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Donacion de organos




Enviado por smgt22



    1. Introducción
    2. Planteamiento del
      problema
    3. Hipótesis
    4. Antecedentes en
      México
    5. Conocimiento del proceso de
      donación y trasplante
    6. Facilitadores de la
      donación
    7. Principio de
      beneficencia
    8. ¿Qué opinan las
      religiones acerca de transplantes de
      órganos?
    9. Los trasplantes y el
      Derecho
    10. Aspectos legales en
      México
    11. Anexos
    12. Conclusión
    13. Bibliografía

    PROLOGO

    La salud es el regalo mas
    preciado de la vida, sin esta es difícil disfrutar al
    máximo todos los acontecimientos especiales en los que
    ríes, juegas amas, sientes, sueñas, anhelas, viajas
    y demás momentos que se nos presentan en la
    vida.

    Para quien goza de buena salud es casi imposible
    percibir el dolor, ansiedad, depresión
    e impotencia que padece un enfermo; lo que si es imposible de
    creer es que existiendo la manera de salvar múltiples
    vidas, esta oportunidad se desperdicie por falta de información o desconfianza, al negarnos a
    donar nuestros órganos a nuestra muerte o a
    la muerte de
    algún familiar, sin pensar que un ser querido nuestro o
    nosotros podríamos estar en la misma situación de
    ese enfermo, en un futuro.

    Donar o recibir un órgano parece estar lejos de
    nuestro entorno cuando en nuestra vida todo marcha bien con
    nuestra salud y la de nuestra familia, pero es
    bien conocido que la salud no es para siempre y que no estamos
    exentos a perderla, es por eso que en este trabajo quiero
    hablar sobre lo que es y significa la donación de
    órganos. No es un simple problema de doctores y algunos
    enfermos; esto es un problema de carácter moral que
    envuelve a toda la sociedad, y
    debido a que concierne a la sociedad, concierne de igual manera a
    las leyes que nos
    rigen.

    Este trabajo va dedicado a todas aquellas personas que
    en algún momento de nuestra vida hemos sentido temor
    hablar sobre este tema, por eso fue realizado para conocer mas a
    fondo esta problemática y así en un futuro poder ayudar a
    personas enfermas que necesitan de nosotros dando con amor lo que
    algún día nos perteneció y que anhelan con
    tanta esperanza.

    INTRODUCCIÓN

    Un trasplante es la sustitución de un
    órgano o tejido que ya no funciona con el objetivo de
    restituir las funciones
    perdidas. En muchos pacientes, el trasplante es la única
    alternativa que puede salvarle la vida y recuperar la calidad de la
    misma. Los trasplantes de órganos constituyen un logro
    terapéutico, vinculado históricamente al propio
    desarrollo
    cultural de la Humanidad y al deseo de perpetuarse y de alcanzar
    la inmortalidad.

    Pueden necesitar un órgano las personas con
    insuficiencia
    renal, hepática, cardiaca, pulmonar, ceguera,
    leucemia, etc., en fase terminal e irreversible, quienes tienen
    la esperanza de recibir un órgano o tejido para poder
    ampliar su esperanza de vida. Un familiar tuyo o tú mismo
    pueden necesitarlo o ser beneficiados por un trasplante. Y se
    obtienen de vivos relacionados: padres, hijos, tíos,
    hermanos, etcétera y de personas que en vida han decidido
    que después de su muerte sus órganos y tejidos salven o
    mejoren la vida de otros.

    Los donadores pueden ser personas vivas, quienes
    solamente pueden donar aquellos órganos que no afecten las
    funciones que requiere el organismo para mantener un buen
    estado de
    salud.

    También existen donantes de órganos de
    cualquier edad, que a causa de traumatismos y hemorragia
    cerebral, etcétera, fallecen en un hospital con problemas que
    afectan directamente al cerebro
    provocando el estado que
    se conoce como muerte cerebral que es muerte total e irreversible
    a pesar de que el corazón
    sigue latiendo.

    La muerte cerebral es el estado fisiológico que
    se caracteriza por ausencia completa y permanente de conciencia, de
    respiración espontánea y de los
    reflejos de los pares craneales y medulares; falta de percepción
    de los estímulos externos; atonía de todos los
    músculos. Todo ello debido a la pérdida de la
    función
    cerebral lo que constituye muerte total e irreversible pero con
    corazón latiente y respiración sostenida por un
    respirador mecánico

    Los transplantes en México son
    una realidad que se construye diariamente desde hace mas de tres
    décadas. Hoy en día constituyen una
    intervención quirúrgica de rutina para el cuerpo
    medico, que gracias a su esfuerzo y capacidad y pese a la
    escasez de
    recursos han
    obtenido resultados a la altura de los mejores programas del
    mundo.

    PLANTEAMIENTO
    DEL PROBLEMA

    Gracias a los avances
    tecnológicos, científicos y médicos que
    han existido a lo largo de la historia se a podido alargar
    y mejorar la vida de enfermos con diferentes deficiencias de una
    u otra manera, pero ahora a través de la donación
    de órganos las personas pueden tener la posibilidad de
    respirar, sentir, correr soñar y amar por mas tiempo o de
    tener la posibilidad de ver por primera vez.

    Los órganos y tejidos que se pueden donar son:
    córnea,  piel, hígado,
    hueso, riñón, corazón y
    pulmón.

    El problema que se presenta es que debido a la poca
    cultura sobre
    este tema entre las personas, la medicina ha
    sido obstaculizada en sus avances por mantener la vida, lo que no
    me parece justo y es por eso que es necesario regularizar de uno
    u otra manera esta situación.

    Todo es esto a llevado a que por la desesperación
    de familiares de enfermos y/o de la existencia de personas
    oportunistas sin ningún tipo de ética
    trafiquen con órganos de humanos de una manera despiadada
    y añadiendo como consecuencia otros tipos de delitos.

    Es bien sabido que la salud es un derecho que el Estado
    debe proporcionarnos, y la donación de órganos se
    esta convirtiendo en un problema de salud.

    Este es un tema de debate porque
    al hacer obligatoria la donación de órganos y
    así evitar la inseguridad y
    el temor constante de ser presa de este tipo de trafico es que se
    dispone de órganos, tejidos y/o células de
    seres humanos que cuentan con derechos y garantías
    individuales; es por eso que pienso hacer una investigación a fondo sobres este tema,
    desde el punto de vista medico, social, religioso y por supuesto
    del legal, que a fin de cuentas
    será el que se imponga en el Estado.

    Debido a que este tema abarca varios tipos de puntos de
    vista será muy controversial y difícil llegar a una
    conclusión grata para todos, pero se tratara de llegar a
    la mas provechosa para la mayoría de la población.

    HIPOTESIS

    Al referirnos al tema de donación de
    órganos surgen miedos y dudas. Algunos de los miedos que
    podrían traer la obligación legal de donar nuestros
    órganos a nuestra muerte seria que ya nosotros no somos
    dueños de nuestro propio cuerpo, que nuestros derechos tal
    vez podrían ser violados

    Pero ¿Que tan real seria esto?
    ¿Podría afectar a nuestra vida el hecho de saber
    que a nuestra muerte sea obligatorio donar nuestros
    órganos?

    Esto no debería causarnos temor ya que nuestros
    derechos de la
    personalidad culminan con la muerte además de que al
    suceder esta, nuestra conciencia termina.

    Lo que si nos debería de preocupar es del peligro
    latente de ser presa de un tráfico de órganos, de
    ser asesinado tal vez solo para obtener un órgano que, si
    todos en la sociedad donaran a su muerte no tendrían
    necesidad de hacerlo.

    Este problema debería ser 100% moral pero a
    medida que va pasando el tiempo nos damos cuenta que necesitamos
    una solución rápida a estos problemas, una
    solución que involucre a todos como sociedad.

    Es por esto que tal vez sea necesario hacer obligatorio
    la donación de órganos a la muerte de las personas
    y que aparte de ser una esperanza de vida para muchos enfermos,
    seria la salvación de otros tantos que están o
    podrían estar en la mira de despiadados traficantes de
    órganos.

    INVESTIGACIÓN

    ANTECEDENTES EN
    MÉXICO

    Los transplantes de órganos y tejidos constituyen
    el avance terapéutico mas importante en los últimos
    50 años en el campo de la ciencia de
    la salud; su logro ha involucrado a prácticamente todas
    las especialidades de la medicina moderna constituyendo hay en
    día una valiosa ayuda siendo esta alternativa
    terapéutica en el tratamiento de padecimientos
    crónicos degenerativos.

    En México se han realizado trasplantes de
    riñón desde 1963; desde entonces se han constituido
    mas de 106 centros de transplante renal y mas de 82 de
    transplante corneal.

    En México el Registro Nacional
    de Transplantes además de ser el centro de registro,
    coordina la adecuada distribución y aprovechamiento de
    órganos y tejidos de seres humanos para trasplantes a
    través de un programa
    Nacional, siguiendo los principios de
    ética y justicia en la
    procuración y distribución de órganos de
    cadáver.

    Se encuentran registrado en el Programa Nacional de
    Transplantes 22 entidades federativas con 175 establecimientos en
    100 de los cuales se realizan transplantes de órganos,
    principalmente de riñón y en 75 se practican
    transplantes de tejidos, principalmente de cornea. Los
    transplantes de corazón, hígado, pulmón,
    páncreas y medula ósea se realizan en el IMSS, ISSSTE y
    otras instituciones.

    El Registro Nacional de Transplantes ha captado la
    infamación hasta diciembre de 1997. En el se encuentran
    registrados de 32 mil transplantes efectuados en
    México.

    Pero al igual que en otros países el programa de
    obtención de órganos ha sido el principal
    obstáculo para salvar la vida de muchas personas, porque a
    nivel de población todavía no existe la
    sensibilidad suficiente para que donadores potenciales y sus
    familiares entiendan la naturaleza del
    problema originado por la falta de órganos y deciden
    donarlos dejando de mitificar la donación en si
    misma.

    La mayoría de los órganos transplantados
    en seres humanos provienen de la donación de personas
    vivas relacionadas con los enfermos, quienes recurren a sus
    padres, hijos o hermanos para aliviar su
    situación.

    La donación de vivo relacionado no es la mejor
    alternativa ya que además de resultar improcedente e
    ilícito para proveer ciertos órganos que son
    únicos en el organismo como es el caso de hígado,
    corazón, páncreas, tejido cerebral, e incluso
    corneas, que implicarían la muerte del donador, se pone en
    riesgo la vida
    de personas sanas que deben ser sometidas a una
    intervención quirúrgica.

    Ante esta situación la opción propuesta
    por la ciencia medica
    es la donación realizada de manera altruista por personas
    que se encontraban sanas al morir y a quienes los médicos
    especialistas han declarado muertas clínicamente
    estableciendo un diagnostico de muerte cerebral. Es estos casos
    existe la legislación para regular las donaciones
    aclarando cuales son los órganos y tejidos susceptibles de
    donarse por un donador vivo relacionado y que aquellos que pueden
    obtenerse antes y después del paro cardiaco
    irreversible.

    No obstante este tipo de donación es una
    práctica poco aceptada que ha enfrentado una serie de
    obstáculos de diversa índole debido al concepto cultural
    de muerte que se define en términos de latido cardiaco y
    respiración y no como una cesación de las funciones
    cerebrales.

    El propósito final es sin duda ampliar nuestras
    perspectivas sobre la donación de órganos para
    brindar una esperanza de vida a miles de personas que
    están en espera de un órgano sano para vivir,
    concientes de que ello representa la gran diferencia entre una
    mejor calidad de
    vida y la problemática de su actual estado de
    salud.

    CONOCIMIENTO DEL
    PROCESO DE
    DONACION Y TRASPLATE

    La donación de órganos se percibe en
    abstracto como un acto que ocurre cuando una persona fallece;
    la donación y el trasplante de órganos son
    percibidos como experiencias ajenas a su propia realidad, que
    denota su desconocimiento hacia este tipo de procesos. Es
    algo que sucede en la vida de los otros y no creen que todos y
    cada uno de nosotros o de nuestros seres queridos estamos
    expuestos tanto a requerir un trasplante como en un momento dedo
    a ser candidatos a donadores. La necesidad de un órgano o
    el ser donadores se percibe más como un problema
    individual o de una familia en especia que como un problema
    social.

    A groso modo, distinguen do clases de donaciones; la
    donación en vid, que resulta conocida por las donaciones
    de sangre, y la
    donación al termino de la vida.

    El concepto muerte cerebral, el cual se confunde con
    otros diagnósticos que son del conocimiento
    popular a través de películas, cuentos o
    experiencias cercanas son: "entro en coma", "esta descerebrado",
    "quedo en estado vegetal" o "se recupero después de estar
    en coma" que suscitan las mas diversas y controvertidas
    respuestas con las cuales se fortalecen los mitos y la
    ignorancia acerca de otro tipo de muerte de la convencionalmente
    conocida.

    FACILITADORES DE
    LA DONACION

    Conocimiento de la decisión del disponente
    originario

    La decisión personal, libre
    voluntada e informada de donar órganos se plateo como el
    principal facilitador de la donación de estos.

    Dos aspectos son fundamentales en esta
    decisión:

    * El hecho de tomarla en vida, en un momento libre de
    presiones y probablemente no relacionados con situaciones
    médicas

    * Y que sea comunicada por el presunto donador a los
    familiares y amigos.

    El conocimiento de la voluntad personal de donar
    facilita la donación a los familiares y al personal
    medico. A los familiares les permite autorizar o negar la toma de
    órganos de acuerdo con los verdaderos deseos de su
    paciente fallecido. Evita que la solicitud de órganos le
    tome por sorpresa que tengan que tomar una decisión en
    momentos de crisis. La
    decisión personal en vida reduce también la
    posibilidad de remordimientos posteriores en los
    familiares.

    La propia voluntad del cuerpo y la voluntad de
    donar.

    Coinciden diferentes grupos que es el
    propio individuo
    quien debe decidir la suerte del futuro de sus restos.

    La decisión de donar debe tener el
    carácter de una disposición testamentaria que
    deberá comunicarse preferentemente por escrito, antes
    testigos o notario. Pero el personal de salud resalta la
    incomunica de este procedimiento y
    promueve que la decisión se exprese en vida a los
    familiares y amos para asegurar que se cumpla la voluntad del
    donador.

    La disposición de órganos y tejidos es una
    decisión del Estado, mientras que en México la
    propiedad del
    cuerpo recae en primer termino el apersona yante la falta de una
    decisión sobre el mismo la propiedad puede ser ejercida
    por los familiares mas cercanos o en su ausencia por el
    Estado.

    Sin embargo ante un clima creciente
    de desconfianza sobre el destino de los órganos, los
    médicos han decidido llevar a cabo la donación solo
    cuando los familiares expresen por escrito su autorización
    de disponer del cuerpo de su familiar, haciendo caso omiso,
    incluso de la voluntad del disponente originario.

    Conocimiento e información
    veraz

    Los transplantes en México no están en
    proceso de experimentación si no son procedimientos de
    rutina probados e incorporados a los programas de
    salud.

    Respeto por los cadáveres

    A los familiares les interesa extremadamente que se
    respeten los restos de su paciente y que no sientan que el cuerpo
    de su ser querido va a ser mutilado.

    Nivel educativo y cultural

    Mientras mayor es el grado de escolaridad, el nivel
    cultural o socioeconómico, mas positivas son las
    respuestas hacia la donación de órganos por muerte
    cerebral.

    Identificar la necesidad de un
    trasplante

    Las personas consideran la posibilidad de que ellos o
    sus familiares pueden llegar a necesitar un órgano para
    seguir con vida hacen cambiar a una respuesta
    positiva.

    Conocimiento de la legislación

    Resulta esencial que el personal de salud en general
    estudie, conserve y tenga a la mano los títulos y
    artículos de la ley general de
    Salud y la Norma técnica correspondiente.

    Diagnostico interdisciplinario

    Que el diagnostico se haga por un grupo de
    médicos constituido por un neurólogo, un medico, un
    tratante y un especialista, independiente del grupo que solicita
    la donación de órganos, para evitar suspicacias
    innecesarias.

    Asimismo la
    comunicación de muerte cerebral a los familiares debe
    hacerse con la certeza y seguridad de un
    diagnóstico contundente a fin de que se
    comprenda cabalmente que es un estado irreversible

    PRINCIPIO DE
    BENEFICENCIA

    La ética medica se inspiran en el juramento de
    Hipócrates privilegia la beneficencia como la
    motivación fundamental de toda intervención en
    la vida y cuerpo de una persona. Es decir cuando el medico
    interviene en la vida de un paciente las decidores que hay que
    tomar se tomaran solo si promueven el mejor interés
    del paciente. Inclusive aun en el paradigma
    paternalista que caracterizaron a la profesión medica en
    las sociedades
    accidentales no se estipulaba que era el mejor interés del
    medico sino el del paciente el indicador de delicadeza
    ética.

    Esta delicadeza cobraba relieve moral
    en vista de la asimetría de poder vigente entre
    médico y paciente.

    Desde el punto de vista del principio de la
    beneficencia, salvar vidas mediante la tecnología del
    transplante de órganos y tejidos se justifica
    éticamente porque parece evidente que salvar su vida esta
    en el mejor interés, que es el del paciente. En ese
    contexto parece correcto afirma que, ya sea que la sociedad y sus
    leyes adopten como intención colectiva la beneficencia o
    bien que la motivación
    individual del medico a hacer el bien, trasplantar órganos
    a un ser humano es un bien y promueve el bien
    común.

    Sin embargo en algunas sociedades industrializadas como
    la estadounidense se ha desarrollado una nueva conciencia
    ética y jurídica que subordina el principio de
    beneficencia al principio de autonomía personal, lo que en
    algunas instancias complica la toma de
    decisiones y altera el cuadro de valores de la
    ética medica clásica.

    ¿QUE OPINAN
    LAS RELIGIONES ACERCA
    DE TRANSPLANTES DE ORGANOS?

    La mayoría de las religiones se
    han pronunciado a favor de la donación y el trasplante de
    órganos:

    Adventista del Séptimo
    Día:

    El individuo y la familia
    tienen el derecho de recibir y donar aquellos órganos que
    devuelvan cualquiera de los sentidos o
    que prolonguen la vida de manera provechosa.

    Amish:

    Los Amish consentirán a los trasplantes si
    están seguros de que se
    utilizarán para el beneficio y el bienestar del receptor
    del trasplante.

    No estarían muy dispuestos a acceder al
    trasplante de sus órganos si el resultado se considera
    dudoso.

    John Hosteller, reconocido mundialmente como una
    autoridad en
    la religión
    Amish y profesor de
    antropología de la Universidad de
    Temple en Filaladelfia, dice en su libro Amish
    Society ( La Sociedad Amish: " Los Amish creen que ya que Dios
    creo el cuerpo humano,
    es Dios el que cura".

    Sin embargo, no existe ninguna interpretación Amish de la Biblia que les
    prohiba utilizar los servicios
    médicos modernos, incluso la cirugía, la
    hospitalización, el tratarse con dentistas, la anestesia,
    las transfusiones de sangre o la inmunización.
    Bautistas:

    En general aprueban los trasplantes cuando no ponen en
    grave peligro la vida del donante y cuando ofrecen al receptor
    una verdadera esperanza en términos médicos.
    No se aprueban los trasplantes como fin en sí, los mismos
    deberán ofrecer la posibilidad de mejoría y la
    extensión de la vida humana.

    Budismo:

    Los budistas creen que la donación de
    órganos es un asunto de la conciencia individual.
    No existe una resolución escrita sobre este tema; sin
    embargo, el reverendo Gyomay Masao, presidente y fundador del
    Templo Budista de Chicago y ministro practicante, dice: "
    Honramos a las personas que han donado sus órganos para el
    avance de la ciencia médica y para salvar
    vidas".

    Catolicismo:

    Los católicos perciben la donación de
    órganos como un acto de caridad,

    amor fraternal y autosacrificio. El catolicismo acepta
    los trasplantes ética y moralmente. El Papa Juan Pablo II
    declaró recientemente que: "Los que creen en nuestro
    Señor Jesucristo, quien dio su vida por la
    salvación de todos, deben reconocer la urgente necesidad
    de la disponibilidad de órganos para trasplantes como un
    desafío a su generosidad y amor fraternal".

    Según el padre Leroy Wichowski, Director de la
    Oficina de
    Asuntos de Salud de la Arquidiócesis de Chicago:
    "Alentamos la donación como un acto de caridad. Es algo
    bueno que puede surgir de una tragedia y una manera en que las
    familias pueden consolarse ayudando al prójimo.
    Señalamos sin embargo, que los órganos se extirpan
    sólo después del fallecimiento y que los deseos de
    las personas se cumplan".

    Episcopalianismo:

    En 1982, la Iglesia
    Episcopal aprobó una resolución que
    reconoció los beneficios vivificantes de la
    donación de órganos, sangre y tejidos y
    alentó a todos los cristianos a convertirse en donantes de
    órganos, sangre y tejidos "como parte de su ministerio al
    prójimo en nombre de Cristo, quien dio su vida para que
    todos pudiéramos vivir en plenitud".

    Evangélicos Conservadores
    Independientes:

    En general, los evangélicos se oponen a los
    trasplantes de órganos y tejidos.
    Hinduismo:

    El derecho religioso no prohíbe que los
    hindúes donen sus órganos, según la Sociedad
    del Templo Budista de Norteamérica. Dicho acto requiere
    una decisión individual.

    Iglesia Cristiana ( Discípulos de Cristo
    ):

    No existe ninguna prohibición contra el
    trasplante de órganos y tejidos. Como modo de tratamiento,
    se entiende que este asunto es esencialmente una decisión
    médica, en consulta con el paciente, la familia y el
    donante (o la familia del donante).

    Iglesia de Cristo:

    Los trasplantes de órganos no deberían ser
    un problema religioso.
    Islamismo:

    El Consejo Religioso Musulmán inicialmente
    rechazó en 1983 la donación de órganos por
    parte de los fieles, pero ha cambiado completamente su
    posición, siempre que los donantes den su consentimiento
    por escrito de antemano.

    Los órganos donados por musulmanes deberán
    trasplantarse inmediatamente y no deberán mantenerse en
    bancos de
    órganos.

    Según el Dr. Abdel Arman Osman, Director del
    Centro Comunitario Musulmán en Maryland: "no tenemos una
    política
    que se oponga a la donación de órganos y tejidos
    siempre que se lleve a cabo con respeto al
    difunto y para beneficio del receptor ".
    Judaísmo:

    El Judaísmo enseña que salvar vidas tiene
    prioridad sobre mantener la santidad del cuerpo
    humano.

    Sin embargo, se prefiere un trasplante directo. De
    acuerdo con el Dr. Moses Tendler, rabino ortodoxo y Jefe del
    Departamento de Biología de Yeshiva
    University en la Ciudad de Nueva York y también Jefe de la
    Comisión del Consejo Rabínico de América: "Si uno se encontrara en la
    posición de donar un órgano para salvar una vida,
    sería obligatorio hacerlo, aun cuando el donante nunca
    supiera quién es el beneficiario".

    El principio fundamental de la ética hebrea
    – "el valor infinito
    del ser humano"- también incluye la donación de
    córneas, ya que la devolución de la vista se
    considera una operación para salvar la vida. El rabino
    Tendler añade: "por supuesto que el donante deberá
    haber sufrido la muerte cerebral de acuerdo con las normas
    establecidas por los criterios de la Universidad de Harvard y la
    Comisión Presidencial Sobre Muerte Cerebral".

    Luteranismo:

    En su XII Conferencia
    Bienal en 1984, la iglesia Luterana en América ( ILA)
    aprobó la donación de órganos humanos para
    trasplantes, y declaró que dichos órganos
    contribuyen al bienestar de la humanidad y puede ser una
    expresión de amor sacrificado hacia el prójimo
    necesitado".

    Dicha resolución también pidió a
    los miembros de la ILA que consideren la donación de
    órganos y que hagan los trámites legales y de
    familia que sean necesarios, incluso una tarjeta de donante
    firmada.

    Metodistas:

    La Iglesia alienta a los "hombres que se preocupan por
    la ética en varias disciplinas pertinentes a que se
    dediquen al estudio y la dirección de estos adelantos", reconociendo
    que ofrecen un gran potencial de mejorar la salud, mientras que
    al mismo tiempo traen a colación asuntos muy serios
    relacionados con los puntos de vista tradicionales sobre la
    naturaleza y valores
    humanos.
    Mormones (Iglesia de Jesucristo de los Santos de los
    Últimos Días):

    "La pregunta si uno debe legar los órganos
    corporales para que se utilicen en trasplantes o para hacer
    investigaciones después de haber muerto
    deberá contestarse desde las profundidades de la
    conciencia de la persona que toma la decisión.
    A los que piden consejo a la iglesia sobre estos asuntos se les
    alienta a que consideren las ventajas y las desventajas de
    hacerlo, a que imploren al señor para que les imparta
    inspiración; y que hagan lo que les ofrezca paz y
    consuelo".
    Ortodoxa Griega:

    De acuerdo con el reverendo Dr. Millin Efthimiou,
    Director del Departamento de Iglesia y Sociedad de la Iglesia
    Ortodoxa Griega no se oponen a la donación de
    órganos y tejidos que se utilicen para mejorar la vida
    humana, por ejemplo para trasplantes o para investigaciones que
    tengan como resultado mejoras en el tratamiento y la
    prevención de enfermedades.

    Presbiterianismo:

    Los presbiterianos alientan y apoyan la donación
    de órganos y tejidos. Respetan la conciencia individual y
    el derecho de las personas de tomar decisiones en cuanto a su
    propio cuerpo.

    Testigos de Jehová:

    Los Testigos de Jehová no fomentan la
    donación de órganos, pero creen que es asunto
    individual de conciencia, según la Sociedad de Atalaya, la
    sociedad legal de la religión.

    Aunque a menudo se asume que la denominación
    prohíbe los trasplantes debido a su tabú en contra
    de las transfusiones de sangre, ésta no se opone a la
    donación o recepción de órganos.

    Sin embargo, la sangre de los órganos y tejidos
    deberá drenarse completamente antes de hacer el
    trasplante.

    LOS TRASPLANTES Y EL
    DERECHO.-

    SOBRE LO QUE DEBERIAN DE TOMAR EN CUENTA LAS
    INSTITUCIONES Y EL PERSONAL DE TRASPLANTE

    Actualmente, aunque la disciplina
    esta muy avanzada y se hace acumulado gran cantidad de datos obre
    aspectos técnicos, clínicos e inmunológicos,
    el trasplante de órganos es todavía una disciplina
    sofisticada que requiere entrenamiento
    especifico y experiencia para lograr éxito.
    Por lo tanto, leyes de transplantes deben incluir
    cláusulas sobre las siguientes áreas:

    1. Todo hospital involucrado en transplantes de
      órganos debe demostrar su capacidad e infraestructura
      para manejar los aspectos críticos e
      inmunológicos del trasplante, al igual que todas las
      áreas relacionadas con cada órgano a
      trasplantarse, enfatizando además la
      investigación y la bioética.
    2. Cada institución debe ser acreditada por
      separado para cada trasplante especifico, Experiencia en
      trasplante de un órgano no garantiza el éxito en
      transplante de otro órgano.
    3. Se deberá requerir educación formal y continua a todo el
      personal de trasplante, con certificado individual por las
      autoridades acreditadotas del país.
    4. Se deberá requerir entrenamiento y experiencia
      institucional en todas las áreas relacionadas con
      trasplante, incluyendo inmunogenetica, obtención,
      remoción y preservación de los diferentes
      órganos en adición al trasplante y al manejo del
      órgano concernido.
    5. El transplante deberá ser realizado en el
      contexto de un programa de transplante bajo fundamentos en
      protocolos.
    6. Un registro nacional de trasplantes era creado por la
      ley para centralizar la adquisición, análisis y publicación de estadísticas nacionales que permitan
      proyecciones para distribución de servicio de
      salud, recursos económicos y recursos
      humanos.

    El registro debe de incluir datos sobre:

    1. Cada uno de los pacientes de las diferentes listas
      de espera para cada órgano.
    2. Todos los donadores vivos relacionados, vivos no
      relacionados y cadavéricos.
    3. Todos los órganos
      extraídos.
    4. Todos los órganos transplantados localmente,
      compartidos con otra instituciones o internacionalmente y los
      órganos descartados con su causa.
    5. Todos los recipientes de
      órganos.
    6. El resultado de cada trasplante.

    SOBRE EL USO DE CADAVERES COMO DONADORES DE
    ORGANOS

    La donación cadavérica presenta
    preocupaciones y cuidados diferentes a los de los vivos; el mayor
    entre estos es la asegurabilidad de que la muerte ha ocurrido.
    Además, la definición de quien es el "dueño"
    del cadáver; los permisos para donar; respeto hacia el
    cuerpo; criterios para la donación; la protección
    de recipiente de transmisión de enfermedades,
    etc.

    Por lo tanto la legislación sobre donación
    cadavérica debe incluir cláusulas para desarrollar
    política sobre lo siguiente:

    1. Criterios de evaluación y selección para donador cadavérico,
      para cada órgano individual, incluyendo limites de edad,
      criterios de exclusión, causa de muerte,
      prevención de transmisión de cáncer o
      infección al recipiente, maximizar la viabilidad del
      órgano y la excelencia de función, el debido
      decoro y respeto al cadáver, además de
      guías para la evaluación y aceptación de
      cada órgano individual.
    2. Criterios estrictos para la definición de
      muerte, incluyendo muerte cerebral, y para su
      determinación y certificaron al igual que criterios
      estrictos para el donador con muerte cardiaca.
    3. Debe establecerse que no existirá
      participación alguna de parte de los médicos que
      determinen la muerte, en el proceso de donación de
      transplante, y a la inversa, que nadie de trasplante
      participara del pronunciamiento de muerte, de manera que no
      exista conflicto de
      interese.
    4. Prohibición de comercio o
      venta de
      órganos.
    5. Prohibición del uso de prisioneros como
      donadores de órganos.
    6. Establecer guías para el manejo de
      cadáveres de manera que sea máxima la viabilidad
      de los órganos a trasplantarse
    7. Establecer guías para la obtención,
      remoción y preservación de cada órgano
      individual
    8. Formular un esquema para la distribución de
      órganos
    9. Establecer guías para la disposición
      final del cadáver

    ASPECTOS LEGALES EN MÉXICO

    Los trasplantes de órganos y tejidos son una
    realidad generada por los avances científicos del siglo
    XX; debido a que son procedimientos en los que intervienen
    diferentes factores (científicos, sociales, morales,
    filosóficos, etc.) requieren de un marco jurídico
    que responda al constante cambio y
    evolución que presenta este interesante
    procedimiento. En México los trasplantes son una realidad
    que permite incrementar las esperanzas de vida de muchas personas
    que están hoy, en espera de un órgano.

    Hasta Mayo de 2000 los trasplantes eran regulados por
    disposiciones legales contenidas en la Ley General de Salud en el
    Título Decimocuarto, preceptos que fueron rebasados por
    los avances científicos, por las tendencias en medicina,
    por el crecimiento de médicos dedicados a esta
    terapéutica y por el cambio positivo de la mentalidad de
    la sociedad.

    La práctica de los transplantes en México
    se encuentra regulada por un marco jurídico constituido
    por:

    • Ley General de Salud (Titulo Décimo
      Cuarto)
    • Reglamento en materia de
      control
      sanitario de la disposición de órganos, tejidos y
      cadáveres de seres humanos
    • Norma Técnica no. 323 para la
      disposición de órganos y tejidos de seres humanos
      con fines terapéuticos.

    La ley General de Salud vigente desde 1984 destina el
    titulo décimo cuarto al control sanitario de la
    disposición de órganos, tejidos y cadáveres
    de seres humanos y a sido motivo de reformas de 1987 y en
    1991

    Se señala con claridad la competencia de la
    Secretaria de Salud para efectuar el control sanitario de la
    disposición de órganos y tejidos; para estos
    efectos cuenta con los Registros
    Nacionales de Transplantes y Transfusiones; se hace un desglose
    de términos y se dan los elementos para establecer la
    perdida de la vida en base a los criterios universales de muerte
    cerebral.

    Importante señalamiento es el articulo 325 lo
    constituye el hecho de permitir en condiciones controladas la
    toma de órganos y tejidos de aquellos cadáveres de
    quienes se ordene legalmente la necropsia, aun sin consentimiento
    de los deponentes secundarios. Solo se podrá realizar la
    disposición de órganos y tejidos así como su
    transplante en hospitales y por el personal autorizado por la
    Secretaria de salud.

    El reglamento y la norma mencionados completan el marco
    jurídico, mismo que en su totalidad es de observancia
    obligatoria en las instituciones de salud Publica,
    Privada y Social, en todo el territorio nacional.

    La Procuraduría General de Justicia y la
    Secretaria de Salud del Estado de México, a través
    del Centro Estatal de Transplantes (CETRAEM), se encargan de
    agilizar los trámites de donación de
    órganos, tejidos y células humanas con fines de
    trasplante cuando se tiene donador cadavérico relacionado
    con una averiguación previa.

    Toda persona es disponente de su cuerpo y podrá
    donarlo total o parcialmente, para los fines y con los requisitos
    previstos en la Ley General de Salud.

     La donación en materia de órganos,
    tejidos, células de cadáveres, consiste en el
    consentimiento tácito o expreso de la persona para que, en
    vida o después de su muerte, su cuerpo o cualquiera de sus
    componentes se utilicen para trasplantes.

     La donación es decisión de la
    persona que así lo disponga o de los familiares de
    aquellos pacientes que se encuentren hospitalizados y que, con
    base a lo establecido en la Ley General de Salud, se encuentren
    con "muerte cerebral"

     Manual del
    médico legista en la donación de órganos y
    tejidos de la Procuraduría General de Justicia del Estado
    de México

    En el manual del médico legista en la
    donación de órganos y tejidos con fecha 10 de
    octubre de 2002, la Procuraduría General de Justicia del
    Estado de México celebró con la Secretaría
    de Salud del Estado de México, las "Bases de Coordinación para agilizar ante las
    Agencias del Ministerio Público de la Procuraduría
    General de Justicia del Estado de México, el
    trámite de donación de órganos, tejidos y
    células humanas con fines de transplante", que tiene por
    objeto contribuir a mejorar las condiciones de salud de la
    población mexiquense, facilitando los trámites
    legales que permitan a los disponentes secundarios de donadores
    cadavéricos, disponer de los órganos, tejidos y
    células de los mismos con fines de transplante.

     Para el debido cumplimiento de las citadas Bases
    de Coordinación es indispensable que los servidores
    públicos de esta Procuraduría, conozcan el Centro
    Estatal de Transplantes y los Centros Hospitalarios de
    Procuración de órganos en el Estado de
    México, así como las actividades que les competen,
    a fin de agilizar los trámites ante las Agencias del
    Ministerio Público en los procesos de donación y
    procuración de órganos, tejidos y
    células.

     Por tanto, es determinante la capacitación de Peritos Médicos
    Legistas a través de un procedimiento práctico que
    no sólo sirva a los mismos, sino que incluso sea
    útil para auxiliar a toda persona que les solicite
    orientación.

     En este orden de ideas, los Peritos Médicos
    Legistas de la Procuraduría General de Justicia del Estado
    de México, están obligados a poner en
    práctica sus conocimientos y atender los requerimientos
    que dentro de su ámbito sean solicitados por parte del
    Ministerio Público; por ello, es imprescindible elaborar
    el presente manual como una actividad básica dentro del
    procedimiento auxiliar en la procuración y donación
    de órganos, tejidos y células para trasplantes.
    Esta Legislación podría ser adoptada al Estado de
    Coahuila, a continuación se dan a conocer sus principales
    puntos:

     I) OBJETIVOS
    GENERALES

    – Que el Perito Médico Legista coadyuve en forma
    oportuna y adecuada en las actividades periciales que le competen
    y siempre a petición verbal y escrita del Ministerio
    Público.

    – Que el Perito Médico Legista auxilie en el
    ámbito de su competencia con el sustento
    técnico-científico, a resolver las dudas tanto del
    Agente del Ministerio Público, como de las personas que
    soliciten e intervengan en la donación de órganos,
    tejidos y células.

     II) FUNDAMENTACIÓN MEDICO-LEGAL

    – Con el propósito de fundamentar la
    actuación de los Peritos Médicos Legistas,
    tratándose de la procuración y donación de
    órganos, tejidos y células, es imprescindible
    transcribir diversas disposiciones de la Ley General de
    Salud:

    TITULO DECIMO CUARTO; DONACIÓN, TRASPLANTES Y
    PÉRDIDA DE LA VIDA.

    Capítulo I. Disposiciones
    comunes

    Artículo 314.- Para efectos de este
    título se entiende por:

    II. Cadáver, al cuerpo humano en el que se
    compruebe la presencia de los signos de
    muerte referidos en la fracción II, del artículo
    343 de esta Ley;

     Capítulo II.
    Donación

    Artículo 328.- Sólo en caso de que
    la pérdida de la vida del donante esté relacionada
    con la averiguación de un delito, se
    dará intervención al Ministerio Público y a
    la autoridad judicial, para la extracción de
    órganos y tejidos.

     Capítulo III. Trasplante

    Artículo 331.- La obtención de
    órganos o tejidos para trasplantes se hará
    preferentemente de sujetos en los que se haya comprobado la
    pérdida de la vida.

    Artículo 334.- Para realizar trasplantes
    de donantes que hayan perdido la vida, deberá cumplirse lo
    siguiente:

    I. Comprobar, previamente a la extracción de los
    órganos y tejidos y por un médico distinto a los
    que intervendrán en el trasplante o en la obtención
    de los órganos o tejidos, la pérdida de la vida del
    donante, en los términos que se precisan en este
    Título;

    II. Existir consentimiento expreso del disponente o no
    constar su revocación del tácito para la
    donación de sus órganos y tejidos, y

    III. Asegurarse que no exista riesgo
    sanitario.

     Capítulo IV. Pérdida de la
    vida

    Artículo 343.- Para efectos de este
    Título, la pérdida de la vida ocurre
    cuando:

    I. Se presente la muerte cerebral, o

    II. Se presenten los siguientes signos de
    muerte:

    1. La ausencia completa y permanente de
      conciencia;
    2. La ausencia permanente de respiración
      espontánea;
    3. La ausencia de los reflejos del tallo cerebral,
      y
    4. El paro cardiaco irreversible.

     Artículo 344.- La muerte cerebral se
    presenta cuando existen los siguientes signos:

    I. Pérdida permanente e irreversible de
    conciencia y de respuesta a estímulos
    sensoriales;

    II. Ausencia de automatismo respiratorio, y

    III. Evidencia de daño
    irreversible del tallo cerebral, manifestado por arreflexia
    pupilar, ausencia de movimientos oculares en pruebas
    vestibulares y ausencia de respuesta a estímulos
    nociceptivos.

    Se deberá descartar que dichos signos sean
    producto de
    intoxicación aguda por narcóticos, sedantes,
    barbitúricos o sustancias neurotrópicas.

    Los signos señalados en las fracciones anteriores
    deberán corroborarse por cualquiera de las siguientes
    pruebas:

    I. Angiografía cerebral bilateral que demuestre
    ausencia de circulación cerebral, o

    II. Electroencefalograma que demuestre ausencia total de
    actividad eléctrica cerebral en dos ocasiones diferentes
    con espacio de cinco horas.

    Artículo 345.- No existirá
    impedimento alguno para que a solicitud o autorización de
    las siguientes personas: el o la cónyuge, el concubinario,
    la concubina, los descendientes, los ascendientes, los hermanos,
    el adoptado o el adoptante; conforme al orden expresado; se
    prescinda de los medios
    artificiales que evitan que en aquel que presenta muerte cerebral
    comprobada se manifiesten los demás signos de muerte a que
    se refiere la fracción II del artículo
    343.

     III) ÁMBITO DE COMPETENCIA

    Los Peritos Médicos Legistas actuarán
    exclusivamente en pacientes hospitalizados relacionados con una
    averiguación previa y a disposición del Ministerio
    Público que presenten muerte cerebral debidamente
    comprobada y que sean donadores potenciales de órganos,
    tejidos y células, siempre y cuando medie solicitud verbal
    y por escrito del Ministerio Público, del Dictamen de
    Pérdida de la Vida.

     IV) FUNCIONES

    Los Peritos Médicos Legistas
    deberán:

    1. Emitir certificado de lesiones y hacer
    énfasis, en su caso, de los elementos
    técnico-científicos que demuestren la muerte
    cerebral del paciente hospitalizado;

    2. Realizar el Dictamen de Pérdida de la Vida,
    según el formato aprobado por el C. Procurador General de
    Justicia del Estado de México;

    3. Integrar por separado el Expediente Forense de los
    Donadores Cadavéricos, de acuerdo a la
    clasificación secuencial de D-1, D2, D3… (Donador uno,
    dos, tres…); número de expediente del Servicio
    Médico Forense (correspondiente al Libro de Control de
    Cadáveres); y, número de Averiguación
    Previa. Ejemplos:

    D1 /CUA /023 /03.

    CUA /III /2040 /03-05.

    4. Reportar en la hoja de estadística quincenal, la donación
    de órganos, tejidos y células en las que haya
    participado, anotando el número de expediente del SEMEFO;
    el número de la Averiguación Previa; y, los
    órganos extraídos.

     V) DOCUMENTACIÓN MEDICO-LEGAL QUE
    DEBERÁ CONTENER EL EXPEDIENTE FORENSE DE LOS DONADORES
    CADAVÉRICOS

    La documentación que deberá contener el
    Expediente Forense de los Donadores Cadavéricos
    será:

    1. Certificado de Lesiones;

    2. Solicitud del Ministerio Público del Dictamen
    de Pérdida de la Vida;

    3. Dictamen de Pérdida de la Vida;

    4. Copias certificadas de las fojas de la
    Averiguación Previa donde se asiente la voluntad de los
    disponentes secundarios para donar los órganos del
    paciente hospitalizado que presenta muerte cerebral y la
    donación misma;

    5. Resumen del Expediente Clínico; y

    6. Informe de los
    órganos extraídos por el Centro Estatal de
    Trasplantes.

     VI)DIRECTORIO DE CENTROS HOSPITALARIOS DE
    PROCURACIÓN DE ÓRGANOS. Ejemplo del Estado de
    México (siguiente):

    Gobierno del Estado de México

    Procuraduría General de Justicia Dirección
    General de Servicios Periciales

      DICTAMEN DE PÉRDIDA DE LA
    VIDA 

                                                 
     Dirección General de Servicios Periciales

                                                   
    Subdirección:

                                                    
    Semefo:

                                                    
    Av. Previa:

                                                    
    Asunto: Donación de órganos y/o tejidos y/o
    células.

     AL C. AGENTE DEL MINISTERIO
    PÚBLICO

     P R E S E N T E

                                            
    _______________ Estado de México,
    a____de___________20__

     El que suscribe, Perito Médico Legista de
    la Procuraduría General de Justicia del Estado de
    México, en contestación a la solicitud para
    dictaminar con relación al caso que nos ocupa en la
    Averiguación Previa anteriormente citada, informo a Usted
    de la manera más atenta que el presente se emite siendo
    las ____ horas con ____ minutos de la fecha que se
    indica.

     Con fundamento en los artículos 343, 344 y
    demás relativos de la Ley General de Salud, manifiesto lo
    siguiente:

     Que al haber examinado al
    C.__________________________________ ; lo
    encontré:

     (Describir: ubicación del paciente,
    hospital, servicio de especialidad y cama; diagnóstico de
    ingreso; evolución intrahospitalaria; estado actual;
    valoraciones neurológicas; pruebas clínicas de
    muerte cerebral; pruebas instrumentadas de muerte cerebral; y,
    diagnóstico final o definitivo del médico
    especialista del hospital que corrobore la muerte
    cerebral).

     Conclusión: CARLOS R. J. PRESENTA MUERTE
    CEREBRAL

    (ejemplo)

      __________________________________

    PERITO MÉDICO LEGISTA

    (NOMBRE Y FIRMA)

    TIPOS DE DONADORES

    La Ley reconoce dos tipos de donación: aquella
    que se realiza entre vivos y aquella que se obtiene de una
    persona que se compruebe previamente la perdida de la vida, cada
    una en su caso deberá contar con el respectivo
    consentimiento manifestado de cualquiera de las dos formas
    señaladas:

    Consentimiento Tácito: Se presenta cuando
    el donador no haya manifestado su negativa a que su cuerpo o
    componentes sean utilizados para trasplantes y además se
    obtenga el consentimiento de las personas legalmente facultadas
    para otorgarlo.

    Se ha optado por el sistema de no
    constancia de oposición considerando que el pueblo
    Mexicano se ha destacado por la práctica constante de sus
    valores en casos de emergencia, esto es el altruismo y la
    solidaridad.
    Las personas que pueden otorgar el consentimiento por una persona
    que perdió la vida y no dejó constancia de
    oposición a la donación son: el o la
    cónyuge, el concubinario, la concubina, los descendientes,
    los ascendientes, los hermanos, el adoptado o el adoptante;
    conforme a este orden señalado.

    El consentimiento tácito solo aplicará
    para la donación de órganos y tejidos una vez que
    se confirme la pérdida de la vida del disponente. Los
    órganos y tejidos sólo podrán extraerse
    cuando se requieran para fines de trasplantes.

    Consentimiento Expreso: Constará por
    escrito y aplica para donaciones entre vivos o para aquellos en
    los que se compruebe la pérdida de la vida, se considera
    como elemento importante para el consentimiento la plena
    deliberación del donante y la plenitud de sus facultades y
    capacidades. Esta decisión es revocable en cualquier
    momento por ser absolutamente libre, basta la
    manifestación por escrito para que quede formalmente
    expresado el consentimiento del donador mismo que no podrá
    ser revocado por terceros.

    El elemento consentimiento del donante es
    personalísimo y libre. Nadie puede otorgar su
    consentimiento por otro por ello existen restricciones respecto
    de las personas que a continuación se indican:

    * El tácito o expreso otorgado por menores de
    edad, incapaces o por

    personas que pos cualquier circunstancia se encuentren
    impedidas para expresarlo libremente.
    * El expreso otorgado por una mujer embarazada
    bajo ciertas condiciones.

    Así también las donaciones tienen como
    principios el altruismo, ausencia de ánimo de lucro y la
    confidencialidad por lo cual esta prohibido el comercio de
    órganos.

    GARANTIA DEL PROGRAMA NACIONAL DE TRASPLANTE
    (SANCIONES).-

    Un aspecto importante que dará certidumbre y
    claridad sobre los trasplantes a la sociedad es que se contemplan
    penalidades que van desde multas elevadas hasta la
    prisión, considerando que se trata de delitos federales y
    que -según el caso- se consideran graves no teniendo
    derecho a fianza, estas sanciones se comprenden:

    XIV. Multa por el importe de 1,000 a 4,000 días
    de salario
    mínimo vigente a los establecimientos que practiquen
    trasplantes sin autorización.

    XV. Multa por el importe de 4,000 a 10,000 días
    de salario mínimo vigente al que saque un órgano o
    célula del
    país, al que realice trasplantes sin haber realizado la
    investigación necesaria, tome órganos de menores de
    edad, al que base su actuación en contra de los principios
    señalados en la ley y que deben regir todos los
    procedimientos de trasplantes.

    XVI. De 4 a 10 años de prisión y multa por
    el importe de 4,000 a 10,000 al que comercie con órganos,
    simule actos jurídicos y no respete las listas de
    preferencias

    CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE
    COAHUILA

    En el Código
    Civil del Estado de Coahuila establece en su Capitulo VIII
    que habla sobre los Derechos de la Personalidad
    hace referencia en algunos de sus artículos sobre la
    donación de óranos y estos son:

    Articulo 96.- El cuerpo humano, sus elementos y
    sus productos,
    están fuera del comercio y no pueden ser objeto de
    ningún derecho patrimonial.

    Toda convención que tenga por efecto conferir
    valor patrimonial al cuerpo humano, sus elementos o sus
    productos, será inexistente.

    Articulo 98.- Toda persona capaz tiene derecho a
    disponer parcialmente de su cuerpo en beneficio
    terapéutico de otra, simple que tal disposición no
    ocasione una perdida o disminución grave y permanente de
    las funciones de sus órganos o facultades, o de la
    integridad corporal del disponente, que le afecte a su misión
    social como persona, ni ponga en peligro su vida.

    Puede igualmente disponer de su cuerpo para
    después de su muerte, con fines terapéuticos, de
    enseñanza o de
    investigación.

    Articulo 100.- Queda prohibido divulgar
    información que permita identificar a quien haya hecho
    donación de un órgano o sustancia de su cuerpo, o
    quien los haya recibido. El donante no puede conocer la identidad del
    receptor, ni esta la del donante.

    En caso de necesidad terapéutica, solo los
    médicos pueden tener acceso a la información que
    permita la identificación del donante y la del
    receptor.

    El medico que divulgue la identidad del donante o del
    receptor, además de las penas en que incurra conforme al
    Código
    Penal, se le inhabilitara para el desempleo de su
    profesión por un término de dos a cinco años
    y responderá, como autor de un hecho ilícito, de
    los daños y perjuicios que ocasione.

    LA DECISIÓN DE DONAR ORGANOS

    La mayoría de la gente supone que su
    decisión de donar sus órganos por el solo hecho de
    haberla pensado se va llevar a cabo; a pesar de conocer la
    última voluntad del donador, la decisión definitiva
    de la donación recae en los familiares o deponentes
    secundarios.

    El temor generado por la disposición de
    órganos ajenos se manifiesta no solo con el público
    en general, sino también entre los médicos y los
    agentes del Ministerio Público. Entre los médicos
    ven como una medida de seguridad contar con la
    autorización expresa de los familiares que los exonere de
    posibles responsabilidades.

    PERFIL DEL DONADOR

    Se ha encontrado que recae mas entre las mujeres que en
    los hombres, solteros y casados, en los grupos comprendidos entre
    los 20 y 59 años de edad, y cuyo deseo de donar se
    incrementa conforme aumenta la escolaridad y el nivel
    socioeconómico.

    El mayor porcentaje encontrado en la aceptación
    de donar sus órganos se encontró en las mujeres que
    en los hombres, debido esto a que las mujeres están mas
    inclinadas a donar parte de cuerpo en relación con su
    función biológica de ser madres como una
    prolongación de su propia maternidad de su generosidad
    innata o aprendida y su deseo de querer dar vida.

    Con relación al estado civil es comprensible que
    la disposición a donar disminuya en las personas solas, ya
    que se incrementa la posibilidad de la presencia de un componente
    de depresión. Por lo tanto la disposición de donar
    se incrementa en personas casadas.

    OBSTACULOS A LA DONACION DE ORGANOS:

    Las dificultades a vencer que son percibidas justamente
    como obstáculos por la población, son las
    siguientes:

    Desconocimiento de la voluntad del deponente
    originario

    En ocasiones el disponente originario toma en vida la
    decisión de donar pero no la comunica a sus familiares
    cercanos.

    Violación ala voluntad del
    donador

    Que la voluntad no sea cumplida

    El concepto de muerte cerebral

    Implica asumir nuevas concepción culturales de
    existencia y muerte entre la población

    La desinformación

    No existe información sobre donación y
    trasplante en las instituciones educativas nacionales desde nivel
    básico hasta profesional; como cuales enfermos son
    susceptibles de trasplantes, cuantos años viven los
    trasplantados y en el que condiciones, cuales son sus ventajas y
    las desventajas de los transplantes

    En general se considera que la población no
    tienen información ni sabe donde conseguirla. Entre mayor
    información exista en la población habrá
    mejores oportunidades de fundamentar o justificar la
    donación de órganos.

    Momento crítico de la
    decisión

    Asimilar la perdida de un ser querido y responder ante
    un nuevo concepto de perdida de vida y por otro lado, tomar una
    decisión sobre el destino del cuerpo de otra persona que
    en la mayoría de los casos no fue considerada con
    anterioridad

    La desconfianza en el destino de los
    órganos

    Temores como tráfico de órganos, su
    comercialización y actos de
    corrupción

    Concepto de mutilación

    La toma de órganos concebida como
    mutilación del cuerpo

    La desconfianza en el diagnostico
    medico

    El diagnostico de muerte cerebral genera desconfianza.
    La barrera mas difícil de superar es concebir otro tipo de
    muerte diferente a la aceptada tradicionalmente donde existen
    atributos de vida como la extirpación y el latido
    cardiaco.

    Retribución por donar.

    Existen caso en que los familiares plantean de manera
    indirecta de le sea retribuida la donación, sin considerar
    el carácter altruista de la misma. En general solicitan la
    bonificación del costo de la
    hospitalización, de los trámites funerarios, la
    remuneración económica por el órgano, el
    condicionamiento del destino de los órganos o bien tener
    prioridad en la lista de espera en caso de necesitar un
    órgano en el futuro.

    Pensamiento mágico o religioso

    Otro obstáculo a la donación pro muerte
    cerebral se relaciona con el pensamiento
    mágico. El pensamiento mágico puede afectar la
    donación de órganos en diferentes modos y de
    acuerdo con el grado de confianza única en los designios
    "divinos". Algunos se niegan a donar órganos pensando que
    sus actos se contraponen a la voluntad divina.

    Se dan casos en que el personal medico, ante la
    solicitud de órganos ha expresado que el pensamiento
    religioso llega a enfrentarse con la ciencia medica. Ello deja ve
    la enorme influencia que aun tienen los religiosos entre un
    determinado grupo de personas.

    Otros se niegan a donar motivados por la esperanza de la
    recuperación o de un milagro, misma que es generada pro el
    desconocimiento, rechazo o incredulidad del concepto de muerte
    cerebral. Esta respuesta se encontró también entre
    el personal medico y paramédico.

    El papel del Ministerio Público

    Con frecuencia hay obstáculos por los agentes del
    Ministerio Publico por desconocimiento de los lineamientos
    legales de la donación por muerte cerebral y de la Norma
    Técnica al respecto (emitida en el Diario Oficial del
    lunes 14 de noviembre de 1988 y la Norma Oficial Mexicana del
    viernes 30 de septiembre de 1994)

    MOTIVOS DE ACEPTACION DE ORGANOS

    El deseo de ayudar y de dar

    "Si ves que tu prójimo sufre, es mejor no
    contemplarlo sino decidirse hace algo por el".

    Deseo de evitar sufrimientos a otros

    Las personas con conocimiento o con la responsabilidad de cuidar a un enfermo,
    mencionaron entre sus motivación, el deseo de evitar sufrimiento
    a otras personas, a su ser querido o a ellos mimos. Además
    de pensar en la calidad de vida de los pacientes antes y
    después de recibir el trasplante

    El deseo de ser útil

    Se reconoce que los órganos se desperdigan pues
    no se necesitan depuse de la muerte, en cambio de se utilizan
    pueden salvar vidas.

    Un acto de generosidad

    Esta respuesta refuerza la aseveración de que la
    donación de órganos es en primera instancia, un
    acto de altruismo

    Un acto concentrado en la persona del
    donador

    Este motivo centra el poder de la decisión en el
    bienestar de si mismo, en sus propios intereses y no involucra el
    bienestar de otro como la razón fundamental de su
    decisión. "Donar mis órganos porque a mi no me
    sirven" "yo no los voy a utilizar".

    Por conciencia social

    La motivación esta centrada en el bien
    común.

    ANEXOS

    Testimonio 1
    Daniel Aguilar Hernández
    .De 2 años siete meses
    de edad; fue trasplantado de hígado por la donación
    de una bebé que falleció.

    El papá del niño comenta:

    "En el centro Médico se le diagnosticó a
    mi hijo Cirrosis Hepática Secundaria con necesidad de un
    trasplante. Nosotros asistimos a la Cd. de
    México al Hospital Infantil buscando alternativas en
    virtud de que aquí en Guadalajara en ese tiempo apenas
    estaban los proyectos
    iniciándose. Supimos la alternativa en el Hospital Civil
    (Guadalajara), en donde también fue sometido a protocolo para
    trasplante hepático, pero por una u otra razón no
    llegaba donador para trasplante hepático, entonces
    buscamos alternativas de vivo relacionado. Mi esposa no pudo ser
    donadora. Por una designación divina el mismo día
    que nos informaron que mi esposa no podía ser donadora nos
    hablaron del Centro Médico de Especialidades para
    informarnos que ya teníamos un donador. Se
    convirtió en el primer bebé trasplantado de
    hígado en el Occidente del país. Supimos que quien
    donó el órgano era una niña de dos
    años de edad, del mismo peso, la misma talla, el mismo
    grupo sanguíneo, compatibilidades hepáticas, como
    un donador idóneo para Daniel y agradecimos en su momento
    cuando nos entrevistaron en la
    televisión, en la radio y
    el
    periódico a los papas de ésta niña y en
    ningún momento pretendemos hacer contacto con ellos. A las
    personas que esperan un órgano yo les diría que
    nunca pierdan la Fe".

    Testimonio 2
    Gerardo Pérez. De 15 años de edad ;
    Trasplantado de riñón

    Entrevista
    P.-¿Quién te dono tu órgano?
    R.-"Mi mama"

    P.-¿Cómo te detectaron que tenías
    problemas?
    R.-"Me desmayé y cuando me llevaron al Hospital Civil
    (Guadalajara) me empezaron a hacer estudios y resultó que
    tenía insuficiencia renal".

    "Estuve en diálisis por 5
    años".

    "Gracias a Dios mi mamá salió
    compatible".

    P.-¿Cómo te sentías antes del
    trasplante?
    R.-"No podía salir a ningún lado porque
    tenía que hacerme la diálisis cada 4
    hrs.

    P.-¿Qué mensaje les dirías a todas
    las personas sobre la donación?
    R.-"Que no tengan miedo porque es dar vida a través de la
    muerte".

    Su mamá nos comenta:
    "Doy gracias a Dios porque teníamos una esperanza del
    trasplante cuando me dijeron que yo sí podía donar.
    En el hospital nos ayudaron muchísimo porque es una
    enfermedad muy costosa. Ahora que le pusieron mi
    riñón él está muy bien y yo
    también estoy muy bien. En realidad el que no tiene a una
    persona enferma no sabe lo que se sufre, por eso cuando alguien
    muere y uno necesita que donen los órganos no lo aceptan,
    porque no saben el sufrimiento que es el de ver a un hijo
    enfermo, si supieran yo creo que todo el mundo aceptaría
    donar sus órganos, porque la verdad es para seguir
    viviendo".

    Testimonio 3
    Luis Antonio
    . De 8 años de edad; Enfermo de
    riñón

    Su mamá nos comenta:
    P.-
    ¿Cuánto tiempo tiene esperando un órgano
    para su hijo?
    R.- "4 años".

    P.- ¿Cuántas diálisis le hacen al
    día?
    R.- "Cada 4 horas porque ya no tiene muy bien el funcionamiento
    en el Peritoneo".

    P.- ¿Cuánto cuesta cada bolsa de
    diálisis?
    R.- "Cada bolsa cuesta $500 pesos, pero como él
    está en el Hospital Civil (Guadalajara) pues es más
    barato".

    Testimonio 4

    Francisco Javier. De 17 años de edad;
    Trasplantado de Hígado

    Entrevista:
    P.- ¿Desde cuando te detectaron que tenías
    éste problema?
    R.- "Desde nacido".

    P.- ¿Cómo te has sentido desde que te
    trasplantaron?
    R.- "Mejor, más a gusto, tranquilo".

    P.- ¿Cómo era tu vida antes del
    trasplante?
    R.- "Cuando me puse malo, se me hincharon los pies, me puse
    amarillo, ya no quería caminar, ya no tenía
    ánimos de nada".

    P.- ¿Sabes algo de la persona que te donó
    su hígado?
    R.- "Que era un muchacho de mi edad que murió atropellado
    pero nada más".

    P.- ¿Y cuando te dijeron que había un
    donador como te sentiste?
    R.- "Muy feliz porque ya se me iban a quitar todos mis
    problemas".

    P.- ¿Cuando necesitabas el trasplante alguien de
    tu familia se hizo estudios para ver si te podían
    donar?
    R.- "Si, pero nadie era compatible".

    P.- ¿Vas a la escuela?
    R.- "No, porque desde que me enfermé ya no pude
    seguir".

    Su mamá nos comenta:
    "Al Dr. Luis
    Carlos Rodríguez Sancho lo vi en la televisión
    en el programa de Adal Ramones (Otro Rollo), pero el Dr. Roberto
    Carlos Ortíz que es del Consejo del programa de
    Trasplantes insistió en que lo trajera como candidato a
    trasplante y el Dr. Roberto Carlos Ortíz me hizo una cita
    con el Dr. Luis Carlos Rodríguez. Mi hijo ya no
    tenía mucha posibilidad, ya nada más le quedaban
    días. Mi esposo me decía que era una lucecita que
    se estaba apagando. Gracias a la donación de
    órganos, él salió adelante. Ya que
    está trasplantado es una alegría, lo vemos como un
    milagro. Por eso yo les pido a las personas que tengan pacientes
    con Muerte Cerebral que donen los órganos para que otras
    personas sigan viviendo junto con esos órganos y que no
    tengan miedo"

    CONCLUSIÓN

    Para ser donador de órganos se
    necesita:

    • Ser mayor de 18 años;
    • Tomar la decisión de querer ser un
      donador.
    • Expresar su decisión de manera voluntaria,
      llenando la credencial de donación voluntaria de
      órganos especificando los órganos y tejidos que
      desea donar.
    • Comunicar su decisión de donar órganos
      y tejidos a sus familiares y amigos.
    • Llevar siempre consigo su credencial.
    • Expresar al momento de solicitar su licencia de
      conductor la voluntad de donación de
      órganos

    En el caso de fallecimiento de un menor, es facultad de
    los padres el tomar la decisión de donar sus
    órganos.

    A pesar de los avances señalados el gran problema
    en nuestro país continúa siendo la falta de
    obtención de órganos cadavéricos para
    trasplantes. En revoluciona este problema se ha trabajado
    involucrando a las Procuradurías de Justicia, realizando
    convenios e impartición de cursos de capacitación a
    los elementos del Ministerio Publico; preparación de
    médicos adaptación de Hospitales, dando la
    autorización paras su labores gran cantidad de promoción, involucrar y capacita ala Cruz
    Roja Mexicana y recibir el apoyo da la Fundación Mexicana
    para la Salud.

    Se ha buscado la forma de que la sociedad cambie de idea
    en relación a la muerte, tratando de enseñarle que,
    cuando se pierde un ser querido, si se esta en capacidad de
    hacerlo, el donar alguno de sus órganos es la mejor manera
    de darle amor al prójimo y a la sociedad brindando la
    obtención de sus órganos para
    trasplantes.

    La procuración de órganos es un asunto muy
    complejo ya que su monto involucra a la medicina, a la ciencia, a
    los abogados, los juristas, la policía, a la cámara
    de diputados las leyes y sobre todo a la familia afectada, pero
    que su reunión debe hacerse en tiempos muy cortos ya que
    el tiempo entere que fallece un individuo, se obtienen sus
    órganos y se transplantan es muy breve. Cuando esto se
    logra el objetivo final de los trasplantes de órganos los
    que hacen que el ser humano se reintegre rehabilitado a la
    sociedad ya su familia.

    Cuando se pueda lograr una concientización en
    general de la población habremos dado un gigantesco paso
    en el ámbito medico, legal y social.

    Como se puede apreciar en el trabajo,
    hay lagunas en nuestra ley en donde se puede tomar como un si el
    hecho de tomar órganos de personas fallecidas sin el
    consentimiento de sus parientes, pero debido a que este es una
    problemática muy delicada de tratar y relativamente nueva,
    es de comprender que las autoridades tengan obstáculos
    para poder aplicar al 100% la ley.

    Es bien sabido que hacer las cosas por imposición
    o a la fuerza es
    difícil de aceptar y en muchas ocasiones tiene
    consecuencias negativas; para este problema de donar
    órganos creo que la mejor forma de dar solución a
    este problema seria la información; la educación es una
    herramienta básica para logra la plenitud de la vida , una
    buena forma seria dar a conocer esta tema en la educaron
    elemental de los mexicanos en los últimos años de
    primaria o en la educación secundaria para que así
    se cree una conciencia entre la sociedad conociendo el problema
    desde su raíz, consecuencias, proyecciones y todo lo que
    implicaría tomar una decisión de esta
    magnitud.

    Para complementar esta solución se puede al igual
    que las credenciales de manejo anexar si eres donador de
    órganos en el historial medico de cada ciudadano o en la
    tarjeta de vacunación por ejemplo para que el personal
    capacitado actúe sin perder tiempo.

    Hay que tener en cuenta que es muy importante la
    comunicación entre parientes y amigos
    cercanos al decidir ser donador para que estos asimilen a nuestra
    muerte nuestro deseo y que no los tome por sorpresa al
    presentarse el momento decisivo. Hay que cambiar el miedo a donar
    nuestros órganos por información, ahora nos toca a
    cada uno de nosotros poner el ejemplo de este cambio, un cambio
    que poco a poco tendrá frutos; par que mas aya del
    ámbito legislativo nazca un cambio social sin llegar a la
    obligación legal convirtiendo a este problema en un
    prolema de conciencia ciudadana, de amor al prójimo y
    sobre todo de índole moral.

    BIBLIOGRAFIA

    Ficha Bibliografica:

    Código Civil del Estado de Coahuila

    Derechos de la Personalidad

    Ficha de Referencia:

    Transplantes de Órganos

    Eduardo A. Santiago-Delpín Octavio
    Ruiz-Speare

    Segunda Edición

    JGH Editores

    Fichas Hemerográficas (Pág. de Internet):

    www.ccc.org.mx/calacoaya/dominical.htm


    www.comsoc.udg.mx

    www.bioetica.org


    www.comsoc.udg.mx

    www.jalisco.gob.mx/organismos/cetot/index.html


    www.cddhcu.gob.mx/cronica57/contenido/cont13/masalla1.htm

     

     

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