- Antecedentes
Generales - Entes Reguladores
y de Control - Entes
participantes - Análisis
del comportamiento bursatil en el Ecuador - Comportamiento
del mercado accionario - Sistema
tributario de los títulos-valores - Anexo
- Bibliografía
El mercado de
valores se
denomina también mercado de capitales porque los
fondos que se canalizan se documentan en títulos –
valores, apelándose al ahorro
público, al de los particulares y al de las empresas en
general. A estos se les ofrece una rentabilidad
por orientar sus dineros hacia inversiones
productivas y no para consumo.
Así, el establecimiento de los mercados de
valores a largo plazo juega un papel crucial
en el impulso económico sostenido de un país, pues
incrementa el volumen total de
fuentes
financieras y moviliza grandes cantidades de ahorros hacia el
sector productivo, utilizando períodos de significativo
alcance.
Aquí se negocian esencialmente acciones,
bonos y
obligaciones
corporativas. Las negociaciones de los valores se
efectúan en forma abierta al público, en igualdad de
condiciones para los oferentes y demandantes, lo que promueve la
creación de títulos negociables, permitiendo un
impulso al mercado de
capitales en el que se contrata capital–riesgo mediante
los títulos de capitalización o acciones, que
pueden resultar muy rentables, pero también pueden generar
pérdidas para el inversionista.
El desarrollo del
mercado de valores es una tarea de largo plazo que requiere
sembrarse en corto plazo. En relación a la
financiación de las empresas, en especial mediante
acciones. Estos títulos se constituyen a perpetuidad para
el crecimiento sostenido de la misma.
- Es una parcela o segmento del Mercado Financiero que
tiene lugar principalmente en las bolsas de valores y que
procura la canalización directa de recursos
financieros hacia los sectores que los requieren, mediante el
mecanismo de emisión, colocación y negociación de títulos-valores de
corto, mediano y largo plazo. - Es el segmento del Mercado Financiero que canaliza
recursos de capitales en forma directa desde los sectores
oferentes hacia los sectores productivos, de mediano y largo
plazo hacia las actividades productivas, mediante la
emisión y negociación de títulos valores
en los ámbitos bursátiles y extra
bursátiles. - Es el segmento del Mercado Financiero que canaliza el
ahorro de mediano y largo plazo, en forma directa, hacia el
financiamiento de las actividades productivas;
mediante la emisión y negociación de
títulos-valores.
El mercado de valores canaliza los recursos financieros
hacia las actividades productivas a través de la
negociación de valores en los siguientes
segmentos:
Mercado Bursátil. Conformado por ofertas,
demandas y negociaciones de valores inscritos en el Registro del
Mercado de Valores y en las bolsas de valores, realizadas por los
intermediarios de valores autorizados.
Mercado Extrabursátil. Se desarrolla fuera
de las bolsas de valores, con la participación de
intermediarios de valores autorizados e inversionistas
institucionales, con valores inscritos en el Registro del Mercado
de Valores.
Mercado Privado. Son todas aquellas negociaciones
que se realizan entre el comprador y el vendedor en forma directa
sin la intervención de intermediarios de valores o
inversionistas institucionales.
Mercado Primario. Es aquel en el cual se realiza
la primera venta o
colocación de Títulos-Valores que hace el emisor
con el fin de obtener directamente los recursos que
requiere.
Mercado Secundario. Comprende todas las
negociaciones o operaciones que
se realizan con posterioridad a la primera
colocación.
En el Mercado de Valores, existen muchos participantes
como: emisores, inversionistas e intermediarios.
Las principales funciones del
Mercado de Valores son:
- La canalización de recursos financieros para
actividades productivas de mediano y largo plazo. - Constituirse en fuente de financiamiento a bajos
costos
financieros, así como fuente de inversión con alta rentabilidad y
diversidad de instrumentos.
Entre las ventajas más importante del Mercado de
Valores tenemos:
- Genera un ambiente de
confianza en la variedad y eficacia de
sus
mecanismos. - Los empresarios consiguen mayores volúmenes de
recursos y a costos
más convenientes. - Existe facilidad para entrar o salir del mercado
. - Las personas se ven estimuladas a generar ahorros
para invertirlos. - Existe una intermediación eficiente y
económica para la transferencia de recursos de quien los
tiene a quien los necesita. - Provee liquidez al emisor y al inversionista por
igual - Estimula la democratización del capital
accionario de las empresas - Permite la reestructuración de
pasivos.
1.2.1 Consejo Nacional de Valores
Mediante la Ley de Mercado de
Valores, publicada en el R. O. N. 367, de 23 de julio de 1998, en
su Art. 5, se crea adscrito a la Superintendencia de
Compañías, como órgano rector del mercado de
valores el Consejo Nacional de Valores (C.N.V) a fin de
establecer la política general del
mercado de valores y regular su funcionamiento, el mismo que
estará integrado por siete miembros:
Cuatro del sector
público:
- El Superintendente de Compañías, quien
lo presidirá; - Un delegado del Presidente de la
República; - El Superintendente de Bancos
y - El Presidente del Directorio del Banco Central
del Ecuador;
y
Tres del sector privado, designados por el Presidente de
la República de las ternas enviadas por el Superintendente
de Compañías.
El Superintendente de Compañías
cuidará que las designaciones establezcan un equilibrio
regional, los miembros del sector privado durarán cuatro
años en sus funciones.
El C.N.V. sesionará obligatoriamente, de manera
ordinaria, por lo menos una vez al mes; y extraordinariamente,
cuando lo convoque su presidente o subrogante. Este organismo no
podrá sesionar sino con la asistencia de al menos cinco de
sus miembros. Las decisiones se adoptarán con el voto de
al menos cinco de ellos.
Entre las atribuciones más importantes del
Consejo Nacional de Valores, tenemos las siguientes:
- Impulsar el desarrollo del mercado de valores,
mediante el establecimiento de políticas y mecanismos de fomento y
capacitación sobre el mismo; - Promocionar la apertura de capitales y de
financiamiento a través del mercado de valores,
así como la utilización de nuevos instrumentos
que se puedan negociar en este mercado; - Regular la oferta
pública de valores, estableciendo los requisitos
mínimos que deberán tener los valores que se
oferten públicamente; así como el procedimiento
para que la información que deba ser difundida al
público revele adecuadamente la situación
financiera de los emisores; - Regular las inscripciones en el Registro del Mercado
de Valores y su mantenimiento; - Establecer las reglas generales de la garantía
de ejecución; - Establecer las políticas generales para la
supervisión y control del
mercado, así como los mecanismos de fomento y
capacitación; - Establecer convenios de cooperación con otros
organismos nacionales e internacionales; - Autorizar las actividades conexas de las bolsas de
valores, casas de valores, administradoras de fondos y
fideicomisos y calificadoras de riesgo que sean necesarias para
el adecuado desarrollo del mercado de valores; - Velar por la observancia y cumplimiento de las
normas que
rigen el mercado de valores; - Emitir el plan de
cuentas y
normas contables para los partícipes del
mercado;
1.2.2 Superintendencia de
Compañías
La Superintendencia de Compañías es un
organismo técnico y autónomo encargado de vigilar y
controlar la
organización, actividad y funcionamiento del sector
empresarial del país, con criterios modernos y mecanismos
eficaces. Precautela los intereses de los inversionistas y vela
por la permanencia de la empresa porque
es fuente generadora de producción, riqueza y empleo.
De las atribuciones y funciones de la Superintendencia
de Compañías en el Mercado de Valores podemos
citar:
- Ejecutar la política general del mercado de
valores dictada por el C.N.V.; - Inspeccionar y verificar, en cualquier tiempo, a las
compañías, entidades y demás personas que
intervengan en el mercado de valores, sin que se le pueda
oponer el sigilo bancario o bursátil, considerando que
cuando la Superintendencia de Compañías deba
actuar en una entidad sujeta a la vigilancia y control de la
Superintendencia de Bancos, lo hará a través de
ésta o en forma conjunta. - Autorizar, previo el cumplimiento de los requisitos
establecidos, la realización de una oferta
pública de valores, así como suspender o cancelar
una oferta pública cuando se presentaren indicios de que
la información proporcionada no refleje adecuadamente la
situación financiera, patrimonial o económica de
la empresa sujeta
a su control; - Autorizar el funcionamiento en el mercado de valores
de bolsas de valores, casas de valores, compañías
calificadoras de riesgo, depósitos centralizados de
compensación y liquidación de valores, sociedades
administradoras de fondos y fideicomisos, auditoras externas y
demás personas o entidades que actúen o
intervengan en dicho mercado, de acuerdo con las regulaciones
de carácter
general que se dicten para el efecto; - Disponer, mediante resolución fundamentada, la
suspensión o modificación de las normas de
autorregulación expedidas por las bolsas de valores o
las asociaciones gremiales, cuando tales normas pudieran
inferir perjuicios al desarrollo del mercado o
contraríen expresas normas legales o
complementarias; - Disponer la suspensión o cancelación de
la inscripción en el Registro del Mercado de Valores de
las instituciones o valores, debiéndose poner
tal hecho en conocimiento
del C.N.V. en la sesión inmediatamente
posterior; - Previa consulta urgente con el Ministro de Finanzas,
Superintendente de Bancos, Gerente del
Banco Central del Ecuador y Presidentes de las bolsas de
valores del país, la Superintendencia de
Compañías, a fin de preservar el interés
público del mercado así como brindar
protección a los inversionistas, podrá suspender
temporalmente hasta por un término de siete días,
las operaciones de mercado de valores en caso de presentarse
situaciones de emergencia que perturbaren o que ocasionaren
graves distorsiones que produzcan bruscas fluctuaciones de
precios.
1.2.3 Bolsa de Valores
En el mercado bursátil se realizan operaciones de
compra – venta de valores ya emitidos, bajo normas especiales,
que promueven el desarrollo de un mercado libre y organizado,
donde predominan las fuerzas de la oferta y la demanda,
así como la existencia de amplia información, bajo
el principio de máxima transparencia. La entidad que
facilita la negociación y centraliza las operaciones de
este mercado, es la Bolsa de
Valores.
La Bolsa de Valores, es una corporación civil,
sin fines de lucro, autorizada y controlada por la
Superintendencia de Compañías, que tiene por objeto
brindar a sus miembros los servicios y
mecanismos requeridos para la negociación de
valores.
En general, las bolsas de valores tienen las siguientes
obligaciones:
- Fomentar un mercado integrado, informado, competitivo
y transparente; - Establecer las instalaciones, mecanismos y sistemas que
aseguren la formación de un mercado transparente,
integrado y equitativo, que permitan la recepción,
ejecución y liquidación de las negociaciones en
forma rápida y ordenada; - Mantener información actualizada sobre los
valores cotizados en ellas, sus emisores, los intermediarios de
valores y las operaciones bursátiles, incluyendo las
cotizaciones y los montos negociados y suministrarlas a la
Superintendencia de Compañías y al público
en general; - Brindar el servicio de
compensación y liquidación de
valores; - Expedir certificaciones respecto a precios, montos y
volúmenes de operaciones efectuadas en bolsa y el
registro de sus miembros, operadores de valores, emisores y
valores inscritos.
1.2.4 Casas de Valores
Casas de valores son las compañías
anónimas autorizadas y controladas por la Superintendencia
de Compañías, para ejercer la intermediación
de valores, cuyo objetivo
social único es la realización de las actividades
previstas en la Ley de Mercado de Valores.
Los grupos
financieros, las instituciones del sistema
financiero privado, podrán establecer casas de
valores, si constituyen una filial distinta de la entidad que
funge como cabeza de grupo en la
que el porcentaje de su propiedad sea
el autorizado por la Ley General de Instituciones del Sistema
Financiero.
Las casas de valores tendrán las siguientes
facultades:
- Administrar portafolios de valores o dineros de
terceros para invertirlos en instrumentos del mercado de
valores de acuerdo con las instrucciones de sus comitentes. Se
considera portafolio de valores a un conjunto de valores
administrados exclusivamente para un solo
comitente; - Realizar operaciones de underwriting con personas
jurídicas del sector público, del sector privado
y con fondos colectivos; - Dar asesoría e información en materia de
intermediación de valores y finanzas,
estructuración de portafolios de valores, adquisiciones,
fusiones,
escisiones u otras operaciones en el mercado de valores,
promover fuentes de
financiamiento, para personas naturales o jurídicas
y entidades del sector público. - Anticipar fondos de sus recursos a sus comitentes
para ejecutar órdenes de compra de valores inscritos en
el Registro del Mercado de Valores, debiendo retener en
garantía tales valores hasta la reposición de los
fondos y dentro de los límites
y plazos que establezcan las normas que para el efecto
expedirá el C.N.V.; - Efectuar actividades de estabilización de
precios únicamente durante la oferta pública
primaria de valores, de acuerdo con las normas de
carácter general que expida el C.N.V.
1.3.1 Bolsa de Valores
1.3.1.1 Antecedentes Históricos
La existencia de las bolsas de valores en realidad tiene
un origen muy remoto. Se podría aventurar que surgen
cuando los antiguos mercaderes se reunían en algún
lugar conocido con el propósito de comprar o vender sus
productos
primarios. A medida que pasó el tiempo fue
ampliándose el espectro de los bienes objeto
de intercambio, hasta llegar finalmente a la producción y
negociación de productos más sofisticados y
complejos como son valores representativos de derechos económicos,
sean patrimoniales o crediticios.
En ese proceso se
detallan los hechos y fechas más relevantes que conforman
la historia
jurídica del sistema bursátil.
- Julio 4 de 1955, en el Decreto Ejecutivo No. 34 se
crea la Comisión Nacional de Valores. - Agosto 11 de 1964, se expide la Ley de la
Comisión de Valores – Corporación Financiera
Nacional sustituyendo a la Comisión Nacional de
Valores - Marzo 26 de 1969, se expide la Ley No.111 que faculta
el establecimiento de bolsas de valores,
compañías anónimas, otorgando facultad a
la Comisión de Valores – Corporación Financiera
Nacional para fundar y promover la constitución de la Bolsa de Valores de
Quito C.A. - Mayo 30 de 1969, se autoriza el establecimiento de
las Bolsas de Valores en Quito y Guayaquil - Agosto 25 de 1969, se otorga Escritura de
Constitución de la Bolsa de Valores de Quito C.
A - Mayo 28 de 1993, se expide la primera Ley de Mercado
de Valores, en donde se establece que las Bolsas de Valores
deben ser corporaciones civiles y dispone la
transformación jurídica de las
compañías anónimas. - Mayo 31 de 1994, se realiza la transformación
jurídica de la Bolsa de Valores de Quito C.A. a la
Corporación Civil Bolsa de Valores de Quito.
La Bolsa de Valores de Quito ha tenido dos momentos de
especial relevancia: su primera fundación que tuvo lugar
en 1969 en calidad de
Compañía Anónima, como iniciativa de la
llamada entonces Comisión de Valores – Corporación
Financiera Nacional. En 1993 el mercado bursátil
ecuatoriano se vio reestructurado por la Ley de Mercado de
Valores, en la que se estableció la disposición de
que las Bolsas se transformen en Corporaciones Civiles sin fines
de lucro. En mayo de 1994 la institución se
transformó en la Corporación Civil Bolsa de Valores
de Quito.
La Bolsa de valores de Quito, busca adecuarse
positivamente a los requerimientos y exigencias de un mercado
dinámico, eficiente y especializado, estableciendo como
visión fundamental la de: "ser la institución
natural del mercado de Valores", y como Misión la
de "ofrecer el medio eficaz para lograr los mejores precios de
los títulos valores al más bajo costo y en el
menor tiempo de transacción".
1.3.1.2 Conceptos de Bolsa
- La Bolsa es considerada por muchos como una
institución que refleja la marcha real de la economía. Es un
indicador inmejorable de todo lo que ocurre. El incremento o
disminución en el precio de
las acciones no es una casualidad. Aunque algunos la consideran
un mero instrumento de especulación para ganar dinero, el
mercado de valores cumple una labor fundamental dentro del
sistema financiero. - La Bolsa es el mercado financiero más
conocido. Pero, ¿qué es un mercado financiero? Se
entiende por tal el mecanismo o lugar a través del cual
se produce un intercambio de activos
financieros y se determinan sus precios. En general las Bolsas
de Valores constituyen un mercado público, que permite
congregar en el mismo lugar a vendedores y compradores de
títulos-valores, bajo diversas modalidades de
transacción, determinándose los precios mediante
la libre concurrencia de la oferta y la demanda, con criterios
formados por la existencia de amplia información sobre
la empresa emisora y las condiciones del mercado. - Las bolsas son herramientas
vitales para el manejo de los mercados de capital por que
facilitan el financiamiento de diversas tareas
económicas con el ahorro público, permitiendo la
transferencia de recursos entre los que disponen de excedentes,
hacia los que requieren de ellos para impulsar el
desenvolvimiento de sus actividades, principalmente para el
mediano y largo plazo.
La transparencia, es el
conocimiento general y detallado por parte del público
inversionista, de las negociaciones y cotizaciones de los
títulos-valores y de toda la información
económica y financiera sobre las entidades emisoras, dando
libertad para
el ingreso o salida del mercado, tanto a emisores como a
inversionistas .
1.3.1.4 Funciones de la Bolsa de
Valores.
Dentro de las funciones que tienen las Bolsas de Valores
en sentido general, están las de encauzamiento de
recursos, de transformación, de equilibrio, y las de
liquidez, difusión y de información.
Resumiendo cada una de ellas tenemos:
La de encauzamiento de recursos. Se refiere a la
tarea fundamental de canalizar el ahorro privado hacia las
instituciones públicas o privadas que lo necesiten y
demanden a través de la emisión de
títulos-valores.
La de Transformación. En la Bolsa los
recursos de corto plazo, es decir, los del mercado monetario
pueden transformarse en recursos a largo plazo o sea, propios del
mercado de capitales . A través de la Bolsa que recepta
una parte de la oferta y demanda
dinerarias, se facilita la formación de capitales y el
proceso de inversión.
La de Equilibrio. Es la función
principal de las Bolsas de Valores, pues debe lograr el
equilibrio entre la oferta y la demanda de títulos
–valores en base a lo que podría llamarse
política de precios libres, mediante transacciones
públicas efectuadas en su seno.
La de liquidez. Tiene el carácter de
función complementaria de las anteriores, pues permite al
inversionista convertir en numerario, al momento que lo requiera,
los títulos mantenidos en su poder. El
grado de liquidez que pueda ofrecer las Bolsas de Valores
está principalmente en función de la organización y desarrollo que ésta
tenga.
La de Difusión. Tiene relación en
cuanto la Bolsa sea un órgano de colaboración para
las diferentes entidades cuyos títulos han sido inscritos.
Puede decirse que ésta es la función social de la
Bolsa.
La de información. Función que da a
las Bolsas de Valores el carácter de voceros oficiales
sobre el comportamiento
financiero de las diferentes empresas que han inscrito y cotizado
sus títulos en ellas. Información que, a
través de la Bolsa, está abierta al público
inversionista a efectos de que cuenta con los elementos de juicio
necesarios para la toma de
decisiones, además las Bolsas informan al
público en general sobre las transacciones efectuadas,
dando a conocer los montos de oferta y demanda, los precios, las
operaciones acordadas y todo lo relacionado con las cotizaciones
máximas y mínimas, rendimientos, etc.
Adicionalmente son funciones de la Bolsa de Valores de
Quito las siguientes:
- Regular y mantener el financiamiento del Mercado de
Valores, para que sea técnicamente organizado y ofrezca
a los inversionistas y al público en general condiciones
de seguridad,
honorabilidad y corrección. - Inscribir los valores, establecer la
cotización efectiva de las mismas de forma que ofrezcan
el máximo de seguridad a los inversionistas. - Velar porque se realicen los negocios de
Bolsa con respecto a los principios
mercantiles de honor, probidad, justicia y
equidad; controlando a los agentes y operadores que su conducta no
riña con los más elevados principios de la
ética
comercial. - Publicar en el boletín de Bolsa las
cotizaciones de títulos negociados. - Ofrecer a los agentes y al público las
informaciones que posea y que no sean de carácter
reservado, sobre las entidades cuyos valores estén
inscritos en la Bolsa.
1.3.1.4 Ventajas de Invertir en Bolsa
- En la Bolsa de Valores se pone a prueba la
valoración de acciones, pues en base a la libre oferta y
demanda se manifiestan los juicios, tanto de la estructura
financiera de las compañías como de sus
fortalezas intrínsecas en el mercado de competencia. Al
estar inscrita en Bolsa, una empresa
obtiene una imagen de
confiabilidad, por lo tanto su cotización accionaria
será mayor y se facilitará su crecimiento y su
nuevo financiamiento. - Los emisores del sector público ecuatoriano y
extranjero están exentos del pago de la cuota de
inscripción y de las cuotas de mantenimiento en la bolsa
de Valores. - La Bolsa de Valores cuenta con un fondo de
garantía, como mecanismo que busca la protección
para los inversionistas frente a cualquier eventualidad de
incumplimientos, lo que garantiza un funcionamiento fluido del
mercado, e incrementan los niveles de confianza y
seguridad. - Ingreso a los mercados mundiales de capitales. Ello
se realiza mediante la interconexión e integración de bolsas a nivel
internacional, ampliando las oportunidades de las fuentes de
financiamiento y opciones económicas
globales. - Mide el pulso del país, al actuar como
termómetro de todo el acontecer
económico, político y social, nacional e incluso
internacional. - Facilita la protección del ahorro cuando hay
inflación, al efectuarse, por ejemplo, inversiones en
acciones que están respaldadas por activos reales que se
revalorizan y, por otra parte, posibilitan tasas positivas de
rentabilidad. Los demandantes pueden obtener un rendimiento
real mayor que el que obtendrían a través de los
medios e
instrumentos tradicionales.
Complementando el último punto, los recursos
canalizados a las compañías, a través de la
colocación de acciones, son dineros que en términos
empresariales logran una mayor eficiencia.
1.3.1.5 Organización y Funcionamiento de la
Bolsa
Siendo la Bolsa una Compañía
anónima, su órgano principal es la Junta General de
Accionistas y tiene la facultad de orientar y resolver los
asuntos sociales de la misma, nombrar y remover a los miembros
del Directorio y Comisarios, conocer anualmente las cuentas,
estados financieros e informes que
presten el Directorio, el Gerente y los comisarios.
El Directorio está integrado por siete vocales
elegidos por la Junta General de Accionistas. Cada vocal
principal tiene su respectivo suplente. Seis vocales principales
con sus respectivos suplentes se eligen entre los accionistas de
la compañía, para un período de dos
años, pudiendo ser indefinidamente reelegidos. El
séptimo vocal principal y su suplente son elegidos por la
Junta de Accionistas entre los candidatos propuestos por la
Asociación de los Agentes de Bolsa y duran un año
en sus funciones.
Anualmente el Directorio elige entre sus miembros al
Presidente y al Vicepresidente de la
Compañía.
Son atribuciones del Directorio: establecer las
líneas de política general de la
Compañía y dictar sus regulaciones, nombrar y
remover al gerente, calificar y designar a los Agentes y
Apoderados de Bolsa, entre otras.
Al Gerente le corresponde la representación
judicial y extra judicial y de la compañía y la
gestión
administrativa de la misma . Es elegido por el directorio para un
período de tres años en sesión a la que
concurren los siete vocales. En caso de ausencia temporal del
Gerente, es reemplazado por el Presidente del
Directorio.
Al mercado de Bolsa concurren todos los días
hábiles los operadores de las diferentes casas de valores,
para cumplir las órdenes de compra o de venta formuladas
por múltiples inversionistas individuales o
institucionales. Los títulos que se negocian deben estar
previamente inscritos en el Registro de Mercado de Valores y en
la Bolsa.
Dichos valores se negocian en lo que se denomina "Rueda
de Bolsa", lugar en el que se desarrollan las operaciones
bursátiles, determinándose los precios
(cotizaciones) de cada uno de los títulos. Actualmente
existen dos tipos de ruedas: la de Viva Voz , la cual se
efectúa todos los días hábiles del
año, en horarios de 12h30 a 14h00, que incluye un
período de preapertura de 12h15 a12h30; y la Rueda
Electrónica (SINEL) que se realiza todos los
días hábiles desde las 9h00 a las 16h00, incluido
un período de preapertura de 30 minutos.
Hay que tener en cuenta que todo lo que ocurra en ellas,
la información que se genera en el mercado, es en tiempo
real.
1.3.1.6 Las Operaciones de Bolsa y su
Cotización
Para realizar sus operaciones en la Rueda de Bolsa, los
intermediarios (operadores) presentan las ofertas y demandas de
valores en base a las instrucciones que sus clientes,
denominados comitentes, hayan efectuado. Tales
instrucciones se denominan órdenes, y en ellas se
especifican el tipo de valor, monto y
precio. Las transacciones se desarrollan considerando normas
especiales, con el objeto de que exista equidad entre los
participantes. Todo esto se recoge en un Reglamento de
Operaciones, debiéndose aclarar que la Bolsa de Valores
tiene la facultad de autorregularse mediante la expedición
de sus propios reglamentos y demás normas
internas.
Con respecto a su cotización, es el precio
alcanzado por un título-valor en una determinada
sesión realizada en la Rueda de Bolsa, o es el precio
acordado por las partes para la realización de la
operación.
1.3.1.7 Comisiones
Los Agentes de Bolsa tienen derecho a una
comisión sobre todas las operaciones que verifiquen tanto
por cuenta de sus clientes compradores, como por cuenta de sus
clientes vendedores conforme al porcentaje que señala el
Directorio, el que será inversamente proporcional al monto
de la transacción.
1.3.1.7.1 Comisiones que Corresponden a la Bolsa y
a los Agentes de Bolsa
La comisión de la Bolsa de Valores es del 1% , y
la comisión de los Agentes de Bolsa, que son los que
representan a las Casas de Valores, difiere entre una y otra
casa, pero en promedio se encuentra en el 1%. Dependiendo de la
estructura y márgenes comunes, dicha comisión puede
llegar al 2%, por mutuo acuerdo entre las partes.
1.3.1.7.2 Comisiones Sobre Títulos-Valores de
Corto Plazo
El Directorio de la Corporación Civil Bolsa de
Valores de Quito, en sesión del 18 de mayo del 2001, con
la finalidad de estandarizar los porcentajes de comisiones que
esta Corporación cobra por las operaciones que se
efectúan, y en virtud de que el proceso de dolarización está en vigencia,
decidió establecer el nuevo porcentaje mínimo de
comisión del 1%, teniendo en cuenta que éste es
anualizado.
1.3.1.7.3 Comisiones Sobre Títulos-Valores de
Largo Plazo
Se rige en base a la decisión señalada en
el punto anterior, en el que se estable el nuevo porcentaje
mínimo de comisión del 1%.
1.3.1.8 Formularios
Utilizados
Dentro de los formularios de Renta Fija
tenemos:
- Oferta o Demanda, de color
rosado. - Operaciones Cruzadas, de color amarillo.
- Mejora de precios para operaciones cruzadas, de color
lila. - Y el comprobante de transacción.
Dentro de los formularios de Renta Variable
tenemos:
- Oferta o Demanda, de color celeste.
- Operación es cruzada, el cuál tiene un
color verde. - Mejora de precios para operaciones cruzadas, que
también es lila. - Y el comprobante de transacción.
1.3.1.8.1 Uso de formularios
Dependiendo de las características propias de cada uno de los
títulos-valores negociados en la bolsa, los formularios en
los que deberán ser anotadas todas las especificaciones y
condiciones de cada uno de los títulos-valores.
No se puede registrar oferta y demanda en un mismo
formulario.
1.3.1.8.2 Inscripción de Registro de
Formularios
Cada uno de los formularios son registrados en el reloj
de control. Teniendo en cuenta que manualmente se les asigna un
número de orden adicional, en base a éstos
formularios se mantiene un cuadro de resumen.
1.3.1.9 Clases de Ruedas
En la Rueda de Bolsa participan los operadores en
representación de una Casa de Valores bajo una orden
específica de un cliente.
También puede actuar la Casa de Valores por cuenta propia
en el caso de manejo de su portafolio.
La Rueda de Bolsa es un mecanismo centralizado de
negociación, en el que intervienen distintas casas de
valores a través de sus operadores, con el
propósito de negociar sus valores inscritos en
Bolsa.
La Rueda de Bolsa es conducida por un funcionario de la
bolsa de valores, conocido como director de Rueda, quien tiene
amplias atribuciones para decidir sobre la validez de las
operaciones que se efectúen. Con la guía del
director de rueda y siendo partícipe los operadores, la
institución reduce el riesgo del manejo físico de
los títulos-valores, minimiza el riesgo de fraude o
falsificaciones, mejora la eficiencia operativa, y provee a los
depositantes y participantes la información oportuna sobre
los movimientos diarios. A continuación numeramos los
siguientes tipos de ruedas:
- Ordinarias que son aquellas que suceden todos los
días hábiles dentro de un horario ya establecido
por la Bolsa. - Las especiales que son autorizadas por el Consejo
Nacional de Valores, en función de sus requerimientos de
diversificación del mercado, éstas tendrán
lugar en un horario diferente al de la rueda
ordinaria.
1.3.1.9.1 Rueda de Viva-Voz
Es el modo tradicional en donde las transacciones se
efectúan en un salón de sesiones denominados
rueda de bolsa, allí se desenvuelven las
negociaciones en forma abierta, rápida y
segura.
Las ruedas de piso son conducidas por el Director de la
Bolsa. A ellas pueden acudir todos los poseedores de
títulos-valores, a través de un operador-corredor,
a ofertarlos de manera pública para lograr el mejor precio
del mercado ajustado al juego de la
oferta y la demanda.
Las transacciones se realizan a través de
órdenes (papeles-formularios) donde se especifican los
datos respecto
a la operación correspondiente, como tipo de valor, clase
de renta, monto y precios.
Este tipo de rueda comprende dos
períodos:
Período de Pre-apertura y Ordenamiento.
Aquí se receptan e inscriben las posturas de oferta y de
demanda, y el Director de Rueda las ordena por precio y secuencia
de inscripción. Los operadores que intervengan en una
Rueda de Bolsa podrán presentar posturas de valores
previamente inscritos en el Registro de Mercado de Valores y en
la Bolsa, para lo cual presentarán por escrito las ofertas
o demandas en el correspondiente formulario que por
duplicación entregará la respectiva Bolsa de
Valores.
Este formulario deberá contener al menos los
siguientes datos:
Si se trata de Valores de Renta Fija: fecha,
denominación, emisor, aceptante, avalista o endosante,
monto nominal del instrumento, precio expresado en porcentaje,
interés, plazo, rendimiento respectivo, fecha de
vencimiento, derechos accesorios del instrumento; de ser el caso,
garantías colaterales, si preceden fecha valor de la
operación, y nombre y firma del operador.
Si se trata de Valores de Renta Variable: fecha,
denominación, emisor, número de acciones, valor
nominal de cada una las acciones, precio expresado en sucres
(ahora en dólares) no en porcentajes, derechos accesorios,
fecha valor de la operación, y nombre y firma del operador
o agente de bolsa autónomo.
Período de Rueda. Este es el lapso en el
que se realizan las negociaciones, previo pregón de todas
las posturas y su registro en el sistema. Pregonadas las ofertas
y demandas se procede a calzar las posturas, es decir a verificar
los casos en los cuales coincidan las condiciones de una postura
de compra y una postura de venta, permitiendo cerrar una
operación. Conforme se vayan concertando las
transacciones, se irán confirmando y registrando los
precios de cierre de forma inmediata.
Una vez que se realiza el calce, esto es que tanto la
postura de compra como la de la venta tienen las mismas
características, se produce el cierre definitivo de la
transacción cuando hayan transcurrido dos minutos para la
puja, luego se procede a ingresar en el Sistema de Liquidaciones,
las características del titulo-valor negociado, como
identificación del comprador, del vendedor y las
comisiones pactadas, para la correspondiente
liquidación.
La papeleta de Liquidación Contrato es un
documento que refleja el acuerdo sobre la transacción y,
por lo mismo, genera obligaciones para las partes. Además,
la Bolsa de Valores de Quito aplica las normas de
compensación y liquidación respectivas para
asegurar el cumplimiento de las operaciones.
1.3.1.9.1.1 Organización o Estructura de Rueda
Viva-Voz
En una Rueda intervienen diferentes elementos y procesos que
permiten llevar a cabo las negociaciones. Estos elementos
son:
- Corro.
- Director de la Rueda.
- Asistentes del Director.
- Operadores.
- Pregonero.
- Pantallas y tableros.
- Computadores.
- Pantalla de Comunicación Nacional e
Internacional. - Reloj.
- Casetas-Cubículos.
- Galería Pública.
- Descripción de funciones
Corro. Es un anillo central de salón de
Ruedas que facilita la atención a diferentes operaciones en un
mismo momento. Tiene micrófonos con el fin de grabar los
convenios y tratos anunciados públicamente. Al corro
sólo pueden entrar los operadores-corredores y
funcionarios autorizados. El corro es el sistema tradicional para
efectuar las contrataciones a viva voz.
Director de la Rueda. La Rueda de Bolsa es
conducida por un funcionario de la Bolsa que tiene la
denominación de Director de Rueda, a quien le compete
resolver las cuestiones que se presentaren en el curso de la
sesión bursátil. Tiene responsabilidad respecto a la veracidad y validez
de las transacciones.
Asistentes del Director. Los asistentes del
director, apoyan a éste, verifican que los convenios se
efectúen de manera correcta y adecuada, que los datos
estén completos y sean fehacientes.
Operadores. Son los agentes-corredores y
autorizados por sus casas de valores para efectuar las
negociaciones de compra-venta de títulos indicados por sus
clientes. Un agente-corredor es un operador de bolsa cuya
función es permitir que la oferta y la demanda lleguen a
concretarse a un precio que satisfaga tanto al cliente vendedor
como al comprador. Un operador de Bolsa actúa
también como asesor bursátil y técnico del
mercado de valores. Es un "stock-broker".
Puede asumir varias posiciones: actuar en operaciones
denominadas cruzadas en las que tiene dos roles, uno en
posición de compra y otro en posición de venta.
Puede tener dos clientes diferentes para el mismo título;
y/o actuar en negociaciones acordadas donde asume una sola
posición.
Pregonero. Es el funcionario encargado de hacer
pública, en voz alta, las ofertas y demandas indicadas por
los operadores. El pregonero anuncia las ofertas, las demandas y
las operaciones cerradas identificando el tipo de título,
el valor nominal, el precio, la tasa de rentabilidad, el
vencimiento, el nombre del corredor responsable de la
transacción. La voz del pregonero es la definitiva en el
momento de la adjudicación de una
operación.
Pantallas y tableros. Existen varias
pantallas-tableros electrónicos que contienen datos
básicos y generales de las ofertas y demandas. Una
pantalla muestra la lista
de los valores inscritos en la Bolsa con sus correspondientes
instituciones, otra el movimiento de
acciones y una tercera los títulos emitidos por diferentes
sectores.
Una pantalla registra las ofertas y las demandas en base
a las operaciones que canta el pregonero. Otra reporta las
operaciones cerradas, con el tipo de título, la
rentabilidad (interés), el plazo, el monto, el precio o
descuento, y la cantidad de acciones negociadas.
Varias pantallas informan constantemente (en segundos)
los precios de los títulos y sus variantes.
Computadores. Los computadores registran la
información de los convenios efectuados y transcriben los
datos que de cada negociación canta el
pregonero.
Estas máquinas
son parte del sistema electrónico de transacciones y
tienen conexión muy dinámica con las oficinas de control de
operaciones de la Bolsa.
Pantalla de Comunicación Nacional e
Internacional. Varias agencias de conexión proveen
información de tipo económico, tanto locales como
extranjeras, que pueden incidir en el comportamiento del
mercado.
A través de sistemas de comunicación
directa (dealing) se mantiene contacto con otras Bolsas del
país y del exterior.
Reloj. Marca las horas de inicio y
paralización de las sesiones. Su presencia provee validez
legal a las ruedas de la Bolsa. Las negociaciones que se realizan
fuera del horario de la sesión bursátil, para su
admisión deben someterse a determinadas normas.
Casetas-Cubículos. Las casetas tipos
cubículos son espacios en donde trabajan los empleados de
las casas de valores, para tomar pedidos por teléfono y usando el peculiar lenguaje de
señales con las manos envían el pedido a los
operadores.
Galería Pública. La galería
pública es un lugar físico que sirve para que el
público interesado observe el desarrollo de las ruedas en
vivo y en directo.
1.3.1.9.1.3 Mecánica Aplicada de Rueda
Viva-Voz
A modo de información didáctica, sintetizaremos el procedimiento
para efectuar una operación de Bolsa:
- Los operadores presentan en la rueda de Bolsa, sus
ofertas y/o demandas de valores. - El pregonero, como delegado del Director de la Rueda,
pregona a viva voz cada oferta o demanda para informar a los
presentes. - En el momento que un corredor muestra interés
por un título, presenta la demanda, y la
operación se plantea indicando plazos, rendimientos,
formas de pago, etc. - Luego, la operación es transmitida a las otras
Bolsas de Valores del país o región y se esperan
unos pocos minutos, lapso en el cual puede hacer otras demandas
que mejoren el precio, y entonces se vuelve a plantear y
acordar la negociación. - A continuación, se produce lo que se conoce
como "puja",efecto que se cierra cuando se acuerda
definitivamente la transacción. - Pactada la negociación, se deja constancia de
la liquidación, en contratos de
compra-venta que se elaboran en base a papeletas de
operación, en ellas se detallan las
características del título valor transado. Estos
documentos
generan obligaciones legales para las partes. - Toda operación es registrada con el precio
pactado en una pantalla electrónica. En otra, se anotan las
ofertas y demandas presentadas que lo llegaron a
celebrarse. - Posteriormente, se emite un contrato de
liquidación con el siguiente contenido: nombres de los
operadores que participaron en la negociación,
especificación de los títulos transados, cantidad
y precio; las comisiones correspondientes a la Bolsa y
corredores; la liquidación de intereses y
retención del impuestos
cuando fuere aplicable. Este contrato es firmado tanto por los
operadores como por el Director de la Bolsa.
Todas las operaciones cerradas en una Rueda se publican
diariamente. Las Ruedas de Bolsa se llevan a cabo todos los
días hábiles del año y también se
efectúan ruedas especiales en circunstancias particulares,
en horarios diferentes a los normales.
1.3.1.9.1.4 Clases de Posturas
Posturas en Firme. Las posturas se inscriben con
un precio definido respetando siempre los rangos de
fluctuación del precio del inicio del día. Las
posturas en firme tendrán vigencia hasta el cierre de la
rueda, pero podrán ser retiradas por el operador si no ha
recibido ninguna demanda u oferta, siempre tiene que ser por
escrito con la utilización del formulario respectivo
usados tanto en renta fija como en renta variable los cuales
pueden ser inscritos en un período de
preapertura.
Posturas de Mercado. Son exclusivamente verbales,
puede ser utilizada para renta fija y renta variable,
únicamente sirven para calce o posturas planteadas en
firme (cerrar operaciones) y se sujetan al mejor precio de compra
o de venta.
Posturas Cruzadas. Son aquellas que provienen de
órdenes de dos clientes (comitentes) diferentes,
encargadas a un mismo operador. Toda postura cruzada es una
postura en firme, se debe indicar que es una orden cruzada, el
precio y condiciones de la postura, utilizándose para esta
transacción el formulario correspondiente, en este tipo de
postura se permite a los demás participantes interferir en
la operación (puja).
Posturas de Fracciones. Aquellas que por no
alcanzar los requisitos mínimos de las posturas deben
registrarse solamente durante la sesión de
rueda.
1.3.1.10 Sistema de Negociación
Electrónica (SINEL)
El sistema electrónico de transacciones es una
estructura computacional debidamente automatizada y organizada,
que permite realizar negocios bursátiles entre ciudades,
regiones y países. Además, permite a los usuarios
acceder directamente al mercado desde sus oficinas (casa de
valores) hacia las Bolsas, mediante la conexión de
terminales con ellas.
SINEL trabaja en el ambiente de Market Works, que da al
usuario completa confidencialidad a través del proceso de
conexión requiriendo una clave y código
de identificación.
Este mecanismo facilita extraordinariamente las
negociaciones, tanto de los oferentes como de los demandantes. A
los primeros, porque les capacita la inscripción de los
títulos-valores que ofrecen para la venta, y a lo
segundos, porque pueden registrar sus demandas con agilidad, para
lo cual se crean pantallas de negociación. De esta forma
se ofrecen mayores oportunidades para que oferentes e
inversionistas actúen directamente en una rueda de
Bolsa.
El sistema incluye información pormenorizada de
los movimientos de los títulos, estados
financieros, datos relevantes de las empresas cotizantes e
información del mercado.
En las ofertas se proporciona información sobre
todas las características de los valores, la tasa de
rentabilidad ofrecida, montos, precios, etc.
El demandante interesado en un título, propone, a
través del sistema electrónico automatizado, la
tasa de rentabilidad deseada. Transcurrido un tiempo prefijado,
el título se adjudica al mejor postor para el
vendedor.
Tanto ofertas como demandas aparecen en forma
anónima. Se mantienen estrictos esquemas de seguridad para
el caso, con miras a garantizar la transparencia y confiabilidad
en las negociaciones electrónicas.
Las operaciones mediante este mecanismo se liquidan de
igual forma como si se hubiesen realizado en una rueda de viva
voz, porque funcionan con información en tiempo real . La
única diferencia es que en el sistema de viva voz se
requiere la presencia física de quienes
demandan y ofertan, y en la rueda electrónica sólo
se necesita una computadora
para negociar desde la propia oficina, sin
importar el lugar dónde se encuentre.
Ventajas importantes de esta modalidad son: que los
compradores pueden conformar sus portafolios de acuerdo a la
oferta de títulos inscritos en el sistema, y se promueve
una adecuada optimización de la creación de los
precios en el mercado bursátil, debido al amplio nivel de
participación de la competencia, entre compradores
convenientemente informados.
1.3.2 Casas de Valores
Son compañías anónimas constituidas
en el Ecuador y autorizadas por la Superintendencia de
Compañías para realizar la función de
intermediación de valores en el mercado, asesorar en
materia de inversiones, ayudar a estructurar el mercado y
realizar la colocación y distribución de emisiones primarias. Para
ello, estas compañías deben ser necesariamente
"miembros" de una Bolsa de Valores.
Las casas de valores negociarán en el mercado de
valores, a través de operadores inscritos en el Registro
del Mercado de Valores, quienes actuarán bajo
responsabilidad solidaria con sus respectivas casas. Los
representantes legales, dependientes y operadores de una casa de
valores no podrán serlo simultáneamente de otra
casa de valores. Toda orden para efectuar una operación
bursátil se entenderá respecto de la casa de
valores y de los comitentes, efectuada sobre la base de que estos
quedan sujetos a los reglamentos de la Bolsa respectiva. Y en el
mercado extrabursátil, a las normas de carácter
general que expida el C.N.V.
Las Casas de Valores podrán suscribir contratos
con los inversionistas institucionales para que bajo el amparo y
responsabilidad de éstas, puedan realizar operaciones
directas en Bolsa. El C.N.V. expedirá las normas
especiales para estos contratos.
Las Casas de Valores que actúen en la compra o
venta de valores, quedan obligadas a pagar el precio de la compra
o efectuar la entrega de los valores vendidos, sin que puedan
oponer la excepción de falta de provisión.
Serán responsables de la identidad y
capacidad legal de las personas que contrataren por su
intermedio, de la existencia e integridad de los valores que
negocien y de la autenticidad del último endoso, cuando
procediere. Sin embargo, no serán responsables ni
asumirán responsabilidad respecto de la solvencia del
emisor.
Para que una Casa de Valores pueda actuar en el mercado
de valores, debe cumplir una serie de requisitos societarios, de
mercado y bursátiles necesarios para garantizar su
idónea participación y desempeño.
En el Ámbito Societario, las Casas de Valores han
sido concebidas por la legislación como sociedades
anónimas, autorizadas y controladas por la
Superintendencia de Compañías. Para constituirse
deberán tener como mínimo un capital inicial pagado
equivalente a cuarenta mil UVC, cotizados a la fecha de la
apertura de la cuenta de integración de capital, que
estará dividido en acciones nominativas.
En el ámbito de Mercado, de acuerdo con la Ley de
Mercado de Valores y reglamentos correspondientes, para que la
compañías anónimas constituidas puedan
participar en el mercado, ejerciendo la actividad de
intermediación de valores, deben cumplir lo
siguiente:
- Demostrar que ha sido aceptada como miembro de una
Bolsa de Valores, para lo cual debe adquirir una cuota
patrimonial. - Obtener la autorización para funcionamiento,
la misma que es otorgada por la Superintendencia de
Compañías, una vez que se ha demostrado que
existe la capacidad técnica, financiera, profesional y
administrativa requerida para el cumplimiento de su objeto
social. - Haberse inscrito en el registro de Mercado de
Valores, para lo cual debe presentar una solicitud a la
Superintendencia de Compañías acompañando,
entre otra información, el manual
orgánico funcional, la lista de administradores y
operadores y el Reglamento Operativo Interno.
En el ámbito Bursátil, para que la Bolsa
de Valores de Quito acepte como miembro a una Casa de Valores y
autorice operar en su mercado, debe cumplir lo
siguiente:
- Adquirir una cuota de membresía
- Entregar una garantía de cumplimiento, por el
monto y características que establezca el Directorio de
la Bolsa. - Obtener la calificación de operadores de
valores por parte de la Bolsa. - Inscripción de los operadores en el Registro
de Mercado de Valores. - Entregar a la Bolsa la siguiente documentación:
- Copia de la Escritura de
Constitución - Copia de los certificados de inscripción de la
Casa de Valores y los operadores de valores en el Registro del
Mercado. - Copia del certificado de autorización de
funcionamiento expedido por la Superintendencia de
Compañías. - Copia del nombramiento del Representante
Legal. - Nómina de Directores y
Administradores.
Las Casas de Valores podrán cumplir con las
siguientes actividades :
- Comprar y vender títulos de acuerdo con las
instrucciones de sus comitentes en el mercado bursátil y
extrabursátil. En este último caso
únicamente con valores no inscritos en
Bolsa. - Administrar portafolios o dineros de clientes para
invertirlos en Títulos- Valores - Operar por cuenta propia, es decir comprar o vender
para o de su portafolio - Promover nuevas fuentes de financiamiento para
personas naturales o jurídicas y entidades del sector
público.
Les está prohibido a las Casa de Valores lo
siguiente:
- Realizar negociaciones privadas con títulos
inscritos en el Registro Nacional del Mercado - Realizar operaciones extrabursátiles con
títulos inscritos en Bolsa - Garantizar rendimientos o asumir perdidas de sus
clientes - Divulgar información falsa, tendenciosa,
imprecisa o privilegiada. - Recibir depósitos del
público.
Las Casas de Valores deberán cumplir con algunas
obligaciones para con sus clientes, el mercado y los organismos
de control. Las principales son:
- Realizar los registros
contables necesarios para respaldar todas sus
operaciones - Entregar a sus clientes la liquidación de
Bolsa y comprobante de operación, cuando la
negociación ha sido realiza en el mercado
bursátil - Proveer a los clientes estados de cuenta en el caso
de portafolios entregados para su
administración - Guardar reserva tanto respecto a la
identificación de sus clientes cuanto a las
características de las operaciones encargadas y
cumplidas - Entregar en forma periódica estados
financieros y otra información relevante requerida por
los organismos de control.
1.3.3 El Depósito Centralizado de
Compensación y Liquidación de
Valores
Los Depósitos Centralizados de
Compensación y Liquidación de Valores son las
compañías anónimas autorizadas y controladas
por la Superintendencia de Compañías para recibir
en depósito valores inscritos en el Registro del Mercado
de Valores, para su custodia y conservación y brindar los
servicios de liquidación y registro de transferencias de
los mismos y, operar como cámara de compensación de
valores.
Los depósitos centralizados de
compensación y liquidación deberán cumplir
los parámetros, índices, relaciones y demás
normas de solvencia y prudencia financiera y controles que
determine el C.N.V., tomando en consideración el
desarrollo del mercado de valores y la situación
económica del país.
Existen dos etapas en la negociación de
títulos – valores, las mismas que se realizan en momentos
distintos. La primera es la de aceptación o de acuerdo
formal de realizar una compra – venta de títulos en
determinadas condiciones y características. La segunda es
el cumplimiento cabal de la operación
realizada.
El mecanismo de compensación y liquidación
de valores es indispensable e importante en un mercado de valores
moderno, en la etapa de cumplimiento. Tiene que ver con el
proceso ordenado y oportuno tanto de la entrega –
recepción de los títulos negociados, como el flujo
de los medios de pago (dinero) respectivos, derivados de las
negociaciones bursátiles.
Los depósitos centralizados de
compensación y liquidación de valores están
autorizados para realizar las siguientes operaciones:
- Recibir depósitos de valores inscritos en el
Registro de Mercado de Valores y encargarse de su custodia y
conservación hasta su restitución a quien
corresponda; - Llevar a nombre de los emisores los registros de
acciones, obligaciones y otros valores, los libros de
acciones y accionistas de las sociedades que inscriban sus
acciones en la Bolsa y, efectuar el registro de transferencias,
así como la liquidación y compensación de
los valores depositados que se negocien en Bolsa y en el
mercado extrabursátil; - Los entes partícipes del mercado de valores
informarán al Depósito los nombres y apellidos o
denominaciones o razones sociales, según corresponda, de
las personas a las que pertenezcan los valores depositados. El
depósito procederá a abrir una cuenta a nombre de
cada depositante. - Presentar, a aceptación o a pago, los valores
que le sean entregados para el efecto y levantar protestos por
falta de aceptación o de pago de los valores,
particularizando en acto pertinente de conformidad con las
disposiciones legales aplicables. Estos protestos
tendrán el mismo valor y eficacia que los protestos
judiciales o notariales; - Podrá unificar los títulos del mismo
género y emisión que reciba de sus
depositantes, en un título que represente la totalidad
de esos valores depositados. El fraccionamiento y las
transferencias futuras se registrarán mediante el
sistema de anotación de cuenta con cargo al
título unificado.
El contrato de depósito de valores, debe constar
por escrito en formatos aprobados por la Superintendencia de
Compañías, se perfecciona por la entrega real de
los títulos o de los registros electrónicos. En
caso de valores en cuentas, el C.N.V. emitirá normas de
carácter general que establecerán los
códigos de seguridad que contendrán los registros
electrónicos contentivos de los valores en cuenta. A
partir de la entrega, es responsabilidad del depósito el
garantizar la autenticidad de los actos de transferencia,
gravamen o limitación que inscriba en los registros a su
cargo.
La traspaso físico de los títulos –
valores o el cambio
contable, desde el vendedor hacia el comprador, se denomina
"Compensación" (Clearing). En cambio la entrega de los
recursos económicos que respaldan la operación
realizada, del comprador al vendedor, se denomina
"Liquidación" (Settlement). Las dos acciones deben
cumplirse en forma simultánea, para que se realice "el
pago contra entrega".
El sistema adoptado en la Bolsa de Valores de Quito toma
en cuenta únicamente los saldos deudores de cada una de
las Casas de Valores, resultantes de netear el volumen de las
ventas con el
volumen de las compras
efectuadas y que deben cumplirse en una determinada Fecha –
Valor. Ejecuta este saldo neto mediante transferencias a cuentas
abiertas en el Banco Central, tanto por la Bolsa de Valores como
por los bancos privados con los que operan las Casas de
Valores.
Con los saldos netos, que se preparan y envían
oportunamente a las Casa de Valores, a la cuenta de la Bolsa de
Valores en el Banco Central, la Bolsa realiza los trámites
e instrucciones respectivas para la efectivización de las
transferencias desde la cuenta de la Bolsa hacia las cuentas de
las Casas de Valores en los bancos privados.
Si el valor de las ventas totales es mayor al de las
compras totales, el valor neto es negativo, es decir es un valor
a favor de la Casa de Valores que debe ser cubierto por la Bolsa
de Valores.
Si el valor de las ventas es inferior al de las compras
totales, el valor neto es positivo. Es decir, es un valor a favor
de la Bolsa de Valores, que debe ser cubierto por la Casa de
Valores.
Para que exista una mayor seguridad en las
transferencias de recursos se las efectúa a través
del Banco Central.
Para la compensación de las operaciones
internacionales se seguirá el mismo lineamiento que para
las nacionales. Cuando exista transferencia, el pago se
hará a través del banco del exterior según
señale la Bolsa. En caso contrario, los pagos se
realizarán con cheque
internacional del Citibank New York. En caso que el pago se
realice con cheque dólar sobre una cuenta local, la Casa
de Valores deberá comunicar a la Bolsa de Valores con la
debida anticipación.
Las compensaciones, transferencias y cheques son
oportunamente entregados a las Casas de Valores. Las
compensaciones y transferencias son enviadas por medio de
telefax.
1.3.4 Calificadoras de Riesgos
Las calificadoras de riesgo son sociedades
anónimas o de responsabilidad limitada autorizadas y
controladas por la Superintendencia de Compañías e
inscritas en el Registro del Mercado de Valores, que tienen por
objeto principal realizar la calificación del riesgo de
los emisores y valores que estén autorizados.
. Estas sociedades deberán cumplir los
parámetros, índices, relaciones y demás
normas de solvencia, exigencia y controles que determine el
C.N.V., de acuerdo a su objeto social, tomando en
consideración el desarrollo del mercado de valores y la
situación económica del país.
Se entenderá por calificación de riesgo la
actividad mediante la cual den a conocer al mercado y
público en general su opinión sobre la solvencia y
probabilidad
de pago que tiene el emisor para cumplir con los compromisos
provenientes de sus valores de oferta pública en un plazo
determinado.
La calificación se refiere a una emisión
específica, no al emisor ni al conjunto de sus emisiones.
No es una evaluación
sobre el rendimiento de una emisión ni tampoco es una
recomendación para comprar, mantener o vender
títulos. Las calificaciones son opiniones no garantizadas
en cuanto a su exactitud y/o precisión, por lo que deben
ser utilizadas solamente como uno de los factores que determinen
la inversión.
Rating S.A. y Equability S.A. son las empresas
calificadoras que proveen a la Bolsa de Valores de Quito la
calificación mensual de riesgo para cada
emisión.
El C.N.V., dictará las normas de carácter
general que establezcan la Constitución y funcionamiento
del comité de calificación de las entidades
calificadoras.
Toda información que reciban las calificadoras,
excepto aquella que se considere como información
pública, deberá mantenerse como reservada y
confidencial. La obtención de la información por
parte de las calificadoras o su entrega a éstas no se
considerará falta al sigilo bancario o
bursátil.
La calificación deberá mantenerse
periódicamente actualizada hasta la redención del
título o mientras éstos puedan ser objeto de oferta
pública.
En caso de que la Superintendencia de
Compañías dudare de la veracidad o calidad de una
calificación podrá designar un calificador de
riesgo distinto, a fin de que efectúe la
calificación de los valores en forma adicional. El costo
de dicha calificación estará a cargo del
emisor.
Las entidades calificadoras deberán hacer
públicas sus calificaciones en la forma y periodicidad que
determine el C.N.V.
Son sujetos de calificación de riesgo todos los
valores materia de colocación o negociación en el
mercado, excepto aquellos emitidos, avalados, aceptados o
garantizados por el Banco Central del Ecuador, el Ministerio de
Finanzas, así como las acciones de sociedades
anónimas y demás valores patrimoniales.
El C.N.V. mediante resolución general,
determinará los sistemas, procedimientos,
categorías de calificación y periodicidad de la
misma, considerada su naturaleza de
valores de renta fija o variable, y en atención a las
siguientes normas generales:
Se consideran las siguientes
calificaciones:AAA.La más alta capacidad de pago de
capital e intereses y se estima que no se vería
afectada ante posibles cambios en el emisor y su garante, en
el sector al que pertenecen y en la economía en
generalAA. Alta capacidad de pago de capital e
intereses y se estima que no se vería afectada en
forma significativa ante posibles cambios en el emisor y su
garante, en el sector al que pertenecen y en la
economía en generalA. Buena capacidad de pago de capital e
intereses pero es susceptible de afectarse ante posibles
cambios en el emisor y su garante, en el sector al que
pertenecen y en la economía en generalB. Tiene capacidad de pago de capital e
intereses pero es susceptible de afectarse ante posibles
cambios en el emisor y su garante, en el sector al que
pertenecen y en la economía en general, pudiendo
incurrirse en retraso en el pago de intereses y del
capital.C. Emisores con un mínimo de capacidad
de pago y son susceptible de afectarse ante posibles cambios
en el emisor y su garante, en el sector al que pertenecen y
en la economía en general, pudiendo incurrirse en
pérdidas de intereses y capital.D. Emisores y garantes no tienen capacidad
para el pago de capital e intereses en los términos y
plazos pactados, y presentan posibilidad de incumplimiento
efectivo de pago de intereses y capitalE. Emisor y garante no tienen capacidad para
el pago de capital e intereses, o se encuentran en estado de
suspensión de pagos o no cuentan con activos
suficientes para el pago en caso de quiebra o
liquidación- Los valores representativos o Títulos de deuda
se calificarán en consideración a la solvencia
y capacidad de pago del emisor, a su posición de corto
y largo plazo, a las garantías que presentare, a la
probabilidad de no pago del capital e intereses, a las
características del instrumento, a la
información disponible para su calificación, y
otros factores que pueda determinar el C.N.V.Se consideran las siguientes
calificaciones:AAA. Excelente situación
económica-financiera, amplia información, la
más alta liquidez, utilidades superiores a lo previsto
en los últimos 3 años, fuerte tendencia alcista
del precio durante el último año, sin tomar en
cuenta factores especulativos.AA. Buena situación
económica-financiera, buena información, buena
liquidez, utilidades de acuerdo a lo previsto los
últimos 2 años, moderada tendencia alcista del
precio durante el último año, sin tomar en
cuenta factores especulativosA. Buena situación
económica-financiera, suficiente información,
buena liquidez, utilidades generadas los últimos 2
años, tendencia alcista del precio durante el
último año, pudiendo obedecer a factores
especulativosB. Capacidad económica-financiera,
información, liquidez, utilidades generadas el
último año, tendencia estable del precio
durante el último añoC. Regular situación
económico-financiera, insuficiente información,
poca liquidez, no ha generado utilidades el último
año, inestabilidad en el precio durante el
último añoD. Deficiente situación
económica-financiera, no difunde información,
no tiene liquidez, ha generado pérdidas el
último año, tendencia del precio a la baja
durante el último añoE. Mala situación
económico-financiera, no tiene liquidez, se encuentra
en estado de cesación en el cumplimiento de sus
obligaciones, suspensión de pagos o quiebra y pretende
ser rehabilitada - Cuando se califiquen acciones de sociedades, se lo
hará en atención a la solvencia del emisor, las
características de las acciones, la información
del emisor y sus valores y a otros factores que determine el
C.N.V.Se consideran las siguientes
calificaciones:AAA. Excelente liquidez de sus cuotas,
seguridad y rentabilidad, amplia diversificación,
excelente calificación, la más alta capacidad
técnica, operativa y económicaAA. Alta liquidez de sus cuotas, seguridad y
rentabilidad, alta diversificación, alta
calificación, muy buena capacidad técnica,
operativa y económicaA. Buena liquidez de sus cuotas, seguridad y
rentabilidad, buena diversificación, buena
calificación, buena capacidad técnica,
operativa y económicaB. Cuotas tienen liquidez, seguridad y
rentabilidad, diversificación y calificación
promedio, no inferior a la categoría A, capacidad
técnica, operativa y económicaC. Mínima liquidez de sus cuotas,
seguridad y rentabilidad, mínima
diversificación, mínima calificación,
poca capacidad técnica, operativa y
económicaE. Cuotas no tiene liquidez, seguridad ni
rentabilidad, activos de alto riesgo, baja
calificación - Las cuotas de los fondos de inversión
colectivos se calificarán en base a la solvencia
técnica de la sociedad
administradora, la política de inversión del
fondo, la calificación de riesgo de sus inversiones, la
pérdida esperada por el no pago de créditos que mantenga el fondo y otros
factores que determine el C.N.V. - Valores emitidos por instituciones financieras, se
califican considerando la solidez financiera de la empresa; la
vulnerabilidad de la institución a cambios adversos en
el propio negocio.
Se consideran las siguientes calificaciones:
AAA. Balance excepcionalmente fuerte, altos
niveles de rentabilidad, excelente reputación.
AA. Solidez financiera con historial favorable,
no aparenta debilidades.
A. Historial financiero sólido, bien
percibida en el mercado. La probabilidad de que surjan problemas es
pequeña.
B. Institución percibida como buena
deudora, debilidades no críticas o manejables a corto
plazo.
C. Institución con estados financieros que
sugieren una debilidad evidente, nivel de incertidumbre y
vulnerabilidad hacia el futuro. Su capacidad para enfrentar
problemas inesperados es cuestionable.
D. Areas con grandes debilidades. Alto grado de
incertidumbre acerca de su capacidad para absorber problemas
adicionales.
E. Problemas serios que sugieren dudas acerca de
su supervivencia sin ayuda, o está en
rehabilitación.
Las calificadoras de riesgo tendrán las
siguientes prohibiciones:
- Dar asesoría para realizar una determinada
emisión de acciones o cualquier tipo de
valor; - Ser socio o accionista de las entidades reguladas por
Ley de Mercado de Valores. - Participar a cualquier título en la
estructuración financiera, adquisición, fusiones
y escisiones de compañías, y - Realizar las actividades expresamente asignadas a los
otros entes del Mercado de Valores o Instituciones del Sistema
Financiero.
1.3.5 Administradoras de Fondos y
Fideicomisos
Las compañías Administradoras de Fondos
(AF) son sociedades anónimas cuyo objetivo primordial es
administrar fondos de inversión y fideicomisos. Estas
empresas juntan los recursos de varias personas, forman con
éstos un patrimonio
común que es invertido en determinados documentos o
activos según los propósitos de cada
fondo.
El objetivo social de las Administradoras de Fondos y
Fideicomisos está limitado a:
a) Administrar fondos de inversión;
b) Administrar negocios fiduciarios;
c) Actuar como emisores de procesos de
titularización; y,
d) Representar fondos internacionales de
inversión.
Los fondos de inversión, se clasifican
en:
- Fondos administrados. Son aquellos que admiten
la incorporación o retiro, en cualquier momento, de
aportantes. Por lo que su monto es variable, y - Fondos colectivos. Son aquellos que tienen
como finalidad invertir en valores de proyectos
productivos específicos.
El capital de las sociedades Administradoras de Fondos
estarán divididos en acciones nominativas.
Las entidades del sector público están
autorizadas para actuar como fiduciarios de conformidad con lo
previsto en sus propias leyes.
Las Administradoras invertirán los recursos de
los fondos, conforme a los objetivos
fijados en sus reglamentos internos y podrán componerse de
los siguientes valores y activos:
- Valores inscritos en el Registro del Mercado de
Valores; - Valores crediticios o contentivos de obligaciones
numerarias a cargo del Estado o del Banco Central del
Ecuador; - Depósitos a la vista o a plazo fijo en
instituciones del sistema financiero controladas por la
Superintendencia de Bancos y demás valores crediticios o
contentivos de obligaciones numerarias a cargo de, avalados por
o garantizados por ellas, inscritos en el Registro del Mercado
de Valores; - Valores emitidos por compañías
extranjeras y transados en las Bolsas de Valores de terceros
países o que se encuentren registrados por la autoridad
reguladora competente del país de origen, y - Otros valores o contratos que autorice el C.N.V., en
razón de su negociación en mercados
públicos e informados.
Los recursos de los fondos colectivos se podrán
también invertir en:
- Acciones y obligaciones de compañías
constituidas en el Ecuador y no inscritas en el Registro del
Mercado de Valores; - Acciones y obligaciones negociables de
compañías extranjeras, que no coticen en Bolsa u
otros mercados públicos; - Bienes raíces ubicados en territorio nacional
o extranjero, y cuya renta para el fondo provenga de su
explotación como negocio inmobiliario; y, - Acciones de compañías que desarrollen
proyectos productivos específicos.
Las inversiones de los fondos deberán sujetarse a
las siguientes reglas:
- Las operaciones entre fondos de una misma sociedad
Administradora de Fondos, obligatoriamente deben negociarse a
través de Bolsa; - Las adquisiciones o enajenaciones de bienes inmuebles
por montos iguales o superiores al cinco por ciento del activo
total del fondo, deberán sustentarse con dos
avalúos de peritos independientes no relacionados con la
Administradora, y - Las transacciones de los demás valores y
bienes del fondo deberán ajustarse a los precios que
habitualmente prevalecen en el mercado, en caso de existir una
referencia y, a falta de ésta, deberán
fundamentarse en estudios de valorización
económica de esas inversiones.
La Administradora estará obligada a proporcionar
a los fondos los servicios administrativos que éstos
requieran, tales como la cobranza de sus ingresos y
rentabilidad, presentación de informes periódicos
que demuestren su estado y comportamiento actual y, en general,
la provisión de un servicio técnico para la buena
Administración del Fondo.
Las operaciones del fondo serán efectuadas por la
Administradora a nombre del titular de los instrumentos
representativos de las inversiones realizadas.
Los títulos o documentos representativos de los
valores y demás activos en los que se inviertan los
recursos del fondo, deberán ser entregados por la
Administradora a un depósito centralizado de
compensación y liquidación de valores o a una
entidad bancaria autorizada a prestar servicios de custodia. Para
este último caso la entidad bancaria no podrá estar
vinculada a la Administradora de Fondos y
Fideicomisos.
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