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Derecho informático. Marcas




Enviado por Roberto Azael



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    ¿Qué es una Marca?
    • Una Marca es todo signo visible que se utiliza
    para distinguir e individualizar un producto
    o servicio de otros de su misma clase o
    especie. Su función principal es la de servir
    como elemento de identificación de los
    diversos productos y servicios que se ofrecen
    y se prestan en el mercado.

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    ¿Para qué se registra?
    • Una Marca debe registrarse para que usted,
    como propietario, obtenga un Título de
    Registro que le da derecho a usarla en forma
    exclusiva en toda la República Mexicana. De
    esta manera nadie deberá usarla sin su
    autorización.

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    ¿Cómo se registra?
    • Con esté propósito el IMPI ha elaborado una
    Guía del Usuario de Signos Distintivos, que
    tiene como propósito difundir entre el
    público los diversos aspectos relacionados con
    los trámites administrativos que se deben
    efectuar para solicitar la protección de los
    signos distintivos, a través de Marcas, Avisos
    y Nombres Comerciales.

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    ¿QUÉ TIPOS DE MARCAS EXISTEN?
    ? Nominativas: Son las marcas que permiten identificar un producto
    y su origen mediante una palabra o un conjunto de palabras. Su
    importancia radica en que se debe distinguir fonéticamente, es
    decir, deberán ser lo suficientemente distintivas para diferenciar los
    productos o servicios en el mercado de aquellos de su misma especie
    o clase. Los nombres propios de las personas físicas pueden
    registrarse como marca, siempre que no se confundan con una
    marca registrada o un nombre comercial publicado.
    ? Innominadas: Son figuras que cumplen con la función de una
    marca. Este tipo de marca puede reconocerse visualmente pero no
    fonéticamente. Su peculiaridad consiste en ser símbolos, diseños,
    logotipos o cualquier elemento figurativo que sea distintivo.
    ? Mixtas: Son marcas que combinan palabras con elementos
    figurativos que muestran a la marca como un solo elemento o como
    un conjunto distintivo.
    ? Tridimensional: Son las marcas que protegen los envoltorios,
    empaques, envases, la forma o la presentación de los productos en
    sí mismos, si éstos resultan distintivos de otros de su misma especie
    o clase.

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    14
    14 a
    COMERCIALES
    14 c
    14 e
    14 g
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    MARCAS, AVISOS Y NOMBRES COSTOS

    Conforme al Título Cuarto de la Ley
    Por los servicios que presta el Instituto en materia de marcas, avisos y nombres
    comerciales, se pagarán las siguientes tarifas:

    Por el estudio de una solicitud nacional para el registro de una marca hasta la conclusión $2,303.33
    del trámite o, en su caso, la expedición del título;
    14 b
    Por la renovación de un registro de marca nacional, por cada clase;
    $2,433.41
    Por el estudio de una solicitud para el registro de un aviso comercial hasta la conclusión $614.77
    del trámite o, en su caso, la expedición del título;
    14 d
    Por la renovación de un registro de aviso comercial;
    $730.24
    Por el estudio de una solicitud de nombre comercial hasta la conclusión del trámite o, en $528.37
    su caso, la publicación, y
    14 f
    Por la renovación de la publicación de un nombre comercial.
    $654.81
    Por el estudio de la solicitud de la estimación o declaración de marca notoriamente $2,578.63
    conocida;
    14 h
    Por el estudio de la solicitud de la estimación o declaración de marca famosa;
    $2,466.77
    Por la emisión de la declaración de marca notoriamente conocida, por cada clase en la $955.95
    que se reconoce;
    14 j
    Por la emisión de la declaración de marca famosa;
    $44,722.35

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    CONVENIO DE BERNA
    • El Convenio de Berna trata de la protección de las obras y los derechos de
    los autores. Se funda en tres principios básicos y contiene una serie de
    disposiciones que determinan la protección mínima que ha de conferirse,
    así como las disposiciones especiales para los países en desarrollo que
    quieran valerse de ellas.
    1) Los tres principios básicos son los siguientes:
    – a) Las obras originarias de uno de los Estados Contratantes (es decir,
    las obras cuyo autor es nacional de ese Estado o que se publicaron por
    primera vez en él) deberán ser objeto, en todos y cada uno de los demás
    Estados Contratantes, de la misma protección que conceden a las obras
    de sus propios nacionales (el principio del "trato nacional").
    – b) La protección no deberá estar subordinada al cumplimiento de
    formalidad alguna (principio de la protección "automática").
    – c) La protección es independiente de la existencia de protección en el
    país de origen de la obra (principio de la "independencia" de la
    protección). Empero, si en un Estado Contratante se prevé un plazo
    más largo de protección que el mínimo prescrito por el Convenio, y cesa
    la protección de la obra en el país de origen, la protección podrá
    negarse en cuanto haya cesado en el país de origen.

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    CONVENIO DE BERNA
    • 2) Las condiciones mínimas de protección se refieren a las obras y los
    derechos que han de protegerse, y a la duración de la protección:
    • a) En lo que hace a las obras, la protección deberá extenderse a "todas las
    producciones en el campo literario, científico y artístico, cualquiera que sea
    el modo o forma de expresión" (párrafo 1 del artículo 2 del Convenio).
    • b) Con sujeción a ciertas reservas, limitaciones o excepciones permitidas,
    los siguientes son algunos de los derechos que deberán reconocerse como
    derechos exclusivos de autorización:
    – el derecho a traducir,
    – el derecho de realizar adaptaciones y arreglos de la obra,
    – el derecho de representar y ejecutar en público las obras dramáticas,
    dramático–musicales y musicales,
    – el derecho de recitar en público las obras literarias,
    – el derecho de transmitir al público la representación o ejecución de dichas
    obras,
    – el derecho de radiodifundir (los Estados Contratantes cuentan con la
    posibilidad de prever un simple derecho a una remuneración equitativa, en
    lugar de un derecho de autorización),

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    ¿CUÁL ES EL TIEMPO DE
    VIGENCIA DE UNA MARCA?
    • Diez años contados a partir de la fecha de
    presentación de la solicitud, renovables por periodos
    de la misma duración.
    Artículo 95 de la Ley de la Propiedad Industrial.- El
    registro de marca tendrá una vigencia de diez años
    contados a partir de la fecha de presentación de la
    solicitud y podrá renovarse por períodos de la misma
    duración.

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    ¿POR QUÉ ES IMPORTANTE
    REGISTRAR UNA MARCA?
    • Una Marca debe registrarse para que usted,
    como propietario, obtenga un Título de
    Registro que le da derecho a usarla en forma
    exclusiva en toda la República Mexicana. De
    esta manera nadie deberá usarla sin su
    autorización

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    EJEMPLOS DE LOS TIPOS DE MARCAS
    Nominativa

    Innominada

    Marca tridimensional

    Marca Mixta
    Denominación y Diseño

    Denominación y Forma
    Tridimensional

    Diseño y Forma Tridimensional

    Denominación, Diseño y Forma
    Tridimensional
    http://www.womenindistress.org/wp-
    content/uploads/2012/03/Avon-01.jpg
    http://www.explorandomexico.com.mx/photos/articles
    /thm-LOGOTIPO%20COMERCIAL%20MEXICANA.jpg
    http://mla-s2-p.mlstatic.com/frasco-perfumes-
    souvenirs-manzana-nina-evento-fiestas-4120-
    MLA2750703139_052012-O.jpg
    http://www.mtello.org/webs/danone/assets/bonafont-
    logo.jpg

    http://www.solconsultores.com.mx/timthumb.php?src
    =CGI-
    BIN/casos/pinol/pinol20110134.jpg&w=377&h=279&zc
    =0
    https://aulaempresa.files.wordpress.com/2015/02/bot
    ella.jpg
    http://www.monografias.com/trabajos94/las-
    marcas/image008.png

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    Clase 1
    Clase 2
    Clase 3
    Clase 4
    Clase 5
    Clase 6
    Clase 7
    CLASES DE MARCAS
    Productos químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la
    agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto, materias plásticas
    en bruto; abonos para el suelo; composiciones extintoras; preparaciones para templar y
    soldar metales; productos químicos para conservar alimentos; materias curtientes;
    adhesivos (pegamentos) para la industria.
    Pinturas, barnices, lacas; productos antioxidantes y productos para conservar la madera;
    materias tintóreas; mordientes; resinas naturales en bruto; metales en hojas y en polvo
    para pintores, decoradores, impresores y artistas.
    Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para
    limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites
    esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos.
    Aceites y grasas para uso industrial; lubricantes; composiciones para absorber, rociar
    y asentar el polvo; combustibles (incluida la gasolina para motores) y materiales
    de alumbrado; velas y mechas de iluminación.
    Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso
    médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para
    bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para
    apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para
    eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas.
    Metales comunes y sus aleaciones; materiales de construcción metálicos;
    construcciones transportables metálicas; materiales metálicos para vías férreas; cables e
    hilos metálicos no eléctricos; artículos de cerrajería y ferretería metálicos; tubos y
    tuberías metálicos; cajas de caudales; productos metálicos no comprendidos en otras
    clases; minerales metalíferos.
    Máquinas y máquinas herramientas; motores (excepto motores para vehículos
    terrestres); acoplamientos y elementos de transmisión (excepto para vehículos

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    FORMATO PARA LA SOLICITUD DE
    UNA MARCA
    • http://www.impi.gob.mx/servicios/Formatos/I
    MPI_00_001_2012.pdf

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    Conclusión
    • La pagina del IMPI nos proporciona gran
    información acerca de las marcas desde que
    son, para que se registran, los tipos de formas
    en que se registran y eso es de mucha utilidad
    al momento de querer registrar tu propia
    marca.

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