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Glosario de términos contables (página 2)



Partes: 1, 2, 3

Acción por la cual los diversos bienes y
servicios son usados o aplicados
a los fines a que
están destinados, ya sea satisfaciendo las
necesidades
de los individuos o sirviendo los
propósitos de la producción.
La
economía considera el consumo como el fin esencial de la
actividad
económica. Consumo es la
utilización de bienes y servicios para nuestra
satisfacción
y la de otros.

  • 107. CONSUMO:

Acto final del proceso económico, que
consiste en la utilización personal
y directa de
los bienes y servicios productivos para satisfacer
necesidades
humanas. El consumo puede ser tangible
(consumo de bienes) o
intangible (consumo de servicios).
Además, se puede clasificar de acuerdo
a quien
realice el acto en privado y pública. El consumo privado
es el
realizado por las familias y las empresas, y el
público es hecho por el
gobierno.

Es un sistema de información basado en el
registro, clasificación, medición
y
resumen de cifras significativas que expresadas
básicamente en
términos monetarios,
muestra el estado de las operaciones y transacciones

realizadas por un ente económico
contable.

  • 109. CONTINGENTE

En comercio internacional, un método para
proteger la industria nacional
de la competencia
exterior o para reducir la presión en la balanza de

pagos limitando las importaciones. Con fines proteccionistas,
el contingente
es más seguro que el arancel o
tarifa en sus efectos sobre la cantidad
de
importaciones.

  • 110. CONTRAPARTIDAS DE LA MASA
    MONETARIA:

Conjunto de deudas debidas al sistema bancario, en
contrapartida de las
cuales se crea moneda. Se
distinguen tres tipos:
las operaciones sobre oro y
divisas, que corresponden a la creación de
dinero
en los pagos al extranjero; las operaciones de deudas sobre
el
tesoro público, que corresponden a la
creación de moneda para financiar
parte del
déficit presupuestario, y las operaciones de
crédito a la economía,
que corresponden a
la financiación monetaria del cr& eacutedito.

Este tipo de creación monetaria es la fuente principal
del incremento de
la masa monetaria.

Es un acto por el cual una parte se obliga para con
otra dar, hacer o no
hacer, alguna cosa.

  • 112. CONTRATO:

Acuerdo de voluntades entre dos o más
personas que se obligan a dar y
hacer algunas cosas o
realizaciones conjuntas.
Lo normal es que, mediante
procedimientos legales, las partes que han
sumido una
obligación contractual pueden ser forzadas a su
cumplimiento.
Desde un punto de vista económico,
el contrato establece pautas reguladoras
de conducta
para los agentes económicos, reduciendo los riesgos

de las actividades.

  • 113. CONTRIBUCIÓN:

Es el tributo cuya obligación tiene como
hecho generador, beneficios
derivados de la
realización de obras públicas o de actividades
estatales
y cuyo producto debe tener un destino ajeno a
la financiación de la s
obras o actividades que
constituyen el presupuesto de la
obligación.

  • 114. CONTRIBUYENTE:

Es el sujeto respecto de quien se realiza el hecho
generador de la obligación

sustancial.

Organización empresarial que tiene por
objetivo el beneficio de las personas
que componen, y
que se caracteriza por cada miembro, tiene un
voto al
margen del capital o aporte que tenga en la cooperativa.

Esta forma de organización permite unir a personas de
pocos recursos
que se encuentran en una situación
similar para aprovechar las ventajas
de una
operación más eficiente en mayor escala.

Los cooperados, son a su vez dueños y administradores
de la cooperativa,
y las ganancias, son distribuidas
entre ellos en proporción a sus aportes.
Los
tipos de Cooperativa, más conocidas son las
agrícolas, de comercialización,
de
consumo, de crédito y de productos.

  • 116. CORPORACIONES DE AHORRO Y
    VIVIENDA:

Institución financiera que tiene como
función promover el ahorro privado
y llevarlo
hacia la industria de la construcción a través de
créditos hipotecarios.
La captación de los
recursos se hace a través de las cuentas de

ahorro, de los depósitos ordinarios y de los
certificados de depósito a término.

  • 117. CORPORACIONES
    FINANCIERAS:

Según la definición legal (ley 45/90)
son aquellas instituciones financieras
que tienen por
función principal la captación de recursos a
término, a
través de depósitos o de
instrumentos de deuda a plazo, con el fin de
realizar
operaciones activas de crédito y efectuar inversiones, con
el
objeto primordial de fomentar o promover la
creación, reorganización,
fusión,
transformación y expansión de
empresas.

  • 118. CORRECCIÓN
    MONETARIA:

Corresponde a la diferencia entre la
revalorización de los activos sujeto
a
corrección monetaria y la revalorización del
capital propio financiero.

  • 119. CORRECCIÓN
    MONETARIA:

Tratándose de obligaciones dineradas,
consiste en el procedimiento
mediante el cual se
restablece el poder adquisitivo de la moneda. Se calcula

como el promedio aritmético simple del valor de la DTF
para las cuatro
o cinco semanas de cada mes,
multiplicada por 74%. La corrección
monetaria se
aplica a los depósitos y préstamos de las
corporaciones de
ahorro y vivienda.

  • 120. CORPORATIVISMO:

Doctrina que justifica la organización del
sistema económico por medio
de asociaciones de
trabajadores, empresarios, profesionales, etc.; subordenados

de algún modo al poder político que
integrarían.
Esta organización
haría inútil o superfluo cualquier otro tipo de
institución
política
parlamentaria.

  • 121. COST INSURANCE FREIGHT
    (CIF):

Abreviatura usada en algunos contratos
internacionales de venta, cuando
el precio de la misma
incluye "costos, seguros y fletes" de los artículos

vendidos. Esto significa que el vendedor costea todos los
gastos relacionados
con el envío de la
mercancía desde su punto de exportación

hasta cualquier punto de importación. En Colombia, las
importaciones se
calculan a precios CIF.

Es un gasto, erogación o desembolso en dinero
o especie, acciones de
capital o servicios, hecho a
cambio de recibir un activo. El efecto tributario
del
término costo (o gasto) es el de disminuir los ingresos
para obtener
la renta.

  • 123. COSTO:

En un sentido amplio, es la medida de lo que se debe
dar o sacrificar
para obtener o producir
algo.

  • 124. COSTO DE VIDA:

Costo monetario de lo necesario para mantener un
cierto nivel de vida
dentro de un grupo de la
población.

  • 125. COSTO DE VIDA:

Promedio de los precios al por menor de todos los
bienes y servicios
necesarios para un nivel de vida
fijo.

  • 126. COSTO FIJO:

Costo que en el coto plazo permanece constante
cuando la cantidad producida
se incrementa o disminuye,
dentro de ciertos rangos de producción-.
Algunos
de estos costos se presentan aunque no se produzca
nada.

  • 127. COSTOS DE
    EXPLOTACIÓN:

Costo de los productos vendidos que se determine de
acuerdo con el sistema
de costos seguido por la
empresa.

  • 128. COSTOS INDIRECTOS:

Costos normalmente de difícil
identificación o resultado de bienes y servicios

aplicables a la actividad en general. Incluyen
costos de operaciones de manufacturas (mantenimiento, gastos

generales, etc.) COTIZACIÓN: Precio
registrado en una Bolsa cuando se realiza una negociación
de
valores, o también expresión de uso
bursátil para señalar el valor de
acciones
y otros instrumentos que se venden a través de bolsas
de
comercio. La cotización puede
ser:
Transacción (T) último precio de
venta en transacciones hechas en bolsas
el día de
cierre; Nominal (N) precio de transacción anterior al
día de
cierre, si posteriormente no ha habido
ventas, ni ofertas, a precio diferente;
Vendedor (V)
precio al cual los instrumentos están siendo
ofrecidos
a la hora del cierre; Comprador (C) precios al
cual existe oferta de
compra a la hora del cierre;
Operación Directa (OD) transacción realizada

en la bolsa con intervención de un solo
corredor.

Etapa de profundas perturbaciones que caracterizan
una situación gravemente
depresiva, dentro de un
ciclo económico.
En un sentido amplio, es el
conjunto de problemas que se relacionan
entre si y que
potencian mutuamente sus efectos planteados alrededor
de
un hecho básico:
la reducción en el
crecimiento de la producción.
En un sentido mas
estricto, es la fase de la actividad económica que se

caracteriza por una reducción brusca de la
producción.

  • 130. CREDITO:

Obtención de recursos en el presente sin
efectuar un pago inmediato,
bajo la promesa de
restituirlos en el futuro en condiciones previamente

establecidas. Pueden ser recursos financieros o
referirse a bienes y servicios.
El crédito es
fundamental en una economía moderna y reviste
diversas
formas entre las que destacan el crédito
de consumo extendido a los individuos
para financiar su
consumo de bienes; el crédito comercial extendido

por los oferentes de materias primas a las empresas o por
éstas a
los vendedores mayoristas; y el
crédito bancario que consiste en préstamos

a diversos agentes económicos.

  • 131. CUASIDINEROS:

Se define como los activos que dependiendo de su
grado de liquidez
podrían considerarse en alguna
medida dinero. En Colombia, estos activos
son los
siguientes:
los depósitos de ahorro en el sistema
financiero, los certificados a término
de los
bancos, corporaciones financieras y compañías de
financiamiento
comercial y los depósitos en las
corporaciones de ahorro y vivienda.

  • 132. CUENTA CORRIENTE:

1. Parte de la Balanza de Pagos que registran las
transacciones corrientes
de mercaderías y
servicios reales y financieros.
2. Depósito
bancario del que puede retirarse todo o parte contra
presentación
de cheque.

  • 133. CUENTA CORRIENTE:

Cuenta perteneciente a la Balanza de Pagos, donde se
registran sistemáticamente
la entrada y salida de
divisas de un país con el exterior, por
concepto
de compra y venta de mercancías y servicios.
Además, en ella
se consignan las utilidades
obtenidas de operaciones extranjeras, intereses
y pagos
de transferencia. La Cuenta Corriente está conformada
por
la Balanza Comercial, la Balanza de Servicios y las
Transferencias.

  • 134. CUENTA DE CAPITALES:

Cuenta de la Balanza de Pagos usada como
contrapartida de la Cuenta
Corriente. Incluye el flujo
monetario que entra y sale del país para
inversión,
subsidios y préstamos
internacionales (públicos y privados).
Cuando hay
entrada de divisas la cuenta de capitales es superavitaria.

Por el contrario, si el país presta o invierte en el
extranjero esta cuenta
será
deficitaria.

  • 135. CURVA DE LORENZ:

Curva utilizada para ilustrar la distribución
de los ingresos del capital, etc.
La curva de Lorenz de
distribución de ingresos se dibuja en un
gráfico,
cuyos ejes miden el porcentaje acumulado
de los receptores de ingreso
y el porcentaje acumulado
del ingreso total recibido por un determinado
porcentaje
de los receptores de ingreso.

  • 136. DECLARACIÓN DE
    RENTA:

La declaración de renta es un documento que
los contribuyentes, presentan
a la Dirección de
impuestos sobre sus estado de ingresos y egresos
en el
periodo gravable comprendido entre el primero de enero y el
31
de diciembre del año que corresponda.
Además incluye la declaración
del
patrimonio.
Tiene por objeto servir de base para la
liquidación del impuesto de renta
y
complementarios.

  • 137. DECLARACIÓN
    TRIBUTARIA:

Es el documento elaborado por el contribuyente con
destino a la
Administración de Impuestos en la
cual da cuenta de la realización de
hechos
gravados, cuantía y demás circunstancias requeridas
para la
determinación de su
impuesto.

  • 138. DECRETO:

Disposición emanada de la Rama Ejecutiva del
Poder Público, con el
objeto de desarrollar y
cumplir con los deberes y obligaciones asignadas
a
ésta y especialmente, para la ejecución y
aplicación de la Ley.

  • 139. DÉFICIT:

Resultado que arroja un balance efectuando el
término de un ejercicio
que se caracteriza por
que existe un saldo correspondiente a egresos
que no
alcanzaron a ser cubiertos por los ingresos de dicho
ejercicio.
El resultado inverso, vale decir, si el
balance arroja un sobrante de ingresos
luego de
cubiertos los egresos del ejercicio.
Se denomina
Superávit.
Monto en que la cantidad ofrecida es
menor que la cantidad demandada
al precio existente; lo
opuesto a excedente.

Es el exceso de los egresos sobre los ingresos, ya
sea, del sector público
consolidado, del gobierno
central o del sector público no
financiero.

  • 141. DEFLACTOR:

Elemento numérico que permite convertir a
precios constantes una serie
que se encuentra
inicialmente a precios corrientes. Es común utilizar

para este efecto los índices de precios o el cociente
entre la serie inicial
a precios corrientes y la serie a
precios constantes.

Cantidad máxima de un bien o servicio que un
individuo o grupo de ellos
está dispuesto a
adquirir a un determinado precio, por unidad de tiempo.

Refleja la voluntad y capacidad económica de adquirir
un determinado
bien por parte de todas las personas que
manifiesta una necesidad
capaz de ser satisfecha por el
consumo de referido bien.
La voluntad de adquirir se
expresa en el mercado al pagar un determinado
precio que
en definitiva, es la expresión del bienestar que el
consumo
del bien aporta al demandante. Pueden
definirse diferentes demandas por un mismo bien o servicio.

Por ejemplo la demanda de Pedro por Pan; la demanda de la
ciudad en
que vive Pedro por Pan, la de su país,
continente, etc.

  • 143. DEMANDA:

Conjunto de mercancías y servicios que los
consumidores están dispuestos
a adquirir en el
mercado, en un tiempo determinado y a un precio
dado. El
análisis de la demanda parte del supuesto de que todos
los
factores se mantiene constantes, excepto el precio,
y que a medida que
cambia el precio, la cantidad
demandada por el consumidor también

varía.

Estudio científico de las poblaciones
humanas, especialmente de su
tamaño, estructura y
desarrollo.

  • 145. DEPOSITO:

En derecho, contrato por el cual una persona recibe
una cosa mueble
con el encargo de guardarla y
restituirla cuando el depositante lo requiera.
En
economía, crédito admitido por un banco a favor de
una persona
natural o jurídica, en cumplimiento
de un contrato de cuenta corriente
bancaria. El
depósito bancario implica solamente la creación de
una relación de
acreedor y deudor. El
Banco puede emplear el dinero depositado para conceder
préstamos
a terceros, con el límite que
fijen las normas sobre encaje.

  • 146. DEPOSITO CENTRALIZADO DE VALORES
    (DCV):

Es una empresa que presta servicios de custodia de
valores (instrumentos
de renta fija, de
intermediación financiera y de renta variable),
facilitando
las operaciones de transferencia de dichos
valores, con el objeto
de reducir riesgos, mejorar la
eficiencia de las operaciones y colaborar al
crecimiento
y desarrollo del mercado de capitales nacional.
Derechos
de opción preferente de suscripción de acciones y
de bonos
convertibles en acciones de sociedad
emisora:
El derecho preferente de suscripción es
inherente a las acciones ordinarias
y las
preferentes.
El derecho es esencialmente renunciable y
transferible; el accionista que
renuncia a su derecho a
suscribir las acciones de aumento de capital, o
renuncia
a suscribir los bonos convertibles en acciones de la
sociedad
emisora, puede transferir esos der echos dentro
del plazo de 30 días contados
desde la fecha de
inicio de la opción.
La venta de este derecho
genera al accionista un ingreso adicional, en
desmedro
de su pérdida de participación relativa en el
patrimonio social
de la empresa.

  • 147. DEPÓSITOS A LA
    VISTA:

Entrega de dinero, títulos o valores a una
institución bancaria con el objeto
de que se
guarden y se regresen mediante la presentación de un

documento "a la vista" que ampare dichos bienes. Un ejemplo
de depósito
a la vista es la cuenta de cheques,
en la que el depositante puede
girar cheques y retirar
fondos sin notificación por adelantado.

  • 148. DEPÓSITOS EN CUENTA
    CORRIENTE:

Son aquellos depósitos en una cuenta
bancaria, en la cual pueden hacerse
depósitos o
de la cual pueden hacerse retiros en cualquier momento
y
tantas veces como se desee. Se utiliza el término
corriente porque ésta
es una cuenta a
través de la cual el dinero circula o corre constante
y
libremente.

Perdida de valor que experimenta un activo como
consecuencia de su
uso, del paso del tiempo o por
obsolescencia tecnológica.
Debido a la
depreciación los activos van perdiendo su capacidad
de
generar ingresos. La depreciación
puede ser medida en forma precisa sólo al final de la

vida útil de los activos, por esto se han ideado
varios métodos de cálculo
para estimar el
monto de la depreciación en cada periodo.

  • 150. DEPRECIACIÓN:

En términos cambiarios es la
disminución del valor o precio de un bien,
debido
al aumento de la tasa de cambio bajo un régimen cambiario
flexible.
En términos contables, la
depreciación es una reducción del activo

fijo, sea en cantidad, calidad, valor o precio, debida al
uso, a la obsolescencia
o sólo por el paso del
tiempo. La depreciación se mide anualmente,
y
depende de los factores ya mencionados, así como del
precio
de compra y la duración estimada del
activo.

  • 151. DEPRECIACION
    MONETARIA:

Bajada de hecho del valor de la moneda nacional en
el mercado de cambios
en régimen de cambios
flotantes.

Fase del ciclo económico que se caracteriza
por un descenso de la
demanda agregada, fuerte desempleo
y subutilización de la capacidad
instalada
productiva escasa o nula formación del capital de un nivel
de
precios que tiende a descender lentamente.
Periodo amplio de desempleo masivo y exceso de capacidad
instalada.
(No existe aceptada comúnmente en
términos cuantitativos).

  • 153. DERECHO ADUANERO:

Impuesto que debe pagarse por la importación
o exportación de bienes y
servicios. Los
más comunes son los impuestos tiene muchas modalidades,
siendo
los más corrientes los derechos advalorem
y los derechos específicos.
Los primeros se
expresan como un porcentaje del valor CIF de los bienes,

y los segundos pueden ser de un monto fijo que se cobra de
acuerdo
a alguna característica física de
los bienes, como su peso o medida.
Sinónimo de
tarifa o arancel.

Son todos los derechos, emolumentos, impuestos,
contribuciones, tasas,
gravámenes y todo pago que
se fije o exija sobre la importación o
exportación
de mercancías a territorio
nacional o fuera de él. Al igual que toda
la
clase de derechos de timbre, emolumentos o gravámenes que
se exijan
o tasen con respecto a los documentos
requeridos para la realización
de tales
transacciones con el exterior, o que en cualquier otra forma

tuviera relaciones con tales operaciones. Así
derechos de Aduana es equivalente a Derechos Importación
y
Exportación. No se considera derechos
de aduana los valores correspondientes a las
multas o
recargos, al precio de los servic0os prestados y al impuesto

sobre las ventas que se causaren con ocasión de la
transacción con el
exterior.

  • 155. DESAHORRO:

Ahorro negativo.

  • 156. DESCUENTO:

Procedimiento de cálculo del valor presente
de unos o más pagos futuros,
aplicando una tasa
de interés.
En terminología de la banca
central, proceso de préstamos a los bancos

comerciales. Cesión de crédito en
virtud del cual un tercero para el acreedor originario,

quien pasa a ser subrogado por aquel para el cobro de deudor
principal.

  • 157. DESEMPLEO:

Imposibilidad, que tiene las personas que desean
trabajar de poder obtener
un empleo. En un
sentido más general, subutilización de cualquier
recurso productivo.
Parte de la fuerza de trabajo que
estando en condiciones de trabajar no
se encuentra
ocupada en actividades productoras de bienes y servicios.

Incluye a las personas cesantes y a las que buscan trabajo
por primera
vez. Sinónimo de
desocupación.
La tasa de desempleo se puede
calcular de diversas maneras, pero lo
más usual
se expresa como porcentaje de la fuerza de trabajo.
En
función de las causas y la naturaleza del desempleo se han
planteado
diversas clasificaciones. Las
más usadas son: Desempleo funcional, desempleo
cíclico y desempleo
estructural.
Desempleo voluntario y desempleo
involuntario.

  • 158. DESEQUILIBRIO:

Situación del mercado o de la economía
en que las fuerzas económicas
tienden a un
cambio.
Por ejemplo, si el mercado está en
desequilibrio a causa de un solo producto,
la oferta y
la demanda no son iguales.

  • 159. DESINFLACION:

Resultado de una estrategia encaminada a reducir el
nivel general de
precios mediante el aumento del poder
adquisitivo del dinero.

  • 160. DESINTERMEDIACIÓN:

Fenómeno derivado del desarrollo de los
mercados de capitales, caracterizado
por las relaciones
directas entre los agentes con necesidad de
recibir
financiación y los prestamistas. En el nivel bancario, la
supresión
de los intermedi arios ha permitido al
conjunto de agentes económicos, y
no sólo
a los bancos, endeudarse y prestar del corto al largo plazo.
El
contacto directo del ahorrador con quien utiliza su
ahorro permite el
aumento de la flexibilidad en los
plazos, la liberalización de las negociaciones
y
de las comisiones de garantía y el desarrollo de nuevas
fórmulas.

  • 161. DESPACHO:

Es el conjunto de operaciones aduaneras encaminadas
a la aplicación de
un régimen aduanero,
previo cumplimiento de las formalidades establecidas
en
las disposiciones legales.

  • 162. DESPILFARRO:

Término con el que se identifica una
situación en al cual se utiliza en
forma
incompleta o incorrecta los recursos productivos, con los
resultados
de no poder satisfacer adecuadamente las
necesidades humanas.
Es desperdiciar la utilidad que
podemos derivar de la producción cuando
por
torpeza, ignorancia o incompetencia, la utilizamos o aplicamos
mal.

  • 163. DEUDA:

En un sentido amplio, es la obligación que
tiene una persona natural o
jurídica, respecto a
otra, de dar, hacer o no nacer alguna cosa.
Una
acepción más restringida del término se
refiere a la obligación contraída
por una
persona natural o jurídica, organización o
país, para con
otra similar y que normalmente se
estipula en términos de algún medio
de
pago o activo.
Desde el punto de vista de una empresa,
una deuda se genera por la
compra de bienes activos, por
servicios recibidos, por gastos o préstamos,
y
pasa a formar parte del pasivo de la misma.

Créditos externos recibidos, tanto por el
sector público como el sector privado
para
financiamiento de proyectos internos. Generalmente, la deuda

externa se paga fuera del país y en moneda extranjera.
La deuda externa
se conoce como inversión
extranjera indirecta o de cartera, ya que el
capital
extranjero ingresa al país as través de extensiones
de créditos.

  • 165. DEUDA INTERNA:

Es el total de los créditos aprobados, tanto
al sector público como al privado,
que se generan
dentro de un país. A diferencia de la deuda exter –

na, la interna se paga en el país y en la moneda
nacional.

Nivel de préstamos adquiridos por el gobierno
cuando sus ingresos y sus
gastos difieren. De otra
forma, el nivel de deuda pública es igual al nivel

de deuda pública anterior más el monto de
intereses que tiene que pagar
por la deuda ya existente,
más la diferencia entre los ingresos y los gastos

del gobierno. O sea, más los impuestos menos el gasto
y la inversión.
Este es un mecanismo que permite
financiar los déficit fiscales, ya sea a

través de intermediarios financieros del país o
extranjeros.

  • 167. DEVALUACION:

Disminución en el valor de la moneda nacional
respecto de alguna(s)
moneda extranjera. Los
tipos de cambio expresan la relación de valore entre las
monedas de
distintos países, de modo que la
devaluación se manifiesta como un
aumento del
tipo de cambio.
Vale decir, se requieren más
unidades monetarias nacionales para comprar
una unidad
de moneda extranjera.
Antónimo de
revaluación.
Algunos economistas utilizan el
término devaluación para referirse a un

aumento del tipo de cambio bajo un sistema de tipo de cambio
fijo, reservando
el término depreciación
para referirse al aumento de valor de la
moneda
extranjera respecto a la nacional bajo un sistema de tipo de

cambio flexible. En Economía Internacional,
reducción del valor de paridad de una
moneda.

  • 168. DEVALUACIÓN:

Disminución del valor de la moneda nacional
en función de las monedas
de otras naciones,
generado por el aumento de la tasa de cambio. Una

devaluación desestimula las importaciones por su
encarecimiento, y por
el contrario, incentiva las
exportaciones por su abaratamiento. En países
que
tienen un mercado de cambio controlado, la devaluación es
una
decisión que es tomada por el gobierno como
consecuencia de, o para
enfrentar una situación
económica determinada. Sin embargo, la moneda
de
un país cuyo tipo de cambio es totalmente libre se
devalúa cuando
en dicho mercado haya una mayor
demanda que oferta de divisas
extranjeras. Bajo este
régimen cambiario a la devaluación se le
conoce
como depreciación.

  • 169. DEVENGAR:

Acto de adecuarse algo, aunque no haya transcurrido
el plazo que haga
exigible la deuda. Se usa
especialmente en el caso de los intereses, que se adeudan
según
el tiempo transcurrido, aunque el deudor
pueda no estar obligado, por
estar pendiente el plazo de
la deuda.
Derecho adquirido que permite obtener
retribución por servicios personales
o
préstamos otorgados a terceros.
Cualquier renta o
ingreso, como intereses o alquileres, se devengan.
En
contabilidad, se denomina el acto de registrar los ingresos o
egresos
en el momento en que nacen como derechos u
obligaciones.

  • 170. DICOTOMÍA:

Forma de división o clasificación en
el cual el género se divide en especiales,
para
cada paso de acuerdo con la posesión o la carencia, de
un
conjunto de diferencias. Las dos especies de
cada paso son, entonces, exhaustivas y mutuamente

excluyentes.

  • 171. DINERO:

Medio de cambio (pago) de aceptación
generalizada; vale decir es cualquier
cosa aceptada por
todas las personas en pago de bienes y servicios.
Las
funciones más importantes del dinero son las del medio de
cambio,
depósito de valor y unidad de
cuenta.
El dinero en su función de medio de
cambio facilita el intercambio, o sea,
evita la
principal dificultad del trueque que es la doble coincidencia
de
voluntades para realizar una
transacción.

  • 172. DINERO ACTIVO:

Dinero en circulación.

  • 173. DINERO EN
    CIRCULACIÓN:

La plata en poder del público que, al ser
utilizada para consumo, presiona
la ley de oferta y
demanda y por ahí derecho la
inflación.

  • 174. DINERO FACIL:

Dinero que puede obtenerse a bajos tipos de
interés y con relativa facilidad,
a consecuencia
de la oferta de los excesos de reservas de los
bancos.

  • 175. DINERO LEGAL:

Cualquier tipo de dinero que las leyes consideren
legítimo para el pago
de las deudas a un
acreedor, e cual debe aceptarlo para la cancelación

de la deuda, salvo que el contrato entre las partes
especifiquen que deba
de utilizarse otro tipo de
dinero.

  • 176. DINERO NEGRO:

Renta que no se declara para efectos fiscales debido
a su origen ilegal.

  • 177. DIVIDENDO:

Parte del beneficio neto de una sociedad
oficialmente declarado por la
asamblea general para ser
distribuido entre los accionistas.
El dividendo se paga
como una cantidad fija por acción poseída por
los
accionistas.

  • 178. DIVISA:

Moneda extranjera que utilizan los residentes de un
país para efectuar
las transacciones
económicas internacionales.
Para cumplir con este
fin, dichas monedas como medios de pago deben
gozar de
aceptación internacional generalizada, es decir, deben
ser
monedas duras. Sólo las monedas de
algunos países cumplen con este requisito.

También existen otros medios internacionales de pago
como son el Oro
y los derechos especiales de Giro.
La moneda de otro país.

  • 179. DUOPOLIO:

Situación de mercado en la que hay
sólo dos vendedores.
Es un caso especial de
oligopolio.
DTF: La DTF, es una tasa de
interés calculada como un promedio ponderado

semanal por monto, de las tasas promedios de captación
diarias de los
CDTs a 90 días, pagadas por los
bancos, corporaciones financieras, de
ahorro y vivienda
y compañías de financiamiento comercial. La calcula
el
Banco de la República con la
información provista por la
Superintendencia
Bancaria hasta el día anterior. La DTF tiene vigencia

de una semana.

Ciencia que estudia las condiciones de existencia de
los seres vivos y
sus relaciones con el medio ambiente
en que se mueven.

  • 181. ECONOMIA:

Ciencia cuyo objeto de estudio es la
organización social de la actividad

económica. En otras palabras, economía
es la ciencia de cómo las sociedades
resuelven o
podrían resolver sus problemas
económicos.

  • 182. ECONOMIA ABIERTA:

Economía que efectúa transacciones con
otros países.

  • 183. ECONOMIA DE MERCADO:

Economía capitalista o libre
empresa.

Mientras que el análisis económico
general se ocupa del trabajo como
factor de la
producción, la economía laboral se especializa en
los problemas
y condiciones creados por el hecho de que
este factor se halla
formando parte de seres
humanos.
La economía laboral trata de ingresar
los problemas del empleo y de la
distribución con
los de las condiciones de trabajo y la formación y
capacitación
de la mano de obra.

  • 185. ECONOMIA LIBRE:

La que opera sobre la base dela oferta y la demanda,
sin que la autoridad
estatal intervenga en su
planificación.

  • 186. ECONOMIA MIXTA:

Economía En que los intereses privados y los
estatales se mezclan para
regular los asuntos
económicos.

  • 187. EFECTIVO:

Vocablo de sentido amplio asociado con cualquier
transacción comercial
que implique la
utilización de dinero.

La medida de la producción en relación
a los recursos humanos y otro
tipo de recursos.
Capacidad de producir el efecto esperado. Este
término aparece, a veces, confundido con el de
eficiencia.

  • 189. EFICIENCIA:

Relación entre el producto actual y el
producto potencial.

  • 190. EGRESOS FUERA DE LA
    EXPLOTACIÓN:

Deducciones de los resultados no relacionados
directamente con el
costo de la explotación,
tales como pérdidas en venta de inversiones, en

venta de activos fijos, etc.

  • 191. EMBARGO:

Suspensión del comercio, y es normalmente un
bloqueo en la exportación
de un artículo
en particular.

  • 192. EMISIÓN:

Conjunto de títulos o valores, efectos de
comercio, que se crean para
ponerlos en
circulación.
Acto de emitir dinero por el Banco
Emisor títulos, cuando se trata de una

sociedad.

  • 193. EMISOR:

Entidad oficial que emite papel moneda – Banco
emisor o Banco Central
– institución privada que
pone en circulación títulos – valores, bien
sea
representativos de propiedad, de deuda, de
tradición o de participación.

  • 194. EMPLEO:

La suma de población ocupada y desocupada por
sectores de producción
industrial, agricultura y
servicios.

  • 195. EMPRESA:

En economía, agente económico o unidad
autónoma de control -y decisión
– que al
utilizar insumos o factores productivos los transforma en

bienes y servicios o en otros insumos. No se trata
de una entidad legal, sino de una organización que tiene
objew
tivos definidos, como el lucro y el bien
común o la beneficencia y para
cuya consecuencia
utiliza factores productivos y produce bienes y
servicios.

  • 196. EMPRESA DE SERVICIOS:

Empresa que presta servicios, pero que no participa
en la producción de
los bienes.

  • 197. EMPRESA LIBRE:

Condición según la cual una empresa o
un individuo es capaz de funcionar
competitivamente sin
restricciones gubernamentales.

  • 198. EMPRESA MIXTA:

Aquella en la que personas privadas y el Estado son
propietarios del
capital, tomándose las
decisiones conjuntamente.
La participación de uno
u otro en la gestión dependerá de los derechos

y acciones que tengan en la empresa.

  • 199. EMPRESA MULTINACIONAL:

Es cualquier empresa que dedica gran parte de sus
operaciones a una
actividad que no se limite a un solo
país.
Su propiedad y su personal administrativo
deben pertenecer a diferentes

países.

  • 200. EMPRESA PRIVADA:

Empresa en que la propiedad del capital, la
gestión, la toma de decisiones,
y el control de
la misma son ejercidos por agentes económicos
privados
y en las cuales el Estado no tiene ninguna
ingerencia.
Un sistema de mercado se basa en al empresa
privada la cual tiene
como principal objetivo maximizar
ganancias.
No obstante puede ocurrir que este no sea su
único objetivo.
El rasgo fundamental del sistema
se empresa privada es que los individuos
actúan
de modo independiente y sin control
gubernamental.

  • 201. EMPRESA PUBLICA:

Aquella en que tanto la propiedad del capital, como
su gestión y toma de
decisiones están bajo
el control gubernamental.
Uno de los principales
objetivos, pudiendo tener otros, como seguridad
nacional
u obtener ganancias.
Las organizaciones estatales que
tienen autonomía financiera no constituyen

empresas públicas.

  • 202. ENCAJE:

Aquella fracción del total de los
depósitos recibidos por los bancos
comerciales e
instituciones financieras que son mantenidos como reservas

en caja, con el fin de poder responder a los retiros de
dinero que realicen
los depositantes o a cualquier
contingencia imprevista. Las reservas
de encaje no
pueden ser prestadas a terceras personas. En casi todos

los países del mundo la ley obliga a los bancos o
financiera puede mantener
un encaje voluntario por sobre
el encaje legal si lo desea.

  • 203. ENCARGO FIDUCIARIO:

Acto de confianza en virtud del cual una persona
entrega a otra uno o
más bienes determinados con
el propósito de que ésta cumpla con ellos

una finalidad específica, bien sea en beneficio del
fideicomitente o de un
tercero.

  • 204. ENDEUDAMIENTO:

utilización de recursos de terceros obtenidos
vía deuda para financiar
una actividad y aumentar
la capacidad operativa de la empresa.

  • 205. ENDOSO:

Firma del tenedor legítimo de un
título en el reverso del mismo para
transferir su
propiedad o para constituir mandato o poder.

Cesión a favor de otro de un título valor, en
otro documento expedido a
la orden, haciéndolo
constar así en el respaldo.

Criterio que orienta la distribución de un
determinado atributo entre los
miembros de un grupo
social. En economía, los atributos considerados

se refieren a las oportunidades, a la riqueza, al ingreso, al
consumo, etc.
Existen muchos criterios de equidad,
siendo el igualitarismo uno de ellos,
pero no el
único.

  • 207. ERGONOMIA:

Estudio de los efectos del entorno laboral en el
trabajador y en su capacidad

reproductiva.

  • 208. ESCALA:

Nivel de operación o tamaño de un
proceso productivo.

Surge de la interrelación entre las
necesidades humanas y los recursos
disponibles para
satisfacerlas. Las necesidades del hombre por consumir

bienes y servicios exceden la cantidad de ellos que la
economía puede
producir con los recursos
disponibles quedando siempre algunas necesidades

insatisfechas.

  • 210. ESPECULACIÓN:

Operación realizada con el fin de obtener
beneficios de la variación futura
anticipada de
la cotización de títulos.

  • 211. ESPECULACIÓN:

Acción de comprar bienes a bajo precio con la
intención de vender en el
futuro a un precio
superior. La especulación puede beneficiar tanto el

especulador como a los consumidores, por cuanto permite
distribuir la
oferta de un bien a través del
tiempo, traspasando los periodos de abundancia
a los
periodos de escasez. En consecuencia, es una acción
que
introduce estabilidad en los precios y en los
mercados.

Matemáticas de los datos agrupados y los
métodos utilizados para describir
y analizar la
información numérica.

  • 213. ESTATALISMO:

Recibe esta denominación cualquier indicio de
intervención gubernamental
excesiva en la
actividad económica nacional, con la intención

principal de alcanzar un mayor control sobre las industrias
fundamentales.

  • 214. ESTADO FINANCIERO:

Informe que refleja la situación financiera
de una empresa. Los más
conocidos son el Balance
Contable y el Estado de Pérdidas y Ganancias.
El
primero refleja la situación a un instante determinado. El
segundo está
referido a un periodo y muestra el
origen de las pérdidas o ganancias del
periodo.
Otro estado financiero importante es el de fuentes y usos de

Fondos que muestran el origen y la aplicación de los
flujos de caja del
periodo, permitiendo identificar el
financiamiento de las pérdidas y el destino
de
las ganancias.

  • 215. ESTERILIZACIÓN:

operación mediante el cual un banco central a
través de la venta de
bonos al público
puede anular los efectos de un incremento en la oferta

monetaria

  • 216. ESTUDIO DE VIABILIDAD:

Investigación encaminada a establecer las
posibilidades de éxito de una
determinada
actividad dados unos recursos disponibles y unas
limitaciones
existentes.

  • 217. EUROBONO:

Título- Valor de renta fija emitido
públicamente en los mercados internacionales,

denominándose una eurodivisa y destinado a la
suscripción por
personas residentes y no
residentes en el país de emisión.

  • 218. EURODINERO:

Sinónimo de euromoneda.

  • 219. EURODIVISA:

Depósitos denominados en varias divisas
fuertes (marco, dólar, franco
suizo, etc)
propiedad de personas o instituciones no residentes en el
país
de la moneda de denominación, y
libres de controles de las autoridades
monetarias. Estos
fondos son prestados en el mercado interbancario a

diversos plazos.

  • 220. EURODOLARES:

Depósitos en bancos europeos en
dólares de los Estados Unidos.
Aquellos de saldos
privados, es decir, no gubernamentales, en posesión

de los bancos comerciales europeos , son dólares
acumulados procedentes
de los grandes préstamos y
gastos de estados Unidos en el
extranjero.
Forman un stock de moneda Internacional (liquidez) que se
agrega a las
reservas internacionales. Son
dólares por fuera de control del país de
origen.

  • 221. EVASIÓN DE
    IMPUESTOS:

Actividad para evitar el pago de los
impuestos.

  • 222. EXCESO DE DEMANDA:

Situación que se dan un mercado cuando el
precio de un bien está por
encima del nivel de
equilibrio.

  • 223. EXCESO DE OFERTA:

Situación que se da normalmente en un mercado
cuando el precio de un
bien está por debajo del
nivel de equilibrio.

  • 224. EXENCIÓN:

Liberación de impuestos o gravámenes
que excusa del cumplimiento de
la correspondiente
obligación tributaria. La liberación puede ser
total o
parcial. En el primer caso exime por completo
del tributo respectivo, y en
el segundo, sólo de
la parte a la que alcanza la liberación, subsistiendo

en el resto la obligación de pagar.

  • 225. EXILIADO FISCAL:

Individuo que cambia su residencia a otro
país por no pagar impuestos.

  • 226. EXISTENCIAS:

Sinónimo de inventarios.

  • 227. EXONERACIÓN:

Diferencia entre el valor real o liquidable de un
título y su precio en Bolsa.

  • 228. EXPANSION:

Parte del ciclo económico que se caracteriza
por un incremento de la
actividad
económica.

  • 229. EXPORTACIONES NETAS:

Diferencia entre las exportaciones y las
importaciones de un país. La
cifra puede ser
negativa o positiva.

  • 230. EXPORTACIONES:

Venta de bienes y servicios de un país al
extranjero.
FACTORING: Consiste en la compra de
los créditos originados por la venta de
mercancías
a corto plazo. El servicio de
factoring ofrece a una empresa la posibilidad de liberarse

de problemas de facturación, contabilidad, cobros y
litigios que exi gen
un personal muy
numeroso.

  • 231. FACTORING:

Las empresas especializadas en la compra de cartera
o Factoring son
instituciones financieras que surgieron
en Colombia a finales de la déca –
da del
setenta; estas entidades como su nombre lo indica se dedican
a
riesgo de NO PAGO por parte de estos
últimos.

En algunos países, principalmente los de la
comunidad Británica, se
exige que la factura
comercial sea preparada en formularios especiales.

Estados Unidos, por ejemplo, requiere para toda
exportación que sobrepase
US$ 500. la
presentación del llamado formulario de aduanas No.

5515 el mismo que se obtienen en los consulados
americano.

  • 233. FACTURA COMERCIAL:

Es el documento donde se fija el importe de la
mercancía expedida. En
algunos casos sirve,
además, como propio contrato de venta. Sobre ellas

deben señalarse claramente las partes compradoras y
vendedoras, con
sus direcciones, teléfonos y
teles, la descripción de los productos de
acuerdo
con la descripción exacta sobre la que convengan las
partes;
losa bultos expedidos, con sus marcas y
contraseñas, peso bruto y neto;
las cantidades de
ventas acordada (CIF,FOB, etc.) y la divisa fijada, lugar

de expedición, etc.

  • 234. FACTURA PROVISIONAL:

Es la realizada por el vendedor para cubrir
envíos cuyo monto global no
ha sido
todavía plenamente determinado, casi siempre en
razón de la
cantidad a suministrar de acuerdo con
un contrato.

  • 235. FECHA DE
    EMISIÓN:

Fecha a partir de la cual se crean títulos y
se inicia su colocación en el

mercado.

Sistema feudal de gobierno y de organización
de la propiedad.
El feudo fue un contrato típico
de la edad media por el cual los soberanos
y los grandes
señores concedían tierras o rentas en
usufructo.
Obligándose el que las recibía
a guardar fidelidad de vasallo al donante.

  • 237. FIDUCIA:

Se denomina fiducia mercantil al negocio
jurídico en virtud del cual una
persona llamada
fiduciante o fideicomitente, transfiere uno o más
bienes
especificados a otra llamada fiduciario, quien se
obliga a administrarlos o
enajenarlos para cumplir una
finalidad determinada por el constituyente,
en provecho
de éste o de un tercero llamado beneficiario o
fideicomisario.

Rama de la administración de empresas que se
preocupa de la obtención
y determinación
de los flujo de fondos que requiere la empresa,
además
de distribuir y administrar esos fondos
entre los diversos activos, plazos
y fuentes de
financiamiento con el objetivo de maximizar el valor
económico
de la empresa.

  • 239. FLETE:

Es el precio que se paga por el alquiler de una nave
para el transporte
de mercancía.

  • 240. FLOOR DE TASA DE
    INTERÉS:

Se utiliza para fijar un nivel mínimo de tasa
de interés. El comprador de
este tipo de contrato
es compensado si la tasa de interés disminuye
más
allá de un cierto nivel (strike level)
preestablecido.

  • 241. FLUCTUACIÓN:

Alza y descenso de los precios.

  • 242. FLUJO:

En economía se distingue entre variables de
flujo y variables de Stock
para mostrar la diferencia
pensemos en un estanque con agua. El nivel
del agua en
el estanque es un stock y se puede cuantificar como el

número de litros existentes. Si pensamos que
además el estanque tiene
una llave por la cual
entra agua y un desagüe por la que se elimina,
tendremos
entonces un flujo. .

  • 243. F.M.I (FONDO MONETARIO
    INTERNACIONAL):

Organismo creado en 1945 mediante la firma dela
cuerdo de Bretón
Woods que incluía
también la creación del Banco
Mundial.

  • 244. FONADE (FONDO NACIONAL DE PROYECTOS DE
    DESARROLLO):

Establecimiento nacional que financia diferentes
estudios de preinversión
a entidades
públicas y privadas. Desde su creación en 1968,
opera como
un banco de fomento para la
preinversión a través de líneas de
crédito
con plazos y condiciones financieras
favorables.

  • 245. FONDOS DE CAPITAL DE
    RIESGO:

Fondos mutuos invertidos en valores de firmas poco
conocidas y generalmente
no registradas en la
Supervalores y bolsa.

  • 246. FONDOS DE CESANTIAS:

Es el sistema creado por la reforma Laboral Ley 50
de 1990 que se aplica
obligatoriamente a los nuevos
contratos de trabajo y opcionalmente
para los
trabajadores antiguos "para lo cual es suficiente la
comunicación
escrita" como lo señala la
Ley. Este nuevo régimen consiste en esencia
en
que el 31 de diciembre de cada año se árala
Liquidación definitiva de
cesantías por la
anualidad o por la fracción correspondiente; el
empleador
paga además el 12% anual o proporcional
por fracción.

  • 247. FONDOS DE
    INVERSIÓN:

Patrimonio integrado por aportes de personas
naturales y jurídicas para
su inversión en
valores y bienes que se le permiten, y que es administrado

por una sociedad anónima por cuenta y riesgo de los
aportantes;
quedando los aportes e xpresados en cuotas
de participación no rescatables,
nominativas y
con posibilidad de transarse en una bolsa de
valores.

  • 248. FONDO DE PENSION:

Los progresos científicos y culturales
así como la evolución del sentido
de
solidaridad social han llevado a las diferentes comunidades a
plantearse
nuevas cuestiones, entre las cuales se
destaca el tema de previsión
social. En
algunos casos, el Estado ha asumido en forma prácticamente
exclusiva
la responsabilidad de atender las cuestiones
provisionales, constituw
w w. e h u . e s / d a n i e l
g a r c i a / d o c e n c i a / d i c c i o n a r i o . p d
f
– 1 1 – yendo nuestro país un claro
ejemplo. En otros, la respuesta ha surgido
de la
interacción entre los sectores público y privado,
estableciéndose un
esquema de cobertura que
podría denominarse "mixto", por el cual el
Estado
se encarga de asegurar la previsión de estándares
básicos tales
como una jubilación o
pensión mínima, asistencia médica, etc. Y el
sector
privado brindan diversos complementos financiados
con los aportes
de trabajadores y/o
empleados.

  • 249. FONDOS GANADEROS:

La ley 07 sancionada en enero de 1990 considera a
los fondos ganaderos
como sociedades anónimas de
economía mixta, constituidas con
aportes de la
Nación, los departamentos tienen como objetivo social
principal,
el Fomento y mejoramiento del sector
agropecuario y la industria
ganadera y la
comercialización y mercadeo de los bienes que sean
afines
y necesarios para el desarrollo de esas
actividades.

  • 250. FONDOS MUTUOS:

Patrimonio aportado por personas naturales o
jurídicas, para su inversión
en valores de
oferta pública, administrado por un tercero (sociedad

administradora de fondos mutuos), por cuenta y riesgo de los
partícipes
o aportantes, quienes, por tanto,
perciben los beneficios a través de las

revalorizaciones de sus aportes y soportan las eventuales
pérdidas. Son
fondos "abiertos" aquellos en que
las cuotas son rescatables por esencia.
En los fondos
"cerrados" las cuotas no son rescatables.

Daño o parte de daño que debe
cobrarse, por acuerdo al asegurado.

Se trata a grandes rasgos, de la venta que hace un
productor original, de
un formato o negocio, concepto
que incluye derechos, estrategias de
servicio e incluso
el "good will".
El comprador se hace a unos derechos,
para establecer su propio negocio,
explotando los
productos y marcas ya posicionadas en el mercado y
que
por ende, tienen un prestigio ganado.

  • 253. FUGA DE DOLARES:

Situación en la cual se fugan divisas hacia
el exterior como resultado de
tasas de interés
externas más atractivas que las del mercado
doméstico.

  • 254. FUNCION COOB –
    DOUGLAS:

Es una función de producción que
determina el tipo de rendimiento y
escala en la
producción.

  • 255. FUSION:

Unión de dos o más empresas para
formar un nuevo negocio. Tienen
aplicaciones financieras
para inversores, empleados y acreedores.

  • 256. FUTUROS:

Moneda extranjera comprada o vendida con base a la
tasa de cotización
en algún momento del
futuro. O también se define como el contrato de

venta y entrega de productos con fecha
posterior.

  • 257. FUTUROS FINANCIEROS:

Los futuros financieros son contratos en los cuales
se pacta la entrega o
el recibo de un bien
específico, a un precio y a una fecha determinados,

pudiendo ser transferidos antes del vencimiento de los
mismos. De
hecho, un análisis del mercado muestra
cómo sólo una mínima parte de
los
contratos a futuro son realmente cumplidos en forma
física.

  • 258. GANANCIA:

valor del producto vendido descontando el costo de
los insumos y la
depreciación menos los pagos a
los factores contratados, tales como
salarios, intereses
y arriendos.

  • 259. GARANTIA:

Son aquellas seguridades accesorias que se dan para
la seguridad de
una obligación. Pueden
ser reales como la prenda y la hipoteca, personales como la
fianza
y cláusula penal, bancarias y de
compañías de seguros.

  • 260. GASTO NACIONAL BRUTO:

El representado por el total de los cuatro sectores
de la economía ( familiar,
gubernamental,
empresarial y exterior) en la producción nacional de

bienes y servicios. Es igual al producto nacional
bruto.

  • 261. GASTO PRIVADO:

Gasto total que realizan los agentes
económicos privados en bienes de
consumo y en
bienes de capital, por unidad de tiempo.

  • 262. GASTO PUBLICO:

Gasto realizado por el sector público en un
periodo determinado. Incluye
todo el gasto fiscal,
más todos los gastos de la empresas fiscales y
semifiscales
con administración autónoma
del Gobierno Central. El gasto
público se
destinan a consumo público y a bienes de capital,
inversión
pública.

  • 263. GASTO SOCIAL:

Parte del gasto público destinado a la
financiación de servicios sociales
básicos
para los individuos. Según la clasificación
propuesta por las
Naciones Unidas, son los gastos de
educación, sanidad, seguridad
social, vivienda,
deportes y otros de similares
características.

  • 264. GASTO DE SEGURIDAD
    SOCIAL:

Pagos en efectivo realizados a favor de los
beneficiarios de los programas
de seguridad social
(pensión por jubilación, enfermedad, subsidio
de
desempleo, et.). Se descontarán de los mismos
los gastos e administración
y gestión de
los organismos de la seguridad social.

Incluye gastos de ventas tales como remuneraciones y
comisiones pagadas
al personal de ventas, propaganda,
promoción, etc. Asimismo, comprende
todos los
gastos de administración tales como remuneraciones

del personal administrativo, impues tos, suscripciones,
etc.

  • 266. GASTOS DIRECTOS:

Pagos a empelados, suministradores, beneficiarios y
otros receptores
privados de los pagos del
gobierno.

  • 267. GASTOS FIJOS:

Los que no están relacionados con el nivel de
actividad de una empresa.

  • 268. GASTOS FINANCIEROS:

Gastos incurridos por la empresa en la
obtención de recursos financieros
y que
están representados por los intereses y primas sobre
pagarés,
bonos, debentures, etc. emitidos por la
empresa.

  • 269. GASTOS FINANCIEROS:

Los que originan los intereses de las deudas
comprometidas a largo
plazo.

  • 270. GASTOS VARIABLES:

Los que varían con el nivel de la
producción o la capacidad de la planta.

Generalmente son gastos controlables.

  • 271. GESTION:

Sinónimo de
administración.

  • 272. GIRO:

Es una orden escrita e incondicional que una persona
dirige a otra. Va firmado
por la persona que lo extiende
y pide al destinatario de la misma
que proceda el pago
de una determinada suma a la vista en fecha futura
que
se determina, a la orden de una determinada persona, o bien
al
portador.

  • 273. GIRO POSTAL:

Instrumento que generalmente se adquiere por una
suma determinada y
se compra en la oficina de correos o
en las instituciones financieras para
transferencia de
fondos.

  • 274. GOBIERNO CENTRAL:

Componente del Sector público no financiero
que incluye la Presidencia
de la República, los
ministerios y los establecimientos
públicos.

  • 275. GRUPO ANDINO:

  • 276. El proceso que se comenzó el 16
    de agosto de 1966 con la Declaración

de Bogotá culminó la
suscripción del Acuerdo de Cartagena el 26 de

mayo de 1969; dicha declaración se refería
especialmente a los problemas
de la integración
de América Latina y en particular al tratamiento que

debía darse a los países de mercado
insuficiente y de menor desarrollo
económico
relativo. El Acuerdo fue suscrito inicialmente por los
gobiernos
de Colombia, Chile, Bolivia y Perú;
Venezuela ingresó en 1973 convirtiéndose

en el sexto país miembro. En octubre de 1976 Chile
consideró
que no estaba en condiciones de
continuar formando parte del proceso
de
integración, por lo cual oficializó su retiro.

El acuerdo de Cartagena tiene por objetivos: La
promoción del desarrollo
equilibrado y
armónico de los Países miembros; la
aceleración de su
crecimiento a través de
la integración económica; facilitar su
participación
en el proceso de integración
previsto en el Tratado de
Montevideo, y el
establecimiento de condiciones favorables para la
conversión
de la ALAC en un mercado común.
La finalidad de dichos objetivos
es procurar un
mejoramiento constante en el nivel de vida de toda la

subregión.

Forma de competencia negativa según la cual
los vendedores dejan caer
sus precios por debajo de sus
costos, con la intención de expulsar a la

competencia fuera del mercado.

  • 278. GUERRA, TEORIA DE LA:

Según ella, las guerras que dan prosperidad
van seguidas de una depresión.

  • 279. GUSTOS:

En economía, el término se refiere a
las preferencias que los agentes
económicos
manifiestan por los diferentes bienes y servicios. Los
gustos
o preferencias inciden en la forma y magnitud de
la demanda de bienes
y servicios tanto a nivel
individual como agregado. Aunque las preferencias
de las
personas no son una variable cuantificable, ello no es
obstáculo
para el análisis
económico, puesto que esta se expresan en el mercado

como la disposición de los consumidores a pagar un
cierto precio
por determinados bienes y servicios. Vale
decir,, en el mercado se revelan
las preferencias de las
personas cuando estas adquieran bienes.

  • 280. HABITO BANCARIO:

Es al costumbre de la gente de Conservar o mantener
sus excedentes de
ahorro en cualquier forma de
depósito bancario, en cuentas corrientes, o
en
depósitos de ahorro, o en depósitos a
término.

  • 281. HACIENDA:

Bienes que pertenecen al estado; conjunto de
organismos y actividades
que se destinan a la
administración de los bienes que son propiedad del

estado.

  • 282. HACIENDA PUBLICA:

Rama especializada de la teoría de las
finanzas que estudia la obtención
de medios de
pago para hacer frente a los gastos
públicos.

  • 283. HEDONISMO:

Uno de los principios sicológicos de la
economía clásica.
El homo economicus no
sería sino un "calculador instantáneo de
placeres
y dolores".

Inflación acelerada o galopante; se presenta
cuando la aceleración de
precios es de tal
magnitud que las autoridades monetarias pierden por

completo el control monetario y se sienten imposibilitados
para frenar el
proceso inflacionario. Es el grado
más severo de inflación.

  • 285. HIPOTECA:

Cargo sobre una propiedad que da un prestatario para
cubrir un préstamo.

  • 286. HISTERESIS:

Es el efecto por el cual periodos prolongados de
altas tasas de desempleo
efectivo parecen hacer subir la
tasa natural.

  • 287. HISTORICISMO:

Estudio o doctrina fundada sobre consideraciones
históricas.
El conocimiento del pasado
sería esencial para comprender el
presente.

  • 288. HONORARIOS POR TRANSFERENCIA
    (VALORES):

Honorarios que cobra una compañía por
la transferencia de un valor
registrado de un tenedor a
otro.

Cesación del trabajo por un acuerdo colectivo
de los trabajadores de una
empresa, industria,
región o país. Los motivos de una huelga pueden
ser
lograr mejoramientos en las condiciones de trabajo,
en las remuneraciones,
o deberes a razones
políticas o sociales.

  • 290. IGUALITARISMO:

Premisa según la cual todos los miembros de
una sociedad deben tener
igualdad de
oportunidades.

  • 291. ILIQUIDEZ:

Difícilmente convertido en líquido. Lo
contrario de liquidez. Fondos no
realizables pueden ser
convertidos en efectivo, pero usualmente con
gran
pérdida de valor.

  • 292. ILUSION MONETARIA:

Percepción errónea del ingreso real.
Se ha observado que el ingreso
monetario explica mejor
la demanda de ciertos bienes que el ingreso
real. Ello
es atribuido a la ilusión monetaria.

  • 293. IMPACTO:

Efecto inmediato o de corto plazo que surge de la
alteración de alguna
variable
económica.
Se llama también "efecto
impacto", y generalmente se refiere el efecto de

alteraciones en variables controladas por la autoridad
económica como
por ejemplo la tasa de encaje, o
el tipo de cambio en un sistema de tipo
de cambio
fijo.

  • 294. IMPOSICIÓN:

Exacción o impuesto sobre la propiedad u
otros derechos, establecido
por el
estado.

  • 295. IMPUESTO:

Pago obligatorio de dinero que exige el estado a los
individuos o empresas
que no están sujetos a
contraprestación directa<, con el fin de finan –

ciar los gastos propios de la administración del
Estado y la provisión de
vienes y servicios de
carácter público, tales como administración
de justicia,
gastos de defensa, subsidios y muchos
otros. Sólo por ley pueden
establecerse los
impuestos de cualquier naturaleza que sean, señalarse

sus modalidades, su repartición o su supresión.
Las dos categorías fundamentales
son los
impuestos directos e indirectos.

  • 296. IMPUESTO DE ADUANAS:

Cualquier impuesto que grava los bienes
importados.

  • 297. IMPUESTOS DIRECTOS:

Impuestos que gravan directamente el ingreso de las
personas y las
empresas. El impuesto a la renta de
personas y sociedades, los impuestos
al patrimonio y,
los impuestos a la propiedad hacen parte de los
impuesto
directos.

  • 298. IMPUESTOS INDIRECTOS:

Impuestos que gravan a los bienes y servicios, y por
ende afectan indirectamente
el ingreso del consumidor o
del productor. Entre éstos
impuestos encontramos
los impuestos a las ventas, y los aranceles a las

importaciones.

  • 299. IMPUESTOS DE LUJO:

Partes: 1, 2, 3
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