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Propuesta del reglamento para usuarios del laboratorio de cómputo académico (ENBA)




Enviado por salvadorelias2003



    Indice
    1.
    Disposiciones generales

    2. El horario de
    servicio

    3. De las funciones y
    servicios

    4. De los derechos de los
    usuarios

    5. De las obligaciones de los
    usuarios.

    6. De la disciplina y prohibiciones a los
    usuarios
    .

    8. Transitorios

    1. Disposiciones
    generales

    Artículo 1. El presente reglamento se expide con
    fundamento en el Acuerdo No.149 de la Secretaría de
    Educación
    Pública, publicado en el Diario Oficial de la
    Federación el 14 de diciembre de 1988 y tiene como
    objetivo dar a
    conocer los derechos y obligaciones
    de los usuarios del Laboratorio de
    Cómputo Académico de la Escuela Nacional
    de Biblioteconomía y Archivonomia. 

    Artículo 2. Esta normativa regirá el uso y
    funcionamiento de todos los espacios que conforman el Laboratorio
    de Cómputo Académico, (Laboratorios, Aulas, Sala
    ENBA-Dialog, Cubículos y Áreas Comunes), quedando
    excluido cualquier otra área que no corresponda al mismo,
    y deberá ser observada por todos los usuarios, personal
    adscrito, comisionado y visitantes eventuales del
    Laboratorio.

    Este Reglamento entra en vigor a partir del 4 de
    septiembre del 2003 y tendrá vigencia hasta la
    aparición de una actualización.

    Artículo 3. El Laboratorio de Cómputo
    Académico tendrá los siguientes
    objetivos

    1. Apoyar las funciones de
      docencia, investigación y de la difusión de
      la ENBA, complementándose con los de
      actualización, capacitación y mantenimiento en las actividades de
      cómputo que la institución proponga.
    2. Proporcionar los espacios y los recursos de
      hardware y
      software para
      la formación de los alumnos de la ENBA en el uso de las
      herramientas
      de cómputo, informática y telecomunicaciones que apoyen el quehacer
      bibliotecario y archivístico.
    3. Proporcionar los espacios y recursos de
      hardware y
      software,
      así como el apoyo docente o de asesoría que los
      docentes demandan para coadyuvar a la actualización que
      en materia
      tecnológica la ENBA demande.

    Artículo 4. Se consideran usuarios, a las
    personas que reúnan los requisitos señalados en las
    fracciones I y II de este artículo y éstos se
    clasifican en usuarios internos, externos y
    temporales.

    1. Usuarios Internos: Son aquellos que forman parte de
      la comunidad de la
      ENBA, tales como los alumnos inscritos regularmente, el
      personal
      académico en activo, el personal de apoyo y asistencia a
      la
      educación en activo, los funcionarios de la ENBA,
      los tesistas registrados y prestadores de servicio
      social que cubran los requisitos señalados en el
      presente reglamento y que requieran los servicios
      del Laboratorio de Cómputo Académico con fines
      académicos.
    2. Usuarios externos: Son todas aquellas personas que no
      se encuentran en los supuestos de la fracción anterior,
      que estén inscritos temporalmente en algún curso
      o participen en algún evento especial organizado por la
      ENBA y que por tal motivo requieran del uso de alguno de los
      recursos y/o servicios
      del Laboratorio de Cómputo Académico.
    3. Usuarios temporales: Son aquellos que por motivos
      académicos de actua-lización, capacitación o regularización
      recurren a los servicios promocionados por la
      institución de forma abierta.

    2. El horario de
    servicio

    Artículo 5. El Laboratorio de Cómputo
    Académico ofrece sus servicios, en sus diferentes
    espacios, en los siguientes horarios:
    Servicios e Impresión:
    Lunes a Viernes: 08:15 a 21:45 hrs.
    Sábado: 10:00 a 14:45 hrs.
    Laboratorio de Cómputo Académico y
    Digitalización
    Lunes a Viernes: 08:15 a 21:45 hrs.
    Sábado: 10:00 a 14:45 hrs.
    Sala ENBA-Dialog y Salones A, B y C (*)
    Lunes a Viernes: 08:15 a 21:45 hrs.
    Sábado: 10:00 a 14:45 hrs.

    (*) El uso libre esta determinado por la Docencia en
    estos espacios y por el control de
    acceso.
    Artículo 6. Los horarios de servicio
    señalado en el artículo anterior no serán
    aplicable en los días de descanso obligatorio de acuerdo
    con el calendario escolar emitido por la SEP o en aquellos
    días en que por disposición de las autoridades
    competentes se estime necesario, en cuyo caso se
    suspenderán las labores, previo aviso.

    3. De las funciones y
    servicios

    Artículo 7. Serán funciones del
    Laboratorio de Cómputo Académico y del personal del
    mismo:

    1. Ejecutar las actividades técnicas, docentes, de control,
      administración, funcionamiento del mismo,
      sin perjuicio de cualquier otra que le atribuya la normativa
      interna de la ENBA.
    2. Controlar, administrar y mantener en operación
      y buenas condiciones todo el equipo e instalaciones asignadas
      para brindar el servicio para el que está destinado el
      Laboratorio.
    3. Vigilar la ejecución y observación de las normas del
      presente reglamento así como las complementarias o
      transitorias que sean emitidas por alguna autoridad
      competente, así mismo deberá aplicar las
      sanciones que sean derivadas de
      los reglamentos mencionados.
    4. Proporcionar los servicios para la impartición
      de las asignaturas que requieren el uso de los recursos de
      cómputo, de acuerdo a los planes y programas de
      estudio vigentes.
    5. Proporcionar el material, dispositivos y equipo de
      cómputo necesario para el acceso a programas de
      software de uso general y de uso especializado, a bibliotecas
      y archivos dentro
      del Laboratorio y legalmente adquirido por la ENBA.
    6. Organizar la impartición de docencia y
      asesorías de acuerdo con las normas y planes
      de estudio vigentes y la disponibilidad de tiempo.
    7. Colaborar con los docentes de las áreas de
      Archivonomía y Biblioteconomía en la
      elaboración, propuesta y actualización de los
      planes de estudio y su adecuación docente en las
      materias de cómputo, informática y telecomunicaciones.
    8. Apoyar la enseñanza especializada y de información continua que en materia de
      cómputo, informática o telecomunicaciones se le
      confiera y capacite.
    9. Fomentar la renovación y actualización
      técnica y pedagógica de sus miembros.
    10. Proporcionar apoyo a las actividades de la
      Subdirección Académica que requieran
      paqueterías y uso de instrumentos y herramientas
      propiedad de
      la institución para salvaguardar la integridad y
      conservación de los mismos

    Articulo 8. El Laboratorio de Cómputo
    Académico ofrece los siguientes servicios a los
    usuarios.

    1. Asesorías para el manejo de programas,
      aplicaciones, sistemas
      operativos, dispositivos en general que correspondan a
      computación, informática y
      telecomunicaciones.
    2. Servicios de impresión de acuerdo a los
      horarios de servicio establecidos en el artículo
      5.
    3. Servicio Docente a docentes y personal institucional
      que así lo requiera, previa solicitud por escrito,
      programándolo de acuerdo los requerimientos formales y
      los tiempos disponibles del personal del propio
      Laboratorio.
    4. Servicio de apoyo, actualización y/o
      capacitación sobre las materias o materiales
      de cómputo, informática y telecomunicaciones que
      se programen en los períodos
      Intersemestrales.
    5. Brindar el apoyo técnico necesario para la
      instalación, uso y manejo de los equipos, accesorios y
      dispositivos
      periféricos solicitados para apoyo
      académico.
    6. Preparar los instrumentos necesarios para la
      utilización de los equipos por parte de los usuarios,
      siempre en estricto apego a una buena planificación y a una solicitud por
      escrito donde se especifique requerimientos y horario. Dicha
      petición estará sustentada por la existencia de
      el Hardware y/o Software con que cuente ésta
      Institución.

    4. De los derechos de los
    usuarios

    Artículo 9. Son derechos de los usuarios del
    Laboratorio de Cómputo Académico, los
    siguientes:

    1. Tener acceso a los servicios del Laboratorio, mismos
      que se proporcionarán de acuerdo a los términos
      de este reglamento.
    2. Ser atendido con cortesía y respeto por
      el personal del Laboratorio.
    3. Recibir la información y orientación que
      requieran, por parte del personal del Laboratorio, con respecto
      a los servicios que brinda el mismo y en los términos
      del presente reglamento.
    4. Utilizar los recursos del Laboratorio, bajo los
      lineamientos y normas establecidas por el presente
      reglamento.
    5. Formular sugerencias que estimen oportunas para
      mejorar la calidad del
      servicio que se brinda.
    6. Ser informado sobre los horarios y planificación de uso, en medida de lo
      posible a través de anuncios del
      Laboratorio.
    7. Participar en las actividades organizadas con
      carácter general y
      académico.

    5. De las obligaciones
    de los usuarios.

    Artículo 10. Son obligaciones de los usuarios del
    Laboratorio de Cómputo Académico.

    1. El conocimiento
      y cumplimiento del presente reglamento.
    2. Tratar con cortesía y respeto a
      los docentes, empleados y demás usuarios del
      Laboratorio.
    3. Dar un uso adecuado al equipo y mobiliario del
      Laboratorio para evitar daños y/o
      descomposturas
    4. Reponer el equipo, mobiliario o cualquier otro
      dispositivo en caso de deterioro, pérdida total o
      parcial y que sean ocasionadas por el usuario, el cual
      deberá sustituirlos por otros con las mismas características y marca.
    5. Presentar en caso de que se requiera, credencial
      vigente de la ENBA para ingresar a las instalaciones del
      Laboratorio.

      1. Al realizar su trabajo, respaldará su
        información para prevenir pérdidas de la
        misma. Todo trabajo residente en el espacio de disco
        duro será purgado semanalmente cada viernes,
        para evitar virus y
        sobresaturación de espacio.
    6. Cooperar con el personal del laboratorio de
      cómputo para la consecución de los fines de
      servicio y conservación del equipo. Respetando las
      disposiciones de uso de los equipos y espacios del
      mismo.
    7. Registrarse en los sistemas de
      control vigentes para cada uno de los espacios a utilizar
      como un requisito indispensable para tener derecho a hacer uso
      de los servicios del Laboratorio.
    8. Revisar la integridad de sus discos de trabajo,
      así como también del equipo a utilizar. En caso
      de encontrar el equipo infectado de virus,
      deberá de reportarlo de inmediato con los encargados del
      Laboratorio.

    1. NORMAS PARA DOCENTES

    La Jefatura de Licenciaturas asignará
    sesiones y uso de las instalaciones del Laboratorio para
    los cursos y
    apoyos a las distintas áreas de la Escuela Nacional de Biblioteconomía
    y Archivonomia de acuerdo a la disponibilidad de las
    salas y con solicitud anticipada de los docentes y
    miembros e la Comunidad.

    Son obligaciones de los docentes :

    1. Solicitar el apoyo del personal de
      Laboratorio cuando desconozca la utilización de
      alguna herramienta de cómputo.
    • Poner en estado de Reposo (StandBy) al proyector
      al menos 10 minutos antes de terminar su exposición de dos horas (si
      requiriese mas tiempo respetar el periodo de reposo de
      al menos 15 minutos cada dos horas), permitiendo con
      esto conservar el equipo en óptimas
      condiciones.
    • Solicitar sesiones extras con una semana de
      anticipación y la asignación de
      éstas, dependerá de la disponibilidad de
      salones y proyectores, así como de los equipos
      que se requieran.
    • Contar con una capacitación previa
      acerca del uso y manejo del equipo de la sala
      ENBA-Dialog para evitar su descompostura o
      pérdida.
    • Mantener el orden y supervisar que los
      alumnos hagan uso adecuado de programas y equipo de
      cómputo, en las sesiones reservadas para los
      cursos.
    • Respetar la tolerancia de 15 minutos para asistir a
      una sesión reservada, transcurrido ese tiempo,
      el control del salón pasará al
      Laboratorio de Cómputo quien podrá
      disponer del espacio y del equipo para asignarlo a
      otros usuarios.
    • Reportar inmediatamente cuando algún
      equipo de cómputo se comporte anormalmente al
      encargado de turno del Laboratorio de Cómputo, y
      evitar así se le responsabilice por el uso
      inadecuado del equipo.
    • Solicitar que sus alumnos al término
      de su clase desalojen la sala para que los usuarios de
      la siguiente sesión puedan trabajar. Así
      como verificar que todos y cada uno de los componentes
      del equipo a él asignado estén
      completos.
    • Abstenerse él y sus alumnos de
      intercambiar partes o componentes de los equipos a
      él confiados, ya que el será el
      único responsable de los daños que
      ocurriesen a los equipos.
    • Permitir que el personal del laboratorio
      revise e inspeccione el
      estado y condición de los equipos para la
      siguiente clase al menos con 5 minutos de
      anticipación, y así deslindar
      responsabilidades.

    1. NORMAS PARA ALUMNOS

    Son obligaciones de los alumnos :

    1. Realizar la entrada en orden a las
      instalaciones del Laboratorio de Cómputo
      Académico para evitar accidentes a usuarios y
      equipos.
    • Guardar el comportamiento y el orden que no afecten
      la
      moral y las buenas costumbres dentro de las
      instalaciones del Laboratorio de Cómputo
      Académico, en especial las parejas que
      demuestran su cariño en forma muy
      efusiva.
    • Traer el papel bond de 75 g/m2 (blanco) necesario
      para sus trabajos y en buen estado para obtener impresiones
      únicas de los mismos sin exceder las 25
      páginas. Por otra parte, No podrá
      realizar impresiones en hojas especiales (de color, estampadas, tamaño oficio,
      acetatos, etc.) que propicien su atasque en las
      impresoras.
    • Ser considerado con los demás usuarios
      y utilizar el Internet y los equipos con un
      máximo de 2 horas por usuario y sólo para
      fines académicos, en ningún caso
      podrá utilizarse éste recurso para fines
      de diversión o entretenimiento (chats, talks,
      write, bbs, ICQ, juegos, etc.), salvo los ordenados por
      docentes en casos grupales y estando presente el
      titular.
    • Permanecer en el Laboratorio de
      Cómputo Académico el tiempo que tenga
      asignado y al término de esto notificar al
      personal del mismo la terminación de la
      sesión de trabajo. Asimismo, tendrá una
      tolerancia de 15 minutos para usar el
      equipo que haya reservado, después de ese tiempo
      pierde sus derechos en esa hora aunque se hubiese
      registrado. Pasando el control al mismo Laboratorio
      para su reasignación.
    • Abstenerse de utilizar los espacios del
      Laboratorio de Cómputo Académico como
      lugares de tertulia, juegos o estudios ajenos al área,
      evitando permanecer en los espacios de pasillos y
      corredores del área, ya que contribuyen a
      generar desorden.
    • Abstenerse de imprimir documentos personales y de parientes o
      amigos que no tengan relación alguna con las
      materias que se cursan en ésta
      institución Por ejemplo (poemas, artículos, moda, canciones, etc.). Por tal motivo,
      el alumno en todo trabajo deberá incluir una
      carátula donde resalte la asignatura, grupo y el nombre del
      docente.
    • Abstenerse de utilizar el equipo de
      cómputo como reproductor de discos compactos ya
      que se desvirtúa el uso de esta herramienta de
      almacenamiento, además de que
      propicia el deterioro del equipo y que en lo futuro su
      reparación resulte onerosa para la
      institución.
    • Reportar cualquier anomalía que
      encuentre en el equipo o en los programas con el fin de
      no ser señalado como responsable y ser
      sancionado
    • El ultimo mes de clase del semestre escolar,
      quedara estrictamente prohibido usar Internet para fines no académicos
      de 9 a.m. a 9 p.m.
    1. Al terminar de trabajar, todo usuario
      deberá cerrar la sesión para evitar que
      otro usuario utilice el equipo y pueda ocasionar
      problemas, toda responsabilidad recaerá sobre el
      usuario que haya dejado abierta la
      sesión
    • Abstenerse de enviar mensajes a otros
      usuarios a través de la red.
    • Abstenerse de utilizar por más de 15
      minutos el correo
      electrónico, en tal caso redactará
      contestaciones y documentos anexos con
      anticipación para su correspondiente
      envío.
    • Evitar el realizar impresiones que tengan
      gráficos o dibujos y que aumenten la densidad de impresión de tonos
      grises y oscuros, deberán cubrir un costo mínimo de un peso por cada
      hoja, ya que el tonner o tinta de las impresoras sufre un desgaste más
      rápido por ese motivo, propiciando desperdicio
      de recursos y no poder imprimir aún más
      trabajos.
    • Evitar el utilizar grabadoras, radio o equipo de sonido sin audífonos dentro de
      los espacios del Laboratorio de Cómputo
      Académico.

    XI.
    NORMAS PARA EL PERSONAL DE LABORATORIO DE
    COMPUTO

    Son obligaciones del personal del Laboratorio de
    Cómputo Académico:

    1. Tratar con cortesía y respeto a los
      docentes, empleados y demás usuarios del
      Laboratorio.
    • Dar un uso adecuado al equipo y mobiliario
      del laboratorio para evitar daños y/o
      descomposturas
    • Reponer el equipo, mobiliario o cualquier
      otro dispositivo en caso de deterioro, de
      pérdida total o parcial, el cual deberá
      ser sustituido por otro con las mismas características.
    • Proporcionar los servicios de
      impresión, siempre y cuando el usuario registre
      con anticipación la solicitud de éste
      servicio y que el personal este disponible para
      efectuarla.
    • Proporcionar asesoría en uso y manejo
      de paqueterías de uso autorizado para la
      institución
    • Ser para los demás usuarios un ejemplo
      a seguir, dando la pauta en el uso y aprovechamiento de
      los recursos. Manteniendo ante todo una imagen de responsabilidad y respeto que propicie
      una buena convivencia en los espacios del Laboratorio
      de Cómputo Académico.

    Articulo 11. Para el acceso al
    laboratorio, los tesistas y prestadores de servicio social
    deberán presentar oficio de autorización de la
    ENBA, que los acredite como miembros de la comunidad, requisito
    sin el cual no se permitirá dicho acceso.

    Articulo 12. Para que los usuarios externos, tengan
    acceso a los servicios del Laboratorio de Cómputo
    Académico será necesario presentar
    autorización por escrito expedida por alguna autoridad de
    la ENBA, quedando como aval o en el caso de los cursos ofrecidos
    por la Escuela, comprobante de inscripción al mismo
    debiendo además presentar una identificación
    oficial vigente y proporcionar los datos que el
    personal del Laboratorio le solicite. El acceso al mismo
    será condicionado únicamente durante el periodo
    para el cuál esté autorizado o durante el tiempo
    que dure el curso al que está inscrito.

     
    6. De la disciplina y
    prohibiciones a los usuarios.

    Articulo 13. Queda prohibido a los usuarios del
    Laboratorio de Cómputo Académico:

    1. Ingresar a los espacios del Laboratorio sin cubrir
      los requisitos previamente establecidos en el presente
      reglamento.
    2. Introducir, consumir o presentarse bajo los efectos
      de bebidas embriagantes, Narcóticos, drogas,
      enervantes o psicotrópicos, en los espacios del
      Laboratorio.
    3. Introducir armas de fuego,
      punzo cortantes o de cualquier otro tipo, que pudieran poner en
      peligro la vida o salud de los usuarios,
      docentes y empleados del Laboratorio.
    4. Dañar intencionalmente cualquier componente
      del equipo de cómputo, así como extraer, borrar o
      cambiar la forma de operación del programa
      instalado en la
      computadora Los usuarios que dañen los programas o
      equipo deberán pagar el costo de
      reparación o de adquisición según sea el
      caso, independientemente de la sanción a que se hagan
      acreedores.
    5. Desconectar o cambiar de lugar los elementos o
      periféricos conectados a las computadoras; tales como escáner,
      teclados, ratones, etc. Acción que ocasionará la
      suspensión inmediata del servicio
    6. Utilizar los equipos de cómputo como máquinas
      de juegos o acceder a servicios que impliquen el uso de juegos
      interactivos.
    7. Utilizar el equipo de Laboratorio, para desarrollar
      programas, proyectos o
      trabajos ajenos al interés
      académico de la Institución, así como uso
      del servicio con fines de lucro.
    8. Copiar, alternar o cargar software no autorizados o
      sin la licencia correspondiente en los equipos del
      Laboratorio.
    9. Cambiar o borrar los protectores de pantalla de
      escudos o imágenes
      institucionales.
    10. Utilizar los recursos del Laboratorio para acceder
      equipos locales o remotos a los cuales el usuario no tenga
      autorización explícita en su uso o intente violar
      la seguridad de
      acceso
    11. Utilizar claves de acceso de otros usuarios o
      permitir que usen la propia.
    12. El uso, instalación, revisión y acceso
      a sitios de pornografía en las instalaciones y/o a
      través de la Red ENBA.
    13. El cambio de la
      configuración de los equipos que se encuentran en el
      Laboratorio.
    14. Fumar, introducir o consumir alimentos y/o
      bebidas en los espacios del Laboratorio.
    15. Alterar las condiciones de higiene,
      limpieza y disciplina
      del Laboratorio.
    16. Introducir alimentos,
      líquidos, acompañantes, niños
      o mascotas a las salas de cómputo.
    17. No acatar las disposiciones sobre uso,
      disposición de espacios y protección de los
      equipos que establezca el personal que labora en el
      Laboratorio.
    18. No respetar los espacios y tiempos asignados por el
      personal del Laboratorio, en periodos de alta demanda,
      para el uso de servicios de cómputo.
    19. Cambiarse de una Máquina a otra, sin
      registrarse previamente y una autorización
      previa.

    7. De las
    sanciones

    Artículo 14. Las infracciones a lo dispuesto en
    el presente reglamento motivará la aplicación de
    amonestaciones y sanciones graduales, considerando ante todo la
    gravedad del hecho constitutivo de la infracción, de sus
    consecuencias, así como la intencionalidad y reincidencia
    de la infracción

    1. Se suspenderán los derechos y servicios por
      todo un día quien infrinja lo dispuesto por el
      artículo 10, inciso VII.
    2. Será causa de suspensión inmediata de
      sus derechos y servicios por un semestre quien viole lo
      dispuesto por el artículo 13, en sus incisos II al
      IV.
    3. Se suspenderán los derechos y servicios por
      una semana quien infrinja lo dispuesto por el artículo
      13, en sus incisos V al XIII.
    4. Se amonestara por escrito a todo usuario que viole el
      contenido del artículo 13, en sus incisos XIV al
      XIX.
    5. La acumulación de 2 amonestaciones por escrito
      dará cabida a la suspensión del servicio del
      Laboratorio, hasta por 4 semanas.
    6. La acumulación de 3 amonestaciones escritas
      dará por concluido el servicio del Laboratorio al
      usuario durante lo que reste del semestre escolar.
    7. Quienes hayan causado baja en los servicios del
      Laboratorio de Cómputo Académico por
      acumulación de amonestaciones escritas deberán
      presentar carta
      compromiso al inicio del siguiente semestre para tener derechos
      condicionados a los servicios que presta el
      Laboratorio.
    8. No se prestará ningún tipo de servicios
      a quienes hayan sido suspendidos en sus derechos por 2
      semestres, ya sea en forma consecutiva o
      discontinua.

    8.
    Transitorios

    Artículo 15. El Laboratorio de Cómputo
    Académico se reserva el derecho de determinar la
    duración de las sesiones de trabajo por usuario, en
    función
    de la demanda y
    equipo disponible.
    Artículo 16. Cualquier situación no prevista en el
    presente reglamento será resuelta por la autoridad
    competente de la Subdirección Académica, o en su
    caso, el área de Asuntos Jurídicos para su dictamen
    o solución.
    Artículo 17. La Subdirección Académica se
    reserva el derecho de modificar, adecuar o actualizar el presente
    reglamento de acuerdo a las necesidades del área y
    teniendo siempre el aval de las autoridades superiores
    competentes.
    Artículo 18. El presente Reglamento entrará en
    vigor al día siguiente de su publicación en el
    órgano informativo de la Escuela Nacional de
    Biblioteconomía y Archivonomia.

     

     

    Autor:

    Lic. Salvador Elías Rodríguez Solís
    Licenciado en Administración de la Universidad
    Autónoma Metropolitana Iztapalapa y Técnico en
    Informática del IPN ("Juan de
    Dios Batíz")

    Docente de Cómputo de la Escuela Nacional de
    Biblioteconomía y Archivonomía.
    México,
    Octubre del 2003.

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