otro?"

    Respuesta: Esta objeción es parecida a la
    anterior. Sí, nosotros mismos somos todos pecadores, y
    pecamos todos los días de pensamiento, palabra y obra. Si
    persistimos en el pecado abiertamente, sin arrepentimiento,
    remordimiento o deseo de cambiar, también seríamos
    objeto de disciplina. De nuevo, la cuestión es que
    nosotros mismos no condenamos a nadie. Sólo pronunciamos
    el juicio de Cristo sobre quienes se acarrean esta disciplina
    sobre sí mismos por persistir en el pecado sin
    arrepentirse. Tal impenitencia es inconsecuente con una
    profesión cristiana de fe (véase nuevamente el
    párrafo final de la sección 3).

    4. Objeción: "Si nuestros amigos y
    líderes cristianos buscan practicar la disciplina, nos
    sentiremos incapaces de confiarles nuestras confidencias con
    cualquier problemas de pecado que pudiéramos
    tener."

    Respuesta: Es de esperar que podamos confiar siempre en
    que nuestros líderes cristianos, hermanos y hermanas, sean
    fieles a Cristo. Si son fieles a Cristo, seguramente serán
    fieles a los mejores intereses de su pueblo. Si tú vas a
    un amigo cristiano a pedirle ayudar para vencer un pecado en que
    hayas caído, obviamente esperarás que no traicione
    tu confianza. Por otra parte, si tú manifiestas un
    comportamiento pecador persistente, y no tienes ni la
    intención ni el deseo de ser liberado del pecado, entonces
    sin duda hace falta disciplina, a pesar de los argumentos de que
    la confianza y la confidencialidad hayan sido infringidas. En
    este último caso, la pureza de la Iglesia de Dios
    está siendo infringida y su nombre profanado, y el alma
    misma de esa persona destruida porque nadie le hizo enfrentarse
    con su pecado, ni le llamó al arrepentimiento. ¿Es
    la confidencialidad o aun la amistad más importante que
    las razones mencionadas en la sección 1 para la necesidad
    de la disciplina? ¡De ninguna manera!

    5. Objeción: "La disciplina
    eclesiástica (especialmente la excomunión) parece
    poco amorosa. ¿No sería más amoroso trabajar
    pacientemente con el transgresor e intentar sacarle gradualmente
    de su pecado sin recurrir a la disciplina?"

    Respuesta: Ciertamente, si el progreso es visible al ser
    confrontada y bíblicamente aconsejada una persona acerca
    de su pecado, entonces ese procedimiento debería
    continuarse. Si no hay progreso visible en forma de
    arrepentimiento, o por lo menos un deseo explícito de
    superar el pecado, entonces la Iglesia no tiene autoridad para
    continuar esperando liberación sin disciplina. El
    compromiso o la tolerancia del pecado continuo y manifiesto no es
    una opción para pueblo de Dios. Continuar un proceso de
    con-versación con una persona que ha manifestado su clara
    intención de continuar en el pecado, significa no actuar
    bíblicamente. Revela hasta qué punto la
    teoría psicológica humanista ha llegado a ser
    autoritativa en nuestras iglesias. Como G.I. Williamson tan
    acertadamente lo expresa: "La falta de disciplina
    eclesiástica ha de verse como lo que realmente es: no una
    preocupación amorosa, como hipócritamente se
    afirma, sino una indiferencia al honor de Cristo y el bienestar
    del rebaño" (The Westminster Confession of Faith for Study
    Classes –La Confesión de fe de Westminster para
    clases de estudio–, pág. 237).

    6. Objeción: "La frase "contra ti"
    (Mt.18:15) ¿no limita a aquel contra quien se peca los
    procedimientos disciplinarios a seguir?"

    Respuesta: De ninguna manera, porque:

    a. Todo pecado, si se persiste en él sin
    arrepentimiento, es un pecado ante todo contra Cristo y luego
    contra su Iglesia, así como también contra
    cualesquiera individuos específicos involucrados. Por
    tanto, hay mucho más en juego que los sentimientos de
    aquel contra quien actualmente se peca (cf. Sal.51:4).

    b. Limitar el mensaje de Cristo de la manera sugerida
    significaría convertir sus enseñanzas aquí
    en un absurdo. Pues si únicamente aquel contra quien se
    peca tiene derecho a seguir la disciplina, entonces si se peca
    contra personas fuera de la Iglesia no hay remedio, porque a un
    no creyente no se le permitiría que siguiera un proceso
    disciplinario dentro de la Iglesia de Dios. Así, cuando un
    hermano peque contra su prójimo no cristiano, la Iglesia
    no podrá hacer nada al respecto, puesto que no se
    pecó contra alguien dentro de la Iglesia.
    ¡Qué deshonra sería esto para el Señor
    de la Iglesia!

    c. Si los pastores y ancianos han de gobernar la Iglesia
    de Dios (1Ti. 3:5; 5:12; He.13:7,17,24), se les deben confiar
    ciertas facultades disciplinarias. ¿Debe un pastor dar la
    comunión a una persona a quien se le conoce estar viviendo
    en pecado? ¡Ciertamente no! Pero si el pastor no tiene
    ningún derecho a proceder con la disciplina simple-mente
    porque no se ha pecado contra él personalmente, entonces
    sus manos están atadas de tal manera que se encuentra
    incapacitado para cumplir su responsabilidad dada por Dios para
    regir la Iglesia y proteger el rebaño de Dios. En el
    Antiguo Testamento, los sacerdotes tenían poder para
    excluir al inmundo (Lv.13:5; Nm.9:7; 2Cr. 23:19), y eran
    responsables cuando no lo hacían. Si los ángeles de
    las siete iglesias en Apocalipsis 2 y 3 son los pastores, como
    muchos piensan, entonces son especial-mente reprendidos por no
    conducir el ejercicio de la disciplina.

    d. La facultad de atar y desatar ha sido dada a la
    Iglesia (Mt. 18:18), no a los individuos contra quienes se peca.
    La Iglesia debe pronunciar el juicio de Dios fielmente aunque
    hiera los sentimientos del transgresor. La honradez y pureza de
    la Iglesia de Dios lo demandan.

    e. Comparando Mt.18:15–18 con otras Escrituras,
    encontramos que en ningún otro texto se limita a las
    personas agraviadas el derecho a ejercer la disciplina.
    ¿Se menciona al agraviado en Rom.16:17, o en 1Cor. 5, o en
    2Tes.3:14?

    f. Las personas contra quienes se peca pueden o no ser
    cristianos maduros, y pueden o no ser líderes en la
    Iglesia. Si no son maduros en Cristo, o adecuadamente instruidos
    en la Escritura, pueden (según el espíritu de
    nuestro tiempo) no ver la necesidad de disciplina. La honradez de
    la Iglesia en su obediencia a Cristo debe, en tales casos, ser
    mantenida por quienes fueron designados para gobernar, los cuales
    deben conocer las Escrituras y, por ende, el valor y la necesidad
    de la disciplina.

    g. Si hubiéramos de llegar a la conclusión
    de que aquel contra quien se peca es el único que puede
    seguir el proceso disciplinario, entonces también
    tendríamos que concluir que esa persona está bajo
    el mandato divino de llevar a cabo la disciplina, puesto que las
    instrucciones en Mateo 18:15–17 tienen forma de mandato y
    no de opción.

    7. Objeción: "¿Quién ha de
    decidir cuánto tiempo ha de dejarse entre cada uno de los
    pasos prescritos en Mt.18:15–17?"

    Respuesta: El hecho obvio es que alguien debe decidirlo.
    Jesús no da una prescripción con respecto a
    cuánto tiempo se ha de permitir entre cada paso; de
    ahí que debamos suponer que quienes están
    estrechamente implica-dos en el proceso disciplinario deben
    confiar en la dirección del Espíritu de Cristo. Sin
    embargo, para prevenir una subjetividad extrema, su criterio
    principal debe ser la presencia o ausencia de progreso visible, o
    respuesta visible, a la amonestación y la
    reprensión. En otras palabras, deben preguntar qué
    efectos visibles está teniendo la Palabra de Dios sobre el
    transgresor. ¿Muestra señales de endurecimiento o
    enternecimiento al aplicársele la Palabra de Dios? Los
    oficiales de la Iglesia no pueden tomar decisiones
    críticas sobre la base de lo que no es visible; por tanto,
    deben proceder más allá de la amonestación y
    la reprensión cuando éstas no produzcan resultados
    visibles.

    8. Objeción: "¿Por qué
    proceder con disciplinas públicas si el miembro ofensor se
    aparta de la Iglesia a fin de evitarlos?"

    Respuesta:

    a. No debería permitirse que un hombre disminuya
    el juicio contra sí mismo por su camino de pecado mediante
    la comisión de otro pecado (es decir, dejar la Iglesia sin
    una causa apropiada y llegando a ser un cismático) para
    minimizar la fuerza de tal juicio.

    b. La integridad de la Iglesia de Cristo debe mantenerse
    tanto en contra de críticas externas como internas por
    pasar por alto el pecado. Permitir un apartamiento silencioso
    sólo puede interpretarse como "barrer el pecado de-bajo de
    la alfombra".

    c. La disciplina, según la revelación
    bíblica (como vimos en la sección 1), es necesaria
    para el beneficio del transgresor porque siendo seguida por las
    oraciones y amonestaciones amorosas de la congregación
    entera, lo pueden conducir al arrepentimiento. Cristo y los
    apóstoles claramente atribuyen una eficacia o poder a los
    actos disciplinarios de la Iglesia (Mt.18:18,19; 1 Co.5:4,5). No
    administrar disciplina es equivalente a una admisión
    tácita de que no hay autoridad o poder espiritual en tales
    actos, sino simplemente una liberación de ataduras
    externas.

    d. La excomunión advierte del juicio final y
    futuro de Dios contra la persona impenitente, un juicio del que
    ninguno puede escapar mediante un apartamiento silencioso.
    (Ésta sirve además para disuadir otros de
    pecar.)

    e. Permitir un apartamiento silencioso
    significaría buscar la paz mediante el compromiso en vez
    de la obediencia. Este es un tipo inservible de paz.

    f. Una iglesia tiene el deber hacia otras iglesias
    cristianas de no permitir que una persona deje de ser miembro con
    una posición aparentemente buena cuando se sabe que esa
    persona está viviendo en pecado. Esto no podría
    haber sido un problema en el Corinto del siglo I, pero es muy
    real hoy. Ninguna iglesia cristiana tiene derecho a transferir
    sus responsabilidades a otras iglesias cristianas. Si otra
    iglesia, sabiendo que una cierta persona está bajo
    disciplina, procede a recibir a esa persona en la
    congregación, su pecado recaerá sobre sus propias
    cabezas. Por otra parte, si una iglesia permite que un pecador
    impenitente se aparte silenciosamente, y luego esa persona se une
    otra iglesia, la primera iglesia (que no disciplinó) es
    responsable de permitir la corrupción de otra iglesia,
    cuando esto podría haber sido evitado mediante la
    acción apropiada de la primera iglesia.

    9. Objeción: "Simplemente no puedo estar
    de acuerdo con echar gente fuera de la Iglesia por cada
    pecadillo. ¿No nos convertirá esto a su vez a todos
    en policías?"

    Respuesta: No se echa fuera a la gente por "pecadillos",
    sino por una impenitencia obstinada en su pecado. Tampoco hemos
    de buscar pecados en las vidas de otras personas. Tal mentalidad
    es deforme y poco amorosa. Si este asunto se trata con la
    fidelidad bíblica que hemos tratado de mostrar
    aquí, no debería haber abusos como los sugeridos en
    esta objeción.

    10. Objeción: "Creemos que ningún
    cristiano verdadero puede perder su salvación. ¿No
    implica la excomunión una pérdida de
    salvación?"

    Respuesta: No necesariamente. Al excomulgar a una
    persona, la Iglesia no emite un juicio sobre la salvación
    final del transgresor. Como observamos anteriormente (ver
    págs. 3,4), a largo plazo, la meta de la disciplina es la
    salvación del transgresor. Es verdad, como la
    Confesión de fe de Westminster afirma, que "es posible que
    los creyentes, por las tentaciones de Satán y del mundo,
    por el predominio de la corrupción que queda en ellos, y
    por el descuido de los medios para su preservación, caigan
    en pecados graves; y por algún tiempo permanezca en ellos;
    por lo cual atraerán el desagrado de Dios;
    contristarán a su Espíritu Santo; se verán
    excluidos en alguna medida de sus gracias y consuelos;
    tendrán sus corazones endurecidos; sus conciencias
    heridas; lastimarán y escandalizarán a otros, y
    atraerán sobre sí juicios temporales"
    (capítulo XVII, sección 3). Sin embargo, si desde
    el principio, tal transgresor es un verdadero cristiano,
    será finalmente llevado al arrepentimiento y se
    salvará. Por otra parte, la profesión de fe del
    transgresor puede no haber sido verdadera desde el principio
    (Mt.7:21–23; 13:1–30; 2Co.13:5; 1Jn. 2:19; 2P.1:10).
    En tales casos como éstos, la Iglesia, en la
    excomunión, sólo ha denunciado finalmente la
    hipocresía o autoengaño del transgresor. En
    cualquier caso, no es la prerrogativa de la Iglesia juzgar la
    categoría a que pertenecen los distintos transgresores. El
    ejemplo de David está para recordarnos cuán
    malamente un verdadero hombre de Dios puede caer (2S. 11; cf. su
    oración de arrepentimiento, Sal.51), mientras que la vida
    de Judas nos recuerda cuán cercano a Cristo puede parecer
    un hombre y, sin embargo, perecer.

    No hay duda que la mente humana es capaz de ingeniar
    muchísimas objeciones contra la Palabra de Dios. Creemos,
    sin embargo, que las principales han sido anticipadas aquí
    y contestadas justamente.

    Conclusión

    La historia del pueblo de Dios desde los tiempos del
    Antiguo Testamento hasta la actualidad es una gran
    colección de ilustraciones del hecho que el sendero a la
    bendición está a lo largo del camino de la verdad
    bíblica. Ciertamente, todo cristiano fiel desea la gloria
    de Dios, la prosperidad de su Iglesia y el bienestar de cada
    individuo en esa Iglesia. La Biblia reconoce este triple
    interés, y la disciplina eclesiástica
    bíblica salvaguarda los tres. Dejémonos, pues,
    enseñar por Dios y seamos líderes en la necesaria
    reforma de su Iglesia, estando listos para regir y actuar
    según sus preceptos, y no nuestra propia
    fantasía.

    Bibliografía

    • 1. Bannerman, James, The
      Church of Christ
      (La Iglesia de Cristo), vol. 2,
      págs. 186–200. Reimpreso por The Ban-ner of
      Truth Trust, 1974.

    • 2. Baxter, Richard, The
      Reformed Pastor
      (El pastor reformado), págs.
      104–111, 163–171. The Banner of Truth Trust,
      1974.

    • 3. Calvino, Juan,
      Institución de la Religión Cristiana,
      libro IV, capítulo XII, secciones
      1–13.

    • 4. Edwards, Jonathan, "The Nature
      and End of Excommunication" (La naturaleza y el fin de la
      excomunión), Works, vol. II, págs.
      118–121. The Banner of Truth Trust, 1974.

    • 5. Mack, Wayne, The Biblical
      Concept of Church Discipline
      (El concepto bíblico
      de la disciplina eclesiástica), Cherry Hill, Nueva
      Jersey; Mack Publication Company, 1974.

    • 6. Owen, John, "Of
      Excommunication" (De la excomunión), Works (Obras),
      vol. XVI, págs. 151–183. The Banner of Truth
      Trust, 1968.

    PUBLICACIONES AQUILA5510 Tonnelle
    Ave.North Bergen, NJ 07047–302, EE.UU.

    @ Daniel E. Wray 1978Publicado por
    primera vez en inglés en 1978 por The Banner of Truth
    Trust con el título:Biblical Church
    Discipline

    Primera edición en
    español: 2000© Publicaciones Aquila (RBCNB), 2000
    para la versión española MISBN:
    84-86589-45-2

    Depósito legal:Impreso en
    España en los talleres de la M.C.E. Horeb, E.R. nº
    265 S.G.– Polígono Industrial da Can Trias, calles 5
    y 8 – VILADECAVALLS (Barcelona) España Printed in
    Spain

    © 2000 Copyright Publicaciones
    Aquila

     

     

    Autor:

    Daniel E. Wray

    Compilado por:

    Josué Gallegos

     

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