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Resumen del libro de Néstor de Buen "Derecho del trabajo" (página 2)




Enviado por Luis E. Grijalva



Partes: 1, 2

Al final de la década de 1920 vino la gran depresión que resultó en la quiebra de muchas compañías y que 12 millones de hombres y mujeres encontrarán sin trabajo. El presidente Hoover decidió que el gobierno tomara cartas en el asunto: Extendió beneficios de créditos federales a los estados y municipios Para ayudarlos en su lucha contra la pobreza, pero la crisis era muy profunda y estas medidas no aliviaron la crítica situación, a causa de ello en 1932 El partido demócrata ganó las elecciones encabezados por Franklin D. Roosevelt. Con esto se inició una nueva era qué se llamó el "New Deal" donde el gobierno participa de forma más directa: el control de los bancos, la moneda, créditos federales a los propietarios de sociedades anónimas en dificultades financieras, Ayuda a los agricultores, regulación y estímulo de las empresas comerciales, sistematización de los derechos de contratación colectiva para el trabajo realizado, seguridad social para grupos seleccionados de personas contra los peligros de la dependencia, desocupación, pobreza y vejez.

La transformación del sindicalismo de lucha en sindicalismo vertebrado en el capitalismo y que funciona como agencia de empleos produjo igualmente la transformación de la imagen del dirigente. El hombre que vivía de los problemas de su clase se transformó en el triunfador social capaz de alternar las más altas esferas de la aristocracia económica. La razón es esta transformación habría que atribuibles a circunstancias económicas.

El futuro del sindicalismo norteamericano.

Sin duda el sindicalismo norteamericano ha estado en franco declive en los últimos años. Entre 1978 y 1995 el salario por hora de un obrero perdió el 12 % su valor adquisitivo. En ese mismo periodo el Estándar medio de las familias bajo un 5 %. A los sindicatos norteamericanos no les falta Agenda que desahogar.

El Derecho del Trabajo en México

La Colonia y la Independencia:

Durante la época de México en la colonia existían 2 formas de trabajo, las cuales eran las siguientes:

1. Encomienda. Consistía en que el rey de España encargaba a un señor español parte de la nueva España con tierra y hombres (Los hombres trabajan para ellos a cambio de que se les cuidara y les enseñara la nueva religión). Si el pueblo era rico en minería, se les ponía a trabajar en las mismas y si se oponían, eran obligados por fuerza del ejército. Indígenas fueron explotados y llegó a oídos del rey por la iglesia y se buscó otra forma de trabajo.

2. Repartimientos. Esta figura consistía en que si un determinado señor español acudía al rey, diciendo que había encontrado una mina, a este se le otorgaba tantos indígenas de una comunidad cerca, para trabajar dicha mina y a cambio se les tenía que pagar salario, el problema es que nunca se señaló el monto del salario y por consecuencia se les pagaba en especie.

Las Leyes de Indias eran una recopilación legislativa que fue puesta en vigor por Carlos II, Rey de España, en 1680, a fin de que normara la relación de los encomenderos españoles con los indígenas sometidos a su custodia. Contenía algunas disposiciones laborales, sobre todo en la parte II, "De los indios y su libertad". En esa época el trabajo indiano se centraba en la explotación en minas, obrajes e ingenios azucareros; para ésta última, se requería una mayor cantidad de mano de obra y para reclutar trabajadores se recurría a la encomienda. En la isla "La Española", los primeros colonos iniciaron como forma de administración del trabajo la repartición de indígenas.

Se prohibía el trabajo de menores de 18 años, y salvo casos especiales se les admitía como aprendices; a la mujer casada se le prohibía que sirviera en casa de españoles; en el caso de mujeres solteras, se requería permiso paterno para ello. Se prohibía el trabajo de las indias durante el embarazo, así como antes de cuatro meses después del parto.

Esta legislación se adelantó a lo que será siglos más tarde el derecho del trabajo de nuestros días; no se proponía la extinción de la raza, sino crear con el tiempo una unidad cultural. Sin embargo la lejanía entre el legislador español y los virreyes administradores propició, que en la práctica, las Leyes de Indias fueran objeto de violación constante por parte de los encomenderos

La situaciones de los trabajadores al termino de la guerra de independencia, era infrahumana, con jornadas excesivas y salarios muy bajos. Sin embargo, el problema laboral existía según se desprende de las ideas expresadas por Morelos en su manifiesto Sentimientos de la nación mexicana, en que decía: "que se aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres, aleje la ignorancia"

En el Congreso Constituyente de 1857 también aparece el problema del trabajo, pero no se supo o pudo sacarlo del mismo cuadro jurídico individualista liberal. Sólo se garantizó el principio de que "nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin una justa retribución y sin su pleno consentimiento" y el de "libertad de asociación"

En el año de 1865 Maximiliano I dicto el Estatuto Provisional del Imperio, en el cual se pretendía reglamentar el trabajo en México, estableciendo algunas condiciones como las siguientes:

1. 1 día descaso por cada 6 días trabajados.

2. El día de descanso será de preferencia el día domingo con goce de salario.

3. Jornada mínima de sol a sol será de 6 de la mañana a 6 de la tarde.

4. Los campesinos podían separase en cualquier momento de la hacienda donde laboraran

5. Prohibía la transmisión de las deudas de los trabajadores.

México en la Época de Porfirio Díaz

En 1870 con la llegada de Porfirio Díaz la situación de los obreros y campesinos empeoro, ya que favoreció a los inversionistas extranjeros, el surgimiento y fortalecimiento de sus tiendas de raya, la explotación de los recursos naturales, además de jornadas extensas, un salario pobre y sin goce de prestaciones para los trabajadores.

En la época de opresión porfirista hubo dos legislaciones estatales que constituyen puntos positivos para la aparición del derecho del trabajo:

a) Ley del Trabajo del Estado de México (Ley Vicente Villada) declaraba que en los riesgos de trabajo el patrono debería prestar la atención médica necesaria y pagar salario a la víctima hasta por tres meses.

b) Ley Bernardo Reyes (Nuevo León) que establecía los accidentes de trabajo definiéndolo como el que ocurre a los empleados y operarios en el desempeño de su trabajo o en relación de él.

Principios del Siglo XX

En 1906 se dio el movimiento de huelga en Cananea, Sonora, que fue aplastado por el gobierno con una violencia cruenta y vergonzosa además de contar con la ayuda de tropas estadounidense. Unos meses más tarde un acontecimiento similar sucedió en Río Blanco, Veracruz, donde también se recurrió a la represión.

La Revolución

Ley del trabajo de Veracruz (Ley Cándido Aguilar) en la que se establecía una jornada máxima de 9 horas, descanso semanal, salario mínimo y se aceptaba la teoría del riesgo profesional.

En el año de 1915, en San Luis Potosí se decretó la fijación de salarios mínimos.

Yucatán (1915) se dicta una ley en materia laboral, que fue en parte antecedente del artículo 123 constitucional. Este cuerpo jurídico se considera el más completo antes de la redacción constitucional, ya que abordó con solvencia lo relativo a las jornadas de trabajo, los descansos y días festivos, el salario, el trabajo de la mujer y las protecciones laborales del menor, además de crear las Juntas de Conciliación y Arbitraje como órganos jurisdiccionales

En torno a los debates para la elaboración del a Constitución de 1917 hubo oradores en pro y en contra de hacer materia constitucional los contenidos laborales o sólo la garantía de libertad de trabajo; Para los tratadistas no era materia de la Constitución, sino de una ley ordinaria, para los progresistas, en cambio, hacía falta que los derechos fundamentales de los trabajadores quedaran contenidos en la Constitución. La idea triunfante en el debate fue la de éstos últimos, estableciéndose así en el artículo 123 constitucional los derechos fundamentales de los trabajadores en nuestro país.

Ley Federal del Trabajo de 1931

La federalización de la legislación del trabajo en 1929 se realizó mediante una reforma constitucional que retiró la facultad que tenían los estados para legislar en esta materia, que pasó a ser jurisdicción exclusiva del Congreso de la Unión; en cuanto a su aplicación, esta correspondería tanto a las autoridades federales como a las locales.

La Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo elaboró un proyecto, que se discutió primero en el Consejo de Ministros y luego en el Congreso de la Unión. Así el 18 de agosto de 1931 surgió la Ley Federal del Trabajo.

Fue un cuerpo jurídico bien elaborado y muy evolucionado para su época, que contenía tanto los aspectos sustantivos como adjetivos del derecho del trabajo.

Ley Federal del Trabajo de 1970

Después de un lapso de casi 40 años de vigencia, la ley
de 1931 fue abrogada, y en su lugar se aprobó, en 1970 la Ley Federal
del Trabajo. En su texto presenta avances notorios en relación a la de
1931, pues es un derecho más moderno, tomando en consideración
los casi 40 años que separan a una de la otra.

 

 

Autor:

Luis E. Grijalva

Partes: 1, 2
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