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Derecho Positivo Mexicano (página 4)




Enviado por ivan_escalona



Partes: 1, 2, 3, 4

– Esta idea quiere decir, pues es la promesa de celebrar
matrimonio que en sí no tiene valoración
pecuniaria. En cuanto a los que intervienen es bilateral y
privado sus efectos en nuestro Derecho llegan a ser limitado, ya
que no producen obligación de contraer
matrimonio.

6. El MATRIMONIO en la familia en el Derecho dentro
de sus actos y hechos jurídicos familiares, se consideran
de un contenido no económico.

– En esta idea debo decir que pues no debemos involucrar
los bienes derecho económicos de los contrayentes que
serán materia del contrato de capitulaciones
matrimoniales. En relación a los que interviene es
plurilateral y mixto; los considero un acto jurídico en el
que los contrayentes expresan un consentimiento.

7. A partir de la edad núbil el hombre y la
mujer tienen derecho a de contraer matrimonio.

– Este derecho se puede definir en pocas palabras en que
dentro del Código Civil hay un artículo que indica
claramente que el hombre sólo puede contraer matrimonio a
los 16, y las mujeres a los 14 años.

8. La patria Potestad es un derecho el cual se dice
que se origina de la paternidad y de la
maternidad.

En esta idea mas que nada debo decir mas que nada que la
ley la reglamenta pero esta no la crea, pues deriva de la
institución natural habida entre ascendientes y
descendientes es, por lo tanto, un derecho
natural de los padres, que debe ejercerse por
ambos.

En la muertes, tiene como consecuencia dentro de la
adopción, como sólo se crean por este parentesco
los derechos y obligaciones entre adoptantes y adoptado, y que
con la muerte se extingue el vínculo
respectivo.

En esta idea mas que nada la única
excepción está en el mismo artículo que se
refiere al impedimento que existe para contraer matrimonio entre
el adoptante y los descendientes del adoptado.

Las donaciones la muerte del cónyuge origina
la consecuencia importante de hacer irrevocable esa
donación.

En esta idea a lo que me refiero es que los consortes
pueden hacerse donaciones con tal de que no sean contrarias a las
capitulaciones matrimoniales, pero debemos recordar que pueden
ser revocados por el cónyuge donante, mientras subsista el
matrimonio.

Los alimentos ordinarios se podrían dividir en
propiamente ordinarios y extraordinarios.

Los primeros serían los gastos necesarios de
comida, vestido, etc. Que se erogan quincenal o mensualmente, y
los segundo podrían considerarse aquellos que por su
cuantía debe satisfacer por separado.

12. El trabajo es
una actividad humana en la que por medio del esfuerzo organizado
de la energía se obtiene bienes pero todos tenemos
derechos a las vacaciones y a días de
descanso.

En este punto lo que se ha considerado en la Ley Federal del
Trabajo es que todos tenemos derecho a vacaciones y
días de descanso ya que el trabajo estriba la diferencia
entre el hombre y el animal, y el hombre trabaja para vivir y no
vive para trabajar ya que dentro de la familia es muy importante
para el confort.

La fidelidad nace del matrimonio, no sólo acto
de no hacer relativos a abstenerse de relaciones genito –
sexuales con persona distinta del cónyuge, sino
también el cumplimiento de la promesa dada y el compromiso
diario.

La fidelidad es un deber que se da en igualdad, es
complementario y se exige como recíproco; es
intrasmisible, intransigible e irrenuciable.

14. La Filiación matrimonial es muy importante
dentro de la Familia en el Derecho Civil Mexicano ya que nos
ayuda a entender un tema de gran importancia en
derecho.

En el derecho de familia se toma en cuenta la
concepción del ser para determinar el momento inicial de
la filiación y para presumir la filiación paterna
en el matrimonio.

15. Para la filiación fuera del
matrimonio, en el caso de las madres solteras, el art. 360 del
Código Civil, viene a determinar que existe una
relación.

Este viene a determinar que la relación con la
madre se determina por el nacimiento, pero con respecto al padre
sólo se establece "por el reconocimiento voluntario o por
una sentencia que declare la paternidad.

Es importante tomar en cuenta que dentro de la
familia debe existir la ética, ya
que el derecho Civil maneja todo lo relacionado con este tipo de
temas y que nos ayudan a ser mejores como
ciudadanos.

– El hablar de prestar es que por ética tengamos
la capacidad de responder ante todo de muchas cosas, la
obligación en justicia podrá ser de ambas partes o
de una sola de ellas, y así los contratos pueden
ser bilaterales o unilaterales.

La separación significa que los dos
cónyuges dejan de vivir juntos y de cumpli con las
obligaciones conyugales, pero permanecen casados.

En este idea mas que nada es que debemos tomar en cuenta
que el vínculo matrimonial permanece intacto
digámoslo así, de modo que ninguna de las dos parte
tiene libertas para contraer un nuevo matrimonio.

El término divorcio suele entenderse como
intento de disolver el vínculo matrimonial mismo, de modo
que las partes estén libres de contraer nuevo matrimonio
con otras personas.

El divorcio, al igual que el contrato de matrimonio que
trata disolver, es regido por lo derechos eclesiástico y
civil. Aquí solo estamos obligados a considerar la
cuestión desde el punto de vista de la moral
natural.

En el concubinato no hay compromiso jurídico,
público y permanente de vida conyugal que el matrimonio,
que está sancionado en la ley.

en esta idea mas que nada es que un simple hecho, en el
que ciertamente interviene la voluntad, pero no la voluntad que
generan un compromiso jurídico, razón la cual se
estima que los alimentos tiene carácter de
indemnización.

Debemos agregar que el concubinato no es de orden
público y no responde a las buenas costumbres,
según se aprecia en la exposición
de motivos del Código civil que señala al
matrimonio como el único medio moral y legal de construir
una familia.

Esta es una de las ideas finales aportadas en donde
debemos comprender que el concubinato es un caso de la vida en
donde especialmente si se contempla que la mujer justifica su
derecho por la labor que realiza en la casa.

PARTE II. EL PLANTEAMIENTO DE LA
PROBLEMÁTICA

En esta parte se plantearán algunos problemas o
casos, a los que se tendrán que dar cinco soluciones,
con el fin de entender las necesidades en estos casos, realizado
a el resumen del libro de Pacheco E. Alberto el cual es LA
FAMILIA EN EL DERECHO CIVIL MEXICANO

1er caso. En la Ciudad de Xochtil, vive un pareja
feliz como una lombriz en donde el muchacho MOSH vive con su
esposa MOESHA esta linda pareja después de haber vivido 9
años de casados y con un chilpayate (hijo) en su
matrimonio comienzan a tener problemas como la falta de
pañales, dinero, amor, etc., ¿Qué debe hacer
para evitar esto y si va más allá que
pasa?

Soluciones, 1.- Hay que tratar de buscar primero una
reconciliación que evite la ruptura total del
vínculo matrimonial, ya que nos llevaría a un mal
patrimonial.

2.- Ir al registro o buscar información don
respecto a que los dos se quieren divorciar.

3.- Los cónyuges deben llegar a ponerse de
acuerdo en lo que dicta el art. 273 para poder divorciarse,
debemos recordar que hablamos del Código Civil.

4.- Se debe de estar de acuerdo en quién
obtendrá la patria potestad del pequeño, y se
establecerá el llamado derecho de visita, como se ha visto
a los largo de la lectura

5.- Los dos deberán seguir una serie de cosas las
cuales implanta el Código Civil, en donde los dos se
divorcian y se separan.

2do Caso. Hay en nuestra sociedad muchas
transacciones que son demasiado personales en su alcance para que
la ley las defina. En estos asuntos, las partes interesadas fijan
lo que van a hacer mediante acuerdo libre. Semejantes acuerdos
mutuos, que se refiere a la transferencia de un derecho, se
designan contratos ¿Qué pasaría en nuestra
sociedad si no existieran los contratos para el
MATRIMONIO?

SOLUCIONES. 1. Uno es el establecer un sistema con el
cual pueda haber transacciones en el caso de que no existiera el
contrato y realizar un orden.

Implantar una ley civil porque la ley civil sólo
puede imponer el cumplimiento de los contratos que caen bajo su
jurisdicción

Ya que se está la ley moral, ver y comprender lo
que sería un contrato, con el fin de ver el contrato como
un acuerdo, porque requiere el consentimiento de dos
voluntades.

Aparte del derecho Civil, una compensación o
recompensa valiosa no es necesaria en todos los contratos, de
modo que puede haber contratos gratuitos.

Para ser obligatorio, el contrato ha de ser
válido, y para ser moralmente aceptable deberá
también ser lícito, o ambas cosas, o ni una ni
otra.

3er Caso. Los MOSH, deciden adoptar un hijo,
ellos eligen un pequeña niña ya que su hijo se
artaron de él y quieren tener una niña, esta pareja
lleva 10 años de casados, y MOSH ya no da ninguna para
tener otro hijo por lo que decide adoptar a un hijo.
¿Qué deben hacer para poder adoptar a una
niña que ellas desean?

Soluciones: 1.- Primeramente deben de saber
cuáles son las formas de adopción que existen dos
tipos y los cuáles o cuál es la que acepta nuestra
legislación, y como se vio en la lectura.

2.- Después deben de contactar al representante
del individuo que se desea adoptar y luego llegar a un acuerdo,
como el seleccionar si un niño o una
niña.

3.- La legislación de la adopción en
México está incompleta por lo que a veces no se dan
muchos casos de ella en nuestro país. Se debe entonces de
fomentar una mayor claridad en estas reglas.

4.- Si es una pareja de acuerdo con el código
civil, deberán estar los dos de acuerdo, de no ser
así no se considera válida la adopción, por
lo que debe tener asesoría jurídica,

5.- Dentro de la adopción en México, el
adoptado (que debe ser un menor de edad o un mayor
inválido) conserva su parentesco consanguíneo, sin
embargo la adopción lleva la preferencia como debe ser con
respecto al Código Civil.

4to Caso ¿No parece estar
antropológica y sociológicamente admitido que los
tabúes religiosos han convertido la promiscuidad natural
del hombre en la institución llamada matrimonio, y que el
matrimonio ni es contranatural al hombre, sino resultado, de una
convención?

Soluciones: 1.- Mas que nada el matrimonio es para el
cariño u si el cariño se enfría,
debería ser disuelto a favor de otro matrimonio que
ofrezca a las partes de un cariño mayor..

2.- Negar todo tipo de sectas o disciplinas en donde el
hombre empiece a caer en tabúes.

3.- La legislación en México se debe
entonces de fomentar una mayor claridad en estas reglas con
respecto a este tipo de casos.

4.- seguir la doctrina de la Religión
Católica, ya que este es un camino certero el cual no
tiene ningún tipo de tabúes y claro vivir con
ética.

5.- No dejarse llevar por cosas rara jurídicas,
por lo que es bueno implantar un Código el cual satisfaga
todo lo relacionado con el mundo jurídico y tener
así un control de
eso.

5to Caso Que pasa si en una sociedad se llega a
dar un planteamiento como el decir ¿Se hizo el matrimonio
para el hombre, o se hizo acaso al hombre para alguna entidad
abstracta llamada matrimonio?

Soluciones: 1.- El matrimonio a todo mundo se le debe
decir que es un institución natural, con fines tanto
morales como en el mundo jurídico y no podemos caer en
libertinaje.

2.- El matrimonio es un Don que Dios nos ha dado para
poder tener hijos y evitar que la humanidad se
extinga.

3.- La legislación en México se debe
entonces de fomentar una mayor claridad en estas reglas con
respecto a este tipo de casos.

4.- Debemos reconocer que el hombre como unidad
económica de producción de un sustancia individual de
naturaleza racional como lo indicaba un filósofo, no
podemos pensar que el matrimonio fue creado de chiripa sino es un
Don.

5.- debemos recordar que somos seres bio-psico-sociales,
los cuales vivimos en sociedad y debe haber un estructura con la
cual nosotros podamos vivir de manera que no haya caos, en el
mundo y vivir en un mundo de paz, orden, respeto,
virtudes, dignidad, personalidad,
y prosaico como deber ser.

BIBLIOGRAFÍAS

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Wolfgang Friedmann "La nueva estructura del derecho
internacional"
, Primera edición, Editorial:
Trillas, México D.F., 1967, P.p. 482

OPINIÓN PERSONAL
DE LA INVESTIGACIÓN.

El matrimonio es la unión de un hombre con una
mujer para perpetuar la especie, vivir en común y
prestarse mutua asistencia en todas las circunstancias de la
vida. Para poder contraer matrimonio hay circunstancias que, de
acuerdo con la ley constituyen impedimentos para celebrar el
matrimonio. Por virtud del divorcio queda disuelto el
vínculo matrimonial, quedando ambos divorciados en aptitud
de contraer nuevo matrimonio. El divorcio puede ser voluntario o
necesario. Es voluntario cuando ambos cónyuges
están de acuerdo para pedir la disolución del
matrimonio. Es necesario cuando supone que uno de los esposos
desea la disolución del matrimonio, fundándose en
alguna de las causas enumeradas por las 16 primeras fracciones
del artículo 267 del Código Civil, y que el otro se
opone a ello. El derecho de visita. este debe regularse en
relación con la familia de una cuando este se ha
desintegrado, o la cual nunca se llegó a dar, manteniendo
sin confusiones ni concesiones indebidas el modelo de la familia,
querido por Dios, como institución natural, nos alejamos
de una visión superficial y precipitada que concibe el
matrimonio y la familia como mero fruto de la voluntad humana,
producto de consensos cambiantes. Dentro de la separación
del hogar conyugal, aunque fuera en virtud de un pacto entre los
esposos, al ser éste contrario a la ley, daba lugar a
pedir el divorcio a los seis meses por parte del cónyuge
que permanecía en el hogar, por parte del cónyuge
que salió, o sea se fue y para siempre, como se da muchos
casos dentro del Derecho Civil Mexicano. En la filiación
extramatrimonial la filiación de la paternidad, en su
caso, obedece, bien al acto jurídico del reconocimiento,
bien a la sentencia de fijación a partir del ejercicio de
la acción de reclamación de la paternidad, este es
un punto a considerar muy importante dentro del Resumen del
libro. Lo primordial en la adopción es el interés
del adoptado. Los niños son ofrecidos a padres que constan
en el registro como padres que quieren adoptar niños. De
forma general, las autoridades locales responsables de las
colocaciones intentan asegurarse que los aspirantes a ser padres
adoptivos proporcionen una casa que sea apropiada para el
niño, tanto en el orden físico como el emocional.
El concubinato requiere de estabilidad y permanencia, con lo cual
se diferencia de las uniones sexuales pasajeras o
esporádicas o de aquellas relaciones sexuales habituales,
pero que no van acompañadas de cohabitación (no hay
permanencia).

EN SÍNTESIS:

El matrimonio es la unión de un hombre con una
mujer para perpetuar la especie, vivir en común y
prestarse mutua asistencia en todas las circunstancias de la
vida. Para poder contraer matrimonio hay circunstancias que, de
acuerdo con la ley constituyen impedimentos para celebrar el
matrimonio. Por virtud del divorcio queda disuelto el
vínculo matrimonial, quedando ambos divorciados en aptitud
de contraer nuevo matrimonio. El divorcio puede ser voluntario o
necesario. Es voluntario cuando ambos cónyuges
están de acuerdo para pedir la disolución del
matrimonio. Es necesario cuando supone que uno de los esposos
desea la disolución del matrimonio, fundándose en
alguna de las causas enumeradas por las 16 primeras fracciones
del artículo 267 del Código Civil, y que el otro se
opone a ello. El derecho de visita. este debe regularse en
relación con la familia de una cuando este se ha
desintegrado, o la cual nunca se llegó a dar, manteniendo
sin confusiones ni concesiones indebidas el modelo de la familia,
querido por Dios, como institución natural, nos alejamos
de una visión superficial y precipitada que concibe el
matrimonio y la familia como mero fruto de la voluntad humana,
producto de consensos cambiantes. Dentro de la separación
del hogar conyugal, aunque fuera en virtud de un pacto entre los
esposos, al ser éste contrario a la ley, daba lugar a
pedir el divorcio a los seis meses por parte del cónyuge
que permanecía en el hogar, por parte del cónyuge
que salió, o sea se fue y para siempre, como se da muchos
casos dentro del Derecho Civil Mexicano. En la filiación
extramatrimonial la filiación de la paternidad, en su
caso, obedece, bien al acto jurídico del reconocimiento,
bien a la sentencia de fijación a partir del ejercicio de
la acción de reclamación de la paternidad, este es
un punto a considerar muy importante dentro del Resumen del
libro. Lo primordial en la adopción es el interés
del adoptado. Los niños son ofrecidos a padres que constan
en el registro como padres que quieren adoptar niños. De
forma general, las autoridades locales responsables de las
colocaciones intentan asegurarse que los aspirantes a ser padres
adoptivos proporcionen una casa que sea apropiada para el
niño, tanto en el orden físico como el emocional.
El concubinato requiere de estabilidad y permanencia, con lo cual
se diferencia de las uniones sexuales pasajeras o
esporádicas o de aquellas relaciones sexuales habituales,
pero que no van acompañadas de cohabitación (no hay
permanencia).

 

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