Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

El estado de derecho



  1. Definición
  2. Origen y evolución histórica del estado hasta convertirse en un "Estado de derecho"
  3. Concepción jurídico-material del "Estado de derecho"
  4. Concepción moderna del "Estado de derecho"

Definición

Considerando el Estado desde un plano "jurídico-formal" puede decirse que el "Estado de Derecho es aquel que se caracteriza por la "sumisión" o "autolimitación" (Jellinek) del Estado a las normas que él mismo dicta.-

Según Hans Kelsen esta distinción carece de sentido puesto que siendo el Estado un sistema de normas jurídicas en la cual cada una encuentra su fuente de validez en otra de rango superior, todo Estado es un "Estado de Derecho", ahora bien, si lo que se pretende es buscar una justificación al Estado desde un plano axiológico esto no es materia jurídica sino de otras ciencias, como podría ser la Filosofía (buscando una justificación en la ética por ejemplo).-

Ahora bien, si pretendemos definir al "Estado de Derecho"
por su contenido, es decir en un plano "jurídico-material"
(definición predominante por su utilidad y la evolución que
ha tenido el Estado a lo largo del tiempo) la sumisión del Estado al
Orden Jurídico que el mismo crea resulta insuficiente, puesto que debemos
considerar otros aspectos vinculados fundamentalmente no sólo con lo
que el Estado "es" sino con cómo el Estado "funciona".
En tal sentido la doctrina mayoritaria coincide en que el Estado de Derecho
es aquel en el cual exisiten: a) separación de poderes : b) consagración
de derechos fundamentales ; c) mecanismos de control para la efectividad de
tales derechos.-

Origen y evolución histórica del estado hasta convertirse en un "Estado de derecho"

En Inglaterra nace con la idea de "Rule of Law" que Implica la soberanía del Parlamento (Inglaterra). En tanto que también y no menos importantes son los aportes de la concepción francesa del Jusnaturalismo racionalizado.-

II.I- EVOLUCIÓN DEL ESTADO (DISTINTAS FORMAS).

A) Estado feudal; aquí la noción de Estado se confunde entre lo público y lo privado en la medida de que dos de sus elementos constitutivos, como son el "territorio" y la "población" son propiedad del Monarca, el cual puede enajenarlos e incluso ser heredados. Como es fácil advertir aquí el Estado de Derecho no está presente; no existe reconocimiento de derechos fundamentales, los poderes del gobierno (Monarquía) son ilimitados, salvo excepciones de pactos entre vasallos.-

B) Estado de policía; fruto del renacimiento, se concibe al poder del Monarca como una potestad púbiica. Exstía un orden jurídico establecido, no obstante lo cual aparece el concepto de "razón de Estado", que habilitaba al Monarca a quebrantar ese Orden cuando las necesidades del Estado así lo requerían. Como puede apreciarse aquí el control era cuasi nulo.

C) Estado Moderno; cuyo desarrollo principal puede verse con revolución francesa aunque sus orígenes son anteriores a la misma. Se caracteriza por existir en el mismo la "separación de poderes", "sumisión del Estado al Derecho", "garantías jurisdiccionales para la efectivad de los derechos públicos de los habitantes"

II.II- IDENTIFICACIÓN DEL "ESTADO DE DERECHO" CON EL "ESTADO LIBERAL".

a) Liberalismo político; En sus orígenes el Estado de Derecho aparece como la herramienta utilizada por una clase social (burguesía) para ponerse en pie de igualdad con otra (nobleza). En efecto, se consagraron determinados derechos fundamentales tales como la "libertad" y la "igualdad" (Art. 1 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano), los cuales se consideraban eran incluso anteriores al nacimiento del hombre. Pero esto era meramente formal, sin una pretensión de modificar una realidad, que quienes impulsaron la reforma, no tenían interés ni necesidad de cambiar, salvo en cuanto al tratamiento que la Ley hacía frente a ambas clases sociales. Alcanzaba por ende, con una reforma de tipo jurídico. También se consagraron. A los efectos de frenar el poder del Estado se establecieron elecciones periódicas ; pluralismo político (creación de una "oposición") ; separación del poder político y el económico.-

b) Liberalismo económico; Estado abstencionista que sólo debe ocuparse del mantenimiento del Orden Interno, Defensa Exterior, y no inmiscuirse en los asuntos de la economía (el mercado se autoregula).-

Concepción jurídico-material del "Estado de derecho"

JIMÉNEZ DE ARÉCHAGA vinculaba directamente el concepto de "Estado de Derecho" con "Estado Democrático" o "Estado de Opinión", siendo sus principales características;

a) Poderes limitados; el Estado sólo puede hacer
aquello que le está permitido (principio de especificidad).-

b) Principio de separación de poderes; es otra de las notas caracterizantes, según este autor, de un "Estado de Derecho" (consagración de dicho principio en el Art. 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano: "toda sociedad, en la cual la garantía de los derechos no está asegurada, ni la separación de poderes determinada no tiene Constitución".-

c) Opinión pública; por útimo JIMÉNEZ DE ARÉCHAGA desacaba la importancia de este aspecto, en tanto el gobierno no puede dirigir la crítica.-

Concepción moderna del "Estado de derecho"

Fue la enunciada al comienzo de este esquema cuando nos referimos al concepto de "Estado de Derecho" mayoritariamente aceptado en la doctrina. Así el "Estado de Derecho" desde esta concepción, es aquel que se caracteriza por; a) Sumisión del Estado al Derecho ; b) regulación de los derechos humanos y c) existencia de un control razonablemente efectivo.-

A) SUMISIÓN DEL ESTADO AL DERECHO; Esta fue la primer nota caracterizante del "Estado de Derecho", como un mecanismo de control del "Estado Policiía", busncando poner límites al poder.

En la actualidad este elemento se encuentra compuesto a su vez de otros
elementos que dan contenido a esta concepción;

1) PRINCIPIO DE CONSTITUCIONALIDAD; Sujeción de todas las personas (públicas y privadas) a la Constitución. La cual aparece como la norma de mayor jerarquía dentro del ordenamiento jurídico, motivo por el cual una norma contraria a la misma sería inconstitucional. Asimismo se desprende de este Principio la "operatividad" de las normas constitucionales (inmediatez), no siendo necesario una norma de rango inferior que reglamente el precepto consitucional para que este pueda ser aplicado. Por otra parte este Prinicipio nos muestra una forma de interpretación "desde la Constitución" hacia todo el ordenamiento jurídico.-

2) PRINCIPIO DE LEGALIDAD; Si el "Principio de Constitucionalidad" se presentaba como un control frente a la actividad legislativa, este Principio se presenta como un control frente al actuar de la Administración, la cual debe ajustar su conducta al mandato del legislador. En tal sentido existe el principio de "reserva legal" (especificando determinadas materias que son de exclusivo resorte legislativo). Aunque también aparencen en las Constituciones modernas determinadas materias que son de competencia exclusiva de la Administración (ej. Reglamentos autónomos). Esto no es una excepción al principio de legalidad ya que dichos reglamentos también deben ser ajustados a la Ley.-

3) PRINCIPIO DE JERARQUÍA NORMATIVA; Es la concepción
de KELSEN que fuera referida supra. Dentro de este principio podemos ubicar
a otros tres prinicipios fundamentales que aseguran su vigencia: temporalidad,
jerarquía y competencia. La antigua pirámide kelseniana presenta
en la actualidad determinadas alteraciones determinadas por el proceso, cada
vez mayor, de integración de los Estados, que forja el nacimiento de
órganos internacionales (en algunos casos supranacionales) que dictan
normas que ingresan a nuestro ordenamiento, en algunos casos, con rango constitucional
(tal es el caso de los derechos humanos por ejemplo).-

4) PRINCIPIO DE DESCENTRALIZACIÓN; Elemento básico
del desarrollo de las democracias modernas. Presenta complejidades en atención
a la aplicación de las normas, producto de una diversidad de fuentes
de producción jurídica.-

5) PRINCIPIO DE PUBLICIDAD; En la base de todo sistema democrático se encuentra el conocimiento de las normas por parte de los habitantes a quienes serán aplicadas las mismas.-

6) PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDAD;

7) PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD; Consecuencia lógica e ineludible de los demás principios. Se compone de;

a) Responsabilidad Civil;

b) Responsabilidad Penal;

c) Responsabilidad Administrativa;

d) Responsabilidad Política;

B) RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE CIERTOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y GARANTÍA DE LOS MISMOS; No basta, en la concepción moderna de "Estado de Derecho" con la "sumisión del Estado al Derecho", es necesario, como decíamos, del reconocimiento de un conjunto derechos que no sólo pongan freno al poder estatal sino que delimiten una esfera de libertad necesaria de las personas. Pero no solo basta con la enunciación de tales derechos, sino que resulta necesario mecanismos de protección de los mismos (control, garantías). Es más, hoy por hoy las normas internacionales relacionadas con los derechos humanos van marcando estándares a partir de los cuales un Estado puede considerase como "de Derecho".-

C) CONTROL; Como decíamos anteriormente, de nada
vale que un Estado reconozca determinados derechos a los inidividuos si no existe,
en primer lugar, la posibilidad de responsabilizar al Estado por la infracción
de tales derechos, y luego si no existen mecanismos de control que aseguren,
sea "a priori" o "a posteriori", la eficacia de tales derechos.
El principal control en un "Estado de Derecho" es la tan mencionada
"Separación de Poderes". Aquí resulta inevitable citar
a MONTESQUIEU y su idea de "sistema de pesos y contrapesos" de forma
de evitar el desborde de alguno de los poderes del Estado. Esta forma de concebir
el control permite al Estado funcionar y así cumplir con sus cometidos.
Hoy día se abre paso a la idea de "coordinación entre poderes"
ya que la esfera de actuación de los mismos si bien se encuentra delimitada
comienza a adquirir puntos de intersección (ej. Hoy hablamos de una función
predominantemente legislativa, ejecutiva o judicial). Si bien este aspecto es
esencial en un "Estado de Derecho", el "CONTROL" no se agota
en la "separación de poderes", existiendo un control por ejemplo
del Cuerpo Electoral.-

 

 

Autor:

Maximiliano Mauri Vidal

Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

Categorias
Newsletter