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Area de libre comercio de las Américas (ALCA)




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    Indice
    1.
    Introducción

    2. Contenidos en Grupos de
    Negociación y Comités Especiales: Perspectiva de
    contenidos y efectos

    3. Previsibles Repercusiones
    Económicas, Sociales e Institucionales

    4. Políticas y
    Acciones

    1. Introducción

    De acuerdo a documentos a los
    que se ha tenido acceso, a pesar de la notable discreción
    con la cual al menos en un inicio se condujeron las negociaciones
    del ALCA -lo que
    promueve más previsible oposición de la sociedad civil
    lo que se busca es establecer básicamente una
    expansión del Tratado de Libre
    Comercio de América
    del Norte –TLCAN. Esta
    generalización del TLCAN o bien
    la extensión de sus principios
    básicos implicaría establecer: (i) primero,
    acuerdos preferenciales de comercio los
    que permitirían bajar los aranceles o
    tarifas dentro de los países miembros; y (ii) segundo,
    establecer la zona de libre
    comercio.
    Lo que se vislumbra es que los acuerdos extenderían el
    alcance del libre comercio a
    nuevos sectores sobre la base de las disposiciones de la
    Organización Mundial de ComercioOMC. La
    declaración original en donde se menciona la
    creación del ALCA, subscrita en Miami, en diciembre de
    1994, incluía, como principios
    básicos y objetivos, los
    siguientes:

    1. Integración económica del
      hemisferio;
    2. fomento de la integración de mercados de
      capital;
    3. coherencia en relación con la Organización Mundial de
      Comercio;
    4. eliminación de barreras comerciales
      arancelarias y no arancelarias;
    5. eliminación de subsidios para exportaciones agrícolas;
    6. eliminación de barreras para inversiones
      extranjeras;
    7. marco jurídico para proteger a inversionistas
      y sus inversiones;
    8. medidas para mejorar las compras del
      sector
      público; e
    9. nuevas negociaciones para la inclusión de
      servicios.

    Es de tomar en cuenta que hay temas preocupantes para
    ALC y el proceso de
    desarrollo que
    no están incluidos de manera específica, tales como
    medioambiente, derechos de los trabajadores
    y papel del
    estado. Se
    consideró que estos temas son muy importantes, producto de lo
    cual en el capítulo sobre elementos para posibles políticas
    se incluyen consideraciones sobre ellos, no obstante no formar
    parte del contenido de los grupos de
    negociación o comités
    especiales.
    Las implicaciones generales más favorables para ALC
    consistirían en que:

    1. Estados Unidos y Canadá abrieran efectivamente
      sus mercados a
      los productos de
      mayor competitividad que se producen en la
      región. Esto es particularmente importante si se desean
      aprovechar las ventajas comparativas de los diferentes
      países. En este tema es vital el incluir a productos
      agrícolas, textiles y de manufacturación que
      tienen barreras arancelarias y no arancelarias en los mercados
      del norte;
    2. El ALCA no se convirtiera en un freno para las
      políticas de desarrollo
      económico en general y de innovación tecnológica en
      particular dentro de las naciones latinoamericanas. Si la
      apertura al comercio es clave en generar un aprovechamiento de
      las ventajas comparativas de los países, el aspecto
      aquí mencionado es indispensable para promover y
      vigorizar, incluso dentro de los mecanismos de mercado, las
      ventajas competitivas de las diferentes sociedades.
      No hacerlo equivaldría a perpetuar condiciones en las
      cuales la región continuara ofreciendo únicamente
      la "competitividad" de mano de obra barata, poca
      observancia sobre problemas de
      contaminación y el uso no sostenido de
      sus sistemas
      naturales;
    3. El ALCA no entorpezca los esfuerzos por ampliar los
      mercados internos de los países, ni al desarrollo
      científico y tecnológico. Este es un tema muy
      importante. El ALCA no debe ser el fin a alcanzar sino un
      instrumento para el desarrollo de las sociedades y
      para mejorar el nivel de vida. En la medida que los acuerdos
      sirvan para una mejor inserción de en los circuitos
      económicos internacionales, sirvan para promover acceso
      a recursos
      financieros productivos, y se promueva una mayor demanda
      efectiva por la población, en un contexto de desarrollo
      sostenible, se pueden generar escenarios para la mejora en
      los niveles de vida. Así como los mercados
      internacionales son un motor para el
      crecimiento, los mismos no se oponen ni mucho menos a no
      considerar al mercado
      interno como un motor del
      desarrollo
      económico y social. Con esto último se
      fortalecerían las condiciones mediante las cuales los
      diferentes grupos
      sociales pueden aspirar a una mejora en sus ingresos, se
      lograrían ampliar las oportunidades para los grupos
      sociales, especialmente para aquellos más
      vulnerables. Las condiciones de mercado serían quienes
      permitirían la asignación más efectiva de
      los recursos en
      tanto se eliminan las trabas burocráticas en la gestión institucional.
    4. Los esfuerzos de integración regional dentro de los
      estados miembros de AMLYC, no sean detenidos por el ALCA. Este
      punto trata de subrayar la necesidad de que los países
      de la subregión continúen en sus esfuerzos por
      promover una integración efectiva, con apoyos
      recíprocos especialmente en las áreas
      de

    (i) la complementariedad comercial y de intercambios
    generales;
    (ii) cooperación en los esfuerzos de estabilidad en los
    problemas
    monetarios;
    (iii) promoción del financiamiento
    para el desarrollo; el ALCA establece una relación que
    debe crear comercio, más que desviar los intercambios,
    pero aún así, no es la culminación del
    esfuerzo integrador.
    El esfuerzo debe ser alcanzado básicamente entre los
    países de ALC dado que, entre otras razones, sus niveles
    de desarrollo no son tan dispares como los que existen entre
    ellos y Estados Unidos y
    Canadá. En este punto los países de ALC debe
    manifestar oportunamente y constantemente un asumir de sus
    propias responsabilidades en función de
    una búsqueda de mecanismos de desarrollo
    conjunto.

    2. Contenidos en Grupos de
    Negociación y Comités Especiales:
    Perspectiva de contenidos y efectos

    Grupos de Negociación

    1. Acceso a Mercados
    2. El mandato de este grupo se
      refiere a seleccionar una metodología y un cronograma para la
      eliminación de aranceles
      y las barreras no arancelarias. Se requiere también
      que se establezca un programa de
      acciones
      para implementar este mandato.
      Debe notarse aquí que el gran riesgo y una
      herramienta o instrumento que puede fácilmente
      utilizarse con fines políticos es la de las barreras
      no arancelarias. Prácticamente estas barreras
      comprenden todo lo que hacen los gobiernos, incluso la
      prestación de los servicios
      y la protección de la salud y la seguridad
      de los ciudadanos.
      Es de prever que el mayor poder para
      ejecutar medidas no arancelarias vendría de las
      naciones de mayor poder
      económico. Si una nación pequeña establece un
      arancel por si sola, se expondría fácilmente a
      represalias comerciales, como ha sido el caso en varias
      ocasiones.

      Estas disposiciones expandirían los alcances
      del acceso a mercados con repercusiones importantes. Se
      incluiría por ejemplo, que los bienes
      importados provenientes de otro país del ALCA
      deberían ser tratados
      no menos favorablemente que los bienes
      nacionales. No obstante, el tratamiento nacional que se tiene
      en el TLCAN no se extiende a las compras
      del sector
      público o a subsidios nacionales, y se le aplica a
      los servicios de manera limitada.
      Un tratamiento específico y una cláusula de
      salvaguarda al respecto podría permitir proteger a
      ciertos programas
      nacionales en caso de que se les cuestione el tratamiento
      nacional. En este aspecto como en la mayor parte de las
      disposicones, el establecimiento de la institucionalidad
      legal que ventilara las querellas judiciales es clave. En
      esto, los gobiernos y/o las corporaciones multinacionales o
      transnacionales que dispusieran de los recursos más
      abundantes tendrían acceso a los abogados que les
      fueran más eficazmente favorables (juicio legal
      estricto) y a medios de
      publicidad
      para presentar sus casos (consideración del caso ante
      la opinión
      pública).
      En estas condiciones la tendencia es que las reglas de acceso
      a los mercados tendrán una cobertura más amplia
      en los servicios. Esto puede afectar como se teme en varios
      aspectos de los posibles contenidos del ALCA, el
      funcionamiento y operativización de instituciones públicas. Se
      verían afectadas de manera restrictiva, por ejemplo,
      las compras que hacen los gobiernos con el fin de proteger a
      proveedores locales, dado el mandato de
      expansión de las disposiciones a compras del sector
      público.
      Otra de las tareas que este grupo
      puede abordar es el de la eliminación de las barreras
      técnicas del comercio, las cuales
      tienen una relación directa con el tratamiento de
      problemas del medio
      ambiente. De conformidad con los lineamientos de la
      OMC, el
      acuerdo sobre las barreras técnicas al comercio es un
      régimen internacional para armonizar las normas
      aplicables al medio ambiente y
      otros sectores que efectivamente crean un techo y no un
      mínimo para la reglamentación concreta sobre
      este tema.
      Según este acuerdo, una nación al ser cuestionada debe
      demostrar que sus normas
      ambientales y de seguridad
      son necesarias y requieren de medios
      menos restrictivos desde el punto de vista comercial, a fin
      de lograr las metas en materia de
      conservación, seguridad alimentaria o de normas
      sanitarias. Una de las mayores dificultades en este punto
      consiste en determinar la capacidad de cumplimiento, en
      recursos financieros y técnicos con lo que
      podría establecerse, por parte de las naciones
      especialmente aquellas que tienen mercados más
      reducidos y un contexto institucional más
      débil.
      De nuevo, el riesgo
      más evidente aquí es que se tome la
      decisión de establecer condiciones en pro de un
      relajamiento en las disposiciones ambientales y laborales, o
      abordar procesos
      judicialmente complicados, por demás prolongados y de
      resultados inciertos.

      El mandato del grupo de negociación de
      agricultura es eliminar los subsidios de
      exportación agropecuaria que afectan al
      comercio en el hemisferio, sobre la base del acuerdo sobre
      agricultura (AOA) de la OMC. Se
      trataría también de disciplinar otras
      prácticas agrícolas que distorsionan el
      comercio, y garantizar que las medidas sanitarias y
      fitosanitarias no se utilicen como una barrera oculta al
      comercio, utilizando al acuerdo de la OMC como modelo.
      Las implicaciones aquí apuntarían a las
      restricciones que están relacionadas con el apoyo a
      los agricultores, la capacidad de mantener reservas de
      alimentos, el
      establecimiento de medidas para seguridad alimentaria y de
      suministro de alimentos.
      Las disposiciones que se tienen en el TLCAN no
      impondrían normas específicas. Los
      países estarían facultados para poner en
      práctica las normas sanitarias y fitosanitarias (SPS)
      de la OMC. Mientras el TLCAN promueve a las partes para que
      armonicen sus medidas sobre la base de normas internacionales
      pertinentes, la OMC tiene como meta retirar el poder de
      decisión de los gobiernos nacionales con respecto a
      salud,
      alimentación y seguridad, y
      otorgárselo a entidades normalizadoras internacionales
      como Codex Alimentarius, un grupo élite de
      científicos con sede en Ginebra, controlado mayormente
      por las grandes empresas
      agroalimentarias.
      Una de las mayores dificultades que pueden ofrecer las
      disposiciones en agricultura es acrecentar la dependencia de
      las grandes industrias
      agroalimentarias y de Estados
      Unidos en materia de
      aprovisionamiento de alimentos básicos. Por ejemplo,
      durante los primeros tres años del TLCAN, las exportaciones de maíz
      desde Estados Unidos se incrementaron de 75 millones de
      dólares a 1,000 millones de dólares. De
      conformidad con la interpretación rápida de
      leyes
      económicas esto puede entenderse como un apoyo con
      mayor cantidad del grano y precios
      más baratos que ayudan a los consumidores, pero tal y
      como lo presenta Sara Anderson, hay otras implicaciones
      importantes.
      El resultado ha sido que los campesinos han abandonado sus
      tierras. Con anterioridad estos campesinos eran capaces de
      alimentar a sus familias y de proporcionar bienes y
      servicios, aunque en cantidades familiares marginales, si se
      contribuía al abastecimiento al mercado nacional.
      Estas repercusiones hacen aumentar los niveles de pobreza en
      México. Se estimaba que en 1994 la
      mitad de la población subsistía en
      condiciones de pobreza. En
      1999 esa cantidad habría alcanzado a dos terceras
      partes de los mexicanos.
      Este aumento de desposeídos y marginados presiona por
      un aumento constante y significativo en los flujos
      migratorios especialmente a Estados Unidos. Esto
      último hace que los costos de
      los controles migratorios en las fronteras se aumenten.
      Tomando en cuenta que los volúmenes de exportación han aumentado, el congreso
      estadounidense amenaza con disminuir los subsidios y apoyos a
      los agricultores en ese país. Lo que deja a estos
      productores a merced de las volátiles condiciones
      mercantiles y da mayor poder a las grandes transnacionales de
      aprovisionamiento de alimentos. Estas corporaciones
      también presionarían para que se instalen y
      expandan los compromisos de "libertad
      de mercado" que terminan siendo el condicionamiento de
      mercados oligopólicos.

    3. Agricultura
    4. Compras del Sector Público

    El mandato del grupo de este grupo se refiere a ampliar
    el acceso a los mercados para las compras del sector
    público de los países del ALCA. Esto se
    lograría mediante un marco normativo que asegure la
    apertura y la transparencia en los procedimientos de
    las compras del sector público, que asegure la no discriminación en las compras y un examen
    imparcial y justo para la resolución de los reclamos y
    apelaciones.
    Las disposiciones aquí, nuevamente, pueden desembocar
    rápidamente en poner más restricciones a las
    instituciones
    públicas en la promoción de la economía nacional.
    Las medidas a adoptar incluirían a aquellas que favorecen
    a proveedores
    locales o nacionales. Mientras que las normas de la OMC no
    indican explícitamente la ejecución de reglas de
    acceso a mercados o tratamiento nacional en la compra de bienes y
    servicios, las normativas del ALCA si lo pueden estipular.
    Esto último correspondería a abrir todos los
    contratos,
    servicios, y bienes de gobierno a
    licitaciones en las que pueden participar todas las empresas o
    países del ALCA. Al parecer existe evidencia de que este
    grupo ha solicitado un inventario de los
    sistemas de
    clasificación internacionales al respecto, así como
    estadísticas respecto a las compras que
    efectúan los gobiernos.
    Sería de esperar que en aquellas áreas que
    representaran una inversión o gasto de capitales más
    significativos, las empresas de mayor capacidad puedan
    presentarse a licitación y obtener los contratos. No es
    algo desdeñable desde el punto de vista económico y
    que se encuentra en consonancia con el aprovechamiento de
    capacidad instalada, manejo técnico y economías de
    escala. El
    problema nuevamente es si estas medidas repercuten o no en la
    ampliación de la demanda agregada
    dentro de los mercados nacionales o si conllevan más
    egresos incluso al exterior de los recursos nacionales o de
    empréstitos. Los que en muchos casos crean más
    vulnerabilidad y sólo permiten márgenes de maniobra
    económica en términos coyunturales.
    (d) Derechos de
    Propiedad
    Intelectual.
    El mandato del grupo de propiedad
    intelectual es el de reducir las distorsiones del comercio
    hemisférico y promover y asegurar una adecuada y efectiva
    protección de los derechos de propiedad intelectual. La
    categoría de propiedad intelectual aquí designa
    esencialmente a las patentes, las cuales otorgan un título
    de propiedad exclusivo. Generalmente se extiende este derecho
    exclusivo por las empresas a otros países signatarios del
    acuerdo.
    Este aspecto ha contado con mucha de la consideración y
    trabajo de las naciones más desarrolladas. Es en ellas en
    donde de una manera abrumadora se realiza la mayor parte de la
    investigación científica. Aunque en
    esos países el peso de las actividades del estado es
    aún considerable, muchas de las patentes y de la investigación se encuentra en poder de
    grandes empresas transnacionales o multinacionales, quienes son
    las dueñas de las patentes. Varias de esas corporaciones
    tienen un volumen de
    ventas muy
    superior al producto
    geográfico bruto de varias naciones en ALC y el mundo.
    Relacionado con este aspecto se sabe que a partir del 1 de enero
    del 2000, muchos países de ALC están sujetos a las
    reglas del acuerdo sobre aspectos de derechos de propiedad
    intelectual con el comercio (TRIPS, por sus siglas en inglés). Se trata de un acuerdo de la
    Organización Mundial de Comercio. Se considera que el
    TRIPS tiende a favorecer en protección y
    compensación a las empresas privadas, y no necesariamente
    a los individuos más creativos de la sociedad,
    especialmente en las condiciones de muchos países
    latinoamericanos en donde los estados de derecho tienen
    instituciones no totalmente consolidadas y los regímenes
    legales adolecen de deficiencias.

    Uno de los aspectos importantes de los TRIPS es que
    privatizan y pueden permitir la monopolización de
    productos derivados de la biodiversidad.
    Bajo el amparo de estas
    provisiones, las corporaciones tienen derecho a patentar
    productos, procesos y
    material orgánico en el campo de la biotecnología y medicina. Esto
    abre toda la controversia de por ejemplo medicamentos en función de
    enfermedades
    mortales para las que no existe cura. En cuanto a la biodiversidad,
    siempre ha sido tratada como propiedad de la comunidad. Los
    problemas que se pueden crear serían múltiples si
    por ejemplo una transnacional de semillas (Monsanto, para citar
    un caso) señala que una comunidad viola
    sus derechos por la utilización secuencial de una semilla
    en cosechas sucesivas.
    La firma de los países de ALC respecto a TRIPS
    ocurrió a pesar de los esfuerzos de varios grupos
    regionales que defienden la soberanía y el derecho comunitario a su
    conocimiento
    tradicional y su diversidad biológica. Debe tomarse en
    cuenta que América
    Latina tiene dos centros, de los ocho que hay en el mundo,
    respecto a la diversidad biótica, uno entre Guatemala y
    México
    (tierras altas centroamericanas) y el otro en la frontera entre
    Perú y Bolivia. TRIPS
    facilita de manera más rigurosa los derechos y propiedad
    de empresas monopólicas u oligopólicas.

    1. Inversión

    Este grupo tiene el mandato de establecer un marco legal
    justo y transparente para promover las inversiones mediante la
    creación de un entorno estable y previsible que proteja al
    inversionista, sus inversiones y flujos relacionados, sin crear
    obstáculos para las inversiones provenientes del exterior
    del hemisferio.
    El mandato de este grupo es particularmente importante.
    Nótese que conllevaría un peligrosísimo
    riesgo: el de hacer que prácticamente la estructura
    institucional estuviese al servicio de
    los capitales de inversión. De manera que pareciera que el
    objetivo es
    promover el beneficio de los inversores casi a cualquier costo. Si este es
    el espíritu y esto es lo que se lleva a la
    práctica, se sacrificarían en función de
    ello otros intereses tales como el desarrollo nacional, la
    sustentabilidad del manejo de los sistemas naturales, los
    derechos de trabajadores, e incluso muchas de las
    políticas macroeconómicas si es que las mismas
    constituyen "obstáculos" para las inversiones.
    Según lo expresa el analista Barry Appleton, "este es el
    espíritu del TLCAN". De ser así se
    confirmarían muchas de las críticas más
    drásticas contra el librecambismo comercial, el poder de
    las transnacionales y la defensa de sus estrechos intereses
    inmediatistas. Se trataría de poner en ejecución el
    controversial Capítulo 11 del TLCAN, el cual podría
    permitir que intereses privados de empresas, corporaciones o de
    sectores productivos tengan prioridad por encima de los
    gobiernos.
    Se considera que el grupo de negociación sobre inversiones
    ha incluido otros aspectos que dan una mayor cobertura al mandato
    de este grupo. Estas otras disposiciones estarían
    encaminadas a:

    • Definiciones básicas de inversión e
      inversionista;
    • alcance de aplicación de las cláusulas
      de inversión;
    • tratamiento nacional en el sentido de que
      ningún país puede discriminar a favor de su
      sector nacional;
    • tratamiento de nación más favorecida,
      es decir que el acceso que se otorgaría a inversionistas
      de un país miembro de ALCA deberá
      otorgársele a inversionistas de todos las naciones
      miembros de ALCA;
    • expropiación e indemnización por
      pérdidas, esto podría muy bien provocar que un
      inversionista o empresa puede
      reclamar indemnización financiera por ganancias y
      negocios que
      se pierdan debido a la creación o establecimiento de
      reglamentos, leyes
      ambientales, por parte del gobierno
      participante;
    • movimientos de personal clave,
      lo que podría permitir a empresas o corporaciones
      trasladar a su personal
      más importante sin mayores restricciones de los procesos
      de migración;
    • requisitos de desempeño;
    • solución de controversias, en este punto el
      temor sería que un grupo de expertos o técnicos
      pudiera declarar como no pertinentes disposiciones
      reglamentarias. Con base en ello una empresa
      podría reclamar pago de indemnizaciones.

    En general los críticos más persistentes
    del ALCA temen que esta sea la forma de como se
    introduciría en la región el funcionamiento del
    Acuerdo Multilateral de Inversiones. Este acuerdo fue propuesto
    por la OCDE, pero fue abandonado por protestas de la sociedad civil.
    El planteamiento habría consistido básicamente en
    colocar muchos de los intereses de las inversiones por encima de
    disposiciones de las instituciones públicas.

    (f) Políticas de Competencia
    El mandato de este grupo consiste en garantizar que los
    beneficios del proceso de
    liberación del ALCA, no sean menoscabados por
    prácticas empresariales anticompetitivas. El grupo ha
    acordado avanzar hacia el establecimiento de una cobertura
    jurídica e institucional a nivel nacional, subregional o
    regional que proscriba la ejecución de prácticas
    empresariales anticompetitivas. También se ha tomado en
    cuenta el desarrollo de mecanismos que faciliten y promuevan el
    desarrollo de la política de competencia y
    garanticen la aplicación de las normas sobre libre
    competencia
    entre y dentro de los países.
    La medida aparentemente es congruente con buscar que los
    mecanismos de mercado sean los que determinen la
    colocación y uso de los recursos. Esos mecanismos deben
    operar en condiciones de competencia. El problema es que las
    medidas de este grupo pueden terminar operando contra la
    fortaleza que en determinado momento pudieran tener empresas
    nacionales o regionales. La medida atentaría más
    contra ellas, dada la vulnerabilidad en cuanto a costos, cobertura
    y economías de escala que
    pudieran implementar, que contra monopolios u oligopolios que
    están conformados por las grandes corporaciones
    transnacionales. Por otra parte estas grandes empresas teniendo
    mayores recursos pueden mostrar mayores influencias y
    protección para sus intereses. Esta protección a
    las corporaciones multinacionales se podría ver
    complementado con las disposiciones acerca de los derechos
    intelectuales (TRIPS), y los acuerdos de servicios
    financieros.

    (g) Servicios
    El mandato de este grupo es amplio. El mismo se refiere a
    establecer disciplinas para liberalizar progresivamente el
    comercio de servicios, de modo que permita alcanzar un
    área hemisférica de libre comercio, en condiciones
    de certidumbre y transparencia y desarrollar un marco que
    incorpore derechos y obligaciones
    en servicios de alcance integral.
    La intención aquí se evidencia en términos
    de hacer compatibles los logros de este grupo de
    negociación con lo que es el Acuerdo General sobre el
    Comercio de Servicios (GATS). Este acuerdo se está
    negociando en la actualidad en la Organización Mundial de Comercio
    –OMC. Se espera que un acuerdo general entre Europa, Estados
    Unidos y Canadá pueda lograrse para diciembre de 2002. La
    modalidad que se sigue aquí es la de lograr un acuerdo
    tipo "marco multilateral". Con base en ello se definiría
    primero un campo amplio de alcances y luego se podrían ir
    agregando nuevos sectores y reglas mediante negociaciones
    específicas.
    Las finalidades del GATS y la puesta en ejecución acerca
    de los acuerdos a que se llegue pueden limitar
    drásticamente las acciones de
    los gobiernos. Específicamente se podrían ver
    limitadas las sanciones jurídicas respecto a
    prácticas comerciales o de prestación de servicios
    ejecutadas a tenor de lo establecido por la OMC. Se
    tendría una restricción en la dotación de
    servicios por parte de los gobiernos, posibilitando que sean
    empresas privadas las que los provean. Las áreas
    incluirían sanidad, cuidado hospitalario, atención domiciliaria, odontología, educación en los
    diferentes niveles, museos, cárceles, bibliotecas,
    servicios jurídicos, energía, servicios
    hídricos, de protección ambiental, propiedad
    inmobiliaria, seguros,
    servicios postales,
    transporte y
    medios de
    comunicación social.
    El acuerdo establecería una cobertura universal de los
    sectores de servicios. Con base en ello, los gobiernos
    podrían establecer regulaciones, pero las mismas
    deberían ser compatibles con las disciplinas establecidas
    en el ALCA. Se incluirían al respecto los elementos
    siguientes:

    • cobertura sectorial;
    • tratamiento de nación mas favorecida (el
      acceso otorgado a inversionistas o empresas de un país
      del ALCA deberá ser otorgado a inversionistas o empresas
      de todos los demás países del ALCA);
    • tratamiento nacional (deberá darse a los
      inversionistas o empresas de todos los países del ALCA
      el mismo tratamiento que se da a los proveedores de servicios
      nacionales o locales);
    • acceso a mercados (disciplinas adicionales en
      relación con medidas que restringen la habilidad de los
      proveedores de servicio
      para ingresar en mercados);
    • transparencia (que hagan de conocimiento
      público todas las medidas pertinentes que podrían
      incluir, entre otros aspectos, nuevas leyes, reglamentos,
      directrices administrativas y acuerdos internacionales
      adoptados por todos los servicios de gobierno que afecten al
      comercio de servicios);
    • denegación de servicios (los miembros del ALCA
      contarán con la capacidad para denegar los beneficios
      del acuerdo de servicios a un proveedor que no cumpla con los
      criterios establecidos. Los criterios incluirán
      propiedad, control,
      residencia y actividades empresariales
      substanciales).

    De incluirse los derechos de tratamiento nacional en el
    ALCA, prácticamente la totalidad de servicios
    públicos de los gobiernos podrían quedar abiertos a
    la competencia de servicios prestados por empresas extranjeras
    con fines de lucro. Se limitaría además, el apoyo
    que los gobiernos pudieran dar a empresas nacionales que puedan
    prestar los servicios.
    No se trata aquí de invalidar lo que aparece como la mayor
    capacidad de ejecución y flexibilidad de la empresa
    privada ni de los mecanismos de mercado en cuanto a asignar
    recursos. Ni se trata tampoco de ignorar los notables problemas
    de burocracia e
    incompetencia que muchas ocurren en entidades públicas.
    Los problemas en última instancia, ocurren por la misma
    naturaleza de
    las unidades de producción. Las empresas privadas
    están diseñadas para hacer máximas las
    utilidades. Se produce para quien posea demanda
    efectiva en el mercado, quien tenga la capacidad económica
    de tener acceso a los satisfactores. Si alguien no posee esa
    capacidad, no tiene acceso a los mecanismos de mercado y no puede
    adquirir los bienes o servicio.
    A eso debe agregarse el concepto de que
    los precios para
    que funcionen en el modelo de
    mercado deben corresponder a condiciones de libre competencia (en
    esas condiciones los precios se igualarán a los costos
    marginales y las empresas pueden dar cobertura a mayor demanda).
    Si las condiciones son de oligopolio o
    monopolio, los
    precios se tenderán a elevar (el precio
    aquí tenderá a tener más relación con
    los ingresos
    marginales, elevando su cuantía y limitando las demandas
    efectivas). En muchos de los casos de los servicios
    públicos y en casos de bienes públicos y no
    privados, se dan las condiciones para que ocurran monopolios
    naturales.

    1. Solución de Controversias.
    2. El objetivo
      de este grupo es establecer un mecanismo justo, trasparente y
      eficaz para la solución de controversias entre los
      países del ALCA. Además se propone
      diseñar medios para facilitar y fomentar el uso del
      arbitraje y
      otros medios alternativos de solución de diferencias
      para resolver controversias privadas en el marco del
      ALCA.
      El mandado del grupo incluiría además, tomar en
      cuenta, entre otros, el entendimiento relativo a las normas y
      procedimientos por los que se rige la
      solución de controversias de la OMC. En ese caso los
      mecanismos, de seguirse, se asemejarían más a
      los que prevalecen en la OMC que en el TLCAN, para la
      resolución de controversias.
      En el TLCAN, no se imponen un conjunto regulado de leyes y
      disposiciones sobre el comercio. Los paneles de
      solución de disputas actúan con base en las
      leyes existentes en los países importadores. Si un
      país pierde una disputa debe aceptar el fallo del
      panel de solución y pagar "indemnizaciones adecuadas"
      a la contraparte, el otro gobierno. De lo contrario se
      expondría a que fuera objeto de represalias en
      función de "beneficios equivalentes".
      En la OMC, los paneles lo que tratan de identificar en un
      sentido particular es si las prácticas que emplean los
      estados constituyen o no un obstáculo para el libre
      comercio. Se invalida la práctica que se lleva a cabo,
      si ese es el caso. En el sentido de deliberación de la
      OMC, un país que generalmente actúa en
      función de los intereses de empresas, puede cuestionar
      y llevar al alegato de la discrepancia, las leyes y
      disposiciones de la otra nación.
      En caso de pérdida un país tiene tres
      alternativas: (a) pagar indemnizaciones al país
      ganador; (b) cambiar la legislación de manera que
      corresponda con las disposiciones de la OMC; o bien (c) ser
      sujeto de las sanciones comerciales que imponga el
      país ganador.
      Uno de los riesgos
      claros aquí es el dominio de
      los Estados Unidos en materia de disputas y de
      representación de grandes corporaciones. Ese papel lo
      ha jugado contra Europa en
      cuanto al problema de las cuotas bananeras y las
      prácticas de discriminación de importación de la fruta de los
      países de América Latina. El caso aquí es
      que Europa y Estados Unidos mantienen una relación de
      interdependencia y las represalias pueden ser
      recíprocas. Una situación distinta es enfrentar
      a Estados Unidos con Francia o
      Alemania
      que hacerlo con Haití, o con alguna de las numerosas
      economías reducidas en AMLYC.
      Por otra parte las conclusiones de los paneles de expertos,
      en el caso de que favorecieran a un país
      pequeño, no tienen la garantía de cumplimiento.
      No existen mecanismos de cohercitividad en el sentido de
      hacer imponer a un país poderoso, Estados Unidos o
      Canadá, una decisión. ¿Qué
      sanciones le puede imponer un país como Haití,
      Nicaragua, El Salvador o Guatemala,
      a la economía estadounidense? Las decisiones
      pueden quedarse en el limbo de lo escrito, careciendo
      además, de un peso estrictamente legal.
      Además deberá tomarse en cuenta la
      vulnerabilidad de los países en cuanto a los efectos
      que pueden tener las sanciones. Los países de
      economías más grandes estarían
      más a resguardo. Los países de economías
      pequeñas y dependientes de la exportación de
      unos pocos productos pueden llegar a tener consecuencias
      devastadoras de un fallo en su contra. Esto lleva
      también a otro punto: lo más probable, y esa ha
      sido la evidencia empírica en la OMC, es que sean las
      naciones más poderosas las que emprendan los
      alegatos.

    3. Subsidios, Antidumping y Derechos
      Compensatorios.

    El mandato de este grupo cubre dos aspectos
    básicos:

    1. Examinar maneras de profundizar, si correspondiera,
      las disciplinas existentes que figuran en el Acuerdo sobre
      Subvenciones y Medidas Compensatorias de la OMC, y lograr un
      mayor cumplimiento de las disposiciones de dicho acuerdo de la
      OMC;
    2. Llegar a un entendimiento común con miras a
      mejorar, cuando sea posible, las reglas y procedimientos
      relativos a la operación y aplicación de las
      legislaciones sobre dumping y
      subvenciones, a fin de no crear obstáculos
      injustificados al comercio en el hemisferio.

    Este punto claramente deja en ambigüedad lo que se
    puede y no se puede desarrollar. Establece notables
    condicionantes, lo atajos acostumbrados para interpretaciones
    notariales y de abogacía: si correspondiera, cuando sea
    posible. Con ello, la voluntad política y la
    disposición de las partes juega un papel medular en el
    avance o no avance en la formulación de los acuerdos. En
    todo caso este punto afecta más a los países
    más poderosos que están en la capacidad de
    establecer medidas dumping, o en
    subsidiar amplios programas
    productivos.
    En términos económicos el subsidio y las medidas
    dumping podrían verse como beneficios al consumidor. Se
    trata de que en última instancia los consumidores de una
    sociedad, se
    benefician de los subsidios que los habitantes de otros
    países dan a sus productores. O en otro caso, de los
    precios más ventajosos que se pueden tener (aún
    bajo los costos de
    producción).

    Los problemas se derivarían de dos
    aspectos:

    1. generalmente esos bajos precios no son permanentes;
      una vez que los competidores han sucumbido a las
      prácticas del dumping, se establecen condiciones de
      monopolio u
      oligopolio;
      precisamente las condiciones que contravienen las normas de la
      libre competencia; y

    (b) lo que está en juego desde el
    punto de vista de la economía
    política es la vulnerabilidad de los países.
    Entre una nación que es proveedora de alimentos y la otra
    que vende frutas exóticas o flores, como exportaciones, es
    claro que quien controla los alimentos tiene un instrumento no
    sólo económico, sino también un medio que se
    puede utilizar como presión
    política.

    El aspecto mediante el cual la OMC establece límites y
    prerrogativas entre lo que puede ser sujeto de subsidio o no, ha
    sido un tema que se ha considerado por muchos países en
    desarrollo como un favor a las naciones más desarrolladas.
    Complementariamente el artículo XXI de la OMC
    eximiría de cobertura en estos aspectos a las actividades
    militares. Esto puede desembocar en subsidios masivos a una
    determinada empresa o
    línea de producción o distribución, en nombre de la "seguridad
    nacional" de los estados. Esto de paso, protege a las industrias
    bélicas de cuestionamientos en la OMC. Estas condiciones
    otorgan una notable ventaja competitiva a las naciones con
    industrias armamentistas poderosas.

    Comités Especiales

    1. Comercio Electrónico
    2. Es importante el tema si se toma en cuenta lo que
      parece ser ahora el crecimiento exponencial del comercio
      electrónico. Se considera que en el 2000 las
      ventas por
      internet
      en Estados Unidos habrían llegado a cerca de 30,000
      millones de dólares, un aumento de 75 por ciento sobre
      las cifras del año anterior. Para el 2005 el comercio
      electrónico podría cubrir una cuarta parte
      del total de comercio.
      Este crecimiento del comercio electrónico lo
      caracteriza por ser un sector emergente que promete gran
      dinamismo en su desarrollo. Se considera que la comunidad
      mundial de abonados a Internet
      conoce un crecimiento exponencial y representa actualmente el
      26% de la población de Estados Unidos, pero menos del
      1% del conjunto de los países en desarrollo. Se
      considera que el número de utilizadores de Internet,
      estimado en 142 millones en 1998, debería ser al menos
      de 420 millones en 2003.
      La competencia especialmente intensa ocurriría entre
      empresas estadounidenses, europeas y japonesas por controlar
      las redes. Los
      países en desarrollo y sus empresas, salvo alguna
      excepción, están por completo al margen de esta
      nueva fuente de riquezas. Esto se relaciona a una poca
      capacidad de decisión e influencia de parte de las
      naciones en desarrollo, especialmente las más
      pequeñas. Con el afán de atraer capitales, este
      tema sería considerado como marginal y de muy poca
      influencia en las sociedades de los países del Gran
      Caribe.
      La perspectiva de desarrollo del mandato de este grupo
      consistiría en evitar cualquier impuesto al
      comercio electrónico. Este tipo de impuestos
      junto al que se propone para las transacciones financieras
      (impuesto
      Tobin) han tenido cierto debate en
      algunos círculos de Estados Unidos y Europa. Muchos de
      los grupos que se pronuncian por controlar más a nivel
      de estados los procesos de la
      globalización se inclinan por este tipo de
      mandatos. Con ellos el poder de los gobiernos como instancias
      promotoras del desarrollo y representativas de la sociedad
      tendría un mayor papel.
      El impuesto Tobin, denominado así en referencia a
      James Tobin –Premio Nobel de Economía en 1981-
      consitiría en la aplicación de un impuesto de
      0.25 por ciento en los intercambios financieros mundiales. Se
      pretende con ello dar cierta estabilidad al sistema
      financiero mundial, a la vez que las naciones
      podrían tener espacio para la conducción de
      políticas fiscales y monetarias.
      Se estima que este impuesto, en esta tasa propuesta se
      traduciría en una recolección de unos 250,000
      millones de dólares por año, lo que se
      podría destinar para impulso del desarrollo en las
      naciones más necesitadas. La ayuda para el desarrollo,
      según cifras de la OCED se ha reducido en 15 por
      ciento en la última mitad de la década de los
      noventas.

      Este comité especial surgió a
      raíz de reconocerse las asimetrías entre las
      economías de ALC. Lo que se propondría alcanzar
      es un plan a fin de
      crear oportunidades para la participación total de las
      economías más pequeñas y aumentar su
      nivel de desarrollo.
      La finalidad de establecer algunos "gradientes" de
      acción es importante, pero se trata de una labor muy
      complicada. En cierta forma, algo parecido ha tenido que
      hacer la Unión
      Europea al hablar de la Europa de "dos velocidades". Las
      naciones con economías más dinámicas y
      desarrolladas establecieron un modelo de cooperación
      con los países de mercados internos más
      reducidos. Esto último abarcó a Irlanda,
      España, Portugal, Grecia y
      hasta cierto punto a la zona sur de Italia. La
      iniciativa europea ha permitido establecer condiciones
      especialmente de infraestructura productiva que sean capaces
      de promover una competencia en el mercado con las naciones
      más desarrolladas, tal el caso de Francia y
      Alemania.
      Para establecer este plan para las
      economías pequeñas se requiere de mucha
      voluntad política y cuidado en que las medidas no
      vayan a distorsionar el dramático empuje
      pragmático que se sospecha tiene la iniciativa
      completa del ALCA: abrir mercados de parte de las
      economías de AMLCY, liberar flujos financieros y
      recortar acciones del estado. En ese sentido sería
      poco lo que se podría hacer en economías cuyas
      poblaciones tienen bajo poder de compra. Otro aspecto para la
      operativización sería la demarcación de
      lo que son pequeñas economías. ¿Se
      considerarían allí las economías
      medianas pequeñas (Uruguay,
      Ecuador,
      Guatemala y República Dominicana)?
      Si el criterio es la carencia de poder de compra, o el poco
      desarrollo de mecanismos de mercado, una característica que surgiría es
      la consideración de quienes viven en condiciones de
      pobreza en los países. Esta aproximación
      sería más rigurosa si lo que se desea es
      ampliar los mercados internos, promover más la demanda
      efectiva de la población, disminuir el número
      de personas viviendo en marginalidad,
      y favorecer un clima de
      más oportunidades para la gente. Con esas ideas como
      finalidades si se generarían condicionantes que pueden
      sustentar con mayor consistencia los mecanismos de mercado,
      dentro y entre los países.

    3. Economías más
      Pequeñas
    4. Sociedad Civil

    El propósito de ese comité especial
    sería el de tomar en cuenta la participación de la
    sociedad civil. Ha sido evidente en muchos casos -especialmente
    en los países más desarrollados, en donde la
    sociedad civil tiene mayores posibilidades de organizarse debido
    a que no existen los niveles de represión que han tenido
    lugar en algunos países de AMLYC- que existe una notable
    presencia contra los acuerdos de liberación de comercio y
    desmantelamiento de la capacidad de los estados.
    En ALC en donde los partidos
    políticos no son exactamente instancias de
    intermediación social, en el sentido de representar con
    permanente autenticidad intereses de muchos sectores sociales,
    surgen asociaciones de diverso índole. Aquellas que tienen
    sus intereses más en los aspectos comerciales,
    industriales, financieros y en general de los círculos
    empresariales es muy probable que tengan representación en
    las decisiones del ALCA. Se trata por lo general de grupos
    influyentes a nivel de los formuladores de la política
    pública y con presencia en los parlamentos.
    No obstante, los grupos de trabajadores, pobladores y
    consumidores no tienen una presencia importante, en general, en
    los círculos de toma de decisión. Estos sectores
    son importantes dentro de la sociedad civil. Tal y como se
    encuentran en las condiciones actuales no han podido tener mucha
    protección a sus intereses. No tomar en cuenta a los
    sectores de representación más amplia de la
    sociedad civil es hacer que los acuerdos puedan tener la
    legalidad estricta, pero no el apoyo ni la legitimidad concreta
    que les puede dar el respaldo de grupos amplios de la
    población.

    3. Previsibles
    Repercusiones Económicas, Sociales e
    Institucionales

    Una de las más importantes repercusiones del ALCA
    sería el contar con la efectiva apertura de mercados de
    Estados Unidos y con un mayor acceso a capitales productivos que
    aumentaran la formación de capital fijo.
    Esto sí podría favorecer la creación de
    condiciones para que el incremento de producción, el
    crecimiento
    económico no se tradujera en un mayor número de
    personas viviendo en condiciones marginales.
    Un sentido crítico del ALCA, que no deja de tener bases de
    proyección al observar muchos de los efectos del TLCAN en
    México, apuntaría a resaltar que uno de los efectos
    sociales sería la expansión de empleo
    manteniendo la pobreza. Se
    refiere aquí a la previsible expansión de zonas
    francas de producción mayormente conformadas por un parque
    industrial de maquiladoras. Estas industrias de ensamblaje
    reportan poco efecto en la ampliación del mercado
    interno.
    Sin embargo es de reconocer que hasta ahora la elites
    políticas y económica no han podido establecer un
    programa
    constante de desarrollo. Los defensores de este impacto del ALCA
    argumentarían que es cierto la expansión de este
    empleo barato,
    pero que al final es algo mejor que las actuales condiciones de
    miseria y violencia
    endémica que se vive especialmente en las zonas más
    pobres de los países Centro Americanos y del Caribe.
    Se reconoce que la búsqueda de los capitales productivos
    debe reconocer el impacto que tiene el gran dinamismo del sector
    financiero internacional. El volumen de la
    economía financiera es 50 veces superior al de la
    economía real y sus principales actores -los fondos de
    pensión estadounidenses, británicos y japoneses-
    dominan los mercados
    financieros. Ante ellos, el peso de naciones como las
    pequeñas economías del Gran Caribe, resulta muy
    poco significativo.

    Acrecentar los "costos sociales" sociales de las
    privatización repercutiría en una
    menor capacidad de los estados y el entorno institucional en la
    sub-región. Cada vez más países que han
    vendido sus empresas públicas al sector privado
    internacional se han convertido de hecho en propiedad de los
    grupos multinacionales, que actualmente dominan sectores enteros
    de la economía del sur. En ocasiones pueden servirse de
    los estados locales para ejercer presión
    sobre los foros internacionales y obtener las decisiones
    políticas más favorables a su papel preponderante
    en lo global.
    Todo esto se reconocería aún cuando también
    conviene señalar que casi siempre, con la excepción
    de México, la capacidad de los estados ha sido muy
    reducida en las naciones del Gran Caribe. De allí que no
    haya demasiado espacio para privatizaciones.
    Los efectos económicos sociales e institucionales del ALCA
    estarán relacionados con la correspondencia entre
    estabilidad macro y el potencial de mejora de niveles de vida en
    indicadores
    concretos. Es imprescindible tener presente que las estabilidades
    macroeconómicas de las naciones deben traducirse en
    beneficios para los grupos más vulnerables y no
    sólo en escenarios para acción de
    capitales.

    Las políticas de ajuste estructural impuestas a
    los países en desarrollo desde los años 80 han dado
    resultados satisfactorios a escala macroeconómica, pero
    han significado un costo social
    exorbitante y contraproductivo. Los gobiernos han "saneado" las
    economías favoreciendo con mucho las inversiones
    internacionales al tiempo que se ha
    desgarrado la cohesión del sistema de
    integración social.
    La capacidad institucional de los estados está relacionada
    con la mayor vulnerabilidad económica externa. Esto ha
    sido la evidencia con la aceleración de la globalización y las crisis
    financieras de los años 1997 y 1998. Estas condiciones
    provocaron una reducción aún mayor de los gastos
    públicos en salud y educación en nombre
    de la lucha contra el déficit fiscal y un
    aumento de las desigualdades y de la pobreza.
    Es cierto que en los países en desarrollo éstas no
    son producto exclusivo de las políticas de ajuste, pero la
    evidencia es que hasta ahora esas políticas han
    contribuido a acrecentar un menor número de oportunidades.
    También hay que tomar en este sentido en cuenta los
    círculos viciosos de la pobreza -escasos recursos
    productivos, baja productividad,
    baja producción, escasa capacidad de satisfacción
    de necesidades básica y exiguos niveles de ahorro interno
    de recursos. Además también imperan condiciones
    reñidas con el mantenimiento
    pleno del estado de
    derecho.
    En los impactos sociales e institucionales es importante
    reconocer la baja capacidad de las entidades públicas. De
    allí surgen varios factores que repercuten en climas de
    ingobernabilidad. Los resultados se relacionan con condiciones
    caóticas, al margen del estado de
    derecho, en una condición de barbarie en donde
    sectores de mafia imponen su ley. Aparecen
    nuevos peligros: crimen organizado, delincuencia
    explosiva, inseguridad
    generalizada, fanatismos étnicos o religiosos, corrupción
    masiva.

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