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Jhon Locke




Enviado por erasmo cienpies



Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. El estado natural
  3. La propiedad
  4. El contrato social
  5. La sociedad civil
  6. Conclusión
  7. Bibliografía

Introducción

Casi al principio de su libro Dos Tratados sobre el Gobierno Locke critica la doctrina política de sir Robert Filmer, que dice que todo gobierno es una monarquía y que el principio se basa en que nadie nace libre.

Locke puede enunciarse en términos opuestos, su obra se caracteriza por el tema de la libertad humana tanto en su pensamiento político, sobre libertad religiosa y libertad económica.

Locke puede considerarse como el teórico de la Revolución Inglesa de 1688 que acabo con los Estuardos y dio origen a la democracia constitutiva, primero refutando la doctrina absolutista de Filmer y en segundo lugar a Hobbes como teórico del absolutismo.

Pero su doctrina tiene una importancia histórica mucho mayor ya que es una expresión del pensamiento liberal de la época, y sus tratados van mas haya de la ideología de los whigs.

Ya que su pensamiento sobre las libertades del hombre son el reflejo del cambio de sociedad y sus formas políticas que no sólo impacto en Inglaterra, sino también en Francia y Estados Unidos de América.

El estado natural

Es necesario para poder entender como se da al paso del estado natural a la conformación de la sociedad política, la cuestión sobre los tipos de ley que distingue y que son dos que están estrechamente relacionados con el tipo de estado en el que viven los hombres.

Se distinguen la ley divina y la ley civil, en el primer caso la relación puede ser de acatamiento o de transgresión y en relación con la ley civil inocentes y criminales. Estas leyes pueden discrepar entre sí, pero se deduce que la ley divina es el último criterio para distinguir acciones moralmente buenas o malas.

Por tanto la distinción entre el bien y el mal lo justo de lo injusto es la ley dependiente de la voluntad de dios; que es la luz de la naturaleza la cual se descubre por la razón. Locke pensaba que de la reflexión de la relación entre la naturaleza de dios y del hombre se obtendrían principios evidentes por sí mismos de los que se podía deducir otras reglas morales concretas.

Cuando Locke hable de un estado de naturaleza es porque se admite una ley natural que puede descubrirse con la razón; el estado natural es un estado de libertad, más no de licencia o libertinaje ya que existe una ley que gobierna a todos y debe de entenderse la libertad en el marco de la ley natural como regla única, no se está sometido a ninguna restricción que no sea la ley natural dado que todos son criaturas de dios.

Esta ley implica derechos como el de conservación propia, defensa de la vida y el derecho a la libertad, pero estos deberes implican una correlatividad, es decir, no solo implican un derecho sino que se convierten en deber.

Por ejemplo un hombre tiene derecho a la conservación propia y por consiguiente a defender su vida, porque tiene obligación de hacerlo. Y se está moralmente obligado a emplear todos los medios para efecto de este fin, pero en el marco de la ley divina o natural.

La primera impresión del estado natural es que los hombres conviven en una forma amigable gozando de libertad y paz bajo el imperio de la naturaleza. Locke define el estado de naturaleza como: "Los hombres que viven juntos conforme a la razón, sin un jefe común sobre la tierra con autoridad para ser juez entre ellos, se encuentran propiamente en el estado de naturaleza" El estado de naturaleza no se remite como un paso anterior a la conformación de la sociedad civil, el cual no tiene que ver con la experiencia política de los hombres. Ya que aún existiendo hombres en estado de asociación pero sin la capacidad o el poder para dirimir conflictos, se sigue viviendo en estado de naturaleza. Por tanto el estado de naturaleza es antagónico a la sociedad civil.

El estado de guerra se entiende con el uso de la fuerza sin derecho, sin justicia y sin autoridad, el uso de cualquiera de estos aspectos coloca a un hombre en estado de guerra con otro. Pero este estado no depende de la presencia o ausencia de un juez.

El uso de la fuerza ilegal o desmedida determina el estado de guerra y su opuesto el estado de paz se define como a condición en la cual los hombres viven juntos y no existe el uso de la fuerza sin derecho. Esto implica que tanto en estado natural como en la sociedad civil existen espacios de estado de paz y existen espacios de estado de guerra.

Para que tenga vigencia la ley natural en el estado natural alguien debe de ejecutarla; se indica que la aplicación de la ley queda en mano de todos los hombres ya que seria vana la ley si no existiera la forma de hacerla ejecutar.

Pero el estado natural implica el inconveniente de que como todos se encuentran facultados para aplicar la ley, ser jueces de su propia causa. Se está expuesto a que el amor propio lleve a juzgar con parcialidad, excediéndose en el castigo, lo que desencadena conflicto comenzando un estado de guerra.

El problema del estado de naturaleza radica como se dijo anteriormente en la falta de un juez que dirima las controversias, además de la agravante de falta de imparcialidad. El estado de guerra no puede existir donde la autoridad civil haga cumplir en el momento adecuado y de manera eficaz la ley de la sociedad.

Pero el estado de guerra puede existir en la sociedad civil cuando la fuerza del juez común resulta ineficaz, pero se da en ausencia de o vacío de la autoridad civil de lo que se concluye que el estado de guerra sólo se puede dar en estado natural, aunque sea de manera temporal.

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