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La Ley de Medios camina demasiado lento (Argentina)




Enviado por Abril Haristeguy



Partes: 1, 2

Monografía destacada

  1. Introducción al tema
  2. Desarrollo del tema elegido
  3. Elección personal
  4. Entrevistados
  5. Bibliografía
  6. Marco histórico
  7. Marco teórico
  8. Conclusión

ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN DE LOS MEDIOS SIN FINES DE LUCRO RESPECTO A LA LEY 26522 DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

Tema: En este trabajo se hace un análisis histórico temporal y coyuntural sobre la realidad de la Ley 26522 de Servicios de Comunicación Audiovisual y las funciones de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) en relación al retraso en el otorgamiento de licencias o autorizaciones a sectores de medios sin fines de lucro para el que se les reserva un 33 por ciento en el espacio radioeléctrico.

Introducción al tema

INTRODUCCIÓN AL TEMA: ¿Por qué las radios comunitarias y sin fines de lucro no pueden obtener las licencias otorgadas por el AFSCA?

Objetivo: La aplicación de efectiva o no de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) en radio, sobretodo contemplando los sectores de conflictos, que más adelante serán explicados. Se analizará en profundidad la problemática que enfrenta el AFSCA en relación a la entrega de licencias para toda el área de las "zonas conflictivas" demostrando como es el uso del espectro radioeléctrico y la información que lleva cada banda de transmisión. Algunas dudas que nos planteamos son: ¿Por qué algunas radios ya fueron reconocidas por el AFSCA como radios legales, mientras que hay otras que no? ¿Qué factores influyen para esta decisión? ¿Cómo es el proceso de entrega de licencias? Intentaremos aclarar todos estos interrogantes investigando la Lay, haciendo foco en lo que se refiere a la radiodifusión, poniendo como ejemplos a dos radios comunitarias: FM Fribuay, de Ramos Mejía, y FM La Tribu, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

OBJETO DE ESTUDIO

OBJETO DE ESTUDIO:

Nuestro objeto de estudio se base en tres radios comunitarias ubicadas en distintos zonas de Buenos Aires, FM Fribuay, de Ramos Mejía, FM En Tránsito, de Castelar y FM La Tribu, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

FM FRIBUAY nace el 6 de diciembre de 1997 por iniciativa de estudiantes de comunicación social, docentes, técnicos, vecinos y artistas  de la Zona Oeste del Gran Buenos Aires que se propusieron consolidar un proyecto de radio comunitaria.

Transmitiendo ininterrumpidamente hasta la actualidad, la radio se basa en los siguientes objetivos:

Promover la cultura en todas sus formas. Dar respuesta a las necesidades artística de la región. Facilitar, a través de la práctica radiofónica, que la comunidad intervenga en la construcción de espacios de comunicación y expresión, en torno a las problemáticas que la atraviesan. Promover desde la sociedad civil el entendimiento y la aceptación de la diversidad cultural.

Generar la creación de un espacio colectivo y alternativo de participación, donde se respete la libertad de pensamiento. Defender el ejercicio de la libre expresión y el derecho a la información como derecho humano universal.

La programación de la radio está integrada por estudiantes de distintas carreras relacionadas con la comunicación, así como también por profesionales de la comunicación, vecinos, músicos, estudiantes de colegios secundarios y docentes entre otros. Desde los programas que se emiten intentan abarcar diversas temáticas: noticias y actualidad, cultura, rock en todos sus géneros con énfasis en los proyectos de artistas y bandas independientes auto gestionadas.

En junio de 2008 la Freeway Rock (hoy FM FRIBUAY) sufre el decomiso de su equipo transmisor y su consiguiente salida del aire a raíz de una denuncia de clandestinidad realizada por un holding mediático, basada en la vieja ley de radiodifusión de la dictadura militar.

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Desde el año 2009 la FRIBUAY es integrante de AMARC - Asociación Mundial de Radios Comunitarias – y comparte su experiencia con el resto de las emisoras comunitarias del país y del mundo

FM La Tribu 88.7:

Es una radio alternativa, comunitaria, social, que tiene 60 programas al aire y transmite las 24 horas con alcance por aire a toda la Ciudad de Buenos Aires. Algunas de las temáticas que trabaja en el aire son: derechos humanos, movimientos sociales, culturas y comunidades, géneros, trabajo, trabajadores/as, campesinado, modelo de agro-negocios, pueblos originarios, estudiantes, economía solidaria y consumo responsable, entre otras. Además de difundir la producción de artistas independientes en distintas expresiones, musicales, gráficas, cinematográficas o teatrales

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Desarrollo del tema elegido

Para que el AFSCA pueda conceder las licencias, necesita armar el Plan Técnico, el que debe obedecer no solo a criterios técnicos sino también a una política que desde el estado consista en la socialización del espectro radial para dar lugar a multiplicidad y diversidad de sectores como garantía real de la democratización de la comunicación

Con el objetivo de crear pluralidad de voces, el AFSCA creó el Fondo de Fomento Concursable para Medios de Comunicación Audiovisual (FOMECA) que refiere a la creación de un recurso que cumple con lo estipulado en el artículo 97 de la LSCA, el cual establece que los "servicios de comunicación audiovisual comunitarios, de frontera y de los pueblos originarios" podrán ser receptores de ayudas económicas del Estado equivalentes a un 10% de los gravámenes pagados por los concesionarios comerciales.

Dirigidos a entidades sin fines de lucro y comunidades de pueblos originarios, los concursos FOMECAs tienen como objetivo fomentar la adquisición de equipamiento técnico, infraestructura física y tecnológica, producción radiofónica y audiovisual, y por último, pero lo más importante para el tema que nosotros queremos desarrollar, incentivar la gestión de medios comunitarios.

En 2014 los FOMECA otorgaron 413 premios. Del desglose de los mismo se desprende que 251 corresponden a organizaciones que no poseen encuadres ( repartidas entre 211 organizaciones diferentes); 61 a "servicios autorizados" ( de 27 organizaciones); 60 a servicios reconocidos (de 19 organizaciones); 23 a licenciatarios por adjudicación directa (de 9 organizaciones); 8 a servicios licenciatarios por adjudicación por concurso (de 3 organizaciones), 7 a servicios licenciatarios auto-referenciados (de 4 organizaciones) y 1 fue concedido a un servicio permisionario.

Autorización (ART 37 y 49) y adjudicación (ART 49) son los mecanismos que la Ley prevee para entregar licencias sin concursos. En el primer caso es para los estados (Nacional, Provincial, Municipal, etc) la iglesia católica, los pueblos originarios, las Universidades Nacionales e Institutos universitarios y las escuelas públicas. Son otorgadas por tiempo indeterminado (ART 40). En el segundo de los casos es para los medios de muy baja potencia y en tanto exista la disponibilidad de espectro. Además el AFSCA ha avanzado en la entrega de licencias a quienes vienen con permisos provisorios anteriores a la sanción de la nueva Ley de Medios, muchos desde el menemismo, tal como lo permita la norma

Para entender bien el problema con el otorgamiento de licencias que tiene el AFSCA, más allá de los asuntos legales con el Grupo Clarín, hay que empezar a explicar cómo funcionan las bandas de radio frecuencias y las transmisiones de señales en el espacio.

A continuación vamos a detallar cómo funcionan todas las señales de transmisión, cómo se transmiten, para qué sirve, el tipo de antena que usan, dónde es conveniente colocarlas y la altura que deben llevar.

Para empezar a describir las diferentes señales, hay que decir que la persona que las empezó a estudiar las señales fue Guillermo Marconi.

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Guillermo Marconi fue un ingeniero electrónico, empresario e inventor italiano, conocido como uno de los más destacados impulsores de la radio transmisión a larga distancia. Ganó el Premio Nobel de Física en 1909. Fue también uno de los inventores más reconocidos, y también ganó la Medalla Franklin, por el Instituto Franklin. Fue presidente de la Academia de Italia y el Rey Víctor Manuel III de Italia lo nombró Marqués, con lo que pasó a recibir el trato de «Ilustrísimo Señor». Además, está incluido en el Salón de la Fama del Museo de Telecomunicaciones y Difusión de Chicago, y en su honor se entregan los NAB Marconi Radio Awards, una premiación realizada anualmente por la Asociación Nacional de Radiodifusión de los Estados Unidos.

INVENTOS ATRIBUIDOS:

La primera patente de la radio, aunque en un solo país y utilizando para su realización diecisiete patentes de Nikola Tesla, verdadero inventor de la radio junto con Julio Cervera, quien la registró el 2 de julio de 1897 en el Reino Unido. Un año después de la primera transmisión sin hilos, Marconi patentó su invento y los ingleses concedieron al joven inventor de veintidós años de edad una subvención de 15.000 francos. Por pedido del gobierno francés hizo una demostración práctica de sus descubrimientos en 1899, estableciendo comunicaciones inalámbricas a través del canal de la Mancha. El 27 de marzo de 1899 consigue el enlace a través del canal de la Mancha, entre Dover (Inglaterra) y Boulougne (Francia), a una distancia de 48 km, en lo que fue la primera transmisión entre ambos países. Cabe aclarar que el 21 de junio de 1943 la Corte Suprema de los Estados Unidos otorgó los derechos de las patentes a Tesla y no a Marconi por la invención de la radio.

DESARROLLO DE LA TRANSMISIÓN DE SEÑALES:

Las señales se envían a través del aire a un punto lejano, existen distintos tipos y cada uno trasporta diferentes tipos de informaciones y tienen distintas capacidades de cobertura.

Para empezar las señales se miden en HERTZ (hz). Empiezan de cero y llegan al infinito.

Las frecuencias que van de 0 hz a 30 hz se denominan AUDIO FRECUENCIAS porque son audibles, luego se pasan a denominar RADIO FRECUENCIAS que se pueden propagar, no se escuchan y van hasta el infinito transformándose en rayos de luz. La diferencia entre ambas tiene que ver con la velocidad de sonido con el cual se propagan, ya que las ondas se comportan diferentes, porque las velocidades son diferentes.

Para hacer el cálculo de la longitud de onda es necesario hacer el siguiente cálculo:

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Las frecuencias más altas tienen una longitud de onda más corta (son inversamente proporcionales), por eso las puedo desplazar más lejos, en cambio las longitud de onda larga no se traslada a grandes distancias.

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Frecuencia Baja: Longitud de onda larga / Frecuencia alta: Longitud de onda corta

FRECUENCIAS AUDIBLES:

Estas frecuencias se encuentran dentro de las audio frecuencias y son los tres tipos de tonos que el oído humano puede diferenciar:

TONOS GRAVES que tienen frecuencias bajas

TONOS AGUDOS que tienen frecuencias altas

TONOS MEDIOS que tienen frecuencias medias.

Juntos, estos tonos se encuentran dentro de lo que se denomina el ESPECTRO SONORO AUDIBLE que va desde los 20 hz a 20khz

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Cada tono posee su propia longitud de onda; la frecuencia más baja posee la longitud mas larga y la frecuencia más alta posee la longitud de onda más corta, es decir que el oído humano distingue más los tonos agudos que los graves. Pero los sonidos graves llegan más lejos, y un claro ejemplo es cuando pasa un auto con la música alta y nosotros sin saber donde está el auto ya escuchamos algo. Estos sonidos que escuchamos son los graves.

Uno de los mayores descubrimientos que hizo Marconi fue poder mezclar las radio frecuencias con las audio frecuencias, proceso que se denomina modulación (que lo hace un trasmisor). Esto hace que las frecuencias sonoras se puedan llevar a grandes distancias.

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La audio frecuencia, que es la señal que lleva la información, se junta con la radio frecuencia que la señal portadora en el modulador que es el trasmisor y luego salen como una señal compuesta a través del aire. Esta señal lleva toda la información que en milisegundos se va a escuchar en la radio de las casas o en los teléfonos celulares, Pero para que esto suceda, primero tiene que pasar por un receptor que va a hacer el proceso de DESMODULACIÓN de la señal para poder separar la frecuencia portadora y quedarse solamente con la frecuencia que contiene la información.

RADIO FRECUENCIAS:

Este tipo de frecuencias son las que trasmiten a grandes comunidades. Van desde los 3 Mhz hasta el infinito transformándose en rayos de luz. Con este tipo de frecuencias, por ejemplo se transmiten las señales digitales y en HD, así como también comunicaciones satelitales.

Para poder seguir explicando la trasmisión de señales, y así poder llegar a demostrar uno de los grandes problemas que tienen las radios comunitarias para obtener las licencias, así como el AFSCA para la elaboración del Plan Técnico, es necesario desarrollar los distintos tipos de frecuencias y la información que transportan. Pero también es necesario entender lo que es el ANCHO DE BANDA, como se mide y, principalmente, entender como funciona la frecuencia de amplitud modulada (AM)

ANCHO DE BANDA:

Es la frecuencia máxima – la frecuencia mínima. Cuanto más ancha la banda es pasa más información.

AM (AMPLITUD MODULADA):

Para calcular el ancho de banda (BW) primero hay que saber la frecuencia portadora (FP). Tenemos que saber la FP porque nos indica que el lo que vamos a desechar. Alrededor de la frecuencia hay información que se acomoda al momento de la modulación.

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Esto se denomina "Sistema de doble banda lateral" y tiene que ver con la calidad de trasmisión.

En cambio en las radio FM no pasa lo mismo, pero antes de meternos en el tipo de transmisión de señal que usan vamos a describir en el siguiente cuadro que tipos de información transporta cada señal.

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Nosotros nos centraremos en las bandas denominadas MF (Medium Frecuency o de frecuencia media) que va desde los 300 Khz a los 3Mhz, la HF (High Frecuency o de frecuencia alta) que va desde los 3Mhz a los 30Mhz y la banda de VHF (Very High Frecuancy o de onda muy alta) que va desde los 30Mhz a los 3Ghz.

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Características de las distintas frecuencias

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Tipos de onda de las frecuencias según la banda de transmisión.

A continuación vamos a describir las señales de transmisión más importantes en relación a nuestro tema:

SEÑAL DE MF: La onda es media. En esta banda está el servicio de amplitud modulada (AM) que va desde los 550 khz a 1350 khz, y los podemos ver a la hora de sintonizar cualquier frecuencia en la radio de los autos o de las casa. AM 550 es RADIO COLONIA, mientras que 1350 es RADIO BUENOS AIRES.

La transmisión de la onda es por rebote superficial, esto quiere decir que la onda necesita superficie para poder propagarse y se transmite de una manera más eficaz cuando la superficie es húmeda. Por esta razón todas las antenas trasmisoras de AM se encuentran ubicadas en zonas altamente inudabales. El inconveniente de esta banda es que siempre se necesita superficie para la trasmisión de la señal, por ende si hay un puente se corta la señal.

La antena trasmisora es complicada de colocar, ya que se requiere de mucho espacio físico. Para dar un ejemplo, la antena de Radio Rivadavia (AM 630) mide en total 238 metros, los cuales se dividen en dos partes. Una está enterrada por la mitad en forma de rayos de bicicleta y la otra parte esta puesta en forma perpendicular a la tierra. Está dividida en dos partes iguales de 119 metros cada una.

Esta banda no esta tan cargada de información como las demás, pero es importante porque por ella se trasmite una de las formas de escuhar radio en nuestro país.

SEÑAL DE HF: Tiene una frecuencia alta de onda corta. Por esta frecuencia también se transmiten frecuencia de radio y está reservada especialemte para transmisiones de emergencia, ya que pueden llegar a distancias extremadamente largas. El problema que no muchos aparatos de radio tiene el receptor de frecuencia HF, pero si lo tuviecen se puede escuchar tramisiones de radio de Europa.

SEÑAL DE VHF: Esta es la banda que más nos importa, pero era importante explicar las otras dos para poder entender el porque del problema que enfrenta esta señal.

La banda de VHF va desde los 30mhz a los 300mhz y está totalemente cargada de información. Es la banda más saturada actualemte. En ella transmiten radio FM, el primero es 88.7 mhz y la última es ESPN RADIO 107.9. Pero tambien trasmiten señales de tv altos y bajos (los altos trasmiten en 172 mhz y los bajos en 30 mhz a los 78 mhz). Esta parte del espectro se comparte con canales de Uruguay, y esta prohibido transmitir encima de estas señales. Para demostrar lo saturada que esta esta banda solo es necesario mirar los siguientes cuadros:

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El cuadro solamente muestra hasta los 174 mhz de la banda que llega hasta los 300mhz.

Lo cierto es que dentro de la banda de Radio Aereo también trasmiten los canales de televisión del 7 al 13 que usan la banda desde los 112 mhz a los 208 mhz. Luego la banda restante es ocupada por su totalidad para enlaces entre los estudios y las plantas transmisoras.

La saturación de banda es el principal problema que tiene el AFSCA para elaborar el Plan Técnico y así poder otorgarles las licencias a las radios comunitarias.

Existe un proyecto que obliga para el 2019 a los canales de televisión analógicos dejar de transmitir es ésta banda y empiezen a transmitir en la siguiente que es la UHF, en la que actualemente se puede ver la TDA (televisión digital abierta), y así se liberaría muchísimo el uso de la banda de VHF.

HIPÓTESIS

La Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual es sin dudas un logro democrático a nivel nacional. Fue sancionada y promulgada en 2009, y declarada como constitucional por la Corte Suprema cuatro años más tarde. Pero hasta el momento ha presentado varias dificultades y retrasos en lo que refiere a la entrega de licencias o autorizaciones a medios sin fines de lucro. Estas cuestiones sólo remarcan la necesidad de la implementación de un Plan Técnico para comenzar a constatar avances efectivos de la norma en este aspecto.

"Las constituciones y las leyes son contratos sociales que nos indican caminos, pero no necesariamente aseguran que los beneficios que anuncian lleguen inmediatamente a todos los involucrados. La lucha por la democratización del acceso a la comunicación, a la cultura o a la educación, no finaliza con la sanción de normas que las regulan sino que debe ser realizada a partir de ellas con un compromiso continuo de los actores del sistema y de los ciudadanos", con esta afirmación de Mario Lozano, rector de la Universidad Nacional de Quilmes nos parece oportuno comenzar el desarrollo de este trabajo, que ahonda justamente en los puntos débiles y desafíos próximos de la Ley respecto a la distribución de medios sin fines de lucro en el territorio nacional.

El otorgamiento de licencias, autorizaciones, permisos, reconocimientos y adjudicaciones por parte de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), organismo que regula estas tareas, tiene un accionar muy lento y tedioso que es necesario revertir para lograr un eficiente y pleno funcionamiento de la Ley en materia de la regulación para garantizar acceso equitativo a la información en el entorno digital.

Es entendible que toda norma que se inserta en una tradición de regulación históricamente beneficiosa para los intereses privados – comerciales, encontrará varias trabas o problemas a la hora de su efectiva implementación. La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual desde su creación es parte de un debate entorno a una lucha de poderes entre los grupos económicos de medios hegemónicos, lo jurídico y el Estado. El ejemplo más claro de esto es el caso del grupo Clarín que para no adecuarse a la Ley presentó varios amparos judiciales y medidas cautelares que retrasaron y dificultaron el trabajo del AFSCA.

Por otro lado hay factores propios de la coyuntura social y política que atraviesa el país en relación a las elecciones presidenciales 2015 que influyen en el trabajo de dicho organismo. Esto se evidencia en las prioridades que se establecen para designar los sectores donde se otorgarán licencias y en cuáles no. Siempre contemplando y distinguiendo las zonas de conflicto y las no conflictivas, tema que abordaremos más adelante.

Así es como en juego la necesidad urgente de la elaboración de un Plan Técnico de Frecuencias, un instrumento que permitiría elaborar un mapa de la disponibilidad de espectro radioeléctrico total del país, que puede dividirse por regiones. Con esto resultaría posible constatar la cantidad de emisoras que puede soportar dicho espectro en las frecuencias aptas técnicamente para su uso. Los autores Santiago Marino, Guillermo Mastrini, Martín Becerra, Carolina Rubini y Agustín Espada explican en su texto "Diagnóstico sobre el acceso del sector sin fines de lucro a medios audiovisuales en la Argentina 2014. Licencias, autorizaciones, permisos y fondos concursables", que sin este recurso no se puede alcanzar lo propuesto por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual de reservar el 33 por ciento para el sector sin fines de lucro, en tanto no se conozca la totalidad disponible.

JUSTIFICACIÓN:

Creemos que esta investigación esclarecerá un poco el trabajo del AFSCA y ayudará a comprender las difíciles tareas que tiene que realizar el organismo a diario, así como desmitificar algunas cuestiones tanto sociales como ideológicas de que para que el otorgamiento de licencias sea efectivo hay que ser kirchnerista. Además buscamos apelar, mediante nuestra propia experiencia en radios, a la sensibilidad del lector que conocerá cómo es el trabajo en los diferentes medios comunitarios y sin fines de lucro que colaboran en esta investigación.

Elección personal

ELECCIÓN PERSONAL:

Ambos integrantes del grupo somos periodistas y apasionados de la radio. Actualmente Abril trabaja en FM Fribuay 90.7 de Ramos Mejía y Fernando en FM Zónica 105.9, de Vicente López. Ambos espacios son diferentes ya que Fribuay se trata de una radio comunitaria que tiene 18 años de trayectoria y en lo que respecta a la Ley aún no tiene la licencia, pero sí es parte de un empadronamiento en el que el AFSCA reconoce a la asociación como una radio sin fines de lucro y contempla su existencia. Respecto a FM Zónica, es

una radio comercial que cuenta con una licencia otorgada por el AFSCA.

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Entrevistados

Pablo Ovin: Periodista y gerente de programación de FM Fribuay 90.7. Como representante de una de las dos radios comunitaria con más trayectoria de zona oeste del Gran Buenos Aires brindará su experiencia en relación a la Ley.

Diego Skilar: Miembro de FM La Tribu 88.7 MHz, una radio comunitaria de Almagro, barrio de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, desde hace 10 años. Conduce un programa llamado La Mar en Coche y conforma el equipo de coordinación y organización de la emisora desde hace 8 años. Este testimonio nos servirá para entender desde la experiencia de esta emisora el tratamiento de la Ley respecto al sector comunitario y sin fines de lucro en las zonas de conflicto.

Fernando Torrillate: Director Nacional de Imagen y Comunicación de la AFSCA. Proporcionará la mirada institucional del organismo tanto en las cuestiones legales que atañan a la Ley como a las actividades y las cuestiones más prácticas de la norma.

Bibliografía

BIBLIOGRAFÍA DISPONIBLE:

  • Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual 26522 y decreto reglamentario N°1225/10. Con prólogo de Cynthia Ottaviano (Defensora del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual) y Mario Lozano (rector de la Universidad Nacional de Quilmes). Año 2014

  • Ley 26522 Servicios de Comunicación Audiovisual y reglamentación. AFSCA

  • Diagnóstico sobre el acceso del sector sin fines de lucro a medios audiovisuales en la Argentina 2014. Licencias, autorizaciones, permisos y fondos concursables. Autores: Santiago Marino, Guillermo Mastrini, Martín Becerra, Carolina Rubini y Agustín Espada. Año 2014.

Marco histórico

La Ley 26522 de Servicios de Comunicación Audiovisual es conocida popularmente como "La Nueva Ley de Medios" porque se la compara con la Ley Nacional de Radiodifusión N°22285 promulgada en 1980 por Rafael Videla durante el Proceso de Reorganización Nacional. La creación de la Ley 26522 nace de una necesidad democrática del pueblo, de la necesidad de poder dejar atrás las normas fijadas por la dictadura que defendía el poder concentrado de la comunicación, y poder avanzar así hacia una pluralidad de voces.

La Ley Nacional de Radiodifusión N°22285 contemplaba en su artículo 7 una limitación al derecho a la libertad de expresión al anteponer a la misma las llamadas "necesidades de la seguridad nacional". También estableció en el artículo 45, que sólo podían ser titulares de licencias personas individuales o sociedades comerciales, exceptuando a las empresas periodísticas. No se permitía que las organizaciones sin fines de lucro, tanto religiosas, sindicales, culturales como cooperativas y comunitarias, pudieran ser titulares de radios o canales de televisión. Con respecto a las provincias y municipios, la Ley sólo les permitía tener un servicio de radio y sin publicidad.

La ley 22.285 creó el Comité Federal de Radiodifusión (COMFER) como autoridad de aplicación. El organismo estaba diseñado siguiendo las pautas de la doctrina de la Seguridad Nacional impulsada por los Estados Unidos en las décadas de 1960, 1970 y 1980. Las funciones principales del organismo eran controlar los servicios de radiodifusión, en sus aspectos culturales, artísticos, legales, comerciales y administrativos; supervisar la programación y el contenido de las emisiones; y calificar en forma periódica a las estaciones. Cabe aclarar que el COMFER estaba dirigido por siete miembros, cada uno representante de los siguientes sectores: Ejército Argentino, Armada Argentina, Fuerza Aérea Argentina, Secretaría de Información Pública, Secretaría de Estado de Comunicaciones, La asociación de licenciatarios de radio, La asociación de licenciatarios de televisión. Y además establecía que el directorio debe ser asesorado por una comisión integrada por representantes de todos los ministerios del gobierno nacional y de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE).

Con esta información se puede observar la clara intención de la Ley promulgada y sancionada por un personaje oscuro como Videla y se evidencia así el carácter más puro de la noma: tener un sistema de medios de comunicación comercial, controlados por las Fuerzas Armadas bajo la doctrina de la Seguridad Nacional. Así fue como en un plazo de tres años se ordenó la privatización masiva de las señales.

A partir de la vuelta a la democracia en 1983, existió un amplio consenso sobre la necesidad de derogar la norma de la dictadura y sancionar una nueva Ley que reflejara las necesidades cívicas y participativas del pueblo respecto a los medios de comunicación. Desde esa época hasta la promulgación de la Ley 26522 en 2009 se presentaron en total 40 proyectos de leyes para reemplazar el Decreto Ley de la dictadura. Los proyectos de mayor importancia fueron los presentados por los presidentes Raúl Alfonsín en 1988 y Fernando de la Rúa en 2001, que no pudieron ser tratados por las fuertes presiones que ejercían los titulares de multimedios y grupos hegemónicos al ver afectados sus intereses. En 2004 se conforma la Coalición por una Radiodifusión Democrática, un grupo de más de 300 organizaciones sociales, comunitarias, de derechos humanos, sindicales y de pequeñas y medianas empresas que, tras meses de trabajo en conjunto, propusieron el día 27 de agosto de ese año una lista de 21 puntos básicos que debía tener la nueva Ley de Radiodifusión. Esta lista se llamó "Iniciativa Ciudadana por una Ley de Radiodifusión para la Democracia" y estableció una serie de pautas fundamentales para conformar un sistema de medios de comunicación compatibles y promotores de la democracia.

La sanción de una nueva Ley de Radiodifusión fue uno de los puntos que figuraban en la plataforma electoral presentada por el Frente para la Victoria para las elecciones presidenciales de 2007, en las que la fórmula Cristina Fernández de Kirchner y Julio Cobos ganó con el 45,29 por ciento de los votos.

Es así como el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner impulsó en 2009 un proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual para reemplazar a la legislación entonces vigente. El texto propuesto se redactó sobre la base de los 21 puntos básicos mencionados anteriormente, que fueron consensuados después de un prolongado proceso de debates entre diferentes especialistas hasta llegar a la aprobación del Congreso. Primero lo hizo la Cámara de Diputados el 16 de septiembre de 2009 con 47 votos a favor, 4 en contra y una abstención y luego por el Senado 9 de octubre con 44 votos a favor y 24 en contra.

El propósito de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual es desde sus inicios desconcentrar el mercado de la radiodifusión y facilitar la entrada al mismo de nuevos inversores, medios comunitarios y asociaciones sin fines de lucro, hasta entonces imposibilitadas de hacerlo, y también contemplar nuevas tecnologías como la digitalización. Con esta nueva norma, nacida y forjada por una necesidad democrática, se crea la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) que reemplazó para siempre al COMFER en nombre y funciones.

A continuación se presentará en este cuadro comparativo las diferencias principales de ambas leyes:

Ley de Radiodifusión Nacional 22285 promulgada en 1980

Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual 26522 promulgada en 2009

Objeto de regulación

Únicamente se regulan los servicios abiertos (radio y TV) y los sistemas complementarios más antiguos, como Antenas Comunitarias.

El objeto de la iniciativa es otorgar marco legal a todos los Servicios de Comunicación Audiovisual independientemente del soporte técnico utilizado para su transmisión.

El libre acceso a las nuevas tecnologías permitirá el establecimiento de garantías destinadas a proteger el pluralismo y la diversidad de todas las producciones audiovisuales.

Libertad de expresión

Está limitada por las necesidades de la Seguridad Nacional.

Se garantiza el derecho humano universal al derecho a la información y a la libertad de expresión. Los tratados de Derechos Humanos son una pieza fundamental del espíritu de esta propuesta

Autoridad de aplicación

COMFER: integrado por militares, servicios de inteligencia y empresarios.

AFSCA: dirigido por un órgano colegiado integrado por representantes de la egislatura nacional, de la segunda y tercera minoría y representantes del Poder Ejecutivo Nacional.

Protección al trabajo argentino y local

No se protege el trabajo argentino ni se alienta la producción local.

Se garantiza y protege el trabajo local y argentino mediante cuotas de pantalla de cine nacional.

Se exige el 70% de producción nacional en las radios y el 60% en la TV.

Licenciatarios

La radiodifusión sólo se podía ejercer como actividad con fines de lucro. Las modificaciones operadas durante la década de los 90 facilitaron la concentración horizontal por vía de la admisión de los multimedios y la aparición de holdings.

Se permite el acceso a las entidades sin fines de lucro.

Se reserva con carácter inderogable, el 33% del espectro para las personas jurídicas sin fines de lucro tales como, asociaciones, fundaciones, mutuales, etc.

Monopolios y oligopolios

Se admiten los monopolios y los oligopolios de medios.

El Estado tiene una participación subsidiaria, ya que solo puede dar servicio en áreas geográficas no rentables para los privados.

Se impide la formación de monopolios y oligopolios. Se promueve el pluralismo del espectro y de los servicios de Comunicación Audiovisual.

Producción de contenidos educativos o infantiles

No se fomenta la producción de contenidos educativos o infantiles

Se fomenta la producción de contenidos educativos e infantiles mediante el Consejo Asesor de la Comunicación Audiovisual y la Infancia para garantizar el cumplimiento de estos objetivos.

Calidad de la información

Se establecen límites a la calidad de la información a difundir, la que debe ser veraz, objetiva y oportuna. Estos límites son otro recurso para restringir la libertad de expresión.

Se promueve la polifonía de informaciones y opiniones en concordancia con lo establecido en los pactos de Derechos Humanos.

Medios públicos

Solo se prevé su condición subsidiaria. Las Universidades deben ser titulares de licencias por explotación comercial en TV. Solo se preveía a ATC como empresa comercial.

Se permite que las Universidades tengan emisoras sin restricciones ni obligación de ser sociedades comerciales.

Control parlamentario

No está previsto ningún control por parte del Congreso de la Nación.

Existe un control del Congreso de la Nación para evaluar el funcionamiento del AFSCA, de los medios públicos y el desempeño del Defensor del Público. Para ello se crea la Comisión Bicameral de Seguimiento y Promoción de los Servicios de Comunicación Audiovisual.

Audiencias públicas y elaboración participada de normas

No existen.

El mecanismo de Audiencias Públicas determina prórrogas de Licencias y decisiones sobre la distribución de frecuencias.

Multiplicidad de licencias en servicios abiertos

Permite que una sola persona sea titular de 24 licencias de servicios abiertos entre radio y TV

Sólo se podrán tener 10 licencias de servicios abiertos.

Multiplicidad de licencias en sistemas por suscripción

Los sistemas de TV paga no tienen limitaciones en relación a las licencias que puede poseer una misma persona, siempre que no estén en la misma zona de cobertura. Esto facilita la formación de monopolios.

Las licencias de TV paga estarán limitadas en número y en cuotas de mercado.

Publicidad

El tiempo de publicidad en los servicios de TV paga no está reglamentado.

La publicidad no está sometida a límites subjetivos, sino que deberá ajustarse a criterios objetivos y establecidos por la Ley.

Plazos de licencias

Las licencias duran 15 años y se pueden prorrogar por 10 años más.

Las licencias duran 10 años y se pueden prorrogar por 10 años más, con previa realización de Audiencias Públicas.

Federalismo

Regulación inexistente

Se promueve tanto la participación institucional de las provincias como la protección a contenidos locales y regionales destinados a sostener la producción local.

Ello conlleva trabajo genuino a todos los integrantes de la cadena de valor de la producción audiovisual.

Marco teórico

"A cinco años de la sanción y promulgación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, ¿qué garantías podemos tener de que los 166 artículos que están escritos en sus páginas siempre serán derechos consagrados en la práctica, día tras día?", con esta frase empieza su prólogo la Defensora del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, Cynthia Ottaviano en el libro Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual 26522 y decreto reglamentario N°1225/10 publicado en 2014. Si bien la promulgación de la Ley ya lleva seis años, nos parece adecuado citar esta frase en el trabajo porque nuestra investigación apunta justamente a averiguar por qué la Ley no funciona en su totalidad o al menos con lentitud en lo que refiere a entregas de licencias a los sectores de medios autogestivos y sin fines de lucro, entre los que se encuentran las radios comunitarias.

La Ley 26522 es una norma que representa los valores de la democracia en su plenitud, ya que tal como señala el rector de la Universidad Nacional de Quilmes, Mario Lozano en el prólogo de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual: "Fue construida en base a un consenso madurado y movilizado durante años, enriquecida en foros participativos a lo largo y a lo ancho del país y votada por amplias mayorías en un congreso formado por el voto popular".

A nivel teórico el texto que presenta la Ley 26522 pone su atención en la descentralización económica de los poderosos grupos hegemónicos de medios de comunicación y favorece a los medios más pequeños y no comerciales. Como lo indica el artículo 1 de la Ley: "El objeto de la presente Ley es la regulación de los servicios de la comunicación audiovisual en todo el ámbito territorial de la República Argentina y el desarrollo de los mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia con fines de abaratamiento, democratización y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación". Pero en la práctica el otorgamiento de licencias, autorizaciones, permisos, reconocimientos y adjudicaciones que el AFSCA ha gestionado desde la sanción de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual son tareas que no avanzan al ritmo deseado, poniendo en riesgo el trabajo de los medios comunitarios.

El texto elaborado por los autores Santiago Marino, Guillermo Mastrini, Martín Becerra, Carolina Rubini y Agustín Espada llamado "Diagnóstico sobre el acceso del sector sin fines de lucro a medios audiovisuales en la Argentina 2014. Licencias, autorizaciones, permisos y fondos concursables" dice así: "Las redes de medios comunitarios que funcionan en el país son de carácter regional y nacional, pero la cantidad de emisoras que las integran es mucho menor a la existente. La mayoría de las emisoras carece de licencia, varias cuentan con Permisos Precarios Provisorios, y del resto la mayoría ni siquiera puede iniciar los trámites de habilitación por distintas razones, principalmente económicas". Esto resume en gran parte el problema central que atraviesan los medios comunitarios y las radios en particular con la distribución de frecuencias en el espacio radioeléctrico. Pero antes de vamos a aportar algunas definiciones esenciales que aporta la Ley 26522 en el capítulo 2 – Definiciones. Artículo 4 – y que nos serán de ayuda para lograr un entendimiento mayor en el desarrollo del trabajo.

Área de cobertura: Espacio geográfico donde, en condiciones reales, es posible establecer la recepción de una emisora. Normalmente es un área más amplia que el área primaria de servicio.

Área primaria de servicio: Se entenderá por área primaria de servicio de una estación de radiodifusión abierta, el espacio geográfico sobre el cual se otorga la licencia o autorización para la prestación del servicio, sin interferencias perjudiciales por otras señales.

Partes: 1, 2

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