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Sistema nacional de control en el Perú (página 4)



Partes: 1, 2, 3, 4

La prueba de significancia estadística busca
probar que existe una diferencia real, entre dos variables
estudiadas, y además que esta diferencia no es al azar.
Siempre que se estudie dos diferencias existe la probabilidad que
dichas diferencias sean producto del azar y por lo tanto deseamos
conocerlo y para ello usamos la probabilidad que no es más
que el grado de significación estadística, y suele
representarse con la letra p.

El valor de p es conocido como el valor de
significancia. Cuanto menor sea la p, es decir, cuanto menor sea
la probabilidad de que el azar pueda haber producido los
resultados observados, mayor será la tendencia a concluir
que la diferencia existe en realidad. El valor de p menor de 0.05
nos indica que el investigador acepta que sus resultados tienen
un 95% de probabilidad de no ser producto del azar, en otras
palabras aceptamos con un valor de p = 0.05, que podemos estar
equivocados en un 5%.

Ahora en base al cuadro del SPSS Ver. 15.0, tenemos
un valor de significancia (p), igual a 0.033, es decir =3.30%, el
mismo que es menor al margen de error propuesto del 0.05 (5.0%),
lo que, de acuerdo con la teoría estadística
generalmente aceptada, permite rechazar la hipótesis nula
y aceptar la hipótesis alternativa, desde el punto de
vista de la correlación de las variables.

Luego, esto significa que la correlación obtenida
para la muestra es SIGNIFICATIVA y que dicho valor no se debe a
la casualidad, si no a la lógica y sentido del modelo de
investigación formulado; todo lo cual queda consolidado
con la tabla de regresión.

MODELO DE REGRESIÓN DE LAS VARIABLES DE LA
INVESTIGACION:

VARIABLES INTRODUCIDAS/ELIMINADAS
(B):

Modelo

Variables introducidas

Variables eliminadas

Método

1

SINACO (a)

0

estadístico

a Todas las variables solicitadas
introducidas

b Variable dependiente: CONCUI

RESUMEN DEL MODELO DE LA
INVESTIGACION:

Modelo

R

R

cuadrado

R cuadrado corregida

Error típ. de la
estimación

1

0.794(a)

0.631

0.557

2.95191

a Variables predictoras: (Constante),
variable SINACO

La Regresión como la correlación son dos
técnicas estadísticas que se pueden utilizar para
solucionar problemas comunes en los negocios financieros. Muchos
estudios se basan en la creencia de que es posible identificar y
cuantificar alguna Relación Funcional entre dos o
más variables, donde una variable depende de la otra
variable.

Se puede decir que Y depende de X, en donde Y y X son
dos variables cualquiera en un modelo de Regresión Simple.
"Y es una función de X", entonces: Y = f(X)

Como Y depende de X. Y es la variable dependiente y X es
la variable independiente.

En el Modelo de Regresión es muy importante
identificar cuál es la variable dependiente y cuál
es la variable independiente.

En el Modelo de Regresión Simple se establece que
Y es una función de sólo una variable
independiente, razón por la cual se le denomina
también Regresión Divariada porque sólo hay
dos variables, una dependiente y otra independiente y se
representa así: Y = f (X). En esta fórmula "Y
está regresando por X". La variable dependiente es la
variable que se desea explicar, predecir. También se le
llama REGRESANDO ó VARIABLE DE RESPUESTA. La variable
Independiente X se le denomina VARIABLE EXPLICATIVA ó
REGRESOR y se le utiliza para EXPLICAR Y.

En el estudio de la relación funcional entre dos
variables poblacionales, una variable X, llamada independiente,
explicativa o de predicción y una variable Y, llamada
dependiente o variable respuesta, presenta la siguiente
notación: Y = a + b X + e. Donde:

a= es el valor de la ordenada donde la línea de
regresión se intercepta con el eje Y.

b=es el coeficiente de regresión poblacional
(pendiente de la línea recta)

e=es el error

La regresión es una técnica
estadística generalmente aceptada que relaciona la
variable dependiente (Y= CONCUI) con la información
suministrada por otra variable independiente (X=
SINACO
).

El cuadro del Modelo presenta el Coeficiente de
correlación lineal corregido (R = 0.557= 56% aprox.), el
cual, pese al ajuste que le da el sistema, significa una
correlación aceptable.

El Modelo o Tabla de Regresión también nos
proporciona el Coeficiente de Determinación Lineal (R
cuadrado = 0.631= 63% aprox.). De acuerdo al coeficiente de
determinación obtenido el modelo de regresión
explica que aproximadamente el 63% de la variación total
se debe a la variable independiente: SISTEMA NACIONAL DE
CONTROL (SINACO)
y el resto se atribuye a otros factores; lo
cual tiene lógica, por cuanto además de este
instrumento hay otros elementos que pueden incidir en la variable
dependiente CONFIANZA CIUDADANA (CONCUI)

El Modelo también presenta el valor del
Coeficiente de Correlación (R), igual al 0.794 =79%
aprox., que significa una correlación buena en el marco de
las reglas estadísticas generalmente aceptada.

Finalmente la Tabla de Regresión presenta el
Error típico de Estimación, el mismo que es igual
al 2.95, es decir 3% aprox. Dicho valor es la expresión de
la desviación típica de los valores observados
respecto de la línea de regresión, es decir, una
estimación de la variación probable al hacer
predicciones a partir de la ecuación de regresión.
Es un resultado que favorece al modelo de investigación
desarrollado, debido a que está por debajo del margen de
error considerado del 5.00%.

ANÁLISIS DE VARIANZA-ANOVA
(b):

Monografias.com

a Variables predictoras: (Constante),
SINACO

b Variable dependiente: CONCUI

Para entender esta tabla, en primer lugar tenemos que
tener claro lo que es la varianza.

La varianza es una característica de la muestra
que cuantifica su dispersión o variabilidad en
relación del valor promedio. La varianza tiene unidades al
cuadrado de la variable. Su raíz cuadrada positiva es la
desviación típica.

Ahora, ANOVA, son las siglas de Análisis de la
Varianza y la misma es una técnica estadística que
sirve para decidir / determinar si las diferencias que existen
entre las medidas de las variables son estadísticamente
significativas. El análisis de varianza, es uno de los
métodos estadísticos más utilizados y
más elaborados en la investigación moderna. La
técnica ANOVA se ha desarrollado para el análisis
de datos en diseños estadísticos como el
presente.

La Tabla ANOVA, presenta los siguientes resultados: Suma
de cuadrados, Grados de libertad, Media cuadrática,
Estadístico "F" y el Valor de significancia. El
estadístico "F" es el cociente entre dos estimadores
diferentes de la varianza. Uno de estos estimadores se obtiene a
partir de la variación existente entre las medias de
regresión. El otro estimador se obtiene a partir de la
variación residual. La Tabla de ANOVA, recoge una
cuantificación de ambas fuentes de variación (sumas
de cuadrados), los grados de libertad (gl) asociados a cada suma
de cuadrados y el valor concreto adoptado por cada estimador de
la varianza muestral (media cuadrática: se obtiene
dividiendo las sumas de cuadrados entre sus correspondientes
grados de libertad). Ahora, el cociente entre estas dos medias
cuadráticas nos proporciona el valor del
Estadístico "F", el cual aparece acompañado de su
correspondiente nivel crítico o nivel de
significación observado. El valor del estadístico
F: 8.542, que si bien no es muy alto, sin embargo es
representativo para la predicción del modelo
lineal.

Luego tenemos el Valor sig = p= 0.033. Ahora
comparando el margen de error del 5.0% (0.05) propuesto y el
valor de significancia, p=0.033 (3.30%), tenemos que este
último es menor. Por tanto, de acuerdo a la doctrina
estadística generalmente aceptada, se concreta en el
rechazo de la hipótesis nula y en la aceptación de
la hipótesis del investigador. Lo que de otro modo,
significa también que se acepta el modelo obtenido a
partir de la muestra considerada.

TABLA DE COEFICIENTES
(a):

Monografias.com

a Variable dependiente:
CONCUI.

Por último tenemos el Coeficiente de
Regresión, que en un modelo de regresión lineal
presenta los valores de "a" y "b" que determinan la
expresión de la recta de regresión Y= a +
bX.

Esta tabla proporciona las siguientes columnas:
Coeficientes no Estandarizados, Coeficientes Estandarizados, el
valor de "t" y el Grado de Significancia.

Es necesario estimar los coeficientes de
regresión estandarizados o coeficientes beta, lo que
permite que los coeficientes sean más comparables. El
coeficiente estandarizado o coeficiente beta indica el peso
relativo de cada variable, sin importar la unidad de medida en
que se encuentren expresadas.

En la tabla el coeficiente de regresión
estandarizado para la variable dependiente: CONFIANZA
CIUDADANA (CONCUI)
está vació porque el
estándar esta dado justamente por dicha variable, en
cambio el Coeficiente para la variable independiente: SISTEMA
NACIONAL DE CONTROL (SINACO)
es 0.794, es decir 79% aprox. Lo
cual indica el peso que tiene dicha variable sobre la variable
dependiente.

Luego en relación con el Coeficiente no
estandarizado, se tiene dos sub-columnas, una para el Valor de
cada variable en el contexto del modelo (B) y otra para el error
típico. Luego, el valor de la variable dependiente
CONFIANZA CIUDADANA (CONCUI) es 43.80, el mismo que es
significativo, para los fines de la investigación, de
acuerdo a convenciones generalmente aceptadas de la ciencia
Estadística.

La tabla también presenta la columna "t", el
mismo que es un estadístico que se obtiene de dividir el
coeficiente no estandarizado entre su error típico. El
mismo que es favorable al Modelo.

La columna de mayor relevancia está referida al
Grado de significancia, que el sistema SPSS, lo presenta como
sig. El grado de significancia se compara con el denominado
margen de error propuesto, en el presente caso: 0.05 (5.0%.) y se
establece la contrastación de la
hipótesis.

El valor del Grado de significancia obtenido en la
tabla, para el caso de la variable dependiente CONFIANZA
CIUDADANA (CONSUI)
es p= 0.035 (3.50%), luego este valor es
menor que el nivel de significancia del 0.05 (5.00%) propuesto,
entonces se concluye que a un nivel de significancia del 3.50% se
rechaza la hipótesis nula y se acepta la hipótesis
alternativa.

En el caso de la Variable Independiente SISTEMA
NACIONAL DE CONTROL (SINACO)
se tiene que el valor de p =
0.033 (3.30%), al igual que en el caso anterior, también
es menor que el nivel de significancia del 5.00% propuesto por el
investigador; por tanto se concluye que a un nivel de
significancia propuesto del 3.30% se rechaza la hipótesis
nula y se acepta la hipótesis alternativa.

  • DISCUSIÓN DE LOS RESULTADOS
    OBTENIDOS

Para llevar a cabo la contrastación en primer
lugar se dispone de la siguiente información proveniente
del trabajo de campo:

  • Según el Cuadro analítico No. 1, se
    puede apreciar que el 84% de los encuestados acepta que el
    Sistema Nacional de Control debe ser el conjunto de
    órganos de control, normas, métodos y
    procedimientos, estructurados e integrados funcionalmente,
    destinados a conducir y desarrollar el ejercicio del control
    gubernamental en forma descentralizada. Su actuación
    debe comprender todas las actividades y acciones en los
    campos administrativo, presupuestal, operativo y financiero
    de las entidades públicas. Este resultado es similar
    al presentado por Padilla Vento, Patricia (2009), en la tesis
    denominada: El control interno en la efectividad del proceso
    de ejecución presupuestal. Presentado en la
    Universidad Nacional Federico Villarreal para optar el Grado
    de Maestro en Auditoria Contable y Financiera.

  • Según el Cuadro analítico No. 2, el
    85% de los encuestados acepta que la Contraloría
    General al ser el ente técnico rector del Sistema
    Nacional de Control, debe estar dotada de autonomía
    administrativa, funcional, económica y financiera, de
    modo que puede cumplir la misión de dirigir y
    supervisar con eficiencia y eficacia el control
    gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y
    transparencia de la gestión de las entidades
    públicas. Este resultado es similar al presentado por
    Padilla Vento, Patricia (2009), en la tesis denominada: El
    control interno en la efectividad del proceso de
    ejecución presupuestal. Presentado en la Universidad
    Nacional Federico Villarreal para optar el Grado de Maestro
    en Auditoria Contable y Financiera.

  • Según el Cuadro analítico No. 3, el
    98% de los encuestados considera que el control gubernamental
    debe consistir en la supervisión, vigilancia y
    verificación de los actos y resultados de la
    gestión, en atención al grado de eficiencia,
    eficacia, transparencia y economía en el uso y destino
    de los recursos y bienes del Estado. Este resultado es
    similar al presentado por Padilla Vento, Patricia (2009), en
    la tesis denominada: El control interno en la efectividad del
    proceso de ejecución presupuestal. Presentado en la
    Universidad Nacional Federico Villarreal para optar el Grado
    de Maestro en Auditoria Contable y Financiera.

  • Según el Cuadro analítico No. 4, el
    98% de encuestados está de acuerdo que el control
    gubernamental sebe comprender la verificación del
    cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de
    política y planes de acción, evaluando los
    sistemas de administración, gerencia y control, con
    fines de su mejoramiento a través de la
    adopción de acciones preventivas y correctivas
    pertinentes. Este resultado es similar al presentado por
    Padilla Vento, Patricia (2009), en la tesis denominada: El
    control interno en la efectividad del proceso de
    ejecución presupuestal. Presentado en la Universidad
    Nacional Federico Villarreal para optar el Grado de Maestro
    en Auditoria Contable y Financiera.

  • Según el Cuadro analítico No. 5, el
    98% de los encuestados acepta que el control interno
    gubernamental debe comprender las acciones de cautela previa,
    simultánea y de verificación posterior llevadas
    a cabo por cada entidad pública, con la finalidad que
    la gestión de sus recursos, bienes y operaciones se
    efectúe correcta y eficientemente. Este resultado es
    similar al presentado por Padilla Vento, Patricia (2009), en
    la tesis denominada: El control interno en la efectividad del
    proceso de ejecución presupuestal. Presentado en la
    Universidad Nacional Federico Villarreal para optar el Grado
    de Maestro en Auditoria Contable y Financiera.

  • Según el Cuadro Analítico No. 6, el
    97% de los encuestados acepta que el control interno previo y
    simultáneo debe competir compete exclusivamente a las
    autoridades, funcionarios y servidores como responsabilidad
    propia de las funciones que le son inherentes, sobre la base
    de las normas que rigen las actividades de la
    organización y los procedimientos establecidos en sus
    planes, reglamentos, manuales y disposiciones
    institucionales. Este resultado es similar al presentado por
    Hernández (2008) en la investigación
    denominada: Control eficaz y Gerenciamiento corporativo
    aplicado a los Gobiernos Locales.

  • Según el Cuadro analítico No. 7, el
    98% de los encuestados acepta que el control interno
    posterior debe ser ejercido por los responsables superiores
    del servidor o funcionario ejecutor, en función del
    cumplimiento de las disposiciones establecidas, así
    como por el órgano de control institucional. Este
    resultado es similar al presentado por Hernández
    (2008) en su trabajo denominado: Control eficaz y
    Gerenciamiento corporativo aplicado a los Gobiernos
    Locales.

  • Según el Cuadro Analítico No. 8 el
    97%, considera que debe ser responsabilidad del titular o
    quien haga sus veces, fomentar y supervisar el funcionamiento
    y confiabilidad del control interno para la evaluación
    de la gestión y el efectivo ejercicio de la
    rendición de cuentas, propendiendo a que éste
    contribuya con el logro de la misión y objetivos de
    las entidades gubernamentales. Este resultado es similar al
    presentado por Padilla Vento, Patricia (2009), en la tesis
    denominada: El control interno en la efectividad del proceso
    de ejecución presupuestal. Presentado en la
    Universidad Nacional Federico Villarreal para optar el Grado
    de Maestro en Auditoria Contable y Financiera.

  • Según el Cuadro Analítico No. 9, el
    98% de los encuestados, acepta que el control externo
    gubernamental, debe ser el conjunto de políticas,
    normas, métodos y procedimientos técnicos, que
    compete aplicar a la Contraloría General u otro
    órgano del Sistema por encargo o designación de
    ésta, con el objeto de supervisar, vigilar y verificar
    la gestión, la captación y el uso de los
    recursos y bienes del Estado. Este resultado es similar al
    presentado por Padilla Vento, Patricia (2009), en la tesis
    denominada: El control interno en la efectividad del proceso
    de ejecución presupuestal. Presentado en la
    Universidad Nacional Federico Villarreal para optar el Grado
    de Maestro en Auditoria Contable y Financiera.

  • Según el Cuadro Analítico No. 10, el
    97% de los encuestados acepta que la acción de control
    gubernamental debe ser la herramienta esencial del Sistema
    Nacional de control por la cual el personal técnico
    efectúa la verificación y evaluación,
    objetiva y sistemática, de los actos y resultados
    producidos por la entidad pública en la gestión
    y ejecución de los recursos, bienes y operaciones
    institucionales. Este resultado es similar al presentado por
    Padilla Vento, Patricia (2009), en la tesis denominada: El
    control interno en la efectividad del proceso de
    ejecución presupuestal. Presentado en la Universidad
    Nacional Federico Villarreal para optar el Grado de Maestro
    en Auditoria Contable y Financiera.

  • Según el Cuadro analítico No. 11, el
    90% de los encuestados acepta que la confianza ciudadana es
    el grado de aceptación que tiene la población
    sobre la actuación del Sistema Nacional de Control en
    la verificación y evaluación, objetiva y
    sistemática, de los actos y resultados producidos en
    la gestión y ejecución de sus actividades. Este
    resultado es similar al obtenido por Hernández (2008)
    en su trabajo denominado Control eficaz y Gerenciamiento
    corporativo aplicado a los Gobiernos Locales.

  • Según el Cuadro analítico No. 12, el
    88% de los encuestados acepta que la efectividad del Sistema
    Nacional de Control se refiere al grado de logro de sus
    objetivos y metas u otros beneficios que pretendían
    alcanzarse, previstos en la legislación o exigidos por
    la ciudadanía. Este resultado es similar al presentado
    por Padilla Vento, Patricia (2009), en la tesis denominada:
    El control interno en la efectividad del proceso de
    ejecución presupuestal. Presentado en la Universidad
    Nacional Federico Villarreal para optar el Grado de Maestro
    en Auditoria Contable y Financiera y Hernández (2008)
    en su trabajo denominado Control eficaz y Gerenciamiento
    corporativo aplicado a los Gobiernos Locales.

  • Según el Cuadro Analítico No. 13, el
    95% de los encuestados acepta que la eficiencia del Sistema
    Nacional de Control, es la relación existente entre
    las acciones de control realizadas y los recursos utilizados
    para ese fin, en comparación con un estándar de
    desempeño establecido por la ciudadanía. Este
    resultado es similar al presentado por Hernández
    (2008) en su trabajo denominado Control eficaz y
    Gerenciamiento corporativo aplicado a los Gobiernos
    Locales.

  • Según el Cuadro Analítico No. 14, el
    98% de los encuestados considera que se debería
    modificar la forma de la designación del Contralor
    General de la Republica, la asignación presupuestar a
    la Contraloría General de la República e
    incluso las normas de control gubernamental para que el
    Sistema Nacional de Control tenga efectividad y tenga la
    confianza ciudadana. Este resultado no tiene
    comparación. No se ha podido encontrar trabajos que
    traten temas similares.

  • Según el Cuadro analítico No. 15, el
    100% de los encuestados acepta que la lucha contra la
    corrupción debería tener al apoyo
    político; para que el sistema Nacional de Control
    pueda cumplir su rol y de ese modo tener la confianza
    ciudadana.

  • Según el Cuadro analítico No. 16, el
    96% de los encuestados acepta que el Sistema Nacional de
    Control, podría facilitar la generación de una
    cultura anticorrupción dentro del sector gubernamental
    y de ese modo ganarse la confianza ciudadana.

  • Según el Cuadro analítico No. 17, el
    90% de los encuestados acepta que si no se reduce los niveles
    de corrupción no tiene sentido tener sistemas, entes
    rectores y toda una parafernalia burocrática porque la
    ciudadanía no sentirá los efectos
    correspondientes.

  • Según el Cuadro analítico No. 18, el
    100% de los encuestados, contesta que el control
    gubernamental, interno y externo; previo, simultáneo y
    posterior; podrá facilitar la efectividad del Sistema
    Nacional de Control. Este resultado es similar al presentado
    por Padilla Vento, Patricia (2009), en la tesis denominada:
    El control interno en la efectividad del proceso de
    ejecución presupuestal. Presentado en la Universidad
    Nacional Federico Villarreal para optar el Grado de Maestro
    en Auditoria Contable y Financiera y Hernández (2008)
    en su trabajo denominado: Control eficaz y Gerenciamiento
    corporativo aplicado a los Gobiernos Locales.

  • Según el Cuadro Analítico No. 19, el
    96% de los encuestados acepta que la Contraloría
    General de la República debe establecer el plan
    anticorrupción y ejecutar acciones de control para
    luchar contra la corrupción en el sector
    público. Este resultado es similar al presentado por
    Padilla Vento, Patricia (2009), en la tesis denominada: El
    control interno en la efectividad del proceso de
    ejecución presupuestal. Presentado en la Universidad
    Nacional Federico Villarreal para optar el Grado de Maestro
    en Auditoria Contable y Financiera y Hernández (2008)
    en su trabajo denominado: Control eficaz y Gerenciamiento
    corporativo aplicado a los Gobiernos Locales.

  • Según el Cuadro Analítico No. 20, el
    90% de los encuestados acepta que el Sistema Nacional de
    Control debe disponer de las normas, recursos, instrumentos,
    procesos y procedimientos para cumplir su misión y
    generar confianza ciudadana. Este resultado no tiene
    resultados comparativos. El tema del control no es
    necesariamente un tema aceptado por los políticos.
    Asimismo las autoridades son renuentes al control.
    Habría que crear primero la cultura del control para
    luego pensar en lograr efectividad y luchar frontalmente
    contra la corrupción.

  • PROPUESTAS PARA CONSTITUIR UN SISTEMA NACIONAL DE
    CONTROL EFECTIVO

Pese a los enormes cambios realizados en el mundo, de
los que hemos sido testigos en las últimas décadas,
tales como la orientación de la política, la
integración de los mercados, la globalización de la
economía, la transnacionalización de los negocios y
en especial la dinámica de la tecnología, se
mantienen inalterables algunos principios en la
administración del Estado, que lejos de ser cuestionados,
se fortalecen permanentemente. Uno de esos principios, es el de
la Independencia de las funciones del Control Gubernamental. Al
respecto se debe tener en cuenta las Declaraciones de Lima y
Cartagena de Indias, tan conocidas en el marco del control
gubernamental, y la más reciente de la ciudad de
México, para luego continuar con los riesgos a los que ha
sido expuesta la independencia del control gubernamental, y, los
esfuerzos de la Contraloría General de la
República, para mantener y consagrar por siempre la
independencia y autonomía en los preceptos de la
Constitución Política del Estado. La independencia
como un concepto general, se relaciona con las
características de libertad, de autonomía, de
capacidad para tomar decisiones y realizar o no las acciones que
se considere apropiadas, claro está, dentro de la
soberanía del Estado y de un marco jurídico, moral
y ético. En los orígenes de los Estados modernos,
se analizó la conveniencia de que determinadas funciones,
deban ser realizadas por organizaciones que estén
atribuidas de la facultad de tomar decisiones sin someterlas a
otra autoridad. Esto permitiría, dentro del marco
normativo apropiado, ejercitar funciones que de otra manera no
conseguirían alcanzar el efecto esperado. Este es el caso
específico de las actividades de control gubernamental y
la vigilancia del uso de los recursos públicos. De lo
contrario la dependencia y sometimiento a otra autoridad u
organización asignaría influencias negativas contra
la efectividad, eficiencia y objetividad de ese
control.

El control efectivo, transparente, profesional y
objetivo de los recursos públicos, debe evitar la
interferencia de otras funciones del Estado, caso contrario, la
acción de control sometida a los intereses del Gobierno,
al despacho de recursos para el pago de sus gastos, a la
visión que otras instancias puedan tener sobre las
actividades técnicas del control gubernamental,
limitarían la capacidad para adoptar decisiones objetivas
y transparentes.

La mayoría de los países del mundo, en su
organización constitucional, han reconocido y consagrado
esta independencia para sus organismos de control.

Luego de esta breve introducción deseo exponer,
los lineamientos básicos comunes de las EFS del mundo y de
la Región en cuanto a la independencia del control
gubernamental, al respecto debo citar:

LA DECLARACION DE LIMA

En octubre de 1977, en la ciudad de Lima se
celebró el noveno Congreso de la Organización
Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores
(INTOSAI
), cuyo magnífico resultado, fue aprobar por
aclamación la "Declaración de Lima sobre
Líneas Básicas de Fiscalización". El
propósito de la Declaración de Lima, es defender la
"Independencia de la Administración Pública"
y
así lo confirma su texto en el Preámbulo que
contiene, la descripción de lo indispensable que es para
un Estado, el que cuente con una Entidad Fiscalizadora
Superior (EFS)
[17] eficaz y cuya independencia
esté garantizada por Constitución y la Ley. El
artículo 5 de la Declaración de Lima, establece con
total claridad, los siguientes aspectos de enorme importancia
para las EFS, en cuanto a la independencia: i) "Las Entidades
Fiscalizadoras Superiores sólo pueden cumplir eficazmente
sus funciones si son independientes de la institución
controlada y se hallan protegidas contra influencias
exteriores."; ii) "Aunque una independencia absoluta respecto de
los demás órganos estatales es imposible, por estar
ella misma inserta en la totalidad estatal, las Entidades
Fiscalizadoras Superiores deben gozar de la independencia
funcional y organizativa para el cumplimiento de sus funciones.";
iii) "Las Entidades Fiscalizadoras Superiores y el grado de su
independencia deben regularse en la Constitución; los
aspectos concretos podrán ser regulados por medio de
Leyes. Especialmente debe gozar de una protección legal
suficiente, garantizada por un Tribunal Supremo, contra cualquier
injerencia en su independencia y sus competencias de
control."

Es necesario incidir en que la independencia debe ser el
principio fundamental de las EFS. A partir de aquí se
originan las siguientes reflexiones que son necesarias resolver:
¿cómo efectuar el control eficiente y objetivo de
los recursos públicos si la EFS dependiera del Poder
Ejecutivo, si es el que dirige y administra los recursos
económicos del presupuesto del Estado?;
¿cómo examinar la gestión del Ministerio de
Finanzas o de Hacienda si la EFS dependería de las
asignaciones presupuestarias gestionadas por esa Cartera de
Estado?; ¿cómo establecer responsabilidades a las
entidades bajo control, si éstas también son parte
del orden jerárquico del que depende la EFS?.

LA DECLARACIÓN DE CARTAGENA DE
INDIAS

En el marco del Seminario Internacional "Transparencia
contra la Corrupción" realizado en la ciudad de Cartagena
de Indias entre el 12 y 15 de julio de 2006, por convocatoria de
la Comisión de Ética Pública, Probidad
Administrativa y Transparencia, CEPAT, de la Organización
Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras
Superiores, OLACEFS,
sus miembros, suscribieron la
Declaración de Cartagena de Indias, la que incluyó
la voluntad de las EFS de acoger las propuestas del documento
técnico que sirvió de base para la discusión
en ese Seminario, documento que insistió en lo siguiente:
"Para que las EFS puedan adelantar de manera efectiva y
eficiente su tarea, es necesario tener en consideración
los pilares sobre los cuales se sostiene la acción de
control fiscal: autonomía, rendición de cuentas y
participación ciudadana."

LA DECLARACIÓN DE MÉXICO

En noviembre de 2007, en el marco del decimonoveno
Congreso de la Organización Internacional de Entidades
Fiscalizadoras Superiores, INTOSAI, celebrado en la ciudad de
México, se aprobó la Norma Internacional de las
EFS (ISSAI)
número 10, titulada "La
Declaración de México sobre Independencia"
y la
número 11 titulada "Pautas Básicas y Buenas
Prácticas de la INTOSAI relacionadas con la Independencia
de las EFS",
documentos de un enorme valor y estupendo
contenido para el fortalecimiento de la independencia y
autonomía que debemos defender con rigor. Estas normas,
definen fundamentalmente los 8 principios en los que se debe
asentar la independencia y las buenas prácticas para
mantenerla, se convierte en un logro de enorme significado y a
cuyos contenidos debemos hacer referencia en todos estos procesos
de discusión. No cabe duda sobre los fundamentos que
sustentan la independencia del control gubernamental, es que la
razón no pide fuerza. Adicionalmente, se debe sostener que
la protección de la independencia y la autonomía,
no solo deben ser aplicadas a las EFS como instituciones, sino
también a las personas que constituyen los componentes del
engranaje que hace el control. Estas personas, en especial las
involucradas en los procesos generadores del valor del control,
deben ser dotadas constitucionalmente con las salvaguardas que
eviten las represalias indiscriminadas por parte de los que con
toda justicia, han sido sujetos de responsabilidad, como producto
de las actividades de control.

La independencia de quienes hacen el Control
Gubernamental, está regulada por las normas profesionales,
confirmada por los códigos de ética y por sobre
todas las cosas, debe estar garantizada por la formación
ética de cada uno de los individuos, quienes ante la
mínima posibilidad de ver comprometida la independencia
individual al hacer el control, deben excusarse de conocer los
casos por examinar y dar paso para que otros lo realicen. Es
decir, se ratifica firmemente los preceptos de la
Declaración de Lima en cuanto a la independencia y la
autonomía, pero también, se consolida la
obligación de rendir cuentas y viabilizar como alternativa
la participación ciudadana, sin que esto último
signifique, la renuncia de un mínimo de esa independencia
tan enérgicamente defendida.

La independencia también debe ser considerada en
la dimensión mental de cada uno de los componentes del
Sistema Nacional de Control, quienes hacen el control como parte
de las EFS, para ellas como instituciones, significa el total
desapego de las injerencias que puedan afectar al
desempeño. Esta independencia individual, debe ser
totalmente incuestionable, no debe estar sometida siquiera a
sospecha, pero también, debe ser producto de la
ética y la transparencia que caracterizará el
accionar de quienes hacen las EFS. ¿Cómo lograr
la independencia de los individuos que hacen control? La
respuesta es: con una sólida formación en valores y
ética pública, con procesos internos de
evaluación y sanción, y también, con
procesos de incentivo y motivación.

Para los integrantes del Sistema Nacional de Control,
está clara la importancia de la independencia,
quizá para otros, no pueda estar tan clara, o
estándola, se la considera una amenaza a sus intereses,
por lo que debemos también estar preparados como EFS, a
afrontar esos riesgos que vienen amenazado la citada
independencia.

RIESGOS A LOS QUE PUEDE ESTAR EXPUESTA LA
INDEPENDENCIA DEL CONTROL GUBERNAMENTAL

Es posible que la independencia del Control
Gubernamental, pueda verse amenazada en ciertas circunstancias,
que de darse, las EFS deben estar listas para mantener una
posición firme, sólida y enérgica. De
mantenerse la independencia del Control Gubernamental como
precepto constitucional, ésta puede verse afectada, por
ejemplo, por la creación dentro de la estructura del
Estado, de organismos paralelos de control como son las
veedurías ciudadanas, las comisiones cívicas de
control de la corrupción, y las secretarías o
inclusive Ministerios de control. Estos organismos paralelos,
parecería que no afectan a la independencia de las EFS,
pero de alguna manera, podrían lesionar su capacidad de
decisión en cuanto a la planificación de las
actividades de control, pues de forma independiente y sin
coordinación, ellos pueden tomar ciertos temas para su
análisis y examen que luego deberán ser puestos a
conocimiento de la EFS para proceder a la determinación
privativa de las responsabilidades a las que pudiera haber lugar.
De ser necesarios estos organismos, se deberá proveer de
las herramientas jurídicas y mecanismos de
comunicación e interacción, que más bien
potencien la eficiencia del control, pero con el respeto absoluto
de la independencia y facultades privativas del Organismo
Técnico Superior de Control.

Otro riesgo al que puede estar expuesta la Independencia
del Control Gubernamental, es que, debido a las modalidades de
elección del titular de la EFS o Contralor General, no se
garantice que esa autoridad esté totalmente desvinculada
de los actores políticos. En el caso peruano conforme
dispone la Constitución de 1993, el Contralor General es
designado por el Presidente de la República, de una terna
presentada por el Congreso Nacional. Esta forma de
elección, debe ser sujeta a revisión.

No debemos descartar que, teniendo el Control
Gubernamental total independencia, existan leyes o disposiciones
especiales que no permitan se ejercite el control sobre el manejo
de los recursos públicos, por ejemplo, aquellos que se
manejan como fondos especiales por medio de fideicomisos, o a
través de holdings de empresas privadas pero cuyo paquete
accionario es de propiedad del Estado y por ser de derecho
privado, podrían ser sujetas de control por parte de
firmas privadas de auditoría.

Otro riesgo destacable, es aquel asociado con la
capacidad de gestión de los recursos humanos disponibles,
pues, siendo totalmente independientes las EFS, el Control
Gubernamental puede estar limitado por la falta de conocimientos
técnicos, experiencias, tecnología, profesionales
calificados, entre otros factores.

Pero también la Independencia del Control
Gubernamental puede estar supeditada a la cultura propia de
nuestras EFS, es decir, que la capacidad de "hacer" se encuentre
limitada por factores como la falta de motivación y
compromiso del personal, los estilos de dirección de las
máximas autoridades, que pueden estar matizados por el
desinterés por el desarrollo y modernización
institucionales.

PROPUESTAS ESPECIFICAS:

La independencia y autonomía, constituyen pilares
fundamentales de las instituciones de Control, por tanto se
propone los siguientes aspectos:

  • Seguir considerando a la Contraloría General
    de la República, como el Organismo Técnico
    Superior de Control, con facultad privativa para normar,
    gestionar y evaluar el Sistema de Control del Estado. No es
    admisible, que siendo el ejecutor del control, no mantenga la
    capacidad de emitir su propia normatividad como son las
    Normas de Auditoría Gubernamental, las Normas de
    Control Interno, los manuales en las diferentes modalidades
    de la Auditoría Gubernamental, los reglamentos para el
    control de bienes del sector público y otros
    más.

  • Para el desempeño eficiente del ejercicio del
    control, debe seguir gozando de plena autonomía e
    independencia política, administrativa, presupuestaria
    y financiera, pues no sería procedente que el
    órgano de control dependa de alguna o algunas
    entidades sujetas a su control. Para este efecto, es
    necesario que la Contraloría General de la
    República cuente con recursos propios y capacidad de
    manejo del personal, que puedan ser gestionados
    independientemente, conforme a sus necesidades.

  • El Contralor General deberá permanecer en su
    cargo por un periodo de 7 años, de manera que las
    políticas de gestión se mantengan en el tiempo
    y sobre todo, no coincida con el inicio o conclusión
    de aquel para el cual se elija al Presidente de la
    República y Congreso Nacional.

  • Es necesario coordinar los esfuerzos de los otros
    organismos de control del Estado, con el fin de potenciar las
    probabilidades de éxito en esas delicadas
    tareas.

  • Es necesario mantener la potestad privativa para
    determinar responsabilidades administrativas, civiles
    culposas e indicios de responsabilidad penal.

  • El Contralor General, debería ser elegido de
    una terna a ser presentada al Presidente de la
    República, por una comisión de
    postulación integrada por las funciones Legislativa y
    Judicial y del Consejo Superior de Universidades lo que
    evitará la injerencia política en su
    nombramiento. Si el Presidente de la República una vez
    recibida la terna, no elije al Contralor dentro de los
    treinta días de su recepción, el primero de
    dicha terna será el Contralor, por ministerio de la
    Ley. Si la Comisión de postulación no presenta
    la terna dentro del plazo establecido, el Presidente de la
    República designará directamente al
    Contralor.

La propuesta de normas citada, es viable, modifica
aspectos sustantivos de la institución de control como son
la coordinación de los demás organismos de control,
fortalece el Sistema de control, consagra la independencia
política y por ende la despolitización de la
designación del Contralor General. Además se
actualiza, acorde con las corrientes internacionales modernas, la
duración en el cargo de Contralor General.

Es preciso insistir, que la defensa de la Independencia
del Control Gubernamental, no es un asunto de la defensa de
parcelas de poder o de privilegiar la permanencia de
burócratas en sus cargos, se trata de la defensa de los
mismos intereses de los ciudadanos a cuyas demandas de
rendición de cuentas y transparencia, se debe responder
con acciones de instituciones fuertes, con el único
propósito, en este caso, de salvaguardar los sagrados
recursos de todos.

La independencia y la autonomía del control
gubernamental, desde hace mucho tiempo ya no es un tema a ser
discutido, sino más bien, a ser defendido, sustentado y
fortalecido.

Conclusiones

  • 1. La Contraloría General de la
    República sólo puede cumplir eficazmente sus
    funciones si son independientes y se hallan protegidas contra
    influencias exteriores.

  • 2.  Una independencia absoluta respecto de los
    demás órganos estatales es imposible, por estar
    la Contraloría General de la república inserta
    en la totalidad estatal, pero dicha entidad debe gozar de la
    independencia funcional y organizativa para el cumplimiento
    de sus funciones no solo indicado en las normas, si no
    aplicado en la realidad.

  • 3. La Contraloría General de la
    República y el grado de su independencia deben
    regularse en la Constitución; los aspectos concretos
    podrán ser regulados por medio de Leyes. Especialmente
    debe gozar de una protección legal suficiente,
    garantizada por un Tribunal Supremo, contra cualquier
    injerencia en su independencia y sus competencias de
    control.

  • 4. Para que la Contraloría General de la
    República pueda adelantar de manera efectiva y
    eficiente su tarea, es necesario tener en
    consideración los pilares sobre los cuales se sostiene
    la acción de control fiscal: autonomía,
    rendición de cuentas y participación
    ciudadana.

  • 5. La independencia de quienes hacen el Control
    Gubernamental, está regulada por las normas
    profesionales, confirmada por los códigos de
    ética y por sobre todas las cosas, debe estar
    garantizada por la formación ética de cada uno
    de los individuos, quienes ante la mínima posibilidad
    de ver comprometida la independencia individual al hacer el
    control, deben excusarse de conocer los casos por examinar y
    dar paso para que otros lo realicen.

  • 6. La independencia debe ser considerada en la
    dimensión mental de cada uno de los componentes del
    Sistema Nacional de Control. Esta independencia individual,
    debe ser totalmente incuestionable, no debe estar sometida
    siquiera a sospecha, pero también, debe ser producto
    de la ética y la transparencia que
    caracterizará el accionar. Todo lo cual se puede
    lograr con una sólida formación en valores y
    ética pública, con procesos internos de
    evaluación y sanción, y también, con
    procesos de incentivo y motivación.

  • 7. Es un riesgo contra la independencia del
    Sistema nacional de Control, la modalidad de elección
    del Contralor General, actualmente no se garantiza que esa
    autoridad esté totalmente desvinculada de los actores
    políticos.

  • 8. Aún teniendo el Control Gubernamental
    total independencia, pueden existir leyes o disposiciones
    especiales que no permitan se ejercite el control sobre el
    manejo de los recursos públicos, por ejemplo, aquellos
    que se manejan como fondos especiales por medio de
    fideicomisos, o a través de holdings de empresas
    privadas pero cuyo paquete accionario es de propiedad del
    Estado.

  • 9. El Sistema nacional de Control debe
    propender al apropiado, oportuno y efectivo ejercicio del
    control gubernamental, para prevenir y verificar, mediante la
    aplicación de principios, sistemas y procedimientos
    técnicos, la correcta, eficiente y transparente
    utilización y gestión de los recursos y bienes
    del Estado, el desarrollo honesto y probo de las funciones y
    actos de las autoridades, funcionarios y servidores
    públicos, así como el cumplimiento de metas y
    resultados obtenidos por las instituciones sujetas a control,
    con la finalidad de contribuir y orientar el mejoramiento de
    sus actividades y servicios en beneficio de la
    Nación.

  • 10.  El Sistema Nacional de Control debe ser el
    conjunto de órganos de control, normas, métodos
    y procedimientos, estructurados e integrados funcionalmente,
    destinados a conducir y desarrollar el ejercicio del control
    gubernamental en forma descentralizada. Su actuación
    debe comprender todas las actividades y acciones en los
    campos administrativo, presupuestal, operativo y financiero
    de las entidades y alcanza al personal que presta servicios
    en ellas, independientemente del régimen que las
    regule.

  • 11. El ejercicio del control gubernamental por
    el Sistema Nacional de Control en las entidades, se
    efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la
    Contraloría General, la que establece los
    lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos
    correspondientes a su proceso, en función a la
    naturaleza y/o especialización de dichas entidades,
    las modalidades de control aplicables y los objetivos
    trazados para su ejecución. Dicha regulación
    debe permitir la evaluación, por los órganos de
    control, de la gestión de las entidades y sus
    resultados.

  • 12. La Contraloría General de la
    República, en su calidad de ente técnico
    rector, debe organizar y desarrollar el control gubernamental
    en forma descentralizada y permanente.

  • 13. El control gubernamental consiste en la
    supervisión, vigilancia y verificación de los
    actos y resultados de la gestión pública, en
    atención al grado de eficiencia, eficacia,
    transparencia y economía en el uso y destino de los
    recursos y bienes del Estado, así como del
    cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de
    política y planes de acción, evaluando los
    sistemas de administración, gerencia y control, con
    fines de su mejoramiento a través de la
    adopción de acciones preventivas y correctivas
    pertinentes. El control gubernamental es interno y externo y
    su desarrollo constituye un proceso integral y
    permanente

Recomendaciones

PARA EL PODER EJECUTIVO, LEGISLATIVO Y
JUDICIAL
:

  • Se recomienda seguir considerando a la
    Contraloría General de la República, como el
    Organismo Técnico Superior de Control, con facultad
    privativa para normar, gestionar y evaluar el Sistema
    nacional de Control.

  • Se recomienda dotar de la capacidad de emitir su
    propia normatividad como son las Normas de Auditoría
    Gubernamental, las Normas de Control Interno, los manuales en
    las diferentes modalidades de la Auditoría
    Gubernamental, los reglamentos para el control de bienes del
    sector público y otros más.

  • Se recomienda que para que la Contraloría
    General de la república pueda tener un
    desempeño eficiente del ejercicio del control, debe
    seguir gozando de plena autonomía e independencia
    política, administrativa, presupuestaria y financiera.
    Para este efecto, es necesario que la Contraloría
    General de la República cuente con recursos propios y
    capacidad de manejo del personal, que puedan ser gestionados
    independientemente, conforme a sus necesidades.

  • Se recomienda que el Contralor General permanezca en
    su cargo por un periodo de 7 años, de manera que las
    políticas de gestión se mantengan en el tiempo
    y sobre todo, no coincida con el inicio o conclusión
    de aquel para el cual se elija al Presidente de la
    República y Congreso Nacional.

  • Se recomienda coordinar los esfuerzos de los otros
    organismos del Estado, con el fin de potenciar las
    probabilidades de éxito en esas delicadas
    tareas.

  • Se recomienda mantener la potestad privativa para
    determinar responsabilidades administrativas, civiles
    culposas e indicios de responsabilidad penal.

  • Se recomienda que el Contralor General, sea elegido
    de una terna a ser presentada al Presidente de la
    República, por una comisión de
    postulación integrada por las funciones Legislativa y
    Judicial y del Consejo Superior de Universidades lo que
    evitará la injerencia política en su
    nombramiento. Si el Presidente de la República una vez
    recibida la terna, no elije al Contralor dentro de los
    treinta días de su recepción, el primero de
    dicha terna será el Contralor, por ministerio de la
    Ley. Si la Comisión de postulación no presenta
    la terna dentro del plazo establecido, el Presidente de la
    República designará directamente al
    Contralor.

A LA CIUDADANIA EN GENERAL:

  • Se recomienda defender la independencia del Sistema
    nacional de Control. La independencia y la autonomía
    del control gubernamental no es un tema a ser discutido, sino
    más bien, a ser defendido, sustentado y
    fortalecido.

  • Se recomienda exigir que la conducta y servicio de
    los integrantes de los Órganos integrantes del Sistema
    Nacional de Control sean irreprochables éticamente, no
    susciten sospecha y sean dignas de su respeto y
    confianza;

A LOS AUDITORES GUBERNAMENTALES:

  • Se recomienda tener en cuenta que el ejercicio de la
    auditoría gubernamental, encomendada por mandato
    constitucional al Sistema Nacional de Control, se debe
    sustentar en un conjunto de valores y principios, que implica
    la evaluación de los hechos rodeados de
    precisión e imparcialidad, demandando del auditor,
    tanto cualidades como calificaciones profesionales y
    personales especiales, que permitan honrar la credibilidad y
    confianza ciudadana sobre su desempeño y los
    resultados de su labor;

  • Se recomienda tener en cuenta que para efectos del
    control gubernamental, no resulta suficientemente meritorio
    un adecuado cumplimiento de las funciones públicas
    asignadas por la administración estatal, sino se
    encuentra sustentado en la observancia de sólidos
    principios éticos promovidos por el Organismo Superior
    de Control;

  • Se recomienda como necesario reunir con
    carácter vinculante, un conjunto de normas
    mínimas, concordantes con los principios y criterios
    que regulan el ejercicio del control gubernamental, que
    constituyan las guías de orientación para que
    el auditor las examine, considere y aplique en sus
    actuaciones concretas durante el desempeño de sus
    labores, las cuales deben ser observadas permanentemente por
    todos los que ejercen la auditoría
    gubernamental;

  • Se recomienda tener en cuenta que la
    Contraloría General de la República es
    consciente de que los auditores gubernamentales están
    rodeados de un entorno dinámico, que caracteriza a
    nuestra Administración Pública, por lo que
    resulta necesario contar con referentes visibles y
    continuados que permitan orientar sus conductas, a la vez que
    apreciar y demostrar lo positivo de su desempeño, a
    fin de honrar, la credibilidad y confianza pública
    sobre su desempeño.

  • Se recomienda que como receptores de la milenaria
    tradición andina, deben asumir la actualidad de su
    norma "ama sua, ama quella, ama llulla"* como guía de
    conducta; y, dentro de este contexto, resulta adecuado
    adoptar con carácter vinculante un conjunto
    específico de normas mínimas que constituyan
    las guías de orientación para que el auditor
    las examine, aprecie y aplique, en cualquier circunstancia,
    que se encuentren en sus actuaciones concretas durante el
    ejercicio de su cometido, sin excluir las normas de conducta
    señaladas en los diversos Colegios Profesionales al
    cual se pertenezca;

Bibliografía

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    control gubernamental. Lima. Editora Gráfica
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  • 2. Beas Aranda José Luis (2006)
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    Norma.

  • 3. Brenifier, O. (2005) El diálogo en
    clase. Tenerife-España. Editorial Idea.

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    científica. Su estrategia y su filosofía,
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  • 5. Cepeda Alonso, Gustavo (1996)
    Auditoría y control interno. Bogotá. Editorial
    Mc Graw Hill.

  • 6. Contraloría General de la
    República (2004) Manual de Auditoría
    Gubernamental. Lima. Editora Perú.

  • 7. Contraloría General de la
    República (2004) Manual de Auditoría
    Gubernamental. Lima. Editora Perú.

  • 8. Chiavenato Idalberto (2005)
    Introducción a la Teoría General de la
    Administración. México. Mc Graw
    Hill.

  • 9. Drucker Peter F. (2004) La Gerencia en la
    Sociedad Futura. Bogotá. Grupo Editorial
    Norma.

  • 10. Gómez Bravo, Luis (2006)
    Mejoramiento Continuo. La Habana. Universidad de la Habana
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  • 11. Johnson, Gerry & Scholes, Kevan (1999)
    Dirección Estratégica: Análisis de la
    Estrategia de las Organizaciones. Barcelona. Closas Orcoyen
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  • 12. Koontz, Harold & O´Donnell, Cyril
    (1990) Curso de Administración Moderna-Un
    Análisis de Sistemas y Contingencias de las Funciones
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  • 13. Marchiaro Rafaelino Enrique (2008) El
    derecho municipal como derecho posmoderno: Casos,
    método y principios jurídicos. Buenos Aires.
    Editora Ediar.

  • 14. Ruiz Villar María Cristina y
    Díaz Cerón Ana María (2006) Mejora
    continua y productividad. México. Universidad Nacional
    Autónoma de México.

  • 15. Stoner, Freeman Gilbert (2000)
    Administración. México. Compañía
    Editorial Continental SA. De CV.

  • 16. Terry George (1990) Principios de
    Administración. México. Compañía
    Editorial Continental SA. De CV.

  • 17. Valdivia Contreras, Emilio R. (2008) Normas
    Municipales. Lima. Editorial Berrio

TESIS:

  • 1. Campos Guevara Cesar Enrique (2003), en su
    tesis denominada: Los procesos de control interno en el
    departamento de ejecución presupuestal de una
    institución del estado,
    presentada en la
    Universidad Autónoma de México para optar el
    Grado académico de Magíster en Contabilidad con
    mención en Auditoria Superior.

  • 2. Liñán Salinas, Elcida Herlinda
    (2004) en la tesis denominada: Las acciones de control
    para el desarrollo de una auditoria integral de una
    Universidad Pública,
    presentada en la Universidad
    Nacional Federico Villareal para optar el grado de Maestra en
    auditoria contable y financiera.

  • 3. Romero García, Adrián (2004),
    en la tesis denominada: Deficiencias de control interno en
    el proceso de gestión institucional
    , presentada
    para optar el Grado de Maestro en administración en la
    Universidad Nacional Federico Villarreal.

  • 4. Hernández Celis, Domingo (2005), en
    su trabajo de investigación denominado: El
    órgano de control institucional de las direcciones
    regionales de educación y el apoyo efectivo a la
    contraloría en la lucha contra la
    corrupción
    . Presentado en la Dirección
    Regional de Lima Metropolitana.

  • 5. Padilla Vento, Patricia (2009), en la tesis
    denominada: El control interno en la efectividad del
    proceso de ejecución presupuestal
    . Presentado en
    la Universidad Nacional Federico Villarreal para optar el
    Grado de Maestro en Auditoria Contable y
    Financiera.

  • 6. Hernández (2008) Control eficaz y
    Gerenciamiento corporativo aplicado a los Gobiernos
    Locales.

Anexo

ANEXO No.1: MATRIZ DE
CONSISTENCIA

"SISTEMA NACIONAL DE CONTROL EN EL
PERU"

PROBLEMAS

OBJETIVOS

HIPÓTESIS

VARIABLES E
INDICADORES

PROBLEMA
PRINCIPAL:

¿De qué manera debe constituirse el
Sistema Nacional de Control, para que genere confianza
ciudadana?

PROBLEMAS
SECUNDARIOS:

  • 1. ¿De qué forma el control
    gubernamental puede facilitar la efectividad del
    Sistema Nacional de Control?

  • 2. ¿De qué modo la
    Contraloría General de la República puede
    facilitar la lucha contra la corrupción en el
    sector público?

OBJETIVO GENERAL:

Determinar la manera como debe construirse el
sistema Nacional de Control para que genere confianza
ciudadana.

OBJETIVOS
ESPECÍFICOS:

  • 1. Establecer la forma en que el control
    gubernamental puede facilitar la efectividad del
    Nacional de Control.

  • 2. Definir el modo en que la
    Contraloría general de la República pude
    facilitar la lucha contra la corrupción en el
    sector público.

HIPÓTESIS
PRINCIPAL:

El Sistema Nacional de Control dispone de las
normas, recursos, instrumentos, procesos y procedimientos
para cumplir su misión y generar confianza
ciudadana.

HIPÓTESIS
SECUNDARIAS:

  • 1. El control gubernamental, interno y
    externo; previo, simultáneo y posterior;
    facilita la efectividad del Sistema Nacional de
    Control

  • 2. La Contraloría General de la
    República establece el plan
    anticorrupción y ejecuta acciones de control
    para luchar contra la corrupción en el sector
    público.

VARIABLE
INDEPENDIENTE

X. Sistema Nacional de
Control

INDICADORES:

X.1. Control gubernamental

X.2. Contraloría General de la
República

VARIABLE
DEPENDIENTE

Y. Confianza
ciudadana

INDICADORES:

Y.1. Efectividad

Y.2. Lucha contra la
corrupción

ANEXO No. 2:

ENCUESTA

A continuación tengo a bien presentar el
cuestionario correspondiente a la investigación titulada:
SISTEMA NACIONAL DE CONTROL EN EL PERU, correspondiente a
la Ms. BLANCA LILIANA CARDENAS CARDENAS, quien desea
obtener información para su trabajo y así poder
optar el GRADO DOCTOR EN CONTABILIDAD. De antemano agradezco la
colaboración facilitada. Por favor, marcar con un aspa (X)
la respuesta que corresponde a la pregunta formulada.

PREGUNTAS SOBRE SISTEMA NACIONAL DE
CONTROL:

NR

ALTERNATIVAS

SI

NO

N/R

1

¿El Sistema Nacional de Control debe ser el
conjunto de órganos de control, normas,
métodos y procedimientos, estructurados e integrados
funcionalmente, destinados a conducir y desarrollar el
ejercicio del control gubernamental en forma
descentralizada. Su actuación debe comprender todas
las actividades y acciones en los campos administrativo,
presupuestal, operativo y financiero de las entidades
públicas?

2

¿La Contraloría General al ser el
ente técnico rector del Sistema Nacional de Control,
debe estar dotada de autonomía administrativa,
funcional, económica y financiera, de modo que puede
cumplir la misión de dirigir y supervisar con
eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando
su accionar al fortalecimiento y transparencia de la
gestión de las entidades públicas?

3

¿El control gubernamental debe consistir en
la supervisión, vigilancia y verificación de
los actos y resultados de la gestión, en
atención al grado de eficiencia, eficacia,
transparencia y economía en el uso y destino de los
recursos y bienes del Estado?

4

¿El control gubernamental sebe comprender
la verificación del cumplimiento de las normas
legales y de los lineamientos de política y planes
de acción, evaluando los sistemas de
administración, gerencia y control, con fines de su
mejoramiento a través de la adopción de
acciones preventivas y correctivas pertinentes?

5

¿El control interno gubernamental debe
comprender las acciones de cautela previa,
simultánea y de verificación posterior
llevadas a cabo por cada entidad pública, con la
finalidad que la gestión de sus recursos, bienes y
operaciones se efectúe correcta y
eficientemente?

6

¿El control interno previo y
simultáneo debe competir compete exclusivamente a
las autoridades, funcionarios y servidores como
responsabilidad propia de las funciones que le son
inherentes, sobre la base de las normas que rigen las
actividades de la organización y los procedimientos
establecidos en sus planes, reglamentos, manuales y
disposiciones institucionales?

7

¿El control interno posterior debe ser
ejercido por los responsables superiores del servidor o
funcionario ejecutor, en función del cumplimiento de
las disposiciones establecidas, así como por el
órgano de control institucional?

8

¿Debe ser responsabilidad del titular o
quien haga sus veces, fomentar y supervisar el
funcionamiento y confiabilidad del control interno para la
evaluación de la gestión y el efectivo
ejercicio de la rendición de cuentas, propendiendo a
que éste contribuya con el logro de la misión
y objetivos de las entidades gubernamentales?

9

¿El control externo gubernamental, debe ser
el conjunto de políticas, normas, métodos y
procedimientos técnicos, que compete aplicar a la
Contraloría General u otro órgano del Sistema
por encargo o designación de ésta, con el
objeto de supervisar, vigilar y verificar la
gestión, la captación y el uso de los
recursos y bienes del Estado?

10

¿La acción de control gubernamental
debe ser la herramienta esencial del Sistema Nacional de
control por la cual el personal técnico
efectúa la verificación y evaluación,
objetiva y sistemática, de los actos y resultados
producidos por la entidad pública en la
gestión y ejecución de los recursos, bienes y
operaciones institucionales?

PREGUNTAS SOBRE CONFIANZA CIUDADANA EN EL SISTEMA
NACIONAL DE CONTROL:

NR

ALTERNATIVAS

SI

NO

N/R

11

¿La confianza ciudadana es el grado de
aceptación que tiene la población sobre la
actuación del Sistema Nacional de Control en la
verificación y evaluación, objetiva y
sistemática, de los actos y resultados producidos en
la gestión y ejecución de sus
actividades?

12

¿La efectividad del Sistema Nacional de
Control se refiere al grado de logro de sus objetivos y
metas u otros beneficios que pretendían alcanzarse,
previstos en la legislación o exigidos por la
ciudadanía?

13

¿La eficiencia del Sistema Nacional de
Control, es la relación existente entre las acciones
de control realizadas y los recursos utilizados para ese
fin, en comparación con un estándar de
desempeño establecido por la
ciudadanía?

14

¿Se debería modificar la forma de la
designación del Contralor General de la Republica,
la asignación presupuestar a la Contraloría
General de la República e incluso las normas de
control gubernamental para que el Sistema Nacional de
Control tenga efectividad y tenga la confianza
ciudadana?

15

¿La lucha contra la corrupción
debería tener al apoyo político; para que el
sistema Nacional de Control pueda cumplir su rol y de ese
modo tener la confianza ciudadana?

16

¿El Sistema Nacional de Control,
podría facilitar la generación de una cultura
anticorrupción dentro del sector gubernamental y de
ese modo ganarse la confianza ciudadana?

17

¿Si no se reduce los niveles de
corrupción no tiene sentido tener sistemas, entes
rectores y toda una parafernalia burocrática porque
la ciudadanía no sentirá los efectos
correspondientes?

18

¿El control gubernamental, interno y
externo; previo, simultáneo y posterior;
podrá facilitar la efectividad del Sistema Nacional
de Control?

19

¿La Contraloría General de la
República debe establecer el plan
anticorrupción y ejecutar acciones de control para
luchar contra la corrupción en el sector
público?

20

¿El Sistema Nacional de Control debe
disponer de las normas, recursos, instrumentos, procesos y
procedimientos para cumplir su misión y generar
confianza ciudadana?

DEDICATORIA

Con todo mi amor para Oscar Carbajal
Cárdenas,

Mi hijo por ser la razón de ser de
todos mis logros

Te dedico hijo esta Tesis.

Blanca Liliana Cárdenas
Cárdenas
.

AGRADECIMIENTO

Muy agradecida de corazón
al

Dr. Hernán Álvarez
Sotomayor

Vicerrector Académico de la
Universidad

Nacional Federico Villarreal.

Blanca Liliana Cárdenas
Cárdenas

 

 

Autor:

Mg.Sc. Blanca Liliana Cárdenas
Cárdenas

PARA OPTAR EL GRADO ACADÉMICO
DE

DOCTOR EN CONTABILIDAD

Enviado por:

Domingo Hernandez Celis

UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL

ESCUELA UNIVERSITARIA DE POST
GRADO

DOCTORADO EN CONTABILIDAD

Monografias.com

LIMA – PERÚ

2010

[1] Hernández Celis, Domingo (2008)
Gerenciamiento corporativo aplicado a los gobiernos locales: el
caso de la municipalidad provincial de Huaraz.
www.monografías.com

[2] Aldave & Meniz (2005)
Auditoría y control gubernamental. Lima. Editora
Gráfica Bernilla.

[3] Aldave & Meniz (2005)
Auditoría y control gubernamental. Lima. Editora
Gráfica Bernilla.

[4] Aldave & Meniz (2005)
Auditoría y control gubernamental. Lima. Editora
Gráfica Bernilla.

[5] Aldave & Meniz (2005)
Auditoría y control gubernamental. Lima. Editora
Gráfica Bernilla.

[6] Aldave & Meniz (2005)
Auditoría y control gubernamental. Lima. Editora
Gráfica Bernilla.

[7] Aldave & Meniz (2005)
Auditoría y control gubernamental. Lima. Editora
Gráfica Bernilla.

[8] Aldave & Meniz (2005)
Auditoría y control gubernamental. Lima. Editora
Gráfica Bernilla.

[9] Terry George (1990) Principios de
Administración. México. Compañía
Editorial Continental SA. De CV.

[10] Marchiaro Rafaelino Enrique (2008) El
derecho municipal como derecho posmoderno: Casos, método
y principios jurídicos. Buenos Aires. Editora Ediar.

[11] Marchiaro Rafaelino Enrique (2008) El
derecho municipal como derecho posmoderno: Casos, método
y principios jurídicos. Buenos Aires. Editora Ediar.

[12] Beas Aranda José Luis (2006)
Eficiencia Vs Eficacia. Bogotá. Editorial Norma.

[13] Beas Aranda José Luis (2006)
Eficiencia Vs Eficacia. Bogotá. Editorial Norma.

[14] Chiavenato Idalberto (1998)
Introducción a la Teoría General de la
Administración. México. Mc Graw Hill.

[15] BUNGE, M. (1972) La investigación
científica. Su estrategia y su filosofía,
Barcelona, Ariel.

[16] BRENIFIER, O. (2005) El diálogo
en clase. Tenerife-España. Editorial Idea. passim

[17] La Contraloría General de la
república es una EFS.

Partes: 1, 2, 3, 4
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