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Ley de gestión integral de riesgos socionaturales y tecnológicos (Venezuela)




Enviado por Pablo Turmero



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    DISPOSICIONES GENERALES
    Objeto
    Esta Ley tiene por objeto conformar y regular la gestión integral de riesgos Socionaturales y tecnológicos, estableciendo los principios rectores y lineamientos que orientan la política nacional hacia la ejecución de las competencias concurrentes del Poder Público Nacional, Estadal y Municipal en materia de gestión integral.
    La Ley crea el consejo nacional de Gestión Integral
    Presidente de la Republica Secretaria Técnica del Consejo
    Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia

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    DISPOSICIONES GENERALES
    Gestión Integral de Riesgos
    Es un proceso orientado a formular planes y ejecutar acciones de manera conciente, concertada y planificada, entre los órganos y los entes del Estado y los particulares, para prevenir o evitar, mitigar o reducir el riesgo en una localidad o en una región, atendiendo a sus realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales y económicas.
    Alcance de la Ley
    Se circunscribe a los riesgos de carácter socionatural y tecnológicos, originados por la probabilidad de ocurrencia de fenómenos naturales o accidentes tecnológicos potenciados por la acción humana que puedan generar daños sobre la población y la calidad del ambiente.

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    DISPOSICIONES GENERALES
    Alcance de la Ley
    Serán supletorias:
    Norma Venezolana Covenin
    Organización Internacional para la Normalización (ISO)
    Tratados, Acuerdos, Pactos y Convenios Internacionales

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    DISPOSICIONES GENERALES
    Definiciones
    Amenaza. Probabilidad de que un fenómeno se presente con una cierta intensidad, en un sitio específico y dentro de un período de tiempo definido, con potencial de producir efectos adversos sobre las personas, los bienes, los servicios y el ambiente.
    Desastres. Alteraciones graves en las personas, los bienes, los servicios y el ambiente, causadas por un suceso natural o generado por la actividad humana, que exceden la capacidad de respuesta de la comunidad afectada.
    Emergencias. Alteraciones en las personas, bienes, servicios y ambiente causadas por un evento natural o generado por la actividad humana que no excede la capacidad de respuesta de la comunidad afectada.

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    DISPOSICIONES GENERALES
    Definiciones
    Evento adverso. Manifestación de un fenómeno natural, tecnológico o provocado por el hombre en términos de sus características, magnitud, ubicación y área de influencia.
    Mitigación. Es toda acción orientada a disminuir el impacto de un evento generador de daños en la población y en la economía.
    Preparación. Conjunto de medidas y acciones llevadas a efecto para reducir al mínimo la pérdida de vidas humanas y otros daños, organizando oportuna y eficazmente la respuesta y la rehabilitación.
    Prevención. Conjunto de medidas cuyo objeto es impedir o evitar que eventos naturales o generados por la actividad humana causen daños, emergencias o desastres.

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    DISPOSICIONES GENERALES
    Definiciones
    Reconstrucción. Proceso de reparación, a mediano y largo plazo, del daño físico, social y económico, a un nivel de desarrollo que asegure su sustentabilidad.
    Rehabilitación. Reconstrucción a corto plazo de los servicios básicos e inicio de la reparación del daño físico, social y económico como consecuencia de una emergencia o un desastre.
    Respuesta. Ejecución de las acciones previstas en la etapa de preparación y que, en algunos casos, ya han sido antecedidas por actividades de alistamiento y movilización, motivadas por la declaración de diferentes estados de alerta. Corresponde a la reacción inmediata para la atención oportuna de la población.

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    DISPOSICIONES GENERALES
    Definiciones
    Riesgo construido. Son aquellas condiciones generadas por el Estado, el sector privado o la sociedad en general que pudieran causar o potenciar desastres de carácter natural o socio tecnológico.
    Riesgo socionatural. Peligro potencial asociado con la probable ocurrencia de fenómenos físicos cuya existencia, intensidad o recurrencia se relaciona con procesos de degradación ambiental o de intervención humana en los ecosistemas naturales.
    Riesgo tecnológico. Peligro potencial generado por la actividad humana relacionado con el acceso o uso de la tecnología, percibidos como eventos controlables por el hombre o que son fruto de su actividad.

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    DISPOSICIONES GENERALES
    Definiciones
    Vulnerabilidad. Condiciones inadecuadas de seguridad que presentan personas, edificaciones, espacios físicos, entre otros, ante una amenaza potencialmente dañina.

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    DISPOSICIONES GENERALES
    Obligaciones del Estado
    A los fines de garantizar esta Ley el Estado debe:
    Planificar el desarrollo a todos los niveles de gestión, que eviten potenciar o incrementar las condiciones de vulnerabilidad o de amenazas en el país.
    Ejecutar acciones orientadas a la reducción de la vulnerabilidad existente.
    Fortalecer las actividades de prevención, mitigación y preparación en todas las instancias de gobierno, así como en la población, con el propósito de reducir los riesgos socionaturales y tecnológicos.
    Fortalecer las capacidades institucionales requeridas para las labores de reconstrucción ante la ocurrencia de desastres en el territorio nacional.

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    DISPOSICIONES GENERALES
    Objeto de la Política Nacional
    Contiene el conjunto de lineamientos emitidos por el Estado dirigidos a evitar o disminuir los niveles de riesgos socionaturales y tecnológicos en todo el territorio nacional, y generar las capacidades para afrontar las emergencias y desastres, fomentando la incorporación activa de las instituciones privadas, así como la participación permanente de la comunidad.

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    DE LA GESTIÓN INTEGRAL
    Lineamientos de la Política Nacional
    Incorporar criterios de reducción de riesgos socionaturales y tecnológicos.
    Planes especiales de reducción de riesgos para los escenarios de riesgo construidos en los distintos niveles de gestión.
    Vigilancia epidemiológica nacional e internacional en salud pública, de eventos generadores de daño y riesgos sanitarios y fitosanitarios.
    Evaluación de las condiciones de vulnerabilidad de todos los inmuebles.

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    DE LA GESTIÓN INTEGRAL
    Lineamientos de la Política Nacional

    Conocer los niveles de amenaza, vulnerabilidad y riesgos en los distintos espacios geográficos y el libre acceso a dicha información. A los fines de prever y mitigar los riesgos existentes y de convivir con los riesgos específicos de cada zona geográfica.
    Consideraciones a ser tomadas en cuenta en caso de desastres a los fines de proporcionar la atención primaria a la población y de rehabilitación de los servicios públicos y la labor para la coordinación de las labores de reconstrucción.

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