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Análisis de las violaciones a la Ley 241 sobre accidentes de tránsito (Rep Dom)



Partes: 1, 2, 3

  1. Introducción
  2. Planteamiento del
    problema
  3. Aspectos generales
    sobre el contexto de estudio
  4. Artículos de
    la Ley No. 241 sobre violación del tránsito y
    sus previsiones
  5. Disposiciones
    legales sobre tránsito
  6. Análisis e
    interpretación de los resultados
  7. Conclusiones
  8. Recomendaciones
  9. Bibliografía

Introducción

En el ámbito social son varios los temas que
intervienen en los niveles de vida de la población entre
ellas la salud, empleo y vivienda. En lo que respecta a la salud
el municipio cuenta con un hospital público y el del
Seguro Social. Según los datos obtenidos el moto taxi
comenzó en Santiago el 4 de marzo del año 1982. Su
fundador fue Evangelista Silverio (Don Vange), residente en la
calle no. 7, de Cienfuegos, de esta ciudad de Santiago de los
caballeros. Este servicio de moto taxi lo iniciaron con una
tarifa de cinco centavos por persona a las 7:15 de la
mañana del 25 de marzo. Este medio se fue haciendo cada
vez más popular y usado que motivó que otras
personas se fueran integrando a esta labor, modificando el
sistema de ruta por el sistema de servicio a domicilio. Esto fue
creciendo, se fueron instalando paradas se comenzaron a hacer
intentos para organizarse como asociaciones, hasta que lograron
formalizarse como un sindicato en el inicio de la década
de los noventa. La mayoría de moto taxis inician sus
labores entre las 5 y 7 de la mañana, algunos lo hacen
después de las 8 de la mañana. Otros no tiene
horario fijo de inicio de labores.

La importancia que tiene el moto taxi se refleja en la
necesidad de empleo y la limitaciones de transporte urbano, ya
que a través de este medio de transporte es más
fácil y rápido desplazarse en la ciudad y en las
zonas aledañas. El moto taxi es muy importante en esta
ciudad, ya que las personas a través de este medio se
transporta con mayor rapidez, le permite al usuario llegar con
mayores facilidades a sus puestos de trabajo o lugares a donde lo
necesitan. El moto taxi en vez de ser un obrero del volante es un
defensor del pueblo, ya que estas personas son las que más
rápido llegan al lugar de los hechos. El moto taxi realiza
ese trabajo para subsistir en la vida diaria. Su finalidad es
brindar un buen servicio a la comunidad y sobre todo, inspirar
confianza en el usuario. Estos moto taxis están
organizados por parada, y en cada parada hay un número de
8 a 12 moto taxi esto se trasladan en su labor tanto en la zona
urbana como fuera de ella o sea, a donde se dirija el usuario o
hasta donde solicite su servicio. Los moto taxis también
son afectados por los delincuentes ya que a diario son atracados
y maltratados y muchas veces hasta pierden la vida al ser
atracado por los atracadores estos se montan piden que lo lleven
a un lugar especifico y resulta ser que es para despojarlo de sus
pertenencias, de su dinero, de su motor y hasta de su vida o sea
que el moto taxi también arriesga su vida. Con respecto a
la Ley No. 241, fue puesta en vigencia el 28 de mes de diciembre
del año 1967, modificada por la Ley No. 114-99, del 16 de
diciembre de 1999. Agregado por la ley No. 124 del 10 de abril
del 1971, toda persona que conduzca una motocicleta o motoneta
del tipo descubierto por las vías públicas,
estará obligada a llevar puesto en su cabeza un casco
protector confeccionado de un material resistente o inastillable,
de acuerdo a las especificaciones que establezca la
Dirección General de Tránsito Terrestre.

En cuanto a la sanción, el artículo 138
hace referencia al tipo de sanción que ha de aplicarse a
toda persona que viole cualquiera de las disposiciones de este
capítulo. La misma será castigada con multa no
menos de RD$ 5.00 ni mayor de RD$ 25.00. Toda persona que viole
lo dispuesto en el artículo anterior y como consecuencia
de ello cause daño a una persona será castigada
además de las penas previstas en el artículo 49 del
título IV de esta ley para los golpes y heridas causadas
por accidentes, con suspensión de la licencia de conducir
de un año a dos años cuando las lesiones
serán los prescritos en los incisos (a), (b) y (c) cuando
produzca una lesión permanente y con la cancelación
permanente de su licencia de conducir en caso de muerte de una o
más personas. Con respecto a las normas generales de
señalización el artículo 95 trata sobre la
señalización oficial del tránsito. El mismo
prevé las normas generales de la
señalización semáforos, señales y
marcas. Este artículo trata todo lo concerniente a las
señalizaciones de tránsito y también
señala las autoridades competentes para la
señalización oficial del tránsito. La Ley
No. 241, en su artículo 49 implica aspectos relacionados
con golpes y heridas causadas involuntariamente con el manejo de
un vehículo de motor. Se puede notar que tanto en la zona
rural como en la urbana los límites de velocidad
están determinados y de igual manera, las excepciones
cuando los vehículos se le han determinado por la
función a desempeñar, la velocidad que se le
permite. Esto con la voluntad de evitar situaciones en la
vía pública. La Ley prevé que todo
vehículo debe estar equipado con un silenciador y el
artículo 162 expresa que es necesario tener en buen estado
el tubo de escape de todo vehículo de motor que transite
por la vía pública, ya en sus incisos a y b, se
prohíbe circular si dicho tubo de escape tuviera
imperfecto de ruido excesivo.

Los recursos administrativos no bastan para proteger
eficientemente los intereses de los particulares, pues aunque la
administración pugna por controlar sus funciones es
necesario establecer otros medios cuyo trámite y
decisión competa a organismos ajenos a ella. Esta
necesidad dio como resultado el concepto de
contencioso-administrativo. Aunque por los medios de
comunicación se transmite la idea de lo deficiente que es
nuestro Ordenamiento Jurídico en orden a dar una adecuada
respuesta al fenómeno de las conducciones temerarias, el
problema es justamente el contrario. La obligación del
conductor no es únicamente detenerse, sino también
prestar auxilios a la víctima o víctimas del
accidente. Por ello la ley establece que el conductor,
además de detenerse e identificarse ante quienes sea de
lugar, debe prestar su concurso en socorro de la víctima.
La función jurisdiccional corresponde normalmente a la
justicia, pero se diferencia de las otras funciones, la
legislativa y la administrativa, en la iniciativa de
acción de sus órganos. Los conductores que violen
las reglas de tránsito o que se vean envueltos en
accidentes de tránsito serán objeto de multas y les
serán asignados puntos por sanciones. (Les son impuestas
multas a los conductores que acumulan más de un
determinado número de puntos por sanción). El
control que la justicia ejerce sobre sus propios actos, los
recursos administrativos realmente son insuficientes para la
debida protección de los derechos de los administrados,
puesto que no existe la imparcialidad necesaria para llegar a
considerar el propio acto o el acto del inferior como ilegal para
dejarlo, obviamente sin efecto y más cuando en el seno de
la Administración los órganos de la misma proceden
normalmente con criterios uniformes. Las faltas tienen un
carácter abstracto y varía de acuerdo al
ordenamiento jurídico de cada sociedad. La Suprema Corte
de Justicia había sostenido el criterio de que la falta no
es más que el incumplimiento de una obligación
preexistente, consistente en una acción cuya
ejecución estuviera a cargo del agente o en una
omisión o abstención de incumplir. De estas
jurisprudencias con ideas diferentes, nos adherimos al criterio
del honorable presidente de nuestra Suprema Corte de Justicia,
sostenido en su Tratado Práctico de Responsabilidad Civil
Dominicana, en su cuarta edición donde afirma: La
falta cometida en contra de la ley 241, que genera accidentes de
vehículos de motor está subordinada a que todo
conductor debe deslizarse por las vías publica con
prudencia tomando en cuenta todas las medidas de seguridad de las
personas y propiedades, la inobservancia de estos principios
constituyen una falta delictual.
La legislación
consagra aquí una gran diferencia con la ley francesa
sobre la materia, que extiende sus efectos a los daños
causados a la propiedad y a las cosas. En Francia, el delito de
fuga como se le conoce allí, está previsto y
sancionado por la ley del 17 de Julio de 1908. El conductor ha de
conocer que ha causado una víctima y ha de abstenerse
voluntariamente de socorrerla. Evidentemente, hay que examinar
para retener la infracción, si el conductor estaba
ambientalmente en capacidad de enterarse de que había
causado una víctima.

El principal medio de que dispone el Estado como
reacción frente al delito es la pena en el sentido de
restricción de derechos del responsable. El orden
jurídico prevé además las denominadas
medidas de seguridad destinadas a paliar situaciones respecto de
las cuales el uso de las penas no resulta plausible. La
opinión más generalizada afirma que la pena
presupone la reprochabilidad del comportamiento sometido a ella.
Es concebida por ésta teoría como reacción
por lo sucedido y desvinculada del porvenir ya que su fin es
reparar el delito y no evitar delitos futuros. La
prevención general puede ser entendida de un modo diverso
al precedentemente expuesto. Por una parte, puede manifestarse
por la vía de la intimidación a los posibles
delincuentes (prevención general negativa), y, por la
otra, como prevalecimiento o afirmación del derecho a los
ojos de la colectividad. El sistema de control vehicular mediante
el registro fotográfico será efectivo en el
mejoramiento del tránsito y calidad de vida, si se reducen
los márgenes de error en la tramitación. Cabe
destacar que para un mejor funcionamiento del sistema judicial es
conveniente en materia de ley 241 hacer una revisión de
esta ley con la finalidad de que las sanciones a imponerse vayan
acorde con la realidad de los tiempos y surtan los efectos de
toda pena ya que en el presente caso las penas establecidas son
irrisorias y los individuos no dudan en cometer los mismos
hechos. En países como la República Dominicana los
conductores de motocicletas se han caracterizado por una cultura
de violación en lo que respecta a las señales de
Tránsito provocando esto una gran cantidad de accidentes
de tránsito.

Con respecto a las normas generales de
señalización el artículo 95 trata sobre la
señalización oficial del tránsito. El mismo
prevé las normas generales de la
señalización semáforos, señales y
marcas. Este artículo trata todo lo concerniente a las
señalizaciones de tránsito y también
señala las autoridades competentes para la
señalización oficial del tránsito. Esta
investigación relacionada con las causas y consecuencias
de los accidentes de Tránsito ocasionados por los moto
taxi en el municipio de Santiago de los Caballeros Zona urbana
abarca los siguientes aspectos:

  • a) La parte introductoria, la cual contiene el
    planteamiento del problema, formulación y
    sistematización del problema, la justificación,
    factibilidad, limitaciones, delimitación, objetivos,
    método y técnicas.

  • b) El marco teórico compuesto por cuatro
    capítulos. El primer capítulo enfoca los
    aspectos generales sobre el contexto de estudio; el segundo
    capítulo abarca el rol de la justicia ante la
    violación a la Ley no. 241 sobre accidente de
    Tránsito; el capítulo tres abarca las
    disposiciones legales sobre Tránsito y el
    capítulo cuatro trata el análisis y la
    interpretación de los resultados.

  • c) Las conclusiones, bibliografía y los
    apéndices.

Planteamiento del
problema

La problemática relacionada con las violaciones a
la Ley de Tránsito por parte de los moto taxi en el
municipio de Santiago de los Caballeros está relacionada
directamente con la falta de conocimiento por parte de estos
conductores de la Ley que rige el procedimiento a seguir al
momento de cometer una infracción, el exceso de velocidad
y provocar accidentes en el tránsito por el exceso de
pasajeros, debido a la falta de conciencia de quienes tienen en
su poder este tipo de transporte público. La falta de
conciencia de los conductores denominados moto taxi muchas veces
no tiene límites en el sentido de que pierden la
noción de su responsabilidad ante los demás
individuos, ya que las mismas estadísticas indican que la
mayoría de accidentes de tránsito son provocados
por este tipo de conductor. De ahí que el tema de
investigación a cerca de las violaciones a la Ley No. 241
y lo que ésta prevé se hace pertinente e importante
por los enfoques y los aportes sobre esta situación que
afecta a la comunidad urbana de Santiago de los Caballeros. El
tema relacionado con las violaciones a la Ley No. 241 sobre
Accidentes de Tránsito producido por los moto taxi del
municipio de Santiago de los Caballeros, se investiga por
diferentes motivos. El principal de ellos, es plantear la
problemática social que enfrentan los conductores y los
usuarios al igual que quienes transitan por esta ciudad, por la
ignorancia de sus derechos y deberes; pero a través de los
enfoques de dicha Ley.

FORMULACION DEL PROBLEMA:
¿Cuáles son las causas y consecuencias de las
violaciones a la Ley No. 241 sobre accidentes de tránsito
producido por los moto taxi del municipio de Santiago de los
Caballeros, en la zona urbana?

SISTEMATIZACIÓN DEL
PROBLEMA:

¿Cuál es el rol de la
justicia del municipio de Santiago de los Caballeros, ante la
violación a la Ley No. 241 por parte de los moto taxi que
circulan por la zona urbana de Santiago de los
Caballeros?

¿Se cumplen a cabalidad las
disposiciones sobre tránsito y seguridad de la Ley No. 241
sobre accidentes de tránsito?

¿Cuáles son los
artículos de la Ley No. 241 sobre accidentes de
tránsito que suelen violar con facilidad los moto taxis de
la zona urbana de Santiago de los Caballeros?

JUSTIFICACIÓN IMPORTANCIA: La
situación de tránsito en la ciudad de Santiago,
municipio y provincia Santiago de los Caballeros, es un problema
que mueve la preocupación de ciudadanos y autoridades,
pero no se han planteado medidas efectivas para tratar de apalear
esta dificultad latente. Hacer un análisis acerca de la
Ley No. 241 sobre el accidentes de tránsito se puede
considerar conveniente, porque en la actualidad no existen
suficientes investigaciones relacionadas con este tema, ya que de
dicha Ley, las investigaciones existentes se han realizado a
través de otros enfoques. Cabe destacar que la principal
inquietud por enfocar el tema de investigación acerca de
la Ley No. 241 sobre accidente de tránsito tiene un
interés por conocer y profundizar en los aspectos
teóricos que ofrecen las diferentes fuentes sobre este
tópico. De igual manera, se pretende aprovechar las
informaciones que aparezcan sobre el tema y hacer una
reflexión sobre cada tópico para que quienes se
interesen en el tema puedan beneficiarse de ello. La importancia
de este estudio consiste en una iniciativa que estimulará
la proyección de otras investigaciones, sirviendo como
punto referencial en la búsqueda de solución al
problema de las infracciones de tránsito en esta ciudad.
De esta investigación se han de beneficiar la
policía, el departamento de tránsito y la Autoridad
Metropolitana de transporte, así como las instituciones
del municipio de Santiago de los Caballeros encargadas de regular
el tránsito.

FACTIBILIDAD DE LA INVESTIGACIÓN:
Además de los criterios o motivaciones que justifican la
investigación es necesario considerar otro aspecto
relacionado con la viabilidad del estudio que se realiza. Esta
investigación se considera factible porque se cuenta con
la disponibilidad de tiempo, recursos financieros, humanos y
materiales que son los que a última instancia
determinarán los Alcances de la misma.

LIMITACIONES DE LA INVESTIGACIÓN:
Aunque no son muchas las limitaciones que pudieran interferir en
la realización de este estudio, hay que destacar que
existen muy pocas fuentes que sustenten el marco teórico
de la misma, lo que conllevará mayores esfuerzos por parte
de los investigadores para hacer las aportaciones que impliquen
un trabajo satisfactorio. Además, por el perfil de los
sujetos que se encuestarán, se percibe que el trabajo de
campo se hará con ciertas dificultades por tener que
trasladarse a los lugares y eso implica distancia y esfuerzo
económico.

OBJETIVOS DE LA
INVESTIGACIÓN:

Objetivo general: Analizar las causas y consecuencias de
las violaciones a la Ley No. 241 sobre accidentes de
tránsito producido por los moto taxi del municipio de
Santiago de los Caballeros en la zona urbana.

Objetivos
específicos:

Determinar el rol de la justicia del
municipio de Santiago de los Caballeros, ante la violación
a la Ley No. 241 por parte de los moto taxi que circulan por la
zona urbana.

Analizar las disposiciones sobre
tránsito y seguridad de la Ley No. 241 sobre accidentes de
tránsito.

Analizar los Artículos de la Ley No.
241 sobre accidentes de tránsito y la fase judicial de
dicho procedimiento.

DELIMITACIÓN: La delimitación
geográfica abarca el municipio de Santiago de los
Caballeros. La delimitación de persona serán
pertenecientes al departamento de tránsito de la
policía, el síndico municipal, a los representantes
del sindicato, la policía de AMET y los conductores que se
dedican a dar servicios en motores. La delimitación del
tiempo abarca el cuatrimestre septiembre de 2014, cumpliendo con
los siguientes módulos.

Módulo

Tema

Duración

Fecha

1ro.

Investigación Científica

4 semanas

4-25 de septiembre, 2014

2do.

Revisión de contenido

4 semanas

2- 23 de octubre, 2014

3ro.

Revisión metodológica

3 semanas

30 de octubre al 20 de noviembre, 2014

4to.

Revisión de Estilo y
Ortografía

2 semanas

27 de noviembre al 2 de diciembre 2014

5to.

Exposición Oral

2 semanas

11 al 18 de diciembre de 2014

Entrega del monográfico

2 semanas

15 enero de 2015

MÉTODO: El método
implementado consistió en el analítico, a
través del cual a la Ley objeto de estudio se le
extraerán cada una de sus partes con la finalidad de
estudiarla por separados y poder indagar la relación que
existe entre ellas. La investigación será de campo
porque se tendrá contacto directo con el objeto de
estudio, que son los moto taxi de la zona urbana de Santiago de
los Caballeros, para determinar la cantidad de accidentes
provocados por los moto taxi. La técnica a implementarse a
través del trabajo de campo consistirá en la
aplicación de un cuestionario a los moto taxi y una
entrevista a los responsables del departamento de tránsito
de la policía, los responsables del sindicato, el
síndico la policía de AMET y de las autoridades
judiciales de esa jurisdicción. Se han enfocado de manera
adecuada los conceptos básicos y analizarlos para hacer de
ellos un exhaustivo y profundo análisis sobre lo que
plantea la Ley No. 241 sobre accidente de
tránsito.

Este trabajo consta de cuatro capítulos
distribuidos como sigue:

El capítulo I: Aspectos generales sobre el
contexto de Santiago de los Caballeros.

El capítulo II: Rol de la justicia ante la
violación a la Ley No. 241.

El capítulo III disposiciones sobre
tránsito y seguridad de la Ley No. 241.

El capítulo IV: Análisis e
interpretación de los resultados.

CAPÍTULO I

Aspectos generales
sobre el contexto de estudio

1.1 Generalidades de Santiago, Provincia
Santiago de los Caballeros: Santiago de los Caballeros es la
segunda urbe del país. Simbólicamente está
considerada como la capital de la región norteña.
No se conoce la fecha exacta de la fundación de la ciudad
y lo más seguro es que aconteció en el
último lustro del siglo XV.

En sus Inicios fue poblado por treinta hidalgos
españoles procedentes de la Isabela. Por tal razón
en 1508 recibió el título de la ciudad con el
nombre de Santiago y el aditamento de los Caballeros. La ciudad
primitiva, erigida en Jacagua, fue destruida el 2 de diciembre de
1562 por un espantoso terremoto que también
destruyó a la ciudad de Concepción de La
Vega.

La ciudad fue levantada nuevamente, esta vez en terrenos
de la viuda Minaya, a orillas del río Yaque, lugar que
ocupa actualmente la ciudad. Posteriormente fue víctima de
incendios, nuevos terremotos y saqueos. Finalmente la
consumió el incendio redentor de 1863.

Excepcionalmente en 1858, por disposición
constitucional en capital de la república, allí
tuvo asiento el gobierno precedido por el general José
Desiderio Valverde. Santiago fue nuevamente capital de 1863 a1865
a causa de que ella se estableció, y funcionó
entonces el gobierno de la Restauración.

La provincia encabezada por Santiago fue originalmente
integrada por las comunidades de Santiago: Puerto Plata,
Montecristi y San José de las Matas y por los puestos
militares de Altamira y Dajabón, dependientes éstos
de Puerto Plata y Montecristi respectivamente. En 1844, con
anterioridad a la constitucional de la provincia el 6 de
noviembre, la Junta Central Gubernativa le había conferido
a Santiago la categoría de cabecera de departamento. La
común cabecera había sido elegida en 1822 al
comienzo de la dominación haitiana.

En lo patriótico Santiago ha sobresalido como
escenario y como proveedora de actores. Ahí están
La Emboscada, La Batalla del 30 de marzo y del 6 de septiembre.
Siete hijos de Santiago han ocupado el sitio presidencial. Son
ellos Ulises Francisco Espaillat, José David Valverde,
Benigno Filomeno de Rojas, José Bordas, Rafael Estrella
Ureña, Joaquín Balaguer e Hipólito
Mejía.

Santiago de los Caballeros se encuentra en el Valle del
Cibao a 155 kilómetros de Santo Domingo, ocupando un
área geográfica de 2,857,560 mts², siendo el
municipio de mayor densidad geográfica del país.
Cuenta con una población por encima de los novecientos mil
habitantes, representando un poco más del 10% de la
población nacional dominicana. Actualmente la conforman
como provincia los municipios de Villa González, Villa
Bisonó, Jánico, Licey al Medio, San José de
las Matas, Tamboril y Santiago.

El municipio de Santiago tiene una extensión de
610,174 mts², con un clima seco y húmedo dependiendo
de la estación, con una temperatura media de 25º
grados centígrados. Por otra parte, el comercio de
Santiago es muy activo, prácticamente igual al de Santo
Domingo. Esto se puede deducir por el gran número de
instituciones bancarias, de crédito y financiamientos que
operan en esta ciudad, así como también por la
intensidad de comercio interno, el cual comprende
comercialización de productos agrícolas,
industriales, servicios técnicos y profesionales, centros
de diversión y recreación.

El municipio de Santiago de los Caballeros ha sido
escenario de grandes acontecimientos históricos, que
recordarlos lo hace formar parte de la cultura santiaguense, como
lo es La Batalla del 30 de marzo, con los tradicionales desfiles
militares y escolares.

El 27 de febrero, día de la Independencia
Nacional, Santiago lo celebra llena de júbilo y se viste
de colores con sus tradicionales lechones que desfilan durante
todo el carnaval, todo este mes de febrero. Entre ellos se
distinguen los famosos lechones de los Pepines, La Joya, Pueblo
Nuevo y demás barrios que se unen para divertirse.
Además se integran los populares coches adornados y tirado
por caballos.

En lo religioso conserva las fiestas católicas de
la virgen de la Altagracia y Las Mercedes, con sus visitas al
Santo Cerro. Las procesiones del viernes santo y los jueves de
Corpus Christi, donde los fieles vestidos de blanco se congregan
en el Estadio Cibao y el 25 de julio la ciudad celebra las
fiestas de su patrón Santiago el Mayor. El municipio
conserva hermosos monumentos de arquitecturas clásicas,
entre los que se encuentran: La Catedral de Santiago
Apóstol, el correo, el antiguo palacio de justicia,
algunas residencias familiares y varios parques, donde los
parroquianos suelen concurrir a descansar y a
platicar.

A la entrada de la ciudad está el majestuoso
monumento a los héroes de la Restauración,
haciéndose acompañar por el majestuoso teatro del
Cibao, ubicado en la parte frontal del mismo. Santiago se
distingue por ser un pueblo hospitalario, trabajador y amante de
dichas tradiciones. Popularmente se le conoce como la ciudad
corazón; es considerada la segunda capital del país
y está rodeada por las aguas del Río Yaque del
Norte.

En los deportes, en el municipio de Santiago, funciona
la Unión Deportiva de Santiago que aglutina 28
asociaciones deportivas y que organiza los juegos deportivos
provinciales, donde participan unos 2000 atletas en disciplinas
que van desde ajedrez hasta judo y ping pong.

En la última década se han incorporado
pabellones bajo techo. En lo que respecta a la salud en el
municipio de Santiago ha mejorado considerablemente comparada con
años anteriores. El sector público ha extendido sus
servicios con nuevas creaciones de sub-centros en los lugares
periféricos de la ciudad con el objetivo de a asistir la
mayor cantidad de la población. Se han reequipado los
servicios de diversas áreas, se han creado nuevos
servicios en las distintas especialidades.

En los diferentes sub-centros de salud, se han creado
modernos laboratorios donde el paciente recibe servicios a bajos
costos de acuerdo a sus necesidades. Actualmente Salud
Pública ha desarrollado programas de vacunación,
deparasitación, dermatología, odontología y
oftalmología, especialmente en las distintas escuelas de
la ciudad y campos cercanos se han desarrollado programas de
medicina preventiva a fin de disminuir la mortalidad en la
población.

El municipio de Santiago ha sido escenario de grandes
pilares de la educación dominicana que han brindado su
esfuerzo para que la educación del municipio avance de
manera significativa, destacándose la Profesora Ercilia
Pepín, Salomé Ureña y Eugenio María
de Hostos.

En la década de los años 70 en la
educación del municipio no existían condiciones
favorables para el buen funcionamiento del proceso
enseñanza aprendizaje, según datos
estadísticos en las escuelas primarias existía
más de un 70% de maestros sin formación
magisterial. En la década de los 80 se mantuvo la crisis y
muchos maestros desertaron del servicio docente, inclusive muchas
universidades cerraron la Carrera de Pedagogía a lo que se
denominó década perdida.

La provincia de Santiago es la primera ciudad de la
región del Cibao en el plano del cultivo agrícola y
se caracteriza por una explotación intensiva del suelo, en
comparación con otras provincias de la misma
región. En los fértiles campos de la provincia de
Santiago, se cultivan en gran medida productos agrícolas
de gran demanda, tanto en el mercado nacional como internacional;
de igual modo, una gran variedad de frutos menores. Santiago
encabeza la producción de tabaco, el cual es destinado
para las industrias cigarrilleras del país. Se halla
además, entre las diez principales provincias productoras
de café, cacao, y arroz. Es también un centro de
gran producción de maní para fines
industriales.

En cuanto a los frutos menores ocupa un lugar prominente
en lo que respecta al volumen de su producción. Parte
importante de los frutos menores de la provincia son
comercializados en la ciudad capital. En la producción
ganadera, Santiago ocupa un lugar predominante entre los
principales productores de ganado vacuno y porcino.

La ciudad de Santiago de los Caballeros es una de las
ciudades más industrializadas de la República
Dominicana. La producción industrial abarca los renglones
alimenticios. Este renglón incluye pastas alimenticias,
conservas, jugos, embutidos, quesos, dulces, pan, leche
pasteurizada, grasas, refrescos y helados.

En cuanto a la producción industrial no
alimenticia, la industria santiaguera es similar a la industria
de la capital, pero en una escala menor. Esta producción
es muy variada; la misma incluye la elaboración de
cigarrillos y bebidas alcohólicas, la cual es una de las
industrias más rentables y aporta al fisco grandes sumas
de dinero por el pago de impuestos. El comercio de Santiago es
muy activo, debido al número de instituciones bancarias,
de crédito y funcionamiento que opera en esta ciudad;
así como también por la intensidad del comercio
interno, el cual comprende comercialización de productos
agrícolas, industrias, servicios técnicos y
profesionales y diversos centros de diversión.

1.2.1 Historia: Según los datos obtenidos
el moto taxi comenzó en Santiago el 4 de marzo del
año 1982. Su fundador fue Evangelista Silverio (Don
Vange), residente en la calle no. 7, de Cienfuegos, de esta
ciudad de Santiago de los caballeros. Este servicio de moto taxi
lo iniciaron con una tarifa de cinco centavos por persona a las
7:15 de la mañana del 25 de marzo. Para esa fecha
existía un solo moto taxi en el país, ya que en
esta provincia, donde nace esta idea y hoy día, la
provincia cuenta con un número de 15,000 motoristas. Esto
se expandió hasta Santo Domingo y más tarde hacia
todo el país. El servicio de moto taxi se origina en el
municipio de Santiago de los Caballeros a mediados de la
década de los ochenta, cuando ellos se dirigía
desde el parque del Barrio Libertad, hasta el ingenio o
Cienfuegos, encontró una persona conocida que se
dirigía al mismo lugar y este le ofreció llevarlo
en su motor (un Yamaha 80), el hombre se montó, y al
llegar al lugar, este en agradecimiento le regaló una
moneda de RD$25.00 centavos, entonces el moto taxi analizó
que podía tomar aquello como una fuente de vida y
estableció una ruta, cobrando la suma de RD$25.00
centavos. Este medio se fue haciendo cada vez más popular
y usado que motivó que otras personas se fueran integrando
a esta labor, modificando el sistema de ruta por el sistema de
servicio a domicilio. Esto fue creciendo, se fueron instalando
paradas se comenzaron a hacer intentos para organizarse como
asociaciones, hasta que lograron formalizarse como un sindicato
en el inicio de la década de los noventa.

1.2.2 Causas: Son diversas las causas que
han motivado a los ciudadanos que laboran en el moto taxi a
originarse formando el sindicato de motoristas de Santiago de los
Caballeros.

  • a) Tener una organización que los
    defienda y que lo represente

  • b) Luchar por reivindicaciones, como son:
    Seguro Médico, etc.

  • c) Estar organizados en su labor

  • d) Tener una identificación

  • e) Participar en las actividades deportivas
    como organización

  • f) Preservar el servicio de moto taxi como una
    fuente de empleo.

La mayoría de moto taxis inician sus labores
entre las 5 y 7 de la mañana, algunos lo hacen
después de las 8 de la mañana. Otros no tiene
horario fijo de inicio de labores. Las fuentes de ingreso de los
moto taxis es un promedio ascendentes a la suma de RD$250.00;
algunos ganan por encima de esta suma, llegando hasta los
RD$400.00 por día; mientras que otros ganan por debajo de
los RD$200.00 por día. Muchos de los moto taxis no tienen
ninguna fuente de ingresos que no sea el moto taxi; mientras que
algunos tienen otras fuentes de ingresos, con actividades como:
alquiler de motores, rifas, préstamos de dinero,
comerciantes, el empleo de la esposa y divisas del extranjero. La
mayor parte de estas personas poseen una educación
primaria (de primero a octavo curso); otros tienen
educación secundaria, o al menos inicio del bachillerato;
en tanto un mínimo son estudiantes universitarios,
principalmente en la extensión de la
CURSA-UASD.

Parte de ellos provienen de la zona rural (campo) y
demás procedentes de la ciudad. Estos no tienen
inconvenientes para transportar a sus usuarios o clientes a
cualquier lugar del municipio, tanto a la zona urbana como a la
rural, siempre y cuando le paguen el precio justo. Algunos
sólo lo hacen en la zona urbana. Estos montan diariamente
entre once y veinte personas, otros entre cinco y diez personas
por día.

1.2.3 Importancia del Moto taxi: La importancia
que tiene el moto taxi se refleja en la necesidad de empleo y la
limitaciones de transporte urbano, ya que a través de este
medio de transporte es más fácil y rápido
desplazarse en la ciudad y en las zonas aledañas. El moto
taxi es muy importante en esta ciudad, ya que las personas a
través de este medio se transporta con mayor rapidez, le
permite al usuario llegar con mayores facilidades a sus puestos
de trabajo o lugares a donde lo necesitan. Por su tamaño
le permite desplazarse por cualquier lugar o carretera, cosa que
en un auto normal se dificultaría. Muchas casas bancarias,
financieras y comerciales en los últimos tiempos hacen uso
del moto taxi para su servicio, por lo económico,
rápido y responsable.

1.2.4 Objetivo y finalidad: El moto taxi en vez
de ser un obrero del volante es un defensor del pueblo, ya que
estas personas son las que más rápido llegan al
lugar de los hechos. El moto taxi realiza ese trabajo para
subsistir en la vida diaria. Su finalidad es brindar un buen
servicio a la comunidad y sobre todo, inspirar confianza en el
usuario.

1.2.5 Aspecto legal para funcionar como moto
taxi:
Para funcionar como moto taxi, el motorista
debe:

  • 1) Poseer un carnet de identidad que le
    acredite como moto taxi.

  • 2) Ser mayor de edad.

  • 3) Usar un casco protector.

  • 4) Llevar puesto un chalecón que los
    identifique como tal.

  • 5) Buena presencia física personal y el
    motor en buen estado.

  • 6) Tener seguro al día.

  • 7) Buen estado de los frenos.

  • 8) Tener matrícula del motor.

1.2.6 Organización del Moto taxista: El
moto taxi se organizó en Santiago de los Caballeros, por
el sindicato de motoristas, el cual se fundó el 12 de
enero de 2000. El local que los ubica funciona en la avenida
Circunvalación No. 23. Estos moto taxis están
organizados por parada, y en cada parada hay un número de
8 a 12 moto taxi esto se trasladan en su labor tanto en la zona
urbana como fuera de ella o sea, a donde se dirija el usuario o
hasta donde solicite su servicio.

Este sindicato se reúne cada siete días
laborables y su finalidad es organizar al moto taxi y a la vez
para que el ciudadano se sienta protegido para que de una u otra
forma pueda dirigirse hasta esta oficina a llevar sus quejas e
inquietudes respecto al servicio. Se establece un horario de seis
de la mañana hasta las diez de la noche. A través
del sindicato cada moto taxi que forme parte del mismo tiene que
pagar una cuota mensual de RD$20.00 pesos y de inscripción
RD$20.00 pesos. Existen actualmente 225 paradas de moto taxi. El
sindicato toma medidas en las situaciones difíciles que se
le presentan al moto taxi y le brinda el apoyo, toda vez que
trata de buscar soluciones a los conflictos. El sindicato de los
moto taxi representa a los motoristas en los asuntos legales. El
mismo está incorporado en la ciudad de Santiago de los
Caballeros. El horario que establece el sindicato es de 6 a.m. a
10 p.m. Muchos de ellos violan la ley por a falta de
conocimientos y respeto y por falta de medidas de
precaución del conductor, y también cabe destacar
que por falta de orientación de las autoridades
competentes en la orientación para los moto taxis o
usuarios del volante.

Responsabilidad del sindicato: Muchos
accidentes de tránsito en Santiago de los Caballeros,
ocurren por la falta de conocimiento en las señalizaciones
de tránsito, por el exceso de velocidad y manejo temerario
de muchos desaprensivo. En los últimos tiempos se ha
incrementado un alto nivel de delincuencia ya que el moto taxi no
sabe quién es quién, también los
delincuentes como ladrones, atracadores utilizan el moto taxi
para usarlo de mula. Los moto taxis también son afectados
por los delincuentes ya que a diario son atracados y maltratados
y muchas veces hasta pierden la vida al ser atracado por los
atracadores estos se montan piden que lo lleven a un lugar
especifico y resulta ser que es para despojarlo de sus
pertenencias, de su dinero, de su motor y hasta de su vida o sea
que el moto taxi también arriesga su vida. El sindicato
utilizan los fondos que pagan los moto taxis para ellos mismos,
cuando tienen problemas judiciales o de salud.

CAPÍTULO II

Artículos de
la Ley No. 241 sobre violación del tránsito y sus
previsiones

2.1 Generalidades sobre la Ley No. 241: La Ley
No. 241 fue puesta en vigencia el 28 de diciembre del año
1967, y modificada por la Ley No. 114-99 y promulgada el 16 de
diciembre de 1999. Esta ley fue promulgada y mandada a que fuera
publicada en la Gaceta Oficial, para su cumplimiento y
conocimiento, por el entonces Presidente de la República
Dr. Leonel Fernández Reyna, en los poderes y atribuciones
que le confiere el artículo 56 de la Constitución
de la República Dominicana.

2.2 Los artículos y sus previsiones:
Según lo establecido en la ley 241, los vehículos
de motor y remolques, que podrán transitar por las
vías públicas deberán hacerlo con la debida
autorización. El artículo 2 establece que:
"Ningún vehículos de motor o de remolque,
podrán transitar por las vías públicas sin
estar debidamente autorizado para ello por el director de Rentas
Internas, de acuerdo a lo dispuesto en esta la ley
."5 Este
artículo trata sobre la autorización para conducir
vehículos de motor por las vías públicas.
Establece que para transitar por las vías públicas
hay que estar autorizado para ello, por el Director de Rentas
Internas de acuerdo con lo dispuesto en esta ley. El mismo
artículo plantea de forma clara, precisa y concordante que
éste tiene por finalidad regular el tránsito de
vehículo de motor en la vía pública, que es
obligatorio estar autorizado por el Director de Rentas Internas
según lo establece la Ley.

El artículo 5 de la Ley de Tránsito
expresa en su literal (a): "Las placas de los vehículos
de motor y remolques podrán conservar un número
fijo y ser expedidas cada cuatro años debiendo pagarse
anualmente el impuesto por concepto de expedición de
placas, en la forma que establezca el Director de Rentas Internas
durante los períodos que se indican a continuación:
vehículos de carga, máquinas pesadas, guaguas u
omnibuses y jeep del servicio privado y carro fúnebres:
del 1º al 31 de enero del año fiscal al cual
corresponda el impuesto
."

Este artículo es muy preciso al indicar que se
prohíbe a los vehículos de motor transitar en la
vía pública sin la placa que le identifique, sin
importar el tipo de vehículo. De igual modo, el
artículo 6 plantea la expedición de la placas de
vehículos de motor y remolque, la cual se hará por
medio del director de Rentas Internas, a través del
colector de Rentas Internas previo al pago del impuesto
correspondiente y de haber presentado certificado de propiedad y
origen o matrícula de las mismas otorgado por la
Dirección General de Rentas Internas. El artículo 3
de la Ley No. 141 y modificado por la ley 56-89 del 7 de Julio de
1989, G.O. No 9763, trata sobre los Registros de vehículos
de motor y Remolques. Este artículo de registro de
vehículos de motor y remolques tiene su
clasificación:

Partes: 1, 2, 3

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