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De la identificación fotográfica al reconocimiento en rueda



    Aproximación a las diligencias de identificación del autor de un delito. Problemas y orientaciones prácticas.

    • 1. Planteamiento

    • 2. Naturaleza y conveniencia de la diligencia de identificación del presunto autor del delito

    • 3. Identificación en sede policial o fase preprocesal

    • 4. El reconocimiento en rueda

    • 5. Valoración de la diligencia en fase de juicio oral

    • 6. Regulación en Derecho Comparado

    • 7. Conclusiones y propuestas de solución

    • 8. Bibliografía

    La comisión de un hecho que reviste las características de delito y la detención o localización de su presunto autor ponen en marcha la maquinaria judicial, si bien para que el procedimiento penal pueda dirigirse contra persona determinada, será necesario llevar a cabo una identificación del mismo; identificación que ha de abordarse desde una doble perspectiva: la de averiguar su filiación, esto es, cómo se llama, dónde y cuándo nació, así como su número de DNI o pasaporte y por otro lado, la de asegurarse que es esa persona y no otra la que presuntamente participó en el delito. Por lo general y salvo casos excepcionales, la averiguación de la filiación de esa persona no suele presentar problemas, siendo la policía quien la realiza atendidas sus bases de datos.

    Para recabar indicios acerca de la participación de esa persona en el hecho delictivo se utilizan en la práctica diferentes mecanismos, algunos de los cuales responden a aportaciones de la criminalística como son la lofoscopia con todas sus ramas (dactiloscopia, quiroscopia pelmatoscopia, microlofoscopia u otoscopia), la balística, la grafología, u otros más modernos como son el análisis de los marcadores de ADN encontrados en sangre, semen, cabellos o piel o el reconocimiento de voz.

    Nuestra vetusta Ley de Enjuiciamiento Criminal apenas se refiere a los anteriores, pero en el Capítulo III del Título V del Libro II, esto es, dentro del procedimiento Sumario, regula un instrumento para poder identificar al presunto autor de los hechos. Así, bajo la rúbrica "De la identidad del delincuente y de sus circunstancias personales" se hallan hasta seis preceptos que proporcionan una serie de pautas a seguir en el momento de practicar lo que primeramente puede catalogarse como diligencia sumarial que se conoce comúnmente como rueda de reconocimiento o reconocimiento en rueda.

    Pero como ocurre en otras tantas materias, la regulación del reconocimiento en rueda en nuestra Ley Rituaria se presenta como insuficiente, dado que el artículo 368 y siguientes no han sido reformados desde su promulgación, y resulta necesario conjugar su contenido con el de todos los principios y derechos que informan el proceso penal y que se contienen tanto en la Constitución de 1.978 como en otros preceptos de la propia ley procesal que han sido reformados con posterioridad, siendo la jurisprudencia y la doctrina quienes han establecido pautas a seguir durante su práctica y con posterioridad a la misma, en relación al valor que puede tener como medio probatorio. Además, en el caso del reconocimiento en rueda, su naturaleza resulta controvertida, pues el silencio legal obliga a plantearse si nos encontramos ante una mera diligencia de investigación, o si tiene carácter de prueba y, en su caso, si puede considerarse prueba anticipada o preconstituida, lo que resulta de gran trascendencia, pues de la determinación de su naturaleza dependerán sus efectos dentro del proceso.

    Igualmente, la práctica ha impuesto la existencia de otra diligencia preprocesal como es el reconocimiento fotográfico realizado en sede policial y que puede conectarse con la rueda de reconocimiento practicada en sede judicial, con los consiguientes problemas de contaminación que puede plantear con posterioridad.

    En los últimos tiempos, se han desarrollado estudios de la psicología del testimonio que pueden resultar útiles en el momento de la valoración de esta diligencia, así como para prevenir los márgenes de error en la identificación. Pero lo que pretendemos con este trabajo es ofrecer una visión थl reconocimiento en rueda atendiendo a los problemas que se presentan en la práctica, muchos de ellos derivados de la insuficiente regulación legal, y abordar la cuestión desde diferentes puntos de vista: el policial, la fase de instrucción -con especial atención a todos los intervinientes-, y en la de enjuiciamiento, en lo que se refiere a la valoración probatoria, así como aspectos endógenos y exógenos que influyen o participan en su realización. Por tanto, nuestra pretensión es destacar la relevancia de la diligencia, los problemas relacionados con su práctica y ofrecer soluciones a los problemas que se suscitan en su desarrollo.

     

     

     

     

    Autor:

    Ana Isabel Betrán Pardo

    Victoria Gallego Martínez

    Cristina Giralt Padilla

    Registro de la Propiedad Intelectual

    Depósito legal T-0070-2015

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