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Los derechos económicos, sociales, culturales y de desarrollo progresivo



     

    Indice
    1.
    Introducción.

    2. El Trabajo Como Motor Del Desarrollo
    Económico.

    3. La Cultura Como Medio Del Desarrollo
    Social.

    4. La Protección De La Familia y
    Los Menores para el Auge Social.

    5. Los Derechos de Desarrollo Progresivo
    y la Dinámica Social: Una Tarea
    Pendiente.

    6. Conclusión.

    1. Introducción.

    … No puede realizarse el ideal del ser humano
    libre, liberado del temor y de la miseria, a menos que se creen
    condiciones que permitan a cada persona gozar de
    sus derechos
    económicos, sociales y culturales, tanto como de sus
    derechos civiles y políticos.
    La concepción y desarrollo en
    los últimos siglos de los derechos humanos
    en el hombre ha
    desatado una gran variedad de teorías, discusiones filosóficas y
    estudios jurídicos que han evolucionado en una serie de
    cuestiones dogmáticas plasmadas en tratados
    internacionales que poco a poco se están convirtiendo,
    por así decirlo, en la ley suprema de la
    comunidad
    internacional, buscando de esta manera medios
    eficaces y tendientes al crecimiento de las naciones.
    No obstante que intentar delinear con precisión una
    definición, fundamento y clasificación exacta de
    los distintos derechos humanos
    resulta complicado y ocioso, ya que sería redundar en
    distintas posturas filosóficas e ideologías
    políticas antagónicas que
    difícilmente pueden aunarse en una sola, podemos
    señalar que, universalmente, los teóricos de los
    derechos humanos suelen catalogar en una rama de derechos humanos
    a los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y de
    Desarrollo Progresivo, que son aquellos que les corresponden a
    las personas en función de
    las actividades que desarrollan o de la categoría de
    individuos a la que pertenecen, ya sea por la edad o por
    algún otro motivo que merezca un amparo especial
    de la ley; como por
    ejemplo: los derechos a la educación, a una
    vivienda digna, al trabajo en condiciones favorables, a la
    salud, a la
    seguridad
    social, etc.
    Estos derechos encuentran su primer antecedente en el Pacto
    Internacional del mismo nombre promovido por la
    Organización de las Naciones Unidas y
    firmado en Nueva York (16-12-1966) por los Estados miembros.
    Dicho pacto contiene los principios
    básicos que rigen a las naciones obligadas –y entre
    estas México– a
    mantener un criterio fijo de cooperación internacional y
    ayuda mutua para así adoptar las medidas necesarias para
    el cumplimiento de los derechos sociales que la propia carta expone y
    que específicamente versan sobre este tema.
    De manera genérica, esta categoría de derechos
    puntualiza la especial atención hacia las clases
    sociales de bajos recursos;
    concretamente la clase obrera. A su vez, busca precisar la
    importancia de la educación y la
    cultura como
    medios
    indispensables en la vida social y, por último, determina
    ciertos derechos especiales que gozan las familias y los menores
    de edad como recursos para el
    futuro progreso de los Estados. Es necesario aclarar que, aunque
    el contenido de derechos que se intentan proteger en esta
    categoría es mucho mayor a los ya mencionados, la
    mayoría de estos derechos se desprenden de los primeros y,
    en nuestra opinión, creemos pertinente desarrollar con
    más detalle los derechos laborales, culturales y
    familiares por ser las bases y fundamentos para otras
    garantías y normas que rigen
    al derecho positivo.
    Y es por tal motivo, que el presente ensayo se
    enfoca concretamente a estos conceptos.

    2. El Trabajo
    Como Motor Del
    Desarrollo
    Económico.

    "Toda persona tiene
    derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se
    promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo,
    conforme a la ley".
    El constituyente de Querétaro en 1917 estaba compuesto, en
    su mayoría por una clase de personas que representaba a la
    masa triunfante de la revolución, sumida en ideas socialistas que
    se propusieron firmemente terminar abusos patronales y opresiones
    por parte de la clase burguesa que concluyó dando origen a
    una Constitución protectora de las clases
    sociales desfavorecidas. Sin duda alguna el artículo
    123 de nuestra constitución es un claro ejemplo del
    espíritu del constituyente pues participa en gran parte en
    la protección a los derechos de la clases trabajadora. Es
    así, que nuestra Constitución actual dio
    importantes avances en materia de
    derechos humanos y logró, por así decirlo, un
    progreso inaudito en materia
    laboral. Sin
    embargo, aunque en teoría
    México sea
    un país con gran desarrollo y conciencia en los
    derechos laborales, en la práctica sigue una inmensa
    desigualdad entre clases; es decir, la norma no se aplica en su
    totalidad o, simplemente, se corrompe.
    Por una parte, el concepto de
    organismos sociales que contribuyen al progreso del trabajador
    tales como el IMSS, el
    INFONAVIT o los sindicatos
    son, en principio, realmente afables y necesarias para la
    sociedad. Sin
    embargo, la constante corrupción
    y desvío de capital
    colaboran al desprestigio e ineficaz labor que realizan en
    realidad estas instituciones.
    Se encuentran enviciados por la falta de formalidad, responsabilidad y la sensatez de sus dirigentes.
    Parece ser que en nuestro país la norma objetiva en
    existencia comprende una visión distinta a la realidad que
    se vive en sociedad.
    La necesidad de que estos organismos sean sublimados en el
    ejercicio justo y concienzudo se refleja en las condiciones de
    vida que actualmente hay en México. Podemos decir que "si
    no hay un orden social y jurídico que garantice el
    ejercicio del trabajo, si los diferentes oficios, dependientes
    los unos de los otros, no colaboran y se completan entre
    sí y, lo que es más todavía, no se asocian y
    se funden como en una unidad la inteligencia,
    el capital y el
    trabajo, la eficiencia humana
    no será capaz de producir sus frutos"

    Se encuentra, por ejemplo, la Ley Federal del Seguro Social
    que señala: "La seguridad social
    tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia
    médica, la protección de los medios de subsistencia
    y los servicios
    sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo,
    así como el otorgamiento de una pensión que, en su
    caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será
    garantizada por el Estado".
    Pero esto aún esta muy lejos de cumplirse. Leyes como las
    del seguro social y
    la del INFONAVIT, aún son muy deficientes en la
    práctica y confusas en la norma; es necesario hacer una
    reforma que precise los principios
    ideológicos en los que se fundamenta y un mayor control y
    vigilancia de los fondos que obtiene para una mayor distribución y repartición de
    bienes. Pues,
    como lo señala Montesquieu:
    "La Corrupción
    de los gobiernos comienza casi siempre por la de sus normas y
    principios".
    El pacto firmado en Nueva York, en materia laboral,
    aún sigue siendo un idealismo en
    la mayoría de los países subdesarrollados y
    México no es la excepción. La búsqueda del
    equilibrio de
    clases no concluye con una constitución revolucionaria ni
    con la ratificación de un tratado internacional; se debe
    de ampliar, en cambio, el
    concepto de
    instituciones
    proteccionistas de clases desfavorecidas con menor burocracia, mayor
    claridad en la rendición de cuentas pero
    sobre todo mayor seguridad
    social.

    3. La Cultura Como
    Medio Del Desarrollo
    Social.

    "La educación es medio
    fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es
    proceso
    permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la
    transformación de la sociedad, y es factor determinante
    para la adquisición de conocimientos y para formar al
    hombre de
    manera que tenga sentido de solidaridad
    social".
    La reagrupación de pueblos y culturas diversas dio a
    luz un mundo
    pluricultural sometido a las tensiones mundiales y resultante de
    la
    globalización. Así, se puede constatar una
    verdadera vuelta a los valores
    tradicionales, a las culturas y al deseo de preservar su identidad
    nacional. Este clima de cambios
    da lugar a nuevos desafíos en el campo de los derechos
    universales del hombre. Las
    raíces culturales constituyen el fundamento de la identidad
    social porque están ligadas a la definición
    personal y a
    la noción de pertenencia a un grupo
    étnico específico. Cuando las culturas se
    entrelazan y se mezclan, las identidades se modifican -como lo es
    en México-. Este proceso puede
    ser instructivo y desestabilizador al mismo tiempo.
    Es instructivo, ya que otorga al país una riqueza cultural
    de atractivo particular a la población en general y de relaciones que se
    pueden sustentar en la ayuda mutua de las distintas culturas
    dando origen a un orden con mayor eficacia. Pero, a
    su vez, es desestabilizador pues da nacimiento a racismos y
    abusos de una cultura hacia la otra suprimiendo el respeto de
    igualdad de
    todos ante la ley.
    La situación que evocamos modela un dilema constante:
    ¿Cómo pueden existir los derechos universales del
    hombre dentro de un mundo plural, cuando la comunidad
    internacional se vuelve cada vez más integrada?,
    ¿Cómo puede ser respetada la diversidad cultural?,
    ¿Es inevitable el camino que conduce a una cultura
    global?, ¿Está el mundo preparado para esta
    transformación?, ¿Cómo lograr la
    creación de una cultura global fundada y guiada por la
    tolerancia y
    la dignidad humana? Estas son algunas de las preguntas planteadas
    durante muchos debates internacionales sobre los derechos humanos
    y el relativismo cultural.
    El Pacto de Nueva York no impone un modelo
    estándar cultural determinado sino un nivel mínimo
    de protección de la dignidad humana. No favorece una
    cultura en detrimento de otra, sino que refleja el esfuerzo
    coordinado de la comunidad internacional con el fin de poner en
    marcha un modelo
    común y un sistema de
    leyes
    internacionales cuyo objetivo es
    proteger los hombres respetando y protegiendo la diversidad y la
    integridad cultural por medio de cierto número de derechos
    culturales.
    El problema actual en México sobre los derechos
    indígenas ciertamente es de una temática muy
    difícil de definir. Sin embargo, el sustento cultural en
    México dictado por nuestra Constitución: La
    Nación
    Mexicana es única e indivisible nos habla de una realidad
    que es clara, y Aristóteles asiente en el mismo sentido: el
    bien de la sociedad es más excelente que el bien de un
    solo hombre.
    Estas afirmaciones tienen un sentido integrador de las diferentes
    expresiones de la sociedad humana. Existe la diversidad cultural,
    cierto, pero no dejamos de ser, por ese solo hecho, parte de una
    misma sociedad; y el bien de un solo hombre o de un grupo de ellos
    jamás podrá ser mejor que el bien de la sociedad
    entera.
    Siguiendo la cultura democrática es claro que hay que
    escuchar las necesidades de todos los distintos grupos
    étnicos, respetar su cultura y cumplir con sus exigencias,
    pero siempre teniendo en base el mismo principio constitucional;
    la Nación
    Mexicana es única e indivisible y la igualdad de
    los hombres exige que no haya preferencia alguna sobre raza o
    credo. No es propicio para la democracia
    participativa ni para el desarrollo de nación alguna el
    que queden aún pequeñas sociedades de
    hombres apartadas de las demás o –como les llama
    Ortega y Gasset– islas de humanidad, que floten en
    México como olvidadas de sus compatriotas, con leyes,
    garantías y recursos distintos del resto de los mexicanos,
    en donde su riqueza cultural es más un peso que un
    orgullo.
    Es por tanto, imperativo, que el gobierno mexicano
    tome en cuenta todos estos factores al rendir cuentas. El
    crecimiento del país debe buscar su soporte en la soberanía del Estado
    mexicano, teniendo en consideración el respeto de todos
    los mexicanos –sin excepción– y la firmeza y
    perseverancia en sus decisiones. Son éstos dos elementos
    que van de la mano y deben regir la política
    actual.

    4. La Protección De
    La Familia y
    Los Menores para el Auge Social.

    Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el
    derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para
    sí y su familia, incluso
    alimentación, vestido y vivienda adecuados
    y a una mejora continua de las condiciones de existencia.
    Gran parte de los derechos económicos, sociales y
    culturales se centran en la protección de la familia y
    de los niños.
    El cuidado en el desarrollo de los aspectos de alimentación,
    igualdad, identidad,
    salud y convivencia pacífica son básicos para su
    crecimiento y estabilidad. La legislación mexicana
    establece en la Ley para la Protección de los Derechos de
    Niñas, Niños y
    Adolescentes
    un conglomerado de normas en defensa de estos derechos que,
    tristemente, no han sido aplicadas en plenitud; ya que, aunque la
    ley contiene principios de atención y tutela en general, no hay
    medidas prácticas que remedien con claridad esta
    categoría de derechos.
    Esta ley y el Pacto de Nueva York, aún siguen siendo un
    conjunto de buenas intenciones de los Estados miembros de ayudar
    a resolver problemas de
    índole social, en especial de este carácter.
    Difícilmente un país subdesarrollado progresa en
    tanto la
    familia no es
    reconocida como un primordial factor de la sociedad y protegida
    con singular dedicación.
    Lamentablemente, en las últimas décadas la familia
    ha perdido el protagonismo pertinente en cualquier sociedad. La
    institución de la familia es verdadero y único
    principio de toda sociedad, en tanto que es la primera y
    más necesaria de las comunidades humanas, y a los hombres
    les es más difícil desarrollarse plenamente si no
    tienen el apoyo y la identidad de una familia.
    La familia favorece ampliamente la educación primera de
    los hombres, su seguridad y
    desarrollo
    personal, afectivo, emocional y espiritual, pues se
    fundamenta en una unión de plena intimidad humana.
    Es por eso que no hay nada que favorezca más la
    cohesión y la estabilidad social que la cohesión y
    la estabilidad de la familia en esa sociedad. La defensa de la
    fuerza e
    importancia de la familia es medular en el desarrollo de la
    cultura, del desarrollo, de la identidad
    nacional, de la preparación educativa y la iniciativa
    social de todos los individuos.

    5. Los Derechos de
    Desarrollo Progresivo y la Dinámica Social: Una Tarea
    Pendiente.

    La Democracia
    tuvo su origen en la creencia de que, siendo los hombres iguales
    en cierto aspecto, lo son en todo.
    Cualquier sociedad se encuentra establecida en una serie de
    clases o niveles sociales que conforman la población. Existe la clase más baja,
    que es más pobre, menos preparada y más necesitada;
    y otras varias clases intermedias hasta llegar a la clase alta,
    que es aquella que tiene buena capacidad económica y
    oportunidades de preparación y consumo
    sobresalientes.
    La existencia de clases no es ninguna injusticia, dado que es lo
    propio de la sociedad el contar con jerarquías y oficios
    mejor remunerados que otros, y personas con distintas
    capacidades; y los unos no podrían subsistir sin los
    otros.
    Podemos observar, a guisa de ejemplo, una empresa
    cualquiera. Existe un patrón, varios directores, otros que
    son gerentes, y muchos trabajadores u obreros. Desde luego, el
    patrón tiene mejor percepción
    económica que los obreros, dado que su labor intelectual
    acaso sea mayor, y su trabajo es fundamental para la empresa; pero
    ¿podría haber un patrón sin trabajadores que
    produzcan algo? Imposible. Desde ese punto de vista, el director
    depende de los trabajadores y, estos, a su vez, dependen del
    patrón, que les contrata, dirige y paga.
    En todo esto no se observa injusticia alguna. La dinámica social exige que haya distintos
    tipos de labores, sin las cuales la sociedad no puede
    desarrollarse. Sin embargo, en México esta dinámica
    ha sido llevada a los extremos, pues las clases bajas sufren de
    excesiva pobreza, mientras
    que las clases altas gozan de excesiva riqueza. Esta brecha
    social se ha ido agrandando hasta el punto que la realidad que
    viven las personas de la clase alta es totalmente inimaginable
    para los de clase baja.
    Así también, observamos que en nuestro país
    las clases o niveles sociales son casi herméticos,
    estacionarios. Es difícil que una persona de bajos
    recursos alcance un bienestar igual o mayor al de la clase alta.
    Más bien, las personas y familias que pertenecen a una
    clase social tienden a permanecer allí, sin poder subir
    más, pues las personas de los distintos niveles repelen a
    quienes intentan acceder a ellos.
    ¿Acaso no suele pasar en México que la persona que
    es, por ejemplo, obrera de una fábrica, se mantenga toda
    su vida en el mismo puesto y con las mismas percepciones?,
    ¿y que sus hijos le substituyan en esa tarea, y que la
    familia se mantenga, por generaciones, en la misma clase social,
    con las mismas necesidades? Estas personas trabajan para
    sobrevivir, pero no logran avanzar, desarrollarse, crecer y
    mejorar su situación conforme trabajan. Su trabajo es para
    la supervivencia, pero no para el desarrollo.
    Todos los hombres tienen derecho al desarrollo progresivo, en dos
    sentidos: el primero, a lograr un buen nivel de bienestar
    personal y
    familiar, sin importar la clase a la que se pertenezca o la labor
    que se desempeña. El segundo, a tener una verdadera
    posibilidad de desarrollo, en el sentido de desempeñar
    labores mejor remuneradas y más especializadas conforme se
    avanza en el trabajo diario.
    Una adecuada protección de los derechos de desarrollo
    progresivo deberá tender a:

    1. Disminuir la brecha social entre clases, de manera
      que aún los de más baja percepción económica obtengan lo
      necesario para su mantenimiento y desarrollo.
    2. Fortalecer la verdadera dinámica social para
      que las personas puedan avanzar, prepararse y ocupar niveles
      más altos en la sociedad y en el trabajo, aún
      cuando comiencen de la nada, hasta un bienestar consistente. En
      esto se distinguen los países del primer mundo de los
      del tercero, pues en los primeros todas las personas
      están académicamente preparadas para enfrentar
      los retos propios de una sociedad en movimiento.

    6.
    Conclusión.

    El cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos
    Económicos, Sociales y Culturales de Nueva York firmado el
    16 de Diciembre de 1966 contiene principios normativos
    fundamentales para el seguimiento de los derechos humanos.
    Aún no se han tomado medidas concretas para su
    cumplimiento; pero ya hay conciencia plena
    mundial de tomar acciones para
    el desarrollo de las clases sociales.

    Podemos concluir, entonces, que el desarrollo
    político, económico y social de un país
    depende en gran medida de las resoluciones que se tomen sobre
    estos derechos. La sociedad sólo conseguirá su
    cometido rumbo al bien común en tanto los derechos y
    deberes humanos sean cumplidos cabalmente y cada
    obligación, sea del Estado o del
    particular, sea visualizada en torno al desarrollo
    personal y social en general.

     

     

     

    Autor:

    Gabriel Villalever García de Quevedo y Francisco
    García-Pimentel Ruiz

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