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Descentralización educativa en Perú



Partes: 1, 2, 3

Monografía destacada

  1. Introducción
  2. Descentralización
  3. Marco normativo y arreglos institucionales
  4. Regionalización
  5. Municipalización de la gestión educativa
  6. Las características del sistema educativo
  7. El Ministerio de Educación
  8. La Dirección Regional de Educación
  9. La Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL)
  10. La Institución Educativa
  11. Políticas educativas impostergables e indispensables 2011-2016
  12. La legislación educativa
  13. Política educativa
  14. Ley General de Educación
  15. Ley del profesorado 24029 y su modificatoria Ley 25212.
  16. Ley del sistema nacional de evaluación, acreditación y certificación de la calidad educativa. Ley Nº28740
  17. Conclusiones
  18. Bibliografía

Introducción

Nuestro trabajo de investigación "La descentralización Educativa" y " Legislación Educativa " son temas de interés nacional que buscan una mejora sustancial específicamente de los servicios educacionales, teniendo como base la Constitución, la ley general de la educación y ley orgánica de las municipalidades.

En el año 2002, en el Perú se dio inicio a un complejo proceso de descentralización política, administrativa y del gasto público, que incluyó la descentralización de los servicios educativos. En el camino se fue planteando tres enfoques paralelos de descentralización educativa, estos fueron: la regionalización, la municipalización y la autonomía escolar. Cada modelo ha avanzado por distintas vías y en distinta medida, evidenciando la necesidad de definir con mayor claridad, y sobre consensos más sólidos, el modelo de descentralización educativa para el Perú.

En nuestro país , la conformación de regiones o regionalización es el proceso aún en desarrollo mediante el cual se busca lograr la conformación de regiones como divisiones políticas del país, integradas para instruir Gobiernos Regionales con autonomía económica y política que permitan descentralizar la acción del Estado.

El crecimiento económico regional es el camino para lograr la descentralización, pues: a mayor producción y empleo más impuestos. A más impuestos mayor educación, salud, infraestructura y promoción del desarrollo. Si todo esto se logra, gobiernos regionales y locales ampliarán su base de legitimidad y apoyo.

Por otro lado, la municipalización de la gestión educativa constituyó una experiencia innovadora, creada para la conducción de los servicios educacionales en el ámbito jurisdiccional de un distrito, a cargo del órgano de gobierno local inmediato, la Municipalidad distrital. Para el éxito de esta gestión se requirió desarrollar formas de organización y operación adecuadas a las diferentes características y condiciones y aspiraciones de la población que mantengan la unidad del país, respetando su múltiple diversidad.

Sin embargo este programa de la Municipalización Educativa fracasó, debido a que las municipalidades no se encuentran debidamente preparadas ni equipadas para afrontar este reto en el ámbito educativo.

Descentralización

(Ley de Bases de la Descentralización – Ley Nº 27783)

La descentralización es un proceso a largo plazo (desde lo centralizado) y una forma democrática de organizar un país siguiendo un principio de participación colaborativa . Esto se da con el fin de buscar una mejora en la calidad y eficiencia del sistema. Con la descentralización las regiones podrán elegir su propio plan de desarrollo, priorizando sus necesidades.

La descentralización de un Estado puede ser política, administrativa y social y en distintos grados o niveles.

Características de la descentralización:

  • Transferencias de competencias desde la administración central a nuevos entes morales o jurídicos.

  • El estado dota de entidad jurídica al órgano descentralizado.

  • Se le asigna un patrimonio propio y una gestión independiente de la administración central.

  • El estado solo ejerce tutela sobre estos.

  • Se basa en un principio de autarquía(organización política y económica de un Estado fundada en el autoabastecimiento).

En el año 2002, en el Perú se dio inicio a un complejo proceso de descentralización política, administrativa y del gasto público, que incluyó la descentralización de los servicios educativos. En el camino se fue planteando tres enfoques paralelos de descentralización educativa, estos fueron: la regionalización, la municipalización y la autonomía escolar. Cada modelo ha avanzado por distintas vías y en distinta medida, evidenciando la necesidad de definir con mayor claridad, y sobre consensos más sólidos, el modelo de descentralización educativa para el Perú.

Durante el período en el que estas reformas fueron introducidas, no se ha observado una mejora significativa de los resultados educativos, aunque hay señales de que esto podría cambiar. En el 2008, el 16.9% de los estudiantes de segundo grado logró un nivel de desempeño suficiente en comunicación y el 9.4% lo hizo en matemáticas; resultados similares a los obtenidos en el 2004 (15.1% y 9.6%, respectivamente). Los resultados del 2009 revelan una mejora en los logros de aprendizaje (23.1% en comunicación y el 13.5% en matemáticas) en el 2010 se observa una mejora nunca antes vista sobre todo en comunicación (28.7% en comunicación y el 13.8% en matemáticas)

A pesar que los resultados que se obtienen siguen siendo bajos, parecen indicar que se ha logrado vencer algunos obstáculos.

Este reciente impulso en la mejora de los aprendizajes acompaña el tránsito de una etapa de descentralización centrada en procesos a otra etapa en la que se introduce la gestión centrada en resultados. En la primera etapa (2002-2007), el énfasis estuvo en el desarrollo de la normatividad y en la transferencia gradual de funciones y recursos a instancias subnacionales, bajo modelos paralelos de regionalización y municipalización. Pero esto se hizo sin redefinir sustantivamente las condiciones de la organización, financiación y gestión del sistema educativo. En contraste, la segunda etapa (2008-presente) está marcada por la introducción de cambios orientados directamente a incidir en la mejora de la calidad educativa, principalmente a través de la aplicación del enfoque de presupuesto por resultados en educación y el fortalecimiento de la autonomía escolar. Estos cambios fueron impulsados no sólo por el gobierno central sino también por los gobiernos regionales.

Pero si bien hay avances importantes que se están logrando en el ámbito educativo, estos no son suficientes para sostener la mejora de los aprendizajes hasta que todos los niños logren las competencias esperadas. Sobre la base de la evidencia internacional, el estudio concluye que se necesita asegurar ciertas condiciones en la organización, financiación y gestión del sistema educativo a fin de catalizar más efectivamente los beneficios potenciales de la descentralización. En particular, sugiere precisar el nuevo ordenamiento de responsabilidades asociado a la descentralización y asegurar las condiciones para su ejercicio eficaz.

Marco normativo y arreglos institucionales

La normatividad de la descentralización educativa está compuesta por dos marcos legales que descansan en enfoques diferentes:

*Las leyes asociadas a la descentralización política (la Ley de Bases de la Descentralización y sus leyes orgánicas) establecen que la provisión y gestión de los servicios educativos son competencias compartidas entre:

– Los gobiernos regionales

– provinciales y

– distritales.

*En contraste, la Ley General de Educación (LGE) define cuatro instancias de gestión educativa:

– El Ministerio de Educación (MED)

– La Dirección Regional de Educación (DRE)

– La Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL),

– La Institución Educativa (IE)

Esta diferenciación ambigua entre niveles de gobierno e instancias de gestión educativa dificulta la clara asignación de funciones. Las principales dificultades están en la definición de las responsabilidades a nivel local, pues existen algunas funciones que la LGE asigna a la UGEL y la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM) asigna al municipio.

Además, varias funciones educativas claves son compartidas por dos o más niveles de gestión. Este es el caso de la contratación y promoción de docentes, la diversificación curricular, la capacitación docente, la innovación pedagógica, la alfabetización, la infraestructura, el financiamiento y el fortalecimiento de la gestión descentralizada. Si bien esto permite sumar esfuerzos en varios frentes, también dificulta la tarea de determinar quién es el responsable final por del mejoramiento de la calidad de los servicios educativos, y genera algunas duplicidades. La clarificación de la organización del sector educación y las funciones de las diferentes instancias de gestión depende de la Ley de Organización y Funciones (LOF) y su matriz de responsabilidades.

Ministerio de educación:

Regionalización

(Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley N° 27783)

El Gobierno Regional, es un organismo de gobierno descentralizado. La cual tiene autonomía política, administrativa y económica, dentro de la ley. Esta ejerce sus atribuciones de carácter unitario, representativo y descentralizado del gobierno.

La finalidad del Gobierno Regional, es lograr el desarrollo integral y dinámico de la región, con la participación de la población, amparados en la Constitución, la ley y los Planes Nacionales de Desarrollo.

Cada región está constituido por sus provincias los cuales están dentro de su Región, así mismo esta región está constituido por sus distritos, pueblos jóvenes, asentamientos humanos, comunidades, anexos etc.

GOBIERNOS REGIONALES

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Los Gobiernos Regionales, Desde el 01 de enero del 2003, iniciaron su funcionamiento. El cambio de autoridades se realiza cada cuatro años, eligiéndose un Presidente Regional, un Vicepresidente y Consejeros Regionales, como mínimo uno por provincia.

Durante el Gobierno del presidente Alejandro Toledo se eligen por votación popular los 25 Gobiernos Regionales que tiene actualmente el Perú. Estos están basados geográficamente en los 24 departamentos y la provincia constitucional de Callao, y que a partir de ello, tanto las CETARES como el Ministerio de la Presidencia quedan completamente desactivadas. A partir de las elecciones municipales y regionales en el año 2002, se inician nuevas reformas para enrumbar una nueva república descentralista.

Las funciones del Gobierno Central debían ser la de Seguridad, Defensa Nacional, Estabilidad Económica, promoción del desarrollo del empleo, etc. Al Gobierno regional le tocaba el rol fundamental de promover el desarrollo mediante grandes proyectos de infraestructura. Además debe ser la institución impulsora del desarrollo de la región atrayendo a capitales extranjeros. Finalmente la labor de los Gobiernos Locales debían ser los servicios y la preocupación por programas sociales, llámese salud, educación, etc.

LOS BENEFICIOS INTEGRACIÓN REGIONAL

Entre los beneficios que tiene la integración regional mencionaremos las más resaltantes:

  • Mejoramiento y agilidad en la parte administrativa

  • Concentración, apoyo a los campesinos

  • Eliminación del centralismo para dar paso hacia la reforma descentralista.

  • Proyectos mancomunadamente entre las autoridades de la región

  • Rapidez y mejor acceso a las provincias

  • Promover los PYMES

  • Modernizar la educación

  • Unión entre provincias, integrantes de la región

  • Aprovechamientos de los recursos de las provincias

DESACIERTOS DE LA INTEGRACIÓN REGIONAL

La integración regional así como tuvo sus beneficios también tuvo sus daños:

  • se observó que los Gobiernos Regionales no cumplieron con sus labores de ser promotoras del desarrollo convirtiéndose en organizaciones burocráticas que administran los recursos otorgados por el Ejecutivo.

  • Huelgas, paros, etc.

  • Politización de la región

  • Incumplimiento de los acuerdos.

  • Fracasos administrativos por parte de las autoridades.

  • Desintegración poblacional.

  • Improvisación, apresuramiento.

REFERÉNDUM SOBRE LA INTEGRACIÓN REGIONAL

El 30 de octubre del 2005 se realizó el referéndum por la integración regional, con la participación masiva de más de 7 millones de peruanos. Los resultados parciales de la ONPE nos indican que en 15 de los 16 departamentos ha ganado el voto por el no, con excepción de Arequipa. La consecuencia de esta orientación del voto es que este año 2005 no se conformarán regiones, sobre la base de la integración de dos o más departamentos contiguos. Esto en principio trajo consigo que en noviembre del 2006 se eligieran nuevamente 25 gobiernos departamentales, con las mismas limitaciones que siempre hemos observado (precariedad en presupuesto, autonomía, estructura de poderes, votación electoral, entre otros) con sus consecuencias en la construcción de una efectiva gobernabilidad democrática

El referéndum se realizó en un escenario confuso debido a las deficiencias en la información, tardía por cierto, sobre las ventajas y limitaciones de la integración regional y el propósito específico de la consulta popular vía referendo; por los vacíos normativos generados por el propio Congreso de la República.

Los motivos del "NO", opinión mayoritaria que retrasa el proceso de descentralización, deberán ser estudiados en profundidad. Pero el NO esconde una diversidad de motivos que no necesariamente reflejan una posición de rechazo a la necesidad de realizar la integración regional o la descentralización.

En buena medida el "NO" viene a reflejar en algunos casos un voto de protesta porque los gobiernos regionales no consultaron las propuestas de expedientes técnicos, en otros es reflejo del temor a "perder el canon y regalías", en otros "rechazo a la supuesta selección de la sede regional". En no pocos casos ha sido también reflejo de la desaprobación de la gestión de los presidentes regionales y del propio Presidente de la República, que con sus inapropiadas declaraciones puso en evidencia la escasa importancia que su Gobierno ha otorgado a la integración regional.

La principal responsabilidad en los defectos de conducción de la descentralización y en los vacíos normativos es del Poder Ejecutivo y en particular del Consejo Nacional de Descentralización (CND), que entre otras inacciones no presentó oportunamente el Plan Nacional de Regionalización y no fue capaz de implementar una estrategia de comunicación con más anticipación. Pero el Congreso de la República es también corresponsable, por la ineficiencia en el desempeño de sus roles de representación, de normatividad y de fiscalización.

VENTAJAS DE LA DE REGIONALIZACIÓN

Municipalización de la gestión educativa

(Ley Orgánica de las Municipalidades – Ley N° 27972)

La Municipalización de la gestión educativa constituyó una experiencia innovadora, creada para la conducción de los servicios educacionales en el ámbito jurisdiccional de un distrito, a cargo del órgano de gobierno local inmediato, la Municipalidad distrital en el ámbito de la descentralización educativa.

La municipalización de la gestión educativa requería.

  • Desarrollar formas de organización y operación adecuadas a las diferentes características condiciones y aspiraciones de la población.

  • Crear y adecuar instrumentos, herramientas y procedimientos eficientes.

  • Demanda investigar y revalorar experiencias para construir propuestas diferentes que mantengan la unidad del país, respetando su múltiple diversidad.

  • Se propuso un plan piloto para la municipalización de la gestión educativa que se elaboró en atención a los lineamientos de política vigentes y buscó generar modelos de gestión educativa que estimulen y orienten el accionar de las municipalidades distritales y las instituciones educativas. Este plan piloto involucró solamente los niveles de inicial y primaria en departamentos de la costa, sierra y selva, norte, centro y sur del país.

FUNCIONES QUE TENÍAN LAS MUNICIPALIDADES:

  • Ejecutar la contratación del personal docente y administrativo.

  • Diseñar y ejecutar el Proyecto Educativo local.

  • Conducir la diversificación curricular incorporando contenidos de su realidad.

  • Construir, equipar y mantener la infraestructura de los locales escolares de su jurisdicción.

  • Apoyar la creación de redes educativas.

  • Promover y ejecutar los programas de alfabetización en coordinación con el Gobierno Regional.

  • Crear y sostener centros culturales (bibliotecas y talleres de arte), deportivos y recreacionales.

  • Implementar sistemas de capacitación docente.

  • Impulsar la implementación del Centro de Capacitación Docente.

  • Ejercer las funciones establecidas en el Artículo 82 de la Ley Orgánica de Municipalidades.

  • Vincular los objetivos de la educación con los planes de desarrollo nacional, regional y local.

  • Controlar la asistencia del personal de las Instituciones Educativas, el cumplimiento de las horas efectivas de atención educativa, el avance del desarrollo curricular.

  • Distribuir el material educativo que proporcione el Ministerio de Educación, y dotar de otros complementarios a las Instituciones Educativas, garantizando su utilización adecuada.

  • Mejorar la cobertura educativa, disminuir los indicadores de deserción y repitencia y superar progresivamente los índices de eficiencia, inclusión, retención y calidad en su jurisdicción.

  • Descontaminar física y socialmente las áreas próximas a las Instituciones Educativas, logrando espacios saludables y libres de delincuencia y tráfico de drogas.

  • Establecer una cultura de evaluación de resultados de la educación y una política de transparencia y rendición de cuentas en la gestión de las Instituciones Educativas.

  • Autorizar pagos y descuentos de las planillas de docentes y administrativos de las Instituciones Educativas.

  • Conducir el proceso de concurso para la selección de directores de las Instituciones Educativas.

  • Rendir cuentas de la gestión educativa anualmente.

FIN DE LA MUNICIPALIZACIÓN

El actual presidente del Consejo de Ministros, Salomón Lerner Ghitis, anunció que se pondrá fin al actual Plan Piloto de Municipalización de la educación.

Durante su exposición ante el Pleno del Congreso  adelantó sobre, la reorganización del sistema educativo peruano para tener un ministerio como "ente rector y orientador de políticas",  articulado con la gestión descentralizada del aparato educativo a nivel regional.

Precisó que en el marco de la "revolución educativa" el Gobierno implementará el Proyecto Educativo Nacional al 2021.

Manifestó que aspiramos a que todos nuestros niños, niñas y jóvenes estudiantes alcancen los aprendizajes que les permitan construir su propio futuro y ser buenos ciudadanos. Agregó, que para poder cumplir este objetivo se pasará, en los próximos 5 años, del 3 al 6 % del Producto Bruto Interno (PBI) como presupuesto educativo.

Salomón Lerner Ghitis, manifestó que se priorizará el desarrollo efectivo del nivel de Educación Inicial, "históricamente descuidado", señalando que la razón de esta atención se encuentra en que las graves deficiencias en este nivel son una de las causas fundamentales de los bajos rendimientos en las siguientes etapas de la vida escolar lo que genera problemas para una adecuada inserción en el mundo del trabajo y en la vida ciudadana.

En otro momento, indicó que el Gobierno se compromete a avanzar en la universalización de la educación inicial en la etapa de jardín, de 3 a 5 años, y asimismo, en potenciar la creación de una red de cunas públicas y programas con las familias a nivel nacional, para atender a la población de 0 a 3 años, donde el servicio es muy reducido. Para ello, el programa Cuna Más, una de las grandes prioridades del actual gobierno, constituirá una avanzada en este sentido.

Así mismo, aseguró, que no se puede seguir aceptando que sólo el 7,6 % de los niños de las escuelas rurales aprendan a leer y escribir en segundo grado de primaria, tras señalar que al finalizar el quinquenio  este porcentaje será de no menos del 40%.  Para afrontar este problema – agregó- que el Gobierno se compromete a la total reorganización de la educación rural, que permita: Maestros con formación especializada y acompañamiento pedagógico en el aula, Centro de Recursos para servir a una Red de escuelas multigrado y renovación progresiva de la infraestructura.

Las características del sistema educativo

La concepción actual de la educación dada por La Ley General de Educación de Educación N° 28044, se inspira en los principios de la democracia social, garantizando a toda persona el derecho en el país a lograr una educación que contribuya a su desarrollo integral. La Constitución Política señala: "La Educación tiene como fin el desarrollo integral de la personalidad. El Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza».

Los objetivos de la educación en el Perú están orientados a:

  • Brindar una educación integral a los educandos.

  • Procurar como tarea principal la superación del analfabetismo.

  • Impulsar una mayor integración cultural latinoamericana.

  • Contribuir a la construcción de una sociedad más democrática.

INSTANCIAS DE GESTIÓN EDUCATIVA DESCENTRALIZADA EN EL PERÚ

Las instancias de gestión educativa descentralizada en el Perú son cuatro:La Ley 28044 Ley General de Educación, publicada el 29 de julio de 2003, fija en su artículo 65º cuatro "instancias de gestión educativa descentralizada". La misma Ley precisa y tipifica el carácter de cada una de ellas:

-Primera instancia: La Institución Educativa (IE), "la primera y principal instancia de gestión" (artículo 66)

– Segunda instancia: La Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL), "instancia de ejecución descentralizada del Gobierno Regional con autonomía en el ámbito de su competencia" (artículo 73).

- Tercera Instancia: La Dirección Regional de Educación (DRE), "órgano especializado del gobierno regional" (artículo 76)

-Cuarta instancia: El Ministerio de Educación (MED), "órgano del Gobierno Nacional" (artículo 79).

El Ministerio de Educación

El Ministerio de Educación, , es el sector del Poder Ejecutivo encargado de la educación en la nación. La actual Ministra de Educación es Patricia Salas.

TÍTULO I – DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1° Finalidad

El Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, ciencia y tecnología, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado.

Artículo 2° Contenido

El presente Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico-normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientada a contribuir al logro de su misión, visión, objetivos y metas establecidas por el Sector. Describe las funciones generales de la entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas estableciendo sus relaciones y responsabilidades.

Artículo 3° Alcances

El presente Reglamento de Organización y Funciones – ROF, establece la finalidad, competencias, estructura orgánica y funciones de las unidades orgánicas del Ministerio de Educación.

Artículo 4° Competencia

El Ministerio de Educación es el responsable de definir la política educativa y pedagógica nacional, preservar su unidad y mantener una relación técnico-normativa con las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada.

TÍTULO II – DE LA NATURALEZA JURÍDICA, VISIÓN, MISIÓN Y OBJETIVOS

Artículo 5º – Naturaleza jurídica.

El Ministerio de Educación es el organismo rector de las políticas y actividades del Sector Educación. Integra el Poder Ejecutivo y constituye un pliego presupuestal.

Artículo 6° – Visión

El Ministerio de Educación es el organismo rector que lidera una sociedad educadora con la participación y vigilancia de la sociedad civil, para garantizar una educación integral, pertinente y de calidad que contribuya al desarrollo pleno de las personas a lo largo de su vida. El Ministerio de Educación dispone de una eficiente y eficaz capacidad de gobierno sectorial en el nivel central y descentralizado e instrumenta políticas que aseguran a los niños y jóvenes de todo el país iguales oportunidades de acceso, permanencia y trato sin ninguna forma de discriminación, en un sistema educativo flexible, adecuado a las necesidades y exigencias de la diversidad y el logro de competencias básicas para que todas las personas se desenvuelvan social y laboralmente, tiendan a la creatividad e innovación, orienten su comportamiento por los valores democráticos, promueven el desarrollo humano integral y sostenible la justicia social y la cultura de paz, así como para que ejerzan el derecho a aprender en forma continua y con autonomía.

Artículo 7° Misión

El Ministerio de Educación tiene como misión, asegurar ofertas educativas pertinentes de calidad, sustentadas en el trabajo concertado con la sociedad civil y centradas en la formación integral de todos los peruanos, guiados con una perspectiva de interculturalidad, equidad, cohesión social y desarrollo humano sostenible, que permita formar personas capaces de desarrollar su identidad, autoestima y capacidades, e integrarse adecuada y críticamente a la sociedad, en armonía con su entorno.

Artículo 8º Objetivos

  • Fortalecer el desarrollo de una Educación Inicial de calidad con un enfoque de atención integral de los niños y niñas, de 0 a 5 años, tomando en cuenta la diversidad sociocultural, especialmente de aquellos y aquellas más vulnerables.

  • Asegurar que todos los estudiantes, especialmente aquellos más vulnerables y desfavorecidos, concluyan una Educación Primaria de calidad, que considere los aprendizajes correspondientes al nivel y una formación en valores.

  • Brindar a los adolescentes y jóvenes una Educación Secundaria y Técnico-Productiva de calidad, que satisfaga sus necesidades básicas de aprendizaje y formación en valores, que los prepare para la vida y el ejercicio de la ciudadanía.

  • Mejorar la calidad de la Educación Superior para que se ajuste a las necesidades del país y aporte a su desarrollo.

  • Mejorar la atención de las necesidades educativas de los niños, niñas y adolescentes con necesidades especiales asociadas a la discapacidad y por talento y condiciones excepcionales, bajo el enfoque de educación inclusiva.

TÍTULO III – FUNCIONES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Artículo 9º Funciones

Son funciones del Ministerio de Educación:

  • Definir, dirigir, regular y evaluar, en coordinación con las regiones, la política educativa y pedagógica nacional y establecer políticas específicas de equidad.

  • Formular, aprobar, ejecutar y evaluar, de manera concertada, el Proyecto Educativo Nacional y conducir el proceso de planificación de la educación.

  • Elaborar los diseños curriculares básicos de los niveles y modalidades del sistema educativo, y establecer los lineamientos técnicos para su diversificación.

  • Diseñar programas nacionales de aprovechamiento de nuevas tecnologías de información y comunicación, coordinando su implementación con las Instancias de Gestión Educativa Descentralizadas del Sector.

  • Organizar programas especiales de apoyo al servicio educativo que sirvan para compensar las desigualdades y lograr equidad en el acceso, procesos y resultados educativos. Se crean en función de la dinámica y necesidades sociales específicas.

  • Dirigir el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente del magisterio en coordinación con las instancias regionales y locales.

  • Dirigir el Programa Nacional de Investigación Educativa en articulación con las instituciones especializadas en la materia y con las Direcciones Regionales de Educación.

  • Definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del Sector e implementar la carrera pública magisterial.

  • Liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa.

  • Establecer un plan nacional de transparencia en la gestión que consolide una ética pública.

  • Implementar un sistema de información para la toma de decisiones estratégicas.

  • Coordinar con los organismos encargados de operar el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, los procesos de medición y evaluación de logros de aprendizaje en los términos establecidos por ley, así como su difusión.

  • Promover una evaluación formativa que motive el desarrollo integral del estudiante, de acuerdo a los principios y fines de la educación establecidos por la Ley Nº 28044, Ley General de Educación.

  • Asegurar, desde una perspectiva intersectorial en una acción conjunta con los demás Sectores del Gobierno Nacional, la atención integral de los estudiantes para garantizar su desarrollo equilibrado.

  • Fortalecer el funcionamiento de los Organismos Públicos Descentralizados del Sector y regular la relación de estos con el Ministerio de Educación.

  • Establecer los lineamientos básicos para garantizar la participación de la sociedad civil en la orientación y mejoramiento de la educación.

  • Concertar y promover la cooperación nacional e internacional técnica y financiera para el mejoramiento de la educación.

  • Las demás establecidas por Ley, así como las que sean necesarias para el mejor cumplimiento de sus fines y que no hayan sido asignadas a otras instancias o entidades.

La Dirección Regional de Educación

La Dirección Regional de Educación es un órgano especializado del Gobierno Regional responsable del servicio educativo en el ámbito de su respectiva circunscripción territorial. Tiene relación técnico-normativa con el Ministerio de Educación.

La finalidad de la Dirección Regional de Educación es promover la educación, la cultura, el deporte, la recreación, la ciencia y la tecnología. Asegura los servicios educativos y los programas de atención integral con calidad y equidad en su ámbito jurisdiccional, para lo cual coordina con las Unidades de Gestión Educativa Local y convoca la participación de los diferentes actores sociales.

FUNCIONES

Sin perjudicar o interferir en las funciones de los Gobiernos Regionales en materia de educación establecida en el artículo 47 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, corresponde además a la Dirección Regional de Educación en el marco de la política educativa nacional:

  • Autorizar, en coordinación con las Unidades de Gestión Educativas Locales, el funcionamiento de las instituciones educativas públicas y privadas.

  • Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto educativo de la región en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Locales.

  • Suscribir convenios y contratos para lograr el apoyo y cooperación de la comunidad nacional e internacional que sirvan al mejoramiento de la calidad educativa en la región, de acuerdo a las normas establecidas sobre la materia.

  • Identificar prioridades de inversión que propendan a un desarrollo armónico y equitativo de la infraestructura educativa en su ámbito, y gestionar su financiamiento.

  • Incentivar la creación de Centros de Recursos Educativos y Tecnológicos que contribuyan a mejorar los aprendizajes en los centros y programas educativos.

  • Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia.

EL ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN Y VIGILANCIA

El Consejo Participativo Regional de Educación, es una instancia de participación, concertación y vigilancia en la elaboración, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Regional. Está integrado por el Director Regional de Educación y representantes de docentes, universidades e Institutos Superiores, sectores económicos productivos, comunidad educativa local e instituciones públicas y privadas de la región.

La Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL)

La Unidad de Gestión Educativa Local, es una instancia de ejecución descentralizada del Gobierno Regional con autonomía en el ámbito de su competencia, es responsable del desarrollo y administración de la educación que se ofrece en las Instituciones y Programas Educativos de su ámbito jurisdiccional y depende de la Dirección Regional de Educación de Lima.(DRELM).

Mediante Decreto Supremo No. 12 – 86 – ED, se crean las Unidades de Servicios Educativos, como Órganos Desconcentrados del Ministerio de Educación, en reemplazo de las Direcciones Zonales de Educación y Supervisiones Educativas

Son finalidades de la Unidad de Gestión Educativa Local:

a) Fortalecer las capacidades de gestión pedagógica y administrativa de las instituciones educativas para lograr su autonomía.

b) Impulsar la cohesión social; articular acciones entre las instituciones públicas y las privadas alrededor del Proyecto Educativo Local; contribuir a generar un ambiente favorable para la formación integral de las personas, el desarrollo de capacidades locales y propiciar la organización de comunidades educadoras.

c) Canalizar el aporte de los gobiernos municipales, las Instituciones de Educación Superior, las universidades públicas y privadas y otras entidades especializadas.

d) Asumir y adecuar a su realidad las políticas educativas y pedagógicas establecidas por el Ministerio de Educación y por la entidad correspondiente del Gobierno Regional.

FUNCIONES

Las funciones de la Unidad de Gestión Educativa Local en el marco de lo establecido en el artículo 64 son las siguientes:

  • Contribuir a la formulación de la política educativa regional y la nacional.

  • Diseñar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo de su jurisdicción en concordancia con los Proyectos Educativos Regionales y Nacionales y con el aporte, en lo que corresponda, de los Gobiernos Locales.

  • Regular y supervisar las actividades y servicios que brindan las Instituciones Educativas, preservando su autonomía institucional.

  • Asesorar la gestión pedagógica y administrativa de las instituciones educativas bajo su jurisdicción, fortaleciendo su autonomía institucional.

  • Prestar apoyo administrativo y logístico a las instituciones educativas públicas de su jurisdicción.

  • Asesorar en la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto anual de las instituciones educativas.

  • Conducir el proceso de evaluación y de ingreso del personal docente y administrativo y desarrollar acciones de personal, atendiendo los requerimientos de la Institución Educativa, en coordinación con la Dirección Regional de Educación.

  • Promover la formación y funcionamiento de redes educativas como forma de cooperación entre centros y programas educativos de su jurisdicción, las cuales establecen alianzas estratégicas con instituciones especializas de la comunidad.

  • Apoyar el desarrollo y la adaptación de nuevas tecnologías de la comunicación y de la información para conseguir el mejoramiento del sistema educativo con una orientación intersectorial.

  • Promover y ejecutar estrategias y programas efectivos de alfabetización, de acuerdo con las características socio-culturales y lingüísticas de cada localidad.

  • Impulsar la actividad del Consejo Participativo Local de Educación, a fin de generar acuerdos y promover la vigilancia ciudadana.

  • Formular, ejecutar y evaluar su presupuesto en atención a las necesidades de los centros y programas educativos y gestionar su financiamiento local, regional y nacional.

  • Determinar las necesidades de infraestructura y equipamiento, así como participar en su construcción y mantenimiento, en coordinación y con el apoyo del gobierno local y regional.

  • Promover y apoyar la diversificación de los currículos de las Instituciones Educativas en su jurisdicción

  • Promover centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte así como el deporte y la recreación y brindar apoyo sobre la materia a los Gobiernos Locales que lo requieran. Esta acción la realiza en coordinación con los Organismos Públicos Descentralizados de su zona.

  • Identificar las necesidades de capacitación del personal docente y administrativo y desarrollar programas de capacitación, así como brindar facilidades para la superación profesional.

  • Formular proyectos para el desarrollo educativo local y gestionarlos ante las instituciones de cooperación nacional e internacional.

  • Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia.

  • Informar a las entidades oficiales correspondientes, y a la opinión pública, de los resultados de su gestión.

La Institución Educativa

La Institución Educativa tiene autonomía pedagógica, institucional y administrativa en el marco de las políticas y normas nacionales, regionales y locales. Su creación, en el caso de las instituciones educativas públicas, y la autorización de funcionamiento, en el de las privadas, corresponde a las Direcciones Regionales de Educación, en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local.

NIVELES EDUCATIVOS Y MODALIDADES

Los niveles del Sistema Educativo son graduales, conforme lo es el proceso educativo, con objetivos propios y en función de los diferentes estados de desarrollo de los educandos. Los niveles son cuatro:

  • Educación Inicial

  • Educación Primaria

  • Educación Secundaria

  • Educación Superior

Los niveles de Educación Primaria Y Educación Secundaria, en su aplicación y ejecución, están dados en cinco modalidades, según las características de los estudiantes y las condiciones Sociales, económicas y culturales del país. Estas modalidades son las siguientes:

  • De menores

  • De adultos

  • Especial

  • Ocupacional

  • A distancia

La Institución Educativa está bajo la conducción de su Director y este tiene las siguientes funciones.

  • Tomar las decisiones y acciones en materia pedagógica, institucional y administrativa de la educación.

  • Organizar la Institución Educativa.

  • Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el PEI y el Plan de trabajo.

  • Diversificar el currículo básico.

  • Organizar los equipos pedagógicos.

  • Definir los métodos de enseñanza -aprendizaje.

  • Definir las necesidades de capacitación del personal docente, administrativo y directivo.

  • Definir los recursos educativos (materiales educativos, textos y otros).

  • Elaborar su presupuesto.

  • Evaluar, conjuntamente con el CONEI, al personal docente y administrativo para su ingreso, ascenso y permanencia en el servicio.

  • Rendir cuentas y presentar informes de su gestión a la comunidad local.

  • Representar al CONEI ante el Consejo Educativo Municipal.

  • Hacer cumplir las horas efectivas de atención educativa y el avance del desarrollo curricular.

  • Viabilizar la participación de los padres de familia y comunidad en general en la gestión institucional y en los procesos educativos.

Políticas educativas impostergables e indispensables 2011-2016

(VI encuentro nacional de regiones)

Partes: 1, 2, 3

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