El período denominado la Reforma en México en
un proceso
altamente dinámico que abarcaba largos años, pues
germina desde la Independencia
y tiene su etapa más brillante a partir de 1854, en que
inicia la Revolución
de Ayutla, y más en concreto en
los años 1855 a 1859, culminado en el momento en que
Sebastián Lerdo de Tejada promulga las leyes de Reforma,
primero la del 25 de septiembre de 1873 y finalmente la del 14 de
diciembre de 1874. El movimiento
reformista es parte del proceso que tiene a lograr el
afianzamiento de la nacionalidad mediante la conquista plena de
la soberanía y la transformación de
sistema
político, económico y social reinante, establecido
uno nuevo bajo un régimen democrático,
representativo y popular.
En una circular de 5 de mayo de 1858 dirigida a os
gobernadores de los estados, Melchor Ocampo señaló
el pensamiento,
objetivos y
alcances de Juárez y sus ministros tenían a ese
respeto: "Se
harán nuevos esfuerzos para consumar la reforma radical y
completa que es necesaria en todos los ramos de la administración
pública…, pues ésta y no otra es la
resolución que tienen los que actualmente forman el
gabinete". Las principales leyes de reforma dictadas a partir de
1855, de gran contenido político, afectaban la actividad
del país en sus aspectos económicos, cultural,
social, y religioso.
Entre las más importantes mencionamos las
siguientes:
Ley sobre administración de Justicia y
Orgánica de los Tribunales de la nación,
del distrito y territorios, llama Ley
Juárez, de 23 de noviembre de 1855.
Ley de desamortización de fincas rústicas
y urbanas propiedad de
corporaciones civiles y eclesiásticas, llamada ley de
Lerdo, de 25 de junio de 1856.
La Constitución Política de los
Estado Unidos
Mexicanos, de 5 de febrero de 1857.
La Ley sobre obvenciones parroquiales, llamada Ley
Iglesias, de 11 de abril de 1857
Ley sobre nacionalización de los bienes
eclesiásticos del clero secular y regular, de 12 de junio
de 1859.
La Ley del 28 de julio de 1859, que estableció el
Registro
Civil, y la del 31 de julio del mismo año, sobre la
reglamentación de los cementerios.
Las finalidades esenciales de los reformistas y de
sus disposiciones puede enmarcase como sigue:
- Desamortizar la propiedad, especialmente la
eclesiástica. La desamortización estaba
encaminada a poner en circulación grandes recursos que no
eran suficiente ni debidamente explotados por la iglesia, con
el fin de que pudieran ser aprovechados por todos los sectores
del país. Esta disposición ponía
igualmente en circulación los bienes de las comunidades
civiles, muchas de las cuales no cumplían con las
finalidades y destino para el que habían sido
constituidas. - Nacionalizar los bienes inmuebles propiedad de la
Iglesia. La nacionalización revertía en la
nación todos los bienes que ella había
constituido y que estaban destinados a satisfacer objetos
piadosos, de beneficencias o de culto. Por esta ley, la
nación tendía a mantener el dominio de una
vasta propiedad que el pueblo había contribuido a forma,
la cual debería ser vigilada por la
representación nata de la nación que es el Estado.
Además se consideró que aquellos bienes que no
satisfacían ya una necesidad inaplazable podían
ser destinados a otras finalidades o ser vendidos para su mejor
utilización a particulares, con lo cual se
obtendrían recursos económicos que con urgencia
se requerían y con los cuales beneficiarían
grandes núcleos de población. - Acrecentar la fuerza
económico – política del Estado y disminuir
la eclesiástica. La iglesia, contaba además con
los diezmos y aranceles
establecidos, que él confería gran poder
económico en la nación. En virtud de esa fuerza
económica y su intervención en los asunto
políticos tenían cierta superioridad sobre el
Estado. Se necesitaba que éste adquiriera
supremacía política, fuerza económica y la
dirección real de la nación. Al
crearse el Estado Nacional, éste tenía que
acrecentar su fuerza y para ello era necesario superar en su
campo de acción y político a la Iglesia, haciendo
que ella se dedicara a su labor espiritual. El Estado como
entidad soberana tenía que ostentar una fuerza superior
a cualquier otra organización. Separar la actividad
estatal, de esencia política, de la actividad
eclesiástica, que debería ser fundamentalmente
religiosa. Durante tres siglos existió una
tradición de unidad entre la Iglesia y el Estado por lo
cual aquélla intervenía n las funciones
políticas de éste, y viceversa.
Estas intervenciones con el tiempo
perjudicaron tanto a la actividad estatal cuanto a la puramente
espiritual de la Iglesia. Los reformistas creyeron era
indispensable que el Estado se consagrara a una actividad
puramente política y la Iglesia a su misión
espiritual, alejada de toda intervención en los negocios
estatales. - Ejercer dominio y vigilancia sobre la
población a través de la creación del
Registro Civil. Ante el hecho de que la Iglesia ejercía
las funciones de registro, el Estado como entidad
política superior y urgido de tener un dominio sobre la
población, retomó las funciones de control y
vigilancia de la misma, decretando la creación y el
funcionamiento del Registro Civil, a cargo del Estado, de las
personas físicas en los momentos de su nacimiento y
defunción. Secularización de cementerios y
panteones. Con ella adquiría la nación el derecho
de disponer libremente de lugares para la inhumación de
las personas físicas, independientemente de su credo
religioso o político. También se renovaba la
prohibición de los entierros dentro de los templos por
considerarlo antihigiénico. - Supresión de los fueros militar y
eclesiástico. Con la Ley de Juárez quedaron
suprimidos toda clase de fueros, con lo cual se afianzó
el principio de igualdad
legal y social. Zarco decía, en su editorial del siglo
XIX el 23 de abril de 1856, al ser ratificada la ley: "Queda
desde ahora fijada una de as bases de la futura
Constitución. ¡No más privilegios!
¡No más exenciones! ¡Igualdad para todos los
ciudadanos! ¡Soberanía perfecta de poder temporal!
¡Justicia para todos!" Hábil periodista y
decidió liberal como era Zarco, logró percatarse
del alcance de esta ley, que se incorporó a la
constitución del 57 y en la vigente.
Manifiesto
del Congreso Constituyente a la nación al ser promulgada
la Constitución federal de los Estados Unidos
mexicanos, sancionada y jurada por el Congreso General
Constituyente el día 5 de febrero de 1857.
EL CONGRESO CONSITITUYENTE A LA NACIÓN
Mexicanos: Queda hoy cumplida la gran promesa de la
regeneradora revolución de Ayutla, de volver al
país al orden constitucional. Queda satisfecha esta noble
exigencia de los pueblos, tan enérgicamente expresada por
ellos, cuando se alzaron a quebrantar el yugo del más
ominoso despotismo. En medio de los infortunios que les
había sufrir la tiranía, conocieron que los pueblos
sin instituciones
que sea la legítima expresión de su voluntad, la
invariable regla de sus mandatarios, la invariable regla de sus
mandatarios, están expuestos a incesantes trastornos y a
la más dura servidumbre. El voto del país entero
aclamaba por una Constitución que asegurara las
garantías del hombre, los
derechos de
ciudadano, el orden regular de la sociedad. A este
voto sincero, íntimo del pueblo esforzado, que en mejores
días conquistó su independencia; a esta
aspiración del pueblo, que en el deshecho naufragio de sus
libertades, buscaba ansioso una tabla que lo salvara de la muerte y,
de algo peor, de la infamia; a este voto, a esta
aspiración debió su triunfo la revolución de
Ayutla, y de esta victoria del pueblo sobre sus opresores, del
derecho sobre la fuerza bruta, se derivó la reunión
del Congreso, llamado a realizar la ardiente esperanza de la
República; un código
político adecuado a sus necesidades y a los rápidos
progresos que, a pues de sus desventuras, ha hecho en la carrera
de la civilización.
Bendiciendo la Providencia Divina los generosos
esfuerzos que se hacen a favor de la libertad, ha
permitido que el Congreso dé fin a su obra y ofrezca hoy
al país la prometida Constitución, esperada como la
buena nueva para tranquilizar los ánimos agitados, calmar
la inquietud de los espíritus, cicatrizar las heridas de
la República, ser el iris de paz, el símbolo de la
reconciliación entre nuestros hermanos y hacer cesar esa
penosa incertidumbre que caracteriza siempre los períodos
difíciles de transición.
El Congreso que libremente elegisteis, al concluir la
ardua tarea que él encomendó, conoce él
deber experimentar la necesidad de dirigirlos la palabra, no para
encaminar el fruto de sus deliberaciones, sino para exhortarnos a
la unión, a la concordia y a que vosotros mismos
seáis los que perfeccionéis vuestras instituciones,
sin abandonar las vías legales de que jamás
debió salir la República. Vuestro representante a
ha pasado por las más críticas y difíciles
circunstancias; han visto la agitación de la sociedad, han
escuchado el estrépito de la guerra
fratricida, han contemplado amagada la libertad, y en tal
situación, para no desesperar del porvenir, los ha
alentado su fe en Dios, en Dios que no protege la iniquidad ni la
injusticia, y, sin embargo, han tenido que hacer un esfuerzo
supremo sobre sí mismos, que obedecer sumisos los mandatos
del pueblo, que resignarse a todo género de
sacrificios para perseverar en la obra de constituir al
país.
Tomaron por guía la opinión
pública, aprovecharon las amargas lecciones de la
experiencia para evitar los escollos de lo pasado, y les
sonrió halagüeña la esperanza de mejorar el
porvenir de su patria.
Por esto, en vez de restaurar la única carta
legítima que antes de ahora han tenido los Estados Unidos
mexicanos; en vez de revivir las instituciones de 1824, obra
venerable de nuestros padres, emprendieron la formación de
un nuevo código fundamental, que no tuviera los
gérmenes funestos que, en días de luctuosa memoria,
prescribieron la libertad en nuestra patria y que correspondiese
de entonces acá por el espíritu del siglo. El
congreso estimó como base de toda prosperidad, de todo
engrandecimiento, la unidad nacional, y, por tanto, se ha
empeñado en que las instituciones sean un vínculo
de fraternidad, un medio seguro de llegar
a establecer armonías, y ha procurado alejar cuanto
producir pudiera choques y resistencia
colisiones y conflictos.
Persuadido el Congreso de que la sociedad para ser
justa, sin el que no puede ser duradera, debe perpetras los
derechos concedidos al hombre por su Criador; convencido de que
las más brillantes y deslumbradoras teorías
políticas son torpes engaño, amarga
irrisión, cuando no se goza de libertad civil, ha definido
clara y precisamente las garantías
individuales, poniéndolas a cubierto de todo ataque
arbitrario. El acta de derechos que va al frente de la
Constitución es un homenaje tributado, en vuestro nombre,
por vuestros legisladores a los derechos imprescriptibles de la
humanidad. Os quedan, pues, libres, expeditas, todas, las
facultades que del Ser Supremo recibisteis para el desarrollo de
vuestra inteligencia
para el logro de vuestro bienestar.
La igualdad será de hoy más la gran ley en
la República; no habrá más mérito que
el de las virtudes; no manchará el territorio nacional la
esclavitud,
oprobio de la historia humana; el
domicilio será sagrado; la propiedad, inviolables;
el trabajo y
la industria,
libres; la manifestación del pensamiento, sin más
trabas que el respeto a la moral, a la
paz pública y a la vida privada; el tránsito, el
movimiento, sin dificultades; el comercio, la
agricultura,
sin obstáculos; los negocios del Estado, examinados por
los ciudadanos todos: no habrá leyes retroactivas, ni
monopolios, ni prisiones arbitrarias, ni jueces especiales, ni la
confiscación de bienes, ni penas infamantes, ni se
pagará por la justicia, ni se violará la
correspondencia; y en México, para su gloria ante Dios y
ante el mundo, será una verdad práctica a
inviolabilidad de la vida humana, luego que con el sistema
penitenciario pueda alcanzare el arrepentimiento y la
rehabilitación moral del
hombre que el crimen extravía.
Tales son, ciudadanos, las garantías que el
Congreso creyó deber asegurar en la Constitución,
para hacer efectiva la igualdad, para no conculcar ningún
derecho, para que las instituciones desciendan solícitas y
bienhechoras hasta las clases más desvalidas y
desgraciadas, a sacarlas de su abatimiento, a llevarles la
luz de la
verdad, a vivificarlas con el
conocimiento de sus derechos. Así despertará se
estimularás su actividad, que paralizó la
abyección; así entrará en la comunión
social y dejando de ser ilotas miserables, redimida, emancipadas,
traerán nueva savia, nueva fuerza a la
República.
La federación, bandera de los que han luchado
contra la tiranía, recuerdo de épocas venturosas,
fuerza de la República para sostener su independencia,
símbolo de los principios
democráticos, es la única forma de gobierno que en
México cuenta con el amor de sus
pueblos, con el prestigio de la legitimidad, con el respeto de la
tradición de la República. El Congreso, pues, hubo
de reconocer como preexistentes los Estados libres y soberanos;
proclamó sus libertadores locales y, al ocuparse de sus
límites, no hizo más alteraciones
que las imperiosamente reclamadas por la opinión o porra
convivencia pública para mejorar la
administración de los pueblos. Queriendo que en una
democracia no
haya pueblos sometidos a pupilaje, reconoció el
legítimo derecho de varias localidades a gozar de vida
propia como Estados de la federación.
Gozando los Estados de amplísima libertad en su
régimen interior, y estrechamente unidos por el lazo
federal, los poderes que ante el mundo han de representar a la
Federación quedan con las facultades necesarias para
sostener la independencia, para fortalecer la unidad nacional,
para promover el bien público, para atender a todas las
necesidades generales; pero no será jamás una
entidad extraña que esté en pugna con los Estados,
sino que, por el contrario, serán la hechura de los
Estados todos.
La obra de la Constitución debe naturalmente, lo
conoce el Congreso, debe resentirse de las azarosas
circunstancias en que ha sido formada, y puede también
contener errores que se hayan escapado a la perspicacia de la
asamblea. El Congreso sabe muy bien que en siglo presente no hay
barrera que pueda mantener estacionario no se estanca, que las
leyes inmutables son frágiles valladar para el progreso de
las sociedades,
que es vana empresa querer
legislar para las edades futuras, que el género humano
avanza día a día necesitando incesantes
innovaciones en su modo de ser político y social. Por esto
ha dejado expedito el camino a la reforma del Código
político.
Enciclopedia "Historia de México", Primera
edición, México D.F 1978, Editorial: Salvat
Mexicana de editores, Tomo VIII, P.p. 2181 –
2204.
Autor:
Iván Escalona M.
Estudios de Preparatoria: Centro Escolar Atoyac
(Incorporado a la U.N.A.M.)
Estudios Universitarios: Unidad Profesional
Interdisciplinaria de Ingeniería y Ciencias
sociales y Administrativas (UPIICSA) del Instituto
Politécnico Nacional (I.P.N.)
Ciudad de Origen: México, Distrito
Federal
Fecha de elaboración e investigación: Noviembre de 1998. Profesor
que revisó trabajo: Adrián Gutiérrez
(Profesor de Historia del Atoyac y alias: Chico Homo)