La contabilidad gubernamental aplicada a la municipalidad de Contumazá – Cajamarca (Perú) (página 2)
Capítulo V. Muestra un Caso
Práctico de Contabilidad, refiriéndose en primera
instancia al Nuevo Plan de
Contable Gubernamental, luego se detalla un Enunciado Contable,
seguidamente la Ejecución del Enunciado por
Último la Presentación de los Estados
Financieros.
Finalmente se presenta las Conclusiones, Recomendaciones
y un Glosario de
Términos.
Esperando sea de vuestro agrado el presente informe que
ha sido elaborado con esfuerzo y voluntad y que no solamente sea
apreciado por los docentes sino también por la nueva
generación de futuros Técnicos en Contabilidad que
haga su paso por el Instituto Superior Tecnológico Estatal
"Trujillo".
"Toda obra humana es imperfecta y que
es preferible hacer cosas útiles, que
admirables"
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CONTUMAZÁ
– CAJAMARCA
La Municipalidad Provincial de Contumazá
fue creada mediante Ley de
Congreso de fecha 20 de Agosto de 1872,
atribuyéndose su marcha institucional bajo el
mandato de la Ley
Orgánica de Municipalidades expedida el 14 de
Octubre de 1892, quien ordenaba establecer en las
Provincias y en los Distritos, Concejos Municipales
constituidos por un Alcalde, Teniente Alcalde, dos (02)
Síndicos y los Inspectores, todos ellos elegidos por
sufragio popular; inicialmente duraban en el mandato un
año, posteriormente se modificó a 03
años. Sus funciones más importantes de las
Municipalidades que dicha Ley ordenaba, se referían
a:a.- Aseo y Salubridad;
b.- Conservación y distribución de las aguas para
abastecimiento de las poblaciones;c.- Servicio
de alumbrado y baja policía;d.- Los registros
de estado civil y estadísticas de la
provincia;e.- Creación de arbitrios.
Cabe señalar, que posteriormente en el mes
de Marzo de 1981 se aprueba el Decreto Legislativo Nº
51 Ley Orgánica de Municipalidades, basado en la
Constitución Política de 1979 y que reconoce a las
Municipalidades Autonomía Económica y
Administrativa, para luego con fecha del 28 de Mayo de 1984
se expide la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades
Nº 23853, cuya vigencia rige hasta la actualidad, en
la cual las Municipalidades tienen el reto de asumir un
verdadero rol de promoción y ejecución en el
desarrollo de sus localidades, aspectos
condicionantes para que los Alcaldes y Regidores demuestren
cada vez mejor, capacidad empresarial en el manejo
municipal.La Constitución Política del Perú de 1993, en
su Artículo 191º atribuye a las Municipalidades
Provinciales y Distritales y las delegadas conforme a Ley,
que son los órganos de gobierno
local. Tienen autonomía Política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia.- ANTECEDENTES HISTORICOS DE LA
MUNICIPALIDADLa Municipalidad en general es un órgano de
Gobierno
Local que emana de la voluntad popular. Es una persona
jurídica de derecho publico con autonomía
política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia.La Municipalidad representa al vecindario,
promueve la adecuada prestación de los servicios locales, fomenta el bienestar de
los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las
circunscripciones de su jurisdicción. - NATURALEZA
Cumplir con la prestación de servicio
llevando a cabo la inversión Pública; que son
actividades paralelas que cumple mediante la
utilización de las fuentes
financieras conformado por los Ingresos
públicos y que a su vez lo integran los ingresos
tributarios o fiscales, los ingresos propios producidos por
los mismo entes del Estado, los préstamos internos y
externo, donaciones y las transferencias. - FINALIDAD
- OBJETIVOS
El objetivo
principal de la Municipalidad es el de satisfacer las
necesidades colectivas, en la medida que éstas se
demanden; diferenciándose del sector privado, en el
sentido que esté persigue obtener beneficios de carácter
individual, que no redundan necesariamente en bienestar para la
comunidad.
Entre otros objetivos
tenemos:
- Planificar, programar los objetivos y metas a
cumplir en determinado periodo. - Asignar los recursos
financieros, materiales
y humanos para alcanzar los objetivos y metas
programadas. - Procurar una adecuada administración de los recursos,
en cada unidad presupuestaria para el ejercicio fiscal. - Dictar y aplicar normas y
procedimientos que orientan a una buena
administración de los recursos
públicos. - Evaluar el grado de cumplimiento de los objetivos y
metas previstas, teniendo en cuenta si los recursos se
orientan a la ejecución de los mismos. - Que los recursos destinados a las unidades
sectoriales sean beneficio económico y sociocultural,
necesarios para el desarrollo del país.
- BASE LEGAL
Las Municipalidades se rigen por las leyes y
disposiciones que, de manera general y de conformidad con la
Constitución regulan las actividades y el funcionamiento
del Sector Publico Nacional.
Dentro del Marco Legal que norma a las Municipalidades
tenemos:
- Constitución Política del
Perú, Arts 191 al 196, promulgada el 29 de diciembre
de 1993. - Ley Nº 23853 del 08.06.84
Ley Orgánica de Municipalidades.
- Ley Nº 23854 del 08.06.84
Ley que Modifica la Ley Orgánica de
Municipalidades.
- Decreto Legislativo Nº 776 del
30.12.93
Ley de Tributación Municipal.
- Ley Nº 27209
Ley de Gestión Presupuestarias del
Estado
- Directiva Nº 007-99-EF/76.01
Directiva para la Programación, Formulación y
Aprobación de los Presupuestos
Institucionales de los Gobiernos Locales para el Año
Fiscal
2000.
La Municipalidad Provincial de Contumazá se
encuentra ubicada en la Provincia de Contumazá,
departamento de Cajamarca..Acceso: Tiene como acceso principal, la
carretera afirmada de Chilete a Contumazá (38
Kms)Extensión Superficial:
Provincia: 2,000.56 KM2 (7,45% del
Departamento)Distrito:345 Kms2 (13.6% de la
Provincia)Altitud del Distrito: 2,674
m.s.n.m.Clima: Sus regiones naturales son la Yunga
Marítima, la Quechua, la Jalca y la Puna. Las dos
últimas son reducidas y su clima es
variado.Dentro de la Provincia Contumazá, es el
Distrito con mayor afluencia de lluvias.- UBICACIÓN
- FUNCIONES Y ATRIBUCIONES LEGALES
- Planificar el desarrollo de sus circunscripciones y
ejecutar los planes correspondientes. - Crear, modificar, suprimir y exonerar contribuciones,
arbitrios y derechos. - Regular el transporte
colectivo, la circulación y el
tránsito. - Determinar los linderos de los distritos que
conforman una provincia. - Acordar su régimen de organización interior.
- Votar su presupuesto.
- Administrar sus bienes y
rentas. - Organizar, reglamentar y administrar los servicios
públicos locales. - Contratar con otras entidades públicos y no
públicas, preferentemente locales, la atención de los servicios que no
administren directamente. - Exigir el cumplimiento de sus propias normas, sea con
sus propios medios o con
el auxilio de las Fuerzas Policiales. - Celebrar acuerdos con otras municipalidades para
organizar servicios comunes. - Promover y organizar, conforme a ley, la
participación de los vecinos en el desarrollo
comunal.
GENERALIDADES DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD
GUBERNAMENTAL
2.1. GENERALIDADES DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD
GUBERNAMENTAL
2.1.1. CONCEPTO DE
CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
La Contabilidad Gubernamental, es el conjunto de
principios,
normas y procedimientos, para registrar, resumir,
analizar e interpretar las transacciones realizadas por los
entes público con la finalidad de preparar Estados
Financieros y Presupuestarios que faciliten el análisis de la mismas y la
obtención de indicadores que permitan una racional evaluación de ingresos y gastos,
así como la Situación Financiera de la Hacienda
nacional, durante y al termino de cada ejercicio
fiscal.
La contabilidad Gubernamental, constituye el
sistema de
información financiera más importante de
los Organismo del Sector
Público, a través del cual se puede conocer
la gestión realizada y los efectos que ellas producen
en el patrimonio
público.
En la actualidad la Contabilidad Gubernamental,
constituye una fuente de información que significa un
verdadero apoyo en los niveles directivos, ya que precisa
disponer de información adecuada para la adopción de decisiones, articulando un
sistema de
información que apoya a la
administración y alimenta al proceso de
planificación, programación, presentación,
ejecución y control de
las actividades de los Organismo del Sector
Público.
En síntesis se trata de un sistema
especializado mediante el cual se logra y se tiene en cuenta,
la aplicación de principios de
Contabilidad Generalmente Aceptado, las normas y
procedimientos contables, para el registro de
las operaciones
financieras que realizan los organismos públicos con
los bienes y recursos aportados por la
colectividad.
2.1.2. CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA Y PROCESO
CONTABLE
El Sistema de Contabilidad Gubernamental establece
un proceso de integración ordenado con controles en
las diferentes áreas contables para producir
información financiera oportuna y
confiable.
La referida integración contable que se logra
mediante el Sistema conduce a tecnificar los mecanismos de
proyección y ejecución del presupuesto, facilita el análisis
financiero y permite la evaluación del cumplimiento de las
metas del Gobierno.
A continuación se precisan los principales
fundamentos que conforma el sistema:
- Unidad de Almacén.- Cosiste en la
registración desde el punto de vista contable, de
todos los bienes muebles que ingresan a los organismos
públicos por cualquier concepto como entrada de
almacén; aunque en algunos casos en
ingreso al almacén se produzca de manera
simbólica, tales como los semovientes. Es decir las
adquisiciones de bienes realizadas por los entes
públicos, destinados al uso, consumo o
producción, deberán previamente
ser registrados como ingreso en los almacenes de
la entidad. Esta característica tiene como finalidad
primordial robustecer las labores de control
interno y canalizar la información que sirva para
formular el Parte Diario de Almacén, como elemento de
integración contable. - Unidad de Caja.- Este fundamento del sistema
se refiere al control
centralizado de los recursos financieros, debiendo estos
reunirse en un fondo común para financiar los
gastos
en el sentido de contribuir a que se mantenga el concepto
de unidad de información del manejo de los fondos
públicos. La finalidad de este principio es obtener
una información sobre el flujo de los fondos
públicos a través de otro de los elementos
del sistema, denominado Libro de
Caja, que es un libro
obligatorio restituido para registrar y resumir todas las
informaciones de ingreso y egreso de efectivo.De tal forma que en el mismo momento y con los
mismo documentos fuentes
pero en distintas áreas se procesa
información especializada con el fin de obtener el
Balance de Comprobación Integrado que muestre en su
conjunto las operaciones de bienes, fondos, presupuesto,
endeudamiento y operaciones complementarias. - Paralelismo y Simultaneidad Contable.- Las
operaciones
realizadas por los organismos públicos son registrados
en la Contabilidad Patrimonial y en la Contabilidad
Presupuestaria, es decir bajo este fundamento a toda
operación real registrado en el proceso contable
financiero, corresponde paralela y simultáneamente un
registro en
el proceso presupuestal. - Obligatoriedad de Compromiso: Con la
finalidad de que exista un buen control
interno en los organismos públicos, es de vital
importancia el registro contable de las cuentas
por pagar y compromisos presupuestarios previo al pago y la
ejecución presupuestaria.
DELIMITACION EN AREAS CONTABLES
El Sistema Contable a contemplado la agrupación
de operaciones homogéneas en campos
definidos.
- Área de Bienes: Comprende las
operaciones de adquisición u obtención,
almacenamiento y distribución de los bienes muebles del
gobierno. Incluye también la construcción, adquisición y
registro de la propiedad
inmueble del Estado, administrados por los organismos
públicos. - Área de Fondos: Se refiere a
operaciones relacionadas con los ingresos y egresos de fondos
en los diferentes niveles de la administración
pública. - Área de Presupuesto: Comprende las
operaciones que se derivan del presupuesto de cada ejercicio
fiscal, en sus etapas de promulgación,
modificación, ejecución del gasto e ingreso,
así como el análisis y cierre
presupuestario. - Área Complementaria: Comprende todas
las operaciones no indicadas en las áreas
anteriormente mencionadas. Es decir, asientos de apertura,
asientos de cierre, asuntos de regularización,
así como los asientos referidos a las cuentas de
control, que completan el circuito contable y son registrados
en las notas de contabilidad.
2.1.3. SISTEMA DE INTEGRACIÓN CONTABLE
(SICON)
El Sistema de Integración Contable es un
Sistema informático desarrollado por la
Contaduría Pública de la Nación para ser distribuido
gratuitamente a las entidades del Sector Público, con
base en la Ley Marco Proceso de la Cuenta General de la
República 2000, normas complementarias Instructivo
Nº 6 y el Instructivo Nº 7 del Cierre Contable y
sus modificatorias, que permite el registro de los Estados
Financieros y Presupuestales, Anexos y Complementarios, para
la elaboración computarizada y dentro de los plazos
establecidos, de la Cuenta General de la República, en
forma confiable y oportuna, generando información para
el Análisis de los Resultados obtenidos y así
poder
tener un mejor control de la información Financiera y
Presupuestal.
2.1.4. TIPOS DE CONTABILIDAD
El Sistema de Contabilidad Gubernamental establece
dos tipos de contabilidad: la contabilidad patrimonial y la
contabilidad presupuestaria
Contabilidad Financiera o
Patrimonial.-
Es el campo de la contabilidad que abarca las
normas, procedimientos, cuentas, libros,
comprobantes y estados contables relacionados con la
registración de los
valores que componen el patrimonio.
Contabilidad Presupuestaria.-
Es el campo de la contabilidad que abarca las
normas, procedimientos, cuentas, libros, comprobantes, etc.
para registrar el comportamiento de cada presupuesto fiscal,
regulando así las incidencias del proceso
presupuestario con criterio programático.
DIAGRAMA DEL SISTEMA
CONTABLE
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- INTRODUCCIÓN
El Concejo Municipal ejerce funciones
normativas, administrativas y fiscalizadoras. Está
constituido por el Alcalde y sus regidores.
Las funciones
ejecutivas del Gobierno
Municipal corresponden al Alcalde, los Regidores pueden asumir
alguna funciones Municipales a propuesta del Alcalde y con
acuerdo del Concejo Municipal.
Los Alcaldes y regidores son elegidos en sufragio
directo por los vecinos de la respectiva jurisdicción,
los Alcaldes y Regidores desempeñan sus cargos por un
período de cuatro años, pudiendo ser reelegidos;
los Concejos Municipales están integrados por un Alcalde
y el número de Regidores que se establezcan conforme a
la ley
Electoral.
Los Alcaldes y Regidores son rentados, conforme lo
permita el presupuesto y
disponibilidad de recursos
propios de cada Municipalidad y previo acuerdo del Concejo
Municipal, aplicándose los montos que determinan o
autorizan las normas sobre
remuneraciones para sus respectivos
rangos.
Los Alcaldes recibe una remuneración mensual y
los Regidores perciben dietas por sesión.
Los regidores que trabajan como dependientes en el
sector publico o privado, gozan de licencia en sus centros de
trabajo hasta por veinte horas semanales, sin descuentos de sus
remuneraciones, tiempo que
será dedicado exclusivamente a las labores
municipales.
Los Alcaldes y Regidores no serán trasladados
ni reasignados sin su consentimiento, mientras ejercen
funciones municipales.
- No pueden desempeñar los cargos de Alcaldes y
Regidores: - El Contador General, los perfectos, Subprefectos
y Gobernadores. - Los Miembros del Poder
Judicial, del Ministerio Público, del Tribunal
de Garantías Constitucionales, del Concejo Nacional
de la Magistratura y el Jurado Nacional de
Elecciones. - Los Presidentes de los Organismo Descentralizadas
en servicio
Activo. - Los miembros de las Fuerzas Armadas y Fuerzas
Policiales en servicio
activo. - Los miembros de otros Concejos
Municipales.
- El Contador General, los perfectos, Subprefectos
- Para ser elegido Alcalde o Regidor de un Concejo
Municipal se requiere: - Gozar del derecho de sufragio
- Ser vecino de la respectiva
circunscripción municipal con no menos de dos
años de residencia continua antes de la
elección. - Hallarse inscrito en el Registro
Electoral o en el Registro
Electoral Municipal para extranjero.
3.2. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA
MUNICIPALIDAD
El Reglamento de Organización y Funciones de la
Municipalidad Provincial de Contumazá, aprobado mediante
Edicto Nº 001-2000-MPC, determina la naturaleza,
finalidad, objetivos,
funciones, atribuciones, organización y relaciones de la
Municipalidad, en concordancia con la Ley
Orgánica de Municipalidades.
- ORGANOS Y DEPENDENCIAS
INTEGRANTES
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superior
ESTRUCTURA ORGANICA DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CONTUMAZÁ
- ORGANOS DE GOBIERNO Y
ALTA DIRECCION
- Concejo Municipal
- Alcaldía
- Dirección Municipal
- Comisión De Regidores
- Asamblea De Alcaldes Distritales
- Comisión De Coordinación
Multisectorial - Comité De Participación De
Barrios - Comité Provincial De Defensa
Civil
- ORGANOS CONSULTIVOS, DE COORDINACIÓN Y DE
PARTICIPACIÓN- Unidad De Auditoria Interna
- ORGANO DE CONTROL
- Unidad De Asesoría
Jurídica - Unidad De Planificación Y
Presupuesto
- Unidad De Asesoría
- ORGANOS DE ASESORAMIENTO
- ORGANOS DE APOYO
- Administración Tributaria
- Fiscalización Tributaria
- Ejecutoria Coactiva
- División De Infraestructura Y Desarrollo Urbano
- ORGANOS DE LINEA
- Proyectos
- Obras Publicas
- Obras Privadas
- Catastro
- Higiene, Salud Y
Limpieza Publica - Ecología Y Medio Ambiente
- Mercados, Camal Y
Comercialización - Taller Mecánico
- Policía Municipal
- Higiene, Salud Y
- División De Servicios Públicos
- Cultura, Deportes
Y Recreación - Hotel Municipal
- Tv Municipal
- Registro Civil
- Demuna
- Cultura, Deportes
- División De Servicios Sociales
- Programa Del Vaso De Leche
- ORGANO DESCONCENTRADO
3.4. REGIMEN LABORAL Y
ECONOMICO
3.4.1. REGIMEN LABORAL
Los Funcionarios, Empleados y Obreros de la
Municipalidad, son Servidores
Públicos, sujetos exclusivamente al Régimen
Laboral de la
actividad pública y tienen los mismos deberes y
derechos de
los del Gobierno Central de la Categoría
correspondiente; en concordancia con el Art. 52º de la
Ley Orgánica de Municipalidad Nº 23853
3.4.2. REGIMEN ECONOMICO
La Municipalidad Provincial de Contumazá,
cuenta con recursos
económicos que se obtienen de las siguientes fuentes:
- Otros Impuestos
Municipales, constituidos por el impuesto
predial y espectáculos públicos no
deportivos. - Recursos Directamente Recaudados, constituidos por
las tasas, contribuciones, venta de
bienes y
servicios, rentas de la propiedad,
multas y sanciones y venta de
bienes de
capital. - Canon Minero, transferido por el Gobierno Central
vía Banco de la
Nación. - Derecho de Vigencia de Minas, transferido por el
Gobierno Central vía Banco de la
Nación. - Donaciones y Transferencias, transferido por el
Gobierno Central para el Programa Vaso
de Leche,
vía Banco de la Nación. - Fondo de Compensación Municipal, transferido
por el Gobierno Central vía Banco de la
Nación. - Legados y donaciones internas y externas que se
hagan a su favor con arreglo a ley.
DOCUMENTOS Y LIBROS
CONTABLES QUE UTILIZA LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
CONTUMAZÁ
4.1. DOCUMENTOS Y
LIBROS
CONTABLES
4.1.1. OBJETIVO
Dar a conocer los documentos y
libro
contables que serán utilizados en el Sistema de
Contabilidad Gubernamental
4.1.2. FINALIDAD
Establecer la continuidad de la utilización
de los documentos fuente y Libros Contables Principales y
Auxiliares acordes con el Nuevo Plan de
Contable del Sistema de
Contabilidad Gubernamental, a fin de tener una
información suficiente, clara y
detallada que sustentan los Estados
Financieros y Presupuestarios que muestran la real
situación financiera y económica de la
entidad.
4.1.3. BASE LEGAL
- Ley N° 24680 – Ley del Sistema Nacional
de Contabilidad. - Resolución de Consejo Normativo de
Contabilidad N° 10-97-EF/93.01 del 29-07-97, que aprueba
el Nuevo Plan Contable
Gubernamental. - Decreto Supremo N° 019-89-EF/93.01 Reglamento
de Organización y Funciones del Sistema Nacional de
Contabilidad y de su Órgano Rector. - Código de Comercio
– Artículo 34, 36, 37, 38, 39, 43,
44. - Decreto Ley N° 26002 – Ley del Notario
– Artículo 112, 113, 114, 115, 116. - Decreto Ley N° 26501 – Establece que los
Jueces de Paz Letrados y Notarios son competentes para
legalizar la apertura de libros contables y otros que la Ley
Señale. - Decreto Legislativo N° 821 – Ley del Impuesto
General a las Ventas. - Decreto Supremo N° 029-94-EF y Decreto Supremo
N° 136-96-EF- Reglamento del Decreto Legislativo
821.
4.1.4. ALCANCE
Comprende a las entidades del Gobierno Central,
Gobierno Local e Instancias Descentralizadas del Sector
Público.
4.1.5. CONTENIDO
- Documentación fuente que sustenta el
registro contable. - Libros contables principales y
auxiliares. - Legalización de libros
contables.
4.1.6. DOCUMENTOS FUENTE
AREA DE BIENES
- Orden de Compra – Guía de
Internamiento - Orden de Servicios
- Pedido-Comprobante de Salida (PECOSA)
- Inventario Físico
- Existencias Valoradas de Almacén
- Control Visible de Almacén
DOCUMENTOS CONTABLES
- Orden de Compra – Guía de
Internamiento - Orden de Servicio
- Pedido-Comprobante de Salida (PECOSA)
- Nota de Entrada de Almacén
- Otros
AREA DE FONDOS
- Recibos de Ingresos
- Papeleta de Depósitos
- Nota de Cargo
- Nota de Abono
- Comprobante de Pago
- Planilla de Haberes y Pensiones
- Valorización de Obra
- Otros.
AREA DE PRESUPUESTO
Los documentos que sustentan las operaciones
contables de bienes, servicios y de fondos servirán para
la afectación presupuestaria, en lo que
corresponda.
AREA DE OPERACIONES
COMPLEMENTARIAS
Los documentos que se utilizan en las áreas
antes referidas, también son documentos fuente de esta
área, además otros documentos tales como
Resoluciones, Declaraciones Juradas, Contratos,
Carta Fianza,
etc.
LIBROS CONTABLES PRINCIPALES Y
AUXILIARES QUE DEBEN LLEVAR LAS ENTIDADES DEL SECTOR
PUBLICO
Los Organismos del Sector
Público Nacional, excepto Empresas
Públicas, continuarán registrando sus operaciones
en los libros contables que a continuación se
indican;
LIBROS PRINCIPALES
- Libro Inventarios y
Balances - Libro Diario
- Libro Mayor
LIBROS AUXILIARES
- Caja
- Libro Bancos ( Por
cada una de las cuentas o
sub cuentas
corrientes) - Registro de Ventas
- Registro de Compras
- Registro de Fondos para Pagos en
Efectivo - Y otros que requiera la entidad, de acuerdo a sus
necesidades
CONFORMACION DE LOS LIBROS
LIBROS PRINCIPALES
Libro de Inventarios y
Balances.-
Este libro se
apertura con el inventario
inicial, al empezar sus operaciones, el mismo que
revelará:
- La relación exacta del dinero,
valores,
créditos, efectos por cobrar, bienes
muebles e inmuebles, mercaderías y otros, que
constituyan el activo de la Entidad. - La relación exacta de las deudas y toda
clase de obligaciones pendientes, si las tuviere y que
formen el pasivo de la Entidad. - Fijará en su caso, la diferencia exacta
entre el activo y el pasivo, que será el patrimonio
con que inicia su gestión.
La entidad además al finalizar el ejercicio
reflejará en el mismo libro el Inventario
Final y Balance
General de su Gestión.
- Este libro será de foliación
simple.
* Cuando se trata de la creación, fusión
o transferencia de Activos,
Pasivos y Patrimonio a otra entidad, deberá figurar en
este libro y ser coincidente con la verificación
física
de los mismos.
Libro Diario.-
Este libro será de foliación simple y
contendrá en cada folio el movimiento
diario del Debe y el Haber.
Libro Mayor.-
En este libro se registrarán todas las cuentas
asentadas en el libro Diario.
LIBROS AUXILIARES
- Caja.- Utilizar el diseño que estime conveniente el
usuario. - Registro de Ventas
- Registro de Compras
- Fondo para Pagos en Efectivo.- Se utilizará
el documento denominado "Rendición del Fondo para
Pagos en Efectivo". - Bancos.- Se deberá aperturar por cada cuenta
corriente.
El registro de las operaciones de los libros
auxiliares mencionados, deberá efectuarse en los
Auxiliares Estándar del Sistema de Contabilidad
Gubernamental, excepto el Registro de Ventas y el
de Compras.
En lo referente a los auxiliares, Documentos por
Cobrar, Documentos por Pagar, Anticipos Concedidos, Encargos
Otorgados, Encargados Recibidos; éstos registros
deberán tener una información mas detallada para facilitar
su análisis.
En cuanto al auxiliar Inmuebles, Maquinaria y Equipo,
se debe llevar en forma individual por cada bien, indicando la
fecha de adquisición, monto, fecha de salida para su
uso, adiciones y mejoras, ajuste, para facilitar el proceso de
depreciación y/o
revaluación.
LEGALIZACION DE LIBROS DE
CONTABILIDAD
- La función de registro, foliación y
rubricación de los libros principales y auxiliares,
corresponde a las Direcciones Generales de Administración u oficinas que hagan sus
veces en las entidades públicas, excepto empresas;
para tal efecto se aperturará un registro en el que se
inscribirá antes de ser usados. - La legalización de los libros contables
principales se efectuarán de acuerdo a los
dispositivos legales vigentes.
DIAGRAMA BASICO DEL PROCESO
CONTABLE
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superior
CASO
PRACTICO DE LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL APLICADA
5.1. PLAN DE CUENTAS
Consejo Normativo de
Contabilidad
R. CNC. Nº
010-97-EF/93.01
Lima, 19 de Septiembre de 1997
Visto: El informe de la
Comisión Técnica constituida mediante
Resolución de Contaduría Nº 061-97-EF/93.01
encargada de revisar y evaluar el Plan Contable Gubernamental, en
coordinación con los usuarios del Sistema de Contabilidad
Gubernamental, los Órganos Rectores de los Sistemas
Administrativos de la Administración
Financiera del Estado, y el
Sistema Integrado de Administración
Financiera – SIAF;
CONSIDERANDO:
Que, el inciso a) del Artículo 4º de la Ley
Nº 24680 señala que es función
del Sistema Nacional de Contabilidad, dictar las normas de
contabilidad que deben regir en el sector público y
privado;
Que, el Artículo 13º de la Ley Nº
24680, señala que es función del Consejo Normativo
de Contabilidad – Órgano participatorio del Sistema
Nacional de Contabilidad, de emitir también normas de
contabilidad.
Que, la Sub-Contadora General de la Nación,
Presidenta de la Comisión Técnica encargada de
revisar y evaluar el Plan Contable Gubernamental, ha presentado
el Proyecto del
nuevo Plan Contable Gubernamental para su aprobación por
el Consejo Normativo de Contabilidad;
Que, conforme a lo expuesto, es conveniente aprobar el
nuevo PLAN CONTABLE GUBERNAMENTAL, preparado por la indicada
Comisión Técnica, por estar enmarcado dentro de las
técnicas modernas de contabilización
y que permitirá efectuar la registración contable
de las transacciones de las entidades gubernamentales, así
como viabilizar la implantación de la Tabla de Operaciones
del SIAF;
Que, el Consejo Normativo de Contabilidad en su
vigésima sexta sesión ordinaria, realizada en Lima
el día 19 de Septiembre de 1997, ha aprobado el nuevo PLAN
CONTABLE GUBERNAMENTAL, del Sistema de Contabilidad
Gubernamental; y
En uso de las atribuciones conferidas por los
Artículos 2º y 13º de la Ley Nº
24680;
SE RESUELVE:
ARTICULO 1º. – APROBAR el nuevo PLAN CONTABLE
GUBERNAMENTAL, del Sistema de Contabilidad Gubernamental, el
mismo que forman parte de la presente Resolución y consta
de lo siguiente:
TITULO I GENERALIDADES
– Introducción
– Disposiciones Generales
TITULO II CUADRO CONTABLE Y LISTA DE
CUENTAS
TITULO III CUENTAS DE BALANCE
CLASE 1
– Activo Corriente
– Activo No Corriente
CLASE 2
– Pasivo Corriente
– Pasivo No Corriente
– Patrimonio Neto
TITULO IV CUENTAS DE GESTION Y RESULTADOS
CLASE 3
– Gastos
Corrientes
CLASE 4
– Ingresos
Corrientes
CLASE 5
– Resultados
TITULO V CUENTAS DE PRESUPUESTO
CLASE 6
– Cuentas Presupuestarias
Ingresos
Gastos
TITULO VI CUENTAS DE ORDEN
CLASE 7
– Cuentas de Control y
Contingencias
TITULO VII CUENTAS DE LA CONTABILIDAD ANALITICA DE
GESTION
CLASE 8
– Cuentas de Costos
ARTICULO 2º. – A partir del 1º de Enero de
1998, las entidades comprendidas en la aplicación del
Sistema Gubernamental, registrarán sus operaciones bajo el
nuevo PLAN CONTABLE GUBERNAMENTAL, aprobado por la presente
Resolución.
ARTICULO 3º. – DEROGAR, la Resolución
Directoral Nº 071-80-EFC/76.01, de fecha 20 de Noviembre
de 1980, aprobatorio del anterior Plan Contable Gubernamental,
así como sus modificatorias.
Regístrese, comuníquese y
publíquese.
Consejo Normativo de Contabilidad
CPC. MANUEL LUNA VICTORIA SANCHEZ
Presidente
CUADRO CONTABLE Y LISTA DE
CUENTAS
- CUADRO CONTABLE
NUEVO PLAN CONTABLE | |||||||||||||||||||||
CUADRO CONTABLE | |||||||||||||||||||||
CONTABILIDAD PATRIMONIAL O | CONTABILIDAD | CUENTAS DE | CONTABILIDAD | ||||||||||||||||||
|
|
|
|
|
|
|
| PRESUPUES TARIA | CONTROL | DE | |||||||||||
| CUENTAS DE | CUENTAS DE |
|
| GESTION | ||||||||||||||||
RESULTADOS | |||||||||||||||||||||
CLASE 1 : ACTIVO |
|
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| CLASE 5 | CLASE 6 | CLASE 7 | CLASE 8 | ||||||||||||||
| ACTIVO NO | PASIVO | PATRIMONIO | GASTOS | INGRESOS | SUPERAVIT Y | CUENTAS DE | CUENTAS DE | CUENTAS DE | ||||||||||||
| CORRIENTE Y NO | NETO | CORRIENTES | CORRIENTES | DEFICIT | PRESUPUESTO | ORDEN | COSTOS | |||||||||||||
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10 CAJA Y BANCOS | 20 MERCADERIAS | 30 TRANSFERENCIA Y | 40 TRIBUTOS | 50 .. | 60 CONSUMO | 70 INGRESOS | 80 RESULTADO | 90 APROBACIONES,MODI |
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| REMESAS DE CAPITAL | PAGAR |
| SUMINISTROS | TRIBUTARIOS | DE OPERACIÓN | FICACIONES Y CIERRE |
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| PRESUPUESTARIO |
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| 90.01 PROYECCIONES |
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| PRESUPUESTARIAS |
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| 90.02 CIERRE PRESU- |
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| PUESTARIO |
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11 VALORES | 21 SUMINISTROS DE | 31 INVERSIONES EN | 41 REMUNERACIONES Y | 51 .. | 61 .. | 71 INGRESOS | 81 INGRESOS | 91 PRESUPUESTO DE | 01 CONTRATOS |
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NEGOCIABLES | FUNCIONAMIENTO | VALORES Y | PENSIONES POR |
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| TRIBUTARIOS | EXTRAORDINARIOS | INGRESOS | ORDENES APRO- |
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| PARTICIPACIONES | PAGAR |
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| BADAS |
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12 CUENTA POR | 22 MATERIAS PRIMAS | 32 .. | 42 CUENTAS POR | 52 .. | 62 GASTOS | 72 LIBERACIONES, INCEN- | 82 GASTOS | 92 PRESUPUESTO | 02 CONTRATOS Y |
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COBRAR | MATERIALES AUXILIA- |
| PAGAR |
| SONAL Y OBLIGA- | TIVOS Y DEVOLUCIO- | EXTRAORDINARIOS | DE GASTOS | ORDENES EN |
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| RES Y SUMINISTROS |
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| CIONES SOCIALES | NES TRIBUTARIAS |
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| TRAMITACION |
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| PARA LA PRODUCCION |
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13 LETRAS, PAGARES | 23 BIENES EN PROCESO | 33 INMUEBLES, MAQUI- | 43 ENCARGOS | 53 .. | 63 TRANSFERENCIAS | 73 .. | 83 INGRESOS DE | 93 ESTIMACIONES | 03 AUTORIZACIONES DE |
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Y OTROS EFECTOS |
| NARIA Y EQUIPO | RECIBIDOS |
| CORRIENTES |
| EJERCICIOS | DE INGRESOS | GIRO |
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POR COBRAR |
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| OTORGADAS |
| ANTERIORES |
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14 .. | 24 PRODUCTOS | 34 INVERSIONES | 44 OBLIGACIONES | 54 HACIENDA | 64 SERVICIOS | 74 .. | 84 GASTOS DE | 94 CALENDARIO DE | 04 AUTORIZACIONES |
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| TERMINADOS | INTANGIBLES | TESORO PUBLICO | NACIONAL | PRESTADOS |
| EJERCICIOS | COMPROMISOS | POR UTILIZAR |
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| POR TERCEROS |
| ANTERIORES |
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15 .. | 25 .. | 35 BIENES AGROPE- | 45 .. | 55 .. | 65 TRIBUTOS | 75 TRANSFERENCIAS | 85 .. | 95 ASIGNACIONES | 05 VALORES |
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| CUARIOS, PESQUEROS, |
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| CORRIENTES |
| COMPROMETIDAS | DOCUMENTOS |
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| MINEROS Y OTROS |
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| RECIBIDAS |
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16 .. | 26 .. | 36 BIENES CULTURALES | 46 DEUDAS A LARGO | 56 HACIENDA | 66 GASTOS DIVERSOS | 76 INGRESOS | 86 .. | 96 EJECUCION DE | 06 VALORES Y DOCU- |
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| PLAZO | NACIONAL | DE GESTION Y | DIVERSOS DE |
| INGRESOS | MENTOS EN CIRCU- |
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| ADICIONAL | SUBVENCIONES | GESTION |
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| LACION Y CUSTODIA |
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| OTORGADAS |
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17 CUENTAS POR | 27 .. | 37 INFRAESTRUCTURA | 47 PROVISIONES PARA | 57 EXCEDENTE DE | 67 GASTOS | 77 INGRESOS | 87 .. | 97 EJECUCION DE | 07 BIENES EN PRESTA- |
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COBRAR DIVERSAS |
| PUBLICA | BENEFICIOS SOCIALES | REVALUACION | FINANCIEROS | FINANCIEROS |
| GASTOS | MO, CUSTODIA Y NO |
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| DEPRECIABLES |
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18 .. | 28 BIENES EN | 38 CARGAS DIFERIDAS | 48 .. | 58 RESERVAS | 68 PROVISIONES | 78 .. | 88 .. |
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