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Adquisición de la nacionalidad venezolana de origen




Enviado por barbozaelizabeth



Partes: 1, 2

    1. Sistemas para Adquirir la
      Nacionalidad de Origen
    2. Conflictos en Materia de
      Nacionalidad
    3. Efectos de la
      Nacionalización
    4. Origen
      Sociológico-Jurídico de la Nacionalidad
      Venezolana
    5. La Opción de otra
      Nacionalidad y la Nacionalidad Adquirida
    6. Pérdida de la nacionalidad
      venezolana
    7. Conclusiones y
      recomendaciones
    8. Glosario de
      términos

    Sistemas para Adquirir
    la Nacionalidad de Origen

    Existen tres sistemas para
    adquirir la nacionalidad de origen:

    1. El Ius Sanguinis
    2. El Ius Soli
    3. El Sistema
      Mixto

    El lus Sanguinis

    Se determina por la filiación, es decir, los
    hijos legítimos tienen la nacionalidad del padre o la
    madre que los haya reconocido primero.

    La primera expresión es también
    equivocada, ya que ella da la idea de que la nacionalidad se
    atribuye en razón de la sangre, o sea, en
    razón al grupo
    racial-étnico al que pertenezca el padre sea nacional o
    esté vinculado jurídica y políticamente al
    estado, para
    que sus hijos tengan la misma nacionalidad. Por ejemplo: el
    nacionalizado pertenece a un grupo
    étnico o sanguíneo de los nacionales de origen y
    sin embargo los hijos de los naturalizados adquieren la
    nacionalidad del padre por el lus Sanguinis.

    "El lus Sanguinis", tiene su origen en el Derecho
    Romano, allí los hijos de los ciudadanos romanos
    cualquiera fuera el lugar de su nacimiento tiene la nacionalidad
    romana. Este sistema se aplica
    a la mayoría de los países europeos excepto
    Inglaterra.

    Además, el principio del lus Sanguinis es propio
    de los países sujetos a emigración, pues mediante
    este principio pretende aumentar el número de sus
    nacionales.

    Este principio establece que la nacionalidad se
    determine mediante la filiación. Los hijos tienen la
    nacionalidad de sus padres.

    Lus Soli

    Se determina por el lugar de nacimiento. Se
    adquiere la nacionalidad del lugar donde se nace. Este sistema ha
    sido acogido por la mayoría de los países
    latinoamericanos, por una razón fundamental. Cuando estos
    países se independizan era preciso determinar
    quiénes eran sus nacionales, acoger el "Lus Soli"
    significa continuar manteniendo la nacionalidad española,
    en cambio, el
    "Lus Soli", significa que todo aquel que hubiese nacido en alguno
    de esos países adquiriría esa
    nacionalidad.

    El "Lus Soli", tiene su origen en el Derecho Medieval,
    en este lo importante fundamental era la tierra, al
    hombre se le
    consideraba vinculado a un determinado territorio, por eso el
    nacimiento en un lugar determinado constituía el factor
    para determinar la nacionalidad.

    En este Artículo 32 de la Constitución Nacional de la
    República Bolivariana de Venezuela se
    establece:

    "Son Venezolanos y Venezolanas por
    nacimiento"

    Ordinal 1º:

    "Toda persona nacida en
    territorio de la República", con esta norma se incluye el
    criterio de Lus Soli, pero éste no es absoluto.

    El Sistema Mixto

    Consiste en una mezcla de "Lus Sanguinis" y el
    "Lus Soli". Las necesidades de práctica han obligado a los
    Estados a combinar uno y otro sistema. En efecto, el Lus
    Sanguinis lo adoptan generalmente aquellos Estados europeos,
    estos Estados tienen intereses en mantener vinculados a los hijos
    de los nacionales, nacidos en el extranjero.

    En cambio, el Ius
    Soli es adoptado por aquellos países que reciben grandes
    contingentes de emigrantes; el interés de
    esos Estados radica en vincular al estado a los
    hijos de extranjeros. Por ejemplo, esta política a favor de
    Ius Sanguinis y del Ius Soli, podemos observarlo en la reciente
    Legislación Francesa. Francia
    tenía en su relación como criterio determinante de
    la nacionalidad el sistema del "Ius Sanguinis", pero en vista de
    que en los últimos años Francia se ha
    convertido en un país que recibe grandes contingentes de
    inmigrantes se ha visto en la necesidad de adoptar el sistema
    mixto.

    La diferencia de criterios para determinar la
    nacionalidad de origen es lo que se llama conflicto de
    nacionalidad, de esta diversidad de legislaciones resulta que una
    persona puede
    nacer con dos o más nacionalidades e incluso puede nacer
    sin nacionalidad. Por ejemplo, si la legislación del padre
    determina que sus hijos son de su misma nacionalidad, cualquiera
    que sea el lugar de su nacimiento y el Estado
    donde nace el hijo, se encarga el principio de Ius Soli, ese
    niño tendrá doble nacionalidad. La nacionalidad del
    padre por el Ius Sanguinis y la nacionalidad de lugar de
    nacimiento por el Ius Soli.

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