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Responsabilidad social y empresarial




Enviado por VICTOR LOPEZ



  1. Introducción
  2. Responsabilidad Social Empresarial y Socialmente Responsable
  3. Sustentabilidad
  4. Eco-Eficiencia
  5. Beneficios de la responsabilidad social
  6. Beneficios a la Comunidad
  7. Legislación Ambiental en Venezuela
  8. Consideraciones finales
  9. Bibliografía citada

Introducción

Los países desarrollados han agotado sus reservas naturales en una carrera industrial sin precedentes. Derrames petroleros, accidentes nucleares y emanación de gases tóxicos, constituyen una agenda escandalosa que causa graves desequilibrios ecológicos irreversibles. Ahora los países no desarrollados podemos mirarnos en ese espejo y tener la oportunidad de reflexionar y desarrollar nuevos modelos sociales y empresariales destinados al desarrollo de la conciencia ambientalista como filosofía de vida, como conducta. Sur América posee enormes recursos naturales, reservorios de vida, agua potable, minerales, flora, fauna, que deben ser preservados del voraz apetito irracional capitalista sin conciencia ambientalista. Venezuela encabeza el continente con sus recursos naturales e impresionante variedad de flora y fauna. Estamos en el compromiso de formarnos como profesionales conscientes con el compromiso con nuestro medio ambiente y en el desarrollo de nuevos procesos productivos ecológicamente sustentables.

Responsabilidad Social Empresarial y Socialmente Responsable

Podemos decir, que la Responsabilidad Social Empresarial (RSE), comprende los distintos programas que cumplen las empresas con la finalidad de mejorar la calidad de vida de su público interno (empleados), y compensar o apoyar al entorno. Pero, Empresas Socialmente Responsables (ESR), son aquellas cuyas relaciones con su público interno se basan en la equidad y la confianza, además están socialmente comprometidas con el entorno y medio ambiente, dejando a un lado lo asistencialista y paternalista. A lo anterior se hace necesario incorporar el término sustentabilidad, como la transición de la RSE a la ESR, asumiendo como sustentabilidad la garantía de permanencia en el tiempo de la organización en las dimensiones ética, económica, sociocultural y ambiental, sin causar daños y procurando el beneficio permanente tanto a sus clientes internos como a los externos, entorno, ambiente y sociedad.

La empresa para definirse como socialmente responsable debe en su filosofía de gestión formular y poner en práctica acciones efectivas en materia social, con lo cual se vislumbre la relación entre productividad, comunidad y medio ambiente. Visto de esta forma la empresa dejaría de ser un ente individualista para convertirse en una institución colectiva, dialéctica y responsable con su entorno. (Añez y Bonomie, 2010, p. 154).

Dicho de otro modo, la noción de Empresa Socialmente Responsable está mucho más allá del conjunto de políticas de RSE que éstas apliquen. Comprende profundos niveles de concienciación de los individuos que conforman la organización acerca de las consecuencias de sus prácticas y procesos, anteponiendo el valor de sustentabilidad tanto para sus públicos internos (empleados) como para los externos (entorno inmediato y sociedad).

En palabras de Vieria (2012), "ser responsable es ser sostenible, siempre que se entienda como la conjunción de tres vértices de un triángulo: Equidad Económica- Justicia Social y Seguridad Ambiental".

Sustentabilidad

Es el conjunto de estrategias, que se convierten en esfuerzos sociales orientados a la preservación ecológica y al equilibrio entre lo económico, lo social y lo ambiental; la derivación de estas inquietudes ha conducido a que las empresas adopten la condición de ciudadanía corporativa y bajo este concepto, asumen el compromiso con los derechos civiles, económicos y sociales de la sociedad. Son corresponsables con toda y por toda la sociedad, en tanto que tienen análogas obligaciones a las de cualquier ciudadano de un país. La proyección de este esfuerzo se identifica con la generación de Capital Social. (Guédez, 2006, p.110).

Eco-Eficiencia

La eco-eficiencia es una cultura administrativa que guía a todos los sectores de la sociedad a asumir su responsabilidad con la sustentabilidad y motiva para que las actividades productivas sean más competitivas, adaptando y readecuando los sistemas productivos existentes a las necesidades del mercado y del ambiente, e impulsando niveles más altos de desarrollo económico, social y ambiental.

La visión central de la eco-eficiencia se puede resumir en "producir más con menos", utilizando menos recursos naturales (agua y energía) en el proceso productivo, reduciendo la generación de residuos y desechos, y atenuando la contaminación.

La meta final de la eco-eficiencia es la elaboración de bienes y la prestación de servicios, a precios competitivos, que satisfagan las necesidades humanas y eleven la calidad de vida de la población. La eco-eficiencia también promueve un eco-diseño integral de tecnología para reducir la intensidad de uso de materiales y energía durante la producción, además de impulsar la reutilización de insumos a través de procesos de reconversión tecnológica y de reciclaje, aumentando la funcionalidad de los productos y su durabilidad.

La eco-eficiencia debe ser vista como una oportunidad para hacer mejores negocios, abrir nuevos nichos de mercado y cumplir la responsabilidad empresarial hacia el ambiente. Para un empresario convencional, el éxito radica actualmente en la mayor cantidad posible de ventas; para un empresario comprometido con el desarrollo sustentable, el éxito radica en la mayor extensión posible de servicio otorgado, con el menor impacto ambiental posible.

Para un organismo público, la eco-eficiencia es una oportunidad para moldear comportamientos ciudadanos responsables, a través de una gestión ambiental eficiente.

El término ecoeficiencia fue acuñado por el World Business Council for Sustainable Development (WBCSD) en su publicación del año 1992 "Changing Course", y está basado en el concepto de crear más bienes y servicios, utilizando menos recursos y creando menos impactos ambientales negativos.

Beneficios de la responsabilidad social

Algunas de los beneficios de la responsabilidad social empresarial, son descritos por Correa (2004), para quien la aplicación de programas de Responsabilidad Social Empresarial, mejora el desempeño financiero, aumenta la lealtad de los consumidores e incrementa las ventas, aumenta la productividad y calidad, mejora la capacidad para retener y contratar a los mejores empleados y favorece el acceso a capitales de las empresas.

4.1 Imagen Corporativa: Uno de los beneficios de la responsabilidad social es que mejora la imagen corporativa y la reputación empresarial. Muchos clientes no comprarían un producto si saben que proviene de una empresa que no paga impuestos, que afecta el medioambiente, viola los derechos de sus trabajadores y que no labora bajo parámetros éticos. Por esto, según Diez (2007), las empresas socialmente responsables tienen mayores desempeños financieros que las que no lo son.

4.2 Costos de Operación: También la responsabilidad social reduce los costos de operación, ya que algunas prácticas de Responsabilidad Social Empresarial pueden generar ingresos inesperados, por ejemplo, la venta de residuos reciclados. Putterman (citado por Diez, 2007), señala que en el área de recursos humanos se dan índices menores de ausentismo y rotación, y aumentan su productividad.

Beneficios a la Comunidad

a. Refuerzo del respeto de los derechos fundamentales. En la medida que la Responsabilidad Social Empresarial pretende, entre otros, asegurar el respeto de Derechos Fundamentales como el derecho de ser libre de la esclavitud, tortura u otros tratos inhumanos o degradantes, derecho a la dignidad, libertad de opinión y de expresión, el derecho a la privacidad, los derechos laborales (respeto del derecho de asociación, respeto del derecho de negociación colectiva, eliminación de las discriminaciones en el trabajo, abolición del trabajo infantil, eliminación del trabajo forzado, etcétera), derecho a la salud, derecho a la educación, debemos reconocer el importante papel que puede tener la empresa en contribuir al cumplimiento de los Derechos Fundamentales en la Sociedad.

b. Las empresas pueden y deben aportar su contribución al desarrollo de la Sociedad. La empresa debe asegurar una justa remuneración, seguridad, salud y educación a sus trabajadores. Con ello, favorece en una cierta medida el desarrollo de la Sociedad.

Sin embargo, para que realmente las empresas del sector privado alcance a mejorar las condiciones económicas y sociales de la Sociedad, es necesario que lo haga con el compromiso de invertir en el Desarrollo de la Comunidad, sea facilitando el acceso a una educación mínima, participando en proyectos de salud, apoyando la modernización de la infraestructura, etc. Es decir en aportes e inversiones de interés público y de beneficio social, más allá del sólo corporativo.

c. Mejoramiento del Medio ambiente. Muchas prácticas de la actividad económica y comercial (principalmente la actividad industrial) tienen impactos nefastos sobre el Medio Ambiente. Dada la importancia de cuidar este Patrimonio Común, es urgente que el mundo empresarial tome conciencia de su responsabilidad y adapte sus prácticas a la necesidad de preservar el Medio Ambiente. Actualmente se constatan esfuerzos por parte de algunas empresas por asumir esta responsabilidad.

Legislación Ambiental en Venezuela

No sólo el cuido del ambiente es responsabilidad del Estado, es por ello que nuestra Carta Magna contempla la aplicación de la Responsabilidad Social:

Artículo 135. °

Las obligaciones que correspondan al Estado, conforme a esta Constitución
y a la ley, en cumplimiento de los fines del bienestar social general, no excluyen
las que, en virtud de la solidaridad y responsabilidad social y asistencia humanitaria,
correspondan a los o a las particulares según su capacidad. La ley proveerá
lo conducente para imponer el cumplimiento de estas obligaciones en los casos
en que fuere necesario. Quienes aspiren al ejercicio de cualquier profesión,
tienen el deber de prestar servicio a la comunidad durante el tiempo, lugar
y condiciones que determine la ley.

Y establece como uno de los fines supremos del Estado Venezolano el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad. Consagra el derecho y deber de cada generación a proteger y mantener en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Así como también establece la obligación del Estado, con la participación de la sociedad, a garantizar que la población se desenvuelva  en un ambiente libre de contaminación, donde los componentes de la tierra (aire, suelo, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, agua, las costas) sean protegidas especialmente por la ley. Entendiendo que sociedad la conformamos todos, inclusive las empresas, en el artículo 299 taxativamente se involucra a la iniciativa privada para el desarrollo socioeconómico armónico, sustentable y responsable ambientalmente.

La inclusión en los Planes de Estudio de la Educación Ambiental es un medio para cultivar la conciencia ecológica y favorecer el ambiente. De igual manera, en la educación,  en el régimen socio económico y en la defensa, se considera la protección del ambiente necesario (art. 107)

Artículo 127. Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, genética, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia.

Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.

 Artículo 129. Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y socio cultural. El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas…."

 Artículo 299. El régimen socioeconómico de la República Bolivariana de Venezuela se fundamenta en los principios de justicia social, democratización, eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado conjuntamente con la iniciativa privada promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país, garantizando la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía, para garantizar una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica democrática participativa y de consulta abierta"

Ajustada a estas normas, la Ley Orgánica del Ambiente, desde su inicio se establece la corresponsabilidad en la gestión ambiental, es decir,  conservar un ambiente sano, seguro y ecológicamente responsable; así mismo establece que la responsabilidad de daños es objetiva y su reparación será por cuenta del responsable de la actividad o del infractor (art.4).

En el artículo 96, se norma la corresponsabilidad en la gestión ambiental para quienes ejecuten actividades capaces de degradar el ambiente. En su artículo 102 establece incentivos económicos y fiscales para las personas naturales y jurídicas que efectúen inversiones para conservar el medio ambiente en los términos establecidos en ella, en las leyes que se desarrollen y en las normas técnicas ambientales; a fin de garantizar el desarrollo sustentable, tal como lo establece  la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

En los artículos 103 y 104 de esta misma Ley se enumeran los fines de estos incentivos y se identifican los incentivos que se pueden otorgar a las empresas, tales como exoneraciones del pago de impuestos, tasas y contribuciones. Este sistema de incentivos se aplica a todos los niveles de la APN (nacional, estatal y municipal). El artículo 116 desarrolla el principio de la responsabilidad objetiva y los artículos 131 y 132 estatuye la responsabilidad penal por los delitos ambientales y  de las personas jurídicas.

Adicionalmente al basamento nombrado, existe la Ley Penal del Ambiente, normas y reglamentos fiscalizadas por el Gobierno, así como estándares establecidos en acuerdos y tratados mundiales como en el Protocolo de Kyoto (1197) donde se establece que los países industrializados deben reducir sus emisiones de gases causantes del efecto invernadero antes del año 2012; de igual manera se incluye estándares como la ISO, específicamente la ISO 14000 que es un conjunto de estándares ambientales administrativos cuya adopción obliga a la empresa a disminuir los costos ambientales a través de estrategias como la prevención de la  contaminación de las aguas y de la atmósfera.

La implementación de las normas ISO 14000 (toda su serie14001) implica un convencimiento de la problemática ambiental por parte de las empresas y un radical cambio en los procesos productivos e incorporación de tecnología. Según datos suministrados por ISO Central Secretaria (2006), en Venezuela se han ido incrementando las certificaciones ISO 14000 con la implantación de sistemas de gestión medioambiental, con 9 certificaciones para el año 2000 hasta un máximo de 65 en el año 2005.

Como podemos ver La Responsabilidad Ambiental Empresarial, es un sistema
en el cual el Estado tienen participación pero su actor principal es
el empresariado, es necesario establecer realmente la relación empresa-ambiente-sociedad.

Consideraciones finales

1.- Cada día se suman más empresas a las prácticas de RSE, pero aún queda por hacer en lo interno y externo de las organizaciones.

2.- La RSE, más que una cualidad, se asoma como requisito a cumplir por las organizaciones, que suele ser solicitado por instancias gubernamentales.

3.- En la RSE, es importante entender que las empresas, el estado y los ciudadanos cumplen roles distintos, por lo que ninguno puede suplir a otro en sus funciones.

4.- Que las empresas desarrollen excelentes programas de Responsabilidad Social, no garantiza que sean Socialmente Responsables.

Las empresas socialmente responsables son organizaciones inteligentes que comprenden el valor del bien común y no conciben otra forma de desarrollo que no sea el sustentable.

5.- Abundan las visiones o terminologías relacionadas al tema, definiciones como responsabilidad social empresarial (RSE), la responsabilidad de las empresas en la sociedad (RES), o responsabilidad social corporativa (RSC), permiten analizar los diversos aspectos que deben ser considerados por las empresas en la actualidad cuando se trata de este tema.

6.- La comunicación de los programas y resultados de la responsabilidad social se hace necesaria para generar mayor proyección y alcance de los beneficios.

7.- La voluntariedad de las acciones de responsabilidad social es un tema en el cual coinciden los autores consultados, quienes a su vez afirman que el tema no riñe con los beneficios económicos.

8.- La empresa requiere tener la disposición para ejercer la responsabilidad social, pero necesariamente debe formarse para hacerlo de forma eficiente.

9.- La reputación y la responsabilidad social de las organizaciones y empresas deben ir de la mano.

10.- La responsabilidad de promover el desarrollo a nivel local, regional o nacional, no es solo de las empresas, debe ser un trabajo mancomunado con los gobiernos y las comunidades.

11.- La sustentabilidad debe ser una premisa de acción en todas las organizaciones.

12.- El ejercicio comercial o industrial privado, debe sustentarse en la ética como guía para hacer las cosas bien; pero ir más allá, para retribuir al entorno y a la sociedad los beneficios obtenidos.

Las empresas socialmente responsables se plantean un nuevo modelo de relación con el entorno, al comprometerse con el país y sus ciudadanos, más allá de lo económico, es llegar a tener un compromiso social. Las empresas sustentables deben cumplir con un liderazgo comprometido. No conformarse con un liderazgo que se involucra en la solución de los problemas sociales, es decir sobrepasar lo asistencialista, el paternalismo y lo filantrópico.

CONCLUSIONES

Venezuela se ha caracterizado por ser un país con pocos movimientos sociales o ambientales, los consumidores en general no destacan por ser un grupo organizado y cohesionado en sus intereses, de hecho es el Estado quien promueve, actualmente, leyes y/o acciones en pro de consumidores o usuarios en general; sin embargo, la conciencia hacia el cuido del ambiente, la educación en etapa escolar, la crisis energética, así como los mensajes en medios masivos de comunicación, promovidos por diversas empresas, comienzan a despertar del letargo que en esa materia ha vivido el país, para lograr la participación de ciudadanos más comprometidos con el ahora y el futuro. También actúan algunas ONG"s, como VITALIS, pero sus acciones

son más publicitarias, que realmente comprometidas con la integración empresa-sociedad en pro de una cultura ecológica empresarial y social. El Plan de La Patria 2013-2019, contempla en su contenido el compromiso Revolucionario con el medio ambiente y el desarrollo de nuevas tecnologías que disminuyan el impacto ambiental y los materiales residuales, evocando a las universidades como centros de desarrollo, formando un nuevo profesional más integrado a su entorno social y ecológico, con capacidades intelectuales y emocionales enlazadas con la realidad y la necesidad del cambio. La extinción puede estar más cerca de lo calculado al paso actual de degradación del planeta, porque a algunos no les importa su destrucción, como si tuviéramos otro planeta donde vivir.

Bibliografía citada

RAZÓN Y PALABRA Primera Revista Electrónica en América Latina Especializada en Comunicación.

Comisión Europea (2001). Libro Verde: Fomentar un marco europeo para la responsabilidad social de las empresas. Documento COM. Bruselas.

Guédez, Víctor (2006). Ética y práctica de la responsabilidad social empresarial. Caracas: Venezuela. Editorial Planeta.

La comunicación de la responsabilidad de la empresa en la sociedad ¿hacer o parecer? . En C. Álvarez y M. Paladino (Eds.).

Comunicación empresarial responsable (pp. 159-183). Buenos Aires: Argentina. Temas Grupo Editorial

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Ley Orgánica del Ambiente (Venezuela).

Ética Empresarial y Responsabilidad Social. Palabras de Laura Novoa, Abogada Estudio Philippi Irarrázaval.

LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL COMO ESTRATEGIA COMPETITIVA DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (PYMES) CONSTRUCTORAS DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS. Trabajo de Grado para optar al título de: Magíster Scientiarum en Gerencia de Empresas. Mención: Gerencia de Operaciones. Autora: Lcda. Daniela C Matos M. Tutora: Mg. María Bonomie Maracaibo, Mayo del 2012.

Vieira, Evandro (2006). Territorio Mental: la clave del ser humano. Entrevista a Evandro Vieira. Recuperado el 27 de febrero de 2012, de http://www.revistapontocom.org.br/entrevistas/territorio-mental-a-chave-do-ser-humano.

Vieira, Evandro (2012). Video Conferencia: Territorio Mental: El cuarto Bottom line. Foro: Responsabilidad Social en las Organizaciones. Reflexiones y experiencias en Latinoamérica. 24 de febrero de 2012. Maracaibo: Venezuela. Universidad del Zulia.

 

 

Autor:

Wil Rodriguez

Victor Lopez

Manuel Cortes

Danyerson Rios

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITECNICA

DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA

UNEFA: NUCLEO ZULIA

SECCION: 01-ITE-D02

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