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La acreditación universitaria en el Perú



Partes: 1, 2

  1. Resumen o abstract
  2. Introducción
  3. Antecedentes Universitarios: La ANR y el CONUP
  4. Educación superior
  5. Conceptos de términos relacionados con el tema
  6. Acreditación universitaria
  7. Conclusiones
  8. Referencias bibliográficas
  9. Anexos

Soplan nuevos vientos en torno a la educación superior. Ninguna universidad del mundo permanecerá ajena al impacto de estos cambios tecnológicos y educativos. La acreditación universitaria se ofrece como una medida para "regular" la oferta educativa. Esto puede ser bueno, pero también puede ser malo. Si la acreditación es competitiva, libre y voluntaria –y en ella se respeta la independencia de las instituciones educativas–, las empresas y entidades que la ofrezcan pueden poner una contribución positiva sobre la mesa. Sin embargo, si la acreditación es monopólica y obligatoria, se convertirá en una barrera costosa, tenderá a auto perpetuarse y será constantemente sujeto de abusos. En este último caso todos saldrán perdiendo: lo mismo las universidades que sus alumnos.

El presente trabajo de actualización pretende ser un documento de consulta acerca del proceso de acreditación universitaria. Se analiza su concepto y finalidad. Se consideran los enfoques sobre la calidad de la educación y su determinación. Se valora la evaluación institucional o autoevaluación como instrumento para detectar puntos fuertes o débiles y áreas a mejorar, se exponen sus objetivos, aportes y condiciones mínimas así como sus obstáculos principales. Se presenta el procedimiento operacional de la acreditación institucional, su estructura por etapas y metodología a seguir.

Palabras clave y Keywords: Acreditación universitaria,
evaluación, calidad de la educación, excelencia, autoevaluación

Los cambios experimentados por las universidades en las últimas décadas han dado origen a su heterogeneidad y masificación actuales, haciendo más complejos los sistemas de educación superior. Esto ha resentido la calidad y transparencia de sus actividades, afectando la confianza social en sus resultados, lo que ha llevado a la necesidad de instaurar procedimientos que garanticen dicha calidad y resguarden la fe pública.

Una de las preocupaciones fundamentales de la mayor parte de los países, parece ser hoy el mantenimiento, mejoramiento y garantía de la calidad de la educación superior, haciéndose ingentes esfuerzos por lograr su adecuada definición, medición y evaluación. Ello se está haciendo mediante la incorporación de sistemas reconocidos de evaluación y acreditación institucional, los que se espera contribuirán al mejoramiento de la eficacia y eficiencia académicas de las instituciones.

La calidad es, actualmente, el problema central de las universidades latinoamericanas y supone la consideración de la teoría y practica de la evaluación, como uno de los elementos básicos para asegurarla. La evaluación no es una moda pasajera de la política de desarrollo institucional y científico, sino una herramienta de planificación y política universitaria que se estima será permanente.

Si antes la universidad pública en particular, y la enseñanza superior en general entregaban resultados a la sociedad sin mayor exigencia de ésta, es ahora cuando mediante la práctica evaluativa se pide mayor rigor y juicio autocrítico en lo que se informa; si antes se concebía a la educación como una inversión social y los gobiernos otorgaban en muchas ocasiones un cheque en blanco para financiar los propósitos de las instituciones, cualesquiera que estos fueran, ahora – en el contexto de la crisis económica – la sociedad y las propias instituciones de educación superior requieren saber mediante la evaluación, que fortalezas y debilidades se tienen y en consecuencia que destinos tendrán los recursos. Además la evaluación es necesaria para: eliminar viejos rezagos, vicios y despropósitos en las IES, conquistar nuevos logros y consolidar aciertos institucionales que podrían deteriorarse, por la necesidad de anticiparse a retos futuros y adecuarse a los cambios vertiginosos que imprime la integración hemisférica. Se considera que la evaluación permitirá realizar un seguimiento más fino sobre las actuales políticas de educación superior y asegurar la calidad de los servicios que ésta ofrece.

Acreditación, evaluación y regulación de la calidad universitaria están de tal modo relacionadas en sus propósitos y procedimientos, que no es posible considerarlas separadamente. Se acredita conforme a un proceso de evaluación y de seguimiento, con el fin de disponer de información fidedigna y objetiva sobre la calidad relativa de instituciones y programas universitarios, sea que estén en su fase de reconocimiento inicial o en pleno desarrollo de su proyecto institucional.

La acreditación, en su connotación tanto institucional como individual, implica una búsqueda de reconocimiento social y de prestigio por parte de los individuos que transitan por las instituciones educativas y por estas mismas para lograr dicho reconocimiento. En este sentido, los procesos de acreditación se han constituido en un requerimiento imperativo en nuestros días, ya que garantizan la calidad y credibilidad de un proceso educativo y de sus resultados.

En el presente trabajo hacemos un análisis de los conceptos, pasos
formas de la acreditación universitaria en nuestra patria.

CAPÍTULO I.

La Asamblea Nacional de Rectores (en siglas, ANR) fue un organismo público de Perú constituido por todos los rectores (máxima autoridad) de las universidades públicas y privadas del país, con la finalidad de estudiar, coordinar y orientar la actividad universitaria del país, cuyo objetivo era el fortalecimiento económico y académico de las universidades y el cumplimiento de su responsabilidad para con la comunidad nacional. Sus objetivos fueron el mejoramiento de las investigaciones en los distintos campos y el desarrollo económico de todas las universidades, objetivo que no consiguió a lo largo de su historia, esencialmente la desidia de las autoridades de cada universidad, en lo cual primaba el dinero y corrupción en las asambleas universitarias.-Con la creación del CONEAU y el SINEACE órganos adscritos al Ministerio de Educación. La nueva Ley Universitaria crea la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria, órgano adscrito al ministerio de educación.

La Asamblea Nacional de Rectores debió tener atribuciones velando trabajos para la mejora continua de la calidad de la educación, el desarrollo de la investigación científica y tecnológica y la articulación de la universidad con los requerimientos del desarrollo regional y nacional, a lo largo de su historia solo quedó en papeles.

La Asamblea Nacional de Rectores, estaba constituida por los Rectores de las Universidades Públicas y Privadas, prevista en el artículo 90 de la Ley Universitaria N° 23733 ya derogada, tiene su antecedente en la Ley N° 13417 promulgada el 8 de abril de 1960.

La Ley antes mencionada prevé el Consejo Interuniversitario CIU en su artículo 76, como un organismo constituido por los Rectores de las Universidades, encargada de tratar los problemas que atañen en común a las Universidades y la faculta a formular las recomendaciones correspondientes.

Esta norma tuvo vigencia hasta el 18 de febrero de 1969 fecha en que se expide el Decreto Ley N° 17437.

Decreto Ley N° 17437

El mencionado Decreto Ley que promulga la "Ley Orgánica de la Universidad Peruana", define en su art. 1° que la Universidad Peruana "es el conjunto de todas las Universidades del País, integradas en un SISTEMA UNITARIO"; y en su art. 11° crea el Consejo Nacional de la Universidad Peruana (CONUP) como "Organismo Máximo" representativo y de dirección del Sistema Universitario.

La Asamblea Nacional de Rectores fue un organismo creado con fines de estudio, coordinación y orientación general de las actividades universitarias en el país, así como de su fortalecimiento económico y de su responsabilidad con la comunidad nacional (Art. 90°).

Sus atribuciones estaban contenidas en el art. 92° de la Ley en referencia. Tuvo una labor de coordinación y que puede conocer y resolver de oficio y en última instancia, en virtud de la Ley N° 24387 ampliatoria de la Ley N° 23733, los conflictos que se produzcan en las Universidades Públicas y Privadas del País relativos a la legitimidad o reconocimiento de sus autoridades de gobierno: Asamblea Universitaria, Consejo Universitario, Rector, Vice Rectores y Comisiones Organizadoras de Universidades de reciente creación que afecten el normal funcionamiento institucional.

Por la Ley N° 26490 promulgada el 28 de junio de 1995 se incorpora a la Ley Universitaria una norma transitoria que faculta a la ANR a intervenir de oficio a una universidad privada cuando se presenten graves irregularidades.

Hasta la fecha de su cese (30 de diciembre de 2014) promulgó las leyes números 23585, 25064, 26302, 26327 y 26363, modificatorias de Ley y asimismo el Decreto Ley N° 26113, y los Decretos Legislativos Nros. 700, 739 y 726 que norman nuevas atribuciones y obligaciones.

Debe resaltarse también que la Ley N° 25064 le concedía la atribución de llevar el Registro Nacional de Grados y Títulos expedidos por las Universidades del País. Y por último con fecha 6 de enero del año próximo pasado se promulgó la Ley N° 26439 que crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) como un órgano autónomo de la ANR.

La 7º Disposición Complementaria Final de la Ley Universitaria Nº 30220, crea un Grupo de Trabajo encargado de realizar el cierre económico, presupuestal, administrativo y de personal en un plazo 90 días, el mismo que se ha prorrogado. La Asamblea Nacional de Rectores ha dejado de funcionar pero aún no se ha extinguido. La Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (Sunedu) que todavía no ha entrado en funciones, realizará alguna de las funciones que tenía la ANR; no obstante recientemente un Juez de Ica, cuyo familiares (su padre es decano y sus hermanos servidores) laboran en la Universidad Nacional San Luis Gonzága de Ica y para favorecerles y no se perjudiquen, ha declarado fundada la demanda presentada por dicha universidad, ordenando la inmediata reactivación de la Asamblea Universitaria y de la ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES, pero dicho acto no se dará por ser evidente el favor que está realizando dicho juez y que en la fecha se encuentra con recurso impugnativo.

Dentro de las funciones de la ANR, destacan: Informar sobre la Creación, fusión o supresión de universidades; evaluar a las nuevas Universidades; coadyuvar a la coordinación del proceso de programación y formulación presupuestal del sector de universidades públicas y presentar al Ejecutivo sus proyectos de presupuesto anual y los pedidos de ayuda de las privadas; publicar un informe anual sobre la realidad universitaria y criterios generales de política universitaria; coordinar la creación de carreras, títulos universitarios y de segunda especialidad; concordar los requisitos para el otorgamiento de grados y títulos universitarios, unificar sus denominaciones y designar a las universidades que pueden convalidar los obtenidos en otros países; llevar el Registro Nacional de Grados y Títulos; resolver de oficio los conflictos sobre legitimidad o reconocimiento de las autoridades de gobierno universitario; aprobar la constitución de filiales por las universidades; emitir los carnés universitarios; servir de Oficina de Programación de Inversiones del sector de universidades públicas.

CAPÍTULO II.

1.- Sobre la educación superior y su papel en el siglo XXI

Una educación superior de calidad y pertinencia, que provea de técnicos y profesionales competitivos al país, es clave para sostener el proceso de desarrollo económico y social en el que estamos todos involucrados en esta era del conocimiento.

Como señala la Declaración Final de la Conferencia Mundial sobre Educación Superior del 2009 (UNESCO): "Nunca antes en la historia fue más importante la inversión en educación superior en tanto ésta constituye una base fundamental para la construcción de una sociedad del conocimiento inclusiva y diversa y para el progreso de la investigación, la innovación y la creatividad".

Respecto a lo que debe ofrecer la educación superior, la UNESCO recomienda que: "La formación brindada por las instituciones de educación superior debería tanto responder a como anticipar las necesidades sociales. Esto incluye la promoción de la investigación para el desarrollo y uso de nuevas tecnologías y la garantía de la provisión de formación técnica y vocacional, educación para emprendedores y programas para la educación a lo largo de toda la vida."

El artículo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos dice: "La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos." Respecto a la igualdad de acceso la DECLARACION MUNDIAL SOBRE LA EDUCACION SUPERIOR EN EL SIGLO XXI de 1998 dice: "De conformidad con el párrafo 1 del Artículo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el acceso a los estudios superiores debería estar basado en los méritos, la capacidad, los esfuerzos, la perseverancia y la determinación de los aspirantes y, en la perspectiva de la educación a lo largo de toda la vida, podrá tener lugar a cualquier edad, tomando debidamente en cuenta las competencias adquiridas anteriormente."

2.- Marco legal e institucional de la educación superior en el Perú

El Derecho a la Educación Es Ley General de Educación la que describe a la educación como un derecho aunque la Constitución Política no lo haya recogido entre los derechos fundamentales. La ley también dispone que el Estado garantice el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos. En su artículo 3, la Ley General de Educación indica: "La educación es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad. El Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos y la universalización de la Educación Básica."

Las normas para la educación Para entender el sistema educativo peruano convienen revisar primero la Constitución y las leyes. La Constitución Política del Perú de 1993 declara en su artículo 13 que "La educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana." En su artículo 14 indica que "La educación promueve el conocimiento, el aprendizaje y la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica, las artes, la educación física y el deporte. Prepara para la vida y el trabajo y fomenta la solidaridad." Y, en su artículo 18, hace referencia a la educación universitaria: "La educación universitaria tiene como fines la formación profesional, la difusión cultural, la creación intelectual y artística y la investigación científica y tecnológica." En su artículo 9, la Ley General de Educación define los fines: "Son fines de la educación peruana: a) Formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa, promoviendo la formación y consolidación de su identidad y autoestima y su integración adecuada y crítica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno, así como el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el mundo del trabajo y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el conocimiento

3.- Las Etapas del Sistema Educativo.- Comprende las siguientes etapas:

a) Educación Básica. La Educación Básica está destinada a favorecer el desarrollo integral del estudiante, el despliegue de sus potencialidades y el desarrollo de capacidades, conocimientos, actitudes y valores fundamentales que la persona debe poseer para actuar adecuada y eficazmente en los diversos ámbitos de la sociedad. Con un carácter inclusivo atiende las demandas de personas con necesidades educativas especiales o con dificultades de aprendizaje.

b) Educación Superior. La Educación Superior está destinada a la investigación, creación y difusión de conocimientos; a la proyección a la comunidad; al logro de competencias profesionales de alto nivel, de acuerdo con la demanda y la necesidad del desarrollo sostenible del país." La unicidad de la educación superior se expresa en el artículo 51 en el que, respecto a las Instituciones de Educación Superior dice: "Las instituciones universitarias, así como los institutos, escuelas y otros centros que imparten Educación Superior pueden ser públicos o privados y se rigen por ley específica." Esta Ley también define las etapas como periodos progresivos en que se desarrolla el sistema educativo, y en el artículo 29 las describe: Sobre la educación superior y su papel en el siglo XXI Contribuir a formar una sociedad democrática, solidaria, justa, inclusiva, próspera, tolerante y forjadora de una cultura de paz que afirme la identidad nacional sustentada en la diversidad cultural, étnica y lingüística, supere la pobreza e impulse el desarrollo sostenible del país y fomente la integración latinoamericana teniendo en cuenta los retos de un mundo globalizado." La educación es, por tanto, un proceso cuya finalidad es lograr el desarrollo integral de la persona humana y preparar para la vida y el trabajo, siendo la educación superior la segunda etapa de ese proceso. Actualmente, sin embargo, se tienen en el país diversos dispositivos que legislan sobre aspectos parciales de la educación superior contribuyendo a la confusión, segmentación y superposición de niveles y sistemas. Las principales leyes son: 29394 Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior del 2009, 28740 Ley del SINEACE del 2006, DL 882, de Inversión en la Educación Privada de 1996, y 23733 Ley Universitaria de 1983. Es de notar que esta última es anterior a la Constitución y la Ley General de Educación vigentes.

CAPITULO III.

1.- El SINEACE.-

En su artículo 2 la Ley 28740 define al Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE) como destinado a "definir y establecer los criterios, estándares y procesos de evaluación, acreditación y certificación a fin de asegurar los niveles básicos de calidad que deben brindar las instituciones…". La misma ley, en su artículo 5 dice: "El SINEACE tiene la finalidad de garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad." En el caso específico de la educación superior, el mandato de garantizar la calidad del servicio educativo expresado en la Ley 28740, impone un reto significativo para el sistema. Esto, debido a que la participación en los procesos de evaluación y acreditación es voluntaria, y excepcionalmente desde la educación básica al doctorado con múltiples salidas intermedias y opciones de capacitación continua para la especialización o actualización. A pesar de que la Ley General de Educación definía solo dos órganos para el SINEACE, uno para la educación básica y el otro para la educación superior, entendiéndose que la educación superior debía ser atendida por un solo órgano, la Ley del SINEACE creó tres, dividiendo la educación superior entre dos órganos: CONEAU y CONEACES. La segmentación entre educación universitaria y nouniversitaria, o entre instituciones universitarias por un lado e institutos y escuelas por el otro, se reflejó en dos órganos independientes también en el SINEACE. Lo anterior conduce a que el reto de lograr una mejora en la calidad de la educación superior sea difícil de abordar de manera integral. En la práctica se ha incurrido en duplicación de esfuerzos y dificultades para lograr coherencia en políticas de calidad del sistema.

2.- EL CONEAU.

Desde su fundación, el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – CONEAU, se ha propuesto llevar adelante los procesos de acreditación y certificación, desplegando todos los medios a su disposición, con la finalidad de que ambos sean una realidad en el Perú de nuestros días.

Ahora debemos destacar que dentro de las funciones específicas del CONEAU, se encuentran la de definir y establecer los estándares, criterios e indicadores de medición para garantizar a las universidades públicas y privadas los niveles aceptables de calidad, así como alentar la aplicación de las medidas requeridas para su mejoramiento. De ahí que la Ley 28740 le señaló 120 días, para que apruebe la normatividad e instrumentos de gestión requerida para su funcionamiento. El CONEAU cumplió con los plazos previstos, para su instalación, determinación de la infraestructura, estructura, conformación de los equipos técnicos-académicos-administrativos y gestión de partidas presupuestarias.

El 13 de enero del 2009, se publica en separata especial del diario oficial El Peruano, el "Modelo de Calidad para la Acreditación de Carreras Profesionales y Estándares para la Carrera de Educación".

Desde el mes de enero al mes de noviembre 2009, se han llevado a cabo Talleres de Sensibilización para el proceso de Autoevaluación y conformación de los Comités Internos de Evaluación, así como Talleres de Capacitación en el Modelo de Calidad en muchas Universidades Públicas y Privadas que cuentan con la Carrera Profesional de Educación. Participando activamente de ello, docentes representantes de las Facultades de Educación.

3.- ACREDITACION

  • Consiste en incorporar a nuestras instituciones una cultura de calidad en cada uno de sus procesos, a fin de garantizar su misión institucional. Actualmente las personas y las instituciones desarrollan sus actividades dentro de paradigmas de competitividad, innovación, pertinencia y creatividad, por lo tanto se hace necesario que éstas se incorporen y promuevan una cultura de calidad en cada uno de sus procesos de gestión, que le permita resolver los problemas y necesidades de su entorno social, económico, ambiental y cultural.

  • Es un reconocimiento público de la calidad de un programa o institución de nivel superior, que es otorgado por un organismo acreditador, cumpliendo con ciertos criterios, estándares y parámetros de calidad en relación a su estructura, organización, funcionamiento, insumos, proceso de enseñanza, servicios y resultados. También incluye revisiones de la misión de la escuela y los programas que presenta.

La acreditación en la educación superior no es un concepto nuevo.De hecho, la acreditación se ha dado hace más de 100 años en diferentes partes del mundo. La acreditación es voluntaria, no gubernamental proceso que incluye una revisión externa de la capacidad de una escuela de proporcionar programas de calidad.

4.- CALIDAD UNIVERSITARIA.-

Hasta el momento no se cuenta con una definición universalmente aceptada de calidad de la educación superior, ésta calidad en realidad depende del entorno social, institucional, profesional, etcétera, en que se desenvuelve la institución. Podemos definirla como el conjunto de características inherentes a un producto o servicio que cumple los requisitos para satisfacer las necesidades preestablecidas. La Declaración Mundial sobre la Educación Superior en el sigo XXI (UNESCO1988) indica que "la calidad de la enseñanza superior es un concepto pluridimensional que debería comprender todas sus funciones y actividades.

Por otro lado, son elementos de la calidad de una carrera, sus insumos, el proceso, los resultados, que permiten valorar el impacto que tiene en la sociedad. La calidad de una carrera se fundamenta principalmente en los procesos de enseñanza y aprendizaje, es decir, considerando a éste como el núcleo o corazón de un programa bajo el supuesto de que sus resultados determinan la calidad del graduado, sus valores y los ideales del deber ser y de su desempeño profesional.

Un requisito esencial para el éxito de la autoevaluación es que los actores involucrados directamente en las actividades específicas que se valoran, sean quienes lleven a cabo este proceso de análisis y reflexión

5.- LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL O AUTO EVALUACIÓN

La evaluación institucional o autoevaluación constituye un instrumento de gran capacidad para mejorar la calidad de una IES. Permite detectar los puntos fuertes y débiles o áreas a mejorar. Es un proceso de aprendizaje continuado y una mejora constante de la universidad. Permite valorar: a).-La forma en que la institución se aproxima a las metas preestablecidas y cómo procede para el completo desarrollo de la producción y distribución del conocimiento. b).- La docencia, la investigación y los servicios. c).- El desarrollo en comparación con sí misma.

La evaluación universitaria, evaluación institucional o autoevaluación, corresponde a un conjunto de prácticas, métodos, conocimientos bien diversificados y progresivamente desarrollados en el transcurso de los años, con el objeto de dar respuesta a una necesidad específica: la de una mejor gestión de la universidad.

Evaluar una universidad quiere decir, emitir un juicio de valor a propósito de la pertinencia y la razón de ser de sus objetivos, su grado de cumplimiento y la forma en que han sido alcanzados.

La evaluación institucional es una actividad de investigación y análisis, realizada por los propios agentes universitarios, destinada a verificar el nivel de logros que está alcanzando la institución, sus unidades o programas, de acuerdo con su razón de ser, y determinar además los elementos que están actuando en la indicación de menor o mayor capacidad de estos logros. Esta investigación conlleva un informe autoevaluativo que es pre requisito y documento base para la realización de la evaluación externa.

La autoevaluación es un proceso interno de planificación, identificación, análisis crítico y prospectivo sobre la evolución y desarrollo académico alcanzado por la institución en una profesión. Se busca por lo tanto interpretar y valorar, mediante un proceso participativo, dialogal, reflexivo y crítico, el estado de avance de una carrera universitaria en los diversos aspectos que en conjunto definan el funcionamiento y su estructura, en la consolidación, validación y comunicación del conocimiento que le es propio. Tal sistema conlleva un proceso de carácter cíclico que verifica la pertinencia de metas, estrategias, asignación de recursos y compromisos de gestión efectiva. Es organizado y conducido por sus propios integrantes, a la luz de las circunstancias de la institución: objetivos, alcances, metas y medios.

Como primer paso para la acreditación universitaria, la autoevaluación es un modo de concebir la acción educativa en el que la comunidad académica de la carrera revisa su misión, reorganiza sus recursos, evalúa sus resultados y se autorregula. Asimismo se provee de información confiable que da testimonio del grado de cumplimiento de los objetivos. Contribuye además, a desarrollar una comunidad académica más sólida que comparte compromisos institucionales y forma profesionales altamente competitivos para un mercado de trabajo que demanda una serie de atributos tales como una excelente preparación en ciencias básicas y tecnologías básicas lo que debe traducirse, en la habilidad para desarrollar la capacidad técnica, creatividad, facilidad para interactuar interdisciplinariamente, capacidad de síntesis, alto grado de responsabilidad y conducta ética, así como también la habilidad para el manejo de los aspectos económicos de la profesión, y la conciencia y compromiso social.

El proceso de autoevaluación es fundamental e imprescindible para que cualquier carrera pueda acceder al proceso de acreditación, ya que aporta información, juicios, criterios y procedimientos de cumplimiento de las normas, base necesaria para satisfacer los estándares de calidad y lograr el reconocimiento público. El incremento de la calidad de las carreras es una aspiración de desarrollo tanto individual como colectiva, y es vista como un desafío, una necesidad y un compromiso con el que se responsabilizan los estudiantes, el personal docente, la carrera y la institución.

Los objetivos de la autoevaluación son: Determinar la medida del cumplimiento de los objetivos propios de la institución. Conocer el estado de funcionamiento de los factores de factibilidad que inciden en el logro de los objetivos. Indagar con más o menos precisión sobre la capacidad real y potencial de logros de la institución. Disponer de información confiable para regular a tiempo las estrategias de desarrollo institucional. Informarse del estado del desarrollo y calidad de los diferentes procesos institucionales: educacionales, investigativos y de extensión. Informarse del estado y funcionamiento de las instalaciones y servicios que brinda la institución. Informarse del estado de los recursos humanos, materiales y financieros y su uso. Relacionarse con el mundo exterior local, nacional e internacional. Identificar fortalezas y debilidades y determinar oportunidades y amenazas. Proveer a las autoridades superiores en relación con la situación global de la institución, de la información que se estime necesario deba conocer. Comparar el mejoramiento institucional logrado en cuanto a capacidad de consecución de las metas, por periodos de tiempo, sobre la base de los recursos humanos y financieros razonablemente asignados a la institución. Plantear soluciones alternativas en la búsqueda de la eficiencia interna y la eficacia institucional.

Por tanto, la autoevaluación de una carrera es un proceso que conlleva cambios a corto, mediano y largo plazos y contribuye a que la institución reflexione y evalúe el grado de cumplimiento de su misión, las metas y objetivos derivados de ésta, a conocer el éxito honesta y realmente, a explorar modos y medios para mejorar la eficiencia y efectividad tanto educativa como operativa, y a prepararse mejor para responder a las cambiantes y crecientes demandas de la sociedad a la que sirve.

6.- ETAPAS DE DESARROLLO DE LA AUTOEVALUACIÓN

Resulta conveniente estructurar el proceso de autoevaluación por etapas, del modo siguiente.

1ª Etapa: Propósitos y capacitación

Consiste en establecer claramente el propósito de la autoevaluación, recopilación de antecedentes teóricos y prácticos, elaboración del material que se utilizará en seminarios y de preferencia hacer participar en cursos o talleres de formación y capacitación a los evaluadores que formarán parte de la comisión de evaluación (grupo coordinador y grupos ejecutores o evaluadores).

Es importante la difusión del proceso, así como despertar el interés y la motivación de toda la comunidad que participará en el proceso.

2ª Etapa: Programa de actividades

Elaborar un programa de actividades detallado, con la finalidad de preparar y diseñar todo el proceso de recolección y análisis de la información, lo que debe ir acompañado de una agenda de trabajo que considere los recursos humanos, materiales y económicos necesarios.

Es importante considerar: La conformación de los grupos de trabajo. El apoyo administrativo necesario. La ubicación de los locales de trabajo. La definición de tiempos y periodos. La recopilación de información, tanto de hechos como de opiniones de los distintos factores e instancias internas y externas del sistema en estudio.

Ejemplo de hechos: Datos del personal docente (perfiles académicos, funciones, responsabilidades, producción y otros) y estudiantes (caracterización socioeconómica, académica y de origen, índices académicos de regularidad y otros). Plan de estudios (mapa curricular, distribución de cursos, actividades extracurriculares, proceso de enseñanza y aprendizaje y otros). Recursos (fuentes de financiamiento, infraestructura, equipos, bibliografía y otros).

3ª Etapa: Plan de acción

Una vez emitido el informe de los evaluadores, se consolida en el informe una propuesta de mejoramiento y desarrollo que debe ser negociada y acordada como plan de implantación derivado de la autoevaluación y sus consecuencias.

Lo anterior debe derivar un plan de acción común con la administración central de la institución (plan de desarrollo institucional) en el que se comprometan recursos, personal, infraestructura, equipos y capacidades a favor de resultados de superación en las áreas con problemas.

4ª Etapa: Seguimiento de la implementación del plan de acción

Es necesario establecer una fase de monitoreo y seguimiento de la implementación del plan de acción. Esta etapa es dinámica en tanto permite introducir las rectificaciones que necesite el propio plan. Los resultados de las mediciones deben cotejarse con los valores designados en los estándares, ya sean propios de la carrera o externos.

Finalmente se recomienda como metodología de utilidad para el proceso de autoevaluación.

Capitulo IV.

Como preámbulo a este tema importante y que es motivo de la monografía, previamente haremos unos comentarios la acreditación de la formación universitaria en el Perú, teniendo en cuenta que se trata en general de un proceso en marcha, y, por tanto, la información recogida aquí puede quedar superada por los hechos en poco tiempo. Ante una demanda de Educación Básica, de Educación Superior Universitaria y de Educación Superior No Universitaria surgen los mecanismos de certificación y acreditación, a fin de asegurar la calidad educativa que las instituciones deben brindar, y empezaremos a definir como ya lo hemos hechos anteriormente lo que se entiende por Acreditación y volveremos a decir que es un reconocimiento público de la calidad de un programa o institución de nivel superior, que es otorgado por un organismo acreditador, cumpliendo con ciertos criterios, estándares y parámetros de calidad en relación a su estructura, organización, funcionamiento, insumos, proceso de enseñanza, servicios y resultados. También incluye revisiones de la misión de la escuela y los programas que presenta.

  • La acreditación peruana es un proceso innovador al tener en su Modelo aspectos de cultura organizacional, sistematización de los procesos académicos y administrativos para una mejora continua y mejor control. Exige a su vez un sistema de gestión de la calidad, del perfil del ingresante, así como la incorporación de los grupos de interés (empresarios, colegios profesionales, etc.) al proceso de formación y no como en otros modelos donde los tienen fuera del mismo.

MARCO LEGAL

Según el artículo 14 del reglamento de la Ley 28740:

La acreditación es el reconocimiento formal de la calidad demostrada por una institución o programa educativo, otorgado por el Estado, a través del órgano operador correspondiente, según el informe de evaluación externa emitido por una entidad evaluadora, debidamente autorizada, de acuerdo con las normas vigentes. La acreditación es temporal y su renovación implica necesariamente un nuevo proceso de autoevaluación y evaluación externa.

TIPOS DE ACREDITACIÓN

a) Acreditación Institucional.- Es aquella que consta de una revisión general de toda la universidad. La acreditación institucional se realiza normalmente por los órganos miembros de una acreditadora. Estos organismos realizan una revisión de toda la universidad, desde sus presupuestos de funcionamiento, hasta el servicio brindado a sus estudiantes. En la mayoría de los casos, la acreditación institucional debe ser mantenida, es decir, se revisa periódicamente.

b) Acreditación Especializada.- Es aquella acreditación para cada una de las disciplinas. Estas son revisadas por organismos especializados en un campo de estudio. Esta acreditación demuestra que alguno de los programas de la universidad ha pasado un riguroso examen y que los estudiantes están aprendiendo todo lo que se necesita saber sobre cierta área de estudio.

La acreditación especializada es importante, ya que puede afectar la capacidad de los estudiantes y egresados para encontrar empleo, becas, etc.

OBJETIVOS DE LA ACREDITACIÓN:

  • El Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa contribuye, a través de la Acreditación, con el aseguramiento de la calidad educativa en el país.

  • La acreditación no es solo un instrumento para la mejora continua sino también es la fuente del saber de padres de familia y futuros estudiantes para una idónea selección del qué estudiar y dónde hacerlo. Con la primera acreditación, cuya información constituye la línea base para el posterior crecimiento en calidad, se podrá tener el mejor observatorio del cómo las universidades y los programas de estudios crecen en calidad.

  • La Acreditación busca garantizar que las competencias profesionales de los egresados de las instituciones acreditadas sean eficientes y, por ende, reflejen una formación educativa de calidad.

TIPOS DE ACREDITACIÓN:

  • Acreditación Institucional especializada, por áreas, programas o carreras.

  • Acreditación Institucional integral

NIVELES PARA LA ACREDITACIÓN:

El Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE) trabaja con las instituciones educativas para lograr su Acreditación en estos tres niveles:

  • Educación Superior Universitaria: la acreditación que busca lograr un estándar de calidad en la enseñanza es voluntaria para las universidades, a excepción de las carreras de ciencias de la salud, educación y derecho.

  • Institutos y Escuelas de Educación Superior: en el ámbito de los Institutos y Escuelas de Educación Superior, la Acreditación de la calidad educativa es el reconocimiento público y temporal que en nombre del Estado Peruano, otorga el CONEACES, como órgano operador del SINEACE, a la institución educativa, programa o carrera profesional, que cumple con los niveles de aceptación establecidos en cada uno de los Estándares y Criterios de Evaluación con fines de Acreditación, debidamente verificados e informado por la Entidad Evaluadora Externa debidamente autorizada y registrada.

  • Educación Básica y Técnico Productiva: El proceso de acreditación de la calidad de la gestión se plantea como una herramienta que contribuye a asegurar el derecho a una Educación Básica y Técnico Productiva de calidad, ya que promueve que las instituciones educativas brinden a todos los peruanos las condiciones necesarias para el logro de aprendizajes, favoreciendo de este modo el cierre de las brechas de inequidad educativa.

CONOZCA EL PROCESO DE ACREDITACIÓN DE LA EDUCACIÓN BÁSICA Y TÉCNICO PRODUCTIVA

Labor del SINEACE

El SINEACE es un organismo técnico especializado y adscrito al Ministerio de Educación del Perú. La metodología que se aplica para la obtención de la acreditación en calidad educativa está basada en la realidad nacional. Asimismo, el SINEACE trabaja con rigurosidad técnica, objetividad y transparencia promoviendo así la participación y la articulación con diferentes actores y sectores públicos y privados. Los procesos para la obtención de la Acreditación son transparentes y pueden ser revisados previamente, durante y posterior a la Acreditación en sí.

El SINEACE trabaja con entidades evaluadores externas para fines de la acreditación y entidades evaluadores certificadores, a fin de no ser juez y parte.

De esta manera, el SINEACE busca articular las demandas de desarrollo y competitividad en un contexto de prospectiva, orientando la formación básica, técnica y profesional a nuevos escenarios que se avizoran en un mundo cambiante.

¿Cómo se acredita la calidad universitaria en el Perú?

Construyamos juntos una educación de calidad. Bajo este enfoque el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE) y su órgano operador CONEAU buscan, este 2014, lograr que más instituciones asuman el compromiso de acreditar la calidad educativa que brindan.

La acreditación es una herramienta para la mejora continua que asegura la calidad, lo que puede verificarse de forma eficiente y eficaz por el Estado y la sociedad. Además, constituye una fuente de información para la toma de decisiones de los padres, postulantes y sociedad en su conjunto.

VALIDEZ DE LA ACREDITACIÓN DEL CONEAU

  • A diferencia de otros procesos, nacionales e internacionales, la acreditación del CONEAU ha demostrado objetividad y transparencia en la evaluación, haciendo posible que la ciudadanía pueda evaluar la información de la autoevaluación, verificarla y hacer su propio juicio de valor.

  • Partes: 1, 2

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