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DERECHOS Y OBLIGACIONES



     

    Indice
    1.
    Introducción

    2. Salario
    3. Obligaciones de
    trabajadores.

    4. Trabajo de las
    mujeres.

    5. Trabajo de los
    menores.

    6. Trabajadores de
    confianza.

    1.
    Introducción

    • Cumplir las disposiciones de las Normas de
      trabajo aplicables con sus empresas.
    • Pagar a los trabajadores los salario e
      indemnizaciones.
    • Proporcionar a los trabajadores, los útiles
      instrumentos y materiales
      necesarios para la ejecución del trabajo.
    • Proporcionar local seguro para la
      guarda de los inst y útiles de trabajo pertenecientes al
      trabajador.
    • Mantener el número suficiente de Asicatos para
      que dispongan los .
    • Guardar a los trabajadores absteniéndose de un
      maltrato de palabra o de otra.
    • Expedir cada 15 días constancia exenta de los
      días trabajados.
    • Conceder a los trabajadores c/tiempo
      necesario para el ejercicio del vota, en las
      elecciones.
    • Permitir a los trabajadores faltar a su trabajo y de
      Educación al fin de lograr la
      alfabetización de trabajadores.
    • Proporcionar capacitación y adiestramiento a sus
      trabajadores.
    • Instalar, seguridad e
      higiene, prevenir riesgos de
      trabajo.
    • No realizar propaganda
      política
      y religiosa.
    • Disponer de medicamento y material de curación
      para primeros auxiliares.
    • Contribuir al fomento de las actividades
      culturales.
    • Proporcionar a las mujeres embarazadas la
      protección que establezcan los reglamentos.

    2. Salario

    Concepto de salario:
    Es la retribución que debe pagar el patrón al
    trabajador por su trabajo.

    El salario puede fijarse por
    Unidad de tiempo < por
    el que los podrá a disposición del trabajador, sin
    que pueda exigir cantidad.
    Unidad de obra < Alguna por concepto del
    desgaste natural que se hace constar la cantidad y la calidad del
    material, el estado de
    la herramienta y útiles del patrón.
    Plazo de pago
    8 días
    15 días

    Salario Mínimo
    Es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador
    por los servicios
    prestados en una jornada del trabajo.

    3. Obligaciones de
    trabajadores.

    • Cumplir las Normas de
      trabajo que les sean aplicadas.
    • Observar las medidas preventivas e higiénicas
      que acuerden las autoridades.
    • Desempeñar el servicio.
    • Ejecutar el trabajo
      con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la forma,
      tiempo y lugar convenidos.
    • Dar aviso inmediato al patrón, salvo caso
      fortuito o fuerza mayor
      de las causas justificadas que le impidan concurrir a su
      trabajo.
    • Restituir al patrón los materiales
      no usados y conservar en buen estado los
      instrumentos y útiles, que les hay dado para el
      trabajo.
    • Observar buenas costumbres durante el servicio.
    • Integrar los organismos.
    • Poner en conocimiento
      del patrón las enfermedades, contagiosas
      que padezcan.
    • Comunicar al patrón las deficiencias que
      advierten a fin de evitar daño o perjuicios a los
      intereses.
    • Guardar escrupulosamente los secretos técnicos
      y comerciales y de fabricación de los productos.

    Queda Prohibido A Los Trabajadores

    • Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su
      propia seguridad y
      la de sus compañeras de trabajo.
    • Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso
      del patrón.
    • Sustraer de la empresa
      útiles de trabajo o materia
      prima elaborada.
    • Presentarse al trabajo en estado de
      embriagues.
    • Presentarse al trabajo bajo la influencia de un
      narcótico o droga
      enervante.
    • Portar armas de
      cualquier clase durante las horas de trabajo.
    • Suspender labores sin autorización del
      patrón.
    • Hacer colectas en el establecimiento o lugar de
      trabajo.
    • Usar útiles y herramientas
      suministrados por el patrón para objeto distinto de
      aquel que están destinados.
    • Hacer cualquier clase de propaganda
      en las horas de trabajo, dentro del
      establecimiento.

    4. Trabajo de las
    mujeres.

    • Disfrutar de las mismos derechos y tienen las
      mismas obligaciones que los hombres.
    • Protección de la maternidad.
    • No se podrá utilizar su trabajo en labores
      insalubres y peligrosas, trabajo nocturno Industria en
      establecimiento comercial o de servicio después de las
      diez de la noche.

    Derechos de las mujeres.

    • No realizaran trabajos que exijan esfuerzos
      considerables y signifiquen un peligro para la salud en relación
      con la gestión.
    • Disfrutarán de un descanso de 6 semanas
      anteriores, y seis semanas posteriores al parto.
    • Al regresar al puesto que desempeñaban siempre
      que no haya transcurrido mas de un año de la fecha del
      parto.
    • A los servicios de
      guardería infantil otorgado por el IMSS.

    5. Trabajo de los
    menores.

    • Menores de 16 años tienen derecho a disfrutar
      de un período anual de 18 días de vacaciones
      laborales pagadas.
    • Proporcionarles capacitación y adiestramiento.
    • Jornada de 6 horas.

    Queda prohibida la utilización de trabajo a
    menores de 16 años .

    1. Expendio de bebidas embriagantes de
      consumo
    2. Trabajo que afectan su moralidad a sus
      buenas costumbres
    3. Trabajo ambulantes, salvo
      autorización.
    4. Trabajos subterráneos o
      submarinos.
    5. Trabajos superiores a sus fuerzas y los que
      puedan impedir o retardar su desarrollo
      físico moral.
    6. Establecimiento, no industriales,
      después de las 10 de la Noche.

    18 años
    Trabajos nocturnos Industriales.

    6. Trabajadores de
    confianza.

    • Los trabajadores de confianza no podrán formar
      parte de los sindicatos.
    • El patrón podrá rescindir la
      relación de trabajo si existe un motivo razonable de
      perdida de la confianza aun cuando no coincida con las causas
      justificadas.
    • El trabajador de confianza hubiese sido promovido de
      un puesto de planta, volverá a él salvo que
      exista causa justificada para su separación.

     

     

     

     

     

    Autor:

    Lic .Gabriela Villalobos Montealegre
    Labtech Instrumentacion
    S.A. de C.V

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