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Geografía humana. Estudio sobre la morfología urbana de Collado Mediano (Madrid)




Enviado por fjesteve



    Usos del suelo

    1. Resumen
    2. Los usos del
      suelo
    3. Fuerzas centrífugas y
      centrípetas que influyen en los usos del
      suelo
    4. Evolución de los usos del
      suelo
    5. Influencia del planeamiento
      urbanístico en los usos del suelo

    Resumen:

    Es un trabajo de
    geografía
    humana fruto de una investigación empírica realizada por
    el autor a finales del año 2003 sobre los usos del
    suelo en la
    localidad madrileña de Collado Mediano (Sierra del
    Guadarrama), su evolución, factores explicativos e
    incidencia de la legislación urbanística. Se han
    excluido de esta versión digital los planos y
    fotografías de la localidad.

    Introducción

    El presente estudio se centra en uno de los aspectos
    más dinámicos de la morfología urbana, los
    usos del suelo, de Collado Mediano, localidad de la Comunidad de
    Madrid situada en la Sierra del Guadarram.

    Collado Mediano es una localidad madrileña con
    categoría de villa desde Felipe IV situada en plena sierra
    de Guadarrama, cerca de la Meseta, en dirección noroeste y a una altitud que
    oscila entre 929 y 1340 metros sobre el nivel del mar. La
    extensión de su término municipal es de 2260
    hectáreas, de las que el 86 % no son urbanizables. A 48
    kilómetros de Madrid, capital de
    España
    y de la Comunidad, dispone de estación de ferrocarril y de
    una línea regular de autobuses que permiten su comunicación aquella y con los pueblos de
    los alrededores. Las carreteras M-623, M-621 y N-601 posibilitan
    la
    comunicación con otros pueblos y con Madrid (mediante
    la M-601, que une la radial N-1 con la N-VI). La población oficial del padrón
    continuo del municipio es en 2002 de 5095 habitantes, aunque los
    habitantes pueden llegar en verano hasta 20.000. En la actualidad
    y desde hace varias décadas puede considerarse un suburbio
    dormitorio: casi el 80 % de la población activa trabaja
    fuera del domicilio.

    Con un hábitat
    concentrado, la mayor parte de la población del municipio,
    que cuenta con tres núcleos de población
    secundarios (Los Barrizales, Reajo del Roble y Serranía de
    la Paloma), se encuentra concentrada en el núcleo de
    población principal. El índice de dispersión
    (de Demangeon) es muy bajo, de 0,49, por debajo de la cercana
    localidad de Becerril (seis núcleos de población
    secundarios), con un 0,77, y por encima de Los Molinos, sin
    núcleos de población secundarios identificados (Ver
    gráfico). Los lugares no principales (Los Barrizales,
    Reajo del Roble y Serranía de la Paloma) son
    urbanizaciones enclavadas en zonas de gran calidad
    paisajística y ambiental que habitan, en este y otros
    periodos vacacionales, turistas de Madrid y otras ciudades que
    buscan tranquilidad, aislamiento y contacto con la naturaleza. El
    lugar principal está situado en una zona
    estratégica protegida por la Sierra del castillo, que ha
    limitado bastante la expansión urbana hacia el norte. Con
    la expansión del pueblo, los lugares independientes
    cercanos a la estación de ferrocarril dejaron de
    serlo.

    Provincia

    Municipio

    Htes. núcleo principal

    Htes. núcleos
    secundarios

    Total htes.

    Total lugares secundarios

    Indice de dispersión

    Madrid

    Collado Mediano

    4.447

    870

    5.317

    3

    0,49

    Madrid

    Los Molinos

    3.821

    0

    3.821

    0

    0,00

    Madrid

    Becerril

    3.562

    528

    4.090

    6

    0,77

    El emplazamiento original en la ladera de la Sierra del
    Castillo ha determinado la morfología urbana de la villa.
    La Sierra ha supuesto un límite físico, primero, y
    jurídico, posteriormente, determinante del crecimiento
    urbano. Dentro de los elementos morfológicos, el plano
    tiene un carácter irregular, por la imposibilidad de
    un desarrollo
    concéntrico u ortogonal. La climatología ha
    generado también un tipo de edificaciones y el uso de unos
    materiales
    característicos de la tipología
    arquitectónica tradicional de la meseta central, en
    particular, de la serrana. La elección del emplazamiento
    original, en la ladera sur de la Sierra del Castillo, al
    resguardo de ésta, fue motivada por razones
    económicas, por encontrar sus primeros moradores unas
    condiciones idóneas para el desarrollo de la actividad
    ganadera y, secundariamente, de la agrícola.
    Tendrán que pasar muchos siglos hasta que se produzca una
    revolución
    de los usos del suelo. A finales del siglo XIX se inaugura la
    estación de tren que enlaza con Madrid y otras localidades
    cercanas y comienzan a construirse cerca de la estación,
    lejos del pequeño casco urbano, villas y hoteles pequeños y medianos,
    destinándose paulatinamente suelo al uso residencial
    secundario. Con la generalización del uso del coche tras
    los años 60 del siglo XIX y con el progreso de la
    convergencia espacio-temporal se multiplica la utilización
    de suelo para uso de segunda residencia y para uso terciario,
    relacionado con el comercio y la
    hostelería, en el centro del pueblo. El centro
    empezará a ser objeto de un uso intensivo comercial y
    residencial, siendo objeto de rehabilitación y, sobre
    todo, de renovación urbana. Aparecen nuevas
    tipologías y volúmenes arquitectónicos que
    contrastan con los tradicionales serranos; aparecen barbechos en
    espera de un uso intensivo o rentable. Junto con la
    renovación, asociada a la gentrificación, quedan en
    el centro urbano zonas degradadas, con edificaciones antiguas sin
    valor
    arquitectónico que no reúnen las condiciones
    necesarias de habitabilidad exigibles de acuerdo con los
    parámetros actuales de calidad.

    Los usos del suelo en el plano de
    Collado Mediano (sólo en la edición
    no digital)

    1

    Los usos
    del suelo

    El primer gran uso del suelo, aparte del residencial,
    fue el de pastos para la ganadería.
    Es muy probable que los primeros pobladores del lugar fueran
    pastores que encontraron en la zona unas condiciones
    idóneas para su actividad. Todavía a principios del
    siglo XX, la ganadería ocupa un lugar central en la
    economía
    del municipio. El uso del suelo para actividades
    económicas relacionadas con la ganadería, aunque
    desbordado por el residencial y el terciario, sigue vigente en la
    actualidad.

    Con
    el plano de la localidad delante, con los usos del suelo
    delimitados mediante un código
    de colores, podemos
    observar que la mayor parte del espacio en el municipio utilizado
    se encuentra destinado al uso residencial. Aproximadamente el 50
    % de las viviendas es de segunda residencia. Estas, en su mayor
    parte, son viviendas unifamiliares ubicadas en colonias y en
    urbanizaciones bien diferenciadas (Los Linos, Montegolf,
    Montecollado, El Señorío de la Sierra, Virgen de
    Begoña, La Fuente, Los Arroyuelos, Reajo del Roble, Parque
    Collado, Las Chaparras, etc.), algunas de las cuales se
    encuentran muy alejadas del casco urbano. En el casco urbano
    predominan las viviendas multifamiliares bajo la forma de
    edificios de dos, tres o cuatro plantas, que son
    las que suelen albergar a casi todos los residentes permanentes
    del municipio.

    En el
    casco urbano de la villa se concentran los locales de las
    actividades terciarias: comercios, hostelería, servicios
    financieros, jurídicos e inmobiliarios, oficinas, etc.
    Junto con el uso residencial de viviendas multifamiliares,
    coexiste un uso que, aunque espacialmente sea muy reducido si se
    compara con la totalidad del espacio utilizado para cubrir las
    diferentes necesidades y ejercer las variadas actividades
    humanas, es decisivo para la vida de la villa. Los edificios en
    los que se ubican los locales afectos a las actividades del
    terciario son multifuncionales, pues coexisten los grandes usos
    del suelo de tipo residencial con los de tipo económico
    terciario. Dentro del casco urbano, el terciario ocupa el espacio
    más visible, más accesible a los habitantes y
    transeúntes, a la izquierda y a la derecha de la calle
    principal, hoy llamada C/ Real, in fine, desde la Plaza del
    caño (cruzada por la avenida de Madrid, carretera M-623) y
    la desviación hacia el Paseo de los Rosales. En el
    interior del casco urbano, también zona de bastante
    accesibilidad aunque de menor visibilidad que las anteriores, se
    localizan comercios, academias, pequeñas clínicas,
    locales de hostelería, etc. El espacio de flujo más
    importante es, sin lugar a dudas, la C/ Real, que en el fondo es
    un tramo de la carretera M-623, vía de comunicación
    con los pueblos (Navacerrada, Becerril de la Sierra, Moralzarzal,
    Cerceda, Los Molinos, Guadarrama, etc.) y ciudades (Collado
    Villalba, Madrid, Las Rozas, Majadahonda, etc.) de los
    alrededores de la villa y, a través el Paseo de los
    Rosales, también en la M-623, con las localidades del sur
    y del noroeste. Por la accesibilidad y el volumen forzoso
    de los flujos de peatones y vehículos, el tramo mencionado
    up supra es el lugar más estratégico para situar el
    terciario. Se mezclan las entidades financieras, los servicios
    inmobiliarios (cuatro locales en ese tramo dedicados a gestiones
    inmobiliaria), las carnicerías, los bares y los
    restaurantes y otros locales del terciario. En la plaza de la
    villa, la Plaza Mayor, cortada por la calle Real (en el fondo es
    un tramo de la carretera M-623 del interior de la villa),
    encontramos los edificios del gobierno local,
    la sede de la administración
    pública local; a unos pocos metros, la Casa de
    Cultura y la
    Casa de la Juventud.

    La
    estructura
    urbana refleja el peso de cada una de las actividades
    económicas de la villa, con un predominio claro del sector
    servicios (casi el 60 % de ,la actividad económica), que
    es el que ocupa el espacio más accesible y caro y
    representa el mayor número de empresas
    mercantiles. La industria, que
    representa el 18,5 % de la actividad económica del
    Municipio y que desde que se creo se concentra en el
    polígono industrial (San Ildefonso) de las afueras de la
    villa, cerca del cementerio y del matadero municipal. Alberga
    edificaciones de tamaño mediano y grande relacionadas con
    actividades que requieren bastante espacio y que, por las
    molestias (incluidas las estéticas, por la ruptura del
    paisaje urbano que suponen) o riesgos que
    pueden causar, tienen asignados espacios alejados de las
    áreas residenciales. También existen otros espacios
    dedicados a actividades industriales diseminados en áreas
    predominantemente comerciales y residenciales que, por razones
    obvias, no se han concentrado en el polígono. En el
    polígono industrial encontramos naves de tamaño
    mediano en los que se desarrolla la actividad industrial y
    espacios al aire libre en los
    que se almacenan materiales, maquinaria y productos
    elaborados. Entre otros, destacan en el polígono
    industrial de San Ildefonso la fábrica de patatas y las
    instalaciones de la empresa
    Jomasa, S. L., dedicada a las construcciones metálicas y
    excavaciones.

    Durante mucho tiempo Collado
    Mediano estuvo especializado en la actividad ganadera,
    dedicándose gran parte del espacio utilizado al uso
    primario ganadero, orientado a la producción de carne y de leche, y,
    secundariamente, a la actividad agrícola. Todavía
    en la actualidad se destina parte del espacio del término
    municipal a la ganadería y a las actividades relacionadas
    con ella bajo la forma de terrenos de pastos, comercios
    (carnicerías) y matadero municipal. Los espacios dedicados
    a pastos se sitúan fuera del núcleo urbano. En el
    sur del término municipal, por debajo de la
    urbanización Montegolf, La Cabezuela y La Vega las vacas
    pastan en verdes terrenos acotados, aunque su dieta de hierba se
    complementa con piensos industriales. La dieta en proteínas
    animales
    derivadas del
    ganado vacuno actualmente sigue siendo importante para el
    habitante de Collado Mediano y sigue manteniéndose viva la
    gastronomía serrana integrada
    fundamentalmente por dicha carne, sin que pueda ser eclipsada por
    la de otras culturas (china,
    italiana), que tiene bastante clientela entre los no residentes.
    La actividad ganadera se encuentra vinculada
    económicamente con carnicerías y pastelerías
    del lugar.

    Existen espacios usados con fines
    de ocio, cultura y recreo que ocupan espacios alejados del casco
    urbano de la villa. Hacia el sur, pasada la estación de
    ferrocarril, entre la vía férrea y la
    urbanización Montegolf, se encuentra una compleja zona
    deportiva municipal (con piscinas, pistas de tenis,
    polideportivo, campo de fútbol) y, al final de la Calle
    Espliego, una zona de uso deportivo. El pabellón
    polideportivo de Collado Mediano es el más antiguo de la
    sierra de Madrid. La zona deportiva alberga numerosas actividades
    deportivas (de competición, de ocio, recreación
    y tiempo libre y básicas). Cerca de las escuelas, entre la
    C/Real y la C/ de la fuente se sitúa el parque, con una
    flora crecida y mantenida con atención y con un área de juegos
    infantiles; ya más cerca del casco urbano, en la misma C/
    Real, encontramos el bailadero local (La Luna) y el edificio del
    cine, de
    titularidad privada. Frente los edificios de la
    Administración y gobierno local, en la C/ Real,
    está el edificio de la pública Casa de la Cultura,
    inaugurada en 1982, a la que se encuentra adscrita la Escuela de
    Música.

    Los edificios de la administración y gobierno local usan el
    suelo situado en el lugar más simbólico y central,
    el de la Plaza Mayor, en el casco antiguo. Es el lugar más
    accesible a todos los ciudadanos y el más cercano a otros
    lugares de uso institucional (Casa de la Cultura, Casa de la
    Juventud, Iglesia
    Parroquial). La administración local se ubica en dos
    edificios, el clásico del Ayuntamiento, en el lugar
    más central de la Plaza y de cara a la C/ Real, y otro,
    una edificación situada a su izquierda, que es el
    resultado de la novedosa reforma de un edificio típico
    serrano, del que se ha respetado su exterior.

    Dispersos por la villa, hay varios
    espacios utilizados por servicios o equipamientos colectivos muy
    heterogéneos entre sí (educativos, religiosos,
    económicos). Pegado al polígono industrial, casi
    confundido con él, están el matadero municipal y el
    cementerio local. Cerca del parque municipal, en dirección
    al noroeste, se encuentran las escuelas públicas y la
    oficina de
    Telefónica S.A.. Cerca de la urbanización Los
    arroyuelos, en dirección noreste, subiendo por la sierra
    del Castillo, el Depósito de agua, un
    espacio usado por el Canal de Isabel II para cubrir las
    necesidades de agua de la localidad. La oficina de correos,
    está situada cerca del Ayuntamiento, en un lugar de
    bastante accesibilidad, que cubre a duras penas las necesidades
    de comunicación postal de la villa. La oferta
    pública educativa satisface las necesidades educativas
    preescolar y
    primaria de la localidad. La Casa de Niños y
    el Colegio público situados lejos unos de otro, ocupan un
    suelo en el que se realizan actividades educativas que cubren las
    necesidades básicas de educación.
    También existe una oferta educativa privada centrada en
    idiomas o en enseñanza de refuerzo. Las necesidades
    sanitarias se encuentran parcialmente cubiertas con
    clínicas y centros médicos pequeños (uno
    público y varios privados), localizados en los lugares de
    mayor accesibilidad.

    Hay diferencias
    cuantitativas y cualitativas relacionadas con los usos del suelo
    antes y después de los años 50 del siglo XX. A
    finales del siglo XIX, con la inauguración en 1889 de la
    línea del ferrocarril con estación en Collado
    Mediano, empezaron a producirse cambios cuantitativos y
    cualitativos en el uso del suelo. El uso residencial, centrado en
    el casco antiguo empezó a extenderse constantemente hasta
    la actualidad. Pero tuvieron que transcurrir muchas
    décadas hasta que los usos primarios, ganadero y
    agrícola, dejaran de tener la primacía. La
    morfología y la estructura "urbana" empezaron a
    transformarse. Cerca de la estación, relativamente alejada
    del casco antiguo, empezaron a construirse residencias
    unifamiliares cuyas tipologías arquitectónicas que
    supondrán la decadencia de la arquitectura
    autóctona de la que aún hoy pueden observarse
    restos en el casco antiguo. Collado Mediano se convierte en una
    localidad accesible a los habitantes de Madrid y de otras
    localidades del oeste de la provincia. En la zona de la
    Estación, de la Dehesa y del Ramiro aparecen las primeras
    colonias, que se convierten en los primeros ensanches del casco
    antiguo. Los hoteles y villas de las colonias van a albergar a
    turistas de temporada o de fin de semana y se convertirán
    en un modelo de
    estilo de vida
    de alta calidad. El espacio destinado a uso residencial de
    viviendas de segunda residencia, habitadas por residentes no
    fijos en el municipio, irá aumentando gradualmente hasta
    suponer en la actualidad un 50 %. Será a partir de la
    década de los 50, en los años 60 y 70, con el
    desarrollo
    económico sufrido por el país y con la
    generalización del uso del automóvil, cuando el
    proceso de
    urbanización comenzará a revolucionarse. El
    automóvil, que dota de mucha independencia
    a los viajeros y es el mejor vehículo de
    comunicación puerta a puerta, permite que vayan accediendo
    cada vez más turistas a la zona. Las carreteras mejoran la
    convergencia espacio-tiempo desde Madrid y otras localidades
    cercanas. Se construyen numerosos chalés individuales y
    urbanizaciones de residencias unifamiliares y de bloques de
    edificios multifamiliares.

    La aparición y desarrollo de la industria en
    Collado Mediano va unido a la construcción de villas y hoteles, al
    comienzo, urbanizaciones de chalés y bloques de edificios
    y a la renovación urbanística del casco antiguo. Se
    desarrolla la cantería, que utiliza suelo para extraer los
    materiales graníticos de las construcciones y para
    trabajar la piedra. Aunque en el polígono industrial
    todavía pervive una empresa de
    cantería, las canteras se sitúan actualmente en
    otros municipios. También surge y se desarrolla la
    carpintería metálica y de madera, que
    usa suelo en el área industrial y en zonas dedicadas
    predominantemente al uso residencial. A finales de los
    años 80 y principio de los noventa aparece una nueva
    área, la industrial, que poco a poco comienza a crecer
    albergando empresas.

    La función
    terciaria empieza a crecer desde los años 60, ocupando
    cada vez más suelo en las zonas más
    estratégicas y centrales de la villa. La función
    comercial se ha extendido bajo la presión de
    la demanda de
    productos de primera necesidad de los turistas o residentes no
    fijos, cuyo número puede llegar a ser el triple de los
    fijos en algunos meses del año, como en Agosto. El espacio
    dedicado al uso primario ganadero se estanca o reduce
    proporcionalmente a otros usos. El entramado político
    institucional empezó a ocupar cada vez más espacio
    desde los años 70. Al edificio del Ayuntamiento hay que
    añadir, el anexó inaugurado hace poco, la Casa de
    la Cultura, la Casa de la Juventud, la zona deportiva
    pública, los centros educativos públicos, el centro
    médico municipal, etc.

    2

    Fuerzas
    centrífugas y centrípetas que influyen en los usos
    del suelo

    Junto con la construcción, los usos del suelo es
    uno de los factores que más dinamismo presenta en la
    morfología urbana. Las fuerzas centrípetas atraen
    al centro de Collado Mediano a comercios de muy diferentes tipos,
    oficinas, servicios financieros e inmobiliarios,
    hostelería, despachos de profesionales y residentes fijos.
    Collado Mediano ha crecido longitudinalmente, de manera
    irregular, a lo largo de las vías de acceso a la villa, la
    M-623 y la M-863, y la vía férrea desde el
    cementerio y el matadero hasta la desviación hacia la
    carretera de Los Molinos. La Sierra del Castillo es un borde que
    ha limitado física y
    jurídicamente el crecimiento de la villa hacia el norte.
    El centro ha atraído por su accesibilidad y por su
    localización central al comercio y a los servicios
    especializados. La zona que ejerce más atracción es
    la que se encuentra en el tramo de la calle real que va desde el
    inicio del Paseo de los Rosales hasta la Casa de niños, en
    el inicio de la Avenida de Madrid. Los comercios y los servicios,
    aunque sean del mismo tipo, ofrecen a los consumidores y usuarios
    la ventaja de la complementariedad y de la competencia.
    Todos los servicios financieros se localizan, dentro del tramo
    mencionado anteriormente, en la C/ Real, entre la Plaza Mayor y
    cruce con el Paseo de los Rosales. Los numerosos servicios
    inmobiliarios se disponen también centralmente en la C/
    Real, entre la Avenida de Buenos Aires y
    cruce con el Paseo de los Rosales. En la Plaza Mayor y los
    edificios contiguos se localizan los edificios de la
    administración local y sus extensiones, la Casa de la
    Juventud y la Casa de la Cultura. Casi todos los servicios de
    hostelería (mesones, bares, restaurantes, etc.) se
    encuentran en el tramo mencionado arriba y sus alrededores. Los
    comercios buscan también la localización central.
    Algunos la encuentran en la vía principal y otros en las
    calles más cercanas. Predomina el comercio pequeño.
    Algunas de las numerosas carnicerías, en las que se vende
    carne de ternera, de buey y de cordero de gran calidad, llegan a
    ocupar los lugares de máxima centralidad y
    atención. Los dos supermercados más importantes
    (Guillen y Día) se ubican en la vía principal
    (Avenida de Madrid y C/ Real). El mercadillo de venta ambulante,
    que requiere bastante espacio para la instalación de los
    puestos de venta y el aparcamiento de las furgonetas y camiones,
    también se ha instalado en una zona de gran accesibilidad
    a los habitantes de la villa. Hasta hace poco, en la C/ M.
    Semprún, paralela a la C/ Real, cerca de la Iglesia;
    actualmente, al inicio de la C/ La Fuente, también
    paralela a esta vía. Los puestos de los feriantes y las
    atracciones de las fiestas de verano de la localidad, se colocan
    en la parte de la C/ Real menos frecuentada por el tráfico
    y menos central, desde el cruce con el Paseo de los Rosales hasta
    el parque. Este tipo de actividades comerciales y de ocio,
    pasajeras o temporales, a pesar de que buscan la centralidad, son
    segregadas por razones obvias por el gobierno local hacia lugares
    menos centrales, pero también bastante accesibles. Los
    servicios médicos y educativos también buscan la
    centralidad y encuentran lugares muy accesibles.

    En relación con la función comercial, el
    centro también refleja la evolución
    económica y social que ha sufrido la localidad. A los
    típicos comercios de hostelería, se añaden
    actualmente los pubs, disco-pubs; a los comercios tradicionales,
    se suman los que cubren necesidades de los emigrantes
    (locutorio); el aumento del tráfico inmobiliario de los
    últimos quince años tiene su expresión
    paisajístico-urbana en los numerosos locales de gestión
    inmobiliaria.

    Aunque en el centro podemos observar una
    especialización de la función comercial,
    también atrae la función residencial. El casco
    antiguo ha sido objeto desde décadas de una verdadera
    renovación urbana. En él se mezclan edificaciones
    de diferentes volúmenes, tipologías y estilos
    arquitectónicos, perviviendo el pasado con huellas que han
    sido objeto de una especial protección por parte de los
    poderes públicos. Al lado de los restos históricos
    del casco antiguo, conservados, reformados y recreados, se
    levantan edificios multifuncionales de dos o tres plantas.
    Además del valor simbólico, convivencial o
    educativo del centro, se ofrece a los residentes seguridad,
    fácil acceso a los servicios y cierta calidad de
    vida. El entramado urbano es cerrado y el suelo es usado
    intensivamente. Parte de los residentes fijos, en especial los
    arraigados familiarmente, profesionalmente o generacionalmente a
    la villa, se sienten atraídos por las localizaciones
    más centrales, de mayor densidad
    poblacional. Podría hablarse de gentrificación,
    pues residentes fijos de rentas medias o medias altas se han
    establecido en el centro, en los edificios más modernos o
    de mayor calidad arquitectónica. Se observa también
    cierta degradación parcial, en zonas del casco antigu. En
    los edificios más antiguos o de menor calidad
    arquitectónica residen personas con los más bajos
    niveles de renta. Los emigrantes suelen ocupar las viviendas del
    centro de menor calidad.

    Son evidentes las fuerzas centrífugas que
    actúan sobre la distribución espacial de los usos del suelo
    de Collado Mediano y las razones que las impulsan. Los residentes
    no fijos, turistas de fin de semana o de temporada, buscan
    lugares alejados del centro, espaciosos, no contaminados
    atmosférica o acústicamente. Los residentes no
    fijos suelen pertenecer al segmento medio o alto, es decir, de
    personas de renta media alta o alta. Son en su mayoría
    urbanitas que huyen de los inconvenientes de la vida de la gran
    urbe. Los primeros turistas de finales del siglo XIX y principios
    del XX ocuparon espacios alejados del casco antiguo, cercanos a
    la estación. En las últimas décadas del S.
    XX, se construyeron conjuntos
    residenciales, urbanizaciones, algunas relativamente cercanas al
    centro y otras muy alejadas, pero bien comunicadas con el centro
    por las vías de acceso más importantes. Aunque
    desde muchas de ellas se puede acceder al centro con un nivel muy
    aceptable de convergencia espacio-temporal, la
    habilitación de espacio para aparcar, el uso generalizado
    del automóvil y la posibilidad de acceder a los comercios,
    servicios y a la administración locales y de otros
    municipios más importantes, hizo que se construyeran
    urbanizaciones muy alejadas, donde el urbanita encontraba unas
    condiciones medioambientales y paisajistas de gran calidad.
    Cercanas a la carretera N-601, en la frontera con
    Becerril de la Sierra y Navacerrada, se encuentran las
    urbanizaciones más alejadas del centro, el Reajo del Roble
    y Parque Collado. Entre el casco urbano y estas urbanizaciones se
    observa cierta discontinuidad, pues entre ambos puntos se
    encuentran muchas hectáreas de espacio libre. En
    dirección contraria, hacia el noroeste, a lo largo del
    Paseo de los Rosales existe un continuo urbano de urbanizaciones
    y colonias que finaliza en el cruce de la M-621 y M-623, cerca
    del cual se encuentra las colonias y urbanizaciones más
    alejadas en esa dirección, El Ramiro y Los
    Tilos.

    Desde hace poco más de una década, se ha
    extendido la construcción en la ladera de la sierra del
    castillo. La calidad del paisaje, las vistas, el aislamiento y la
    tranquilidad han llevado a que se haya utilizado el suelo para
    uso residencial. Además de estas ventajas, la Ladera del
    Poyalejo, la Cabreriza y Los arroyuelos ofrece otras, como su
    cercanía del centro urbano.

    La mayor parte del suelo usado por la industria se
    localiza en las afueras de Collado Mediano, en el polígono
    industrial San Ildefonso, cerca del cementerio y del matadero
    municipal. Son muchas las razones que explican la
    segregación espacial de las funciones
    secundarias: la necesidad de grandes espacios para sus
    actividades y de naves industriales que contrastan
    estéticamente y en volumen con los residenciales, la
    cercanía de vías de comunicación (cerca se
    encuentra la carretera M-863 y el cruce con la N-601), la
    emisión de contaminantes acústicos o
    atmosféricos, la existencia de un entramado
    urbanístico abierto por el que circulen adecuadamente
    vehículos medianos o grandes, etc.

    Las actividades deportivas también han sido
    segregadas fuera del centro, a lugares donde el suelo es
    más barato. Collado Mediano dispone de unas completas
    instalaciones deportivas que requieren mucho espacio y
    edificaciones voluminosas. La zona deportiva municipal (piscinas,
    campo de fútbol, polideportivo cubierto, etc.) se
    encuentra pasada la estación de ferrocarril, en
    dirección a Guadarrama y Los Molinos, en La Dehesa, cerca
    de La Cobañera, la urbanización Montegolf y la
    colonia de Los rosales.

    Las actividades ganaderas de pasto también han
    sido segregadas hacia las afueras de Collado mediano. Hace un par
    de décadas no extrañaba a nadie ver pasar las vacas
    por las calles del centro urbano, donde se encontraba la
    vaquería. Ahora numerosas vacas pastan en parcelas
    situadas en el sur de la localidad, cerca de Las Chaparras o de
    la Vega. La ganadería requiere bastante suelo para pastar
    y éste se encuentra en zonas no urbanas.

    En resumen, las actividades que se ven atraídas
    hacia el centro son las relacionadas con la función
    terciaria, político-administrativa y residencial. Las que
    se ven segregadas de las localizaciones centrales son las
    relativas a las funciones primarias (tierras de pasto y
    permanencia para el ganado), secundarias (industriales) y
    también residenciales (colonias y urbanizaciones de
    personas, por lo general, no residentes fijas).

    3

    Evolución de los usos del
    suelo

    Encontramos en Collado Mediano muchos casos de
    pervivencias de uso del suelo a lo largo de las últimas
    décadas, desde finales del siglo XIX. En lo que se refiere
    al uso del suelo para residencia, todavía mucho del suelo
    del casco Antiguo y casi todo el de las primeras colonias de
    veraneantes sigue utilizándose con fines residenciales.
    Los usos del suelo con fines residenciales han ido desplazando
    poco a poco otros usos, como los relacionados con el sector
    primario (agricultura y
    ganadería). El uso primario de tipo agrícola
    prácticamente ha desaparecido, salvo si incluimos en
    él los espacios utilizados por los pequeños viveros
    locales. A medida que avanzaba el proceso de urbanización,
    la construcción de urbanizaciones, el uso primario
    ganadero ha ido desplazándose cada vez más lejos.
    La antigua dehesa del pueblo actualmente se encuentra usada con
    fines deportivos y residenciales. Algunos espacios cercanos al
    casco antiguo, usados por el primario ganadero, como la
    vaquería de Quelín, en la C/ La Viña, es
    actualmente un barbecho en espera de uso comercial o
    residencial.

    Algunas urbanizaciones, como la de Monte Collado, Reajo
    del Roble, Parque Collado, etc., situadas en laderas de la
    sierra, ocupan desde hace pocas décadas un suelo que, por
    las irregularidades del terreno, no tenían ningún
    uso específico y que han sido ganados por el hombre a la
    fauna y flora
    autóctona.

    En relación con los usos del suelo, en el centro
    de Collado Mediano se observa mucho dinamismo. El uso asociado a
    las actividades terciarias se ha multiplicado en las
    últimas décadas a costa del uso para residencia.
    Donde antes había viviendas unifamiliares se han edificado
    edificios de más de dos plantas que albergan servicios
    (oficinas, centros educativos, médicos, despachos)
    compatibles con el uso residencial, con el que coexiste.
    También espacio usado para residencia ha cedido su lugar a
    actividades terciarias. El entramado político
    institucional se ha extendido desde los años setenta.
    Aparte del permanente centro del poder
    político local, ayer apéndice del central el Estado
    liberal-centralista y hoy en día autónomo, el
    edificio del Ayuntamiento, que ocupa el lugar más central
    y simbólico, la Plaza Mayor, hay que añadir, el
    edificio anexo, en la misma plaza, inaugurado en el año
    2004, y, cercanos a ellos, la Casa de la Cultura y la Casa de la
    Juventud. Encontramos aquí unos usos nuevos del suelo
    vinculados al estado
    complejo diseñado constitucionalmente y que dota de cierta
    autonomía política y financiera
    a los gobiernos locales.

    Desde hace una década ha aumentado el uso
    industrial del suelo. El área más importante
    dedicada a este uso se encuentra cerca del cementerio y del
    matadero municipal. El polígono industrial San Ildefonso
    está creciendo paulatinamente, aunque el sector industrial
    ocupe el segundo lugar, tras el de servicios que es el
    predominante.

    4

    Influencia del planeamiento
    urbanístico en los usos del suelo

    Por acuerdo del Consejo de Gobierno de 7/6/1990, se
    aprobaron las Normas
    Subsidiarias de Planeamiento Municipal (publicado en el BOCAM del
    22/6/1990 y en el BOE del 24/7/1990). Las normas fueron
    formuladas por la Dirección General de Urbanismo de la
    Consejería de Política Territorial de la Comunidad
    de Madrid, por subrogación de sus competencias del
    Ayuntamiento de Collado Mediano. En unas declaraciones recientes
    a La voz de la sierra, el Alcalde afirmaba que las normas
    subsidiarias de 1990 con las que están trabajando no
    resuelven los problemas
    actuales que plantea el suelo. En la Gaceta de Collado,
    constataba las limitaciones y los defectos de las antiguas normas
    subsidiarias de planeamiento municipal y cifraba sus esperanzas
    para solucionar los problemas urbanísticos más
    importantes actualmente en la localidad en unas nuevas normas
    que, de acuerdo con lo establecido en la nueva Ley del suelo de
    la Comunidad de Madrid, pasarán a ser Plan
    General.

    La Comunidad Autónoma de Madrid cuenta con su
    propia legislación urbanística. La primera Ley
    urbanística propia de la Comunidad Autónoma de
    Madrid es la Ley de Ordenación del Territorio, Suelo y
    Urbanismo, Ley 9/1995, de 28 de marzo, dictando con posterioridad
    a dicha norma (y como consecuencia, en gran medida, del fallo
    emitido por el Tribunal Constitucional en su Sentencia 61/1997,
    de 20 de marzo) una nueva Ley, esta vez de Medidas Urgentes en
    materia de
    Suelo y Urbanismo, Ley 20/1997, de 15 de julio. La Ley de
    Ordenación del Territorio, Suelo y Urbanismo regula, de
    modo análogo a la ley estatal, las normas subsidiarias de
    planeamiento municipal.

    Hay que observar que ha sido importante en Collado
    Mediano la influencia y repercusión de las Normas
    Subsidiarias de Planeamiento Municipal en lo referente a las
    diversas clases de suelo en donde pueden actuar. Las Normas
    subsidiarias clasifican el suelo en Suelo urbano, Suelo Apto para
    la Urbanización y Suelo No Urbanizable y se proponen
    reconducir "la anárquica estructura urbana reinante en el
    municipio, y la desprotección del medio ambiente". Una
    de las incidencias más importantes ha sido la
    protección de suelo que tiene la calificación de no
    urbanizable, mediante diferentes niveles de protección,
    impidiendo otro uso diferente del contemplativo
    (ecológico, paisajístico), como se explicará
    más adelante. La propuesta de Suelo Apto para la
    Urbanización ha generado suelo de uso residencial en zonas
    de gran valor paisajístico y de gran calidad
    medioambiental (Ladera de Poyalejo, Las Majadillas,
    Serranía de la Paloma, Cerro del castillo, etc.). El suelo
    para uso industrial se ha ido concentrando poco a poco en el
    polígono de San Ildefonso. Dentro del Suelo Apto para la
    Urbanización se destinaron en Las Majadillas 8,9360
    hectáreas para este último uso. El suelo urbano
    quedó fijado de tal manera que no se invadan con las
    construcciones y urbanizaciones zonas de valor
    paisajístico y ecológico.

    El agente político actual de producción
    del espacio urbano, desde planteamientos sociales, considera que
    las normas subsidiarias son insuficientes para la
    consecución de los objetivos
    previstos. Como se ha criticado numerosas veces, las normas
    subsidiarias aparecen como un instrumento poco idóneo para
    la consecución de las finalidades de la producción
    del espacio urbano que se han propuesto los gobiernos locales, en
    este caso de izquierdas (CDS, PSOE, IU).

    En la Ley del suelo de 1956, las normas subsidiarias
    poseían un carácter doblemente subsidiario, ya que
    se aplicaban en defecto o en aspectos no previstos de Plan de
    Ordenación Urbana y emanaban, en función de una
    tutela material,
    de una autoridad
    superior al Municipio. A partir de 1978, con el nacimiento del
    estado de las autonomías, las Comunidades Autónomas
    adquirirán la competencia en materias de urbanismo,
    creando sus propias leyes de
    urbanismo, aunque las Normas Subsidiarias de Planeamiento
    Municipal no van a sufrir ningún cambio en su
    regulación, viniendo constituida ésta en la
    actualidad por lo establecido al respecto en el Texto
    Refundido de la Ley del Suelo de 1976 y en el Reglamento de
    Planeamiento urbanístico de 1978. Tras la reforma de
    1975-1976, las normas son un instrumento equivalente de
    Planeamiento general por su función ordenadora y se
    formulan por los ayuntamientos, aunque la aprobación
    definitiva se hace depender de una administración superior
    (el Estado y, posteriormente, la Comunidad Autónoma). El
    ayuntamiento en el que se van a aplicar las normas debe aprobar
    en primer lugar por mayoría las normas subsidiarias de
    planeamiento. Comienza el proceso con una aprobación y,
    tras una serie trámites reglamentarios (publicidad,
    audiencia, encuesta,
    alegaciones, etc.), termina con una aprobación final, que
    es provisional, pues la aprobación definitiva no compete
    al ayuntamiento.

    En lo que se refiere a la aprobación definitiva
    en la Comunidad Autónoma de Madrid, y con anterioridad
    tanto a la Sentencia del Tribunal Constitucional y a la Ley de
    Urbanismo de dicha Comunidad Autónoma (Ley 9/1995), se
    regulaba el procedimiento en
    el Decreto 9/1983, de 30 de junio, según el cual
    correspondía al Consejo de Gobierno de la Comunidad
    aprobar definitivamente, previo informe de la
    Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente
    o, en su caso, tras la aprobación inicial y provisional
    otorgadas por la misma , los Planes Generales, Ordenanzas y
    Normas Complementarias y Subsidiarias del
    planeamiento.

    Por otra parte, la regulación que se hace de
    estas normas en la Ley de Régimen del Suelo y
    Ordenación Urbana de 12 de mayo de 1956 es precaria e
    insuficiente. Serán la jurisprudencia
    y la doctrina las que posteriormente arreglarán estas
    deficiencias y llenarán de contenido dicho instrumento
    jurídico de planeamiento urbano del ámbito
    municipal. Las cuestiones relativas a sus funciones y a su
    aplicación práctica serán resueltas a partir
    de 1975. También será a partir de las reformas
    iniciadas en ese año cuando se consolidarán y se
    potenciaran esas normas, pasando de ser un instrumento de
    planeamiento secundario y excepcional a equipararse a los Planes
    Generales. El Reglamento de Planeamiento Urbanístico de
    1978 regulará las clases de Normas Subsidiarias de
    Planeamiento Municipal, de acuerdo con los tipos de suelo que
    pueden regular (urbano, urbanizable, no urbanizable). Las
    determinaciones de las normas subsidiarias que regulan dos tipos
    de suelo las establece el Reglamento de Planeamiento
    Urbanístico de 1978. Entre ellas, cabe destacar por tener
    relación con el asunto que estoy tratando las relativas a
    la morfología urbana, en particular las que tienen que ver
    con el elemento morfológico de usos del suelo: la
    delimitación del suelo urbano, la asignación de
    usos pormenorizados del suelo, etc.

    La mayor parte de la población española y
    de la superficie del territorio español se
    encuentran, en la actualidad, afectados por el planeamiento
    urbanístico. En las localidades con más de
    más de 10.000 habitantes, los Planes Generales de
    Ordenación Urbana son más numerosos que las Normas
    Subsidiarias de Planeamiento Municipal. A pesar de que
    están muy extendidas en municipios pequeños, no han
    tenido desde 1956 el uso o utilización que se esperaba, a
    pesar de ser uno de los instrumentos de planificación del espacio más
    utilizados.

    El ámbito de aplicación de las normas
    subsidiarias viene dadas por su relación con los Planes de
    Urbanismo y, en concreto, con
    los Planes de Ordenación urbana (Planes Municipales y
    Comarcales), ya que se aplican en defecto de estos, y se limita,
    en el caso de las municipales, al territorio del municipio, sea
    cual sean, en principio, su tamaño o número de
    habitantes, aunque desde 1975, con la nueva Ley del Suelo, se
    considerarán, por su simplicidad, especialmente adecuadas
    para municipios pequeños y con menor problemática
    urbanística. En lo que se refiere a las Normas
    Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico de Collado
    Mediano, estas se presentan como un instrumento del
    término municipal de Collado Mediano para operar una nueva
    ordenación urbanística del territorio municipal
    mediante la regulación de los terrenos y las condiciones
    de edificación.

    El artículo 58.3 de la Ley del Suelo de 1975
    establecía los contenidos mínimos de las Normas
    Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico:

    a) Fines y objetivos de su
    promulgación.

    b) Delimitación de los territorios y
    núcleos urbanos que constituyan el ámbito de su
    aplicación.

    c) Relaciones e incidencias con el planeamiento que
    complemente, en su caso.

    d) Normas urbanísticas mínimas de la
    ordenación que establezcan.

    e) Previsiones mínimas para edificios y servicios
    públicos y para fines de interés
    general o comunitario.

    En el siguiente punto del artículo se mencionan
    los contenidos mínimos que deben contener si se quiere
    urbanizar y edificar a su amparo:

    a) Proyección, dimensiones y
    características del desarrollo previsible.

    b) Esquema indicativo de infraestructuras y servicios
    urbanos.

    c) Señalamiento de las zonas en que puede
    urbanizarse con arreglo a las prescripciones contenidas en las
    propias Normas.

    Se reconoce expresamente en la Ley del Suelo de 1975 la
    posibilidad de que dichas normas puedan urbanizar y edificar el
    suelo apto para ello y que, por tanto, puedan contener los tres
    tipos de suelo que tienen los Planes Generales de
    Ordenación Urbana. En el Reglamento de Planeamiento
    Urbanístico de 1978, se especificarán las
    determinaciones de las Normas Subsidiarias de Planeamiento
    Municipal que regulan dos y tres tipos de suelo. Para las normas
    subsidiarias que regulan dos tipos se especifican las siguientes
    determinaciones:

    «a) Fines y objetivos de su promulgación,
    con indicación de su conveniencia y oportunidad,
    así como del carácter subsidiario del planeamiento
    general al que suplen y señalamiento del período de
    vigencia previsto cuando se hubiese determinado su
    sustitución por un Plan General.

    b) Delimitación del suelo urbano con los
    criterios del artículo 81 de la Ley del Suelo,
    considerando el resto del suelo no urbanizable.

    c) Definición, a efectos de lo dispuesto en los
    arts. 81 y 86 de la Ley del Suelo, del concepto de
    núcleo de población en base a las
    características propias del municipio, estableciendo en
    cada caso las condiciones objetivas que den lugar a su
    formación de acuerdo con las siguientes determinaciones
    correspondientes de las Normas Subsidiarias de Planeamiento
    General con ámbito provincial.

    d) Asignación de usos pormenorizados para el
    suelo urbano.

    e) Normas urbanísticas con el grado de desarrollo
    propio de las previstas en el apartado 2 del art. 40 de este
    Reglamento.

    f) Trazado y características de la red viaria, con
    determinación de alineaciones, definiéndose
    geométricamente su trazado en planta y rasantes referido a
    la totalidad o parte del suelo urbano.

    g) Previsiones mínimas para centros y servicios
    de interés público y social para el suelo
    urbano.

    h) Señalamiento y delimitación de las
    zonas objeto de protección especial en el suelo no
    urbanizable y normas mínimas de defensa frente a la
    urbanización y la edificación en esas
    zonas.»

    Las
    determinaciones de las normas subsidiarias que regulan tres tipos
    de suelo son, según el artículo 93 del Reglamento
    de Planeamiento Urbanístico de 1978, las que
    siguen:

    "a) Fines y objetivos de su promulgación, con
    indicación de su conveniencia y oportunidad, así
    como del carácter subsidiario del planea miento general al
    que suplen y señalamiento del período de vigencia
    previsto cuando se hubiese determinado su sustitución por
    un Plan General.

    b) Delimitación de los terrenos comprendidos en
    el suelo urbano en las áreas aptas para la
    urbanización 32 y en el suelo no urbanizable.

    La delimitación del suelo urbano se
    practicará de acuerdo con los criterios establecidos en el
    art. 78 de la Ley del Suelo.

    c) Definición del concepto de núcleo de
    población con base en las características propias
    del municipio, estableciendo las condiciones objetivas que den
    lugar a su formación, a efectos de las posibilidades de
    edificar en el suelo no urbanizable y en las áreas aptas
    para la urbanización, en tanto no sean aprobados los
    correspondientes Planes Parciales para estas
    últimas.

    d) Asignación de usos pormenorizados para el
    suelo urbano y de usos globales para las áreas aptas para
    la urbanización, con expresión en ambos casos de su
    nivel de intensidad, delimitando los sectores o fijando los
    criterios para su delimitación por los Planes
    Parciales.

    e) Normas urbanísticas que tendrán, en el
    suelo urbano, el grado de desarrollo propio de las previstas en
    el apartado 2 del artículo 40 de este Reglamento, y el
    carácter y el grado de precisión propio de las
    normas contempladas en el apartado 3 del mismo artículo
    cuando se refieran a zonas aptas para la
    urbanización.

    f) Esquema indicativo de la infraestructura,
    equipamiento y ser vicios urbanos para la totalidad del
    territorio, calculado para el límite de saturación
    de las áreas aptas para la urbanización y
    previsiones mínimas para centros y servicios de
    interés público y social para suelo urbano. El
    esquema de infraestructura y servicios se referirá a los
    sistemas
    generales de comunicaciones, espacios libres y áreas
    verdes y equipamiento comunitario.

    g) Trazado y características de la red viaria del
    suelo urbano, con determinación de alineaciones,
    definiéndose geométricamente su trazado en planta y
    de rasantes, referido a la totalidad o parte de este
    suelo.

    h) Señalamiento y delimitación de las
    zonas objeto de protección especial en el suelo no
    urbanizable y normas mínimas de defensa frente a la
    urbanización y la edificación en esas
    zonas.

    2. Para la delimitación del suelo urbano y de las
    áreas aptas para la urbanización se deberá
    prever la proyección, dimensiones y características
    del desarrollo previsible."

    En cuanto a las determinaciones urbanísticas del
    suelo, son explicadas por las Normas Subsidiarias de Planeamiento
    Urbanístico de Collado Mediano en su Título II,
    Cap. 6.

    La documentación que debe unirse a ambas
    formas de normas subsidiarias de planeamiento municipal es,
    según el reglamento mencionado, las siguientes:

    "1. Memoria
    justificativa de sus fines y objetivos, así como de su
    conveniencia y oportunidad, y de todas y cada una de sus
    determinaciones, con expresión del resultado del
    trámite de participación pública en el
    proceso de elaboración de las Normas.

    2. Planos de información de la totalidad de su
    ámbito territorial a escala
    adecuada.

    3. Planos de ordenación que expresen,
    según los distintos supuestos, las determinaciones a que
    se refieren los apartados b), d), fl, g) y h) del art. 92 y b),
    d), f), g) y h) del artículo 93.

    4. Normas urbanísticas mínimas de la
    ordenación que establezcan la regulación de las
    condiciones de planeamiento, urbanización y
    edificación."

    Las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de
    Collado Mediano también contienen los anteriores documentos: las
    Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal deberán
    contener los siguientes documentos: memoria justificativa de sus
    fines y objetivos, Planos de información de su
    ámbito territorial, Planos de ordenación y, por
    último, las Normas urbanísticas que regulen las
    condiciones del planeamiento, urbanización y
    edificación.

    Los documentos de las Normas Subsidiarias de
    Planeamiento Municipal de Collado mediano se enumeran en el
    artículo 1.16:

    • Memorias de información.
    • Planos de información.
    • Memoria justificativa.
    • Normas urbanísticas.
    • Planos de ordenación.

    Las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal se
    suelen dividir en dos volúmenes o tomos, conteniendo por
    lo general el primero de ellos todos los documentos de las Normas
    Subsidiarias de Planeamiento Municipal, que son escritos,
    viniendo a estar integrado por ello este primer volumen o tomo
    por la memoria
    justificativa, la cual suele venir precedida las más de
    las veces de una memoria informativa, y por las Normas
    urbanísticas mínimas que establezcan la
    regulación del planeamiento, de la urbanización y
    de la edificación. Por su parte, el segundo volumen o tomo
    integrante de la documentación de las Normas Subsidiarias
    de Planeamiento Municipal estará integrado por todos los
    documentos de las Normas que sean gráficos y así estará formado
    este segundo volumen tanto por los Planos de información
    como por los Planos de ordenación.

    Concretando en el caso de las Normas Subsidiarias de
    Planeamiento Municipal de Collado Mediano, la información
    se agrupa en tres volúmenes:

    • Propuesta de ordenación (Normas
      urbanísticas).
    • Planos (información).
    • Planos (proyecto).

    Los documentos anteriores se incluyeron parcialmente en
    la edición consultada y se agruparon en dos
    tomos:

    1º Propuesta de ordenación. Normas
    urbanísticas.

    2º Planos.

    Las Normas Subsidiarias de Planeamiento
    Urbanístico de Collado Mediano han incidido en el mantenimiento
    de determinados espacios de la localidad que, por su
    interés paisajístico, ecológico o forestal,
    se han mantenido en un uso contemplativo, evitando su
    utilización para funciones fundamentalmente residenciales.
    Especial protección, por su interés
    ecológico, paisajístico y forestal han tenido el
    Cerro del Castillo, Monte Redondo y Jarahonda. El Suelo No
    Urbanizable se divide en lar normas subsidiarias en cuatro tipos:
    el común y los especialmente protegidos por tener
    cualquiera de los tres valores
    considerados (ecológico, forestal y paisajístico).
    Las normas han impedido que se hicieran de este suelo, en
    particular de los especialmente protegidos, usos incompatibles
    con su naturaleza, urbanísticos o de otro tipo, como por
    ejemplo, la práctica del motocross.

    Mediante la propuesta de Suelo Apto para la
    Urbanización convierte espacios de gran calidad
    paisajística y medioambiental en zonas residenciales de
    residentes de temporada, acabando de consolidar zonas, mediante
    la urbanización pendiente o cesiones. Este suelo se
    encuentra en espacios privilegiados medioambiental o
    estéticamente (Cerro del castillo, El berrocal, ladera de
    Poyalejo, Serranía de la Paloma, etc.). En total, una
    superficie de 96,9160 hectáreas y un número
    máximo de viviendas de 1028. Dentro de este suelo, 8,9360
    hectáreas, en Las Majadillas, se programaron para uso
    industrial.

    Las Normas Subsidiarias de Planeamiento
    Urbanístico de Collado Mediano dedican un título,
    el IV, a los usos del suelo. En el capítulo 1 se
    clasifican los usos en 18 tipos diferentes,
    estableciéndose a continuación las definiciones y
    las condiciones de cada uno de estos usos. Es evidente que estas
    condiciones han influido en la construcción de los
    edificios destinados a cada uno de estos usos.

    Las nuevas normas, cuyo avance se aprobó en mayo
    de 2001, se proponen el objetivo de
    solucionar los problemas de estructura urbana. Se prevé el
    establecimiento de nuevos centros de influencia urbanos (plazas,
    zonas ajardinadas, zonas comerciales y aparcamientos) y un nuevo
    centro urbano cerca del actual casco con plaza, edificio
    público y aparcamiento. En lo referente al suelo para uso
    residencial y terciario, hay un estudio para ubicar viviendas en
    bloque y ampliar la oferta de pisos y locales. El problema de la
    regeneración del casco urbano también se
    está planteando seriamente para recuperar zonas de
    interés, catalogar los edificios protegidos y establecer
    normas estéticas. En las nuevas normas se incluirá
    una Ordenanza de construcción y estética para el casco urbano.

    La nueva sensibilidad ecológica ha sido
    también asimilada por la lógica
    "atrapolotodo" (catch all) del gobierno local, una
    coalición de izquierdas que va desde posturas moderadas
    (CDS, Centristas) hasta de extremistas (PSOE, IU). El suelo apto
    para urbanizar se reduce con el fin de proteger espacios de gran
    valor paisajístico, ecológico y medioambiental.
    Dentro del suelo no urbanizable, se amplia el suelo especialmente
    protegido y se protege el suelo no urbanizable común
    mediante la aplicación de la Ley
    forestal.

     

     

    Autor:

    Francisco José Esteve
    Martín

    Profesor. Ha realizado estudios de filosofía,
    sociología y ciencias
    políticas y derecho y publicado obras de
    filosofía y derecho.

    Categoría:
    Geografía. Geografía humana. Urbanismo.

    Madrid 2004

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