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Seguridad industrial en el sector minero




Enviado por Rey Ulises



Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. Historia de la seguridad
    industrial
  3. Marco
    legal
  4. Conceptos básicos
  5. Equipo
    de protección personal
  6. Estadísticas de accidentes en el
    Perú
  7. Conclusiones
  8. Bibliografía
  9. Anexo

Introducción

La Monografía titulada "Seguridad Industrial en
el Sector Minero" se elaboró con el objetivo de contribuir
en el conocimiento del cuidado de la integridad física del
trabajador en el sector minero; y está dirigida a todas
las personas vinculadas en las labores directas e indirectas a la
minería.

El trabajo se divide en 5 capítulos: En el
primero: Historia de la Seguridad Industrial, se presenta de
forma breve los antecedentes de la salud ocupacional y la
seguridad industrial a lo largo de la historia, desde sus inicios
en la edad antigua hasta el siglo XXI.

En el segundo capítulo: Marco Legal, El DS 055
del Ministerio de Energía y Minas y la Ley 29783, trata
con claridad los deberes y obligaciones de todas las empresas
para con los trabajadores y viceversa.

En el tercer capítulo: Conceptos Básicos,
define los principales términos que se deben toman en
cuenta en cada labor como: Peligro, Riesgo, incidente y
Accidente, lo cual permitirá concientizar al trabajador de
prevenirse a cada momento.

En el cuarto capítulo: Equipos de
protección Personal, se aprecia los implementos a usarse
por cada labor especifico, destacando la importancia de su
uso.

Y en el último capítulo:
Estadísticas de accidentes en el Perú, se nuestra
un análisis situacional, laboral y estadístico de
accidentes leves y mortales en los últimos años,
dando a conocer un estudio del porque suceden los
accidentes.

Para la elaboración de esta investigación
se utilizó como principal fuente bibliográfica el
Decreto Supremo 055 – 2010, aprobado por el Ministerio de
energías y Minas.

Consideramos importante esta investigación,
porque la contribución de la Seguridad Industrial en el
ámbito minero, sus prevenciones, las barreras de seguridad
y controles, permitirá reducir el porcentaje
estadístico de daños a la persona, medio ambiente,
a la propiedad y al proceso.

LOS AUTORES

CAPITULO I

Historia de la
seguridad industrial

En el Trascurrir de los años desde la edad
antigua hasta el siglo XXI, el sistema de seguridad ha
evolucionado, dando como objetivo el cuidado de los trabajadores
consiguiendo como meta cero accidentes.

ANTIGÜEDAD Y EDAD MEDIA

Los esclavos jugaban un rol importante en las
actividades productivas del mundo antiguo, pues eran ellos
quienes realizaban las labores más arduas y riesgosas.
Podemos decir incluso que el trabajo ha estado asociado desde
siempre con la esclavitud y con el esfuerzo
físico.

"Egipto es una de las civilizaciones del mundo antiguo
que ha tenido destacables innovaciones en materia de seguridad y
salud ocupacional. Por ejemplo, en Egipto se utilizaban arneses,
sandalias y andamios como implementos de seguridad. Dichos
dispositivos eran utilizados por los esclavos que se dedicaban a
construir las pirámides y esfinges que adornaban la urbe
egipcia" (1). 

La época de importantes avances para los
trabajadores en Grecia, tuvo lugar entre los siglos VI y IV a.c.
donde con la construcción de la Gran Acrópolis se
desarrolló el trabajo diferenciado. Los mayores
aportes sobre medicina ocupacional en Grecia, se dieron en el
campo del trabajo de minas y el de las enfermedades por
intoxicación. El padre de la medicina, Hipócrates
(460-370 a.c.) escribió un tratado sobre las enfermedades
de los mineros, a quienes recomendaba tomar baños
higiénicos para evitar la saturación de
plomo.

  • AÑO 384-322 A.C.- "Aristóteles,
    filósofo y naturalista griego, también
    intervino en la salud ocupacional de su época, pues
    estudió ciertas deformaciones físicas
    producidas por las actividades ocupacionales, planteando la
    necesidad de su prevención. También
    investigó las enfermedades producidas por
    intoxicaciones con plomo" (2).

  • AÑO 62 -113 D.C.- En Roma, la
    toxicidad por mercurio fue descrita por Plinio y Galeno,
    Hicieron referencia a los peligros del manejo del azufre y el
    zinc y enunció varias normas preventivas para los
    trabajadores de minas de plomo y mercurio. Por ejemplo,
    recomendó a los mineros, el uso de respiradores
    fabricados con la vejiga de animales.

  • ANO 130-200 D.C.- Otra figura notable de Roma
    fue Galeno quien después de Hipócrates es
    considerado como el médico más importante del
    mundo antiguo en occidente. Galeno estudió las
    enfermedades de los mineros, los curtidores y los
    gladiadores. Asimismo, menciona enfermedades asociadas por
    los vapores del plomo y enfermedades respiratorias en los
    trabajadores de minas.

RENACIMIENTO

En Francia se fundan las primeras universidades en el
siglo X y también surgen las primeras leyes que protegen a
los trabajadores. Sería en las leyes que se apuntala los
primeros avances hacia la formalización de la seguridad
laboral.

  • AÑO 1413 -1417.- Se dictaminan las
    "Ordenanzas de Francia" que velan por la
    seguridad de la clase trabajadora.

  • AÑO 1473.- En Alemania se publica un
    panfleto elaborado por Ulrich Ellenbaf, que señala
    algunas enfermedades profesionales. Este sería el
    primer documento impreso que se ocupa de la seguridad y que
    fue uno de los primeros textos sobre salud
    ocupacional.

EDAD MODERNA

Kircher escribe Mundus
subterraneus 
donde describe algunos síntomas y
signos de las enfermedades de los mineros como tos, la disnea y
la caquexia. 1665: Walter Pope publica Philosophical
transactions 
donde refiere las enfermedades de los
mineros producidas por las intoxicaciones con
mercurio. 

Según Ramazzini (3) sentó un precedente
muy importante en materia de salud ocupacional, pero con la
naciente industria del siglo XVIII, el interés de los
científicos se centró en los aspectos
técnicos del trabajo primero y en la seguridad
después, de manera que la salud ocupacional pasaría
por un periodo de latencia hasta finales del siglo
XIX.

 REVOLUCIÓN
INDUSTRIAL

  • AÑO 1500 – Siglo XVIII.- Progresaron
    las industrias manuales, gracias a la creación de la
    manivela, las bombas de agua, la lanzadera volante de
    Kay.

  • AÑO 1736 -1819.- James Watt inventa la
    máquina a vapor, al perfeccionar los artefactos
    anteriormente mencionados y con ello inicia el proceso de
    mecanización de los sistemas de producción y el
    transporte. Laboralmente, los oficios artesanales fueron
    reemplazados por la producción en serie. Los
    campesinos migrantes no recibían el sueldo que
    esperaban, pero se veían obligados a trabajar en
    condiciones infrahumanas porque no tenían otra
    opción.

  • AÑO 1778.- En España Carlos III
    dio el edicto de protección contra
    accidentes.

  • AÑO 1802.- El Parlamento Inglés
    da la reglamentación de trabajo en fábricas que
    limita la jornada laboral y fija niveles mínimos para
    la higiene, la salud y la educación de los
    trabajadores.

  • AÑO 1828.- Robert Owen (4) pone en
    marcha un programa para el mejoramiento ambiental,
    educacional y moral de los trabajadores. Dos años
    más tarde, Robert Backer (4) propuso que un
    médico debería hacer una visita diaria a las
    fábricas.

  • AÑO 1841.- Surge la ley de trabajo
    para niños.

  • AÑO 1844.- Aparecen leyes que protegen
    a las mujeres. En Manchester las máquinas operaban sin
    protección. Y no sería hasta 1877 que se
    ordenó colocar resguardos a las
    máquinas.

Leyes similares ya contemplaban desde 1855 aspectos
tales como la ventilación y protección de
túneles en desuso, la señalización, el uso
de manómetros y válvulas adecuadas para las
calderas de vapor, y la exigencia de indicadores y frenos en el
caso de dispositivos para levantar equipos.

Karl Marx (1818-1883) y Frederic Engels (1820-1895) (5),
quienes se interesaron por los derechos de los trabajadores, son
los promotores de la sindicalización que serviría
como un canal para la mejora de las condiciones de trabajo,
incluyendo la seguridad.

El 4 de mayo de 1886 tuvo lugar la Revuelta de Chicago,
que culminó con el justo establecimiento de las 8 horas de
trabajo.

  • AÑO 1848.- Se inició una
    legislación sanitaria para la industria. Dos
    años más tarde comienzan las inspecciones para
    verificar el cumplimiento de las normas, que tendrían
    sustento legal. El primer sistema de extinción contra
    incendios, fue implementado por Frederic Grinnell en 1850 en
    Estados Unidos.

  • AÑO 1867.- Se promulga una ley que
    nombraba a los inspectores en las fábricas.

  • AÑO 1868.- Aparecen las leyes de
    compensación del trabajador. Max von Pettenkofer
    (1818-1901) funda el primer Instituto de Higiene de Munich en
    1875.

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  • AÑO 1874.- Inglaterra y Francia fueron
    los países que lideraron la formalización de la
    salud y la seguridad ocupacional en Europa.

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  • AÑO 1890.- Se generaliza en todo el
    mundo, la legislación que protege la sociedad y a los
    trabajadores contra riesgos laborales.

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  • AÑO 1911.- El Estado de Wisconsin
    aprobó la primera ley que regula la
    indemnización al trabajador.

SIGLO XX

Al paso de todos los avances técnicos que
hicieron posible el paso al siglo XX con la masificación
de las fuentes de energía eléctrica o
termodinámica en los hogares y la industria,
respectivamente; las teorías y concepciones sobre la
administración del trabajo también pusieron su
cuota en el proceso de formalización de la seguridad que
culminó en la institucionalización de la seguridad
industrial.

  • AÑO 1918.- La Universidad de Harvard
    fue la primera casa de estudios superiores que
    concedió el título de licenciado en Seguridad e
    Higiene en el Trabajo. En 1918 empieza a funcionar la
    Organización Internacional del Trabajo (OIT). Otro
    suceso importante fue el tratado de Versalles que en su
    fracción XII estableció principios que luego
    tomaría la OIT, de modo que en 1921 se crea su
    Servicio y Prevención de Accidentes. En 1918
    también aparece la Escuela Americana con Heinrich,
    Simonds, Grimaldi y Birds; que proponía un enfoque
    analítico y preventivo de los accidentes. Las primeras
    referencias sobre el daño a la audición humana
    causada por ruido se encuentran en el Regimen
    Sanitatis Salerenitarum 
    que fue escrito en
    1150.

  • AÑO 1960.- Para este año la
    seguridad industrial es ya una ciencia y una
    profesión, cuyos aportes a la industria y el trabajo,
    son valorados en tanto que se eliminan o minimizan los
    riesgos ocupacionales, permitiendo reducir los costos
    económicos que afectan la
    producción

En la actualidad, la seguridad industrial viene
generando gran interés de parte de los empresarios, los
trabajadores y los políticos. En particular, los gobiernos
han invertido dinero en la difusión de normas de seguridad
y en la inspección periódica de empresas,
fábricas e industrias a través de diversos
organismos de control.

CAPITULO II

Marco
legal

La Ley de seguridad y salud Ocupacional y el DS 055 –
2010, proporcionan que todo trabajador debe cumplir con los
estándares de la empresa, procedimientos de acuerdo al
puesto de trabajo, y por otro lado las empresas realizar un
comité de seguridad, brindar supervisión continua,
realizar cursos específicos y capacitaciones al
trabajador.

LEY DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN EL
TRABAJO 29783

La ley 29783, ley de Seguridad y Salud en el Trabajo,
fue publicado el 20 de agosto del 2011, con el objeto de promover
una cultura de prevención de riesgo laborales en el
país. Así mismo, establece normas mínimas
para la prevención de riesgos laborales, pudiendo los
empleadores y trabajadores establecer libremente niveles de
protección que mejores lo previsto en la norma, en
adelante SST

Algunos Alcances principales de la norma, son los
siguientes:

  • COMITÉ Y SUPERVISORES DE SEGURIDAD Y SALUD
    EN EL TRABAJO.

  • a) Los empleadores con 20 o más
    trabajadores a su cargo deberán constituir un
    comité de SST, el cual deberá estar conformado
    por igual número de representantes de la parte
    empleadora y la parte trabajadora.

  • b) En el caso de empleadores que cuenten con
    sindicatos mayoritarios, se incorporará un miembro de
    la respectiva organización sindical en calidad de
    observador.

  • c) En los centros de trabajo con menos de 20
    trabajadores, se nombra a un supervisor de SST por los mismos
    trabajadores.

  • CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO.- El
    empleador garantiza la oportuna y apropiada
    capacitación y entrenamiento en seguridad y salud en
    el centro y puesto de trabajo o función
    específica y adopta disposiciones para que todo
    trabajador esté capacitado para asumir deberes y
    obligaciones relativos a la SST. El Empleador debe establecer
    programas de capacitación y entrenamiento como parte
    de la jornada laboral.

Para mejorar el conocimiento sobre la SST se incluye que
el empleador debe:

  • a) Entregar a cada trabajador copia del
    reglamento interno de SST.

  • b) Realizar no menos de cuatro capacitaciones
    al año en materia de SST.

  • c) Adjuntar al contrato de trabajo la
    descripción de las recomendaciones de SST.

  • d) Brindar facilidades económicas y
    licencias con goce de haber para la participación de
    los trabajadores en cursos de formación en
    SST.

  • e) Elaborar un mapa de riesgos con la
    participación de la organización sindical,
    representantes de los trabajadores, delegados y el
    comité de SST, el cual debe exhibirse en un lugar
    visible.

  • OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR.- Los
    trabajadores para prevenir riesgos laborales tienen, entre
    otras, las siguientes obligaciones:

  • a) Cumplir con las normas, reglamentos e
    instrucciones de los programas de seguridad y salud en el
    trabajo.

  • b) Usar adecuadamente los instrumentos y
    materiales de trabajo, así como los equipos de
    protección personal y colectiva, siempre y cuando
    hayan sido previamente informados y capacitados sobre su
    uso.

  • c) Cooperar y participar en el proceso de
    investigación de los accidentes de trabajo y de las
    enfermedades ocupacionales.

  • d) Someterse a los exámenes
    médicos a que estén obligados por norma
    expresa, siempre y cuando se garantice la confidencialidad
    del acto médico.

  • e) Comunicar al empleador todo evento o
    situación que ponga o pueda poner en riesgo su
    seguridad y salud o las instalaciones físicas,
    debiendo adoptar inmediatamente, de ser posible, las medidas
    correctivas del caso sin que genere sanción de
    ningún tipo. Responder e informar con veracidad a las
    instancias públicas que se lo requieran, caso
    contrario es considerado falta grave sin perjuicio de la
    denuncia penal correspondiente.

  • ADECUACIÓN DEL TRABAJADOR AL PUESTO DE
    TRABAJO.-
    Los trabajadores tienen derecho a ser
    transferidos en caso de accidente de trabajo o enfermedad
    ocupacional a otro puesto que implique menos riesgo para su
    seguridad y salud, sin deterioro de sus derechos
    remunerativos y de categoría.

El empleador considerará el género de los
trabajadores, en materia de SST, al momento de asignarles las
labores. Las trabajadoras en estado de gestación tienen
derecho a ser transferidas a otro puesto que no implique riesgo
para la salud integral, sin menoscabo de sus derechos
remunerativos y de categoría. Asimismo, implementa las
medidas necesarias para evitar la exposición de las
trabajadoras en período de embarazo o lactancia a labores
peligrosas, de conformidad a la ley de la materia.

  • DE LA DOCUMENTACIÓN Y SU
    CONSERVACIÓN.-
    La Ley de SST exige llevar
    registros los cuales pueden ser llevados físicos o
    electrónicos, entre ellos:

  • a) Accidentes de trabajo.

  • b) Enfermedades ocupacionales.

  • c) Exámenes médicos.

  • d) Las investigaciones y medidas correctivas
    adoptadas en cada caso.

  • e) Monitoreo de agentes físicos,
    químicos, biológicos y factores de riesgo
    ergonómicos.

  • f) Inspecciones y evaluaciones de salud y
    seguridad.

  • g) Estadísticas de seguridad y
    salud.

  • h) Incidentes y sucesos peligrosos.

  • i) Equipos de seguridad o
    emergencia.

  • j) Inducción, capacitación,
    entrenamiento y simulacros de emergencia.

Los documentos y registros deben estar actualizados y a
disposición de los trabajadores y autoridad competente,
respetando el derecho de confidencialidad. Las empresas con 20 o
más trabajadores deben elaborar su Reglamento Interno de
SST. Según la Ley 29783, es aplicable a todos los sectores
económicos y de servicio a nivel nacional, ente
ellos.

Empleadores y Trabajadores del Sector
Púbico.

Trabajadores y funcionarios del sector
público.

Trabajadores de las fuerzas armadas y policía
nacional del Perú.

Trabajadores por cuenta propia".

REGLAMENTO DS-055-2010-EM

El 1º de enero del 2011, entró en vigencia
el Decreto Supremo 055-2010-EM, Reglamento de Seguridad y Salud
Ocupacional en Minería (RSSO), el mismo que dejó
sin efecto el Decreto Supremo 046-2001-EM, e introdujo una serie
de modificaciones al tratamiento del tema de Seguridad y Salud en
las Empresas Mineras. Entre las modificaciones más
relevantes podemos considerar los siguientes:

  • ESTÁNDARES Y PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO
    (PETS).-
    Tal como señala el Ministerio de
    Energía y Minas: El titular minero debe de controlar,
    corregir, eliminar, los peligros y riesgos que se pueden
    presentar en la ejecución de los trabajos, para ello
    indican una secuencia a seguir en los Art. 88 y
    89.

Formato para elaboración de estándares
(Art. 88 y ANEXO Nº 15-A) (Véase Anexo Nº
1).

Formato para la elaboración de los PETS (Art. 88
y ANEXO Nº 15-B) (Véase Anexo Nº
2).

  • ORDEN DE TRABAJO.- Toda orden de trabajo debe
    de ser por escrito y firmado por todos los involucrados,
    tanto el que da la orden como el que la recibe, con la
    finalidad de que la orden sea entendida

  • IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS
    EVALUACIÓN DE RIESGO Y SU CONTROL (IPERC).-

    Artículo 88º.- El titular minero deberá
    identificar permanentemente los peligros, evaluar y controlar
    los riesgos a través de la información brindada
    por todos los trabajadores en los aspectos que a
    continuación se indica, en:

  • a) Los problemas potenciales que no se
    previó durante el diseño o el análisis
    de tareas.

  • b) Las deficiencias de los equipos y
    materiales.

  • c) Las acciones inapropiadas de los
    trabajadores.

  • d) El efecto que producen los cambios en los
    procesos, materiales o equipos.

  • e) Las deficiencias de las acciones
    correctivas.

  • f) El lugar de trabajo, al inicio y durante la
    ejecución de la tarea que realizarán los
    trabajadores, la que será ratificada o modificada por
    el supervisor con conocimiento del trabajador y, finalmente,
    dará visto bueno el ingeniero supervisor previa
    verificación de los riesgos identificados y
    otros.

  • g) El desarrollo y/o ejecución de
    Estándares y Procedimientos Escritos de Trabajo Seguro
    (PETS) de acuerdo ANEXO Nº 15-A y 15-B
    respectivamente.

  • h) El Análisis de Trabajo Seguro (ATS)
    de acuerdo al ANEXO Nº 15-C, antes de la
    ejecución de la tarea. (Véase Anexo
    Nº 3)

  • i) En tanto perdure la situación de
    peligro se mantendrá la supervisión
    permanente.

Por tanto el Ministerio de Energía y Minas en
resumen indica que, toda empresa minera debe de contar con
estándares y procedimientos, los cuales los trabajadores
deben de participar para la ejecución de ello y tener
conocimiento del mismo.

  • PERMISO ESCRITO DE TRABAJO DE ALTO RIESGO
    (PETAR).-
    Existen trabajos de alto potencial de
    pérdidas (alto riesgo); para su ejecución
    requieren un PERMISO ESCRITO DE TRABAJO DE ALTO RIESGO –
    PETAR. (Véase Anexo Nº 4) Estos
    trabajos son:

  • a) Espacios Confinados.

  • b) Trabajos en Caliente.

  • c) Excavaciones y Zanjas.

  • d) Trabajos con riesgo de
    Caídas.

  • e) Trabajos con Andamios.

  • f) Trabajos de Izaje.

CAPITULO III

Conceptos
básicos

En la Seguridad Industrial, existe definiciones
diversas, desde un punto de vista de acuerdo a la minera donde
nos encontramos, pero el contexto es lo mismo, por ello
definiremos los Conceptos Básicos tales como: Peligro,
Riesgo, incidente y Accidente.

  • PELIGRO

Fuente o situación potencial de daño en
términos de lesiones o efectos negativos para la salud de
las personas, daños a la propiedad, daños al
entorno del lugar de trabajo o una combinación de
éstos.

Existe confusión al entender a ambos como
sinónimos, pero en realidad, al observar lo que
significan, son conceptos sumamente distintos, ya que el "riesgo"
se da cuando las personas, cosas o el lugar en sí,
están expuestos a un "peligro", es decir que pueden estar
propensos a sufrir un daño o perjuicio, y el "peligro" es
cuando hay gran probabilidad de que ocurra un incidente, y que es
potencialmente dañino.

Según la Ley 29783 – Seguridad y Salud en el
Trabajo, se refiere peligro como la situación o
característica intrínseca de algo capaz de
ocasionar daños a las personas, equipos, procesos y
ambiente.

El peligro entonces es una situación que se
caracteriza por la "viabilidad de ocurrencia de un incidente
potencialmente dañino", es decir, un suceso apto para
crear daño sobre bienes jurídicos protegidos. El
peligro es "real" cuando existe aquí y ahora, y es
"potencial" cuando el peligro ahora no existe, pero sabemos que
puede existir a corto, medio, o largo plazo, dependiendo de la
naturaleza de las causas que crean peligro.

Con frecuencia se confunde el "peligro" con un "agente
dañino". Por ejemplo, habitualmente se habla de
"sustancias peligrosas", pero las sustancias no son "peligrosas"
sino "dañinas". El peligro no reside en las sustancias,
sino en la forma insegura en que se transportan, almacenan,
procesan, utilizan, etc. sustancias dañinas. El peligro
hace "probable" un incidente antecedente, mientras que el riesgo
hace "posible" el daño consecuente del
incidente

RIESGO

"Circunstancia que puede provocar o derivar en un
daño material o humano"; es decir, cuanto mayor es la
vulnerabilidad, mayor es el riesgo y viceversa, pero cuanto
más factible es el perjuicio o daño mayor es el
peligro, e inversamente. Por tanto, el riesgo se refiere
sólo a la "posibilidad de daño" bajo determinadas
circunstancias, mientras que el peligro se refiere sólo a
"probabilidad de daño" bajo determinadas
circunstancias.

Según la Ley 29783 – Seguridad y Salud en el
Trabajo, se refiere a riesgo como probabilidad de que un peligro
se materialice en determinadas condiciones y genere daños
a las personas, equipos y al ambiente.

El riesgo es "latente", porque se puede dar o no ser un
incidente; y el peligro es "real" cuando existe en el instante
mismo, y es "potencial" cuando el peligro ahora no se da, pero
sabemos que puede existir a corto, medio, o largo plazo,
dependiendo de la naturaleza de las causas que crean
peligro.

Entonces se puede afirmar que el riesgo es la
vulnerabilidad ante un potencial perjuicio o daño para las
unidades, personas, organizaciones o entidades. Cuanto mayor es
la vulnerabilidad mayor es el riesgo, pero cuanto más
factible es el perjuicio o daño, mayor es el peligro. Por
tanto, el riesgo se refiere sólo a la teórica
"posibilidad de daño" bajo determinadas circunstancias,
mientras que el peligro se refiere sólo a la
teórica "probabilidad de daño" bajo esas
circunstancias. Por ejemplo, desde el punto de vista del riesgo
de daños a la integridad física de las personas,
cuanto mayor es la velocidad de circulación de un
vehículo en carretera mayor es el "riesgo de daño"
para sus ocupantes, mientras que cuanto mayor es la imprudencia
al conducir mayor es el "peligro de accidente" (y también
es mayor el riesgo del daño consecuente).

INCIDENTE

Todo suceso no querido ni deseado, que en un momento
determinado irrumpe de forma súbita e inesperada del
proceso productivo y es susceptible de producir daños o
lesiones, pero las circunstancias concretas de la
situación no dan tal resultado.

Según Zúñiga A. (6) nos menciona,
que incidente como todo suceso acaecido en el curso del trabajo o
en relación con el trabajo, en el que la persona afectada
no sufre lesiones corporales, o en el que éstas
sólo requieren cuidados de primeros auxilios.

Según las OHSAS 18001:2007, el incidente es el
suceso o sucesos relacionados con el trabajo en el cual ocurre o
podría haber ocurrido un daño, o deterioro de la
salud (sin tener en cuenta la gravedad), o una fatalidad. Es
decir, es el suceso acontecido en el curso del trabajo o en
relación con éste, que tuvo el potencial de ser un
accidente, que ocurre por las mismas causas que se presentan los
accidentes, sólo que por cuestiones del azar no
desencadena lesiones en las personas, daños a la
propiedad, al proceso o al ambiente. Es decir, es un evento que
da lugar a un accidente o que tiene el potencial para producir un
accidente (Un incidente en que no ocurre ninguna lesión,
enfermedad, daño, u otra pérdida es denominado
también "cuasi – pérdida"". El término
"incidente" incluye las "cuasi – pérdidas".

ACCIDENTE

Todo suceso no querido ni deseado, que en un momento
determinado irrumpe de forma súbita e inesperada del
proceso productivo y es produce daños a las
personas

Suceso no deseado que provoca la muerte, efectos
negativos para la salud, lesión, daño u otra
pérdida.

Según Altamirano E. (7) Nos define que si bien
"sabemos que un accidente no ocurre por el azar o el destino. Se
trata de una sucesión de errores u omisiones que a veces
desencadena una lamentable tragedia. No existe una receta para
evitar los accidentes laborales, pero sí debemos
considerar algunas premisas."

Según la Ley 29783 – Seguridad y Salud en el
Trabajo, se refiere a accidente como todo suceso repentino que
sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que
produzca en el trabajador una lesión orgánica, una
perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es
también accidente de trabajo aquel que se produce durante
la ejecución de órdenes del empleador, o durante la
ejecución de una labor bajo su autoridad, y aun fuera del
lugar y horas de trabajo.

Es decir, es un acontecimiento no deseado que da por
resultado un daño físico a una persona, a la
propiedad, al proceso o al ambiente. Las lesiones y las
enfermedades son el resultado de los accidentes.

TEORÍA DE LA PIRÁMIDE DE
BIRD

La teoría de la pirámide de la
accidentalidad desarrollada  alrededor del mundo, en un
estudio hecho por Frank  Bird Jr. y Frank Fernández,
"dice que por cada 600 incidentes ocurren 30 accidentes leves, 10
accidentes serios y uno grave, si se compara la proporción
de incidentes que hubieran podido ocasionar lesiones a la
personas y/o daños a la propiedad, con aquellos que
realmente los ocasionaron, se ve claramente como la
observación y el análisis de los incidentes puede
ser utilizada para evitar o controlar los accidentes"
(8).

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Sin embargó todo no termina acá, antes de
los incidentes queda un piso más en la pirámide de
la accidentalidad y este está constituido por los actos y
condiciones inseguras, cuya cuantía no es fácil de
determinar, ya que no existe un parámetro general para la
creación u ocurrencia de los mismos y para que se genere
un incidente o accidente puede haber uno o varios actos y
condiciones inseguras.

Esto quiere decir que reduciendo la Base de la
pirámide se logrará reducir la altura de la misma
pudiendo impedir así que se den accidentes graves y hasta
inclusive poder eliminar los serios.

Para ello, es indispensable que todo empleado de la
empresa comprenda que actuar preventivamente consiste en observar
los actos y condiciones inseguras para poder corregirlos y
así reducir las posibilidades de que se dé un
accidente.

CAPITULO IV

Equipo de
protección personal

En nuestra época siglo XXI, los Equipos de
protección Personal se han convertido en una barrera
sólida ante los peligros, que nos ayudan a anular o
minimizar los daños que pudieran pasarnos en nuestras
labores.

  • SEÑALES DE SEGURIDAD MINERA

"La señalización es una técnica
preventiva, que partiendo del reconocimiento de la existencia de
un riesgo potencial, trata, mediante un sistema de mensajes
codificados, de informar sobre el mismo y sobre las medidas a
tomar, a efectos de estimular, dirigir y orientar la conducta de
los receptores; evitando, con ello, la posible generación
de accidentes

Su finalidad es esencialmente informativa y su uso
adecuado e consecuencia directa de un análisis inicial y
de la evaluación de riesgos existentes, de la
previsión de situaciones de emergencia posibles y del
conocimiento exacto de las medidas de prevención a
adoptar" (9). (Véase Anexo Nº
5)

¿QUE ES EPP?

EPP son iniciales de elementos de protección
personal, este se puede definir como un conjunto de elementos y
dispositivos diseñados para proteger las partes del cuerpo
que se encuentran de acuerdo a la anterior
definición.

El equipo de protección personal debe verse
siempre como la última línea débil de
defensa. Tanto el empresario como el trabajador deben percatarse
de que la falta del dispositivo o el dejar de usarlo expone de
inmediato a la persona al riesgo inminente.

Las protecciones personales se deben utilizar cuando se
verifica la insuficiencia de los sistemas de prevención y
tras agotar la posibilidad de implantación de los sistemas
de protección colectiva o como complemento de este; por
ello son la última barrera entre el individuo y el
riesgo.

Estas deben ser adecuadas al riesgo que protegen, no
generar nuevos riesgos, no dificultar el trabajo, ser
cómodas, adaptadas a cada persona, y que se puedan quitar
y poner fácilmente.

¿COMO USAR UN EPP?

Todos los trabajadores deben usar el EPP en forma
correcta. El hacer caso omiso de esto puede llevar a la toma de
medidas disciplinarias. Sin embargo los trabajadores deben ser
alentados y motivados para que se hagan responsables por su
propia salud y seguridad. Esto se puede lograr a través de
la toma de conciencia y comprensión de los principios,
objetivos y beneficios del uso del EPP en forma correcta en todo
momento.

Existen otros métodos a considerar antes de
aplicar el uso del EPP, como:

  • Se debe eliminar la fuente de riesgo

  • Aislar el riesgo

  • Alejar o proteger (EPP) al trabajador expuesto de la
    fuente d riesgo" (10).

EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL
BÁSICO

Las empresas a través de su Departamento de
Prevención de Riesgos deben preocuparse que los
trabajadores reciban la capacitación adecuada. Hay muchos
proveedores de este tipo de equipo que cuentan con excelentes
programas al respecto. Si esto no fuera posible, la
capacitación debe hacerla el personal de la empresa
debidamente calificado.

Cada tipo de EPP está diseñado con un
propósito muy específico. Sin embargo, existen
muchos factores que tienen un efecto respecto de su eficiencia.
Entre ellos podemos incluir el de la limpieza y almacenamiento;
los niveles de humedad, la exposición a los solventes que
provocan algún tipo de daño en algunos materiales,
etc. También se debe tomar en cuenta la susceptibilidad
propia del trabajador.

  • Para la cabeza: Cascos, gorros, mallas
    capilares.

  • Para los ojos: Anteojos, gafas o antiparras, visores
    faciales protectores y lentes ópticos
    reforzados.

  • Para los oídos: Tapones (de diversos tipos) y
    orejeras.

  • Para pulmones: Máscaras (su uso va desde las
    molestias causadas por el polvo hasta la protección
    contra ciertas substancias. La elección depende de la
    toxicidad de estas y de qué tipo de substancias se
    trata).

  • Los respiradores (cartuchos), tubos de aire (trajes
    equipados) y los aparatos de respiración (en
    extinción de incendios).

  • Para el cuerpo: Delantales, trajes, casacas,
    batas.

  • Para piernas: Delantales y polainas.

  • Para manos: Guantes, mitones y manoplas.

  • Para pies: Botas, zapatos y protectores.

EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL
ESPECÍFICO

  • TRABAJOS EN CALIENTE.- Se denomina trabajos
    en caliente aquel que tiende a producir fuentes de
    ignición, incluyendo la soldadura , corte con gas,
    limpieza a presión y las chispas producidas por
    herramientas y equipos portátiles u otra fuente de
    ignición como las amoladoras o pulidoras, "Antes de
    iniciar cualquier trabajo, se obtendrá primero la
    autorización respectiva por parte del supervisor o
    encargado de seguridad mediante una orden de trabajo o
    permiso de trabajo de alto riesgo" (11). Véase
    Anexo Nº 6

SEGURIDAD MINERA USO DE EPP SEGÚN EL
DS-055-2010-EM

  • "Artículo 74.- Queda terminantemente
    prohibido el ingreso de trabajadores a las instalaciones de
    la unidad minera y efectuar trabajos de la actividad minera
    sin tener en uso sus dispositivos y EPP que cumplan con las
    especificaciones técnicas de seguridad nacional o con
    las aprobadas internacionalmente.

El uso de EPP será la última acción
a ser empleada en el control de riesgos, conforme a lo
establecido en el Artículo 89 subsiguiente.

CAPITULO V

Estadísticas
de accidentes en el Perú

Los accidentes que ocurren en nuestro país, son
contabilizados y todo se lleva a estadísticas, y dichas
estadísticas se suman cada vez que alguien se lesiona en
forma leve o grave, o inclusive si fallece; para ello es
importante estudiar las estadísticas, para así no
volver a ocasionarlas y evitar dicho suceso.

  • PORQUE SUCEDEN LOS ACCIDENTES

Los accidentes son causados por el error humano, lo cual
es este el causante estadístico que amerita analizar por
qué se producen los accidentes?, que pasa con el
comportamiento de la personas que día a día se
enfrentan a actividades de altísimo riesgo?, como puede el
colaborador puede estar completamente concientizado a su labor,
emocionalmente estable y es esto lo que amerita el investigar la
causa profunda o causa raíz llamémoslo
psicológico y comportamental de los accidentes de trabajo
desde el punto de vista del colaborador y/o Humano.

El Comportamiento es el resultado de una serie de
interpretaciones humanas, biológicas, educacionales,
psicológicas, emocionales y espirituales que realiza una
persona frente a su entorno, en este caso lo enfocamos a la
actividad del trabajo y más que eso específicamente
de una forma de comportarse hacia el trabajo seguro y que estas
acciones, decisiones, motivaciones y deseos hace que el
colaborador actúe de forma segura o no en su actividad
diaria y/o entorno laboral.

Todos los días el colaborador se enfrenta a sus
propios comportamientos que realiza en base a las decisiones que
asume respecto a su seguridad, además a esto sumemos la
interacción que tiene con otros compañeros de
labores que tienen un sin fin de experiencias relacionadas al
comportarse de forma segura o no; al igual las empresas tienen
políticas y procesos que deben cumplirse y decisiones que
llevarse a cabo y en todas ellas priman el deseo que el
colaborador realice trabajos concientizado en la actividad
segura, para esto crean un compromiso respecto a la palabra
seguridad, muchas de ellas trabajan hacia cero lesiones otras
trabajan a minimizar el error humano creando planes que
favorezcan y pongan en primer lugar la concientización del
colaborador frente a su trabajo de riesgo llevando la seguridad
al primer nivel en la empresa. por lo que el trabajo de riesgo
desde este punto de vista tiene que estar enfocado desde un
aspecto psicológico y humano, esto es  un
"comportamiento conducido por acciones que son seguras"
coordinado, bajo estándares, que nos permite ser parte de
organizaciones eficientes y cumplir las metas por las que somos
retribuidos.

Cuando se analiza un comportamiento de riesgo se analiza
el contexto general del porqué del accidente, el llegar a
analizar el todo que produjo esa consecuencia y en este caso
están todos los antecedentes relacionados a esa
lesión o cuasi lesión; por experiencia he visto
casos que no tienen nada que ver con el trabajo pero que si ese
antecedente, influye en el comportamiento del trabajador, como el
estado de ánimo, o las ideas preconcebidas sobre el
concepto de la seguridad, o las ideas que tiene el colaborador
frente a su propia seguridad, siendo más básicos
muchos de ellos no entienden el significado de la SEGURIDAD.
También está el concepto de la Autoestima que el
colaborador muchas veces no lo tiene claramente incorporado como
parte de su desarrollo personal y otras variables cómo la
tensión mental y la fatiga.

Los Reforzadores motivacionales que deben de estar
presente en el trabajo y en el colaborador para que tenga esa
actitud predispuesta de llegar seguro, contento a su labor, sin
embargo sin este factor las consecuencias pueden ser fatales,
toda persona necesita estímulos motivacionales que nos
entrega nuestros padres, familia, o jefes o logros que aspiramos
y alcanzamos, también un trabajador debe de tener
motivación por parte de su jefe en lograr que se
compromete con la seguridad por un valor no por
obligación,

Partes: 1, 2

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