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Finanzas y el presupuesto público (página 2)



Partes: 1, 2

  • La formulación y seguimiento del Plan de la Nación, del Plan Operativo Anual y del Plan de Inversiones Públicas;

  • La propuesta de los lineamientos de la planificación del Estado y de la planificación física y espacial en escala nacional;

  • La coordinación y compatibilización de los diversos programas sectoriales, estadales y municipales;

  • La coordinación de las actividades de desarrollo regional;

  • La asistencia técnica a los órganos del Poder Público;

  • La asistencia técnica y financiera internacional;

  • La vigilancia y evaluación de los programas y proyectos de asistencia técnica que se ejecuten en el país;

  • La regulación, formulación y seguimiento de las políticas de la función pública;

  • La coordinación y administración del sistema integral de información sobre personal de la Administración Pública;

  • La regulación y formulación de las políticas de reclutamiento, selección, formación, evaluación, promoción, remuneración, seguridad social y egreso de los funcionarios públicos;

  • La supervisión y coordinación de las oficinas de personal de la Administración Pública Nacional, así como las competencias que le señale la Ley de Carrera Administrativa;

  • La evaluación de la gestión de recursos humanos de los órganos de la Administración Central y Descentralizada funcionalmente;

  • La modernización institucional de la Administración Pública Nacional, lo cual comprende el estudio, propuesta, coordinación y evaluación de las directrices y políticas referidas a la estructura y funciones en todos sus sectores y niveles, así como las propuestas, el seguimiento y la evaluación de las acciones tendentes a su modernización administrativa en general;

  • La realización de la evaluación de los resultados de la gestión de los organismos que integran la Administración Pública Nacional y su divulgación, particularmente la evaluación del desempeño institucional de los órganos de la Administración Central y Descentralizada funcionalmente y la formulación de los convenios que sean suscritos entre el Ejecutivo Nacional y los organismos sujetos a evaluación de sus resultados;

  • Las demás que le atribuyan las leyes y otros actos normativos. 

  • Ministerio de Finanzas

    Competencias del Ministerio de Finanzas:

    • La regulación, formulación y seguimiento de políticas, la planificación y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia financiera y fiscal;

    • La participación en la formulación y aplicación de la política económica y monetaria;

    • Lo relativo al crédito público, interno y externo;

    • El régimen presupuestario;

    • La regulación, organización, fiscalización y control de la política bancaria y crediticia del Estado;

    • La intervención y control de las actividades aseguradoras;

    • La regulación y control del mercado de capitales;

    • El régimen de registro, inspección y vigilancia de las cajas de ahorros, fondos de empleados y similares;

    • La Tesorería Nacional;

    • La recaudación, control y administración de todos los tributos nacionales y aduaneros;

    • La política arancelaria;

    • La contabilidad pública;

    • Las demás que le atribuyan las leyes y otros actos normativos.

    COMISIÓN PERMANENTE DE FINANZAS DE LA ASAMBLEA NACIONAL

    Funciones:

    Conocerá todo lo concerniente al presupuesto, crédito público, políticas financieras, monetarias y cambiarias, bancos y otros institutos de crédito, seguros, materia tributaria y otras de la misma índole, así como considerar el presupuesto de la Asamblea y supervisar su ejecución.

    Subcomisiones que la integran

    • Subcomisión de Descentralización Fiscal y Privatización

    • Subcomisión de Deuda y Crédito Público

    • Subcomisión de Política Financiera, Banca, Seguros y Coordinación Macroeconómica

    • Subcomisión de Política y Administración Tributaria

    • Subcomisión de Presupuesto

    • Subcomisión Especial Banco Central

    • Subcomisión Especial Código Orgánico Tributario

    Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT)

    El 21 de mayo de 1993

    Creación de Aduanas de Venezuela Servicio Autónomo (AVSA), como organismo sin personalidad jurídica, mediante Decreto Presidencial 2.937 de esa misma fecha, publicado en la Gaceta Oficial N° 35.216 del 21 de mayo 1993.

    Sustituye en ese momento a la Dirección General Sectorial de Aduanas del Ministerio de Hacienda.

    23 de marzo de 1994

    Creación del Servicio Nacional de Administración Tributaria (SENAT), como servicio autónomo sin personalidad jurídica, según Gaceta Oficial N° 35.427 del 23 de marzo de 1994.

    Esta dependencia sustituye a la Dirección General Sectorial de Rentas del Ministerio de Hacienda.

    El 10 de agosto de 1994

    Se fusionan Aduanas de Venezuela, Servicio Autónomo (AVSA) y el Servicio Nacional de Administración Tributaria (SENAT) para dar paso a la creación del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), según Decreto Presidencial N° 310 de fecha 10 de agosto de 1994, publicado en la Gaceta N° 35.525 de fecha 16 de agosto de 1994.

    El 1° de julio de 1994, entró en vigencia la Reforma Tributaria instrumentada por el Ejecutivo Nacional con fundamento en la Ley Habilitante de fecha 14 de abril de 1994, publicada en Gaceta Oficial N° 35.442 del 18 de abril de 1994. El proceso de fusión fue concebido como un proyecto de modernización orientado hacia un gran servicio de información con objetivos de incrementar la recaudación, actualizar la estructura tributaria nacional y fomentar la cultura tributaria, para fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones de los contribuyentes.

    Este nuevo Servicio responde a la fusión y reestructuración que en conformidad con el Artículo 226 del Código Orgánico Tributario, se propone el Ministerio de Hacienda a objeto de cumplir con la administración eficiente de los ingresos tributarios nacionales, no sólo de los tributos internos, sino también de los tributos aduaneros que hasta ese momento estaban siendo administrados por Aduanas de Venezuela, Servicio Autónomo (AVSA).

    Para normar el Servicio, es decir establecimiento de la organización, atribuciones y funciones, el Ministerio de Hacienda publica la Resolución N° 32 con fecha 24 de marzo de 1995, que establece el Reglamento Interno del SENIAT. Esta Resolución es publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 4.881 de fecha 29 de marzo de 1995.

    12 de Febrero de 2000

    La Resolución N° 32, fue reformada parcialmente en el año 2000, según publicación en Gaceta Oficial N° 36.892, del 12 de febrero del mismo año, en la cual se cambió el nombre de la institución a Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, incluyendo la palabra "Aduanera", y conservando las mismas siglas SENIAT; se crearon las Intendencias Nacionales de Aduanas y Tributos Internos, estableciendo sus atribuciones, entre otros.

    Finalmente en el año 2001, se decretó la Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, – la cual fue publicada en Gaceta Oficial N° 37.320 de fecha 8 de noviembre de 2001 – con el objeto de regular y desarrollar la organización y funcionamiento de la institución, estableciéndolo de igual forma, como un servicio autónomo sin personalidad jurídica, con autonomía funcional, técnica y financiera, adscrito al Ministerio de Finanzas.

    Naturaleza Jurídica

    En concordancia con la Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, publicada en la Gaceta Oficial No. 37.320 de fecha 8 de noviembre de 2001, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) es un servicio autónomo sin personalidad jurídica, con autonomía funcional, técnica y financiera, adscrito al Ministerio de Finanzas. Constituye un órgano de ejecución de la administración tributaria nacional, al cual le corresponde la aplicación de la legislación aduanera y tributaria nacional, así como, el ejercicio, gestión y desarrollo de las competencias relativas a la ejecución integrada de las políticas aduanera y tributaria fijadas por el Ejecutivo Nacional.

    Misión

    Recaudar con niveles óptimos los tributos nacionales, a través de un sistema integral de administración tributaria moderno, eficiente, equitativo y confiable, bajo los principios de legalidad y respeto al contribuyente.

    Visión

    Ser una institución modelo para el proceso de transformación del Estado Venezolano, de sólido prestigio, confianza y credibilidad nacional e internacional, en virtud de su gestión transparente, sus elevados niveles de productividad, la excelencia de sus sistemas y de su información, el profesionalismo y sentido de compromiso de sus recursos humanos, la alta calidad en la atención y respeto a los contribuyentes, y también por su contribución a que Venezuela alcance un desarrollo sustentable con una economía competitiva y solidaria.

    Objetivos Estratégicos

    • Incremento de la recaudación tributaria de origen no petrolero.

    • Modernización del sistema jurídico tributario.

    • Desarrollo de la cultura tributaria y, mejora de la eficiencia y eficacia institucional.

    Valores Corporativos

    Lealtad

    Asumir el trabajo con fidelidad ante la institución y a los principios que ella representa.

    • Vocación de servicio

    Actitud particular y especial ante lo público, asumir el compromiso de ayuda y apoyo a la organización y al país.

    • Integridad

    Obrar con estima y respeto por uno mismo y los demás, con apego a las normas sociales y morales.

    • Honestidad

    Integridad de la persona ante la defensa de los intereses institucionales, respeto de los valores del hombre y fortalecimiento de su conducta moral y social ante lo público.

    • Respeto

    Consideración y buen trato hacia los demás como imperativos fundamentales en las relaciones de trabajo.

    • Responsabilidad

    Asumir el cumplimiento de las actividades inherentes a las distintas funciones de manera eficaz y eficiente, como base para el compromiso cotidiano en el trabajo.

    • Excelencia

    El trabajo realizado será reconocido por su calidad superior, como expresión de la exigencia institucional y el mérito de los funcionarios.

    • Sentido de pertenencia

    Identificación plena con la filosofía y misión institucional, y con los valores de nuestra nación, convencidos de que la labor realizada forja a la institución como pilar básico de Venezuela, y refleja afecto de sus miembros hacia ella y el país.

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    Banco Central

    Definición y objetivos:

    El Banco Central de Venezuela en la Constitución Nacional en su Artículo Nro. 318. " Las competencias monetarias del Poder Nacional serán ejercidas de manera exclusiva y obligatoria por el Banco Central de Venezuela.

    El objetivo fundamental del Banco Central de Venezuela es lograr la estabilidad de precios y preservar el valor interno y externo de la unidad monetaria. La unidad monetaria de la República Bolivariana de Venezuela es el bolívar. En caso de que se instituya una moneda común en el marco de la integración latinoamericana y caribeña, podrá adoptarse la moneda que sea objeto de un tratado que suscriba la República.

    El Banco Central de Venezuela es persona jurídica de derecho público con autonomía para la formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia. El Banco Central de Venezuela ejercerá sus funciones de coordinación con la política económica general, para alcanzar los objetivos superiores del Estado y la Nación.

    Para el adecuado cumplimiento de su objetivo, el Banco Central de Venezuela tendrá entre sus funciones las de formular y ejecutar la política monetaria, participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria, regular la moneda, el crédito y las tasas de interés, administrar las reservas internacionales, y todas aquellas que establezca la ley".

    El Banco Central de Venezuela es la institución pública que tiene a su cargo el diseño y la conducción de la política monetaria del país. En dicha política se resume el conjunto de decisiones que adoptan las autoridades del Instituto con el propósito de regular la circulación monetaria, el tipo de interés y la disponibilidad de crédito de la economía. El campo de acción del banco central va más allá de la acuñación de monedas, impresión de billetes y de suministro de un adecuado volumen de dinero para el normal desarrollo de las transacciones económicas del país. Además de servir como banco de emisión, el BCV tiene a su cargo importantes funciones que lo definen como banco de reserva, bancos de bancos, banco del Estado, asesor económico del Gobierno Nacional para la formulación de objetivos, metas y estrategias de la política económica, asesor nacional en materia de crédito público, promotor de la coordinación entre las políticas monetaria, cambiaria y fiscal, además de servir como agente recopilador y difusor de información estadística sobre el desempeño económico del país.

    El banco central tiene en la política monetaria un instrumento de gran poder para contribuir al logro de los objetivos de la política económica global diseñada por el Gobierno Nacional, los cuales se pueden resumir en: crecimiento económico sostenido, elevado nivel de empleo, estabilidad de precios, balanza de pagos manejable y alto grado de bienestar de la población. Corresponde al banco central crear y mantener las condiciones monetarias, crediticias y cambiarias favorables a la estabilidad de la moneda, al equilibrio económico y al desarrollo ordenado de la economía, así como asegurar la continuidad de los pagos internacionales del país.

    Las acciones del banco central influyen sobre la masa monetaria en circulación, las reservas bancarias y la tasa de interés del mercado, las cuales son variables intermedias que afectan las decisiones de inversión, consumo, producción y la evolución de los niveles de precios, empleo y tipo de cambio. Es por esta vía que se transmite el impacto de la política monetaria sobre los principales agregados macroeconómicos.

    Funciones del Banco Central de Venezuela:

    Corresponde al Banco Central de Venezuela crear y mantener condiciones monetarias, crediticias y cambiarías favorables a la estabilidad de la moneda, al equilibrio económico y al desarrollo ordenado de la economía, así como asegurar la continuidad de los pagos internacionales del país. A tal efecto, tiene a su cargo:

    • Regular el medio circulante y en general, promover la adecuada liquidez del sistema financiero con el fin de ajustarlo a las necesidades del país.

    • Procurar la estabilidad del valor interno y externo de la moneda.

    • Centralizar las reservas monetarias internacionales del país y vigilar y regular el comercio de oro y de divisas.

    • Ejercer, con carácter exclusivo, la facultad de emitir billetes y acuñar monedas.

    • Regular las actividades crediticias de los bancos y otras instituciones financieras públicas y privadas, a fin de armonizarlas con los propósitos de la política monetaria y fiscal, así como el necesario desarrollo regional y sectorial de la economía nacional para hacerla más independientes.

    • Ejercer los derechos y asumir las obligaciones de la República de Venezuela en el Fondo Monetario Internacional, en todo lo concerniente a la suscripción y pago de las cuotas que le corresponda, a las operaciones ordinarias con dicha institución y a los derechos especiales de giro.

    • Efectuar las demás operaciones y servicios compatibles con su naturaleza de Banco Central.

    Fondo de Inversión y Estabilización Macroeconómica

    Creación

    Se crea un fondo de inversión sin personalidad jurídica adscrito al Banco Central de Venezuela, que se denominará Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica, cuyo objeto será procurar que las fluctuaciones del ingreso petrolero no afecten el necesario equilibrio fiscal, cambiario y monetario del País. La organización y funcionamiento del Fondo, se regirá por las disposiciones de este Decreto y su Reglamento.

    El Directorio del Banco Central de Venezuela fungirá como Directorio del Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica. El Directorio del Fondo ejercerá la suprema dirección del Fondo y en particular sus atribuciones serán las siguientes:

    • Velar por el cumplimiento del objeto del Fondo.

    • Aprobar el presupuesto anual de funcionamiento del Fondo.

    • Aprobar el informe anual de resultados del Fondo. Copia de dicho informe será remitido a la Asamblea Nacional dentro de los quince días siguientes a su aprobación.

    • Dictar las normas de funcionamiento interno del Fondo.

    • Aprobar los egresos de los recursos del Fondo en los casos previstos en este Decreto.

    • Establecer las políticas y criterios de inversión de los recursos del Fondo.

    • Las demás que sean necesarias para asegurar el buen funcionamiento del Fondo y el cumplimiento de su objeto.

    • Los recursos del Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica estarán constituidos por:

    • Los aportes que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4°, 5° y 6° de este Decreto, deberán hacer la República, las entidades estadales y Petróleos de Venezuela, S.A.

    • Los beneficios netos que se obtengan como producto de las operaciones que se realicen con los aportes referidos en el literal anterior.

    • Los beneficios netos que se deriven de la enajenación de sus bienes.

    • Los aportes extraordinarios que efectúe el Ejecutivo Nacional distintos a los previstos en este Decreto.

    El Ejecutivo Nacional deberá transferir al Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica los siguientes ingresos, una vez deducida la suma correspondiente al situado constitucional, la parte correspondiente que debe transferirse a los Estados de conformidad con la Ley de Asignaciones Económicas Especiales para los Estados Derivadas de Minas e Hidrocarburos y la porción de ingresos que conforme a la Ley Orgánica de Creación del Fondo de Rescate de la Deuda Pública de Venezuela debe destinarse a este último fondo:

    • Ingresos por impuesto sobre la renta causado en cabeza de los contribuyentes que se dedican a realizar las actividades contempladas en el artículo 9° de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, percibidos en exceso del promedio de dichos ingresos recaudados en los últimos cinco años calendario.

    • Ingresos por impuesto de explotación del petróleo y del gas percibidos en exceso del promedio de dichos ingresos recaudados en los últimos cinco años calendario.

    • Ingresos por dividendos decretados y pagados por Petróleos de Venezuela, S.A., recibidos en exceso del promedio de dichos ingresos en los últimos cinco años calendario.

    • Ingresos por impuesto sobre la renta causado sobre los ingresos que perciban Petróleos de Venezuela S.A. y sus empresas filiales constituidas o domiciliadas en Venezuela, derivados de las cuotas de participación pagadas por las compañías privadas precalificadas para participar en los procesos licitatorios para la apertura petrolera, de los bonos de desempate ofrecidos y pagados por las compañías ganadoras, de los bonos sobre la rentabilidad neta de los proyectos denominados "PEG" pagados en base al porcentaje ofrecido por los inversionistas y de cualquier otro similar.

    Ejercicios y casos

    Ejercicio 1

    Supóngase que Swizalandia, país africano, tiene un ingreso o utilidad neta de $100. La tasa de impuesto sobre la renta a cargo del estado es del 40%. Compare los rendimientos netos para un inversionista en $1.000 de obligaciones emitidas por una sociedad anónima que paguen intereses del 10% respecto a una inversión sobre el país que pudiera hacer en $1.000 de bonos del tesoro público que rindan un 6%.

    Las obligaciones, gasto público, habrán de permitir una mayor conservación de efectivo, considerando repercusiones mutuas en el emisor e inversionista, respecto a las acciones preferentes.

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    Ejercicio 2

    DISTRIBUCIÓN DEL GASTO PÚBLICO EN CAPITAL HUMANO DE VENEZUELA (1990-2000)

    La razón macroeconómica del gasto en capital humano (educación y salud) para Venezuela, durante el período considerado, fluctuó entre 2,89% en 1996 y 5,62% en 1992 y la razón de prioridad social se mantuvo en niveles bastante elevados, moviéndose entre el 39,9% en 1996 y el 59,3% en 1994. En 1998, esta razón registró un porcentaje de 52,1%. Sobre la base del concepto de "desarrollo humano", el PNUD recomienda, en general, alcanzar el valor del 50% para la razón de prioridad social y del 5% para la razón macroeconómica en capital humano.

    Ejercicio 3

    CÁLCULO DE INDICADORES DE GESTIÓN SOBRE EL PRESUPUESTO PÚBLICO

    DEL PERÚ DEL AÑO 2001

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    • (1) Es el resultado del promedio de las seis mediciones estipuladas.

    • (2) De las doce ediciones del Resumen Mensual del Mercado de Valores elaboradas hasta el mes de diciembre, son once las que han sido emitidas según la meta establecida.

    • (3) El proyecto culminó en diciembre de 2001, contando con la aprobación de la Gerencia General.

    • (4) Es el déficit en el que se ha incurrido desde enero hasta diciembre de 2001.

    • (5) El proyecto culminó en diciembre de 2001, contando con la aprobación de la Gerencia General.

    • (6) Mediante Resolución CONASEV N° 074-2001-EF/94.10 publicada el 22/12/2001 fue promulgado el Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras.

    Caso 1

    OTRA QUERELLA AL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

    El diputado Elias Mata (Causa Radical) introdujo otra querella ante el TSJ por el dinero que no se depositó en el Fondo de Inversión para Estabilización Macroeconómica, en este caso por los 698,8 millardos de bolívares que forman parte de la mitad del excedente de los ingresos petroleros percibidos por encima de $9 por barril en el tercer trimestre de 2001.

    El parlamentario explico que esta denuncia se suma a la que presento a la máxima instancia judicial por los 2,3 billones de bolívares que no se acumularon en el FIEM por el dinero que entro por las exportaciones de crudo en el cuarto trimestre de 2000 y en el primer semestre de 2001.

    El Contralor General de la República, Clodosbaldo Russián, evitó hacer cualquier declaración con respecto al caso, debido a que su despacho también realiza una investigación sobre el Fondo de Estabilización.

    El funcionario aseguró que esa averiguación está adelantada: "Tan pronto concluyamos, con el mayor gusto la vamos a enviar tanto a la Comisión de la Contraloría como a la Fiscalía General de la Republica".

    Russián prometió que "no quedará nada oculto". Aprovecho para negar que la ex tesorera Leyda Betancourt, que ahora trabaja en la contraloría este al frente de la investigación.

    Caso 2

    VENEZUELA, EL FONDO DE ESTABILIZACIÓN MACROECONÓMICA

    "…La diferencia entre el precio de la cesta venezolana y la meta de realización (venta) del petróleo establecido en el Presupuesto de la Nación es lo que alimenta el Fondo de Estabilización Macroeconómica. La idea es que esta diferencia se utilice nuevamente cuando las cotizaciones del crudo sean bajas y, de esta manera, resolver coyunturas de déficit fiscal…

    La Ley que regula el Fondo establece como condición que el excedente que se dé en la cesta petrolera debe ser igual o superior al promedio del precio de realización de los últimos cinco años (14,67 dólares por barril).

    Trimestralmente, el Banco Central de Venezuela y Pdvsa revisan el precio y si es igual o mayor que los últimos cinco años se depositan los recursos en el Fondo.

    En 1994, 1995, 1996, 1997 y 1998 el precio de realización para las exportaciones de hidrocarburos fue de 13,23, 14,84, 18,39, 16,32 y 10,57 dólares el barril, respectivamente…"

    Fuente:

    El Nacional – Viernes 9 de Abril de 1999 – Ana Díaz

    Caso 3

    LOS ANALÍSTAS NO CAMBIAN LOS PRONÓSTICOS, "EL DOLAR VA RUMBO AL INFINITO"

    Nada ha logrado cambiar los pronósticos de los economistas sobre la cotización del dólar para finales de año, ni siquiera con las intervenciones cada vez más frecuentes del Banco Central de Venezuela (BCV) en el mercado cambiario, ,en las cuales vende más divisas que el monto lijado para las subastas.

    Se esperaba que las intervenciones del ente emisor y la meta del tipo de cambio sugerida por Felipe Pérez, de 1.350 bolívares por dólar, no sólo enviaran una señal a los "especuladores" y a la opinión pública de que el actual directorio no está ayudando al ejecutivo a generar dinero inorgánico, procedente de una fuerte depreciación, sino que también cambiara la opinión de los expertos.

    Por estas razones se preveía que la marea bajara .y que la cotización del dólar retrocediera consistenternente, lo que podría hacer salir (le foco a los analistas que apuntaron una meta de cierre de la paridad cambiaria por arriba de los 1.300 bolívares por dólar, en nuestra anterior edición de El color del Dinero.

    "La proyección muestra continúa siendo absolutamente inamobibles para final de año", afirmó Luis Vicente León, director de Datanálisis. Añadió que "lo que ocurrió esa vez (las intervenciones) fue algo que ya esperábamos, más bien nos había extrañado que ellos-el BCV-hubieran permitido mayores desplazamientos y no hubieran intervenido antes. Sentíamos que era evidente que el Gobierno intentaría mostrar su disposición a no permitir devaluación excesiva por encima de lo que ellos consideran normal".

    Con base en sus pronósticos, Datanálisis no esperaría un tipo de cambio por encima de 1.500 bolívares sin una nueva intervención en el mercado, pues el Gobierno tiene todavía recursos suficientes para tratar de sostener la paridad por debajo de un nivel que consideren demasiado alto o excesivo.

    "yo creo que es muy difícil establecer un número porque las condiciones actuales de la política fiscal y su poca viabilidad hacen muy posible que tengamos niveles altos. Yo creo que nosotros deberíamos estar hablando, como mínimo, de un piso de 1.500 bolívares", prevé Francisco Rodríguez, jefe de la oficina de Asesoría Económica y Financiera de la Asamblea Nacional.

    Para otros economistas las últimas intervenciones las últimas intervenciones del BCV parecen enviar la señal de que por debajo de 1.400 bolívares es un nivel "deseado" o aceptable para el Gobierno.

    ¿ Que debe hacer el Banco Central de Venezuela?

    Algunos analistas creen que las medidas tomadas (o por tomar) por parte del BCV por enfrentar el ataque cambiario son simples pañitos calientes y que no podrá atacar el verdadero problema de fondo que es la ausencia de una política económica creíble, que merma la confianza de los inversionistas.

    "En mi opinión esas medidas son un insulto a la inteligencia. Eso fue lo mismo que cuando bajaron el tipo de cambio de bs.1000 a bs.850, porque como el resto de los condicionantes de la política económica son tan malos que el mercado lee eso muy claro. Entonces el BCV va a vender por unos días dólares baratos. Y la reacción del mercado es, hay que aprovechar", explicó Gustavo García, economista y profesor de la IESA.

    En tal sentido, Luis Vicente León cree que a medida que sube la cotización se reafirmará la percepción de que "en algún momento pudiera venir un control en la cuenta de capitales, que se instrumentaría a través de un control de las importaciones, con lo que eventualmente se reduce la salida de las divisas al mercado. Pero ¿Puede sostenerse en el Tiempo?, en mi opinión es imposible, esta es una estrategia que ellos intentaron la vez pasada y fracasó".

    Por su parte, el economista Orlando Ochoa comentó que "el resultado de esto puede ser explosivo en términos cambiarios. No tenemos claro hasta dónde puede llegar el tipo de cambio si el BCV se restringe a administrar reservas".

    Para el analista pareciera que el BCV no está dispuesto a plantearse una meta cambiaria pues su intención es la expansión monetaria a través del uso del FIEM y la misma devaluación.

    A este planteamiento también se añade que los mismo directores del instituto emisor explican que aún el gobierno no tiene una meta para la paridad. "Es muy difícil predecir hacia donde se dirigirá la moneda", señaló recientemente Domingo Maza Zavala, Director del BCV.

    Caso 4
    REFORMA TRIBUTARIA EXCLUYE OBSERVACIONES DEL OFICIALÍSMO

    La Reforma del Impuesto del Valor Agregado (IVA) que entregó el Ministerio de Finanzas a la Asamblea Nacional no incluye las observaciones que realizan los representantes del oficialismo.

    La propuesta prevé un incremento de la olicuota de 14.5% a 16%, así como la eliminación de las exenciones a alimentos como: mortadela, salchicha, jamón endiablado, mantequilla, azúcar, aceite y agua mineral no gaseosa embotellada.

    También se reduce las exenciones para el transporte aéreo nacional, entradas a espectáculos culturales y deportivos mayores a 2 unidades Tributarias, el consumo de electricidad cuando supere las 500 Kilovatios al mes y el servicio de agua mayor a 100 m3.

    El Presidente de la Comisión de Finanzas, Rodrigo Cabezas, insiste que la Reforma será aprobada en la primera discusión con los condicionamientos de la bancada oficialista. "Los diputados de la fuerza del cambio tienen sus observaciones que se están discutiendo en el interior de la bancada". Aunque varios parlamentarios del oficialismo han manifestado su desacuerdo con el incremento de la tasa y con la eliminación de algunas exenciones, Cabezas asegura que la reforma será aprobada con los votos del MVR. "Soy optimista, porque sigo la tendencia de Felipe Pérez".

    El Ejecutivo entregó el martes en la tarde la propuesta y se estima que hoy será repartida entre los parlamentarios, de manera que será la próxima semana cuando se realice la primera discusión. Según Cabezas se requerirán de sesiones extraordinarios para aprobar las modificaciones en el tributo.

    Los cambios en el Impuesto al Débito Bancario (IDB), que ya se aprobaron en primera discusión serán consultados con todos los sectores del próximo 25 de Julio.

    El Presidente de la Comisión expreso que cuando la administración de Rafael Caldera solicitó una reforma similar hizo objeciones debido a que no tenia visión global. "En estos momentos vemos lo global y lo estructural".

    Conclusiones

    • Dada una distribución de la riqueza, los ingresos o renta de cada una de las economías domésticas dependerán de las cantidades de recursos que posean, de la fracción de éstos que se venda en el mercado y de los precios que alcancen.

    • Las empresas públicas no financieras están separadas del sector gobierno general porque se dedican a actividades que difieren por su naturaleza de las actividades del gobierno y hacen frente a problemas de producción, costos y financiamiento que implican consideraciones diferentes de las que son propias al gobierno.

    • La elección del régimen cambiario está fuertemente supeditada a los resultados financieros del sector público; en tanto que la elección de los objetivos de la política monetaria debe sujetarse a las características del esquema cambiario vigente

    • Las instituciones públicas financieras de propiedad del gobierno son todos aquellos organismos que principalmente incurren en pasivos y adquieren activos financieros en el mercado, aceptan depósitos a la vista, a plazo o de ahorro y/o tiene función de autoridad monetaria.

    • La riqueza de un país es el conjunto de activos físicos, propiedad de las economías domésticas. El ingreso de un país en un período determinado es el producto de la utilización de recursos productivos durante ese período.

    • La distribución del ingreso de un país entre los distintos agentes económicos será el resultado no sólo de los ingresos libremente obtenidos por los distintos factores productivos, sino que también se verá fuertemente condicionada por la acción del sector público mediante el establecimiento de impuestos y subvenciones.

    Bibliografía

    • GITMAN, Lawrence J. (1997). Administración financiera básica. México: Editorial Harla. Séptima edición.

    • WESTON, J. Fred y COPELAND, Thomas E. (1995). Finanzas en administración. México: McGraw-Hill. Novena edición. Volumen I.

    • http://www.gestiopolis.com/recursos/documentos/fulldocs/eco/polmonve.htm

    • http://www.ocepre.gov.ve/que%20es%20onapre/que%20es%20la%20onapre.html

    • http://www.san-francisco.org/Comunitario/fiem.htm

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    • http://www.monografias.com/trabajos11/finpub/finpub.shtml

    • http://www.monografias.com/trabajos5/polifisc/polifisc.shtml

     

     

    Autor:

    Amador, Luis

    Bastida, Martha

    Fuentes, Rosbely

    Enviado por:

    Iván José Turmero Astros

    Monografias.com

    UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA

    "ANTONIO JOSÉ DE SUCRE"

    VICE-RECTORADO PUERTO ORDAZ

    DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA INDUSTRIAL

    ASIGNATURA: INGENIERÍA FINANCIERA

    PROFESOR: ING. ANDRÉS BLANCO

    Partes: 1, 2
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