Monografias.com > Sin categoría
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Proyecto para el manejo del recurso hídrico colombiano (página 4)



Partes: 1, 2, 3, 4

  • Ineficiencia en le manejo de medios tecnológicos que permitan una mejor prestación del servicio y cobertura.

  • Deficiencia en el manejo de las tarifas.

  • Desequilibrio en el manejo de subsidios

  • Falta de inversión en infraestructura obtenido por el mismo sector y no solo por el usuario.

  • Como se mencionó anteriormente en el documento, el SINA deberá replantear su estructura buscando que al interior del ministerio del medio ambiente se crea una división eficiente sobre agua, la cual determine las políticas nacionales sobre aguas; dentro de las CAR se buscará que se preocupen por la recaudación de información y mantenimiento de las cuencas que se encuentran de su jurisdicción para así cumplir con su iniciativa de creación; en el nivel local, los municipios deberán buscar prestar los diferentes servicios con respecto al recurso hídrico.

    También, se creará una institución adscrita al Ministerio que sea la que controle regule y evalúe a todas aquellas entidades que prestan servicios en torno al recurso hídrico, pero eviten tener alguna función de contratación o administración del bien. De esta manera, buscar que a pesar de la autonomía que tienen las empresas prestadoras de servicio estas se encuentren en un nivel de competencia leal y transparente.

    • Comisión Reguladora de Agua Potable y Saneamiento Básico :

    La función de la Comisión se resume en regular el marco tarifario como el de la gestión empresaria, definiendo criterios de eficiencia a través de modelos e indicadores para evaluar la gestión financiera, técnica y administrativa.

    Sin embargo, en la realidad "en materia empresarial, la situación es preocupante. Al evaluar la gestión de una muestra de entidades prestadoras, que cubre el 79% de la población urbana del país, se observo que las mejoras alcanzadas son precarias de acuerdo con los indicadores financieros y operarios reportados, al igual que el cumplimiento de acciones para el mejoramiento de la gestión."

    Por lo tanto, la Comisión deberá buscar implementar políticas que busque la real competencia de las empresas evitar la posición dominante de los monopolios naturales.

    • Comisión Reguladora de Agua Potable y Saneamiento Básico Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios:

    Esta entidad tiene la función de ejercer las actividades de vigilancia y control de todas las empresas prestadoras, para eficaz cumplimiento de sus funciones, apoyándose en las auditorias externas contratadas por cada empresa. Además, vigilar que los subsidios presupuéstales se destinen a las personas de menos ingresos y verificar que las obras, equipos y procedimientos de las empresas cumplan con los requisitos técnicos que señale el Ministerio.

    De acuerdo con esto, se debe buscar que su gestión se mucho más eficiente y valerse de las entidades del Ministerio del Medio Ambiente y sus dependencias adscritas cumplan con las demás empresas que tienen manejo de aguas pero no son prestadoras del servicio.

    • Planes de Contingencia:

    La dirección de prevención y desastres tendrá en su interior una dependencia que maneje exclusivamente el tema de agua, sea debido a desastres naturales o a situaciones producidas por el hombre.

    Por medio de decreto se establecerán los mecanismos de captación de recursos para la solución de este tipo de acontecimiento y será el nivel municipal quien se encargue de mitigar los desastres presentados en sus jurisdicciones.

    • Acueductos Comunitarios:

    Debido a la gran cantidad de afluentes que existen en los diferentes municipios del país, la ley dejará abierta la posibilidad de implementar acueductos comunitarios, dentro de los cuales será la comunidad quien realizará las obras pertinentes, bajo la reglamentación de la ley.

    Será la comunidad la encargada de gestionar, implementar y evaluar el desempeño del servicio.

    • Participación Ciudadana: conciliación y arbitramento:

    De acuerdo con lo establecido en la Carta Política Colombiana, el Estado colombiano buscará una democracia participativa en todos los aspectos del territorio. Por lo tanto, según organizaciones internacionales relacionadas con el medio ambiente, " el aprovechamiento y la gestión del agua debe inspirarse en el planteamiento basado en la participación de los usuarios, los planificadores y los responsables de las decisiones en todos los niveles." En efecto, la gestión del agua debe contar con la participación de todos los sectores de la población que estén interesados en mejorar sus condiciones de vida.

    • Aguas Transfronterizas

    • Competencias del Ministerio del Medio Ambiente:

    • Competencia de las Autoridades Territoriales:

    • Competencias de las Cars:

    • Mecanismos de Adquirir el Derecho de Usar las Aguas Transfronterizas:

    • Instrumentos Administrativos:

    • Concesiones:

    • Permisos y Licencias:

    • Reglamentación:

    • Creación de una Autoridad Anexa a la Autoridad Nacional de Aguas:

    • Convenios y Tratados Internacionales:

    • Mares:

    • Competencias del Ministerio del Medio Ambiente:

    • Competencia de las Autoridades Territoriales:

    • Competencia de las CARS:

    • Modos de Adquirir el Derecho de Usar las Aguas Marítimas:

    • Agua Como Bien Natural

    • Financiación Estatal para el Recuso Hídrico:

    Teniendo en cuenta el potencial en recursos naturales con que cuenta el país, los recursos hídricos deben tener un marco muy claro que defina los recursos que se van ha destinar para garantizar su explotación inteligente y sostenible. Según la ley 99 de 1993 el desarrollo del país se debe llevar a cabo según los principios del desarrollo sostenible, además de declarar a la biodiversidad como patrimonio nacional. De ahí nace la necesidad de crear un marco general que garantice la asignación eficiente de recursos para evitar políticas deficientes y la asignación de recursos insuficientes que lleven a que la calidad del agua en Colombia se deteriore como ha venido sucediendo en los últimos años. Esta situación se ha convertido en un problema de salud pública además de que aumenta los costos del tratamiento del agua.

    Siendo el agua un bien publico inalienable, el estado debe ser el encargado de garantizar y regular el aprovechamiento de estos recursos. Para tal fin se debe garantizar una financiación estatal para el recurso hídrico que se incluya dentro de las políticas de gestión ambiental[19]

    • Regalías para Municipios Productores de Agua:

    Otro tipo de financiación que ha previsto el Estado consiste en las transferencias de las regalías a los municipios productores de aguas. Según la constitución estas regalías deben ser transferidas por el gobierno central para ser utilizadas por los municipios para el mantenimiento, sostenibilidad y adecuación de los recursos hídricos, además de que deben ser invertidos para aumentar la calidad y la cobertura de los servicios públicos domiciliarios. Estas transferencias constituyen el 20% de todas los dineros del Fondo Nacional de Regalías y deben destinarse para la recuperación y conservación de las cuencas hidrográficas en todo el país, como estipula la ley 141 de 1994.La CRA deberá velar por que estos recursos sena bien utilizados y no se destinen para otros rubros por las autoridades locales, y así garantizar la Sostenibilidad de los recursos hídricos a largo plazo.

    • Tasa del Uso del Agua:

    Siendo Colombia un país con una gran fuente de recursos hídricos, el estado debe garantizar que su utilización primaria tenga un nivel sostenible a largo plazo. La tasa del uso del agua no debe sobrepasar los niveles máximos que estipule la ley.

    Para lograr este fin, se deben crear una serie de incentivos que garanticen la inversión, no solo estatal sino también privada, que permitan una gestión que garantice un manejo y uso sostenible del recurso hídrico. En este punto es importante tener en cuenta que uno de los principios de la ley 142 de1994 permitió la entrada de los actores privados en la prestación de los servicios públicos, además de que estos actores tienen la potestad de explotar los recursos naturales bajo la supervisión del estado. La ley debe crear una serie de incentivos lo suficientemente atractivos para que los actores privados inviertan en la explotación de los recursos hídricos bajo el principio de Sostenibilidad y bajo vigilancia estatal.

    • Incentivos e Inversiones Estatales para la Gestión, Manejo y Uso del Recurso Hídrico:

    Colombia enfrenta la necesidad de que el Estado destine un porcentaje de los recursos de inversión propuestos en el Plan de Desarrollo para proyectos que utilicen los recursos hídricos. Según el articulo 43 de la ley 99 de 1993, en su parágrafo dice que todo proyecto de este tipo debe destinar no menos de un 1% del total de la inversión para la recuperación, preservación y vigilancia de las cuenca hidrografía que esta siendo utilizada. Muy probablemente esta porcentaje deba ser aumentado en uno o dos puntos según el tamaño de la inversión, teniendo en cuenta que el apremio por cuidar los recursos naturales es más grande cada día y que el desgaste de los mismos también lo es. Estos proyectos pueden ser una fuente de generación de empleo y de aumento de la productividad por lo que el Estado debe garantizar un aporte para que estos se puedan llevar a cabo. El Estado por medio de las CAR supervisara esta explotación de los recursos y garantizara su utilización eficiente y sostenible, además de la utilización de los recursos.

    • Incentivos e Inversiones Privadas para la Gestión, Manejo y Uso del Recurso Hídrico:

    • Porcentaje de los Recursos de Inversión para Proyectos que Utilizan Agua:

    • Agua Como Bien Para El Uso

    • Tasas:

    Las tasas son el primer instrumento que tiene el estado para regular la utilización de los recursos hídricos. Estas controlan por medio del cobro de tarifas establecidas por el gobierno nacional, la utilización que personas naturales o jurídicas hagan de las aguas. (Ley 99 de 1993 Art. 43).

    Las tarifas son el valor que las empresas prestadoras de los servicios públicos le cobran a los usuarios finales por la utilización de estos recursos. En este momento existen varios tipos de tarifas las cuales componen el valor final que el cliente debe pagar. Estos tipos incluyen una tarifa por el consumo básico, otra por el consumo complementario, otra que cubre el consumo suntuario del bien y otra tarifa media básica. Estos rubros son aplicados a todos los usuarios por igual quienes están diferenciados únicamente por el sistema de estratificación.

    La ley general del agua deberá dividir a los usuarios teniendo en cuenta sus necesidades y su lugar de vivienda. En las zonas urbanas se debe mantener el sistema de estratificación con una actualización que permita cobrar lo generalmente el usuario puede pagar. En las zonas rurales los consumidores están sometidos a otras circunstancias. Ellos utilizan el agua mas que todo como una herramienta en su trabajo y por lo tanto el uso que ellos hacen de este recurso depende de que también le haya ido con su cosecha. La necesidad de aplicar tarifas diferenciales dependiendo de la época, de la zona y de la utilización que se hace del recurso es básica para que los usuarios puedan cubrir sus costos y mantener su producción. Se debe modificar el sistema de estratificación para adaptarlo mas a las necesidades de los usuarios dejando de lado el criterio de las empresas prestadoras del servicio. Además, los proyectos de planes de riego de pequeña y mediana envergadura deben tener unas proyecciones a mediano plazo ya así se maximizarían los beneficios disminuyendo los costos. Algunos de esos beneficios es que se podría incluir a los usuarios en la formulación de los proyectos. Esta participación ayudaría a generar una planificación estratégica de los planes de riego con la participación directa de los usuarios quienes son los que conocen verdaderamente sus necesidades. De todas maneras esta participación debe ir acompañada por una veeduría estatal; este deberá garantizar la buena utilización de estos recursos hídricos por ser estos recursos públicos.

    • Tarifas:

    Según la ley 99 de 1993 uno de los principios que rigen la utilización de los recursos hídricos es que el consumo humano tendrá prioridad sobre cualquier otro uso. Teniendo en cuenta lo anterior el Estado debe regular el sistema de indicadores que garanticen que todos los ciudadanos tengan acceso a agua potable y saneamiento básico de acuerdo a sus necesidades. Esta es una prioridad ya que la prestación eficiente de estos servicios repercutirá en los índices de productividad del país y por ende en los niveles de crecimiento.

    El sistema de tasas, tarifas, estratificación, subsidios y facturación, entre otros deben corresponder a la realidad del país y de cada uno de los usuarios. Para eso el estado debe establecer unos estándares mininos y máximos de consumo, propendiendo que las tarifas establecidas por las empresas prestadoras de los servicios logren auto subsistir por medio del cobro de las tarifas.

    A partir de la nueva Constitución de 1991 se desencadenaron una serie de cambios institucionales y normativos que llevaron al sector de los servicios públicos a una etapa de transición. En este periodo se utilizo por primera vez el término de "Servicios públicos domiciliarios" ( SPD)

    La necesidad de darle un nuevo rumbo al tema de los SPD en el país surgió a partir de una acumulación de problemas y vacíos tanto jurídicos como en la prestación del servicio. La falta de credibilidad en las instituciones debido a la deficiente prestación de los SPD; la debilidad financiera y gerencial de las empresas del sector; la imposibilidad de generar un modelo de desarrollo sostenible fueron las principales causas que llevaron a plantear la necesidad de una reestructuración del sector.

    Frente a la importancia y gravedad del problema, la constitución del 91 decidió otorgarle al tema de los SPD todo un capitulo, reconociendo tres principios básicos:

    a. los indicadores de calidad de vida y salud dependen del acceso a estos.

    b. Los SPD son necesarios para mejorar la productividad de las empresas.

    • c.  El estado debe destinar grandes recursos de inversión y crédito para desarrollo del sector.

    Así mismo la constitución de 1991 estableció que los SPD son inherentes a la finalidad social del estado, a partir de lo cual se establecieron los siguientes principios:

    1. Derecho a la prestación eficiente (entendida como "el logro del máximo rendimiento con los menores costos, siempre y cuando existan condiciones de competencia").

    2. Derecho a la libre iniciativa empresarial.

    3. Derecho a la libre competencia económica.

    4. derecho de las persona a un ambiente sano.

    • Regulación Venta de Agua en Bloque:

    Para regulara la prestación de los servicios públicos la Constitución de 1991 creó la ley 142 de 1994. El objetivo ultimo de la ley 142 fue básicamente el de aumentar la cobertura y mejorar la calidad en la prestación de los SPD. Para ello se formularon los siguientes objetivos específicos:

    1. Mejorar la eficiencia operativa de las empresas prestadoras.

    2. Crear las condiciones necesarias para que las empresas operen dentro de un ambiente de eficiencia empresarial.

    3. Regular las actividades monopolicas.

    4. Promover la vinculación y la inversión del capital privado al igual que estimular nuevas fuentes de capital.

    5. Ejercer vigilancia y control para garantizar el respeto a las leyes y normas.

    6. Aumentar la contribución de los usurarios a la financiación de los servicios.

    En términos económicos la ley permitió la entrada de los actores privados para mejorar la eficiencia en la prestación de los servicios. Esta competencia debe ser regulada por el estado quien es en ultimas el dueño de los recursos hídricos en el país. El consumo de agua en bloque debe ser regulado por el estado otorgando licencias claras para que los terceros no monopolicen la venta aumentando artificialmente los costos. Esta regulación permitiría además garantizar que la cobertura mejore por medio de ampliar la red que cubre este servicio.

    • Estratificación

    Esta nueva planificación de las tarifas y de la estratificación debe ir acompañada por una veeduría estatal que garantice una eficiente facturación por parte de las prestadoras de los servicios, que busque minimizar los errores por parte de las empresas que afectan directamente a los usuarios y al os costos en que estos deben incurrir.

    La CRA deberá establecer los parámetros tecnológicos, criterios de calidad y normas de vertimiento. Por una parte las empresas podrán tratar sus residuos antes de devolverlos y así evitarse sobrecostos.

    Las tarifas además deben regular no solo la cantidad de agua que utilice un usuario sino que deben tener en cuenta que los usuarios industriales deberán pagar mas dependiendo de el estado en que devuelvan las aguas. Los costos para su tratamiento deben estar repartidos entre el estado y el usuario, este último debe asumir cada vez más sobrecostos y el estado debe crear medidas mas fuertes para controlar que los usuarios si asuman estos rubros. Los sobrecostos también deben ser asumidos por los usuarios que se acerquen a los niveles máximos de consumo. El estado debe generar normas que desincentiven este consumo por medio de costos cada vez mayores que obliguen al consumidor a autorregular su consumo.

    • Subsidios

    • Facturación

    • Establecimiento de Máximos y Mínimos de Consumo (banda de consumo del servicio):

    Por otro lado el estado incentivará la instalación y la puesta en marcha de mecanismos de bajo consumo de agua que disminuyan el consumo. Además tendrá como responsabilidad que las empresas prestadoras de los servicios públicos realicen mantenimiento y aumenten la cobertura de sus redes de servicio. Según la ley 142 de 1994 la CRA y el ministerio de Desarrollo, tendrán la tarea de realizar inspecciones periódicas y brindar asistencia técnica; además de definir los criterios de eficiencia y desarrollar indicadores para evaluar la gestión financiera, técnica y administrativa de las empresas prestadoras. esto se hace con el fin de que estas empresas mantengan su infraestructura en condiciones adecuadas para prestar un servicio de calidad.

    • Estándares de Consumos Básicos en Función de los Usos del Agua:

    • Desincentivar Consumos Máximos de Cada Usuario:

    Otro instrumento de gran ayuda en la concientizacion de los usuarios para reducir el consumo y la mala utilización de los recursos hídricos es la educación y la búsqueda de incentivos para el uso adecuado y el ahorro eficiente del agua y la investigación. Este punto es igual de importante a los demás, ya que garantiza una Sostenibilidad del sistema a un mediano y largo plazo. El estado debe comprometer a las empresas prestadoras de los servicios a que realicen campañas educativas en su zona de influencia, buscando generar conciencia en los usuarios para que utilicen eficientemente el recurso hídrico. El estado además incentivará la investigación por medio de estas empresas las cuales recibirán beneficios a cambio de esfuerzos por encontrar formas alternativas en la prestación de los servicios que generen un ahorro de los recursos.

    • Establecimiento de Procedimientos, Tarifas y Medidas a Tomar para Aquellos consumidores que Sobre Pasen el Consumo Máximo Legal:

    • Establecimiento de Estándares Tecnológicos, Criterios de Calidad y Normas de Vertimiento:

    • Instalación de Equipos, Sistemas e Implementos de Bajo Consumo de Agua:

    • Mantenimiento y Creación de Redes de Infraestructura:

    • Definición de la Prioridad de Inversión en los Planes de Desarrollo y Presupuesto:

    Los Planes de Desarrollo y de Inversión plantean cinco líneas de desarrollo que garantizarán la Sostenibilidad ambiental y el buen uso de los recursos. Estos criterios deben ser los que definan las prioridades de inversión en los proyectos que se pretenden llevar a cabo, y deben ser incluidos en una ley general del agua. Los cinco programas principales son:

    • ? Conservación y uso sostenible de bienes y servicios ambientales.

    • ? Manejo integral del agua.

    • ? Generación de ingresos y empleo verde.

    • ? Sostenibilidad ambiental de la producción nacional.

    • ? Planificación y administración eficiente del medio ambiente.

    Además los recursos se deben priorizar teniendo en cuenta que los proyectos se deben realizar con el propósito de satisfacer necesidades inherentes al sector, racionalizando los recursos e inversiones, de forma que se garantice la Sostenibilidad económica de los proyectos (capitulo V, resolución # 1096 ministerio de Desarrollo).

    • Educación e Incentivos para el Uso Adecuado y el Ahorro Eficiente del Agua y la Investigación:

    • Esquema de Transferencias del Sector Eléctrico y el Porcentaje de Inversión Ambiental en Proyectos Asociados con el Agua:

    • Incentivos e Inversiones Financieras Estatales y Privados para la Gestión, Manejo y Uso Integral del Recurso Hídrico:

    La intervención estatal solamente es benéfica para generar inversión, en el momento en que sea productiva. Debe generar las condiciones económicas necesarias para que los actores tanto privados como públicos obtengan los incentivos suficientes para entrar y mantenerse en el mercado. De esta forma es que el estado podrá generar los incentivos suficientes para generar inversiones financieras que logren un manejo y un uso integral del recurso hídrico.

    • Fondo de Prevención Antiterrorista:

    El Estado deberá crear un fondo de prevención antiterrorista el cual se encargará de reponer los daños causados por el terrorismo a la infraestructura prestadora de los servicios públicos. Debido a la situación de violencia generalizada en el país y a la generalización de los atentados terroristas en contra de bienes de infraestructura, es necesaria la conformación de un fondo compuesto por recursos estatales y privados provenientes de las empresas prestadoras de servicios. El estado deberá garantizar la buena utilización de estos recursos por medio de la CRA. Debido a la crisis generalizada en la prestación de servicios públicos, el país necesita una alianza mucho más fuerte entre los sectores hídricos y eléctrico. La difícil situación del sector eléctrico debido en gran parte a las acciones terroristas de los grupos al margen de la ley sobre su infraestructura, exige una unión de esfuerzos con el sector hídrico que garantice la sobre vivencia financiera de estos sectores. La urgencia de utilizar los recursos hídricos para generar energía hace que los esfuerzos comunes de estos dos sectores no den espera.

    • Aguas Transfronterizas Y Mares

    • Tarifas:

    • Tasas:

    • Incentivos:

    • Inversión Económica:

    • Mantenimiento de los Mares:

    • Obras Hidráulicas Requeridas para el Manejo y Uso Integral de los Recursos Hídricos Marítimos:

    • Fondo Naviero (cubrir eventuales gastos de descontaminación Planes de contingencia para conservación de especies y para evitar la sedimentación del agua del mar):

     

     

    Autor:

    Ing. Lic. Yunior Andrés Castillo S.

    "NO A LA CULTURA DEL SECRETO, SI A LA LIBERTAD DE INFORMACION"?

    Santiago de los Caballeros,

    República Dominicana,

    2015.

    "DIOS, JUAN PABLO DUARTE Y JUAN BOSCH – POR SIEMPRE"?

    [1] Cervantes Mauricio ?Los humedales, una perspectiva nacional? en Revista La Jornada Ecol?gica

    [2] Ministerio del Medio Ambiente, Pol?tica Nacional para Humedales interiores de Colombia : Estrategia para su conservaci?n y uso sostenible. Pag. 21,. 2002. Bogot?.

    [3] ?dem, P?g. 11.

    [4] Ministerio del Medio Ambiente, Pol?tica Nacional para Humedales Interiores de Colombia: Estrategia para su conservaci?n y uso sostenible, 2002.

    [5] Ministerio del Medio Ambiente, Formulaci?n de Proyectos: Protecci?n Integrada de Aguas Subterr?neas. Gu?a Metodol?gica. P?g. 14. 2002, Bogot?.

    [6] ?Manejo eficiente de energ?a? en Revista Ecol?gica, N? 21, a?o VI, julio/diciembre 1995, p.35.

    [7] http://www.angelfire.com/nc2/misdocumentos/centrales/Centrales2.html

    [8] Decreto 3112 de 1997, por el cual se reglamenta la habilitaci?n y prestaci?n del servicio p?blico del transporte fluvial, T?tulo III, Cap?tulo I.

    [9] ?Cormagdalena a todo vapor? en Cormagdalena, N? 1, a?o 1, agosto de 2000.

    [10] http://www.fortunecity.es/expertos/profesor/171/residuos.html

    [11] Contralor?a General de la Rep?blica, Informe 8: ?Tarifas de acueducto y alcantarillado: un examen cr?tico al esquema regulatorio?, Colecci?n an?lisis sectorial de pol?ticas p?blicas, 2001.

    [12] Se entiende por costos hundidos como los costos asociados con activos cuyo valor en uso excede en valor en un uso alternativo.

    [13] Es menos costoso producir Q unidades en una empresa que dividir la producci?n de Q en varias empresas. Si Q es igual a Q1 mas Q2, entonces, CT(Q) < CT(Q1) + CT(Q2). El costo total, CT, de producir Q unidades en una sola empresa es menor porque los costos medios del monopolio son continuamente decrecientes.

    [14] ibidem

    [15] ibidem, art. 273.

    [16] Ministerio del Medio Ambiente, Direcci?n General de Ecosistemas. P?g. 11. Abril del 2001.

    [17] NARANJO Vladimiro, p. 113.

    [18] Ibidem, p. 114.

    [19] Seg?n el Plan de Desarrollo ?hacia un estado Comunitario? del gobierno de ?lvaro Uribe, esta gesti?n ambiental contar? con recursos provenientes de el presupuesto general (25%) y de recursos administrados por las entidades publicas del sector (75%) como lo son las CARS. El gobierno adicionando estos gastos al Plan de Desarrollo garantiza que el sector tenga alg?n tipo de financiaci?n aunque este debe ser mejor regulado dividiendo ese presupuesto entre todos los recursos naturales no renovables.

    Partes: 1, 2, 3, 4
     Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente 

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter