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Sistema asegurador paraguayo (página 3)



Partes: 1, 2, 3

Dt es la cantidad de días por transcurrir desde el día de la evaluación o corte (el momento de la realización del cálculo) hasta el final de la vigencia de la cobertura prevista o estimada;

V es la cantidad de días de vigencia prevista o estimada;

S es el monto cierto (sin controversias) de indemnización a favor del asegura-do por un siniestro;

R es la responsabilidad máxima asumida en el contrato de cobertura (capitales en riesgos).  

Cálculo de Prima No Ganada: 

Prima no ganada o no corrida = 

G. 100.000 X 184 días .-  = G. 50.411 (Primas a Devengar a prorrata temporis)

         365 días 

Ahora, aplicar la Reducción de suma: (1 – 3.000.000/10.000.000) = 0,7 ó 70 %  

Prima no ganada: G. 50.411 x 70 % (Reducción de Suma Asegurada por Siniestros aplicado a la prima no consumida) y en este caso Prima a Devolver = G. 35.287.- porque la Prima está totalmente cancelada. 

Por el premio a devolver: 

Código

Fecha: 

Debe

Haber

2.12.01.01.01

Primas a Devengar – Incendios

35.287

 

2.11.01.02.02

Impuesto al Valor Agregado

3.529

 

2.02.03.01.01

Premios a Devolver Seguros – Incendios

 

38.816

 

Total del Asiento

38.816

38.816

 En el mismo asiento de anulación o en otro distinto (Opcional) por las Diferencia de cálculo entre G. 50.411 y G. 35.287 = G. 15.124 Registrar: como ganancia, mediante el siguiente asiento:  

Código

Fecha:

Debe

Haber

2.12.01.01.01

Primas a Devengar – Incendios

15.124

 

4.01.01. 01.01

Primas Directas – Incendios

 

15.124

 

Total del Asiento

15.124

15.124

 

Misma situación con la Comisión no devengada G. 5.041.- (Según Sistema) x 70% = Comisión a Devolver por el Agente: G. 3.528.- 

Código

Fecha:

Debe

Haber

1.02.06.01.01

Comisiones a Recuperar

3.881

 

1.09.02.01.01

Comisiones a Devengar – Incendios

 

3.528

1.04.01.04.02

Impuesto al Valor Agregado

 

353

 

Total del Asiento

3.881

3.881

 

5.04.01.01.01

Comisiones a Intermediarios – Incendios

1.513

 

1.09.02.01.01

Comisiones a Devengar – Incendios

 

1.513

 

Total del Asiento

1.513

1.513

 Con Siniestro y a solicitud del Asegurado:

En fecha 14 de febrero de 2007 se procede a la anulación de la Póliza N° 101 – Sección: Automóviles a pedido del Asegurado NN, cuyos datos son los siguientes:  

  • 1. Capital Asegurado: G. 10.000.000.-

  • 2. Prima: G. 180.000.-

  • 3. Premio: G. 198.000.-

  • 4. Comisión: G. 36.000.- o 20 %

  • 5. Vigencia: 01.01.07/08 

  • 6. Tarifa de corto plazo para Seg. Automóviles 45 días = 25.5%

  • 7. Consigna dos pagos de siniestros parciales (Cotizado sin discriminación por riesgo, es decir Incendios, robo y daños materiales) que totalizan G. 3.000.000.-

  • 8. Días corridos entre inicio de vigencia y fecha de anulación: 45 días

Desarrollo: 

Si fuese aplicado la regla de prorrata temporis:  

Prima no corrida, no devengada o no ganada = 180.000 x 320/365= 157.808

Comisión no corrida, no ganada o a Devengar = 36.000 x 320/365= 31.561 

Ahora por el método de la reducción y adicionado el método a escala o periodo corto, se tiene: 

Reducción de suma: G. 3.000.000/10.000.000 = 30% Remanente de Suma Asegurada = 70 % o G. 7.000.000.-

Cálculo de la Prima no ganada:   180.000 x 74,5 % x 70 % = G. 93.870

Cálculo de la Comisión no ganada:  36.000 x 74,5 %  x 70 % = G. 18.774 

Las diferencias se asientan al igual que los registros contables anteriores, tanto a ganancias como a pérdidas.  REASEGUROS ACEPTADOS – LOCAL Efectuar la registración contable de las siguientes operaciones

1) En la fecha recibimos en reaseguro facultativo proporcional de la empresa SEGUROS TOTAL S.A., la cobertura de la siguiente póliza:  

Póliza:  180  Prima del Seguro: 1.300.000  Vigencia:01.07.07/08 Comis. Reas.:  15%  Sección: Incendios Impuesto I.V.A.: 10%

Asegurado: Real S.A. Capital Aseg.: 100.000.000 CapitalReaseg. 40.000.000 

Código

Fecha:

Debe

Haber

1.02.03.01.01

Reaseguros Aceptados – Incendios

572.000

 

2.12.03.01.01

Primas a Devengar Reaseguros Aceptados – Incendios

 

520.000

2.11.01.02.02

Impuesto al Valor Agregado

 

52.000

 

Total Asiento

572.000

572.000

 

1.09.07.01.01

Comisiones Reaseguros Aceptados – Incendios

78.000

 

1.04.01.04.02

Impuesto al Valor Agregado

7.800

 

1.02.03.01.01

Reaseguros Aceptados – Incendios

 

85.800

 

Total Asiento

85.800

85.800

 Por el devengamiento de un mes 31.07.07: 

2.12.03.01.01

Primas a Devengar Reaseguros Aceptados – Incendios

44.165

 

4.02.01.01.01

Primas Aceptadas – Incendios

 

44.165

 

Total Asiento

44.165

44.165

 

5.14.01.01.01

Comisión s/Primas Aceptadas Reaseguros – Incendios

6.624

 

1.09.07.01.01

Comisiones Reaseguros Aceptados – Incendios

 

6.624

 

Total Asiento

6.624

6.624

2) En la fecha facturamos a la Aseguradora LA CONFIANZA S.A. en concepto de reaseguro facultativo proporcional  de la póliza cuyos datos son los siguientes (Cláusula Reasegurador más favorecido): 

Asegurado: La Rural S.A.  Sección:  Incendios Póliza:  921

Cap.Aseg.: 600.000.000 Cap.  Aceptado: 150.000.000 Prima Original: 3.800.000.-Comisión: 30%  Impuesto: 10%   Vigencia:  01.07.07/08 

Código

Fecha:

Debe

Haber

1.02.03.01.01

Reaseguros Aceptados – Incendios

1.045.000

 

2.12.03.01.01

Primas a Devengar Reaseguros Aceptados – Incendios

 

950.000

2.11.01.02.02

Impuesto al Valor Agregado

 

95.000

 

Total Asiento

1.045.000

1.045.000

  

Código

Fecha:

Debe

Haber

1.09.07.01.01

Comisiones Reaseguros Aceptados – Incendios

285.000

 

1.04.01.04.02

Impuesto al Valor Agregado

28.500

 

1.02.03.01.01

Reaseguros Aceptados – Incendios

 

313.500

 

Total Asiento

313.500

313.500

 

Por el devengamiento al cierre de mes: 31.07.07 

2.12.03.01.01

Primas a Devengar Reaseguros Aceptados – Incendios

80.685

 

4.02.01.01.01

Primas Aceptadas – Incendios

 

80.685

 

Total Asiento

80.685

80.685

 

5.14.01.01.01

Comisión s/Primas Aceptadas Reaseguros – Incendios

24.205

 

1.09.07.01.01

Comisiones Reaseguros Aceptados – Incendios

 

24.205

 

Total Asiento

24.205

24.205

 

3) En la fecha aceptamos en reaseguro facultativo proporcional de la Cía. SEGUROS TOTAL S.A. la cobertura de la póliza N° 260 – Sección: Incendios, cuyos datos se detallan a continuación: 

Asegurado:       Polar S.A.

Nuestra Tasa (Reasegurador): 3 por mil

Vigencia:           22.08.06/07

Impuesto I.V.A.:       10%

Capital Asegurado.:    500.000.000

Capital Aceptado.:    100.000.000

 

Código

Fecha:

Debe

Haber

1.02.03.01.01

Reaseguros Aceptados – Incendios

330.000

 

2.12.03.01.01

Primas a Devengar Reaseguros Aceptados – Incendios

 

300.000

2.11.01.02.02

Impuesto al Valor Agregado

 

30.000

 

Total Asiento

330.000

330.000

 Por el Devengamiento de un mes 31.08.06: 

2.12.03.01.01

Primas a Devengar Reaseguros Aceptados – Incendios

8.219

 

4.02.01.01.01

Primas Aceptadas – Incendios

 

8.219

 

Total Asiento

8.219

8.219

 

ANULACIONES REASEGUROS ACEPTADOS – LOCAL 

Para fines didácticos, nos basaremos en que las anulaciones en reaseguros se hacen sobre la base de prorrata temporis, es decir proporcional al tiempo corrido, sin embargo se pueden aplicar los mismos criterios del seguro (A pedido de la cedente- Tabla de Periodo Corto, del reasegurador – prorrata,  con siniestros-reducción de suma) 

Efectuar la registración contable de las siguientes operaciones: 

1) En fecha 25.08.2006 se anula la cesión en reaseguro facultativo proporcional de la póliza N° 04-201-1500 de la Sección Incendios correspondiente al asegurado ESTRELLA S.A recibido de la aseguradora CONFIANZA S.A. DE SEGUROS cuyos datos se detallan a continuación: Vigencia: 01.06.2006/07  Capital Asegurado:  250.000.000.-

Prima de Reaseguro Aceptado.: 20% Prima Total:  3.000.000.- Comisión de Reaseguros 30% 

  • 1. Días corridos: Junio 30 días, Julio
    31, Agosto 25, total = 86días

  • 2. Prima de Reaseguro aceptado: 20 % de 3.000.000
    = 600.000

  • 3. Prima No Devengada = 600.000/365 x 279 =  458.630

  • 4. Comisión no Devengada = 458.630 x 30%=
    137.589                                           

Código

Fecha:

Debe

Haber

2.12.03.01.01

Primas a Devengar Reaseguros Aceptados – Incendios

458.630

 

2.11.01.02.02

Impuesto al Valor Agregado

45.863

 

1.02.03.01.01

Reaseguros Aceptados – Incendios

 

504.313

 

Total Asiento

504.313

504.313

 

1.02.03.01.01

Reaseguros Aceptados – Incendios

151.348

 

1.09.07.01.01

Comisiones Reaseguros Aceptados – Incendios

 

137.589

1.04.01.04.02

Impuesto al Valor Agregado

 

13.759

 

Total Asiento

151.348

151.348

 

2) La Compañía SEGUROS TOTAL S.A. en fecha 28.08.2006 nos comunica la anulación de la póliza de la sección Incendios con vigencia 01/02/06 al 01/02/07 cuyos datos se detallan a continuación, póliza que habíamos aceptado en reaseguro facultativo proporcional: 

Asegurado:La Luna S.R.L.  Sección:  Incendios Póliza: 00.0201-1500

Cap.Aseg.:  500.000.000  Cap.Reas:  150.000.000 Comisión: 25%

Prima Total 4.500.000  Impuesto I.V.A.: 10%. 

  • 1. Días Corridos: Feb. 28, Marzo 31, Abril 30, Mayo 31, Junio 30, Julio  31, Agosto 28, total = 209 días

  • 2. Prima de Reaseguro aceptado: 30 % de 4.500.000 = 1.350.000.-

  • 3. Prima No Ganada = 1.350.000/365 x 156=   576.986

                                

Código

Fecha:

Debe

Haber

2.12.03.01.01

Primas a Devengar Reaseguros Aceptados – Incendios

576.986

 

2.11.01.02.02

Impuesto al Valor Agregado

57.699

 

1.02.03.01.01

Reaseguros Aceptados – Incendios

 

634.685

 

Total Asiento

634.685

634.685

 

1.02.03.01.01

Reaseguros Aceptados – Incendios

158.672

 

1.09.07.01.01

Comisiones Reaseguros Aceptados – Incendios

 

144.247

1.04.01.04.02

Impuesto al Valor Agregado

 

14.425

 

Total Asiento

158.672

158.672

 

 REASEGUROS CEDIDOS – LOCAL 

  • 1. En la fecha cedimos en reaseguro facultativo proporcional a OMEGA S.A. DE SEGUROS, la póliza cuyos datos se detallan a continuación:

 Sección: Incendios Vigencia: 01.07.07/08 Asegurado: Patria Comercial  S.A.

Cap.Aseg.: 800.000.000 Cap.Cedido: 600.000.000 Prima Orig.: 4.800.000

Comisión: 25%  Impuesto:  10% 

Código

Fecha:

Debe

Haber

1.09.03.01.01

Primas Diferidas Reaseguros Cedidos – Incendios

3.600.000

  

1.04.01.04.02

Impuesto al Valor Agregado

360.000

 

2.04.01.01.01

Reaseguros Cedidos – Incendios

 

3.960.000

  

Total del Asiento

3.960.000

3.960.000

 

2.04.01.01.01

Reaseguros Cedidos – Incendios

990.000

  

2.14.02.01.01

Comisiones Cobradas a Dev. Reaseg. Cedidos – Incendios

 

900.000

2.11.01.02.02

Impuesto al Valor Agregado

 

90.000

  

Total del Asiento

990.000

990.000

 Por el Devengamiento al 31.07.07:  

5.01.01.01.01

Primas Cedidas – Incendios

305.753

 

1.09.03.01.01

Primas Diferidas Reaseguros Cedidos – Incendios

 

305.753

 

Total del Asiento

305.753

305.753

 

2.14.02.01.01

Comisiones Cobradas a Devengar Reaseg. Cedidos – Incendios

76.438

 

4.10.01.01.01

Comisión s/Primas Cedidas Reaseguros – Incendios

 

76.438

  

Total del Asiento

76.438

76.438

 Cedimos en reaseguro facultativo proporcional a nuestra colega COBERTURA TOTAL S.A. DE SEGUROS, la siguiente póliza:

 Sección:  Incendios        Vigencia: 01.07.07/08 Asegurado: Yguazú S.A.

Capital Aseg.: 1.200 M.     Cap.Reaseg.: 250 M.  Comis.Reaseg:  30%           

Prima Orig Seg.: 10 M.  Tasa de Reaseg.: 0,8%  

Código

Fecha:

Debe

Haber

1.09.03.01.01

Primas Diferidas Reaseguros Cedidos – Incendios

2.000.000

 

1.04.01.04.02

Impuesto al Valor Agregado

200.000

 

2.04.01.01.01

Reaseguros Cedidos – Incendios

 

2.200.000

  

Total del Asiento

2.200.000

2.200.000

 

2.04.01.01.01

Reaseguros Cedidos Sección Incendios

660.000

 

2.14.02.01.01

Comisiones Cobradas a Dev. Reaseg. Cedidos – Incendios

 

600.000

2.11.01.02.02

Impuesto al Valor Agregado

 

60.000

  

Total del Asiento

660.000

660.000

 

 REASEGUROS CEDIDOS – EXTERIOR – PROPORCIONALES Y NO PROPORCIONALES 

1. De las primas emitidas en el mes de julio/07 de las secciones Incendios de G. 80.000 y Transportes G. 40.000 fueron cedidas al reaseguro del exterior el 80%, bajo un contrato de cuota parte. La comisión de reaseguros es del 25%. Efectuar la registración contable:

Código

 Fecha

Debe

Haber

1.09.04.01.01

 Primas Diferidas Reaseguros Cedidos – Incendios

64,000

  

1.09.04.01.02

 Primas Diferidas Reaseguros Cedidos – Transportes

32,000

  

2.14.03.01.01

         Comisiones Cobradas a Devengar Reaseg. Cedidos – Incendios

  

16,000

2.14.03.01.02

         Comisiones Cobradas a Devengar Reaseg. Cedidos – Transportes

  

8,000

2.11.01.02.04

         Retención Fiscal – Impuesto a la Renta

  

2,160

2.05.01.01.01

         Reaseguros Cedidos – Incendios

  

46,560

2.05.01.01.02

         Reaseguros Cedidos – Transportes

  

23,280

  

Total del Asiento

96,000

96,000

 

Al 31.07.07 proceder al devengamiento mensual de las partidas del Reaseguro Proporcional mencionado, solo para la sección Incendios que han totalizado G. 8.000 y G. 3.000 para las comisiones: 

Código

 Fecha

Debe

Haber

5.02.01.01.01

 Primas Cedidas  – Incendios

8.000

 

1.09.04.01.01

      Primas Diferidas Reaseguros Cedidos Exterior – Incendios

 

8.000

  

Total del Asiento

8.000

8.000

 

  

 

 

2.14.03.01.01

 Comisiones Cobradas a Devengar Reaseg. Cedidos  – Incendios

3.000

 

4.11.01.01.01

      Comisiones s/Primas Cedidas Reaseguros  – Incendios

 

3.000

  

Total del Asiento

3.000

3.000

 

2. Cedemos en reaseguros facultativo proporcional al exterior a SWISS RE, la póliza N° 123 de la Sección: Incendios en las siguientes condiciones: 

Capital Aseg.:  400 M. Cap.Reaseg.: 360 M.  Prima Original del Seguro: 6.000.000.-

Comisión Reas.: 10% Imp.Renta: 3,0 % s/Prima Neta de Comisión 

Efectuar la registración contable: 

Código

 Fecha

Debe

Haber

1.09.04.01.01

 Primas Diferidas Reaseguros Cedidos – Incendios

5.400.000

 

2.14.03.01.01

         Comisiones Cobradas a Devengar Reaseg. Cedidos – Incendios

 

540.000

2.11.01.02.04

         Retención Fiscal – Impuesto a la Renta

 

145.800

2.05.01.01.01

         Reaseguros Cedidos – Incendios

 

4

Ajuste por Producción (Tasa Fija – Flat)

Código

Fecha: 30.06.07

Debe

Haber

5.12.01.01.01

Gastos de Cesión Reaseguros – Incendios

26.000.000

 

2.11.01.02.04

Retención Fiscal – Impuesto a la Renta

 

780.000

2.05.01.03.01

Reaseguro Cedido CNP – Incendios

 

25.220.000

 

Total del asiento

26.000.000

26.000.000

Cálculo de la Prima de Reestablecimiento = G. 100.000.000 x 650/850 x 150%= 114.705.882.-

Código

Fecha: 31.07.07

Debe

Haber

5.12.01.01.01

Gastos de Cesión Reaseguros – Incendios

114.705.882

 

2.11.01.02.04

Retención Fiscal – Impuesto a la Renta

 

3.441.176

2.05.01.03.01

Reaseguro Cedido CNP – Incendios

 

111.264.706

 

Total del asiento

114.705.882

114.705.882

Ejemplo de cesión según una estructura de contrato cuota parte (Reaseguro Cedido en el Exterior)

Código

Fecha

Debe

Haber

1.09.04.01.01

Primas Diferidas Reaseguros Cedidos – Incendios

64,000

 

1.09.04.01.02

Primas Diferidas Reaseguros Cedidos – Transportes

32,000

 

2.14.03.01.01

Comisiones Cobradas a Devengar Reaseg. Cedidos – Incendios

 

16,000

2.14.03.01.02

Comisiones Cobradas a Devengar Reaseg. Cedidos – Transportes

 

8,000

2.11.01.02.04

Retención Fiscal – Impuesto a la Renta

 

2,160

2.05.01.01.01

Reaseguros Cedidos – Incendios

 

46,560

2.05.01.01.02

Reaseguros Cedidos – Transportes

 

23,280

 

Total del Asiento

96,000

96,000

Al 31.07.08 proceder al devengamiento mensual de las partidas del Reaseguro Proporcional mencionado, solo para la sección Incendios que han totalizado G. 8.000 y G. 3.000 para las comisiones:

Código

Fecha

Debe

Haber

5.02.01.01.01

Primas Cedidas – Incendios

8.000

 

1.09.04.01.01

Primas Diferidas Reaseguros Cedidos Exterior – Incendios

 

8.000

 

Total del Asiento

8.000

8.000

 

 

 

 

2.14.03.01.01

Comisiones Cobradas a Devengar Reaseg. Cedidos – Incendios

3.000

 

4.11.01.01.01

Comisiones s/Primas Cedidas Reaseguros – Incendios

 

3.000

 

Total del Asiento

3.000

3.000

Auditoría para Compañias de seguros

AUDITORIA

LAS TÉCNICAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA OPERATIVA

Técnicas de auditoria

Son mecanismos o métodos básicos disponibles aplicados o utilizados por el auditor durante el curso de su trabajo, para obtener la evidencia necesaria a fin de formar su juicio profesional. Vienen a ser las herramientas del auditor, y su empleo se basa en el juicio del auditor según las circunstancias. Algunos son empleados con más frecuencia que otros.

  • Verificación Ocular

  • Verificación Oral

  • Verificación Escrita

  • Verificación Documental

  • Verificación Física

Las técnicas representan un método o detalle de procedimientos, factibles mediante los cuales los auditores recopilan para obtener material de evidencia de auditoría.

CLASIFICACIÓN DE LAS TÉCNICAS DE AUDITORÍA

Las técnicas de auditoría más utilizadas para reunir evidencias se pueden clasificar en:

  • Verificación Ocular

  • Verificación Oral

  • Verificación Escrita

  • Verificación Documental

  • Verificación Física

OTRAS TÉCNICAS

  • Cronogramas o diagramas de Gantt.

  • Árbol de decisión (o árbol de problemas y solución).

  • Diagrama Causa – Efecto (Diagrama de Ishikawa).

  • Diagrama de Pareto.

  • Técnica de la matriz FODA .

  • PERT (Proyect Evaluation and Review Technique) .

  • CPM (Crithical Path Method)

LOS PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA

Los procedimientos de auditoría representan actos que se realizan durante el curso de un examen mediante la aplicación de técnicas apropiadas. Un método o plan de acción usado para determinar la validez de los principios y normas.

Es un conjunto de técnicas de aplicación simultánea o sucesiva de hechos o circunstancias, es decir, aspectos específicos de una auditoría (técnicas apropiadas para una determinada investigación), con el objetivo de obtener las evidencias de auditoría. Los procedimientos de auditoría son necesarios para el desarrollo de todo el proceso de auditoría.

LOS PROCEDIMIENTOS MÍNIMOS DE AUDITORÍA

Los principales procedimientos, considerados como mínimos que el departamento de auditoría debe tener en cuenta serían los siguientes:

 

 

 

Autor:

Enrique Ocampo Ramirez

 

[1] Brokerage (corretaje). Retribuci?n que percibe un corredor por el ejercicio de sus funciones de mediaci?n. Sin?nimo de comisi?n. Castelo Matr?n, Julio. Guardiola Lozano, Antonio, Diccionario MAPFRE de Seguros. Editorial MAPFRE S.A. Madrid. P?g. 104

[2] Art. 96 ? Ley N? 827/96.- Derecho y obligaciones de los corredores de reaseguros. Corredor de reaseguros es la persona natural o jur?dica debidamente autorizada que act?a en los negocios y contratos de reaseguros como intermediario, entre las empresas aseguradoras y reaseguradoras, percibiendo una comisi?n por sus servicios

[3] Art. 97 ? Ley N? 827/96.- El corredor de reaseguros prestar? asesoramiento t?cnico a sus clientes, obtendr? coberturas adecuadas a los intereses de los mismos y actuar? dentro de las normas legales y ?ticas que regulan el funcionamiento del reaseguro

[4] La nota de ?internacionalidad? del contrato de reaseguros, causa final de la funci?n del Corredor de Reaseguros, esta determinada por cuanto la generalidad en la transacci?n mercantil, importa la vinculaci?n de sujetos situados en distintas jurisdicciones, as? como porque el objeto las m?s de las veces termina excediendo la jurisdicci?n e involucrando legislaciones y pr?cticas de distintos pa?ses. Esta caracter?stica resume ?sustancial importancia? avalando la preeminencia de las ?condiciones y principios universales del reaseguro? que informan esta actividad mercantil, como rasgo singular y causa eficiente de la pervivencia del mismo. Tanto en la operativa como en la resoluci?n de conflictos suscitados en su seno. Ver Perucchi, Hector. Lopez Saavedra, Domingo. ?El Contrato de Reaseguros?. Editorial La Ley S.A. Buenos Aires ? 1999, P?g. 20.

[5] Perucchi, Hector. Lopez Saavedra, Domingo. Ob. cit, pag. 153.

[6] Art. 669 ? C?digo Civil Paraguayo: ?Los interesados pueden reglar libremente sus derechos, mediante contratos, observando las normas imperativas de la Ley, y en particular, las contenidas en este t?tulo y en el relativo a los actos jur?dicos?. Principio de la Libertad Contractual y de la Autonom?a de la Voluntad.

[7] Arts. 96 al 99 / Ley n? 827/96 y resoluciones reglamentarias [Resoluci?n n? 15/96 (24.06.96), Resoluci?n SS.RG. N? 11/97 (23.06.97); Resoluci?n SS.RG. N? 3/98 (14.04.98)], en atenci?n a lo dispuesto en el art. 61 incs. b) y m) de la Ley n? 827/96

ALGUNAS DEFINICIONES

?Autoridad de Control / Administrador

Superintendencia de Seguros [cap?tulo ?nico. Definiciones. inc. a)]

autoridad de control de la actividad aseguradora y reaseguradora (arts. 1, 56, y concs.)
tendr? las atribuciones que determina esta ley (arts. 56, 61 y concs.),
depender? del Directorio del Banco Central del Paraguay, pero gozar? de autonom?a funcional y administrativa en el ejercicio de sus funciones.
direcci?n de la SIS : Superintendente de Seguros. Designaci?n: Poder Ejecutivo de una terna de candidatos presentada por el directorio del BCP. Mandato: 5 a?os reelegible.

De los sujetos de control / administrados

Asegurador: Toda empresa o sociedad debidamente autorizada por la Autoridad de Control para dedicarse a la contrataci?n de seguros y reaseguros, y sus actividades consecuentes
[cap?tulo ?nico. Definiciones. Inc. h) – arts. 3, 6, 5 y conc.]

Agente, productor o corredor de seguros: Toda persona natural o jur?dica que sea autorizada como tal por la Autoridad de Control que intermedie en la contrataci?n de seguros
[cap?tulo ?nico. Definiciones. Inc. j) , arts. 70, 71, 72 y sgtes.]

Liquidador de siniestros: Toda persona natural o jur?dica que sea autorizada como tal por la Autoridad de Control y que como profesional independiente, por honorarios, investigue y determine las valuaciones de los da?os ocasionados por siniestros y negocie el acuerdo de las reclamaciones que surjan de la ejecuci?n de contratos de seguros
[cap?tulo ?nico. Definiciones. Inc. k) – ]

De los sujetos de control / administrados

Reasegurador: Toda empresa o sociedad debidamente autorizada para dedicarse exclusivamente a la contrataci?n de reaseguros, y sus actividades consecuentes
[cap?tulo ?nico. Definiciones. Inc. i) – art. 91 ? 95]

Corredor de reaseguros: Toda persona natural o jur?dica debidamente autorizada, que act?a en los negocios y contratos de reaseguros como intermediario entre las empresas de seguros y las reaseguradoras, percibiendo una comisi?n por sus servicios
[cap?tulo ?nico. Definiciones. Inc. l) – arts. 96 ? 99]

De los sujetos de control / administrados

Auditores externos. Coadyuvantes del control.

Art. 61 inc. o) ? registro de auditores conc. art. 32

actividades asimilables al negocio asegurador.

Actividades comprendidas. El ejercicio de la actividad aseguradora y reaseguradora en cualquier lugar del territorio de la Rep?blica est? sometido al r?gimen de la ley 82796 y al control de la autoridad creada por ella (SIS). Art. 1.-
Alcance de la expresi?n seguro. Cuando en esta ley se hace referencia al seguro, se entiende comprendida cualquier forma o modalidad de la actividad aseguradora, conforme a su definici?n en el inc. c) del Cap?tulo Unico, incluido el reaseguro. Art. 2.
Inclusi?n dentro del r?gimen de la ley. La Autoridad de Control incluir? en el r?gimen de esta ley y estar?n sometidos a ella quienes realicen operaciones asimilables al seguro cuando su naturaleza o alcance lo justifique. Art. 5?.-

Caso de los ?seguros m?dicos? – controversia

TECNICAS DE SEGUROS
El Contrato de Seguro

El contrato de seguro es aquel por el que una persona -el Asegurador- se compromete a indemnizar a otra -el Asegurado- las p?rdidas que ?ste sufra a consecuencia de determinado evento, a cambio de una cantidad pagada regularmente llamada PRIMA. El documento que contiene y regula las relaciones entre Asegurador y Asegurado recibe el nombre de P?LIZA.

Para que exista un contrato de seguro debe haber, en primer lugar, una solicitud (propuesta) del Proponente al Asegurador, que es libre de aceptarla o rehusarla. Una vez que la oferta ha sido definitivamente aceptada, se redacta la p?liza, que entra en vigor en la fecha en ella establecida y pagada la primera prima.

IMPORTANCIA DEL SEGURO

ECONOMIA PRIVADA: Sustituye sensaci?n de inseguridad. Permite emprender activ. de gran riesgo. Producido el da?o, indemnizaci?n permite rehacer la empresa.
ECONOMIA NACIONAL: Concentra parte del ahorro nacional. Permite continuar procesos productivos.
PARA EL CREDITO: Aumenta el cr?dito para las personas expuestas al riesgo. Ej.: Seg. de Inc. favorece el cr?dito hipotecario.
PARA LA COLECTIVAD: Compensaci?n gral. de los siniestros entre las personas.

Funci?n social

1. Libera los recursos econ?micos p/ reponer las p?rdidas de toda sociedad.

2. Promueve la creaci?n del ahorro.

3. Garantiza el cr?dito.

4. Contribuye a evitar siniestros.
5. Facilita el equilibrio social y el desarrollo de la colectividad.

Creaci?n del Ahorro
El asegurado compra una prima a la Empresa de Seguros, la misma invierta en forma de Inversiones en los Bancos, y ellas otorgan cr?ditos al P?blico en general.

COASEGURO
Existe coaseguro cuando dos o m?s entidades aseguradoras participan simult?neamente en la cobertura de un mismo riesgo, cubriendo cada una de ellas una parte o cuota del mismo.

Cada coaseguradora s?lo responde por la participaci?n que ha asumido. (Excepci?n Ley 2051 ?De Contrataciones P?blicas?)
El coaseguro puede ser de p?liza ?nica o de p?lizas separadas.

CONDICIONES: ?1. CUANTIFICABLES: No se puede cuantificar el sufrimiento que causa el incendio del propio hogar, pero s? el valor de la p?rdida econ?mica, por lo que solo se puede asegurar esta ?ltima

2. ASEGURABILIDADEl Asegurador basa toda su actividad en el conocimiento del riesgo. Ese conocimiento lo obtiene a trav?s del c?lculo de probabilidades, que permite, mediante m?todos estad?sticos, determinar con bastante exactitud el grado de probabilidad de que ocurra un suceso (siniestro) entre un gran n?mero de casos posibles (riesgos).

Condiciones:3. PREDECIBLES: Es decir, que se trate de p?rdidas de las que se tenga suficiente experiencia por haberse producido en gran n?mero de casos semejantes.4. MENSURABLES: Que puedan ser evaluadas mediante los mecanismos de tasaci?n del asegurador, aunque en muchos casos ello constituya una operaci?n compleja que solo personas muy expertas (peritos) pueden resolver.

CARACTERES Y PRINCIPIOS BASICOS DEL CONTRATO DE SEGUROS

El contrato de seguros es bilateral, consensual, aleatorio, oneroso, y por sobre todo de Adhesi?n: ya que una de las partes fija las cl?usulas y la otra las acepta.
El contrato de seguros, genera obligaciones rec?procas, b?sicamente, del asegurado la obligaci?n del pago de la prima y del asegurador es la indemnizaci?n y/o reparaci?n (Seguro de Da?os) y garantizar la obtenci?n de un capital o una renta

OBJETO: El contrato de seguros tiene por objeto la compensaci?n del perjuicio econ?mico experimentado por un patrimonio a consecuencia de un siniestro.
FUNCION: indemnizatoria

PRINCIPIO B?SICO: Buena Fe – m?xima honestidad.

Bajo este principio tanto el asegurado como el asegurador tienen que obrar s?lo con la verdad; el primero describiendo o exponiendo el riesgo tal cual es, sin eludir ni ocultar nada, a fin de que el asegurador ? al apreciarlo debidamente ? lo cubra con equidad, siendo obligaci?n de ?ste obrar con buena fe tambi?n en la atenci?n del siniestro.

OTROS PRINCIPIOS

Principio de mutualidad: ?Las p?rdidas de pocos son cubiertas por la contribuci?n de muchos?
Principio de indemnizaci?n: El seguro no es para ganar, el seguro es para no perder, el lucro no es su objeto, sino la reparaci?n o indemnizaci?n del da?o sufrido.
Principio de inter?s asegurable: seg?n este principio, no puede asegurarse ning?n evento incierto que no cause da?o o p?rdida si tal evento ocurre.

OTROS PRINCIPIOS
Principio de mutualidad: ?Las p?rdidas de pocos son cubiertas por la contribuci?n de muchos?
Principio de indemnizaci?n: El seguro no es para ganar, el seguro es para no perder, el lucro no es su objeto, sino la reparaci?n o indemnizaci?n del da?o sufrido.
Principio de inter?s asegurable: seg?n este principio, no puede asegurarse ning?n evento incierto que no cause da?o o p?rdida si tal evento ocurre.

Principio de contribuci?n: en caso de que un mismo bien tenga dos o m?s coberturas, en aplicaci?n de los principios de indemnizaci?n y de inter?s asegurable, el resarcimiento de la p?rdida o da?o ser? efectuado por todos los aseguradores en proporci?n a los capitales por cada uno contratados, de modo que la contribuci?n no sobrepase la m?xima p?rdida sufrida por el asegurado

Principio de subrogaci?n: mediante este principio, el asegurador tiene el derecho de repetir contra un tercero responsable, si lo hay, el importe de la indemnizaci?n pagada, es decir, se subroga en los derechos del asegurado y recobra el valor de los da?os del causante responsable. Por la de este principio, el asegurador es tambi?n due?o de los recursos de robo, restos de salvamento o producto de la venta de ?stos.
REQUISITOS
Medio adecuado para eliminar, reducir, etc., los riesgos econ?micos.
Origen de la necesidad dependiente de la naturaleza.
Necesidad prevista, debe poder estimarse en dinero u otras prestaciones.
Amenaza al conjunto de la colectividad, recae en algunas y con diferente intensidad
Frecuencia basada en estad?sticas
CLASIFICACI?N

Seg?n la finalidad del servicio:
a) Seguro Social b) Seguro Comercial
Seg?n su origen hist?rico:
a) Mar?timo b) Terrestre c) A?reo
Seg?n la Ley 827/96
a) Elementales o Patrimoniales
b) Seguros de Vida (Con Rvas. Matem?ticas)
c) Seguros de Accidentes personales y de Salud

Clases de Seguros:

POR DURACI?N
Temporales: (Corto plazo, Ej. Cauci?n, Transporte, etc.
Anuales: Art. 1561 CC: se presume que la vigencia del seguro es de un a?o. Art. 1562: La responsabilidad comienza desde la 24Hs del d?a en que se inicia la cobertura y termina a las 24hs del d?a del plazo establecido, salvo pacto en contrario
A largo plazo: (Ej. Vida entera, Incendio Polianuales, etc)
POR NATURALEZA DEL RIESGO

Personales
a) Seguro de Vida
b) Accidentes Personales

Patrimoniales
a) Incendio b) Robo
c) Transporte
d) Autom?viles
e) Cauciones, etc.

Elementos del Seguro

Personales
Materiales
Formales

NATURALEZA TECNICA Y JURIDICA DEL REASEGURO
?A QUIEN PROTEGE?

AL ASEGURADOR ? CEDENTE
ES UN CONTRATO TOMADO POR EL EN SU PROPIO BENEFICIO
ES UN SEGURO DE RESPONSABILIDAD (cualquiera sea el ramo de que se trate)
CONSECUENCIAS DE ESTOS PRINCIPIOS

No beneficia a ning?n asegurado en particular
No existe relaci?n jur?dica ni acci?n entre asegurado y reasegurador y viceversa

Las operaciones de REASEGUROS ACTIVOS que realizan las empresas de seguros est?n reglamentadas por RESOLUCI?N SS.RG. N? 4/02 del 21 de febrero de 2002, en el que se autoriza a las empresas de seguros a celebrar contratos de reaseguros activos, sin acreditar el capital requerido por el art?culo 92 de la Ley N? 827/96 "De Seguros", hasta alcanzar un primaje neto de anulaciones del quince por ciento (15%) de las primas directas netas de anulaciones del ?ltimo ejercicio cerrado
La Ley N? 827/96 De Seguros establece que las remesas por siniestros provenientes de reaseguros beneficiar?n a los asegurados cuyos cr?ditos por esos siniestros se pagan y tendr?n preferencia sobre cualesquiera otros que se ejercieren en contra del asegurador, sin perjuicio de contribuir a los gastos de administraci?n de la liquidaci?n o quiebra.

CONDICIONES NECESARIAS PARA QUE EL SISTEMA DE SEGUROS FUNCIONE CON SOLVENCIA

Las operaciones de seguros, para ser correctamente desarrolladas precisan, necesariamente, sustentarse en determinados medios t?cnicos y financieros, sin los cuales la compa??a de seguros no podr?a ser proyectada hacia el futuro con las debidas garant?as de permanencia, equilibrio, estabilidad y solvencia, que permitan hacer frente a los compromisos contra?dos con los asegurados.

Tales medios t?cnicos y financieros son:

R?gimen de Capitales m?nimos y R?gimen de Inversiones.

M?todos de Tratamiento del riesgo (Selecci?n, an?lisis, evaluaci?n y compensaci?n).

La ciencia estad?stica (Ley de los Grandes N?meros y C?lculo de Probabilidades) y matem?tica actuarial.

El mecanismo de las Provisiones T?cnicas, cobertura de las mismas, margen de Solvencia y Fondo de Garant?a.

Sistemas de distribuci?n y homogeneizaci?n cuantitativo de los riesgos: Reaseguros y coaseguros.

Principios Generales que sustentan el seguro:

El seguro funciona como una instituci?n, que en su car?cter de intermediarios financieros, del inter?s individual amenazado, lo agrupa t?cnicamente para lograr una solidaridad impl?cita en el conjunto, que proporciona los medios necesarios para procurar el funcionamiento eficiente del sistema resarcitorio frente a la producci?n de da?os previstos. (Buena Fe, Mutualidad, Subrogaci?n, Indemnizatorio)

Pero la predicciones probabil?sticas no valen para cada individuo, sino que su validez se limita al comportamiento promedio de un universo o poblaci?n (conjunto de bienes, objetos, personas, etc.) homog?neo cualitativa y cuantitativamente, durante un suficiente per?odo de tiempo.

CONDICIONES NECESARIAS DEL SISTEMA

Gran n?mero de asegurados
Plazo del seguro suficientemente largo (Ej. Un a?o)
Valores a riesgo homog?neos (Ej entre US$ 50.000 y 100.000)
Calidad Homog?nea de los bienes cubiertos, en relaci?n con el riesgo de que se trate (Ej. Mobiliario de viviendas)
Riesgo espec?fico (Ej: robo)
Dispersi?n F?sica (Ej. Distintas ciudades)

LOS DESVIOS o DESEQUILIBRIOS

Variaciones c?clicas propias de los riesgos de la naturaleza (Huracanes, terremotos, inundaciones, etc) que afectan las frecuencias siniestrales de muchos ramos del seguro (Incendio, Robo, Transporte, etc.)
Desv?os seculares, permanentes y constantes, debido a cambios paulatinos de las condiciones ambientales que rodean la producci?n de hechos da?osos. Ej. Cambios tecnol?gicos, variaciones en las jurisprudencias de los tribunales, el alza de precios, etc.
La distribuci?n temporal de los siniestros (?pocas de calor).
La acumulaci?n en el espacio, es decir la simultaneidad de exposici?n a un determinado riesgo, de un gran n?mero de bienes asegurados, que pueden verse afectados en conjunto por un mismo siniestro catastr?fico (Terremoto, ca?da de un avi?n de pasajeros, incendio de un garaje, etc.)

HETEROGENEIDAD DE VALORES

Un ejemplo num?rico servir? para mostrar c?mo la heterogeneidad cuantitativa afecta la solvencia del sistema.

Partamos de la hip?tesis de contar con una cartera integrada por 1000 riesgos de igual calidad ? autom?viles de uso particular, por ejemplo – , que tengan igual valor unitario ? igual marca y modelo ? a los que corresponde la misma tasa de prima de tarifa y por ende igual prima de p?liza, por cubrirse el mismo riesgo en todos los casos (Incendio total, por ejemplo).

HETEROGENEIDAD DE VALORES

Entonces, tendr?amos los siguientes valores supuestos:

Cantidad de bienes asegurados:1.000
Valor Unitario: 5.000
Valor Total: 5.000.000
Prima de Tarifa: 1%
Prima de P?liza Individual: 50
Prima total recaudada: 50.000

HETEROGENEIDAD DE VALORES

Si hemos supuesto que la prima de tarifa es del 1%, podemos presumir que la prima pura contenida en ella ser?a aproximadamente del 0,6% (calculando un 0,4 % para gastos totales), con lo cual, si esta prima es correcta corresponde al autentico comportamiento siniestral, tendr?amos:

Cantidad de Siniestros
Perdidas totales: 6
Monto total a Indemnizar 30.000
Prima total recaudada: 50.000
Saldo para gastos y utilidades: 20.000

Veamos ahora la situaci?n tal como se presentar?a en el caso de valores heterog?neos de los bienes asegurados, como ser?a en el ejemplo dado que los 1000 autom?viles asegurados no tuvieran todos la misma marca y modelo.

Manteniendo los dem?s datos invariables, tendr?amos, entonces estas cifras.
?
Cantidad de bienes asegurados: 1.000
Valor Unitario: 900 de 2.500: 2.250.000
100 de 27.500: 2.750.000
Valor total: 5.000.000
Prima de tarifa: 1%
Prima de P?liza Individual: 900 a G. 25 = 22.500
100 a G. 275= 27.500
Prima total recaudada: G. 50.000

Suponemos constante el comportamiento siniestral, pero con dos alternativas: una que los 6 siniestros afecten riesgos de G. 2.500 y la otra que se produzcan sobre riesgos de G. 27.500 (como posiciones extremas que admiten todo tipo de combinaciones intermedias)

Los valores extremos entonces podr?an ser los siguientes:
?
Cantidad de Siniestros (p?rdidas totales): 6
?
Monto de la Indemnizaci?n total: Si c/u G. 2.500 = G. 15.000
Monto de la Indemnizaci?n total: Si c/u G. 27.500 = G. 165.000
?
Prima total recaudada G. 50.000
?
Saldos para Gastos y utilidad: 1er caso: G. 35.000 (Ganancia)
Saldos para Gastos y utilidad: 2do caso: G. ?115.000 (p?rdida)

EL REASEGURO
El reaseguro es una forma aseguradora de segundo grado, a trav?s de cuyas diversas modalidades las entidades aseguradoras procuran homogeneizar y limitar las responsabilidades a su cargo, para normalizar el comportamiento de la cartera de riesgos asumidos, por medio de la cobertura de los desv?os o desequilibrios que afecten la frecuencia, la intensidad, la distribuci?n temporal o la cuant?a individual, de los siniestros que se produzcan en la misma.

Es el seguro de las empresas aseguradoras.
Puede contratarse para cubrir
Los riesgos (cuota parte – excedente)
Para proteger el patrimonio de la aseguradora ( exceso de P?rdida)

CARACTERISTICAS DEL CONTRATO DE REASEGUROS

Bilateral
Oneroso
Aleatorio
De ejecuci?n continuada
Libre redacci?n (NO ADHESION)
Consensual
Internacional
Contrato de indemnidad patrimonial

Objetivos

Limita cuantitativamente las responsabilidades del asegurador asegurando su patrimonio.
Recorta lo desparejo.
Distribuye en el tiempo los desembolsos extraordinarios o limita las p?rdidas a valores precalculados.
Provee la capacidad financiera necesaria para lograr la viabilidad del sistema asegurador de manera solvente.
Cumple una funci?n de estabilizaci?n t?cnica y financiera de las entidades aseguradoras directas.?
Por tanto la cesi?n de riesgos por parte de las aseguradoras se sustentan en las siguientes razones:
-???????? SEGURIDAD
-???????? ESTABILIDAD
-???????? CAPACIDAD
-???????? AMORTIGUAR EL IMPACTO DE LAS CATASTROFES

VENTAJAS

Permite desarrollar negocios pr?cticamente sin limitaciones, aumentando la capacidad autom?tica de suscripi?n.

Otorga ventajas competitivas con relaci?n a otros aseguradores, aumentando las capacidades de suscripci?n y utilizando el prestigio internacional de ciertos reaseguradores.

De acuerdo a la modalidad del reaseguro, pueden constituir en un auxilio financiero.

Se aprovecha la experiencia operativa y t?cnica de los reaseguradores, a trav?s de la labor de orientaci?n y asesoramiento a sus cedentes.

Fomenta, promueve y desarrolla la aparici?n de nuevas coberturas de seguro directo, la investigaci?n tecnol?gica sobre causalidad siniestral y m?todos de prevenci?n.

Internacionalmente, equilibra los resultados de los mercados nacionales, permitiendo a su vez compensar los resultados de las carteras nacionales sujetos a riesgos propios de cada regi?n, ya sean producto de la naturaleza o de conducta social.

Respalda el progreso tecnol?gico moderno, protegiendo las cuantiosas inversiones. (Ej. Centrales Hidroel?ctricas, Nucleares, etc.)

Permite la cobertura de riesgos infrecuentes, especiales o peligrosos.

Riesgo cubierto

El reaseguro es un seguro de da?os patrimoniales, porque protege la integridad del patrimonio de su cedente, en la medida en que se ve afectado por la aparici?n de una deuda, de un Pasivo, constituido por la cuant?a de la indemnizaci?n que debe pagar a su asegurado siniestrado, por lo que el riesgo en este caso evidentemente es la aparici?n de la deuda y no el hecho generador de esa deuda.

El contrato de seguro y el de reaseguro son independientes y aut?nomos, pero el segundo est? subordinado al primero porque el seguro original y el riesgo cubierto, son presupuestos causales del reaseguro, ya que sin ellos no podr?a existir por falta de objeto, pues faltar?a inter?s asegurable por parte de su reasegurado.

Principio de Buena Fe

Exige Brindar todas la informaciones
No a la Reticencia
No al dolo o culpa grave.
De este principio devienen dos cl?usulas de uso corriente: ?Follow the fortune? y ?Errores u omisiones?
CRITERIOS DE SELECCION

REQUISITOS DE SELECCI?N – VIDA

Edad
Suma en Gs.
Requisitos B?sicos
Radiograf?a
Electrocardiograma
Laboratorio
Inf. Financiero

hasta 59 a?os
hasta 150.000.000
S
?
?
?
?

60 a 65 a?os
hasta 150.000.000
S + DST + EM
?
?
?
?

CRITERIOS DE SELECCI?N

AO = An?lsis qu?mico y microsc?pico de orina
DST = Declaraci?n de Salud Tradicional
ECG = Electrocardiograma en Reposo
EM = Examen M?dico
RX = Radiograf?a de T?rax o Espirometr?a
S = Solicitud de Seguro
ECGM = Electrocardiograma en esfuerzo (Ergometria)
H.I.V. = Test del Sida para sumas superiores a US$. 100.000
I.F. = Cuestionario Financiero a partir de US$. 200.000
L = Examen de Laboratorio: Hemograma, velocidad de sedimentaci?n globular, glucosa sangu?nea en ayunas, colesterol total con fracci?n HDL, triglic?ridos, bilirrubina, creatinina, GPT, GOT y Gamma GT, Ant?geno Prost?tico Espec?fico (para hombres mayores de 50 a?os)

Partes: 1, 2, 3
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