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Psiquiatría Forense




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    1. Nociones
      introductorias
    2. La psiquiatría
      forense.
    3. Los grandes síndromes
      psiquiátricos.
    4. La
      experticia.
    5. Importancia médico legal
      de la psiquiatría forense.
    6. Conclusión
    7. Anexos.
      glosario
    8. Bibliografía

    INTRODUCCIÓN

    La asociación de los términos "Medicina" y
    "Legal" sorprende a primera vista. Tal asociación resulta
    menos misteriosa al recordar que el juez esta encargado, en
    nombre de la sociedad, de
    hacer respetar los derechos del hombre. En
    muchas circunstancias, estos derechos tienen un carácter
    biológico o psicológico. El organismo humano
    obedece a componentes psicosomáticos complejos que dirigen
    su existencia tanto desde un punto de vista vegetativo como
    social, moral y
    profesional.

    Para evitar juicios oscuros, condenas abusivas, errores
    judiciales, el juez, técnico del derecho, precisa ser
    informado por personas que estudian los fenómenos
    biológicos, patológicos y
    psicológicos.

    La medicina legal
    judicial tiende un puente entre el pensar jurídico y el
    biológico. Es una disciplina
    particular que presta concurso necesario a la ejecución de
    la ley.

    En nuestros días estamos observando una
    importante evolución de la Medicina Legal, porque la
    idea de justicia no se
    limita únicamente al derecho penal y
    civil. Es necesario darse cuenta de la extensión, de la
    diversidad y de la importancia social de a medicina legal
    contemporánea.

    Cuando emprende el estudio del criminal, de sus
    reacciones antisociales, de sus actos y de sus consecuencias
    médicas y biológicas, de su identificación,
    de su responsabilidad penal, de su reeducación,
    en medicina legal judicial y criminógena.

    Cuando aporta su contribución y métodos
    para resolver dificultades surgidas en la aplicación y
    funcionamiento de las leyes sociales,
    es medicina legal social.

    Cuando se ocupa de los derechos y deberes profesionales
    del médico, es medicina legal profesional, complemento
    necesario de la medicina clínica.

    La medicina legal judicial para satisfacer sus complejas
    y múltiples actividades se vale de conocimientos
    patológicos, toxicológicos, psiquiátricos,
    biológicos, criminológicos, sexológicos,
    así como también los correspondientes al derecho,
    jurisprudencia, sociología, etc. Utiliza también
    métodos, técnicas y
    medios muy
    variados de la anatomía normal o
    patológica, de la microscopia, de la clínica, de la
    serología, de la entomología, de las ciencias
    físicas y químicas.

    Es por ello que hoy el tema que nos ocupa es la
    Psiquiatría Forense, un auxiliar muy valioso de la
    Medicina Legal, y en consecuencia un arma en las manos del Juez
    para que a la hora de esclarecer un asunto escabroso, pueda
    estudiar detenidamente el informe de los
    psiquiatras forenses y al dictar su sentencia sea lo más
    justo y equitativo posible.

    Para que el Juez pueda determinar la responsabilidad
    penal de un imputado es indispensable que tenga en cuenta la
    conjunción de dos condiciones que son: 1º. La
    Inteligencia o
    discernimiento, que nos dará la noción del bien y
    del mal. 2º. La libre voluntad o libertad, que
    permite escoger entre el bien y el mal. Toda causa que prive de
    una u otra condición suprime la imputabilidad.

    CAPITULO I. NOCIONES INTRODUCTORIAS

    I.1
    Justificación

    El presente trabajo tiene la finalidad de
    realizar un exhaustivo análisis sobre la Psiquiatría
    Forense.

    I.2 Descripción de la
    asignación

    Psiquiatría Forense. Concepto. La
    Enfermedad Mental. Concepto. Tipos. La Psicosis.
    Concepto. Tipos. Importancia del Diagnostico Médico Legal.
    La Neurosis.
    Concepto. Tipos. Importancia del Diagnostico Medico Legal.
    Trastornos de la
    Personalidad. Concepto. Tipos. Desviaciones y Trastornos
    Sexuales. Concepto. Tipos. Retraso Mental u Oligofrenia.
    Concepto. Tipos. La Experticia Psiquiátrica. Consecuencias
    Jurídicas. Casos Prácticos.

    I.3 Objetivos

    • Lograr que el estudiante aprenda a formar de un todo,
      de un conglomerado de información, un cuerpo orgánico y
      lógico de ideas, que aprenda a sintetizar, que vaya de
      lo general a lo particular.
    • Lograr conocer todo lo que se relaciona con la
      Psiquiatría Forense y sus diversas aplicaciones en la
      actualidad.

    CAPITULO
    II. LA PSIQUIATRÍA FORENSE.

    II.1 Significado, Concepto y Ubicación de la
    Psiquiatría Forense.

    Antes de comenzar a desarrollar este tema sobre
    Psiquiatría Forense, su campo de acción y sus
    relaciones con otras disciplinas científicas, se considera
    necesario aclarar el significado del término
    Forense.

    Según el Diccionario de
    la Lengua
    Española (1970), Forense viene del latín Forensis,
    de forum, foro, plaza
    pública, adj.: perteneciente al foro, antiguo,
    público y manifiesto.

    El Diccionario Jurídico de Guillermo Cabanellas
    (1976) lo define así: Forense es lo que concierne al foro,
    o sea, a los tribunales y a sus audiencias. Por extensión,
    a lo jurídico en general.

    La Real Academia Española (1970) expresa: Foro,
    del latín Forum, plaza donde se trataban en Roma los negocios
    públicos y donde el Pretor celebraba los juicios. Por
    extensión, sitio en que los Tribunales oyen y determinan
    las causas.

    Es necesario señalar otras denominaciones
    atribuidas a nuestra disciplina; entre ellas tenemos: Psicología
    Medicolegal (Krafft Ebing), Psicopatología Forense (De
    Sanctis y Ottolenghi), Medicina Legal de los Alienados (Krafft
    Ebing), Psiquiatría Medicolegal (Claude),
    Psiquiatría Forense (Tanzi) y, por último,
    Psiquiatría Jurídica (Ruiz Maya).

    Se han dado numerosas definiciones de Psiquiatría
    forense las cuales no son del todo satisfactorias dado al gran
    alcance, que en la práctica, ha venido experimentando
    nuestra disciplina; entre éstas nos encontramos con el
    concepto de Cabanellas (1976) quien la concibe como la ciencia
    auxiliar del Derecho Penal, que estudia las enfermedades mentales de los
    delincuentes, a fin de determinar su responsabilidad atenuada o
    nula, dentro de los principios
    criminales clásicos o la necesidad de uno u otro de los
    tratamientos que por conveniencia individual y medidas de
    seguridad deba
    adoptarse.

    Bonnet (1980) la denomina Psicopatología Forense
    y, para él, estudia las personalidades anómalas no
    psicóticas en relación de dependencia con la
    legislación de cada país y agrega: la
    Psiquiatría Forense realiza el estudio de las formas de
    alienación mental en relación de dependencia con la
    legislación de cada país.

    Según Nerio Rojas (1964): abarca el estudio de
    todas las cuestiones legales vinculadas a los alienados. J.M.
    Codón y López S. (1968), al referirse a la
    Psiquiatría Jurídica en su obra Psiquiatría
    Judicial Penal y Civil, señalan: cuando los conocimientos
    de la psiquiatría son aplicados a la vida del Derecho,
    ésta recibe con toda propiedad, el
    nombre de Psiquiatría Jurídica. Añaden los
    citados autores que, según Weigandt, es la ciencia que se
    propone aclarar los casos en que alguna persona, por
    el estado
    especial de su salud mental
    necesita una particular consideración ante la
    ley.

    Realmente, aportar una definición que abarque
    toda la relación de la Psiquiatría con el Derecho y
    las Ciencias del Delito es
    difícil; para ello deberá tomarse en
    consideración dos tipos de criterios: "estrictu sensu" y
    "latu sensu"; según el primero, sería la
    aplicación de los conocimientos psiquiátricos para
    determinar la capacidad jurídica de una persona en el
    momento en que, por mandato judicial, sea necesario, así
    en el campo penal, se determinará la capacidad de
    imputación, en relación a lo pautado en el
    artículo 62 del Código
    Penal vigente; en el Campo Civil, la capacidad de discernimiento
    y en el Laboral, la
    capacidad de trabajo. En sentido "latu sensu",
    comprendería la colaboración de la
    Psiquiatría, en el Derecho Penitenciario, con la Criminología, con la Criminalística y con las nuevas corrientes
    que se están desarrollando en Norteamérica y
    Europa cuyo
    objetivo es el
    estudio de todas aquellas situaciones psiquiátricas que se
    relacionan con el Derecho y que se ha denominado
    Psiquiatría y Ley.

    En lo referente a su ubicación, existe disparidad
    de criterios, así, si observamos los textos de
    Psiquiatría Forense cuyo autor es profesional de la
    Medicina, la ubica como una rama de la Medicina Legal; por el
    contrario, cuando el autor es un Jurista, se señala en
    forma separada a la Medicina Legal y la Psiquiatría
    Forense como Ciencias Auxiliares del Derecho Penal.

    II.2 Imputabilidad.

    El término imputabilidad tiene su origen en el
    verbo latino imputare que significa atribuir; en materia penal,
    es la atribuibilidad a un sujeto de un acto castigado por la ley,
    por la que se declara culpable y se imponen las sanciones
    (responsabilidad); la imputación de un delito a una
    persona, consiste así, en atribuírselo, en ponerlo
    a su cuenta, a su cargo.

    El Dr. Rafael Mendoza Troconis (1977) llega a un
    concepto definitivo de imputabilidad al definirla como las
    condiciones físicas y psíquicas exigidas por la ley
    para que una persona capaz de derecho penal pueda ser estimada
    violadora de una norma penal.

    No define el Código Penal la imputabilidad sino
    que establece el legislador lo siguiente:

    Artículo 62: No es punible el que ejecuta
    la acción hallándose dormido o en estado de
    enfermedad mental suficiente para privarlo de la conciencia o de
    la libertad de sus actos.

    Sin embargo, cuando el loco o demente hubiere ejecutado
    un hecho que equivalga en un cuerdo a delito grave, el Tribunal
    decretará la reclusión en uno de los hospitales o
    establecimientos destinados a esta clase de enfermos, del cual no
    podrá salir sin previa autorización del mismo
    Tribunal. Si el delito no fuere grave o si no es el
    establecimiento adecuado, será entregado a su familia, bajo
    fianza de custodia, a menos que ella no quiera
    recibirlo.

    Por lo tanto, en la conciencia y en la libertad de
    actuar reside el criterio de la imputabilidad. Para algunos, la
    imputabilidad es la consecuencia del libre albedrío el
    cual según el filósofo alemán Leibniz
    –citado por Codón y López S. (1968)- "es una
    propiedad de la voluntad humana que permite elegir entre dos
    acciones:
    ésta quiero, ésta no quiero".

    Santo Tomás denominó al libre
    albedrío vis electiva o fuerza o
    facultad que permite elegir entre dos actos. Este, deja al hombre
    en completa indeterminación activa: a) de iniciativa:
    libertad de ejercicio o contradicción, por la cual puede
    obrar o no obrar, actuar o inhibirse; b) de
    especificación: puede ejecutar éste o aquel acto,
    es decir, elegir términos específicamente
    distintos, socorrer a un herido o rematarlo; c) de contrariedad:
    puede ejecutar un acto lícito o ilícito; para sus
    seguidores, el libre albedrío es la piedra angular del
    arco del derecho, de todo derecho, el fundamento de las
    ineludibles nociones de culpabilidad, imputabilidad y
    responsabilidad; el hombre es
    libre, es dueño de sus actos (libertas arbitrii), puede
    cometer el delito o evitarlo y, ante el mandato legal, no se
    halla determinado ni a priori ni a posteriori.

    Según Aristóteles y Santo Tomás, el delito
    es un acto humano y sólo puede llamarse actos humanos
    aquellos sobre los cuales tiene el hombre dominio, en
    cuanto es racional y libre.

    A esta corriente, se ha opuesto el Determinismo
    propugnado por Lutero quien ha sostenido una cruenta lucha con la
    libertad del querer y, esta oposición, se ha sostenido
    entre los estadistas de uno y otro campo aunque, en realidad,
    sólo los liberoarbitristas son consecuentes con sus
    teorías
    de crimen y castigo.

    Determinismo quiere decir negación de la libertad
    humana y proclamación del principio de que nuestros actos
    obedecen a una causa intrínseca o extrínseca y
    están determinados por factores naturales como: el estado
    de nuestro cuerpo (determinismo fisiológico), por el
    motivo más influyente de los que pesan sobre nuestra
    decisión (determinismo psicológico) o por el
    medio ambiente
    social (determinismo social).

    Es curioso apreciar que los deterministas admiten, en la
    práctica, el libre albedrío pues si no aceptasen su
    existencia, no tendrían razón de ser las leyes o
    normas
    jurídicas sociales y morales, los premios ni las
    sanciones, quedando todos los actos humanos englobados en el
    abismo de la irresponsabilidad. Si el crimen fuese inevitable, si
    el delito está predeterminado, el Derecho Penal
    sería una enorme e hipócrita
    inmoralidad.

    La discusión acerca de ambas tesis se ha
    dividido, en el Derecho Penal, en dos escuelas: la clásica
    y la positiva; ésta última, sostiene que el hombre
    no tiene responsabilidad moral y que es responsable por el solo
    hecho vivir en sociedad; la pena es la reacción social
    contra la infracción; esta escuela viene a
    representar una regresión hacia la concepción
    objetiva del delito, un retroceso al primitivo derecho
    romano, olvidando aquella frase de Meyer de que la dignidad
    del Derecho Penal se basa en el alma humana.

    Entre los autores que fundamentan la responsabilidad en
    el libre albedrío podemos citar a: Bar, Beling, Sauer,
    Brikmeyer, Brusa, Bataglina, Bettiol y, en general, los
    más ilustres pensadores de la humanidad, sobre todo los
    católicos, pues la Iglesia lo
    admite como verdad dogmática, por lo que le es
    indiscutible.

    Señalan Códon y López S. (1968) que
    con estos antecedentes puede la Psiquiatría
    Jurídica, enfrentarse con el problema del libre arbitrio:
    el hombre es libre y, por lo tanto, culpable y responsable de sus
    actos (regla general). Pero si el que delinque, a causa de una
    enfermedad de la mente, es incapaz de comprender lo
    ilícito de su actuación o, conociéndolo,
    incapaz de inhibirse, no es responsable y ello, precisamente, no
    porque sea libre, natural y genéricamente, sino porque en
    concreto, no
    es culpable.

    Nuestro Código Penal, se refiere a enfermedad
    mental suficiente, que altere, en primer término, la
    conciencia y, en segundo término, la libertad de sus
    actos. Mendoza Troconis (1977) dice: no puede considerarse que
    nuestro legislador exija estos requisitos mínimos de
    conciencia y libertad en el sujeto para ejecutar el acto, en el
    sentido metafísico del libre arbitrio, que es un concepto
    clásico arrumbado por las orientaciones del pensamiento
    penal contemporáneo. El fundamento de la imputabilidad es
    únicamente la conciencia que el individuo tiene del propio
    acto y su normal autonomía volitiva.

    Algunos juristas consideran que la determinación
    de la imputabilidad es de la exclusiva competencia del
    Juez; sin embargo, Codón y López S, (1968) refieren
    que ésta deberá ser realizada por el psiquiatra
    quien, por el estudio directo del autor del hecho y de las
    circunstancias que le rodearon, dictaminará si aquel acto
    fue libremente ejecutado y, por consiguiente,
    imputable.

    II.3 Responsabilidad.

    Deriva esta palabra del verbo latino respondeo,
    compuesto de respondeo que significa: prometer, obligar a, pagar
    su turno o a su vez.

    La responsabilidad está fundamentada en la
    imputabilidad y de la culpabilidad; es responsable sólo
    quien tiene capacidad para sufrir las consecuencias del acto
    delictivo y éste será el sujeto imputable y
    culpable.

    Es conveniente aclarar que, si bien los sujetos
    declarados inimputables, son siempre irresponsables, puede
    ocurrir que, personas imputables, con conocimiento y
    voluntad plena del hecho que ejecutan, sean irresponsables;
    así lo especifica el legislador en el Código Penal
    cuando se considera lo siguiente:

    Articulo 65 ordinal: No es punible:

    1°. El que obre en cumplimiento de un deber o
    en ejercicio legítimo de un derecho, autoridad,
    oficio o cargo, sin traspasar los límites
    legales.

    2°. El que obre en virtud de obediencia
    legitima y debida. En este caso, si el hecho ejecutado constituye
    delito o falta, la pena correspondiente se le impondrá al
    que resultare haber dado la orden ilegal.

    3°. El que obra en defensa de su propia
    persona o derecho, siempre que concurran las circunstancias
    siguientes:

    a). Agresión ilegitima por parte del que resulta
    ofendido por el hecho.

    b). Necesidad del medio empleado para impedirla o
    repelerla.

    c). Falta de provocación, suficiente de parte del
    que pretenda haber obrado en defensa propia.

    4°. El que obra constreñido por la
    necesidad de salvar su persona, o la de otro, de un peligro grave
    e inminente, al cual no haya dado voluntariamente causa, y que no
    pueda evitar de otro modo.

    La responsabilidad, por ser cuestión
    jurídica, es únicamente competencia del
    Jurista.

    II.4 Culpabilidad.

    Este concepto reviste cierta complejidad ya que su
    significado varía considerablemente si se le estudia desde
    el punto de vista psiquiátrico o desde el punto de vista
    jurídico.

    Para algunos autores, culpabilidad sería la
    reprobación del agente porque no ha obrado conforme a su
    deber; para Del Rosal (1960), ésta se cimienta en la
    imputabilidad y en la intencionalidad (dolo); de lo expuesto,
    podremos deducir que si es imputable, es responsable y, por lo
    tanto, culpable; esto es cierto, pero existen delitos culposos
    (culpa) y delitos dolosos (dolo) en el Derecho Penal; en
    éste último, el elemento fundamental es la
    intención de producir un hecho dañoso y en el
    primero no ya que se actúa con culpa en base a, cuatro
    elementos: Negligencia, impericia, imprudencia e inobservancia de
    los reglamentos.

    II.5 Enfermedad Mental.

    No hay una definición clara y concisa de
    enfermedad mental que englobe a sus múltiples variedades y
    características; Jaspers opina que
    éstas son psicológicamente específicas del
    hombre; López Ibor la define como: El ser humano, por
    aquella riqueza y singularidad de su posición ante el
    mundo, es por lo que es capaz de enfermar de ese modo
    extraño y personal que es
    la enfermedad mental.

    Codón y López Saiz (1968), insertan en su
    obra un concepto psiquiátrico y un concepto
    jurídico de enfermedad mental: concepto
    psiquiátrico, comprende muy diversos y heterogéneos
    trastornos de psiquismo humano ya que no se refiere de manera
    exclusiva a las perturbaciones patológicas de las funciones
    mentales (psicosis verdaderas) sino que, también, acoge al
    defectuoso desarrollo del
    psiquismo (oligofrenias), a la pérdida de la inteligencia
    (demencia), a la desarmonía entre los diferentes factores
    psíquicos (psicopatías) y a las reacciones
    vivenciales anormales de la personalidad
    humana (neurosis); en resumen: a todos los procesos
    psicopatológicos estudiados por la Psiquiatría como
    la rama de la Medicina.

    Un concepto jurídico que, según los
    citados autores, la doctrina jurisprudencial española, ha
    perfilado tanto el concepto biológico y
    psiquiátrico de la enfermedad mental dotándole de
    un sentido jurídico; sistematizando este criterio,
    elaborando esta definición en una síntesis
    de sentencia del Tribunal Supremo Español
    como "un trastorno del psiquismo total o parcial, permanente o
    transitorio, de base psicopatológica, no buscado a
    propósito para delinquir, que produce la anulación
    o alteración de las facultades superiores en diversos
    grados".

    II.6 Evolución del Concepto en
    la Legislación Penal Venezolana.

    El artículo 62 del Código Penal Venezolano
    dice: "No es punible el que ejecuta la acción
    hallándose dormido o en estado de enfermedad mental
    suficiente para privarlo de la conciencia o de la libertad a sus
    actos".

    Evolución Histórica del mismo en nuestro
    Derecho:

    Código Penal de 1873: Están exentos
    de responsabilidad criminal: el que ejecuta la acción
    hallándose dormido o en estado de demencia o delirio o
    estando de cualquier otra manera, privado absolutamente de la
    razón.

    Código Penal de 1898: Artículo 46:
    No es punible el que ejecuta la acción hallándose
    dormido o en estado de demencia o delirio, o estando de cualquier
    otra manera, privado de la razón, sea por causa
    constitucional o permanente, sea por causa accidental u otra que
    no sea la embriaguez.

    Código Penal de 1904: Están exentos
    de responsabilidad criminal: el que ejecuta la acción
    hallándose dormido o estando de cualquier otra manera
    privado de la razón.

    Código Penal de 1912: Están exentos
    de responsabilidad criminal: el que ejecuta la acción
    hallándose dormido o estando de cualquier otra manera
    privado de la razón.

    Código Penal de 1915: No es punible el que
    ejecuta la acción hallándose dormido o en estado de
    enfermedad mental suficiente para privarlo de la conciencia o de
    la libertad de sus actos. Sin embargo, cuando el loco o demente
    hubiere ejecutado un acto que equivalga en un cuerdo a delito
    grave, el Tribunal decretará su reclusión en uno de
    los hospitales o establecimientos destinados a esta clase de
    enfermos, del cual no podrá salir sin previa
    autorización del Tribunal. No siendo el delito grave o no
    siendo el establecimiento adecuado, será entregado a su
    familia bajo fianza de custodia a menos que ella no quiera
    recibirlo.

    Código Penal de 1926: Está
    concebido en idénticos términos a los del
    Código de 1915, igual que en la reforma parcial de 1958 y
    en la de 1964, que es la vigente.

    En los Códigos de 1873 y 1898, se fijan
    tres conceptos fundamentales para definir la eximente: 1°.
    Sueño (cometer el hecho dormido). 2°. Demencia o
    delirio. 3°. Privación absoluta de la razón por
    cualquier causa.

    En los Códigos de 1904 y 1912: los
    conceptos anteriores se reducen a dos: 1°. Sueño.
    2°. Privación de la razón por cualquier
    causa.

    En los restantes, los conceptos son: 1°.
    Sueño. 2°. Enfermedad mental suficiente para privar al
    sujeto de la conciencia o de la libertad de sus actos.

    II.7 Los Estados Pasionales y el
    Término Enfermedad Mental del Articulo 62 del
    Código Penal.

    El artículo 67, que comprende el estado pasional
    grave, aparece por primera vez en la legislación penal
    venezolana con la reforma de 1897; es suprimido sólo como
    excusa genérica, quedando específica para el
    homicidio en los
    Códigos de 1904 y 1912 y permanece definitivamente como
    excusa genérica a partir del Código de
    1915.

    Hasta la reforma de 1915, la redacción de la eximente es así: "No
    es punible el que ejecuta la acción hallándose
    dormido o estando de cualquier otra manera privado de la
    razón".

    Aún contemplados en la figura del arrebato o
    intenso dolor como excusa atenuante específica, los
    estados anímicos fugaces encerrados en ella, no obstante
    quedaron separados de los estados pasionales que fueron
    considerados dentro de la regla general eximente contenida en la
    disposición anteriormente transcrita.

    Con la reforma de 1915, que habla de la enfermedad
    mental suficiente como eximente, el artículo 67, que
    configura el arrebato o intenso dolor, quedó como excusa
    atenuante genérica y no específica para el
    homicidio. Vamos a decir que: los estados pasionales se
    caracterizan por una idea fija y se dan casi siempre en
    individuos de temperamentos psicopáticos. Los hechos
    punibles cometidos por personas tomadas de alguna pasión
    "sea social o antisocial" se realizan siempre en un raptus que
    puede ser producido por el desenlace de la pasión, que es
    la exteriorización de la idea fija o mediante la
    aparición de una emoción violenta generada por la
    adición de una serie de cargas emotivas.

    Puede decirse que, en la mayoría de los casos,
    los tipos emotivos y pasionales son anormales. La personalidad de
    éstos, levemente psicopática, puede llegar a ser
    enfocada dentro del concepto de semi-responsabilidad.

    Tulio Chiossone (1952) dice: "No creemos que en este
    campo tan difícil y discutido, en donde es necesario
    apreciar nada menos que los límites de la anormalidad y
    normalidad, pueden establecerse conclusiones definitivas. Los
    Jueces necesitan valorizar las situaciones en cada caso
    particular, pues habrá estados emotivos que sólo
    puedan ampararse en la norma del artículo 67 –excusa
    atenuante- y habrá otros que puedan encuadrarse dentro de
    la previsión del Artículo 63, como verdaderos
    estados mentales, sin que ello quiera decir que muchos hechos
    punibles cometidos bajo la acción de un shock emotivo o en
    la explosión de un estado emocional o pasional calificado,
    puedan entrar en los términos del artículo 62 que
    habla de enfermedad mental suficiente para privar al sujeto de la
    conciencia o de la libertad de sus actos".

    "Lo que sí creemos, es que los estados pasionales
    propiamente dichos, cuando el delito es el resultado de la
    explosión de la idea fija que los caracteriza, no
    podrían englobarse dentro de la previsión del
    artículo 67, porque este artículo configura una
    situación típica que es el arrebato o intenso dolor
    por injusta provocación. Se aplica rectamente esta norma
    en aquellos casos en que el individuo normal obra por el impulso
    emotivo de una ofensa a su dignidad, su honor, al honor de su
    familia".

    "Los estados emotivos que se producen en sujetos
    psicopáticos y los estados pasionales propiamente dichos,
    deben regirse por la norma de los artículos 62 y 63, ya
    sea porque la responsabilidad aparezca totalmente eliminada, ya
    sea porque se presente altamente disminuida".

    II.8 La Enfermedad y la Tipicidad del
    Delito.

    Hoy por hoy, tan arbitrario sería suponer que
    todo delito es señal inequívoca de enfermedad
    psíquica como dejar de considerar al delito de un enfermo
    embutido en su patografía.

    Birnhaum, citado por Román Alberca Llorente
    (1965) dice: "por desgracia no se da una patomorfia del delito en
    general y menos aún, una patomorfia específica por
    la que cada delito se corresponda estrictamente con una
    enfermedad determinada. El mismo delito puede ser producido por
    diversas enfermedades y una misma enfermedad puede dar lugar a
    los más variados delitos".

    Los signos patognomónicos, portadores de
    especificidad, están muy desacreditados en Medicina. No
    podía esperarse que lograran aquí mejor fortuna.
    Hay, sin embargo, delitos que sin ser específicos, son
    típicos de determinadas enfermedades; así, muchos
    enfermos pueden realizar homicidios, pero el asesino de
    multitudes es típicamente paranoico; muchas personas se
    suicidan, entre ellos los depresivos destacadamente y, no
    sólo los endógenos, sino también los
    reactivos; el suicidio de los
    cónyuges y, a veces con los hijos, es típicamente
    depresivo; muchos enfermos pueden ser incendiarios, pero frente
    al incendio provocado por descuido del senil o del
    paralítico o del esquizofrénico, hay un tipo de
    incendio típico de las reacciones nostálgicas de
    las muchachas de servir jóvenes por lo común,
    histeroides; la cleptomanía, a menudo de objetos sin
    valor, como
    expresión de su afán estereotípico de reunir
    en las hebefrenias embrolladas; los delitos políticos, son
    típicos de la Paranoia y de la Esquizofrenia
    Paranoide; la brutalidad de los delitos de los
    epilépticos, etc.

    Frente a los concienzudamente elaborados delitos de los
    paranoicos, se dan los explosivos, pero motivados, de los
    epilépticos; los explosivos y sin motivo de los
    encefalíticos; los inesperados e impensados de los
    esquizofrénicos.

    En líneas generales, se dice que hay una cierta
    tipicidad delictiva de grupo. Alberca
    Llorente (1965) ordena según ese enfoque, las afecciones
    psíquicas en una serie que limita: en un extremo, las
    psicopatías; en el otro, las demencias.

    Birnbaum tipificaba la delictividad de los
    psicópatas con cuatro rasgos esenciales: la diversidad de
    sus delitos, su reiteración, su comprensibilidad y el que
    se trate de una delictividad caracterial ligada con motivos
    disposicionales físicos y psíquicos condicionada
    incluso por la herencia.

    La característica más firme es la
    reiteración de su delito, debido a que no pierden
    aptitudes como los que se demencian, no internándoseles,
    por lo tanto, como a éstos; por otra parte, los
    psicópatas no son intimidables; mientras el
    psicópata puede delinquir reiteradamente, el demente suele
    producir un solo delito, principalmente al comienzo de su
    trastorno, porque se le aísla pronto.

    La diferencia esencial con los psicópatas, desde
    el punto de vista criminopatológico, está dada por:
    la singularidad del delito, la adecuación del delito a la
    personalidad originaria del delincuente: en el psicópata,
    el delito se adecua a su personalidad actual y anterior a la
    comisión del mismo; en el demente, el delito es
    expresión de su personalidad actual pero no de su
    personalidad anterior.

    Sólo esquemáticamente, podría
    decirse que del grupo de las psicosis endógenas, la
    Esquizofrenia y la Epilepsia, se acercan más a la
    Demencia; las Psicosis Maníaco-depresivas y la Paranoia,
    se acercan más a la Psicopatía.

    CAPITULO III. LOS GRANDES SÍNDROMES
    PSIQUIÁTRICOS.

    III.1 Los Grandes Síndromes
    Psiquiátricos.

    • Psicosis.
    • Neurosis.
    • Trastornos de la Personalidad.
    • Desviaciones y Trastornos Sexuales.
    • Retraso Mental.

    III.2 Psicosis. Concepto.

    Trastorno mental generalmente severo que desorganiza la
    personalidad, incapacita psicológicamente al sujeto y lo
    desconecta del mundo real al tomar por verdaderas sus propias
    producciones mentales patológicas (alucinaciones, ideas
    delirantes, etc.). Otro rasgo distintivo del paciente
    psicótico es que carece de conciencia de enfermedad mental
    o insight, es decir, no se considera enfermo.

    III.3 Clasificación.

    Las psicosis pueden ser divididas siguiendo a
    K.Schneider (1948 y 1951) de la siguiente manera:

    1. Psicosis de fundamento somático
      desconocido:
      también denominadas psicosis
      endógenas o funcionales (el término funcional se
      prefiere al de endógeno), representadas principalmente
      por las esquizofrenias y las psicosis afectivas, depresión unipolar, psicosis
      maníaco-depresiva o enfermedad afectiva bipolar,
      etc).
    2. Psicosis de fundamento somático
      conocido:
      son también llamadas Psicosis
      somatógenas, y en la vieja tradición
      psiquiátrica se les conoce como Psicosis exógenas
      por oposición a las psicosis endógenas. Se pueden
      deslindar las siguientes subcategorías:
    • Psicosis sintomáticas: de etiología
      originariamente extraencefálica (es decir, la causa no
      tiene su asiento en el encéfalo), sin sustrato cerebral
      histopatológico, o cuando más, con alteraciones
      cerebrales reversibles. Presentan sintomatología aguda y
      reversible. El modelo
      sindrómico más representativo (se habla de modelo
      sindrómico más representativo porque es el que se
      ve de preferencia; sin embargo no resulta extraño
      observar otros cuadros patológicos) es el
      síndrome de obnubilación de la conciencia,
      también llamado síndrome exógeno agudo,
      síndrome confusional, síndrome
      confuso-onírico, delirium, etc.). Entre los factores
      etiológicos de las psicosis sintomáticas
      están las infecciones, las enfermedades
      metabólicas, las enfermedades endocrinas,
      etc.
    • Psicosis orgánicas: determinadas por procesos
      orgánicos cerebrales que provocan daño de
      la
      célula nerviosa. Son psicosis crónicas y
      generalmente irreversibles. El modelo sindrómico
      más representativo es el síndrome demencial o
      psicosindrome orgánico. Entre los factores
      etiológicos de estas psicosis se encuentran los tumores
      cerebrales, los traumas craneales, las alteraciones cerebro-vasculares, la sífilis
      neurológica o neurolúes, etc.
    • Psicosis exotóxicas: provocadas por agentes
      tóxicos provenientes del exterior como el plomo, el
      manganeso, el mercurio, el óxido de carbono, el
      alcohol. No
      tienen un modelo sindrómico característico. Se
      pueden observar síndromes de obnubilación de la
      conciencia y síndromes demenciales, entre
      otros.

    III.4 Neurosis. Concepto.

    Una de las características más importantes
    de las neurosis es que son trastornos originados por "traumas"
    psicológicos. De acuerdo con el modelo teórico
    psicodinámico, uno de los tantos que pretende explicar el
    origen de los trastornos mentales, las neurosis surgen como
    consecuencia de conflictos
    intrapsíquicos que, no obstante ser reprimidos por
    inaceptables y dolorosos para el sujeto, generan angustia, una
    emoción extremadamente penosa y que termina por resultar
    insoportable. La angustia se convierte así en "la fuente
    dinámica común de las neurosis". Sin
    embargo, en la neurosis de angustia, "subforma básica" de
    las neurosis, no hay interposición de mecanismo de defensa
    alguno, expresándose la angustia libremente como angustia
    flotante.

    Para controlar la angustia el individuo suele recurrir a
    mecanismos de defensa o de adaptación patológicas.
    El tipo de neurosis que se constituye resulta del mecanismo de
    defensa utilizado. En la histeria los mecanismos de defensa
    operantes son la conversión y la disociación; en la
    neurosis fóbica, el desplazamiento, etc.

    Para la teoría
    del aprendizaje, otro
    de los importantes modelos
    teóricos que intentan explicar el hecho
    psicopatológico, las neurosis, por el contrario, son
    pautas patológicas de conductas, aprendidas que surgen
    cuando el individuo se ve enfrentado a estímulos
    psicológicos dolorosos e intolerables y, desde luego, se
    ve obligado a reaccionar ante ellos.

    III.5 Clasificación.

    Las neurosis se clasifican de la siguiente
    manera:

    Neurosis de angustia: En su concepción
    tradicional, la neurosis de angustia es definida por la Novena
    Clasificación Internacional de Enfermedades de la
    Organización Mundial de la Salud como "Combinaciones
    varias de manifestaciones físicas y mentales, no
    atribuibles a un peligro real, y que se presentan ya sea de
    manera de ataques o bien como un estado persistente. La ansiedad
    es generalmente difusa y puede llegar al pánico". Esta
    definición, que parte del carácter unitario de la
    neurosis de angustia (integrada tanto por ataques de angustia
    como por estados persistentes de ansiedad) está siendo
    fuertemente cuestionada, y tiende a ser abandonada en la
    actualidad. Un conjunto de observaciones muy sólidas
    sugieren que lo que hasta ahora había sido considerada
    como entidad única, está en realidad constituida
    por cuadros clínicos que presentan notables diferencias
    clínicas, terapéuticas y hasta
    etiológicas.

    Neurosis histérica (conversiva y
    disociativa):
    La histeria de conversión se manifiesta
    a través de trastornos somáticos de naturaleza
    funcional (pérdida o distorsión de una función
    corporal), en cuya base no existe substrato orgánico
    alguno que los explique. Es tal el polimorfismo de sus
    síntomas que el gran clínico inglés
    Sydenham, dijo en el siglo XVII que la histeria imitaba casi
    todas las enfermedades que afectan al género
    humano.

    Neurosis fóbica: La neurosis fóbica
    es definida como una alteración en la cual el rasgo
    psicopatológico esencial es el miedo excesivo, persistente
    e irracional a un objeto (por ejemplo, miedo a los animales como en
    las fobias simples o específicas), a una actividad (por
    ejemplo, hablar en público, como en las fobias sociales) o
    a una situación específica (por ejemplo, estar solo
    en lugares públicos como en la agorafobia), lo cual
    conduce al individuo afectado a evitar el objeto, la actividad y
    la situación temidos, es decir, a huir de los
    estímulos fobógenos. Dicho temor, además, es
    reconocido por el propio sujeto como excesivo e irracional y
    produce cierto grado de deterioro social y laboral.

    Neurosis obsesivo-compulsiva: La neurosis
    obsesivo-compulsiva (o trastorno obsesivo-compulsivo) es una
    afección de curso crónico, cuyos síntomas
    predominantes son las obsesiones y las compulsivas. Las
    obsesiones son ideas iterativas, absurdas, indeseadas, que se
    imponen a la conciencia del sujeto en contra de su voluntad y que
    determinan intensas manifestaciones de angustia. Las compulsiones
    son actos repetitivos que, al igual que las obsesiones,
    están fuera del control
    voluntario del sujeto.

    Neurosis depresiva: Esta neurosis es englobada dentro
    de los trastornos del estado de ánimo.

    Neurastenia: En el origen de la depresión
    neurótica se ponen de manifiesto situaciones conflictivas
    que datan generalmente de la infancia,
    tales como pérdida o separación de los padres,
    desarmonía en las relaciones padre-hijo, tensiones
    intrafamiliares, etc. Habitualmente estos sujetos suelen exhibir
    ya que en edades tempranas algunos rasgos de la serie
    neurótica, como por ejemplo, trastornos del habla,
    enuresis, temores nocturnos, ansiedad, etc. Sometida más
    tarde, en la edad adulta, a nuevas situaciones de tensión
    (incluidas no solamente las tensiones psicológicas sino
    también las biológicas, como por ejemplo, ciertas
    fases críticas del desarrollo como el embarazo, el
    parto, el
    puerperio, etc.), la persona puede desarrollar fácilmente
    un cuadro depresivo neurótico.

    Hipocondría: ( Hipocondría o
    Trastorno Hipocondríaco) La Clasificación
    Internacional de Enfermedades Mentales define la
    hipocondría de la siguiente manera: "Trastorno
    neurótico cuyas características conspicuas son la
    preocupación excesiva por la salud propia en general o por
    la integridad y el funcionamiento de alguna parte del propio
    cuerpo o, con menos frecuencia, de la propia mente. Usualmente
    está asociada con ansiedad y depresión; y puede
    presentarse como un trastorno mental severo.

    III.6 Diferencias entre Neurosis y
    Psicosis.

    Son muchas las diferencias que separan las neurosis de
    las psicosis. Enunciaremos las notas diferenciales más
    sustantivas (Alonso Fernández, 1978).

    • En el plano etiopatogénico, porque en la
      estructuración de las neurosis siempre participan
      conflictos psicológicos y, en cambio, el
      establecimiento de la psicosis obedece fundamentalmente a un
      proceso
      morboso corporal o a una disposición endógena
      constitucional (psicosis somatógenas y endógenas
      respectivamente o dicho en términos más actuales,
      psicosis orgánicas y funcionales).
    • En el plano sintomatológico, porque las
      manifestaciones mórbidas son mucho más intensas
      en las psicosis, quedando reducidas en las neurosis a una
      cierta disminución de la libertad frente a sí
      mismo, esto es, la libertad interior (en la psicosis, la
      pérdida de libertad frente a sí mismo es mayor),
      y a la aparición de la angustia que impregna todo el
      ser. No esta demás insistir con respecto a las psicosis
      en la pérdida del sentido de la realidad (alucinaciones,
      ideas delirantes), que está muy relacionada con la
      pérdida de la libertad frente a sí mismo.
      Habría que añadir que mientras el
      neurótico se reconoce enfermo y acude
      espontáneamente al psiquiatra (insight), el
      psicótico por el contrario no se considera portador de
      ningún trastorno y por lo tanto, no solamente no busca
      la ayuda del psiquiatra, sino que puede incluso oponerse
      activamente a ello.

    III.7 Trastorno de la Personalidad. Historia.

    A Philippe Pinel se le acredita el mérito de
    haber descrito a comienzo del siglo XIX por primera vez este
    trastorno con el nombre de manía sin delirio. En 1835 el
    médico inglés James C. Pritchard acuña el
    término de locura moral (moral insanity) para referirse al
    mismo disturbio. Koch en 1891 introduce un concepto de
    inferioridad psicopática. En 1923 Kurt Schneider publica
    en Alemania su
    libro Las
    personalidades psicopáticas que ha ejercido una influencia
    decisiva sobre muchos aspectos conceptuales básicos del
    problema. Sus tipos clínicos psicopáticos, a saber,
    el hipertímico, el depresivo, el inseguro de sí
    mismo, el fanático, el necesitado de estimación, el
    lábil de ánimo, el explosivo, el desalmado, el
    abúlico y el asténico, perviven, con diferentes
    etiquetas y con algunas modificaciones tanto en el DSM-III-R de
    la Asociación Psiquiátrica Norteamericana como en
    la CIE-9 y CIE-10 de la OMS.

    Entre los tipos psicopáticos de Kurt Schneider y
    los trastornos específicos de la personalidad del
    DMS-III-R, por ejemplo, se pueden establecer ciertas
    equivalencias. Así: 1) el psicópata depresivo de
    Schneider no sería un trastorno de la personalidad
    propiamente dicho, sino comprendería al trastorno
    distímico de los trastornos afectivos clasificable por
    tanto en el eje I (los trastornos de la personalidad se
    clasifican en el eje II del sistema
    multiaxial del DSM-III-R); 2) los psicópatas inseguros de
    sí mismos corresponderían al trastorno de la
    personalidad por dependencia; 3) los psicópatas
    fanáticos corresponderían al trastorno paranoide de
    la personalidad; 4) los psicópatas desalmados (con
    embotamiento afectivo) corresponderían al trastorno
    antisocial (o asocial) de la personalidad; 5) los
    psicópatas necesitados de estimación
    corresponderían al trastorno histriónico de la
    personalidad; 6) los psicópatas lábiles de
    ánimo corresponderían al trastorno límite de
    la personalidad.

    III.8 Definición.

    La décima revisión de la
    clasificación Internacional de Enfermedades de la OMS,
    define los trastornos de la personalidad como alteraciones graves
    de la constitución caracterológica y de
    las tendencias conductuales de la persona, que no proceden
    directamente de enfermedades, daños o de otros traumas del
    cerebro, ni de otros trastornos psiquiátricos.
    Habitualmente comprometen varias áreas de la personalidad
    y casi siempre se acompañan de considerable sufrimiento
    personal (ansiedad y depresión y de desorganización
    de la vida social. Generalmente se manifiesta desde la infancia o
    desde la adolescencia,
    manteniéndose durante la vida adulta.

    A todo esto habría que agregar, en algunos
    trastornos de la personalidad, la dificultad para colocarse en el
    lugar del otro, es decir, la incapacidad para
    empatizar.

    Pese a que existen muchos tipos clínicos de
    trastornos de la personalidad, han sido identificados algunos
    rasgos comunes, si no a todos, a muchos de ellos, como se puede
    inferir de la definición que ha sido transcrita: 1) los
    trastornos de la personalidad se expresan a través de
    trastornos (graves) del carácter y de la conducta (el
    carácter y la conducta son precisamente las
    manifestaciones objetivables de la personalidad, que en cierta
    manera, es una abstracción, un constructo teórico);
    2) no son debidos dichos trastornos, al menos directamente, a una
    lesión cerebral ( es decir, a un daño
    orgánico) ni a otro trastorno psiquiátrico. Por
    tanto, según este criterio, de exclusión, el
    trastorno de la personalidad no es debido a un trastorno mental
    orgánico, a una psicosis, a una neurosis, a un retraso
    mental ni a cualquier otra afección mental; 3)
    habitualmente el trastorno comienza en la infancia y en la
    adolescencia y continúa durante la edad adulta, con
    tendencia a experimentar cierta mejoría en la edad madura
    y en la vejez. Se
    trata por tanto, de un padecimiento esencialmente duradero,
    crónico; 4) debido a las persistentes alteraciones de su
    conducta, estos sujetos son propensos a sufrir y a provocar el
    sufrimiento de cuantas personas les rodean; 5) es manifiesto en
    ellos la incapacidad para colocarse en lugar de las otras
    personas.

    III. 9 Clasificación
    Según el DSM-III-R.

    1. Extraños o excéntricos

    Trast. paranoide de la personalidad

    Trast. esquizoide de la personalidad

    Trast. Esquizotípico de la
    personalidad

    2. Teatrales, emotivos y volubles

    Trast. Antisocial de la personalidad

    Trast. límite de la personalidad

    Trast. histriónico de la personalidad

    Trast. narcisista de la personalidad

    3. Ansiosos o temerosos

    Trast. de la personalidad por
    evitación

    Trast. de la personalidad por dependencia

    Trast. obsesivo-compulsivo de la personalidad

    Trast. pasivo- agresivo de la personalidad

    III.10 Clasificación de Acuerdo
    con la Clasificación Internacional de Enfermedades. (CIE
    -10)

    • Trastorno paranoide de la personalidad.
    • Trastorno esquizoide de la personalidad.
    • Trastorno asocial de la personalidad.
    • Personalidad emocionalmente inestable.
    • Trastorno histriónico de la
      personalidad.
    • Trastorno anancástico de la
      personalidad.
    • Personalidad ansiosa
    • Personalidad dependiente.

    III.11 Trastornos de la Conducta
    Sexual. Introducción
    Histórica.

    Dentro de una línea de investigación a la cual se puede atribuir
    ya un cierto carácter científico, debemos situar al
    psiquiatra alemán Krafft-Ebing (1840-1902) como un
    auténtico pionero en el área de la sexualidad
    humana. En 1986 publicó su Psychopathia sexualis, que
    aún hoy día por la magistral descripción de
    sus cuadros clínicos, constituye un estupendo estudio de
    las desviaciones sexuales. Con esta obra Krafft-Ebing contribuye
    de manera notable a fijar dentro de ciertos lineamientos
    empíricos, el problema de las llamadas entonces
    "aberraciones sexuales".

    Si bien es cierto que esta obra en general, tiene un
    balance positivo, no lo es menos que, dado el inmenso prestigio
    de que gozaba el autor, muchos errores contenidos en su obra
    tendieron a consagrarse como grandes verdades como por ejemplo,
    el atribuir carácter patológico a la
    masturbación y sostener la heredabilidad de las
    desviaciones sexuales.

    Henry Havelock Ellis, Médico Inglés nacido
    en 1859 y muerto en 1939, vivió gran parte de su vida bajo
    los rígidos principios morales del puritanismo victoriano.
    Este clima de torpe
    oscurantismo, muy tempranamente orientó a su
    espíritu inquieto y de penetrante curiosidad intelectual,
    a "develar los misterios del sexo". Fruto
    de su admirable capacidad creadora es una producción vasta y de altísima
    calidad donde
    destacan sus Estudios sobre la psicología del sexo,
    escrito en siete volúmenes, apareciendo el primero de
    ellos en 1898. Sus obras fueron calificadas de obscenas por la
    censura inglesa de la época y, una de ellas, La inversión sexual, fue prohibida por la
    censura. Muchas de las propuestas de Ellis en torno a al
    sexualidad mantienen aún plena vigencia.

    Nos referimos solamente a un trabajo de Freud publicado
    en 1905: Tres ensayos sobre
    una teoría de la sexualidad, donde el creador del psicoanálisis introduce la teoría de
    la líbido, a la vez que describe la actividad sexual en el
    niño, destruyendo el mito
    prevaleciente hasta entonces de que la infancia era sexualmente
    neutra.

    Alfred Charles Kinsey (1894 – 1956), es un
    zoólogo norteamericano que en 1948 sorprendió al
    mundo científico con su libro Conducta sexual del
    varón elaborado en base al método de
    las encuestas.
    El trabajo de
    Kinsey condujo a un notable cambio en los conceptos dominantes en
    la sociedad norteamericana de entonces sobre determinadas
    conductas sexuales tales como la masturbación, la homosexualidad, las experiencias prematrimoniales,
    etc. El estudio reveló, en contra de las creencias
    generalmente aceptadas, una alta incidencia de homosexualidad,
    prácticas masturbatorias, relaciones buco-genitales y
    otras conductas sexuales consideradas tabúes.

    Willian Masters, Ginecólogo, y Virginia Johnson,
    psicóloga, ambos norteamericanos, fundadores de la
    "Reproductive Biology Research Foundation" de San Luis, Missouri,
    publicaron en 1966 una obra que pronto alcanzó gran
    notoriedad. Respuesta Sexual Humana. En este libro, escrito tras
    once años de investigaciones,
    se describe por primera vez en términos rigurosamente
    científicos la filosofía de la respuesta sexual
    humana. Es ya clásica la división que hacen Masters
    y Johnson de la respuesta sexual: excitación, meseta,
    orgasmo y resolución. En 1970 los mismos autores dieron a
    la luz el libro
    Human Sexual Inadequacy, donde estudian las disfunciones sexuales
    y se fijan las bases para una nueva técnica de tratamiento
    basada en la terapia de conducta. La mayoría de los
    métodos de terapia sexual utilizados en la actualidad, se
    fundamentan en los principios de Masters y Johnson.

    En 1974 la Asociación Psiquiátrica
    Norteamericana excluye la homosexualidad de su nosografía
    (DSM-III) argumentando que, lo que hasta entonces había
    sido considerada una parafilia, no constituye en realidad un
    trastorno mental. Este punto de vista de la Asociación
    Psiquiátrica Americana, no era compartido por las
    Asociaciones Psiquiátricas de otros países, ni
    tampoco por la OMS (CIE-9), hasta 1987, fecha en la cual esta
    organización sintoniza con el DSM-III a
    través del borrador de la décima revisión de
    la clasificación de enfermedades (CIE-10), que
    entró en circulación a partir de 1993.

    Entre los cambios sociales que ha llevado a una
    transformación profunda de la sexualidad merecen citarse:
    la adquisición de mayores derechos ciudadanos y mejoras
    económicas por parte de la mujer; el
    desarrollo de los medios de
    comunicación y transporte
    masivos; el descubrimiento de métodos de control de
    natalidad como amplio rango de seguridad (anticonceptivos hormonales, DIU, etc.) que han
    hecho posible separar la sexualidad de la reproducción.

    III.12 Clasificación.

    Los trastornos sexuales son registrados por la
    Décima Revisión de la Clasificación
    Internacional de Enfermedades (CIE-10) que rigió a partir
    de 1993 en dos categorías separadas: por una parte, las
    disfunciones son estudiadas dentro del grupo de trastornos
    denominado disfunciones fisiológicas asociadas con
    factores mentales o conductuales y, por la otra, las parafilias y
    los trastornos de la identidad
    sexual, dentro de los trastornos de la personalidad.

    La tercera edición del Manual Diagnóstico y Estadístico de los
    trastornos mentales (DSM-III) de la Asociación
    Psiquiátrica Americana, así como la Revisión
    de que fue objeto esta clasificación (DSM-III-R), agrupan
    los disturbios sexuales dentro de una misma categoría,
    llamada trastornos sexuales, que engloba a su vez cuatro
    órdenes de alteraciones: trastornos de la identidad
    sexual, parafilias, disfunciones sexuales y homosexualidad
    egodistónica.

    III.13 Clasificación Según el
    DSM-III-R.

    -Trastornos de la identidad sexual en la
    infancia.

    1. Trastornos de -Transexualismo.

    la Identidad -Trastornos de la identidad sexual
    en la adolescencia

    Sexual y la vida adulta.

    -Trastornos de la identidad sexual no
    especificada

    – Exhibicionismo

    – Fetichismo

    – Frotteurismo

    – Pedofilia

    – Masoquismo sexual

    – Sadismo sexual

    – Fetichismo transvestista

    – Voyeurismo

    2. Parafilias – Escatología
    telefónica

    – Necrofilia (cadáveres)

    – Parcialismo (atención centrada

    – Parafilias no exclusivamente en una parte
    del

    especificadas cuerpo)

    – Zoofilia (animal)

    – Coprofilia (heces)

    – Clismofilia (enemas)

    – Urofilia (orina)

    – Trastornos del – Deseo sexual inhibido (o

    Deseo Sexual hipoactivo)

    – Trastorno por aversión al sexo

    – Trastorno de la excitación sexual en la
    mujer

    3. DisfuncionesSexuales Trastornos de
    la Excitación Sexual

    – Trastorno de la erección en el
    hombre

    • Trastornos del orgasmo
    • Disfunción orgásmica
      femenina

    – Disfunción orgásmica
    masculina

    – Eyaculación precoz

    – Dispareunia

    • Trastornos sexuales
    • Vaginismo Por Dolor

    – Disfunción Sexual no especificada

    4. Otros trastornos – Trastornos sexual
    no especificado.

    sexuales (Incluye la homosexualidad
    egodistónica)

     III. 14 Retraso Mental.
    Introducción.

    El retraso mental (deficiencia mental, retardo mental,
    subnormalidad mental, oligofrenia, déficit mental,
    debilidad mental, amencia) consiste en una detención del
    desarrollo mental que se expresa primordialmente por un
    déficit de la inteligencia. Sin embargo, la
    sintomatología del retraso mental no queda reducida a un
    simple insuficiencia, ya que otras áreas de la
    personalidad se encuentran también afectadas.

    Desde Esquirol, a comienzo del siglo XIX, el concepto de
    retraso mental se ha opuesto al de demencia, en el sentido de que
    el primero es de origen congénito o de comienzo precoz y
    el segundo aparece como un deterioro de la inteligencia, luego
    que ésta ha alcanzado su pleno desarrollo.

    Las causas del retraso mental son múltiples y su
    prevalencia significativamente alta (es una de las alteraciones
    más comunes en la infancia y la adolescencia). Por
    último, la asistencia de este problema implica un
    cúmulo de demandas de tipo social que deben ser cubiertas,
    y la intervención de la más amplia gama de
    profesionales, tales como psiquiatras, genetistas,
    neurólogos, psicólogos, psicopedagogos,
    etc.

    III. 15 Definición.

    Hubo una época, durante el período de
    mayor auge y expansión de la psicometría, en que el
    retraso mental fue definido en base a los resultados obtenidos en
    las pruebas de
    inteligencia. Así, un sujeto que en un test de
    inteligencia alcanzara una puntuación por debajo del
    promedio era calificada como retrasado mental, sin tener en
    consideración sus otras características mentales.
    Puesto que las pruebas de inteligencia no son capaces de explorar
    y evaluar otras áreas de funcionamiento
    psicológico, ocurría que muchos niños
    diagnosticados de retrasados mentales podían
    desempeñarse con tanta idoneidad como un niño
    normal fuera del aula. Como resultado de esta observación, al clásico criterio
    intelectual, se añadió el de adaptación
    social, con el fin de que la definición estuviere
    más acorde con los hechos.

    A tono con esta más perspectiva, la American
    Association on Mental Deficiency (AAMD) define el retraso mental
    de la siguiente manera: el retraso mental se refiere al
    funcionamiento intelectual general significativamente por debajo
    del promedio, asociado a un deterioro de la conducta adaptativa y
    manifestado durante el período de desarrollo.

    En la definición transcrita, el retraso mental se
    ubica por debajo de un CI inferior a 70, o lo que es lo mismo,
    dos desviaciones estándar por debajo de la medida en un
    test determinado.

    III. 16 Descripción de los Niveles o Grados de
    Retraso Mental.

    a) Retraso Mental Leve.

    Es denominado también déficit mental o
    morón. Según el criterio psicopedagógico,
    los oligofrénicos ubicados en este nivel son educables
    porque tienen capacidad para la instrucción. Su cociente
    intelectual es de 50 a 70. Constituye el mayor grupo de
    retrasados mentales; su frecuencia es alrededor de 85%. Los
    niños que funcionan en este nivel intelectual, durante el
    período preescolar,
    entre 0 y 5 años, pueden desarrollar habilidades sociales
    y de comunicación y tienen un déficit
    mínimo en las áreas sensoriomotrices, lo que los
    diferencia poco de los niños normales, y obliga a
    establecer el diagnóstico en edades posteriores. Los
    adolescentes
    pueden aprender distintas habilidades hasta el nivel de sexto
    curso. Durante la vida adulta, pueden adquirir fácilmente
    habilidades de tipo social y profesional que les permitan tener
    una independencia
    mínima. No obstante, pueden necesitar orientación y
    asistencia cuando eventualmente se encuentren sometidos a
    estrés
    social y económico.

    b) Retraso Mental Moderado.

    En la psiquiatría tradicional conformaban
    juntamente con los retrasos mentales graves, el grupo de los
    imbéciles. Según el criterio pedagógico, los
    retrasados situados en este nivel son entrenables. Acusan un
    cociente intelectual de 35 a 49. Representan el 10% de todos los
    retrasados mentales.

    Cuando niños, pueden mantener una
    conversación y aprender habilidades de comunicación
    durante el período pre-escolar. Pueden también
    beneficiarse del aprendizaje de habilidades sociales y laborales,
    aunque los que siguen estudios son incapaces de progresar
    más allá de segundo grado. Pueden aprender a viajar
    de forma independiente por los lugares que les resulten
    más familiares. Durante la adolescencia, sus dificultades
    para reconocer normas sociales pueden interferir en sus relaciones
    interpersonales.

    En la adultez, pueden contribuir a su propio mantenimiento
    efectuando trabajos que no requieren gran habilidad, bajo
    estrechas supervisión en talleres protegidos o en
    otros ambientes. Necesitan orientación y
    supervisión cuando se encuentran en situaciones de
    estrés. Se adaptan bien a la vida comunitaria, aunque
    normalmente viven en grupos de
    viviendas protegidas.

    c) Retraso Mental Grave.

    El retraso mental grave representa el 3 a 4% de la
    población oligofrénica. Su cociente
    intelectual es de 20 a 34.

    En la niñez, y específicamente durante el
    período preescolar, se observa un desarrollo motor pobre y el
    niño adquiere pocas o nulas habilidades verbales para
    la
    comunicación. Ya en la etapa escolar, el niño
    retrasado puede aprender rudimentos de conversación
    (vocabulario reducido y de frases simples) y de hábitos de
    higiene (por
    ejemplo, regulación de esfínteres), mediante
    entrenamiento.

    En la adultez este grupo de retrasados puede realizar
    tareas sencillas bajo una estrecha supervisión. Deben
    vivir en viviendas protegidas o en el medio familiar.

    d) Retraso Mental Profundo.

    Antiguamente se llamaba oligofrenia profunda o idiocia.
    También se le ha denominado custodiables, porque la
    única acción de ayuda que puede brindársele
    a estos pacientes es la custodia. Cociente intelectual menor de
    20. Constituyen el 1 a 2% de todos los retrasos
    mentales.

    Durante los primeros años del desarrollo estos
    sujetos muestran una capacidad mínima para el
    funcionamiento sensoriomotriz. Exigen cuidados y control
    permanentes. No existe un real desarrollo del lenguaje, que
    está reducido a palabras aisladas. El desarrollo motor es
    igualmente pobre. Sin embargo, tanto el lenguaje
    como la motricidad pueden mejorar algo mediante un entrenamiento
    adecuado. Es frecuente la incontinencia de esfínteres.
    Deben vivir en ambientes muy protegidos y estructurados, bien sea
    con familia o en instituciones
    apropiadas.

    III. 17 GRADOS DE RETRASO MENTAL.

    Grados de retraso mental CI (cociente
    intelectual)

    Leve 50 – 70

    Moderado 35 – 49

    Grave 20 – 34

    Profundo Menos de 20

    III. 18 Diagnóstico.

    Hay que comenzar por una relación
    detallada:

    De los antecedentes tanto del paciente como de los
    padres. Habitualmente en el retraso mental, la información
    es suministrada por los padres. Dado que un elevado porcentaje de
    subnormalidad mental es de origen hereditario, es de absoluta
    necesidad investigar la presencia de trastornos hereditarios en
    ambas ramas familiares, paterna y materna (hay que tener muy en
    cuenta que muchos padres tienden a negar la ocurrencia de
    enfermedades hereditarias en la familia por
    considerarlas un estigma vergonzoso). Es preciso preguntar a la
    madre si presentó alguna complicación médica
    durante el embarazo como rubéola u otras infecciones
    virales, toxoplasmosis, diabetes,
    eclampsia, etc.; si ingirió algún tipo de
    medicamento de los que se conoce o se supone que son
    teratógenos, si tiene hábitos alcohólicos
    (no es necesario que la madre sea una alcohólica declarada
    para que se produzca el síndrome alcohólico fetal,
    cantidades que pudieran ser moderadas en otras circunstancias,
    durante el embarazo pueden producirlo también). Se debe
    prestar gran atención a los trastornos perinatales
    (traumas de parto, prematuridad, dificultades respiratorias,
    hipoxia, infección, etc.) y a las enfermedades sufridas
    por el niño durante la niñez (meningitis,
    encefalitis, etc.).

    El examen físico puede suministrar datos de gran
    valor para el diagnóstico. Muchas oligofrenias se
    acompañan de dismorfias, evidenciables a la simple
    observación: el tamaño del cráneo
    (macrocefalia, microcefalia) y la forma (braquicefalia,
    dolicocefalia, turricefalia, etc.); el aspecto de la cara (los
    rasgos faciales típicos del síndrome de
    Down, el hipertelorismo o aumento de separación entre
    los ojos, el puente nasal liso, los pliegues epicánticos,
    las orejas de implantación baja y pequeñas, la
    macroglosia, los trastornos de la dentición, etc.).
    También hay que tener en cuenta el color y textura
    de la piel, la
    altura de velo del paladar, el tamaño de la
    glándula tiroidea, la estatura, el tamaño del
    tronco y de las extremidades, los pliegues palmares,
    etc.

    El examen neurológico puede asimismo suministrar
    datos incipientes sobre el niño retrasado. Pueden haber
    anomalías de tono muscular, tales como rigidez o
    hipotonía, de los reflejos (ejemplo, hiperreflexia), y del
    movimiento
    (movimientos coreatetósicos). Se pueden observar
    alteraciones de los sentidos como
    el oído y la
    vista. En uno casos, el niño retrasado parece irritable e
    hiperactivo, pero en otros se presenta excesivamente quieto.
    Generalmente hay trastornos de lenguaje. Las convulsiones son
    frecuentes. El estudio radiográfico y mediante
    tomografía computarizada está indicado en las
    craneostenosis (braquicefalia, dolicocefalia, etc.), en la
    esclerosis tuberosa, en la toxoplasmosis, etc.

    Los exámenes de laboratorio
    son valiosos en aquellos síndrome con marcadores
    bioquímicos (oligofrenia fenilpirúvica, por
    ejemplo). En los cuadros en que se sospeche un origen
    cromosómico, está indicada la determinación
    del cariotipo.

    La exploración se completa con los estudios
    psiquiátricos y psicológicos. El estudio
    psiquiátrico está dirigido fundamentalmente hacia
    los aspectos psicopatológicos del retraso mental. El
    estudio psicológico tiene como fin evaluar el nivel de
    funcionamiento intelectual, lo cual tiene importancia no
    solamente para el diagnóstico, sino también para el
    tratamiento. Con los lactantes, los test más utilizados
    son los de Gesell, Bayley y Cattel. Para los niños de
    más edad se utilizan fundamentalmente el Stanford-Binet y
    el test de inteligencia de Weschler para niños.

    Para detectar lesión orgánica cerebral se
    ha empleado el test de retención visual de
    Benton.

    El estudio psicológico debe incluir
    también la exploración de la personalidad la
    afectividad y la adaptación social.

    CAPITULO IV. LA EXPERTICIA.

    IV. 1 La Experticia.

    La experticia en lo criminal, es un recurso judicial tan
    antiguo como la magistratura misma, según lo señala
    el profesor Arminio Borjas (1973) y continúa: "En todos
    los tiempos, ha de suponerse, los encargados de la
    administración de justicia han debido solicitar el
    auxilio de mejores luces en personas que tuvieran mejores
    conocimientos que a ellos les faltara. Ello no obstante, ni los
    pueblos del oriente clásico, ni en la antiquísima
    civilización china, se
    hallan vestigios legislativos de que fueron requeridos, en el
    proceso penal, los servicios de
    los médicos o de otra clase de expertos".

    "Entre los Hebreos era frecuente, de uso casi constante,
    la inspección facultativa para auxiliar las decisiones de
    las autoridades; y así se advierte, en el Levítico,
    para hacer la elección, por ejemplo, de sacerdotes y para
    el reconocimiento de las vírgenes con quienes éstos
    debían desposarse; en el Deuteronomio, para la
    comprobación v.g., de la pérdida de la virginidad,
    de la existencia de un estupro, o para la anulación de
    matrimonios por impotencia o esterilidad; en el Génesis
    para reconocimiento de heridas y lesiones personales y en casi
    todas las otras leyes mosaicas para efectos diversos. No es
    seguro que
    sucediese lo mismo entre los Griegos, a pesar del desarrollo que,
    ya para la época de Hipócrates, había
    alcanzado la Medicina; pero para algunos investigadores, como
    Mende, Gerire y otros, en el proceso penal de los Griegos, se
    hacía uso de los reconocimientos
    médicos".

    Entre los Romanos, si bien los conocimientos de los
    facultativos solían servir para la formación de
    algunas leyes y en la enseñanzas de la jurisprudencia, las
    experticias médico-legales, no aparecen como medio de
    pruebas en los procesos criminales.

    Ni siquiera en los casos de homicidio, se haya en roma
    ley alguna que ordene proceder al examen del cadáver.
    Entre las explicaciones que se dan está la que los Jueces
    en roma, se hallaban asistidos de Consilium cuyos miembros se
    hallaban en capacidad de resolver muchas cuestiones que, de otro
    modo, habrían debido someterse a la decisión de
    técnicos o especialistas. En el Derecho Canónico y
    en el derecho en formación de las nacionalidades que
    surgieron de las ruinas del Imperio Romano,
    la Institución de la Experticia va apareciendo clara y
    expresamente establecida.

    Según Arminio Rojas (1973) la experticia en lo
    criminal, es el medio de prueba por el cual las cuestiones cuya
    solución requieran conocimientos especiales, se someten al
    examen, análisis, reconocimiento e informe de personas que
    posean la respectiva competencia científica,
    técnica o simplemente práctica.

    Félix J. Amarista (1972) escribe: para designar
    la prueba pericial se utilizan diversos términos:
    peritaje, peritación, experticia y pericia; asienta que
    los términos más correctos serían. Peritaje
    y peritación "ya que experticia es un americanismo
    típico de Venezuela".

    Es necesario señalar que la palabra usada en
    nuestra legislación positiva con más frecuencia es
    la de "experticia".

    Virotta, I (1968) utiliza la palabra pericia y define la
    prueba como: "acto procesal continente de una declaración
    técnica jurada en virtud y por encargo del juez, ejecutada
    esencialmente sobre la base de elementos técnicos que el
    perito avalúa, después de haberlos buscado, si es
    necesario".

    Según Miguel Santana Mujica (1983): "El
    legislador venezolano define la experticia: Siempre que se trate
    de una comprobación o de una apreciación que exija
    conocimientos especiales (art. 1422 Código
    Civil), agregando en el artículo 331 del Código
    de Procedimiento
    Civil que se efectuará sobre puntos de hecho".

    Se discute la naturaleza probatoria de la experticia, en
    el campo del Derecho; para el citado autor anterior es un medio
    probatorio que aporta un criterio o reconstruye las causas, el
    suceso controvertido a sus efectos, mediante conocimientos
    especiales por la vía de la deducción o de la
    inducción.

    Algunos colocan la experticia en la narración
    proveniente de terceros sin interés.

    Es de señalar que la Ley coloca la experticia
    como medio de prueba en el Código Orgánico Procesal
    Penal. La Doctrina ha señalado que las pruebas
    podrán apoyarse:

    • En la confesión espontánea del
      procesado y en las posiciones de las partes acusadora y
      civil.
    • En la inspección ocular.
    • En documentos
      públicos y privados.
    • En declaraciones de testigos, facultativas o
      peritos.
    • En indicios y presunciones".

    Señala Jesús Ganen Martínez (1974)
    que la Casación (Corte Supremo de Justicia) ahora llamado
    "Tribunal Supremo de Justicia"; ha discrepado de la experticia
    como prueba, al afirmar "que la experticia no es propiamente un
    medio de prueba, sino un auxiliar de la prueba, toda ver que el
    legislador ha dejado al libre arbitrio del Juez la
    determinación de su fuerza probatoria, al decir que los
    Jueces no están obligados a seguir el dictamen de los
    expertos si su convicción se opone a ello":
    Artículo 142 del Código Civil.

    En materia Civil, señala la ley que pueden
    nombrarse un perito o experto por cada parte y otro, lo nombra la
    ley, el Juez.

    En materia penal, en los casos en que se requiera, el
    tribunal nombrará dos peritos, por lo menos.

    Tres diferencias esenciales distinguen la experticia
    civil de la penal: 1. En lo referente al modo de elección
    de los expertos; 2. En lo que respecta al número de ellos
    que han de nombrarse; 3. En lo tocante al modo de practicar las
    operaciones
    respectivas.

    En materia penal, en los casos en que se requiera, el
    tribunal nombrara quienes pueden concurrir al acto y hacer las
    observaciones que crean convenientes, no debiendo retirarse sino
    únicamente cuando los peritos se reúnan a discutir
    y a deliberar.

    En el dictamen pericial, que es lo que presentan los
    expertos como resultado de su labor, deberá ser escrito;
    en caso de no haber unanimidad, puede señalarse los
    fundamentos y diferentes opiniones; no se estipula una forma
    especial de redacción del dictamen; la Ley establece que
    el informe pericial comprenderá en cuanto fuere
    posible:

    1°. La descripción de la persona o cosa que
    sea objeto del mismo, en el estado o modo en que se
    halle.

    2|. La relación detallada de todas las
    operaciones practicadas por los peritos y de su resultado
    particular.

    3°. Las conclusiones que en vista de tales datos,
    formulen los peritos conforme a los principios o reglas de su
    ciencia o arte".

    El experto debe tener capacidad, siendo indispensable su
    idoneidad; debe ser imparcial en razón de equipararse, y
    lo es, a un funcionario accidental de justicia.

    Las partes pueden objetar la capacidad de los expertos
    que han sido designados; además el perito puede ser
    recusado, como todo funcionario judicial, y, por supuesto, el
    perito también podrá inhibirse dentro de las causas
    de inhibición, establecidas por la ley.

    En la Interdicción es necesario someter al notado
    de demencia al examen de por lo menos dos facultativos que emitan
    su juicio.

    Para ciertos efectos, la ley equipara a los peritos con
    los testigos; los individuos que, en juicio penal, no puedan ser
    testigos tampoco podrán ser peritos; a pesar de esta
    consideración de la ley, está
    categóricamente claro que el perito y testigo no son una
    misma cosa; sin embargo, a pesar de que esta situación
    está clara en la doctrina, en los tribunales se le da al
    perito el mismo tratamiento que al testigo en los casos en que
    son llamados a declarar. El funcionario instructor o el Tribunal
    podrán de oficio, o a solicitud de parte, hacer a los
    peritos las preguntas pertinentes para establecer las
    aclaraciones necesarias y aún darle al primero, cuando lo
    juzgue necesario, instrucciones o a aclarar sobre el informe
    pericial para el desempeño del encargo. Las contestaciones
    de los peritos se considerarán parte de su
    informe.

    Señala Arminio Borjas (1973) las diferentes
    especies de experticias sobre la materia médica;
    según clasificaciones doctrinarias: "Las experticias
    médicas se clasifican, con relación a su objeto
    material":

    • En lo referente al examen de personas vivas, para
      determinar acerca de su capacidad mental, v.g.; de su
      impotencia o esterilidad, de su virginidad, etc.
    • En referentes al examen de cadáveres, para
      determinar sobre la causa de la muerte,
      por ejemplo: para hacer su autopsia, etc.
    • En referentes al examen de las manchas, para
      averiguar el origen, motivo o naturaleza de las que se hallen
      en los vestidos, armas, muebles,
      pavimentos, etc.
    • En relativas al examen de sustancias, armas y
      demás objetos o efectos del delito, a fin de establecer
      si han podido producir el daño, muerte o
      lesiones del interfecto; y
    • Las relativas al examen de animales, a objeto de
      determinar si han podido ser causa de las lesiones de que se
      trata".

    Con relación a los problemas,
    puntos o cuestiones que deban ser resueltos, se les clasifica
    en:

    • Experticias sobre identidad.
    • Sobre puntos relacionados con el cadáver o con
      la muerte de la víctima del delito.
    • Sobre las heridas y demás
      lesiones.
    • Sobre envenenamiento.
    • Sobre atentados contra las buenas
      costumbres.
    • Sobre atentados contra los productos de
      la concepción.
    • Sobre el estado mental.

    En el Código de Instrucción
    Médico-Forense, se encuentran normas acerca de la
    reglamentación de las experticias. El artículo 153
    del Código de Enjuiciamiento Criminal dice: "Los expertos
    podrán ser compelidos o declarar o a informar, caso de no
    tener impedimento legal o físico para ello, con la multa
    que señala el código de Procedimiento Civil". Esta
    norma plantea la controversia sobre si es obligatoria la
    aceptación del cargo de perito en el proceso penal y, al
    respecto, hay diversas opiniones: para algunos, la
    aceptación del cargo de perito deberá ser
    igualmente obligatoria en lo penal y en lo civil; otros, al
    reconocer la libertad de aceptación en lo civil,
    señalan que debe ser obligatoria en lo penal ya que, en lo
    civil se ventilan intereses de los particulares mientras que en
    lo penal, hay un interés social lesionado.

    Arminio Borjas (1973) agrega además que, por
    fuerza de la necesidad, toda experticia decretada en la
    instrucción sumarial tiene carácter de urgencia y
    es forzoso obligar a los expertos a su inmediato desempeño
    sin consultar su voluntad y conveniencia. La aceptación
    debe ser exclusivamente para el perito oficial, o sea, para aquel
    que tiene un nombramiento del ejecutivo para realizar esas
    funciones, quedando al profesional del libre ejercicio, en la
    facultad de aceptar o no de acuerdo a su conveniencia.

    Los peritos pueden ser recusados y también,
    inhibirse de acuerdo a las causas establecidas en la ley. El
    Código Penal, en su artículo 239, señala que
    sólo por motivos justificados puede dejarse de comparecer
    al tribunal y sólo con razón legal rehusarse el
    cumplimiento del oficio encomendado; a los peritos no se les
    compelerá a declarar cuando se les compruebe impedimento
    legal o físico para ello, aunque pareciera –
    según el Artículo 239 del Código Penal- que
    bastará un motivo justificado, o sea cualquier
    circunstancia que a juicio del juez, haga suponer
    involuntariamente la falta de comparecencia del perito
    citado.

    Con relación al secreto profesional del Experto
    Psiquiatra, Félix Amarista (1972) señala. "El
    experto psiquiatra está obligado a guardar secreto sobre
    los hechos que llega a conocer en el curso de su misión,
    pero las bases del secreto profesional en cuanto a los peritajes,
    se separan un poco de aquellos que regulan la práctica
    médica habitual".

    Para Amarista, existe un compromiso de supresión
    relativa de todo secreto profesional entre el experto y la
    autoridad que lo ha designado, aún cuando se sigue
    conservando el secreto ante el resto de las personas que no sean
    autoridad; sin embargo, pienso que al incluir el peritaje en el
    expediente, llegará el momento en que será del
    dominio público. Para el citado autor, "existe una
    incompatibilidad de índole moral, de deontología
    médica entre el psiquiatra tratante y el experto que
    obliga taxativamente al médico a inhibirse de intervenir
    como perito cuando la actuación ordenada involucre a su
    paciente".

    "El experto psiquiatra se encontrará con dos
    clases de confidencias: unas que le son hechas en su
    condición y calidad de experto que él debe
    reseñar y está en condiciones de revelar y, otras
    recibidas como médico para las cuales está obligado
    a guardar el secreto profesional absoluto".

    Esta situación, de singular importancia, que
    plantea Amarista y otros autores, queda un tanto desvirtuada en
    el contenido del artículo 47 de la Ley de Ejercicio de la
    Medicina vigente, en sus ordinales 1 y 5, donde se releva al
    experto del Secreto Profesional.

    Del Secreto Médico: Artículo 47 de la Ley
    del Ejercicio de la Medicina: No hay violación del secreto
    médico en los casos siguientes: 1°. Cuando la
    revelación se hace por mandato de la Ley. 5°. 5.
    Cuando actúa en el desempeño de sus funciones como
    médico forense o médico legista.

    CAPITULO V. IMPORTANCIA MÉDICO LEGAL DE LA
    PSIQUIATRÍA FORENSE.

    V.1 Importancia Médico Legal de la
    Psiquiatría Forense.

    Se manifiesta en el Derecho Civil y
    en Derecho Penal; por ejemplo en casos de Interdicción
    Civil, de la determinación del diagnóstico de uno
    de los síndromes psiquiátricos que se han escrito y
    en cuanto sea posible determinar el grado que lo incapacita para
    privarlo de la conciencia de sus actos, o pudo estar privado de
    la misma anteriormente, y, por consiguiente, cuando se pudo
    cometer un hecho delictuoso. Hasta allí llega la
    función del psiquiatra forense. No debiéndose hacer
    en la experticia psiquiátrica alusión al
    término inimputabilidad.

    La inimputabilidad es un elemento jurídico que se
    encuentra considerada en el Código Penal y otras normas el
    Derecho Penal, por consiguiente, hablar y establecer la
    imputabilidad o inimputabilidad es patrimonio del
    Derecho, del juez y de los abogados. En la carrera de Medicina ni
    en la Ley que regula su ejercicio no se contempla este aspecto ni
    podría hacerse.

    V.2 Consecuencias Jurídicas.

    Como consecuencias jurídicas en materia penal se
    puede mencionar:

    1º. La Imputabilidad y la capacidad: se
    describe que las causas de justificación y de
    inculpabilidad son inherentes al hecho punible, mientras que la
    imputabilidad y sus formas se refieren al autor, pues "constituye
    una condición psíquica que lo priva de comprender
    el carácter ilícito del hecho como consecuencia de
    una enfermedad mental o de una grave perturbación de la
    conciencia". En el caso de una enfermedad mental, la
    acción u omisión la realiza una personalidad
    anormal, por lo que no se puede imputarle el hecho. La
    imputabilidad disminuida se refiere a los casos en que el autor
    no posea sino incompletamente su capacidad de comprensión
    de lo ilícito de sus actos.

    El Código Penal contiene una serie de
    disposiciones en las que se pueden apreciar diversas
    consecuencias jurídicas, entre ellas tenemos las
    siguientes:

    Artículo 62: No es punible el que ejecuta
    la acción hallándose dormido o en estado de
    enfermedad mental suficiente para privarlo de la conciencia o de
    la libertad de sus actos.

    Sin embargo, cuando el loco o demente hubiere ejecutado
    un hecho que equivalga en un cuerdo a delito grave, el Tribunal
    decretará la reclusión en uno de los hospitales o
    establecimientos destinados a esta clase de enfermos, del cual no
    podrá salir sin previa autorización del mismo
    Tribunal. Si el delito no fuere grave o si no es el
    establecimiento adecuado, será entregado a su familia,
    bajo fianza de custodia, a menos que ella no quiera
    recibirlo.

    Según este articulo una persona que padezca de
    enfermedad mental suficiente para privarlo de la conciencia o de
    la libertad de sus actos y cometa un hecho punible se le exime de
    responsabilidad penal. En este caso la experticia forense
    psiquiátrica será la que le dará la eximente
    en caso de que se verifique la enfermedad. En este caso la
    consecuencia jurídica es que se exime de responsabilidad
    penal. Pero si el delito es grave al enfermo se le mandará
    a un centro de reclusión para enfermos
    mentales.

    Articulo 63: Cuando el estado mental indicado en
    el articulo anterior sea tal que atenúe en alto grado la
    responsabilidad, sin excluirla totalmente, la pena establecida
    para el delito o falta se rebajará conforme a las
    siguientes reglas:

    1º. En lugar de presidio, se aplicará la de
    prisión, disminuida entre dos tercios y la
    mitad.

    2º. En lugar de la de prisión, se
    aplicará la de arresto, con la disminución
    indicada.

    3º. Las otras penas divisibles se aplicarán
    rebajadas por mitad".

    Este articulo señala que si la enfermedad mental
    es tal que atenúe la responsabilidad pero sin excluirla
    totalmente, la consecuencia jurídica es que se aplica la
    atenuante señalada y, además, se aplica
    prisión en lugar de presidio o arresto en lugar de
    prisión o se le rebaja la mitad de la pena.

    También se presenta el caso del Articulo 58 del
    Código Penal que dispone lo siguiente: "Cuando el
    delincuente cayere en locura o imbecilidad después de
    recaída sentencia firme condenatoria, se procederá
    como lo dispone el articulo 62 en su aparte final, y si recobrare
    la razón, cumplirá el tiempo de pena
    que aún estuviere pendiente, descontando el de la
    enfermedad".

    Pero hay que señalar que este articulo fue
    derogado por el Articulo 90 de la Ley de Régimen
    Penitenciario
    que dispone: "En el caso de penados que
    presentaren síntomas de enfermedad mental, previo el
    correspondiente informe psiquiátrico, serán
    trasladados al anexo psiquiátrico correspondiente, en el
    que quedarán recluidos mientras lo requiera su estado
    patológico.

    Y si la enfermedad mental se presentare con pronostico
    de larga y difícil curación, el penado podrá
    ser internado en un instituto psiquiátrico no
    penitenciario (articulo 91 ejusdem).

    En este caso se observa que los enfermos mentales que
    cometan hechos punibles pueden ser internados en los anexos
    psiquiátricos de los centros penitenciarios o en
    institutos psiquiátricos no penitenciarios.

    También se observa que a raíz del informe
    psiquiátrico pueden presentarse consecuencias
    jurídicas en materia Civil y entre ellas tenemos las
    siguientes:

    2º. Juicio de Interdicción: es el
    juicio en el cual un Tribunal Civil, después de haber
    comprobado el estado de alienación mental de una persona,
    nombra a un curador para que ejerza las funciones guarda,
    custodia y administre sus bienes. Pueden
    ser sometidos a este juicio los enajenados mentales de cualquier
    tipo, y los sordomudos iletrados. Es condición medico
    legal obligatoria, tanto para la iniciación del juicio
    como para su terminación, el dictamen médico
    psiquiátrico que comprende el estado de
    alienación.

    3. En Materia de Testamentos: que es un acto
    jurídico mediante el cual una persona dispone de sus
    bienes, para después de su muerte, nos encontramos con los
    testamentos otorgados por personas incapaces, los cuales son
    nulos.

    4. En Materia de Divorcio:
    En donde se aprecia el auxilio de la Psiquiatría Forense
    es en los casos de inhabilitación, contemplado en el
    ordinal 7º del Articulo 185 del Código Civil como
    causal de divorcio.

    Articulo 185: Son causales únicas de
    divorcio:

    7º. La interdicción por causa de
    perturbaciones psiquiátricas graves que imposibiliten la
    vida en común. En este caso el Juez no decretará el
    divorcio sin antes procurar la manutención y el
    tratamiento médico del enfermo.

    V.3 Casos Prácticos.

    Existen una serie de procedimientos en
    materia Civil que implican capacidad:

    • En los casos de contratos.
    • En los casos de matrimonio.
    • En materia testamentaria.
    • Capacidad para testificar.
    • Capacidad para llevar la misma persona sus propios
      asuntos, es decir, capacidad para administrar sus propios
      bienes.
    • Incapacidad psiquiátrica por daño
      personal o por compensación laboral o en contra de una
      compañía de seguros.

    También en el campo Penal se dan una serie de
    situaciones que hacen necesario un examen psiquiátrico a
    fin de determinar:

    • La capacidad para ser acusado en un juicio
      penal.
    • Capacidad para ser castigado, para determinar la
      intencionalidad.

    CONCLUSIÓN

    La Psiquiatría es la rama de la Ciencia
    Médica que se ocupa del estudio de las enfermedades
    mentales.

    La enfermedad mental es aquella que es capaz de alterar
    al hombre en su coexistencia con los demás y en la
    construcción de su mundo. Existen diversas
    teorías para tratar de explicar que produce la enfermedad
    mental, entre ellas encontramos las teorías
    psicogenéticas de los factores ambientales, la
    teoría psicogenética del inconsciente
    patógeno, las teorías psicogenéticas
    mecanicistas y las teorías órgano genéticas
    dinamistas.

    No hay una definición clara y concisa de
    enfermedad mental que englobe a sus múltiples variedades y
    características; Jaspers opina que éstas son
    psicológicamente específicas del hombre;
    López Ibor la define como: El ser humano, por aquella
    riqueza y singularidad de su posición ante el mundo, es
    por lo que es capaz de enfermar de ese modo extraño y
    personal que es la enfermedad mental.

    Los Grandes Síndromes Psiquiátricos son:
    1°. Psicosis. 2°. Neurosis. 3°. Trastornos de la
    Personalidad. 4°. Desviaciones y Trastornos Sexuales. 5°.
    Retraso Mental.

    La Psicosis es un trastorno mental generalmente severo
    que desorganiza la personalidad, incapacita
    psicológicamente al sujeto y lo desconecta del mundo real
    al tomar por verdaderas sus propias producciones mentales
    patológicas (alucinaciones, ideas delirantes, etc.). Otro
    rasgo distintivo del paciente psicótico es que carece de
    conciencia de enfermedad mental o insight, es decir, no se
    considera enfermo.

    Se Clasifica en: 1°. Psicosis de fundamento
    somático desconocido. 2°. Psicosis de fundamento
    somático conocido.

    La neurosis es un trastorno originado por "traumas"
    psicológicos. De acuerdo con el modelo teórico
    psicodinámico, uno de los tantos que pretende explicar el
    origen de los trastornos mentales, las neurosis surgen como
    consecuencia de conflictos intrapsíquicos que, no obstante
    ser reprimidos por inaceptables y dolorosos para el sujeto,
    generan angustia, una emoción extremadamente penosa y que
    termina por resultar insoportable. La angustia se convierte
    así en "la fuente dinámica común de las
    neurosis". Sin embargo, en la neurosis de angustia, "subforma
    básica" de las neurosis, no hay interposición de
    mecanismo de defensa alguno, expresándose la angustia
    libremente como angustia flotante.

    Las neurosis se clasifican en: 1°. Neurosis de
    angustia. 2°.Neurosis histérica (conversiva y
    disociativa). 3°. Neurosis fóbica. 4°. Neurosis
    obsesivo-compulsiva. 5°. Neurosis depresiva. 6°.
    Neurastenia. 7°. Hipocondría.

    La décima revisión de la
    clasificación Internacional de Enfermedades de la OMS,
    define los trastornos de la personalidad como alteraciones graves
    de la constitución caracterológica y de las
    tendencias conductuales de la persona, que no proceden
    directamente de enfermedades, daños o de otros traumas del
    cerebro, ni de otros trastornos psiquiátricos.
    Habitualmente comprometen varias áreas de la personalidad
    y casi siempre se acompañan de considerable sufrimiento
    personal (ansiedad y depresión y de desorganización
    de la vida social. Generalmente se manifiesta desde la infancia o
    desde la adolescencia, manteniéndose durante la vida
    adulta.

    Los trastornos sexuales son registrados por la
    Décima Revisión de la Clasificación
    Internacional de Enfermedades (CIE-10) que rigió a partir
    de 1993 en dos categorías separadas: por una parte, las
    disfunciones son estudiadas dentro del grupo de trastornos
    denominado disfunciones fisiológicas asociadas con
    factores mentales o conductuales y, por la otra, las parafilias y
    los trastornos de la identidad sexual, dentro de los trastornos
    de la personalidad.

    La tercera edición del Manual Diagnóstico
    y Estadístico de los trastornos mentales (DSM-III) de la
    Asociación Psiquiátrica Americana, así como
    la Revisión de que fue objeto esta clasificación
    (DSM-III-R), agrupan los disturbios sexuales dentro de una misma
    categoría, llamada trastornos sexuales, que engloba a su
    vez cuatro órdenes de alteraciones: trastornos de la
    identidad sexual, parafilias, disfunciones sexuales y
    homosexualidad egodistónica.

    Hubo una época, durante el período de
    mayor auge y expansión de la psicometría, en que el
    retraso mental fue definido en base a los resultados obtenidos en
    las pruebas de inteligencia. Así, un sujeto que en un test
    de inteligencia alcanzara una puntuación por debajo del
    promedio era calificada como retrasado mental, sin tener en
    consideración sus otras características mentales.
    Puesto que las pruebas de inteligencia no son capaces de explorar
    y evaluar otras áreas de funcionamiento
    psicológico, ocurría que muchos niños
    diagnosticados de retrasados mentales podían
    desempeñarse con tanta idoneidad como un niño
    normal fuera del aula. Como resultado de esta observación,
    al clásico criterio intelectual, se añadió
    el de adaptación social, con el fin de que la
    definición estuviere más acorde con los
    hechos.

    Descripción de los Niveles o Grados de Retraso
    Mental: 1°. Retraso Mental Leve. 2°. Retraso Mental
    Moderado. 3|. Retraso Mental Grave. 4|. Retraso Mental
    Profundo.

    La experticia en lo criminal, es un recurso judicial tan
    antiguo como la magistratura misma, según lo señala
    el profesor Arminio Borjas (1973) y continúa: "En todos
    los tiempos, ha de suponerse, los encargados de la administración de justicia han debido
    solicitar el auxilio de mejores luces en personas que tuvieran
    mejores conocimientos que a ellos les faltara. Ello no obstante,
    ni los pueblos del oriente clásico, ni en la
    antiquísima civilización china, se hallan vestigios
    legislativos de que fueron requeridos, en el proceso penal, los
    servicios de los médicos o de otra clase de
    expertos".

    Importancia Médico Legal de la Psiquiatría
    Forense: Se manifiesta en el Derecho Civil y en Derecho Penal;
    por ejemplo en casos de Interdicción Civil, de la
    determinación del diagnóstico de uno de los
    síndromes psiquiátricos que se han escrito y en
    cuanto sea posible determinar el grado que lo incapacita para
    privarlo de la conciencia de sus actos, o pudo estar privado de
    la misma anteriormente, y, por consiguiente, cuando se pudo
    cometer un hecho delictuoso. Hasta allí llega la
    función del psiquiatra forense. No debiéndose hacer
    en la experticia psiquiátrica alusión al
    término inimputabilidad.

    ANEXOS:

    GLOSARIO

    Culpa, en el campo del Derecho civil, la culpa se
    contrapone al dolo. Referida al deudor de una obligación,
    la culpa o negligencia consiste en la omisión —no
    dolosa— de aquella diligencia que exija la naturaleza de la
    obligación y corresponda a las circunstancias de las
    personas, del tiempo y del lugar. No se cumple con el deber de
    previsión y el subsiguiente deber de evitación de
    los posibles impedimentos de la prestación o conducta
    debida. En función de la diligencia omitida, suele
    hablarse de supuestos de culpa lata (grave falta de diligencia,
    omisión de las precauciones más elementales), culpa
    leve (omisión de la diligencia normal, de las precauciones
    que suelen tomar las personas corrientes) y culpa
    levísima, que consiste en la omisión de la
    diligencia propia de las personas escrupulosas. La culpa lata
    suele equipararse al dolo. En los supuestos en que el deudor sea
    un profesional, el referente radicará en la diligencia
    exigible a los profesionales que desempeñen la misma
    actividad. Es posible, en mayor o menor medida, el
    establecimiento de cláusulas modificativas de la
    responsabilidad por culpa, ya sean éstas de
    exoneración o de limitación de la responsabilidad,
    ya de agravación de la misma. Se habla también de
    culpa en el ámbito del Derecho penal, que se produce
    cuando, sin intención de dañar, mas sin proceder
    con la diligencia debida, se causa un resultado dañoso y
    tipificado por la ley penal. Se distingue también, en este
    campo, entre culpa lata, leve y levísima. Se distingue
    asimismo entre culpa consciente e inconsciente, dependiendo de
    que el agente se represente o no de las consecuencias
    perjudiciales que puedan derivarse de sus actos, por mucho que
    confíe en que no se produzcan y no tomándolas por
    ello en cuenta.

    Demencia, deterioro psíquico debido a una
    afección orgánica del cerebro que se produce de
    forma global y progresiva.

    Desviación social, cualquier tipo de
    comportamiento
    que se aleja de las normas generalmente aceptadas en una
    sociedad. La desviación social no constituye un delito, ya
    que éste se refiere a transgresiones de la ley, sino que
    se refiere a la no observancia de normas, ya sean legales o no.
    Los sociólogos han llegado a pensar que la
    desviación social es característica de los sistemas sociales
    o de situaciones que indican una necesidad de control social o
    una tendencia hacia el cambio social. Tanto el control como el
    cambio son factores inseparables de la sociedad, especialmente en
    las sociedades
    contemporáneas.

    El sociólogo francés Émile Durkheim fue
    el pionero de la teoría de la desviación social.
    Después de escribir sobre la integración y la crisis social
    y estudiar el papel de la
    división del trabajo en la cohesión y el cambio
    social, formuló el concepto de ‘anomia’ o
    debilitamiento de la moralidad común, que explica los
    cambios producidos en la división del trabajo en la
    sociedad, antes compuesta por agricultores que realizaban cada
    uno su trabajo formando parte de un sistema que no controlaba la
    producción final ni sus mecanismos, y ahora por obreros
    especializados que venden sus productos en países
    industrializados.

    En la sociedad tradicional la solidaridad era
    ‘mecánica’, cada individuo pasaba por
    las mismas experiencias y la tentación de redefinir su rol
    era mínima. Pero, actualmente, la especialización
    ha provocado una experiencia diferenciada y la posibilidad de
    asumir nuevos roles. Además, el individualismo aumenta con
    la especialización. Según Durkheim, este
    individualismo se ha convertido paradójicamente en la
    sociedad moderna en solidaridad social. En términos
    políticos, la libertad ha superado al concepto de
    fraternidad con la intención de igualar las oportunidades
    para la expresión individual.

    En este tipo de sociedad, ciertas formas de
    desviación social tienden a ser muy alabadas o castigadas.
    Sin embargo, es necesario regular las condiciones anómicas
    (cuando la estructura
    social se rompe) si se desea mantener la sociedad unida, y para
    definir la causa de la desviación es necesario determinar
    cuáles son las condiciones de normalidad de esta sociedad.
    Todo el proyecto moderno
    de democracia,
    que incluye los derechos de los ciudadanos, el aumento de
    la
    educación, las posibilidades de consumo y la
    emancipación tanto de la mujer como de los
    grupos étnicos y de las clases más desfavorecidas,
    puede considerarse bajo la óptica
    de la desviación social. El concepto de desviación
    social de Durkheim es fundamental en la teoría
    sociológica.

    Manicomio o Psiquiátrico, centro
    destinado al tratamiento de las enfermedades o trastornos
    mentales.

    Los psiquiátricos, como instituciones organizadas
    para la reclusión y, en ocasiones, el tratamiento de las
    personas con desórdenes mentales, son un invento
    relativamente reciente. Junto con las prisiones, fueron
    especialmente promovidas en la época de la
    Ilustración, con el doble objetivo de controlar la
    desviación social y de ejercer medidas de curación,
    educación
    o reinserción de los individuos que se encontraban fuera
    de la normalidad. Esa fue también la época en la
    que se diseñaron las escuelas de la educación
    generalizada. Desde entonces, los psiquiátricos han estado
    asociados de algún modo a las instituciones
    penitenciarias, aunque sus objetivos
    declarados hayan sido sanitarios. En la segunda mitad del siglo
    XX, la escuela de la antipsiquiatría denunció el
    tratamiento de los enfermos mentales severos por medio de
    procedimientos que implican la privación de la libertad y
    las prácticas violentas.

    La atención prestada al respeto de los
    derechos
    humanos, junto con una mayor provisión de recursos para el
    tratamiento de los discapacitados en los países
    industriales avanzados, ha mejorado la imagen de los
    hospitales psiquiátricos. Pero el problema de justificar
    moralmente la reclusión continuada de los enfermos
    mentales graves sigue pendiente.

    Medicina forense, especialidad que engloba toda
    actividad médica relacionada con el poder judicial.
    La medicina forense se encarga de la investigación penal
    en sus aspectos médicos, de la valoración legal de
    los lesionados físicos y de los enfermos mentales e
    incapaces, y del asesoramiento a jueces, tribunales y fiscales en
    cuestiones médicas.

    En la investigación penal la actuación del
    médico forense es esencial. Acude junto con el juez cuando
    se procede al levantamiento del cadáver tras muerte
    sospechosa o violenta, examina y recoge signos externos del lugar
    de los hechos, determina la hora probable de muerte, y realiza a
    continuación la autopsia al cadáver: examina de
    forma macroscópica sus tres cavidades (craneal,
    torácica y abdominal) y toma muestras para su envío
    a centros especializados en toxicología y medicina legal.
    En éstos se procede al análisis químico,
    bioquímico y microscópico de estas muestras para
    determinar con la máxima precisión las causas de la
    muerte o circunstancias que rodean los hechos.

    En las agresiones sexuales el forense explora a la
    víctima, acompañado y asesorado en ocasiones por un
    ginecólogo, toma muestras de restos dejados por el
    agresor, examina las ropas de la víctima, y elabora el
    informe decisivo para las actuaciones penales.

    Cuando se denuncian lesiones, bien derivadas de
    accidente (por lo general de tráfico) o bien de
    agresión, el forense recopila toda la documentación posible sobre las diferentes
    asistencias médicas al lesionado, reconoce a éste
    cada cierto tiempo y, al final elabora un informe definitivo
    sobre las lesiones fruto de actuación legal, su causa
    probable, su tiempo de curación y tiempo sin poder
    desarrollar el trabajo habitual, y sus secuelas
    definitivas.

    Para todos los procedimientos legales relacionados con
    enfermedades mentales (como la declaración de incapaces en
    oligofrenias y demencias y el internamiento de enfermos
    psiquiátricos por orden judicial) la exploración
    del enfermo por el forense y su diagnóstico y
    pronóstico son imprescindibles.

    Por último, en cualquier procedimiento legal
    relacionado con la medicina (denuncias por imprudencia
    médica, demandas por negligencia, incapacidades laborales,
    problemas de higiene y salud
    pública, denuncias por torturas) el forense asesora
    como médico a jueces y fiscales, en ocasiones requiere la
    opinión de expertos en especialidades médicas
    (incluso a veces recurriendo a las sociedades científicas)
    y su criterio suele ser inestimable para los especialistas
    jurídicos.

    En España y
    otros países los médicos forenses son funcionarios
    que pertenecen al ministerio de Justicia, por lo que deben haber
    aprobado una oposición o prueba de ingreso y
    después haber superado un periodo de formación. En
    la policía trabajan especialistas médicos que
    intervienen en la investigación criminal, y cuando el
    poder judicial requiere de opinión o asesoría
    médica selecciona a profesionales del mundo sanitario para
    cada caso concreto.

    La medicina forense en Latinoamérica: El desarrollo de la medicina
    forense en Latinoamérica obedece a dos influencias
    principales, la hispana y la anglosajona.

    En algunos países se siguió el modelo de
    los principales países colonizadores, España y
    Portugal. Esto dio lugar a mediados del presente siglo a la
    creación de las principales cátedras de Medicina
    Legal y Forense en Buenos Aires y
    México. La
    organización profesional es muy similar a la
    española, basada en unos médicos especialistas
    adscritos a los juzgados o tribunales de Justicia.

    En otros países la influencia anglosajona supone
    la creación del médico legista (médico
    criminólogo) una figura más parecida al coroner
    anglosajón, que depende según la escala
    jerárquica de los servicios policiales y no del
    departamento de Justicia, y son funcionarios del
    Estado.

    Además son llamados a los tribunales determinados
    profesionales que por su prestigio pueden ayudar en la
    resolución de problemas médico-legales. Lo habitual
    es que procedan de las cátedras de Medicina Legal y
    Deontología, pero también cuentan los jueces con
    los informes que
    reciben de las academias de medicina y de las sociedades
    médicas.

    Merecen destacar por sus brillantes estudios dos
    forenses latinoamericanos: el profesor Luis Alberto Kvitko,
    médico legista de Buenos Aires, autor de un libro sobre
    los aspectos forenses de la violación, y el profesor
    Alberto Isaac Correa Ramírez,
    de la Universidad
    Tecnológica de México DF, autor de un libro sobre
    la identificación de cadáveres.

    Neurosis, también llamada psiconeurosis,
    término que describe una variedad de trastornos
    psicológicos que originalmente parecieron tener su origen
    en algún problema neurológico, pero a los que hoy
    se atribuye un origen psíquico, emocional o psicosocial.
    Una de sus características es la ansiedad, personalmente
    dolorosa y origen de un comportamiento inadaptado.

    Es ampliamente aceptado que el término neurosis
    se aplica para intentar diagnosticar aquellas afecciones cuyos
    síntomas son la expresión simbólica de un
    conflicto
    psíquico. El psicoanálisis adoptó este
    término y lo convirtió en una de las más
    importantes aportaciones a la psiquiatría clásica,
    un concepto que designa la respuesta de un sujeto como
    solución de compromiso entre el deseo y la defensa. El
    diagnóstico de estructura, que distingue tres grandes
    estructuras
    clínicas —neurosis, psicosis y
    perversión—, es un instrumento clínico
    fundamental frente a cualquier clasificación
    nosográfica que tienda a agrupar síntomas y
    trastornos, y a imposibilitar, precisamente, el
    diagnóstico.

    En el DSM-IV, Manual de Clasificación de las
    Enfermedades Mentales de la Organización Mundial de la
    Salud (OMS), de orientación terapéutica
    conductista, la neurosis no es definida como enfermedad mental,
    aunque incluye en este trastorno las siguientes
    enfermedades:

    Trastorno por ansiedad generalizada:
    También conocida como ansiedad libre flotante, es una
    condición constante de displacer y de sentimientos
    aprensivos, que supone una sobrerreacción al estrés
    normal, que no afectaría a una persona
    equilibrada.

    Crisis de angustia: Se caracteriza por los
    ataques de pánico que también se dan en el
    trastorno anterior y que son episodios de aprensión aguda,
    imposible de sobrellevar, acompañados de síntomas
    físicos como palpitaciones cardiacas, transpiración
    copiosa, respiración entrecortada, temblores
    musculares, náuseas y desmayos (una persona que sufre un
    ataque de angustia se siente como si fuera a morir).

    Fobias: /Consisten en una respuesta de miedo
    desmedido ante un estímulo o ante situaciones que
    normalmente no se consideran peligrosas (por ejemplo, viajar en
    el metro). Para diagnosticarse como una fobia, el pánico
    debe ser lo suficientemente intenso y constante como para que
    interfiera en la vida normal del individuo. La reacción
    emocional varía desde el mero disgusto al pánico.
    Normalmente, una persona que sufre de alguna fobia es consciente
    de que su miedo es irracional, pero es incapaz de
    controlarlo.

    Trastorno obsesivo-compulsivo: Este trastorno
    consiste en la persistente intrusión de pensamientos o
    impulsos desagradables en la conciencia del individuo, y en las
    urgencias irresistibles —compulsiones— a desarrollar
    acciones o rituales para reducir la ansiedad consiguiente. Ambas
    características se suelen dar juntas en este trastorno
    (por ejemplo, una persona obsesionada con la idea de que su
    vivienda puede ser saqueada y su familia atacada,
    comprobará de forma constante que todas las ventanas y
    puertas estén cerradas, numerosas veces al día;
    otro caso típico es el de las personas que tienen la
    compulsión de lavarse las manos
    constantemente).

    Trastorno por angustia de separación:
    Ocurre durante la infancia y consiste en un miedo irracional a
    estar separado de los padres. A menudo los adultos que sufren de
    agorafobia (miedo a espacios públicos abiertos) han
    sufrido la angustia de separación cuando eran
    niños.

    Trastorno por estrés postraumático:
    Este término se acuñó después de la
    guerra del
    Vietnam para describir los síntomas
    psicopatológicos experimentados por los veteranos de
    guerra cuando retornaban al hogar. En la I Guerra Mundial se
    llamó ‘neurosis de guerra’, y en la
    II Guerra Mundial, ‘fatiga del combate’. Pero
    este trastorno no es exclusivo de estas situaciones, ya que puede
    aparecer después de cualquier tipo de desastre, como un
    accidente aéreo o una catástrofe
    natural.

    Los síntomas consisten en revivir los sucesos
    traumáticos, sufrir desarreglos del sueño, como
    pesadillas e insomnio, padecer ansiedad, distanciarse de los
    entornos normales, y perder el interés por las actividades
    que se realizaban antes de que ocurriera el desastre.

    Personalidad múltiple: Trastorno
    extremadamente infrecuente en el que más de una
    personalidad coexiste en el mismo individuo. A menudo, una de las
    personalidades es inconsciente de lo que ocurre mientras la otra
    domina, por lo que aparecen periodos de amnesia. Este trastorno
    sigue a una experiencia infantil extremadamente
    traumática.

    Tratamiento de las neurosis: Las neurosis pueden
    ser tratadas mediante el psicoanálisis, la psicoterapia o
    la modificación de conducta (especialmente en el caso de
    las fobias y de los trastornos obsesivo-compulsivos). En este
    tipo de trastornos, la medicación suele ser sólo un
    medio complementario para reducir los niveles de ansiedad, como
    la relajación o la hipnosis. Muchas de las neurosis
    responden bien al tratamiento y sus efectos perturbadores sobre
    el individuo se logran atenuar en gran medida.

    Pena, sanción impuesta por la ley a quien,
    por haber cometido un delito o falta, ha sido condenado en
    sentencia firme por el órgano jurisdiccional
    competente.

    Es forzoso que la pena esté establecida por la
    ley con anterioridad a la comisión del hecho delictivo
    (rige el denominado principio de legalidad), y obliga a su
    ejecución una vez haya recaído sentencia firme
    dictada por el tribunal competente.

    Son varios los criterios clasificatorios de las penas.
    El que resulta admitido con mayor frecuencia por las
    legislaciones es el que distingue entre penas graves, que
    sancionan la comisión de delitos, y penas leves aplicables
    a las faltas.

    Las penas pueden ser privativas de libertad, que suponen
    el internamiento del reo en un centro penitenciario, y pueden
    tener diversa duración según lo que establezca la
    ley para cada delito. A menudo los sistemas dan a estas penas
    diferentes denominaciones, dada su distinta duración. Se
    habla así, por ejemplo, de reclusión,
    prisión y arresto. También es posible la
    privación de libertad en el propio domicilio del reo, como
    sucede en el denominado arresto domiciliario.

    Asimismo, cabe la posibilidad de que la condena al reo
    no suponga privación de libertad pero sí su
    reducción, lo que sucede, por ejemplo, en la denominada
    pena de extrañamiento, que supone la expulsión del
    condenado del territorio nacional por el tiempo que dure la
    condena; o la pena de destierro, que supone la prohibición
    del penado de entrar en puntos concretos del territorio nacional
    detallados en la sentencia.

    En ocasiones, la ley puede sancionar la comisión
    de un determinado delito o falta, restringiendo al reo el
    ejercicio de determinados derechos, como por ejemplo ocurre con
    la suspensión de un cargo público, la
    suspensión del derecho de sufragio o la privación
    del permiso de conducción de vehículos de
    motor.

    En no pocas legislaciones las penas pueden graduarse
    según criterios legales, en atención a las
    circunstancias concurrentes en el caso concreto que se juzga. La
    ley fija un tope máximo y otro mínimo dentro de los
    cuales el juez tiene un margen para actuar. Por ejemplo, en un
    delito que tiene asignada una pena privativa de libertad, el juez
    o bien el tribunal, atendiendo a la concurrencia de
    circunstancias atenuantes o agravantes, al grado de
    participación del autor (autor, cómplice o
    encubridor), puede graduar la pena dentro de esos márgenes
    que establece la ley (de 10 a 20 años, por ejemplo). Con
    ello se trata de acomodar lo máximo posible la
    sanción impuesta por la ley a las circunstancias del caso
    concreto que se juzga.

    Psicosis, enfermedad mental que se caracteriza
    por la pérdida de contacto con la realidad y por la
    alteración de los vínculos con los demás.
    Hay varias clases de psicosis: la esquizofrenia, la psicosis
    maníaco-depresiva y los delirios.

    Psiquiatría, rama de la medicina
    especializada en los trastornos mentales. Los psiquiatras no
    sólo diagnostican y tratan estos trastornos sino que
    también realizan investigaciones para comprenderlos y
    prevenirlos.

    Un psiquiatra es un médico que ha completado una
    especialización de postgrado en psiquiatría. Muchos
    psiquiatras también se especializan en
    psicoanálisis, psiquiatría infantil u otras
    subespecialidades. Los psiquiatras tratan a los pacientes en
    consultas privadas, en hospitales generales, o en centros
    especializados para enfermos mentales (hospitales
    psiquiátricos, clínicas ambulatorias, o centros
    comunitarios de salud mental). Algunos dedican parte de su tiempo
    a investigar o participar en programas de
    salud mental. Por el contrario, los psicólogos, que suelen
    trabajar junto a los psiquiatras y tratan al mismo tipo de
    pacientes en ocasiones, no han recibido formación en
    medicina, y, por consiguiente, no pueden hacer
    diagnósticos ni recetar medicamentos.

    El campo de la psiquiatría es muy amplio en
    comparación con otras especialidades médicas. Los
    trastornos mentales pueden afectar a la mayoría de los
    aspectos de la vida del paciente, como su actividad física, conducta,
    emociones,
    pensamiento, percepción, relaciones interpersonales,
    sexualidad, trabajo y ocio. Estos trastornos están
    producidos por una combinación poco conocida de
    determinantes biológicos, psicológicos y sociales.
    La tarea del psiquiatra consiste en identificar las distintas
    fuentes y
    manifestaciones de la enfermedad mental.

    Desarrollo histórico: Los médicos
    del mundo occidental comenzaron a especializarse en el
    tratamiento de los pacientes con enfermedades mentales en el
    siglo XIX. Los psiquiatras de esta época, llamados
    alienistas, trabajaban en grandes centros, y practicaban lo que
    se denominaba entonces un tratamiento moral, un enfoque
    humanitario dirigido a apaciguar el estado mental y recuperar la
    razón. Durante la segunda mitad del siglo los psiquiatras
    abandonaron este tipo de tratamiento y, con ello, el
    reconocimiento tácito de que la enfermedad mental
    está producida por influencias tanto psicológicas
    como sociales. Durante un tiempo su atención se
    centró, casi de forma exclusiva, en los factores
    biológicos. Era frecuente el uso de medicamentos y otras
    formas de tratamiento somático (físico). El
    psiquiatra alemán Emil Kraepelin identificó y
    clasificó los trastornos mentales en un sistema que supuso
    el inicio del diagnóstico moderno. Otra figura importante
    fue el psiquiatra suizo Eugen Bleuler, que acuñó el
    término 'esquizofrenia' y describió sus
    características.

    El descubrimiento del origen inconsciente de la
    conducta, una aportación de la teoría
    psicoanalítica de Sigmund Freud a
    principios del siglo XX, enriqueció los conocimientos de
    la psiquiatría y cambió el enfoque de la misma. La
    atención se dirigió hacia los procesos en el
    interior de la mente individual, y el psicoanálisis se
    convirtió en el método preferido de tratamiento de
    la mayoría de los trastornos mentales. En las
    décadas de 1940 y 1950 las teorías cambiaron de
    nuevo, esta vez hacia el ambiente
    social y físico. Muchos psiquiatras despreciaban las
    influencias biológicas, pero otros estudiaban aquellas que
    podían estar implicadas en las enfermedades mentales y
    empleaban tratamientos físicos como el electrochoque y la
    psicocirugía.

    Hacia la mitad de la década de 1950 se produjeron
    cambios muy importantes en el tratamiento de los pacientes
    afectados por una enfermedad mental con la introducción de
    los primeros fármacos eficaces en el tratamiento de los
    síntomas psicóticos. Junto con estos nuevos
    medicamentos, aparecieron nuevas tendencias más liberales
    y humanitarias y nuevas estrategias de
    tratamiento en los hospitales psiquiátricos; cada vez se
    trataba a más pacientes sin separarlos de su ambiente
    social en las décadas de 1960 y 1970. El apoyo a la
    investigación en salud mental contribuyó a nuevos
    descubrimientos importantes, en especial sobre el
    conocimiento de los determinantes bioquímicos y
    genéticos de la enfermedad mental y sobre el
    funcionamiento del cerebro. Así, hacia 1980, la
    psiquiatría centraba su interés en los factores
    biológicos, relativizando la importancia de las
    influencias psicosociales en la salud y enfermedades
    mentales.

    Diagnóstico: Los psiquiatras utilizan
    diferentes métodos para detectar trastornos
    específicos en sus pacientes. El más importante es
    la entrevista
    psiquiátrica, durante la que se recoge la historia
    psiquiátrica del paciente y se valora su estado mental. La
    historia psiquiátrica es una muestra de las
    características de la personalidad del paciente, de sus
    relaciones con los demás y de la experiencia pasada y
    presente con problemas psiquiátricos, todo ello en
    palabras del propio paciente. En ocasiones la historia se
    complementa con comentarios de otros miembros de la familia. Los
    psiquiatras utilizan la exploración del estado mental del
    mismo modo que los médicos de medicina general utilizan la
    exploración física. Identifican y clasifican los
    aspectos del funcionamiento mental del paciente.

    Ciertos diagnósticos dependen de otros
    especialistas. Los psicólogos realizan las pruebas de
    inteligencia y personalidad, así como las pruebas
    diseñadas para detectar lesiones cerebrales o de otras
    partes del sistema nervioso
    central. Los neurólogos también hacen pruebas a
    los pacientes psiquiátricos para detectar evidencias de
    lesión del sistema nervioso.
    En ocasiones los pacientes que presentan síntomas
    físicos son atendidos por otros especialistas. Los
    trabajadores sociales en el ámbito psiquiátrico
    atienden los problemas de la familia y de la comunidad. El
    psiquiatra integra toda esta información para establecer
    un diagnóstico según los criterios establecidos por
    los profesionales de la psiquiatría.

    Tratamiento: Los tratamientos psiquiátricos
    pueden ser de dos tipos: orgánicos y no orgánicos.
    Los tratamientos orgánicos, como los medicamentos, afectan
    al organismo de forma directa. Los tratamientos no
    orgánicos mejoran el estado del paciente por medios
    psicológicos, como la psicoterapia, o por
    introducción de cambios en su entorno social.

    Fármacos: Los fármacos
    psicotrópicos son el tipo de tratamiento orgánico
    más utilizado. Los primeros que se descubrieron fueron los
    antipsicóticos, utilizados para tratar la esquizofrenia.
    Las fenotiazinas son los fármacos antipsicóticos
    más utilizados. Otros antipsicóticos incluyen los
    tioxantenos, butirofenonas e índoles. Todos estos
    fármacos disminuyen los síntomas como el delirio,
    las alucinaciones y los trastornos de pensamiento. Debido a que
    reducen la agitación, se emplean en ocasiones para
    controlar el estado maníaco en pacientes
    maníaco-depresivos y para tranquilizar a pacientes
    geriátricos. Algunos trastornos de conducta en la infancia
    responden a estos fármacos.

    A pesar de su valor, los medicamentos
    antipsicóticos tiene efectos adversos. El más grave
    es el estado neurológico denominado disquinesia
    tardía, que aparece en pacientes que toman este tipo de
    medicamentos durante periodos de tiempo prolongados. El trastorno
    se caracteriza por movimientos anormales de la lengua, boca y
    cuerpo y cobra especial importancia porque estos síntomas
    no desaparecen siempre tras la retirada del fármaco y no
    tienen tratamiento conocido.

    La mayoría de los medicamentos
    antipsicóticos son sintéticos. Sin embargo, el
    carbonato de litio es un elemento natural utilizado para
    prevenir, o al menos reducir, la gravedad de las oscilaciones del
    humor en la psicosis maníaco-depresiva (véase
    Depresión). Es sobre todo eficaz para controlar la fase
    maníaca. Los psiquiatras deben controlar de forma
    minuciosa las dosis de litio, porque el margen entre la dosis
    efectiva y la dosis tóxica es muy estrecho.

    Los principales fármacos antidepresivos son de
    tres tipos. Los antidepresivos tricíclicos y
    tetracíclicos, los más utilizados, se emplean para
    las formas más frecuentes de depresión mayor. Los
    inhibidores de la monoaminoxidasa (IMAO) se utilizan en las
    depresiones atípicas. Los inhibidores selectivos de la
    recaptación de serotonina (ISRS) son eficaces tanto en la
    depresión típica como en la atípica. Aunque
    los tres tipos son bastante eficaces para mejorar la
    depresión en los pacientes diagnosticados de forma
    correcta también presentan inconvenientes. Los
    tricíclicos y tetracíclicos pueden tardar entre dos
    y cinco semanas en ejercer su acción y producen efectos
    secundarios como la sedación excesiva y problemas
    cardiacos. Los inhibidores de la MAO pueden producir
    hipertensión grave en los pacientes que ingieren ciertos
    alimentos
    (como algunos tipos de queso, cerveza y vino) o
    medicamentos (como medicinas para el resfriado). Los ISRS, como
    la fluoxetina (Prozac) tardan entre dos y doce semanas en ser
    efectivos y pueden producir cefalea, náuseas, insomnio y
    nerviosismo.

    La ansiedad, tensión (u otras alteraciones
    producidas por el estrés) y el insomnio se tratan por lo
    general con medicamentos denominados tranquilizantes menores. Los
    barbitúricos se han utilizado durante mucho tiempo, pero
    producen efectos secundarios graves y es más frecuente la
    adicción a los mismos que a los nuevos fármacos
    ansiolíticos. Entre éstos, las benzodiazepinas son
    las que se emplean con más frecuencia, muy a menudo fuera
    del ámbito psiquiátrico.

    Los fármacos estimulantes, como las anfetaminas
    —un fármaco que puede crear dependencia—
    tienen indicaciones en psiquiatría. Ayudan a controlar la
    hiperactividad y la falta de concentración en niños
    hiperactivos y sirven para estimular a los que padecen
    narcolepsia, un trastorno caracterizado por episodios de
    sueño incontrolables y súbitos.

    Otros tratamientos orgánicos: Otro tratamiento
    orgánico es la técnica terapeútica del
    electrochoque, o ECT, en la que se provocan convulsiones
    parecidas a las de la epilepsia mediante una corriente
    eléctrica que pasa a través del organismo. La
    ECT se utiliza con más frecuencia para el tratamiento de
    la depresión grave que no responde al tratamiento
    farmacológico. En ocasiones se emplea en el tratamiento de
    la esquizofrenia. Hay otras formas de tratamiento orgánico
    que se emplean con menor frecuencia que los medicamentos y la
    ECT. Incluyen la controvertida técnica denominada
    psicocirugía, en la que se seccionan fibras del cerebro.
    Una de estas técnicas, denominada lobotomía, se
    utiliza en muy raras ocasiones en la actualidad.

    Psicoterapia: La forma más utilizada de
    tratamiento no orgánico es la psicoterapia. La
    mayoría de las psicoterapias dirigidas por psiquiatras son
    de orientación psicodinámica —esto es, se
    centran en el conflicto psíquico interno y en su
    resolución como base para recuperar la salud
    mental—. El tratamiento psicodinámico
    prototípico es el psicoanálisis, que se dirige a
    descubrir las fuentes del conflicto inconsciente en el pasado y a
    reestructurar la personalidad del paciente. El
    psicoanálisis es el tratamiento en el que el paciente yace
    sobre un sofá, con el psicoanalista fuera de la vista, y
    dice lo que le viene a la mente. El paciente relata
    sueños, fantasías y recuerdos, junto con los
    pensamientos y sensaciones asociados con éstos. El
    psicoanalista ayuda al paciente a interpretar estas asociaciones
    y el significado de la relación entre el paciente y
    él mismo. Debido a que es largo y caro, a menudo de varios
    años de duración, el psicoanálisis
    clásico casi no se utiliza en la actualidad.

    Hoy son más frecuentes otras formas de
    psicoterapia más breves, que complementan los principios
    psicoanalíticos con otras teorías e informaciones
    con base científica. En estos tipos de tratamiento, los
    psiquiatras aconsejan a los pacientes e intentan influir en su
    conducta. Algunos utilizan técnicas derivadas de la
    terapia de conducta, que se basa en la teoría del
    aprendizaje (aunque estos métodos son empleados con
    más frecuencia por los psicólogos).

    Además de la psicoterapia, la otra forma
    principal de tratamiento no orgánico empleada en
    psiquiatría es la terapia ambiental. Se suele llevar a
    cabo en hospitales psiquiátricos y se dirige a las
    relaciones sociales con fines terapéuticos entre los
    pacientes y el personal. También se programan actividades
    intrahospitalarias para conseguir objetivos terapéuticos
    específicos.

    En general, la psicoterapia se emplea para el
    tratamiento de las neurosis y otros trastornos no
    psicóticos, y es menos frecuente su uso en las psicosis.
    En los pacientes psicóticos, que suelen recibir
    fármacos psicoactivos, la psicoterapia se emplea para
    mejorar su adaptación social y profesional. La terapia
    ambiental se limita a los pacientes hospitalizados. Los
    psiquiatras utilizan cada vez más una combinación
    de técnicas orgánicas y no orgánicas para
    todos los pacientes, que dependerá del diagnóstico
    y la respuesta al tratamiento.

    Trastornos mentales o Enfermedades
    mentales
    , afecciones o síndromes psíquicos y
    conductuales, opuestos a los propios de los individuos que gozan
    de buena salud mental. En general, son causa de angustia y
    deterioro en importantes áreas del funcionamiento
    psíquico, afectando al equilibrio
    emocional, al rendimiento intelectual y a la adaptación
    social. A través de la historia y en todas las culturas se
    han descrito diferentes tipos de trastornos, pese a la vaguedad y
    a las dificultades que implica su definición.A lo largo de
    la historia, y hasta tiempos relativamente recientes, la locura
    no era consideraba una enfermedad sino un problema moral
    —el extremo de la depravación humana— o
    espiritual —casos de maldición o de posesión
    demoníaca. Después de unos tímidos inicios
    durante los siglos XVI y XVII, la psiquiatría
    empezó a ser una ciencia respetable en 1790, cuando el
    médico parisino Philippe Pinel decidió quitar las
    cadenas a los enfermos mentales, introdujo una perspectiva
    psicológica y comenzó a hacer estudios
    clínicos objetivos. A partir de entonces, y desde que se
    inició el trabajo en los manicomios, se definirían
    los principales tipos de enfermedades mentales y sus formas de
    tratamiento.

    Clasificación: La clasificación de los
    trastornos mentales es todavía inexacta y varía
    según las escuelas y doctrinas psicopatológicas.
    Para uniformar criterios, la Organización Mundial de la
    Salud (OMS) creó la DSM, clasificación universal de
    los trastornos mentales que ha conocido hasta la fecha varias
    versiones.

    La mayoría de los sistemas de
    clasificación reconocen los trastornos infantiles (por
    ejemplo, el retraso mental) como categorías separadas de
    los trastornos adultos. Igualmente, distinguen entre trastornos
    orgánicos, los más graves provocados por una clara
    causa somática, fisiológica, relacionada con una
    lesión estructural en el cerebro, y trastornos no
    orgánicos, a veces también denominados funcionales,
    considerados más leves.

    Partiendo de la distinción en función de
    la gravedad y de la base orgánica, se diferencian los
    trastornos ‘psicóticos’ de los
    ‘neuróticos’. De forma general,
    psicótico implica un estado en el que el paciente ha
    perdido el contacto con la realidad, mientras que
    neurótico se refiere a un estado de malestar y ansiedad,
    pero sin llegar a perder contacto con la realidad. En su extremo,
    como formuló Sigmund Freud, el fundador del
    psicoanálisis, todos somos "buenos neuróticos", en
    tanto que los casos de psicosis son contados. Los más
    comunes son: la esquizofrenia, la mayor parte de los trastornos
    neurológicos y cerebrales (demencias) y las formas
    extremas de la depresión (como la psicosis
    maniaco-depresiva). Entre las neurosis, las más
    típicas son las fobias, la histeria, los trastornos
    obsesivo-compulsivos, la hipocondría y, en general, todos
    aquellos que generan una alta dosis de ansiedad sin que exista
    una desconexión con la realidad.

    Trastornos infantiles: Algunos trastornos
    mentales se hacen evidentes por primera vez durante la infancia,
    la pubertad o la adolescencia.

    El retraso mental se caracteriza por la incapacidad para
    aprender con normalidad y llegar a ser independiente y
    socialmente responsable como las personas de la misma edad y
    cultura. Los
    individuos con un cociente intelectual inferior a 70 se
    consideran retrasados en cuanto a su inteligencia.

    La hiperactividad, desorden que parte de un
    déficit en la atención y la concentración,
    se traduce en un exceso de ímpetu en el individuo que la
    padece, haciéndole incapaz de organizar y terminar su
    trabajo, de seguir instrucciones o perseverar en sus tareas,
    debido a una inquietud constante y patológica.

    Los trastornos ansiosos comprenden el miedo a la
    separación (abandono de la casa o de los padres), a evitar
    el contacto con los extraños y, en general, un
    comportamiento pusilánime y medroso.

    Otros trastornos mentales se caracterizan por la
    distorsión simultánea y/o progresiva de varias
    funciones psíquicas, como la atención, la
    percepción, la evaluación
    de la realidad y la motricidad. Un ejemplo es el autismo infantil,
    trastorno caracterizado por el desinterés del niño
    hacia el mundo que le rodea.

    Algunos problemas del comportamiento pueden ser
    también trastornos infantiles: la bulimia, la
    anorexia
    nerviosa, los ‘tics’, la tartamudez y demás
    trastornos del habla y la enuresis (incapacidad de controlar la
    micción, generalmente por las noches).

    Trastornos orgánicos mentales: Este grupo
    de trastornos se caracteriza por la anormalidad psíquica y
    conductual asociada a deterioros transitorios o permanentes en el
    funcionamiento del cerebro. Los desórdenes presentan
    diferentes síntomas según el área afectada o
    la causa, duración y progreso de la lesión. El
    daño cerebral procede de una enfermedad orgánica,
    del consumo de alguna droga lesiva
    para el cerebro o de alguna enfermedad que lo altere
    indirectamente por sus efectos sobre otras partes del
    organismo.

    Los síntomas asociados a los trastornos
    orgánicos mentales podrán ser el resultado de un
    daño orgánico o la reacción del paciente a
    la pérdida de capacidades mentales. Ciertos trastornos
    presentan como característica principal el delirio o un
    estado de obnubilación de la conciencia que impide
    mantener la atención, acompañado de errores
    perceptivos y de un pensamiento desordenado e inadaptado a la
    realidad.

    Otro síntoma frecuente de los trastornos
    orgánicos como la enfermedad de Alzheimer, es
    la demencia, caracterizada por fallos en la memoria, el
    pensamiento, la percepción, el juicio y la
    atención, que interfieren con el funcionamiento
    ocupacional y social. La demencia senil se da en la tercera edad
    y produce alteraciones en la expresión emocional
    (apatía creciente, euforia injustificada o
    irritabilidad).

    Esquizofrenia: La esquizofrenia abarca un grupo de
    trastornos graves, que normalmente se inician en la adolescencia.
    Los síntomas son las agudas perturbaciones del
    pensamiento, la percepción y la emoción que afectan
    a las relaciones con los demás, unido a un sentimiento
    perturbado sobre uno mismo y a una pérdida del sentido de
    la realidad que deteriora la adaptación social. El
    concepto de ‘mente dividida’, implícito en la
    palabra esquizofrenia, hace referencia a la disociación
    entre las emociones y la cognición, y no, como vulgarmente
    se supone, a una división de la personalidad que,
    más bien, hace referencia a otro tipo de trastornos como
    la personalidad múltiple o psicopatía, denominada
    así por el psiquiatra alemán Emil
    Kraepelin.

    Trastornos de la afectividad: Son aquellos
    trastornos en los que el síntoma predominante es una
    alteración del estado de ánimo. El más
    típico, la depresión, se caracteriza por la
    tristeza, el sentimiento de culpa, la desesperanza y la
    sensación de inutilidad personal. Su opuesta, la
    manía, se caracteriza por un ánimo exaltado,
    expansivo, megalomaníaco y también cambiante e
    irritable, que se alterna casi siempre con el estado
    depresivo.

    Trastornos Paranoides: Su síntoma
    principal son las ideas delirantes (creencia falsa, firmemente
    asentada, y resistente por ello a la crítica) y las
    más típicas son las de persecución (se
    considera víctima de una conspiración), las de
    grandeza (el sujeto se cree de ascendencia noble, principesca,
    santa, genial e incluso divina) o las celotípicas (celos
    desmedidos). En cualquier caso, la personalidad paranoide es
    defensiva, rígida, desconfiada y egocéntrica, por
    lo que tiende a aislarse y puede llegar a ser violentamente
    antisocial. Este trastorno normalmente suele iniciarse en la
    mitad o al final de la vida, destruyendo las relaciones sociales,
    sobre todo las de pareja.

    Trastornos de ansiedad: La ansiedad es el
    síntoma predominante en dos casos: los desórdenes
    que suponen pánico ante situaciones concretas y los
    trastornos ansiosos generalizados.

    En las fobias y las neurosis obsesivo-compulsivas, el
    pánico aparece cuando el individuo intenta dominar otros
    síntomas: el miedo irracional, desmedido, a una
    situación, objeto o animal concretos que altera su vida
    cotidiana. Entre las más perturbadoras está la
    agorafobia, miedo a los espacios abiertos o muy cerrados
    (claustrofobia), tras el cual se oculta en realidad un miedo
    desmedido a la muerte o al propio pánico, y que impide a
    los que la sufren salir a la calle. Por otro lado, las
    obsesiones, neurosis cada vez más frecuentes (frente a la
    histeria, que ha ido disminuyendo su frecuencia), consisten en
    pensamientos, imágenes,
    impulsos o ideas repetitivas y sin sentido para la persona, que
    se ve, sin embargo, sometida a ellos. Por último, la
    compulsión es la tendencia irrefrenable a repetir
    mecánicamente comportamientos inútiles, rituales de
    comprobación o de previsión (por ejemplo, lavarse
    las manos más de treinta veces al día o revisar una
    y otra vez la llave de paso del gas).

    Otros trastornos neuróticos: Además
    de la depresión neurótica y otros trastornos
    ansiosos, hay diversas situaciones que tradicionalmente se han
    considerado neuróticas, como la histeria, las reacciones
    de conversión (de un conflicto psíquico a una
    enfermedad orgánica irreal), la hipocondría y los
    trastornos disociativos.

    Los llamados trastornos psicosomáticos se
    caracterizan por la aparición de síntomas
    físicos sin que concurran causas físicas aparentes.
    En la histeria, las quejas se presentan de forma teatral y se
    inician, por lo general, en la adolescencia, para continuar
    durante la vida adulta. Es un trastorno que se ha diagnosticado
    con mayor frecuencia en mujeres que en hombres, y en su extremo
    —la histeria de conversión— aparecen
    parálisis que imitan trastornos neurológicos, de
    modo similar al dolor psicogénico que no presenta una
    causa física aparente. Por último, en la
    hipocondría el síntoma dominante es el miedo
    irracional a la enfermedad.

    Entre las formas disociativas de trastorno mental
    están la amnesia psicológica y la personalidad
    múltiple (antaño conocida como histeria de la
    personalidad alternante), una extraña enfermedad en la que
    el paciente comparte dos o más personalidades distintas,
    alternando el predominio de una o de otra (es el caso de la obra
    de Robert Louis Stevenson Dr. Jekyll y Mister Hyde y de la
    película de Alfred Hitchcock, Psicosis).

    Trastornos de la personalidad: A diferencia de lo
    episódico de los trastornos neuróticos e incluso de
    algunos psicóticos, los trastornos de la personalidad
    duran toda la vida; determinados rasgos de la personalidad del
    enfermo son tan rígidos e inadaptados que pueden llegar a
    causar problemas laborales y sociales, daños a uno mismo y
    probablemente a los demás.

    La personalidad paranoide se caracteriza por la
    suspicacia y la desconfianza. La esquizoide ha perdido la
    capacidad e incluso el deseo de amar o de establecer relaciones
    personales, mientras que la esquizotípica se caracteriza
    por el pensamiento, el habla, la percepción y el
    comportamiento extraños. Las personalidades
    histriónicas se caracterizan por la teatralidad de su
    comportamiento y de su expresión, relacionadas en parte
    con el siguiente tipo, la personalidad narcisista, que demanda la
    admiración y la atención constante de los
    demás.

    Las personalidades antisociales (antes conocidas como
    psicopatías) se caracterizan por violar los derechos de
    los demás y no respetar las normas sociales. Este tipo de
    personalidad es inestable en su autoimagen, estado de
    ánimo y comportamiento con los demás, y los
    ‘evitadores’ son hipersensibles al posible rechazo,
    la humillación o la vergüenza. La personalidad
    dependiente es pasiva hasta el punto de ser incapaz de tomar una
    decisión propia, forzando a los demás a tomar las
    decisiones en su lugar. Los ‘compulsivos’ son
    perfeccionistas hasta el extremo e incapaces de manifestar sus
    afectos. Por último, los ‘pasivos-agresivos’
    se caracterizan por resistirse a las exigencias de los
    demás a través de maniobras indirectas, como la
    dilación o la holgazanería.

    Incidencia y distribución: Es imposible saber con
    exactitud cuántos individuos padecen trastornos mentales.
    Los registros de
    admisión a los centros psiquiátricos pueden ser
    orientativos, pero hay que tener en cuenta que excluyen a un
    amplio número de personas que nunca buscan tratamiento por
    no considerar que sufren algún trastorno.

    De estos últimos, la mayor parte presenta
    trastornos menores, ya que el riesgo de sufrir
    una esquizofrenia alguna vez en la vida es de un 1%, mientras que
    el de sufrir una depresión —el trastorno mental
    más común en la actualidad, e incluso el motivo de
    consulta médica en atención primaria más
    frecuente— es de un 10%. Actualmente existe una
    preocupación cada vez mayor por los trastornos mentales
    orgánicos, puesto que inciden con más frecuencia en
    las personas mayores, un sector de población que
    está aumentando vertiginosamente en los países
    más desarrollados.

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    GUÍA MEDICA PARA LA FAMILIA. 1997, Zeta Multimedia.

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    Forenses para Médicos y Abogados. Lehmann Editores. 1980.
    San José, Costa
    Rica.

    YANES, Thais. Medicina Legal. Caracas,
    Venezuela.

    RECONOCIMIENTO.

    Dedicamos este trabajo a nuestro profesor,

    el Doctor Noel Pantoja, a quien siempre

    hemos admirado y respetado.

     

      

    RUIZ T. SAMUEL S.

    Caracas

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