Aplicación de la Ley 87-01 sobre la seguridad social en los supermercados (Rep. Dom)
APLICACIÓN DE LA LEY 87-01 SOBRE
LA SEGURIDAD SOCIAL EN LOS SUPERMERCADOS DE LA ZONA URBANA DEL
MUNICIPIO DE SANTIAGO, EN EL PERÍODO ENERO 2010-DICIEMBRE DE
2014
- Introducción
- Marco
contextual - Marco
teórico - Metodología
- Presentación y análisis de los
datos - Conclusiones
- Recomendaciones
- Apéndices
- Bibliografía
COMPENDIO
La Seguridad Social se refiere principalmente a un campo
de bienestar social relacionado con la protección social o
la cobertura de las necesidades socialmente reconocidas, como la
pobreza, la vejez, las discapacidades, el desempleo, las familias
con niños y entre otras.
La Seguridad Social debe ser entendida y aceptada como
un derecho que le asiste a toda persona de acceder, por lo menos
a una protección básica para satisfacer estados de
necesidad; de manera que el Estado debe ejecutar determinadas
políticas sociales que garanticen y aseguren el bienestar de
los ciudadanos en determinados marcos como el de la sanidad, la
educación y en general todo el espectro posible de seguridad
social.
La Seguridad Social es por tanto, el sistema a
través del cual el Estado garantiza a las personas
comprendidas en su campo de aplicación, así como a los
familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la
protección adecuada frente a las contingencias y en las
situaciones de necesidad que se contemplan en la Ley 87-01 Sobre
el Sistema de Seguridad Social en la República
Dominicana.
La Seguridad Social como tal nace en Alemania como
producto del proceso de industrialización, las fuertes
luchas de los trabajadores, la presión de las iglesias, de
algunos grupos políticos y sectores académicos de la
época. Primeramente los trabajadores se organizaron en
asociaciones de auto-ayuda solidaria, destacando las mutuales de
socorro mutuo, las cooperativas de consumo y los
sindicatos.
En el tiempo en que se impulsó la Seguridad Social
Alemania era gobernada por el Káiser Guillermo II, en esa
época surge el primer gran documento de compromiso social
del Estado, se caracteriza el Mensaje Imperial, de 17 de
Noviembre de 1821, anunciando protección al trabajador, en
caso de perder su base existencial por enfermedad, accidente,
vejez o invalidez total o parcial.
Los resultados de la aplicación de la Seguridad
Social en Alemania de fueron tan eficaces que muy pronto se
extendido a Europa y un poco más tarde a otras partes del
mundo. En 1889, en París se creó la Asociación
Internacional de Seguros Sociales Sus postulados a ser temas
relevantes en congresos especiales; en Berna en 1891; en Bruselas
en 1897; en Paris en 1990; en Dusseldorf en 1902; en Viena en
1905 y en Roma 1908.
La Seguridad Social constituye el derecho de toda
persona, independiente de su condición social,
económica o de cualquiera otra índole a una
protección contra los riesgos de enfermedad, vejez,
discapacidad, cesantía por edad avanzada, maternidad,
riesgos laborales. Tiene un carácter universal, por lo que
no puede ser excluyente de nadie ni de nada. La Seguridad Social
está consagrada en la Declaración Universal de los
Derechos Humanos que sirvieron de base para la creación de
las Naciones Unidas en el 1948, de la cual la República
Dominicana es signataria.
La Ley de Seguridad Social es el resultado del trabajo
tesonero de muchas instituciones y personas. Durante más de
tres décadas en República Dominicana se venía
planteando la necesidad de superar el viejo Régimen de
Seguro Social, el cual nació en el año 1947 con muchas
limitaciones estructurales, fruto de la época y de la
ausencia de democracia y libertad que predominó entonces.
Durante ese largo período las organizaciones sindicales
demandaron la modificación de la Ley No. 1896 sobre Seguro
Social.
La Ley 87-01 instituye un régimen de Seguridad Social
para toda la población dominicana, a aplicarse en forma
gradual en lapso de diez (10) años, el cual ha registrado un
significativo retraso, hasta el punto de que no ha podido iniciar
el seguro familiar.
La Ley de Seguridad Social es una pieza moderna,
coherente y flexible que permitirá al país colocarse,
en sólo una década, entre los países más
avanzados de América Latina en este campo. Este salto
cualitativo forma parte del esfuerzo nacional para asegurar la
mayor protección social a todos sus ciudadanos y ciudadanas
dentro de una visión política fundamentada en el
criterio de que el desarrollo de sus recursos humanos constituye
la principal riqueza de nuestra nación. Es un paso en la
dirección correcta, en un mundo dominado por el desarrollo
tecnológico y la interpretación oportuna de la
información apropiada.
Toda Ley o sistema debe de definir unos principios que
le sirva de base y orientación. La Ley No. 87-01, en el
artículo 3 establece que la El Sistema Dominicano de
Seguridad Social (SDSS) se regirá por los siguientes
principios: Universalidad, obligatoriedad, integralidad, unidad,
equidad, solidaridad, libre elección, pluralidad,
Separación de funciones, flexibilidad, participación,
gradualidad y equilibrio financiero.
El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) se
organiza en base a la especialización y separación de
las funciones. La dirección, regulación, financiamiento
y supervisión corresponden exclusivamente al Estado y son
inalienables, en tanto que las funciones de administración
de riesgos y prestación de servicios estarán a cargo de
las entidades públicas, privadas o mixtas debidamente
acreditadas por la institución pública
competente.
La Ley sobre Seguridad Social tiene como objetivo
proteger a los habitantes de la República Dominicana, de las
contingencias de enfermedades y accidentes, sea o no de trabajo,
cesantía, desempleo, maternidad, incapacidad temporal y
parcial, invalidez, vejez, nupcialidad, muerte, sobrevivencia y
cualquier otro riesgo que pueda ser objeto de previsión
social, así como de las cargas derivadas de la vida familiar
y las necesidades de vivienda, recreación que tiene todo ser
humano. La referida Ley plantea "la protección de la
población contra los riesgos de vejez, discapacidad,
cesantía por edad avanzada, sobrevivencia, enfermedad,
maternidad, infancia y riesgos laborales.
De acuerdo al Art. 5 de la Ley de seguridad social, los
beneficiarios del sistema tienen derecho a ser afiliados al
Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) todos los
ciudadanos dominicanos y los residentes legales en el territorio
nacional. La presente Ley y sus normas complementarias
regularán la inclusión de los dominicanos residentes en
el exterior. Son titulares del derecho a la promoción de la
salud, prevención de las enfermedades y a la
protección, recuperación y rehabilitación de su
salud y preservación del medio ambiente, sin
discriminación alguna, todos los dominicanos y los
ciudadanos extranjeros que tengan establecida su residencia en el
territorio nacional.
El Régimen Subsidiado se financiará con las
aportaciones del Estado Dominicano, de acuerdo al Artículo 8
de la Constitución de la República Dominicana. Las
aportaciones al Régimen Contributivo Subsidiado
provendrán de dos fuentes. Una contribución de los
beneficiarios y un subsidio que aportara el Estado Dominicano
para suplir la falta de un empleado normal.
El régimen Subsidiado por su parte, protege a los
trabajadores por cuenta propia con ingresos inestables y
será financiado básicamente por el Estado. Finalmente,
el régimen Contributivo Subsidiado protege los profesionales
y técnicos independientes que generen ingresos por encima
del salario mínimo nacional, este último régimen
se financia con aportes del trabajador más el subsidio del
Estado para suplir la falta de empleador.
Las administradoras de Riesgos de Salud (ARS), el Seguro
Nacional de Salud (SNSS), son entidades públicas y privadas
o mixtas, descentralizadas, con patrimonio propio y
personería jurídica. Autorizadas por la
Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales a asumir y
administrar el riesgo de la provisión del Plan Básico
de Salud a una determinada cantidad de beneficios. Mediante un
pago percápita proveniente establecido por el Consejo
Nacional de Seguridad Social, de acuerdo a la Ley y sus normas
complementarias.
Las administradoras de riesgos de salud (ARS) son las
responsables de la afiliación, pero los servicios serán
provistos por hospitales públicos, establecimientos
privados, establecimientos de capital mixto y organizaciones sin
fines de lucro. Los recursos provendrán de una
tesorería que administra los fondos provenientes de los
aportes de los empleadores, los afiliados contributivos y el
Gobierno central.
El estudio está compuesto por dos universos; el
primero por 103 empleados, y el segundo por 5 propietarios de
supermercados, según informe suministrado por la Asocian de
detallistas del Municipio de Santiago; entre las conclusiones
más relevantes se pueden citar:
El 40% de los propietarios, en relación al
conocimiento que poseen de las normas jurídicas que rigen la
Seguridad Social, dijo que parcial, mientras que el 20% expresa
que total. Las afirmaciones anteriores revelan que el nivel de
conocimiento que poseen los propietarios en relación a las
normas jurídicas que administran la Seguridad Social, es
limitado.
El 60% de los propietarios de los Supermercados de la
Zona Urbana del Municipio de Santiago, en relaciona que si al
momento de emplear a una persona en su empresa éste es
incluido en un seguro médico, dice que a veces, y el 20%
expresa que siempre y casi siempre.
El 90% de los empleados dice que al momento de ser
empleado no fue incluido en un seguro médico, mientras que
el 10% expresa que sí.
El 42% de los empleados de los supermercados consultados
expresa que no tiene nada de conocimiento de las normas
jurídicas que rigen la Seguridad Social, mientras que el 39%
indica que parcial.
El 86% de los empleados encuestados en dependencia a que
si los inspectores de la Dirección de Información y
Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) visitan los
supermercados para verificar el cumplimiento de los derechos de
las trabajadoras, expresa que nunca, mientras que el 14% dice que
veces.
El 60% de los propietarios de los Supermercados de la
Zona Urbana del Municipio de Santiago, encuestado en dependencia
a que si los inspectores de la Dirección de Información
y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) visitan
los supermercados para verificar el cumplimiento de los derechos
de las trabajadoras, dice que nunca, mientras que el 40% opina
que veces.
Introducción
La República Dominicana, como la mayoría de los
países del globo terráqueo, ha seguido también un
proceso evolutivo en el desarrollo de la Seguridad Social. Las
características del proceso evolutivo al que se hace
referencia puede interpretarse como típico de los
países de la región de igual nivel de desarrollo. El
desarrollo histórico de la Seguridad Social en la
República Dominicana corresponde sólo a un esbozo de
las que son sus grandes líneas.
La etapa de las medidas de protección social
corresponde en la República Dominicana a acciones dirigidas
desde el Estado y mediante la iniciativa privada como respuestas
a contingencias sociales identificadas en sectores necesitados.
La Seguridad Social es un derecho básico de los/as
trabajadores/as; la protección de la salud a cualquier edad
y para todos/as los/as ciudadanos/as.
Con frecuencia se escucha a través de los
diferentes medios de comunicación denuncias de que los/as
propietarios/as de los establecimientos comerciales del Municipio
no cumplen con las normas legales establecidas en la Ley 87-01
sobre la Seguridad Social, lo que ha generado contradicciones
entre el empleados/as y empleadores/as.
Esta situación representa una problemática que
debe obligar a las autoridades competentes en estos aspectos,
asumir la responsabilidad del cumplimiento de las disposiciones
legales, lo que provoca que todas estas situaciones de
infracciones al orden jurídico (Ley 87-01 sobre Seguridad
Social) son de las acciones que pueden motivar a contradicciones
entre empleadores/as y el empleados/as de los supermercados en el
Municipio de Santiago. Situación como la planteada es lo que
motiva los investigadores a realizar el presente
estudio.
En la presente investigación se dan respuestas a
las siguientes interrogantes:
¿Cuál es el nivel de aplicación de la Ley
87-01 sobre la seguridad social en los supermercados de la zona
urbana del Municipio de Santiago, en el período enero
2010-diciembre de 2014?
¿Cuál es el nivel de conocimiento de la Ley
87-01 sobre seguridad social que tienen los propietarios de
supermercados de la zona urbana del Municipio de
Santiago?
¿En qué medida los propietarios de
supermercados de la zona urbana del Municipio de Santiago,
aplican la Ley 87-01 sobre seguridad social?
¿Cuál es el nivel de conocimiento de la Ley
87-01 sobre seguridad social que tienen los propietarios de
supermercados de la zona urbana del Municipio de
Santiago?
¿Cuáles son las medidas que implementa la
Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a
la Seguridad Social (DIDA) en el Municipio de Santiago, para dar
cumplimiento de la Ley 87-01 sobre seguridad?
Con esta investigación se pretende aportar datos
suficientes en relación al nivel de aplicación de la
Ley 87-01 sobre la seguridad social en los supermercados de la
zona urbana del Municipio de Santiago; de tal modo que se
estudiará en todos sus aspectos; para que se tenga una
perspectiva objetiva de esta realidad.
El estudio reviste importancia debido a que en el mismo
se pondrá en evidencia en qué medida se aplica la Ley
87-01 sobre la seguridad social en los supermercados de la zona
urbana del Municipio de Santiago; así como el nivel de
conocimiento que poseen empleadores/as y empleados/as de esta
norma jurídica.
En el aspecto práctico los investigadores
tendrán la oportunidad de participar en un área de
interés social y personal, para aportar informaciones
relativas al nivel de aplicación de la Ley 87-01 sobre la
seguridad social en los supermercados de la zona urbana del
Municipio.
Las razones señaladas mueven a los investigadores a
presentar un estudio pormenorizado en torno a las implicaciones
judiciales derivadas por no cumplimiento de la Ley objeto de
estudio.
El estudio tiene como objetivo general: Conocer el nivel
de aplicación de la Ley 87-01 sobre la seguridad social en
los supermercados de la zona urbana del municipio de Santiago, en
el período enero 2010 – diciembre de 2014 y como objetivos
específicos: Determinar el nivel de conocimiento de la Ley
87-01 sobre seguridad social que tienen los propietarios de los
supermercados de la zona urbana del Municipio de Santiago,
determinar en qué medida los propietarios de supermercados
de la zona urbana del Municipio de Santiago, aplican la Ley 87-01
sobre seguridad social, establecer el nivel de conocimiento de la
Ley 87-01 sobre seguridad social que tienen los empleados de
supermercados de la zona urbana del Municipio de Santiago y
determinar las medidas que implementa la Dirección de
Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social
(DIDA) en el Municipio de Santiago, para el cumplimiento de la
Ley 87-01 sobre seguridad.
El diseño de la investigación es no
experimental, ya que los investigadores se limitaron a observar
los acontecimientos sin intervenir en los mismos; es decir, a
obtener las informaciones necesarias y transversal porque
está circunscrito a un momento y tiempo definido
según los requerimientos del estudio.
La investigación es de tipo descriptiva,
explicativa, documental y de campo; debido a que este método
permitió valorar la experiencia como punto de partida para
la generalización del conocimiento; es decir, que
partió de la observación de la realidad para mediante
ella llegar a la generalización de la misma; referente al
nivel de aplicación de la Ley 87-01 sobre la seguridad
social en los supermercados de la zona urbana del Municipio de
Santiago, en el período enero 2010 – diciembre de
2014.
Descriptiva; porque mediante este tipo de
investigación que utiliza el método de análisis,
se logró caracterizar un objeto de estudio o una
situación concreta, señalar sus características y
propiedades combinada con ciertos criterios de
clasificación, los cuales sirvieron para ordenar, agrupar o
sistematizar los objetos involucrados en el trabajo indagatorio
sobre el tema de nivel de aplicación de la Ley 87-01 sobre
la seguridad social en los supermercados de la zona urbana del
Municipio de Santiago, en el período enero 2010 – diciembre
de 2014.
Explicativa, debido a que se establecen y se explican
las relaciones causalmente funcionales entre los/as
empleadores/as y empleados/as de los supermercados. Además
porque trata de descubrir, establecer y explicar las relaciones
entre las variables estudiadas y sirve para revelar cómo,
cuándo, dónde y por qué ocurre un fenómeno
social.
Documental; ya que se utilizaron documentos que
sirvieron de fundamento teórico a la investigación y de
campo porque se realizó en el propio sitio donde se
encuentra el objeto de estudio.
El método utilizado en la investigación es el
deductivo; ya que partió de casos generales para llegar a
casos particulares sobre el objeto de estudio de
En el estudio se manejó la técnica de la
encuesta haciendo uso del cuestionario necesario en cada proceso,
como son a los/as empleadores de y empleados/as de los
supermercados; el cual está diseñado en una serie de
preguntas que se elaborarán tomando en cuenta la
operacionalización de las variables.
La
población objeto de estudio está integrada por los/as
empleadores/as y los/as empleados/as de los supermercados de la
zona urbana del Municipio de Santiago; compuesto por dos
universos; el primero por 103 empleados, y el segundo por 5
propietarios de supermercados, según informe suministrado
por la Asocian de detallistas del Municipio de
Santiago.
En
el estudio se usaron fuentes primarias y secundarias. Las
primarias conformadas por los/as empleadores/as y empleados/as de
los supermercados; las cuales son las personas que manejan las
informaciones referentes al tema objeto de estudio y las fuentes
secundarias estarán conformadas por documentos
escritos, tales como: fundamentos teóricos, libros, revistas
y artículos de Internet, informes, leyes, reglamentaciones,
entre otros.
Para una mayor objetividad en la confiabilidad se revisó
periódicamente todo el sistema de medición que se
aplicó en la investigación. Una vez tabulados los datos
se procederá al análisis e interpretación de los
mismos.
Una vez tabulados los datos se procederá al
análisis e interpretación de los mismos.
Esta investigación consta de cuatro capítulos;
el capítulo I, enfoca los aspectos generales sobre el
contexto de estudio, el capítulo II, trata sobre contexto
general de la Seguridad Social, el capítulo III, plantea la
metodología empleada en la investigación y el
capítulo IV, orienta hacia el análisis e
interpretación de los resultados.
CAPÍTULO I
Marco contextual
Origen del Municipio de
Santiago
Santiago de los Caballeros es la segunda urbe del
país. Simbólicamente está considerada como la
capital de la región norteña. No se conoce la fecha
exacta de la fundación de la ciudad y lo más seguro es
que aconteció en el último lustro del siglo
XV.
En sus Inicios fue poblado por treinta hidalgos
españoles procedentes de la Isabela. Por tal razón en
1508 recibió el título de la ciudad con el nombre de
Santiago y el aditamento de los Caballeros. La ciudad primitiva,
erigida en Jacagua, fue destruida el 2 de diciembre de 1562 por
un espantoso terremoto que también destruyó a la ciudad
de Concepción de La Vega.
La ciudad fue levantada nuevamente, esta vez en terrenos
de la viuda Minaya, a orillas del río Yaque, lugar que ocupa
actualmente la ciudad. Posteriormente fue víctima de
incendios, nuevos terremotos y saqueos. Finalmente la
consumió el incendio redentor de 1863.
Excepcionalmente en 1858, por disposición
constitucional en capital de la república, allí tuvo
asiento el gobierno precedido por el general José Desiderio
Valverde. Santiago fue nuevamente capital de 1863 a1865 a causa
de que ella se estableció, y funcionó entonces el
gobierno de la Restauración.
La provincia encabezada por Santiago fue originalmente
integrada por las comunidades de Santiago: Puerto Plata,
Montecristi y San José de las Matas y por los puestos
militares de Altamira y Dajabón, dependientes éstos de
Puerto Plata y Montecristi respectivamente. En 1844, con
anterioridad a la constitucional de la provincia el 6 de
noviembre, la Junta Central Gubernativa le había conferido a
Santiago la categoría de cabecera de departamento. La
común cabecera había sido elegida en 1822 al comienzo
de la dominación haitiana.
En lo patriótico Santiago ha sobresalido como
escenario y como proveedora de actores. Ahí están La
Emboscada, La Batalla del 30 de marzo y del 6 de septiembre.
Siete hijos de Santiago han ocupado el sitio presidencial. Son
ellos Ulises Francisco Espaillat, José David Valverde,
Benigno Filomeno de Rojas, José Bordas, Rafael Estrella
Ureña, Joaquín Balaguer e Hipólito
Mejía.
Ubicación
Geográfica
Santiago de los Caballeros se encuentra en el Valle del
Cibao a 155 kilómetros de Santo Domingo, ocupando un
área geográfica de 2,857,560 mts², siendo el
municipio de mayor densidad geográfica del país. Cuenta
con una población por encima de los novecientos mil
habitantes, representando un poco más del 10% de la
población nacional dominicana. Actualmente la conforman como
provincia los municipios de Villa González, Villa
Bisonó, Jánico, Licey al Medio, San José de las
Matas, Tamboril y Santiago.
El municipio de Santiago tiene una extensión de
610,174 mts², con un clima seco y húmedo dependiendo de
la estación, con una temperatura media de 25º grados
centígrados. Por otra parte, el comercio de Santiago es muy
activo, prácticamente igual al de Santo Domingo. Esto se
puede deducir por el gran número de instituciones bancarias,
de crédito y financiamientos que operan en esta ciudad,
así como también por la intensidad de comercio interno,
el cual comprende comercialización de productos
agrícolas, industriales, servicios técnicos y
profesionales, centros de diversión y
recreación.
El municipio de Santiago de los Caballeros ha sido
escenario de grandes acontecimientos históricos, que
recordarlos lo hace formar parte de la cultura santiaguense, como
lo es La Batalla del 30 de marzo, con los tradicionales desfiles
militares y escolares.
El 27 de febrero, día de la Independencia Nacional,
Santiago lo celebra llena de júbilo y se viste de colores
con sus tradicionales lechones que desfilan durante todo el
carnaval, todo este mes de febrero. Entre ellos se distinguen los
famosos lechones de los Pepines, La Joya, Pueblo Nuevo y
demás barrios que se unen para divertirse.
Además se integran los populares coches adornados y
tirado por caballos. En lo religioso conserva las fiestas
católicas de la virgen de la Altagracia y Las Mercedes, con
sus visitas al Santo Cerro. Las procesiones del viernes santo y
los jueves de Corpus Christi, donde los fieles vestidos de blanco
se congregan en el Estadio Cibao y el 25 de julio la ciudad
celebra las fiestas de su patrón Santiago el
Mayor.
Principales Actividades
Económicas
El municipio conserva hermosos monumentos de
arquitecturas clásicas, entre los que se encuentran: La
Catedral de Santiago Apóstol, el correo, el antiguo palacio
de justicia, algunas residencias familiares y varios parques,
donde los parroquianos suelen concurrir a descansar y a
platicar.
A la entrada de la ciudad está el majestuoso
monumento a los héroes de la Restauración,
haciéndose acompañar por el majestuoso teatro del
Cibao, ubicado en la parte frontal del mismo. Santiago se
distingue por ser un pueblo hospitalario, trabajador y amante de
dichas tradiciones. Popularmente se le conoce como la ciudad
corazón; es considerada la segunda capital del país y
está rodeada por las aguas del Río Yaque del
Norte.
En los deportes, en el municipio de Santiago, funciona
la Unión Deportiva de Santiago que aglutina 28 asociaciones
deportivas y que organiza los juegos deportivos provinciales,
donde participan unos 2000 atletas en disciplinas que van desde
ajedrez hasta judo y ping pong.
En la última década se han incorporado
pabellones bajo techo. En lo que respecta a la salud en el
municipio de Santiago ha mejorado considerablemente comparada con
años anteriores. El sector público ha extendido sus
servicios con nuevas creaciones de sub-centros en los lugares
periféricos de la ciudad con el objetivo de a asistir la
mayor cantidad de la población. Se han reequipado los
servicios de diversas áreas, se han creado nuevos servicios
en las distintas especialidades.
En los diferentes sub-centros de salud, se han creado
modernos laboratorios donde el paciente recibe servicios a bajos
costos de acuerdo a sus necesidades. Actualmente Salud
Pública ha desarrollado programas de vacunación,
deparasitación, dermatología, odontología y
oftalmología, especialmente en las distintas escuelas de la
ciudad y campos cercanos se han desarrollado programas de
medicina preventiva a fin de disminuir la mortalidad en la
población.
El municipio de Santiago ha sido escenario de grandes
pilares de la educación dominicana que han brindado su
esfuerzo para que la educación del municipio avance de
manera significativa, destacándose la Profesora Ercilia
Pepín, Salomé Ureña y Eugenio María de
Hostos.
En la década de los años 70 en la
educación del municipio no existían condiciones
favorables para el buen funcionamiento del proceso enseñanza
aprendizaje, según datos estadísticos en las escuelas
primarias existía más de un 70% de maestros sin
formación magisterial. En la década de los 80 se
mantuvo la crisis y muchos maestros desertaron del servicio
docente, inclusive muchas universidades cerraron la Carrera de
Pedagogía a lo que se denominó década
perdida.
La provincia de Santiago es la primera ciudad de la
región del Cibao en el plano del cultivo agrícola y se
caracteriza por una explotación intensiva del suelo, en
comparación con otras provincias de la misma región. En
los fértiles campos de la provincia de Santiago, se cultivan
en gran medida productos agrícolas de gran demanda, tanto en
el mercado nacional como internacional; de igual modo, una gran
variedad de frutos menores. Santiago encabeza la producción
de tabaco, el cual es destinado para las industrias cigarrilleras
del país. Se halla además, entre las diez principales
provincias productoras de café, cacao, y arroz. Es
también un centro de gran producción de maní para
fines industriales.
En cuanto a los frutos menores ocupa un lugar prominente
en lo que respecta al volumen de su producción. Parte
importante de los frutos menores de la provincia son
comercializados en la ciudad capital. En la producción
ganadera, Santiago ocupa un lugar predominante entre los
principales productores de ganado vacuno y porcino.
La ciudad de Santiago de los Caballeros es una de las
ciudades más industrializadas de la República
Dominicana. La producción industrial abarca los renglones
alimenticios. Este renglón incluye pastas alimenticias,
conservas, jugos, embutidos, quesos, dulces, pan, leche
pasteurizada, grasas, refrescos y helados.
En cuanto a la producción industrial no
alimenticia, la industria santiaguera es similar a la industria
de la capital, pero en una escala menor. Esta producción es
muy variada; la misma incluye la elaboración de cigarrillos
y bebidas alcohólicas, la cual es una de las industrias
más rentables y aporta al fisco grandes sumas de dinero por
el pago de impuestos. La industria incluye construcción, lo
cual ha tomado un auge sin precedentes en los últimos
años. Esta industria comprende la elaboración de
bloques prefabricados, mosaicos, postes de bloques y cemento. La
industria química cuenta con varios laboratorios para la
producción de medicamentos, abonos y detergentes.
El comercio de Santiago es muy activo, debido al
número de instituciones bancarias, de crédito y
funcionamiento que opera en esta ciudad; así como
también por la intensidad del comercio interno, el cual
comprende comercialización de productos agrícolas,
industrias, servicios técnicos y profesionales, centros de
diversión, tales como estadio, night club y cines, los
cuales son muy concurridos por la población.
1.5 Orígenes la Ley 87-01 Sobre el
Sistema de Seguridad Social
La Ley 87-01 Sobre el Sistema de Seguridad Social es el
resultado del trabajo tesonero de muchas instituciones y
personas. Durante más de tres décadas, en la
República Dominicana se venía planteando la necesidad
de superar el viejo Régimen de Seguro Social, el cual
nació en el año 1947 con muchas limitaciones
estructurales, fruto de la época y de la ausencia de
democracia y libertad que predominó entonces.
Durante largo período las organizaciones sindicales
demandaron la modificación de la ley 1896 sobre Seguro
Social. También lo hicieron varias entidades internacionales
como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la
Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS),
así como los principales organismos de desarrollo y
cooperación técnica. A ellos se les sumaron las
iglesias dominicanas, especialmente la católica, los centros
de educación superior, la intelectualidad dominicana y la
opinión pública en general.
En todos estos intentos siempre faltó la voluntad
política para provocar el cambio en un tema tan sensible y
donde convergen muchos intereses aferrados a los viejos esquemas
de los cuales se nutrían. Correspondió al Senado de la
República y a la Cámara de Diputados, en perfecta
comunión de intereses con el Presidente de la
República, Ingeniero Agrónomo Hipólito Mejía,
el haber roto este círculo vicioso.
Producto del diálogo y concertación, el Poder
Ejecutivo logró resolver los puntos críticos que
impedían un consenso amplio y así evitó
enfrentamientos innecesarios de grupos sociales y profesionales
para la posterior implementación de esta ley, calificada por
el Presidente Hipólito Mejía como la más
trascendente después de la Constitución de la
República.
La Ley 87-01 Sobre el Sistema de Seguridad Social, tiene
por objeto establecer el Sistema Dominicano de Seguridad Social
(SDSS) en el marco de la Constitución de la República
Dominicana, para regular y desarrollar los derechos y deberes
recíprocos del Estado y de los ciudadanos en lo concerniente
al financiamiento para la protección de la población
contra los riesgos de enfermedad, maternidad, riesgos laborales,
vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada,
sobrevivencia, entre otras.
El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS)
comprende a todas las instituciones públicas, privadas y
mixtas que realizan actividades principales o complementarias de
seguridad social, a los recursos físicos y humanos, así
como las normas y procedimientos que los rigen.
1.6 Investigaciones Realizadas en
Relación a Ley 87-01
En relación a las investigaciones y estudios sobre
la Ley 87-01, sólo se ha encontrado en la biblioteca de la
Universidad Abierta para Adultos -UAPA-; un monográfico con
el título: Nivel de Conocimiento de Empleadores/as y
Empleados/as de Tiendas de Tejidos del Municipio de Salcedo de la
Ley 87-01 Sobre la seguridad social período
2005-2006
El objetivo general de la investigación es:
Determinar el Nivel de Conocimiento de Empleadores/as y
Empleados/as de Tiendas de Tejidos del Municipio de Salcedo de la
Ley 87-01 sobre la Seguridad Social. Sustentado por; Martín
Enrique Reyes Tremols y Rosaura Josefina Mercedes Mena
Pantaleón; entre las conclusiones arribadas se pueden
citar:
En relación al conocimiento de la Ley 87-01
sobre seguridad social, el 47% de los/as empleadores/as de
las tiendas de tejidos de la ciudad de Salcedo, dijo no tener
conocimiento, el 36% expresó que de manera parcial y el
21% manifestó que nada.
El 78% de los/as empleados/as de las tiendas de
tejidos del municipio de Salcedo dice que no conoce nada
sobre la Ley 87-01, el 13% expresa que de manera parcial y el
9% opina que total. El por ciento mayor de los/as
empleados/as, revela que no tiene conocimiento de las normas
jurídicas que rigen el Sistema de Seguridad
Social.
CAPÍTULO II
Marco teórico
2.1 Conceptos de Seguridad
Social
La Seguridad Social se refiere principalmente a un campo
de bienestar social relacionado con la protección social o
la cobertura de las necesidades socialmente reconocidas, como la
pobreza, la vejez, las discapacidades, el desempleo, las familias
con niños y entre otras.
La Organización Internacional del Trabajo, (OIT),
en un documento publicado en 1991 denominado "Administración
de la seguridad social" definió la Seguridad Social como "La
protección que la sociedad proporciona a sus miembros,
mediante una serie de medidas públicas, contra las
privaciones económicas y sociales"[1] que, de
no ser así, ocasionarían la desaparición o una
fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad,
maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral,
desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la
protección en forma de asistencia médica y de ayuda a
las familias con hijos."
Partiendo de la conceptualización planteada por La
Organización Internacional del Trabajo, (OIT) sobre la
Seguridad Social, se deduce que debe ser entendida y aceptada
como un derecho que le asiste a toda persona de acceder, por lo
menos a una protección básica para satisfacer estados
de necesidad; de manera que el Estado debe ejecutar determinadas
políticas sociales que garanticen y aseguren el bienestar de
los ciudadanos en determinados marcos como el de la sanidad, la
educación y en general todo el espectro posible de seguridad
social.
Ciertos autores y textos adaptados sobre el plano
internacional especialmente, la Declaración Universal de los
Derechos del Hombre, estiman que la Seguridad Social recobra
todos los derechos relativos al bienestar de cada uno de los
miembros de la sociedad; es un derecho de todas las personas, sin
importar su condición social, económica o de cualquiera
otra índole.
William Beveridge, ha planteado refiriéndose al Sistema
de Seguridad Social que como:
"El conjunto de medidas adoptadas por el Estado para |
La Seguridad Social es por tanto, el sistema a
través del cual el Estado garantiza a las personas
comprendidas en su campo de aplicación, así como a los
familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la
protección adecuada frente a las contingencias y en las
situaciones de necesidad que se contemplan en la Ley 87-01 Sobre
el Sistema de Seguridad Social en la República
Dominicana.
2.2 Antecedentes Internacionales de la
Seguridad Social
El Prócer de la Independencia y la integración
latinoamericana Simón Bolívar, expresó que: "El
sistema de gobierno más perfecto, es aquel que produce mayor
suma de felicidad posible, mayor suma de Seguridad Social y mayor
suma de estabilidad política"[3].
Las Ideas de Simón Bolívar fueron expresadas
62 años antes que la Seguridad Social como tal hiciera su
aparición en el mundo. No le había llegado su tiempo a
las ideas del Libertador, pero fructificaron y fueron denominadas
según él lo había adelantado.
La Seguridad Social como tal nace en Alemania como
producto del proceso de industrialización, las fuertes
luchas de los trabajadores, la presión de las iglesias, de
algunos grupos políticos y sectores académicos de la
época. Primeramente los trabajadores se organizaron en
asociaciones de auto-ayuda solidaria, destacando las mutuales de
socorro mutuo, las cooperativas de consumo y los
sindicatos.
En el tiempo en que se impulsó la Seguridad Social
Alemania era gobernada por el Káiser Guillermo II, en esa
época surge el primer gran documento de compromiso social
del Estado, se caracteriza el Mensaje Imperial, de 17 de
Noviembre de 1821, anunciando protección al trabajador, en
caso de perder su base existencial por enfermedad, accidente,
vejez o invalidez total o parcial.
Estas ideas renovadoras fueron impulsadas por el
Canciller Alemán Otto Von Bismarck conocido como el
"Canciller de Hierro" son refrendadas tres Leyes sociales, que
representan hasta hoy, la base del Sistema de Seguridad Social
Universal:
Seguro contra Enfermedad. 1883
Seguro contra Accidentes de Trabajo. 1884
Seguro contra la Invalidez y la
Vejez.1889
Los resultados de la aplicación de este modelo
fueron tan eficaces que muy pronto es extendido a Europa y un
poco más tarde a otras partes del mundo.
En 1889, en París se creó la "Asociación
Internacional de Seguros Sociales". Sus postulados a ser temas
relevantes en congresos especiales: en Berna en 1891; en Bruselas
en 1897; en París en 1900; en Dusseldorf en 1902; en Viena
en 1905 y en Roma en 1908.
En el Congreso de Roma se propuso además la
creación de conferencias destinadas a conseguir la
concertación de convenios internacionales, las primeras de
las cuales tuvieron lugar en La Haya en 1910; en Dresden en 1911
y en Zurich en 1912.
En 1919, mediante el Tratado de Versalles, los
líderes políticos del plante ponen fin a la Primera
Guerra Mundial. Como producto de este histórico Tratado nace
la Organización Internacional del Trabajo (OIT). El
Preámbulo de la Constitución de la OIT es muy rico en
contenidos de protección social y sirve como pilar doctrinal
y de política de la Seguridad Social.
Un segundo gran componente de la Seguridad Social es
introducido desde Inglaterra por Sir W. Beberidge en 1942. Se
conoce como el "Plan Beberidge", este contiene una
concepción mucho más amplia de la seguridad social.
Tiende a contemplar las situaciones de necesidad producidas por
cualquier contingencia y trata de remediarlas cualquiera que
fuera su origen; adoptado por países europeos y se
procuró extender a América Latina y otras partes del
mundo.
En 1944, la Conferencia General de la Organización
Internacional del Trabajo congregada en Filadelfia presenta la
Declaración de los fines y objetivos de la OIT y de los
principios que debieran inspirar la política de sus
miembros, en su Título III establece …"La Conferencia
reconoce la obligación solemne de la Organización
Internacional del Trabajo de fomentar, entre todas las naciones
del mundo, programas que permitan."[4]
2.3 Evolución de la Seguridad
Social
Los resultados de la aplicación de la Seguridad
Social en Alemania de fueron tan eficaces que muy pronto se
extendido a Europa y un poco más tarde a otras partes del
mundo. En 1889, en París se creo la Asociación
Internacional de Seguros Sociales Sus postulados a ser temas
relevantes en congresos especiales; en Berna en 1891; en Bruselas
en 1897; en Paris en 1990; en Dusseldorf en 1902; en Viena en
1905 y en Roma 1908.
En 1944, la Conferencia General de la OIT congregada en
Filadelfia presenta la declaración de los fines, y los
principios que deberían inspirar la política de sus
miembros, en año 1952 Suiza aprueba el convenio sobre
seguridad social, en el que traza las pautas "principales
relativas a los principios y derechos que debe contener todo
régimen de seguridad social, el cual no ha sido ratificado
por el país."[5]
En América Latina surgieron los siguientes seguros
sociales
Chile:1925
Brasil:1933
Estados unidos:1935
Perú:1936
México:1942
Costa Rica:1941
Colombia:1946
Republica dominicana:1948
Bolivia y Venezuela: 1949
En relación a lo planteado anteriormente y
partiendo de la importancia de la Segura Social en cualquier
país del mundo sin importar sus niveles de desarrollo, se
puede establecer que el mejor sistema de Seguridad Social es
aquel que garantiza la protección colectiva, familiar y
personal a toda la población, sin excepción, que
asegure su gradualidad, sostenibilidad, funcionalidad y el
necesario equilibrio financiero, que alcance niveles socialmente
aceptables de calidad, satisfacción, oportunidad e impactos
de los servicios, estimulando la elevación de la eficiencia
y la eficacia mediante el óptimo aprovechamiento de los
recursos, bajo esquemas de competencia regulada, que le permitan
al Estado preservar su carácter público y su
función social.
2.4 Aspectos Generales del Sistema de Seguridad
Social en República Dominicana
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