Geografía humana. Estudio sobre la morfología urbana de Collado Mediano (Madrid)
Usos del suelo
- Resumen
- Los usos del
suelo - Fuerzas centrífugas y
centrípetas que influyen en los usos del
suelo - Evolución de los usos del
suelo - Influencia del planeamiento
urbanístico en los usos del suelo
Es un trabajo de
geografía
humana fruto de una investigación empírica realizada por
el autor a finales del año 2003 sobre los usos del
suelo en la
localidad madrileña de Collado Mediano (Sierra del
Guadarrama), su evolución, factores explicativos e
incidencia de la legislación urbanística. Se han
excluido de esta versión digital los planos y
fotografías de la localidad.
El presente estudio se centra en uno de los aspectos
más dinámicos de la morfología urbana, los
usos del suelo, de Collado Mediano, localidad de la Comunidad de
Madrid situada en la Sierra del Guadarram.
Collado Mediano es una localidad madrileña con
categoría de villa desde Felipe IV situada en plena sierra
de Guadarrama, cerca de la Meseta, en dirección noroeste y a una altitud que
oscila entre 929 y 1340 metros sobre el nivel del mar. La
extensión de su término municipal es de 2260
hectáreas, de las que el 86 % no son urbanizables. A 48
kilómetros de Madrid, capital de
España
y de la Comunidad, dispone de estación de ferrocarril y de
una línea regular de autobuses que permiten su comunicación aquella y con los pueblos de
los alrededores. Las carreteras M-623, M-621 y N-601 posibilitan
la
comunicación con otros pueblos y con Madrid (mediante
la M-601, que une la radial N-1 con la N-VI). La población oficial del padrón
continuo del municipio es en 2002 de 5095 habitantes, aunque los
habitantes pueden llegar en verano hasta 20.000. En la actualidad
y desde hace varias décadas puede considerarse un suburbio
dormitorio: casi el 80 % de la población activa trabaja
fuera del domicilio.
Con un hábitat
concentrado, la mayor parte de la población del municipio,
que cuenta con tres núcleos de población
secundarios (Los Barrizales, Reajo del Roble y Serranía de
la Paloma), se encuentra concentrada en el núcleo de
población principal. El índice de dispersión
(de Demangeon) es muy bajo, de 0,49, por debajo de la cercana
localidad de Becerril (seis núcleos de población
secundarios), con un 0,77, y por encima de Los Molinos, sin
núcleos de población secundarios identificados (Ver
gráfico). Los lugares no principales (Los Barrizales,
Reajo del Roble y Serranía de la Paloma) son
urbanizaciones enclavadas en zonas de gran calidad
paisajística y ambiental que habitan, en este y otros
periodos vacacionales, turistas de Madrid y otras ciudades que
buscan tranquilidad, aislamiento y contacto con la naturaleza. El
lugar principal está situado en una zona
estratégica protegida por la Sierra del castillo, que ha
limitado bastante la expansión urbana hacia el norte. Con
la expansión del pueblo, los lugares independientes
cercanos a la estación de ferrocarril dejaron de
serlo.
Provincia | Municipio | Htes. núcleo principal | Htes. núcleos | Total htes. | Total lugares secundarios | Indice de dispersión |
Madrid | Collado Mediano | 4.447 | 870 | 5.317 | 3 | 0,49 |
Madrid | Los Molinos | 3.821 | 0 | 3.821 | 0 | 0,00 |
Madrid | Becerril | 3.562 | 528 | 4.090 | 6 | 0,77 |
El emplazamiento original en la ladera de la Sierra del
Castillo ha determinado la morfología urbana de la villa.
La Sierra ha supuesto un límite físico, primero, y
jurídico, posteriormente, determinante del crecimiento
urbano. Dentro de los elementos morfológicos, el plano
tiene un carácter irregular, por la imposibilidad de
un desarrollo
concéntrico u ortogonal. La climatología ha
generado también un tipo de edificaciones y el uso de unos
materiales
característicos de la tipología
arquitectónica tradicional de la meseta central, en
particular, de la serrana. La elección del emplazamiento
original, en la ladera sur de la Sierra del Castillo, al
resguardo de ésta, fue motivada por razones
económicas, por encontrar sus primeros moradores unas
condiciones idóneas para el desarrollo de la actividad
ganadera y, secundariamente, de la agrícola.
Tendrán que pasar muchos siglos hasta que se produzca una
revolución
de los usos del suelo. A finales del siglo XIX se inaugura la
estación de tren que enlaza con Madrid y otras localidades
cercanas y comienzan a construirse cerca de la estación,
lejos del pequeño casco urbano, villas y hoteles pequeños y medianos,
destinándose paulatinamente suelo al uso residencial
secundario. Con la generalización del uso del coche tras
los años 60 del siglo XIX y con el progreso de la
convergencia espacio-temporal se multiplica la utilización
de suelo para uso de segunda residencia y para uso terciario,
relacionado con el comercio y la
hostelería, en el centro del pueblo. El centro
empezará a ser objeto de un uso intensivo comercial y
residencial, siendo objeto de rehabilitación y, sobre
todo, de renovación urbana. Aparecen nuevas
tipologías y volúmenes arquitectónicos que
contrastan con los tradicionales serranos; aparecen barbechos en
espera de un uso intensivo o rentable. Junto con la
renovación, asociada a la gentrificación, quedan en
el centro urbano zonas degradadas, con edificaciones antiguas sin
valor
arquitectónico que no reúnen las condiciones
necesarias de habitabilidad exigibles de acuerdo con los
parámetros actuales de calidad.
Los usos del suelo en el plano de
Collado Mediano (sólo en la edición
no digital)
1
El primer gran uso del suelo, aparte del residencial,
fue el de pastos para la ganadería.
Es muy probable que los primeros pobladores del lugar fueran
pastores que encontraron en la zona unas condiciones
idóneas para su actividad. Todavía a principios del
siglo XX, la ganadería ocupa un lugar central en la
economía
del municipio. El uso del suelo para actividades
económicas relacionadas con la ganadería, aunque
desbordado por el residencial y el terciario, sigue vigente en la
actualidad.
Con
el plano de la localidad delante, con los usos del suelo
delimitados mediante un código
de colores, podemos
observar que la mayor parte del espacio en el municipio utilizado
se encuentra destinado al uso residencial. Aproximadamente el 50
% de las viviendas es de segunda residencia. Estas, en su mayor
parte, son viviendas unifamiliares ubicadas en colonias y en
urbanizaciones bien diferenciadas (Los Linos, Montegolf,
Montecollado, El Señorío de la Sierra, Virgen de
Begoña, La Fuente, Los Arroyuelos, Reajo del Roble, Parque
Collado, Las Chaparras, etc.), algunas de las cuales se
encuentran muy alejadas del casco urbano. En el casco urbano
predominan las viviendas multifamiliares bajo la forma de
edificios de dos, tres o cuatro plantas, que son
las que suelen albergar a casi todos los residentes permanentes
del municipio.
En el
casco urbano de la villa se concentran los locales de las
actividades terciarias: comercios, hostelería, servicios
financieros, jurídicos e inmobiliarios, oficinas, etc.
Junto con el uso residencial de viviendas multifamiliares,
coexiste un uso que, aunque espacialmente sea muy reducido si se
compara con la totalidad del espacio utilizado para cubrir las
diferentes necesidades y ejercer las variadas actividades
humanas, es decisivo para la vida de la villa. Los edificios en
los que se ubican los locales afectos a las actividades del
terciario son multifuncionales, pues coexisten los grandes usos
del suelo de tipo residencial con los de tipo económico
terciario. Dentro del casco urbano, el terciario ocupa el espacio
más visible, más accesible a los habitantes y
transeúntes, a la izquierda y a la derecha de la calle
principal, hoy llamada C/ Real, in fine, desde la Plaza del
caño (cruzada por la avenida de Madrid, carretera M-623) y
la desviación hacia el Paseo de los Rosales. En el
interior del casco urbano, también zona de bastante
accesibilidad aunque de menor visibilidad que las anteriores, se
localizan comercios, academias, pequeñas clínicas,
locales de hostelería, etc. El espacio de flujo más
importante es, sin lugar a dudas, la C/ Real, que en el fondo es
un tramo de la carretera M-623, vía de comunicación
con los pueblos (Navacerrada, Becerril de la Sierra, Moralzarzal,
Cerceda, Los Molinos, Guadarrama, etc.) y ciudades (Collado
Villalba, Madrid, Las Rozas, Majadahonda, etc.) de los
alrededores de la villa y, a través el Paseo de los
Rosales, también en la M-623, con las localidades del sur
y del noroeste. Por la accesibilidad y el volumen forzoso
de los flujos de peatones y vehículos, el tramo mencionado
up supra es el lugar más estratégico para situar el
terciario. Se mezclan las entidades financieras, los servicios
inmobiliarios (cuatro locales en ese tramo dedicados a gestiones
inmobiliaria), las carnicerías, los bares y los
restaurantes y otros locales del terciario. En la plaza de la
villa, la Plaza Mayor, cortada por la calle Real (en el fondo es
un tramo de la carretera M-623 del interior de la villa),
encontramos los edificios del gobierno local,
la sede de la administración
pública local; a unos pocos metros, la Casa de
Cultura y la
Casa de la Juventud.
La
estructura
urbana refleja el peso de cada una de las actividades
económicas de la villa, con un predominio claro del sector
servicios (casi el 60 % de ,la actividad económica), que
es el que ocupa el espacio más accesible y caro y
representa el mayor número de empresas
mercantiles. La industria, que
representa el 18,5 % de la actividad económica del
Municipio y que desde que se creo se concentra en el
polígono industrial (San Ildefonso) de las afueras de la
villa, cerca del cementerio y del matadero municipal. Alberga
edificaciones de tamaño mediano y grande relacionadas con
actividades que requieren bastante espacio y que, por las
molestias (incluidas las estéticas, por la ruptura del
paisaje urbano que suponen) o riesgos que
pueden causar, tienen asignados espacios alejados de las
áreas residenciales. También existen otros espacios
dedicados a actividades industriales diseminados en áreas
predominantemente comerciales y residenciales que, por razones
obvias, no se han concentrado en el polígono. En el
polígono industrial encontramos naves de tamaño
mediano en los que se desarrolla la actividad industrial y
espacios al aire libre en los
que se almacenan materiales, maquinaria y productos
elaborados. Entre otros, destacan en el polígono
industrial de San Ildefonso la fábrica de patatas y las
instalaciones de la empresa
Jomasa, S. L., dedicada a las construcciones metálicas y
excavaciones.
Durante mucho tiempo Collado
Mediano estuvo especializado en la actividad ganadera,
dedicándose gran parte del espacio utilizado al uso
primario ganadero, orientado a la producción de carne y de leche, y,
secundariamente, a la actividad agrícola. Todavía
en la actualidad se destina parte del espacio del término
municipal a la ganadería y a las actividades relacionadas
con ella bajo la forma de terrenos de pastos, comercios
(carnicerías) y matadero municipal. Los espacios dedicados
a pastos se sitúan fuera del núcleo urbano. En el
sur del término municipal, por debajo de la
urbanización Montegolf, La Cabezuela y La Vega las vacas
pastan en verdes terrenos acotados, aunque su dieta de hierba se
complementa con piensos industriales. La dieta en proteínas
animales
derivadas del
ganado vacuno actualmente sigue siendo importante para el
habitante de Collado Mediano y sigue manteniéndose viva la
gastronomía serrana integrada
fundamentalmente por dicha carne, sin que pueda ser eclipsada por
la de otras culturas (china,
italiana), que tiene bastante clientela entre los no residentes.
La actividad ganadera se encuentra vinculada
económicamente con carnicerías y pastelerías
del lugar.
Existen espacios usados con fines
de ocio, cultura y recreo que ocupan espacios alejados del casco
urbano de la villa. Hacia el sur, pasada la estación de
ferrocarril, entre la vía férrea y la
urbanización Montegolf, se encuentra una compleja zona
deportiva municipal (con piscinas, pistas de tenis,
polideportivo, campo de fútbol) y, al final de la Calle
Espliego, una zona de uso deportivo. El pabellón
polideportivo de Collado Mediano es el más antiguo de la
sierra de Madrid. La zona deportiva alberga numerosas actividades
deportivas (de competición, de ocio, recreación
y tiempo libre y básicas). Cerca de las escuelas, entre la
C/Real y la C/ de la fuente se sitúa el parque, con una
flora crecida y mantenida con atención y con un área de juegos
infantiles; ya más cerca del casco urbano, en la misma C/
Real, encontramos el bailadero local (La Luna) y el edificio del
cine, de
titularidad privada. Frente los edificios de la
Administración y gobierno local, en la C/ Real,
está el edificio de la pública Casa de la Cultura,
inaugurada en 1982, a la que se encuentra adscrita la Escuela de
Música.
Los edificios de la administración y gobierno local usan el
suelo situado en el lugar más simbólico y central,
el de la Plaza Mayor, en el casco antiguo. Es el lugar más
accesible a todos los ciudadanos y el más cercano a otros
lugares de uso institucional (Casa de la Cultura, Casa de la
Juventud, Iglesia
Parroquial). La administración local se ubica en dos
edificios, el clásico del Ayuntamiento, en el lugar
más central de la Plaza y de cara a la C/ Real, y otro,
una edificación situada a su izquierda, que es el
resultado de la novedosa reforma de un edificio típico
serrano, del que se ha respetado su exterior.
Dispersos por la villa, hay varios
espacios utilizados por servicios o equipamientos colectivos muy
heterogéneos entre sí (educativos, religiosos,
económicos). Pegado al polígono industrial, casi
confundido con él, están el matadero municipal y el
cementerio local. Cerca del parque municipal, en dirección
al noroeste, se encuentran las escuelas públicas y la
oficina de
Telefónica S.A.. Cerca de la urbanización Los
arroyuelos, en dirección noreste, subiendo por la sierra
del Castillo, el Depósito de agua, un
espacio usado por el Canal de Isabel II para cubrir las
necesidades de agua de la localidad. La oficina de correos,
está situada cerca del Ayuntamiento, en un lugar de
bastante accesibilidad, que cubre a duras penas las necesidades
de comunicación postal de la villa. La oferta
pública educativa satisface las necesidades educativas
preescolar y
primaria de la localidad. La Casa de Niños y
el Colegio público situados lejos unos de otro, ocupan un
suelo en el que se realizan actividades educativas que cubren las
necesidades básicas de educación.
También existe una oferta educativa privada centrada en
idiomas o en enseñanza de refuerzo. Las necesidades
sanitarias se encuentran parcialmente cubiertas con
clínicas y centros médicos pequeños (uno
público y varios privados), localizados en los lugares de
mayor accesibilidad.
Hay diferencias
cuantitativas y cualitativas relacionadas con los usos del suelo
antes y después de los años 50 del siglo XX. A
finales del siglo XIX, con la inauguración en 1889 de la
línea del ferrocarril con estación en Collado
Mediano, empezaron a producirse cambios cuantitativos y
cualitativos en el uso del suelo. El uso residencial, centrado en
el casco antiguo empezó a extenderse constantemente hasta
la actualidad. Pero tuvieron que transcurrir muchas
décadas hasta que los usos primarios, ganadero y
agrícola, dejaran de tener la primacía. La
morfología y la estructura "urbana" empezaron a
transformarse. Cerca de la estación, relativamente alejada
del casco antiguo, empezaron a construirse residencias
unifamiliares cuyas tipologías arquitectónicas que
supondrán la decadencia de la arquitectura
autóctona de la que aún hoy pueden observarse
restos en el casco antiguo. Collado Mediano se convierte en una
localidad accesible a los habitantes de Madrid y de otras
localidades del oeste de la provincia. En la zona de la
Estación, de la Dehesa y del Ramiro aparecen las primeras
colonias, que se convierten en los primeros ensanches del casco
antiguo. Los hoteles y villas de las colonias van a albergar a
turistas de temporada o de fin de semana y se convertirán
en un modelo de
estilo de vida
de alta calidad. El espacio destinado a uso residencial de
viviendas de segunda residencia, habitadas por residentes no
fijos en el municipio, irá aumentando gradualmente hasta
suponer en la actualidad un 50 %. Será a partir de la
década de los 50, en los años 60 y 70, con el
desarrollo
económico sufrido por el país y con la
generalización del uso del automóvil, cuando el
proceso de
urbanización comenzará a revolucionarse. El
automóvil, que dota de mucha independencia
a los viajeros y es el mejor vehículo de
comunicación puerta a puerta, permite que vayan accediendo
cada vez más turistas a la zona. Las carreteras mejoran la
convergencia espacio-tiempo desde Madrid y otras localidades
cercanas. Se construyen numerosos chalés individuales y
urbanizaciones de residencias unifamiliares y de bloques de
edificios multifamiliares.
La aparición y desarrollo de la industria en
Collado Mediano va unido a la construcción de villas y hoteles, al
comienzo, urbanizaciones de chalés y bloques de edificios
y a la renovación urbanística del casco antiguo. Se
desarrolla la cantería, que utiliza suelo para extraer los
materiales graníticos de las construcciones y para
trabajar la piedra. Aunque en el polígono industrial
todavía pervive una empresa de
cantería, las canteras se sitúan actualmente en
otros municipios. También surge y se desarrolla la
carpintería metálica y de madera, que
usa suelo en el área industrial y en zonas dedicadas
predominantemente al uso residencial. A finales de los
años 80 y principio de los noventa aparece una nueva
área, la industrial, que poco a poco comienza a crecer
albergando empresas.
La función
terciaria empieza a crecer desde los años 60, ocupando
cada vez más suelo en las zonas más
estratégicas y centrales de la villa. La función
comercial se ha extendido bajo la presión de
la demanda de
productos de primera necesidad de los turistas o residentes no
fijos, cuyo número puede llegar a ser el triple de los
fijos en algunos meses del año, como en Agosto. El espacio
dedicado al uso primario ganadero se estanca o reduce
proporcionalmente a otros usos. El entramado político
institucional empezó a ocupar cada vez más espacio
desde los años 70. Al edificio del Ayuntamiento hay que
añadir, el anexó inaugurado hace poco, la Casa de
la Cultura, la Casa de la Juventud, la zona deportiva
pública, los centros educativos públicos, el centro
médico municipal, etc.
2
Fuerzas
centrífugas y centrípetas que influyen en los usos
del suelo
Junto con la construcción, los usos del suelo es
uno de los factores que más dinamismo presenta en la
morfología urbana. Las fuerzas centrípetas atraen
al centro de Collado Mediano a comercios de muy diferentes tipos,
oficinas, servicios financieros e inmobiliarios,
hostelería, despachos de profesionales y residentes fijos.
Collado Mediano ha crecido longitudinalmente, de manera
irregular, a lo largo de las vías de acceso a la villa, la
M-623 y la M-863, y la vía férrea desde el
cementerio y el matadero hasta la desviación hacia la
carretera de Los Molinos. La Sierra del Castillo es un borde que
ha limitado física y
jurídicamente el crecimiento de la villa hacia el norte.
El centro ha atraído por su accesibilidad y por su
localización central al comercio y a los servicios
especializados. La zona que ejerce más atracción es
la que se encuentra en el tramo de la calle real que va desde el
inicio del Paseo de los Rosales hasta la Casa de niños, en
el inicio de la Avenida de Madrid. Los comercios y los servicios,
aunque sean del mismo tipo, ofrecen a los consumidores y usuarios
la ventaja de la complementariedad y de la competencia.
Todos los servicios financieros se localizan, dentro del tramo
mencionado anteriormente, en la C/ Real, entre la Plaza Mayor y
cruce con el Paseo de los Rosales. Los numerosos servicios
inmobiliarios se disponen también centralmente en la C/
Real, entre la Avenida de Buenos Aires y
cruce con el Paseo de los Rosales. En la Plaza Mayor y los
edificios contiguos se localizan los edificios de la
administración local y sus extensiones, la Casa de la
Juventud y la Casa de la Cultura. Casi todos los servicios de
hostelería (mesones, bares, restaurantes, etc.) se
encuentran en el tramo mencionado arriba y sus alrededores. Los
comercios buscan también la localización central.
Algunos la encuentran en la vía principal y otros en las
calles más cercanas. Predomina el comercio pequeño.
Algunas de las numerosas carnicerías, en las que se vende
carne de ternera, de buey y de cordero de gran calidad, llegan a
ocupar los lugares de máxima centralidad y
atención. Los dos supermercados más importantes
(Guillen y Día) se ubican en la vía principal
(Avenida de Madrid y C/ Real). El mercadillo de venta ambulante,
que requiere bastante espacio para la instalación de los
puestos de venta y el aparcamiento de las furgonetas y camiones,
también se ha instalado en una zona de gran accesibilidad
a los habitantes de la villa. Hasta hace poco, en la C/ M.
Semprún, paralela a la C/ Real, cerca de la Iglesia;
actualmente, al inicio de la C/ La Fuente, también
paralela a esta vía. Los puestos de los feriantes y las
atracciones de las fiestas de verano de la localidad, se colocan
en la parte de la C/ Real menos frecuentada por el tráfico
y menos central, desde el cruce con el Paseo de los Rosales hasta
el parque. Este tipo de actividades comerciales y de ocio,
pasajeras o temporales, a pesar de que buscan la centralidad, son
segregadas por razones obvias por el gobierno local hacia lugares
menos centrales, pero también bastante accesibles. Los
servicios médicos y educativos también buscan la
centralidad y encuentran lugares muy accesibles.
En relación con la función comercial, el
centro también refleja la evolución
económica y social que ha sufrido la localidad. A los
típicos comercios de hostelería, se añaden
actualmente los pubs, disco-pubs; a los comercios tradicionales,
se suman los que cubren necesidades de los emigrantes
(locutorio); el aumento del tráfico inmobiliario de los
últimos quince años tiene su expresión
paisajístico-urbana en los numerosos locales de gestión
inmobiliaria.
Aunque en el centro podemos observar una
especialización de la función comercial,
también atrae la función residencial. El casco
antiguo ha sido objeto desde décadas de una verdadera
renovación urbana. En él se mezclan edificaciones
de diferentes volúmenes, tipologías y estilos
arquitectónicos, perviviendo el pasado con huellas que han
sido objeto de una especial protección por parte de los
poderes públicos. Al lado de los restos históricos
del casco antiguo, conservados, reformados y recreados, se
levantan edificios multifuncionales de dos o tres plantas.
Además del valor simbólico, convivencial o
educativo del centro, se ofrece a los residentes seguridad,
fácil acceso a los servicios y cierta calidad de
vida. El entramado urbano es cerrado y el suelo es usado
intensivamente. Parte de los residentes fijos, en especial los
arraigados familiarmente, profesionalmente o generacionalmente a
la villa, se sienten atraídos por las localizaciones
más centrales, de mayor densidad
poblacional. Podría hablarse de gentrificación,
pues residentes fijos de rentas medias o medias altas se han
establecido en el centro, en los edificios más modernos o
de mayor calidad arquitectónica. Se observa también
cierta degradación parcial, en zonas del casco antigu. En
los edificios más antiguos o de menor calidad
arquitectónica residen personas con los más bajos
niveles de renta. Los emigrantes suelen ocupar las viviendas del
centro de menor calidad.
Son evidentes las fuerzas centrífugas que
actúan sobre la distribución espacial de los usos del suelo
de Collado Mediano y las razones que las impulsan. Los residentes
no fijos, turistas de fin de semana o de temporada, buscan
lugares alejados del centro, espaciosos, no contaminados
atmosférica o acústicamente. Los residentes no
fijos suelen pertenecer al segmento medio o alto, es decir, de
personas de renta media alta o alta. Son en su mayoría
urbanitas que huyen de los inconvenientes de la vida de la gran
urbe. Los primeros turistas de finales del siglo XIX y principios
del XX ocuparon espacios alejados del casco antiguo, cercanos a
la estación. En las últimas décadas del S.
XX, se construyeron conjuntos
residenciales, urbanizaciones, algunas relativamente cercanas al
centro y otras muy alejadas, pero bien comunicadas con el centro
por las vías de acceso más importantes. Aunque
desde muchas de ellas se puede acceder al centro con un nivel muy
aceptable de convergencia espacio-temporal, la
habilitación de espacio para aparcar, el uso generalizado
del automóvil y la posibilidad de acceder a los comercios,
servicios y a la administración locales y de otros
municipios más importantes, hizo que se construyeran
urbanizaciones muy alejadas, donde el urbanita encontraba unas
condiciones medioambientales y paisajistas de gran calidad.
Cercanas a la carretera N-601, en la frontera con
Becerril de la Sierra y Navacerrada, se encuentran las
urbanizaciones más alejadas del centro, el Reajo del Roble
y Parque Collado. Entre el casco urbano y estas urbanizaciones se
observa cierta discontinuidad, pues entre ambos puntos se
encuentran muchas hectáreas de espacio libre. En
dirección contraria, hacia el noroeste, a lo largo del
Paseo de los Rosales existe un continuo urbano de urbanizaciones
y colonias que finaliza en el cruce de la M-621 y M-623, cerca
del cual se encuentra las colonias y urbanizaciones más
alejadas en esa dirección, El Ramiro y Los
Tilos.
Desde hace poco más de una década, se ha
extendido la construcción en la ladera de la sierra del
castillo. La calidad del paisaje, las vistas, el aislamiento y la
tranquilidad han llevado a que se haya utilizado el suelo para
uso residencial. Además de estas ventajas, la Ladera del
Poyalejo, la Cabreriza y Los arroyuelos ofrece otras, como su
cercanía del centro urbano.
La mayor parte del suelo usado por la industria se
localiza en las afueras de Collado Mediano, en el polígono
industrial San Ildefonso, cerca del cementerio y del matadero
municipal. Son muchas las razones que explican la
segregación espacial de las funciones
secundarias: la necesidad de grandes espacios para sus
actividades y de naves industriales que contrastan
estéticamente y en volumen con los residenciales, la
cercanía de vías de comunicación (cerca se
encuentra la carretera M-863 y el cruce con la N-601), la
emisión de contaminantes acústicos o
atmosféricos, la existencia de un entramado
urbanístico abierto por el que circulen adecuadamente
vehículos medianos o grandes, etc.
Las actividades deportivas también han sido
segregadas fuera del centro, a lugares donde el suelo es
más barato. Collado Mediano dispone de unas completas
instalaciones deportivas que requieren mucho espacio y
edificaciones voluminosas. La zona deportiva municipal (piscinas,
campo de fútbol, polideportivo cubierto, etc.) se
encuentra pasada la estación de ferrocarril, en
dirección a Guadarrama y Los Molinos, en La Dehesa, cerca
de La Cobañera, la urbanización Montegolf y la
colonia de Los rosales.
Las actividades ganaderas de pasto también han
sido segregadas hacia las afueras de Collado mediano. Hace un par
de décadas no extrañaba a nadie ver pasar las vacas
por las calles del centro urbano, donde se encontraba la
vaquería. Ahora numerosas vacas pastan en parcelas
situadas en el sur de la localidad, cerca de Las Chaparras o de
la Vega. La ganadería requiere bastante suelo para pastar
y éste se encuentra en zonas no urbanas.
En resumen, las actividades que se ven atraídas
hacia el centro son las relacionadas con la función
terciaria, político-administrativa y residencial. Las que
se ven segregadas de las localizaciones centrales son las
relativas a las funciones primarias (tierras de pasto y
permanencia para el ganado), secundarias (industriales) y
también residenciales (colonias y urbanizaciones de
personas, por lo general, no residentes fijas).
3
Evolución de los usos del
suelo
Encontramos en Collado Mediano muchos casos de
pervivencias de uso del suelo a lo largo de las últimas
décadas, desde finales del siglo XIX. En lo que se refiere
al uso del suelo para residencia, todavía mucho del suelo
del casco Antiguo y casi todo el de las primeras colonias de
veraneantes sigue utilizándose con fines residenciales.
Los usos del suelo con fines residenciales han ido desplazando
poco a poco otros usos, como los relacionados con el sector
primario (agricultura y
ganadería). El uso primario de tipo agrícola
prácticamente ha desaparecido, salvo si incluimos en
él los espacios utilizados por los pequeños viveros
locales. A medida que avanzaba el proceso de urbanización,
la construcción de urbanizaciones, el uso primario
ganadero ha ido desplazándose cada vez más lejos.
La antigua dehesa del pueblo actualmente se encuentra usada con
fines deportivos y residenciales. Algunos espacios cercanos al
casco antiguo, usados por el primario ganadero, como la
vaquería de Quelín, en la C/ La Viña, es
actualmente un barbecho en espera de uso comercial o
residencial.
Algunas urbanizaciones, como la de Monte Collado, Reajo
del Roble, Parque Collado, etc., situadas en laderas de la
sierra, ocupan desde hace pocas décadas un suelo que, por
las irregularidades del terreno, no tenían ningún
uso específico y que han sido ganados por el hombre a la
fauna y flora
autóctona.
En relación con los usos del suelo, en el centro
de Collado Mediano se observa mucho dinamismo. El uso asociado a
las actividades terciarias se ha multiplicado en las
últimas décadas a costa del uso para residencia.
Donde antes había viviendas unifamiliares se han edificado
edificios de más de dos plantas que albergan servicios
(oficinas, centros educativos, médicos, despachos)
compatibles con el uso residencial, con el que coexiste.
También espacio usado para residencia ha cedido su lugar a
actividades terciarias. El entramado político
institucional se ha extendido desde los años setenta.
Aparte del permanente centro del poder
político local, ayer apéndice del central el Estado
liberal-centralista y hoy en día autónomo, el
edificio del Ayuntamiento, que ocupa el lugar más central
y simbólico, la Plaza Mayor, hay que añadir, el
edificio anexo, en la misma plaza, inaugurado en el año
2004, y, cercanos a ellos, la Casa de la Cultura y la Casa de la
Juventud. Encontramos aquí unos usos nuevos del suelo
vinculados al estado
complejo diseñado constitucionalmente y que dota de cierta
autonomía política y financiera
a los gobiernos locales.
Desde hace una década ha aumentado el uso
industrial del suelo. El área más importante
dedicada a este uso se encuentra cerca del cementerio y del
matadero municipal. El polígono industrial San Ildefonso
está creciendo paulatinamente, aunque el sector industrial
ocupe el segundo lugar, tras el de servicios que es el
predominante.
4
Influencia del planeamiento
urbanístico en los usos del suelo
Por acuerdo del Consejo de Gobierno de 7/6/1990, se
aprobaron las Normas
Subsidiarias de Planeamiento Municipal (publicado en el BOCAM del
22/6/1990 y en el BOE del 24/7/1990). Las normas fueron
formuladas por la Dirección General de Urbanismo de la
Consejería de Política Territorial de la Comunidad
de Madrid, por subrogación de sus competencias del
Ayuntamiento de Collado Mediano. En unas declaraciones recientes
a La voz de la sierra, el Alcalde afirmaba que las normas
subsidiarias de 1990 con las que están trabajando no
resuelven los problemas
actuales que plantea el suelo. En la Gaceta de Collado,
constataba las limitaciones y los defectos de las antiguas normas
subsidiarias de planeamiento municipal y cifraba sus esperanzas
para solucionar los problemas urbanísticos más
importantes actualmente en la localidad en unas nuevas normas
que, de acuerdo con lo establecido en la nueva Ley del suelo de
la Comunidad de Madrid, pasarán a ser Plan
General.
La Comunidad Autónoma de Madrid cuenta con su
propia legislación urbanística. La primera Ley
urbanística propia de la Comunidad Autónoma de
Madrid es la Ley de Ordenación del Territorio, Suelo y
Urbanismo, Ley 9/1995, de 28 de marzo, dictando con posterioridad
a dicha norma (y como consecuencia, en gran medida, del fallo
emitido por el Tribunal Constitucional en su Sentencia 61/1997,
de 20 de marzo) una nueva Ley, esta vez de Medidas Urgentes en
materia de
Suelo y Urbanismo, Ley 20/1997, de 15 de julio. La Ley de
Ordenación del Territorio, Suelo y Urbanismo regula, de
modo análogo a la ley estatal, las normas subsidiarias de
planeamiento municipal.
Hay que observar que ha sido importante en Collado
Mediano la influencia y repercusión de las Normas
Subsidiarias de Planeamiento Municipal en lo referente a las
diversas clases de suelo en donde pueden actuar. Las Normas
subsidiarias clasifican el suelo en Suelo urbano, Suelo Apto para
la Urbanización y Suelo No Urbanizable y se proponen
reconducir "la anárquica estructura urbana reinante en el
municipio, y la desprotección del medio ambiente". Una
de las incidencias más importantes ha sido la
protección de suelo que tiene la calificación de no
urbanizable, mediante diferentes niveles de protección,
impidiendo otro uso diferente del contemplativo
(ecológico, paisajístico), como se explicará
más adelante. La propuesta de Suelo Apto para la
Urbanización ha generado suelo de uso residencial en zonas
de gran valor paisajístico y de gran calidad
medioambiental (Ladera de Poyalejo, Las Majadillas,
Serranía de la Paloma, Cerro del castillo, etc.). El suelo
para uso industrial se ha ido concentrando poco a poco en el
polígono de San Ildefonso. Dentro del Suelo Apto para la
Urbanización se destinaron en Las Majadillas 8,9360
hectáreas para este último uso. El suelo urbano
quedó fijado de tal manera que no se invadan con las
construcciones y urbanizaciones zonas de valor
paisajístico y ecológico.
El agente político actual de producción
del espacio urbano, desde planteamientos sociales, considera que
las normas subsidiarias son insuficientes para la
consecución de los objetivos
previstos. Como se ha criticado numerosas veces, las normas
subsidiarias aparecen como un instrumento poco idóneo para
la consecución de las finalidades de la producción
del espacio urbano que se han propuesto los gobiernos locales, en
este caso de izquierdas (CDS, PSOE, IU).
En la Ley del suelo de 1956, las normas subsidiarias
poseían un carácter doblemente subsidiario, ya que
se aplicaban en defecto o en aspectos no previstos de Plan de
Ordenación Urbana y emanaban, en función de una
tutela material,
de una autoridad
superior al Municipio. A partir de 1978, con el nacimiento del
estado de las autonomías, las Comunidades Autónomas
adquirirán la competencia en materias de urbanismo,
creando sus propias leyes de
urbanismo, aunque las Normas Subsidiarias de Planeamiento
Municipal no van a sufrir ningún cambio en su
regulación, viniendo constituida ésta en la
actualidad por lo establecido al respecto en el Texto
Refundido de la Ley del Suelo de 1976 y en el Reglamento de
Planeamiento urbanístico de 1978. Tras la reforma de
1975-1976, las normas son un instrumento equivalente de
Planeamiento general por su función ordenadora y se
formulan por los ayuntamientos, aunque la aprobación
definitiva se hace depender de una administración superior
(el Estado y, posteriormente, la Comunidad Autónoma). El
ayuntamiento en el que se van a aplicar las normas debe aprobar
en primer lugar por mayoría las normas subsidiarias de
planeamiento. Comienza el proceso con una aprobación y,
tras una serie trámites reglamentarios (publicidad,
audiencia, encuesta,
alegaciones, etc.), termina con una aprobación final, que
es provisional, pues la aprobación definitiva no compete
al ayuntamiento.
En lo que se refiere a la aprobación definitiva
en la Comunidad Autónoma de Madrid, y con anterioridad
tanto a la Sentencia del Tribunal Constitucional y a la Ley de
Urbanismo de dicha Comunidad Autónoma (Ley 9/1995), se
regulaba el procedimiento en
el Decreto 9/1983, de 30 de junio, según el cual
correspondía al Consejo de Gobierno de la Comunidad
aprobar definitivamente, previo informe de la
Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente
o, en su caso, tras la aprobación inicial y provisional
otorgadas por la misma , los Planes Generales, Ordenanzas y
Normas Complementarias y Subsidiarias del
planeamiento.
Por otra parte, la regulación que se hace de
estas normas en la Ley de Régimen del Suelo y
Ordenación Urbana de 12 de mayo de 1956 es precaria e
insuficiente. Serán la jurisprudencia
y la doctrina las que posteriormente arreglarán estas
deficiencias y llenarán de contenido dicho instrumento
jurídico de planeamiento urbano del ámbito
municipal. Las cuestiones relativas a sus funciones y a su
aplicación práctica serán resueltas a partir
de 1975. También será a partir de las reformas
iniciadas en ese año cuando se consolidarán y se
potenciaran esas normas, pasando de ser un instrumento de
planeamiento secundario y excepcional a equipararse a los Planes
Generales. El Reglamento de Planeamiento Urbanístico de
1978 regulará las clases de Normas Subsidiarias de
Planeamiento Municipal, de acuerdo con los tipos de suelo que
pueden regular (urbano, urbanizable, no urbanizable). Las
determinaciones de las normas subsidiarias que regulan dos tipos
de suelo las establece el Reglamento de Planeamiento
Urbanístico de 1978. Entre ellas, cabe destacar por tener
relación con el asunto que estoy tratando las relativas a
la morfología urbana, en particular las que tienen que ver
con el elemento morfológico de usos del suelo: la
delimitación del suelo urbano, la asignación de
usos pormenorizados del suelo, etc.
La mayor parte de la población española y
de la superficie del territorio español se
encuentran, en la actualidad, afectados por el planeamiento
urbanístico. En las localidades con más de
más de 10.000 habitantes, los Planes Generales de
Ordenación Urbana son más numerosos que las Normas
Subsidiarias de Planeamiento Municipal. A pesar de que
están muy extendidas en municipios pequeños, no han
tenido desde 1956 el uso o utilización que se esperaba, a
pesar de ser uno de los instrumentos de planificación del espacio más
utilizados.
El ámbito de aplicación de las normas
subsidiarias viene dadas por su relación con los Planes de
Urbanismo y, en concreto, con
los Planes de Ordenación urbana (Planes Municipales y
Comarcales), ya que se aplican en defecto de estos, y se limita,
en el caso de las municipales, al territorio del municipio, sea
cual sean, en principio, su tamaño o número de
habitantes, aunque desde 1975, con la nueva Ley del Suelo, se
considerarán, por su simplicidad, especialmente adecuadas
para municipios pequeños y con menor problemática
urbanística. En lo que se refiere a las Normas
Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico de Collado
Mediano, estas se presentan como un instrumento del
término municipal de Collado Mediano para operar una nueva
ordenación urbanística del territorio municipal
mediante la regulación de los terrenos y las condiciones
de edificación.
El artículo 58.3 de la Ley del Suelo de 1975
establecía los contenidos mínimos de las Normas
Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico:
a) Fines y objetivos de su
promulgación.
b) Delimitación de los territorios y
núcleos urbanos que constituyan el ámbito de su
aplicación.
c) Relaciones e incidencias con el planeamiento que
complemente, en su caso.
d) Normas urbanísticas mínimas de la
ordenación que establezcan.
e) Previsiones mínimas para edificios y servicios
públicos y para fines de interés
general o comunitario.
En el siguiente punto del artículo se mencionan
los contenidos mínimos que deben contener si se quiere
urbanizar y edificar a su amparo:
a) Proyección, dimensiones y
características del desarrollo previsible.
b) Esquema indicativo de infraestructuras y servicios
urbanos.
c) Señalamiento de las zonas en que puede
urbanizarse con arreglo a las prescripciones contenidas en las
propias Normas.
Se reconoce expresamente en la Ley del Suelo de 1975 la
posibilidad de que dichas normas puedan urbanizar y edificar el
suelo apto para ello y que, por tanto, puedan contener los tres
tipos de suelo que tienen los Planes Generales de
Ordenación Urbana. En el Reglamento de Planeamiento
Urbanístico de 1978, se especificarán las
determinaciones de las Normas Subsidiarias de Planeamiento
Municipal que regulan dos y tres tipos de suelo. Para las normas
subsidiarias que regulan dos tipos se especifican las siguientes
determinaciones:
«a) Fines y objetivos de su promulgación,
con indicación de su conveniencia y oportunidad,
así como del carácter subsidiario del planeamiento
general al que suplen y señalamiento del período de
vigencia previsto cuando se hubiese determinado su
sustitución por un Plan General.
b) Delimitación del suelo urbano con los
criterios del artículo 81 de la Ley del Suelo,
considerando el resto del suelo no urbanizable.
c) Definición, a efectos de lo dispuesto en los
arts. 81 y 86 de la Ley del Suelo, del concepto de
núcleo de población en base a las
características propias del municipio, estableciendo en
cada caso las condiciones objetivas que den lugar a su
formación de acuerdo con las siguientes determinaciones
correspondientes de las Normas Subsidiarias de Planeamiento
General con ámbito provincial.
d) Asignación de usos pormenorizados para el
suelo urbano.
e) Normas urbanísticas con el grado de desarrollo
propio de las previstas en el apartado 2 del art. 40 de este
Reglamento.
f) Trazado y características de la red viaria, con
determinación de alineaciones, definiéndose
geométricamente su trazado en planta y rasantes referido a
la totalidad o parte del suelo urbano.
g) Previsiones mínimas para centros y servicios
de interés público y social para el suelo
urbano.
h) Señalamiento y delimitación de las
zonas objeto de protección especial en el suelo no
urbanizable y normas mínimas de defensa frente a la
urbanización y la edificación en esas
zonas.»
Las
determinaciones de las normas subsidiarias que regulan tres tipos
de suelo son, según el artículo 93 del Reglamento
de Planeamiento Urbanístico de 1978, las que
siguen:
"a) Fines y objetivos de su promulgación, con
indicación de su conveniencia y oportunidad, así
como del carácter subsidiario del planea miento general al
que suplen y señalamiento del período de vigencia
previsto cuando se hubiese determinado su sustitución por
un Plan General.
b) Delimitación de los terrenos comprendidos en
el suelo urbano en las áreas aptas para la
urbanización 32 y en el suelo no urbanizable.
La delimitación del suelo urbano se
practicará de acuerdo con los criterios establecidos en el
art. 78 de la Ley del Suelo.
c) Definición del concepto de núcleo de
población con base en las características propias
del municipio, estableciendo las condiciones objetivas que den
lugar a su formación, a efectos de las posibilidades de
edificar en el suelo no urbanizable y en las áreas aptas
para la urbanización, en tanto no sean aprobados los
correspondientes Planes Parciales para estas
últimas.
d) Asignación de usos pormenorizados para el
suelo urbano y de usos globales para las áreas aptas para
la urbanización, con expresión en ambos casos de su
nivel de intensidad, delimitando los sectores o fijando los
criterios para su delimitación por los Planes
Parciales.
e) Normas urbanísticas que tendrán, en el
suelo urbano, el grado de desarrollo propio de las previstas en
el apartado 2 del artículo 40 de este Reglamento, y el
carácter y el grado de precisión propio de las
normas contempladas en el apartado 3 del mismo artículo
cuando se refieran a zonas aptas para la
urbanización.
f) Esquema indicativo de la infraestructura,
equipamiento y ser vicios urbanos para la totalidad del
territorio, calculado para el límite de saturación
de las áreas aptas para la urbanización y
previsiones mínimas para centros y servicios de
interés público y social para suelo urbano. El
esquema de infraestructura y servicios se referirá a los
sistemas
generales de comunicaciones, espacios libres y áreas
verdes y equipamiento comunitario.
g) Trazado y características de la red viaria del
suelo urbano, con determinación de alineaciones,
definiéndose geométricamente su trazado en planta y
de rasantes, referido a la totalidad o parte de este
suelo.
h) Señalamiento y delimitación de las
zonas objeto de protección especial en el suelo no
urbanizable y normas mínimas de defensa frente a la
urbanización y la edificación en esas
zonas.
2. Para la delimitación del suelo urbano y de las
áreas aptas para la urbanización se deberá
prever la proyección, dimensiones y características
del desarrollo previsible."
En cuanto a las determinaciones urbanísticas del
suelo, son explicadas por las Normas Subsidiarias de Planeamiento
Urbanístico de Collado Mediano en su Título II,
Cap. 6.
La documentación que debe unirse a ambas
formas de normas subsidiarias de planeamiento municipal es,
según el reglamento mencionado, las siguientes:
"1. Memoria
justificativa de sus fines y objetivos, así como de su
conveniencia y oportunidad, y de todas y cada una de sus
determinaciones, con expresión del resultado del
trámite de participación pública en el
proceso de elaboración de las Normas.
2. Planos de información de la totalidad de su
ámbito territorial a escala
adecuada.
3. Planos de ordenación que expresen,
según los distintos supuestos, las determinaciones a que
se refieren los apartados b), d), fl, g) y h) del art. 92 y b),
d), f), g) y h) del artículo 93.
4. Normas urbanísticas mínimas de la
ordenación que establezcan la regulación de las
condiciones de planeamiento, urbanización y
edificación."
Las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de
Collado Mediano también contienen los anteriores documentos: las
Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal deberán
contener los siguientes documentos: memoria justificativa de sus
fines y objetivos, Planos de información de su
ámbito territorial, Planos de ordenación y, por
último, las Normas urbanísticas que regulen las
condiciones del planeamiento, urbanización y
edificación.
Los documentos de las Normas Subsidiarias de
Planeamiento Municipal de Collado mediano se enumeran en el
artículo 1.16:
- Memorias de información.
- Planos de información.
- Memoria justificativa.
- Normas urbanísticas.
- Planos de ordenación.
Las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal se
suelen dividir en dos volúmenes o tomos, conteniendo por
lo general el primero de ellos todos los documentos de las Normas
Subsidiarias de Planeamiento Municipal, que son escritos,
viniendo a estar integrado por ello este primer volumen o tomo
por la memoria
justificativa, la cual suele venir precedida las más de
las veces de una memoria informativa, y por las Normas
urbanísticas mínimas que establezcan la
regulación del planeamiento, de la urbanización y
de la edificación. Por su parte, el segundo volumen o tomo
integrante de la documentación de las Normas Subsidiarias
de Planeamiento Municipal estará integrado por todos los
documentos de las Normas que sean gráficos y así estará formado
este segundo volumen tanto por los Planos de información
como por los Planos de ordenación.
Concretando en el caso de las Normas Subsidiarias de
Planeamiento Municipal de Collado Mediano, la información
se agrupa en tres volúmenes:
- Propuesta de ordenación (Normas
urbanísticas). - Planos (información).
- Planos (proyecto).
Los documentos anteriores se incluyeron parcialmente en
la edición consultada y se agruparon en dos
tomos:
1º Propuesta de ordenación. Normas
urbanísticas.
2º Planos.
Las Normas Subsidiarias de Planeamiento
Urbanístico de Collado Mediano han incidido en el mantenimiento
de determinados espacios de la localidad que, por su
interés paisajístico, ecológico o forestal,
se han mantenido en un uso contemplativo, evitando su
utilización para funciones fundamentalmente residenciales.
Especial protección, por su interés
ecológico, paisajístico y forestal han tenido el
Cerro del Castillo, Monte Redondo y Jarahonda. El Suelo No
Urbanizable se divide en lar normas subsidiarias en cuatro tipos:
el común y los especialmente protegidos por tener
cualquiera de los tres valores
considerados (ecológico, forestal y paisajístico).
Las normas han impedido que se hicieran de este suelo, en
particular de los especialmente protegidos, usos incompatibles
con su naturaleza, urbanísticos o de otro tipo, como por
ejemplo, la práctica del motocross.
Mediante la propuesta de Suelo Apto para la
Urbanización convierte espacios de gran calidad
paisajística y medioambiental en zonas residenciales de
residentes de temporada, acabando de consolidar zonas, mediante
la urbanización pendiente o cesiones. Este suelo se
encuentra en espacios privilegiados medioambiental o
estéticamente (Cerro del castillo, El berrocal, ladera de
Poyalejo, Serranía de la Paloma, etc.). En total, una
superficie de 96,9160 hectáreas y un número
máximo de viviendas de 1028. Dentro de este suelo, 8,9360
hectáreas, en Las Majadillas, se programaron para uso
industrial.
Las Normas Subsidiarias de Planeamiento
Urbanístico de Collado Mediano dedican un título,
el IV, a los usos del suelo. En el capítulo 1 se
clasifican los usos en 18 tipos diferentes,
estableciéndose a continuación las definiciones y
las condiciones de cada uno de estos usos. Es evidente que estas
condiciones han influido en la construcción de los
edificios destinados a cada uno de estos usos.
Las nuevas normas, cuyo avance se aprobó en mayo
de 2001, se proponen el objetivo de
solucionar los problemas de estructura urbana. Se prevé el
establecimiento de nuevos centros de influencia urbanos (plazas,
zonas ajardinadas, zonas comerciales y aparcamientos) y un nuevo
centro urbano cerca del actual casco con plaza, edificio
público y aparcamiento. En lo referente al suelo para uso
residencial y terciario, hay un estudio para ubicar viviendas en
bloque y ampliar la oferta de pisos y locales. El problema de la
regeneración del casco urbano también se
está planteando seriamente para recuperar zonas de
interés, catalogar los edificios protegidos y establecer
normas estéticas. En las nuevas normas se incluirá
una Ordenanza de construcción y estética para el casco urbano.
La nueva sensibilidad ecológica ha sido
también asimilada por la lógica
"atrapolotodo" (catch all) del gobierno local, una
coalición de izquierdas que va desde posturas moderadas
(CDS, Centristas) hasta de extremistas (PSOE, IU). El suelo apto
para urbanizar se reduce con el fin de proteger espacios de gran
valor paisajístico, ecológico y medioambiental.
Dentro del suelo no urbanizable, se amplia el suelo especialmente
protegido y se protege el suelo no urbanizable común
mediante la aplicación de la Ley
forestal.
Autor:
Francisco José Esteve
Martín
Profesor. Ha realizado estudios de filosofía,
sociología y ciencias
políticas y derecho y publicado obras de
filosofía y derecho.
Categoría:
Geografía. Geografía humana. Urbanismo.
Madrid 2004