- ¿Quién es el
responsable de solucionar los problemas públicos, el
estado o el gobierno? - ¿El orden es el bien
público primordial que debe garantizar todo
gobierno?
¿QUIEN ES EL RESPONSABLE DE SOLUCIONAR LOS
PROBLEMAS
PÚBLICOS, EL ESTADO O EL
GOBIERNO?
Partiendo de la idea del contrato social
formulada por Juan Jacobo Rosseau, los hombres en el denominado
"estado de naturaleza"
fueron superados por obstáculos que pusieron en peligro su
supervivencia y los cuales no podían ser afrontados de
manera individual, pues sus fuerzas y capacidades no lo
permitían.
La manera idónea para superar estas contingencias
que impedían la satisfacción de sus necesidades, la
encontró en la integración de fuerzas y en la
división del trabajo,
vinculada a través de un ente de organización y coordinación y a partir de un acuerdo
general.
Dicha estructura
evolucionó hasta convertirse en la institución
jurídica, política y social
columna del desarrollo
humano conocida como Estado.
Rosseau lo define como "… una forma de
asociación capaz de defender y proteger con toda la
fuerza
común la persona y
bienes de cada
uno de los asociados" (Rosseau, El contrato Social)
, queda claro que se trata de una relación contractual
coordinada y regulada por el derecho necesariamente, para definir
las prerrogativas y obligaciones
de cada una de las partes, entendidas estas, por un lado los
asociados y por el otro la asociación denominada estado,
que si bien en esencia es una ficción jurídica
sabemos que en la teoría
clásica se compone de elementos para su integración
material: Población, Territorio y
Gobierno.
En esencia, las funciones del
Estado son aquellas que exige la adquisición del bien
común. El Estado tiene derecho de hacer todo aquello que
reclama el bien común, de prohibir todo lo que impide el
bien común y de prescribir lo que exige el bien
común. (Velásquez H. 1997)
Pero, siendo el Estado una ficción
jurídica, ¿Cómo se llevan a cabo sus
acciones?
¿De que manera se materializa su pretensión de
lograr el bien común?
En este punto es necesario mencionar y para efectos del
presente ensayo que la
mayoría de las personas utilizan los términos
Estado y Gobierno indistintamente, sea para hacer referencia a la
institución organizativa social o para su elemento de
coordinación, planeación, implementación, dirección y control de
acciones denominado como gobierno, que a su vez se estructura de
acuerdo a facultades y competencias en
órganos compuestos de recursos
humanos, financieros, materiales y
técnicos los cuales componen la administración
pública, prestadores finales de los servicios y
obras que el Estado se obliga a proporcionar a aquellos que le
dieron origen mediante el acuerdo de voluntades, mejor conocidos
como población, en un área geográfica
determinada y delimitada que compone el territorio.
Para entender el concepto Estado,
primero debemos entender lo que no es:
- No es el régimen político. Basado en la
forma de la distribución de la riqueza y de la
propiedad de
los medios de
producción, así como, en las
formas de representación y como surgen las decisiones
para cumplir con los objetivos de
dicho régimen, pues este puede cambiar, el Estado
permanece. - No es el gobierno. Pues en sentido material, es el
equipo de hombres que detentan el poder. Los
gobiernos acaban mientras el Estado subsiste. - No es el poder. El poder político es un
atributo esencial del Estado, aunque este concepto se encuentra
aún mas relacionado con el de soberanía.
En el caso de México, el artículo 39 de Nuestra
Constitución establece que la
soberanía que es el poder supremo radica en el pueblo el
cual tendrá en todo momento el derecho de cambiar su
gobierno.
Para intentar responder a la cuestión de la
responsabilidad de resolución de problemas
públicos, debemos comenzar por establecer que el Estado al
igual que el Derecho no son fines, sino medios, el primero de
organización y el segundo de regulación de un
conglomerado social, por lo que ninguno de los dos de manera
individual o aislado pueden dar solución a conflictos,
pues necesariamente deben contar con el factor de acción
que complementa el gobierno y la función de
la
administración pública. Efectivamente el Estado
representa el poder público, pero es el gobierno quien lo
ejerce, a través de sus diversos
órganos.
Referente al concepto de
Administración pública, en el año de
1937 Marshall E. Dimock, postuló una definición
amplia que enuncia: "… la administración se refiere al "que" y al
"como" del gobierno .
El "que" es la sustancia, el
conocimiento técnico de un campo, que capacita al
administrador
para llevar a cabo su tarea.
El "como" son las técnicas
de gerencia, los
principios que
llevan al éxito
los programas
cooperativos. Cada uno de estos dos elementos es indispensable;
juntos forman la síntesis
que se llama administración" (Dimock 1937).
Leonard D. White señaló: "la
administración pública consiste en todas las
operaciones
que tienen como propósito la realización y
ejecución de la política
pública".
En todo caso la realización de la
"política pública" de los objetivos del Estado, es
tarea que en realidad comparten los ciudadanos, los partidos
políticos, las asociaciones, los órganos
gubernamentales y los servidores
públicos, los órganos de opinión
pública, los grupos de
intereses económicos, así como todos los agentes
sociales que convergen en la estructura de un estado.
Los autores Simon, Smithburg y Thompson, en su libro Public
Administration, de 1950, definen administración como "la
actividad de grupos que cooperan para la realización de
objetivos comunes" y en cuanto a la administración
pública, dicen: "significa, las actividades de las ramas
ejecutivas de los gobiernos (Simon, Smithburg y Thompson
1950).
Por lo antes expuesto, y en un proceso de
definir al responsable de solucionar los problemas
públicos y una vez realizadas las definiciones anteriores
se puede establecer que dicha responsabilidad se presenta de una
forma solidaria y subsidiaria entre los agentes estatales, cada
uno desde la esfera de su competencia
respectiva.
Si consideramos que el gobierno es un elemento del
Estado, el planteamiento del presente problema adquiere una
dimensión de reciprocidad, indistintamente ambos
adquirirán responsabilidad en el fracaso o reconocimiento
por los logros. Aunque no hay que olvidar el manejo de conceptos
de acuerdo al perfil del problema.
Por ejemplo, en un problema de carácter internacional o de relaciones
multinacionales, hablaremos de las acciones del Estado Mexicano
respecto de otros estados y cuando el problema sea a nivel
interno nos referiremos a las acciones implementadas por el
gobierno, sea este, federal, estatal o municipal.
Por otra parte, ya se ha dicho que el estado no es el
fin sino el medio por el cual el hombre se
organiza para satisfacer sus necesidades o lograr el bien
común, por lo que tenemos que definir el concepto de
problema desde el objeto del Estado.
Así podemos definir al problema desde la esfera
del estado como toda aquella contingencia y/o obstáculo
que impida las condiciones de desarrollo y de satisfacción
de necesidades. En una sociedad las
anteriores circunstancias esenciales se denominan como bien
común.
ESTADO GOBIERNO ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA
Si responsabilizamos alguno de los anteriores conceptos,
de manera solidaria los restantes se encontraran
implícitos por ser parte conjunta de un solo
ente.
Por lo que retomando la esencia del contrato social de
Rosseau se puede afirmar que el compromiso de solucionar los
problemas públicos es representado por el Estado, la
estrategia
diseñada por el gobierno y la ejecución realizada
por la Administración Pública, siendo partes
integrantes de un todo.
De lo establecido en los artículos 39 y 40 de la
Constitución Política de los Estados Unidos se
desprende que la soberanía radica en el pueblo, así
como la facultad de tomar las decisiones más importantes
para la nación,
por lo que la responsabilidad del pueblo no se debe limitar a
ejercer su sufragio para
que a través de un sistema
representativo elija a aquellos que integrarán al
gobierno, sino igualmente es responsable de participar en la
toma de
decisiones así como en su ejecución en plena
cooperación con el gobierno y con los diversos
órganos de la administración
pública.
En concreto, la
responsabilidad de solucionar los problemas públicos recae
en una función conjunta solidaria y subsidiaria en la que
el gobierno como parte coordinadora del estado debe organizar a
todos los agentes para la maximización de sus capacidades
y facultades a partir de la formulación informada y
planeada de acciones (políticas
públicas).
Actualmente ya no es posible fincar la responsabilidad
de tal función de manera exclusiva al gobierno pues
incluyendo la participación activa de la sociedad se
promueve la transparencia y la información, instrumentos necesarios para
eficientar los acciones de gobierno y generar un compromiso
social que traerá como consecuencia un orden social y
condiciones de gobernabilidad a partir de consensos amplios que
tienen como origen procesos de
reflexión y deliberación.
¿EL ORDEN ES EL
BIEN PÚBLICO PRIMORDIAL QUE DEBE GARANTIZAR TODO
GOBIERNO?
El Estado es una creación humana racional, al
igual que el derecho, pues ambos buscan la misma finalidad la
convivencia armónica del hombre en
sociedad, condición indispensable para que pueda existir
el desarrollo integral del hombre y de manera solidaria el de la
sociedad.
El estado no podría existir sin el derecho, esto
sería imposible.
La enigmática frase de Rosseau según la
cual "en ocasiones es necesario obligar a algunos hombres a ser
libres", sería considerada absurda si no se tuviera en
cuenta la primacía de las leyes y el bien
público sobre cualquier interés
individual. La reivindicación de la voluntad general y el
bien común llevan a subordinar cuando es necesario,
aquellas libertades individuales que no coinciden con los
intereses públicos. Rosseau con esta frase agrega
elementos a una futura teoría del Estado de
Derecho:
- La continuidad absoluta entre libertad
individual y voluntad general. - La idea de que los intereses públicos solo
pueden ser expresados bajo la forma de leyes, que representan
la voluntad general y buscan el bien común.
El Estado atiende a una voluntad general y por
consiguiente a su bienestar y a la búsqueda de las
condiciones de armonía y equilibrio
entre los agentes de la sociedad.
Esta condición el estado la debe garantizar
traduciéndola en seguridad de
forma integral, por lo que efectivamente el bien público
primordial que el Estado debe proveer es el orden, entendido este
como el perfecto funcionamiento y respeto a las
formas jurídicas que norman la
organización y estructura de los órganos
gubernamentales y las relaciones de subordinación entre
sus servidores, así como el estricto cumplimiento de las
formas legales en todas las relaciones que se susciten en el
conglomerado social.
Así en una situación de orden, los poderes
públicos son respetados como instituciones,
las personas que lo encarnan, así como, la adecuada
defensa del régimen y de los derechos fundamentales de
los ciudadanos, la paz social y la tranquilidad
pública.
Para la existencia de esta condición de orden es
necesario cumplir con los siguientes principios: Democracia,
Soberanía, Unidad Social, Integridad del Patrimonio
Nacional, Estado de Derecho y Desarrollo.
Dimock, Marshall E. "The study of Administration",
American Political Science Review, XXX, Núm 1 (febrero
1937), 31-32. Public Administration (Nueva York: Rinehart, 1953),
Pág. 4
Rosseau, J.J (1712-1778) El Contrato Social, Ediciones
Quinto Sol.
Sánchez Bringas Enrique (1995) Derecho
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Serra Rojas, Andrés, (2000) Derecho
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Velázquez H, Pedro. P, (1997) Iniciación a
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1997.
White, Leonard D (1950), Introduction to the study of
Public Organization, Macmillan, Nueva York
DANIEL GARCIA RUBIO
– LIC. EN DERECHO. EGRESADO DEL COLEGIO
HOLANDES.
– ESTUDIOS DE MAESTRIA EN POLITICAS PÚBLICAS POR
LA
UNIVERSIDAD AUTONOMA
METROPOLITANA-XOCHIMILCO.
– PROFESOR
UNIVERSITARIO DE LAS MATERIAS DE DERECHO
ADMINISTRATIVO,
DERECHO MERCANTIL Y METODOLOGÍA
JURÍDICA.
– HA TRABAJADO EN LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA MUNICIPAL (AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
NAUCALPAN)
Y FEDERAL EN LA SECRETARIA DE DESARROLLO
SOCIAL.
– FUNDADOR DEL FRENTE CIVICO "DIGNIDAD
CIUDADANA"
– ABOGADO POSTULANTE EN LAS MATERIAS CIVIL, MERCANTIL,
FAMILIAR, ADMINISTRATIVA, LABORAL Y
PENAL.
– INVESTIGADOR DE TEMAS DE SEGURIDAD NACIONAL Y LAS
FUERZAS ARMADAS MEXICANAS.