- Representatividad y sistemas
electorales - Tipología e
implicancias - Sobre
la distribución de cargos - Las
reglas de juego - Sistemas
electorales comparados - Conclusión
- Bibliografía
La crisis
política
en América
Latina comienza a vislumbrarse con mayor intensidad entre
fines de la década del 80 y principios de los
90. Los factores que le dan origen podrían enumerarse de
la siguiente forma:
- resurgimiento de los sistemas
democráticos - caída del muro de
Berlín: desarticulación del socialismo
real - abandono de la lucha armada en
Centroamérica - nuevo encuadramiento ideológico: se impone un
modelo
hegemónico (neoliberalismo) - integración en aspectos políticos,
económicos y sociales (globalización) - crisis de la deuda externa
- aceptación por parte de las fuerzas armadas de
una nueva misión
ajena a la política - la imposición de nuevos lineamientos
económicos
Los sistemas democráticos quedaron estabilizados
medianamente y la continuidad de la crisis residía en que
los partidos tradicionales comenzaban a anteponer los intereses
del partido a los intereses sociales.
Entonces se produce la brecha entre las aspiraciones de
la sociedad y el
desarrollo de
la actividad de los partidos
políticos, esto da lugar al surgimiento de nuevas
fuerzas y a que los partidos en las elecciones pierdan un enorme
caudal de votos. Por ejemplo en Perú, Acción
Popular y APRA tuvieron menos de los mínimos necesarios
para continuar siendo partidos políticos, esto
ocurrió en el 95 cuando surge Fujimori con su segundo
mandato presidencial, obtiene un 65% de los votos.
Estas nuevas fuerzas surgen fundamentalmente por dos
razones: 1) Como castigo a las fuerzas tradicionales y 2) Como
resultado de la incorporación al escenario político
de sectores de la población que no participaban en la
contienda electoral.
La crisis de representación política,
entonces, se vincula directamente con el sistema de
partidos políticos. Estas nuevas fuerzas obtuvieron muy
buenos resultados electores, caso argentino: Frente
Grande.
La imagen de los
partidos políticos ha ido en escala
descendente a partir de un pico que fue en la transición
hacia los sistemas democráticos, cuando las democracias se
consolidaban, los temas políticos pasan a un segundo plano
y los partidos y sus lideres pierden popularidad. Esto ocurre
también por la incapacidad para darle solución a
las nuevas demandas hacia los partidos políticos entre las
principales podemos citar :
- mayor transparencia y honestidad
- mayor representatividad
- menos personalismo
- mayor democratización
- solución de problemas
En nuestro país, esta crisis de
representación política tiñe con un velo de
sospecha la eficacia de los
partidos políticos como canales reales de comunicación entre la sociedad y el estado,
esto se ve reflejado en el descenso de la participación
electoral, en la disminución de la afiliación
partidaria y en un brusco crecimiento del voto bronca.
Hay una creencia generalizada de que los partidos son
organizaciones
cerradas, oligárquicas y profundamente burocratizadas y de
que su funcionamiento interno no es suficientemente
democrático y esto es preocupante porque termina afectando
al sistema democrático debilitando su legitimidad y
empobreciendo su rendimiento. Esto se traduce en la necesidad de
reformular el sistema de reclutamiento
de candidatos, para hacerlo más participativo y
consecuentemente más representativo.
Por otra parte convivimos con la problemática de
la financiación de las organizaciones partidistas y de sus
vinculaciones con fenómenos de corrupción, por ello es necesaria la
instauración de órganos de control
administrativos independientes del poder
político de turno, así como instancias judiciales
permanentes para que no se trampee la ley.
Los partidos políticos tradicionales han
abandonado su rol de formadores de cuadros, su papel de
agregación de intereses sociales, para terminar resumiendo
su actividad en la función de
ser maquinarias electorales encargadas de dirimir problemas de
posicionamiento. Por ello se ha desplazado el
debate de
proyectos y la
función de la militancia política se
restringió a impulsar el acceso de los partidos a la
escena institucional.
Los partidos políticos deberían
desempeñar fundamentalmente dos funciones
genéricas de tipo social y de tipo institucional. Las
funciones de tipo social abarcan la socialización política, la
movilización de la opinión
pública, la representación de intereses y la
legitimación del sistema
político, etc, mientras que las institucionales se
refieren al reclutamiento y selección
de líderes, a la
organización de elecciones, organización y composición del
parlamento (como oficialismo y como oposición) y a la
composición y al funcionamiento del gobierno.
- ¿Que partidos en Argentina ofrecen a la
ciudadanía este tipo de
representación a nivel social e
institucional? - ¿Qué formaciones políticas pueden por sí mismas
alcanzar el poder y resultar representativas?
Pesan aquí la naturaleza
clientelar y la capacidad de articular los intereses de los
diferentes grupos
sociales… verdadera capacidad de liderazgo.
Habría que preguntarse quizá, ante una
crisis de representatividad política sobre las formas,
léase: presidencialismo o parlamentarismo. Y sus variantes
presidencialismo mayoritario o proporcional, parlamentarismo
mayoritario o proporcional.
También podemos evaluar la cuestión de la
representatividad "el sentirse representado" en relación
al rendimiento de las políticas públicas, pues
estas son objeto de valoración continua para los
ciudadanos, y las que ayudan a generar de manera directa e
inmediata un grado u otro de confianza en el sistema, y en
estrecho vínculo a las políticas públicas se
encuentra el proceso de la
elaboración de la agenda gubernamental y aquí
entran preguntas tan vagas y de tan ampliada respuesta como : que
país proyectamos?, cuales son las cuestiones que
privilegiamos?, y aquí el gran déficit de los
partidos políticos, la falta de discusión, el gran
ausente: el debate político.
Cómo elaborar una agenda gubernamental en la que
resulten representados, articulados y agregados los intereses de
una sociedad pluralista. Esto hace también al consenso y
la legitimación del sistema.
El pueblo va a sentirse representado en la medida en que
sus intereses y necesidades, sus demandas, se vean satisfechas.
Además en la medida en que los partidos políticos
sean capaces de generar verdaderos liderazgos, y en la medida en
que estos sean legitimadores del sistema político,
así como es necesario que se amplíe el debate
político dentro de las fuerzas políticas y se
transparente el funcionamiento interno, léase financiamiento, selección de
líderes, etc.
Este proyecto forma
parte de una investigación más amplia que trata
tanto de indagar sobre las causas de la crisis de
representación política como de plantear posibles
soluciones al
problema. Entre ellas la reformulación del sistema
electoral y el sistema de partidos.
Por estas razones es que este trabajo
intentará indagar sobre los distintos componentes del
diseño
de un sistema electoral, para intentar develar si es que el
sistema electoral argentino vigente contribuye a ahondar la
crisis de representación política por la que
atraviesa nuestro país actualmente. Utilizando como
guía de investigación para abordar la
problemática de la crisis de representación
política, los siguientes componentes del sistema
electoral: 1) Si el sistema es mayoritario o proporcional, la
lógica
representativa de cada órgano de poder del Estado 2) La
fórmula matemática
utilizada para calcular la distribución de votos, 3) La magnitud de
los distintos distritos -no cuántos votantes viven en un
distrito, sino cuántos miembros del parlamento se elige en
él y qué representa cada distrito, 4) El escrutinio
y tipo de Votos, y finalmente 5) El diseño de las
papeletas o boletas y 6)El análisis comparado de diversos sistemas
electorales implementados.
REPRESENTATIVIDAD Y SISTEMAS
ELECTORALES
I. QUE DECIMOS CUANDO HABLAMOS DE
REPRESENTACIÓN POLÍTICA
He efectuado alguna aproximación al concepto de
representación política en la Introducción a este trabajo, pero prefiero
ahondar más sobre el tema para que no queden dudas de lo
que aludo cuando digo representación
política.
Cuando hablamos de representación hablamos de
hacer presente a algo o a alguien que está ausente. En
opinión de Giovanni Sartori la teoría
de la representación, puede orientarse en tres direcciones
según si el enfoque tiende a la idea de mandato o
delegación, concepción derivada del derecho
privada, también puede tender a la idea de
representatividad, semejanza o similitud, relacionada esta idea
con el enfoque sociológico o bien con la idea de responsabilidad, ésta última objeto
de estudio prioritario del politólogo italiano.
Ajustando un poco la mira, la representación
política constituye en las democracias modernas, la
vía por la cual el pueblo por medio de elecciones designa
a sus gobernantes, comprendiendo tanto al Poder
Ejecutivo como al Legislativo, ya que ambos tienen como
función gobernar y representar al mismo tiempo
priorizando una u otra función de acuerdo al sistema
representativo que se adopte, tema que será tratado
más adelante.
La representación es un fenómeno
sociológico de una doble caracterización, por un
lado realiza la sustitución legitima y por otro es
vía de influencia o acción política de las
personas o entidades a quienes se representa.
Circulan distintas nociones de representación
política según que autor se tome como referencia:
según Porras Nadales la representación
política puede ser tomada como un proceso
intercomunicativo basado en la transmisión de la voz de
los ciudadanos sobre la esfera pública, tratándose
de un proceso de carácter selectivo o reductivo en el que se
opera una conversión de la pluralidad de intereses y de la
multiplicidad de voluntades de individuos y grupos hasta
llegar a la unidad final de la voluntad del estado.
La representación política fue definida
por Robert Von Mohl como "el proceso mediante el cual la
influencia que todo el cuerpo de ciudadanos o una parte de ellos
tiene sobre la acción política ejercida en su
nombre y con su aprobación expresa en un numero
pequeño de ellos, con efecto obligatorio por los
así representados".
Jellinek al respecto dice que "es la relación de
una persona con otra
o varias, en virtud de la cual la voluntad de la primera se
considera como expresión inmediata de la voluntad de la
ultima, de suerte que jurídicamente aparecen como una sola
persona".
Para Carré de Malberg el régimen
representativo tiene su punto de partida en el sistema de la
soberanía nacional. Todo poder viene del
pueblo, de la nación
o de la colectividad unificada.
Mario Justo López, destaca la base individual de
la representación política y dice "no hay sino
voluntades individuales, pero si el individuo es
el elemento básico de la representación, no es
aisladamente el titular de ella. Cada individuo es un elemento,
pero sólo la totalidad – la nación
el pueblo – es la representada. Y si sólo el
conjunto es el representado, los representantes lo son de
él- del conjunto, de la nación, del pueblo –
y no cada individuo o de un sector cualquiera de
ellos.
Desde el punto de vista sociológico, Max Weber
considera a la representación como una forma de
relación social "por la que la acción de un
partícipe determinado se imputa a los
demás.
Desarrollo
histórico:
El primer expositor sistemático de la doctrina de
la representación política fue Sieyes y su primera
aplicación institucional expresa se encuentra en la
Constitución francesa de 1791.
Según Sieyes el objeto de una asamblea
representativa es expresar la voluntad de una nación;
ésta es la reunión de los individuos, además
expresó que la finalidad de la nación es distinta
de la de los individuos, que para que prevalezca el interés
común, el derecho a hacerse representar pertenece a los
ciudadanos sólo en su calidad de tales,
en 1791 se estableció "los representantes nombrados por
las circunscripciones no representan a una circunscripción
particular, sino a la nación entera". Los constituyentes
revolucionarios pretendían decir que los representantes no
eran nombrados por sus electores. Hay una gran diferencia entre
nación y pueblo; si es el pueblo el que es declarado
soberano, de ello se desprende que la voluntad de los
representantes depende y se deriva de la voluntad de un titular,
y por tanto se desprende que se postulan en este caso, dos
voluntades, la del pueblo y la de la asamblea representativa, en
cambio siendo
la nación la que se declara soberana, entonces tenemos una
única voluntad, porque la voluntad de la nación es
la misma voluntad de los que están legitimados para hablar
en su nombre.
Una necesidad de hecho origina el sistema de la
representación y se produce solamente una
delegación parcial del ejercicio de la voluntad nacional.
La doctrina originaria de la representación
política no es obra exclusiva de Sieyes, hubo
también en Francia otros
expositores tales como Mirabeau, Talleyrand – Perigord,
Condorcet, etc.
La idea de que el Parlamento representa el cuerpo de
todo el reino y no cada uno de los diputados a quienes los
eligieron encontró expositores por lo menos desde el siglo
XIV. Edmund Burke mantenía que los representantes no deben
ser mandatarios y que deben representar a la nación y no a
los que mandan sobre ellos, esto lo mantuvo en su célebre
discurso
enviado a sus electores de Bristol en 1774. Expresó Burke
"El Parlamento no es un congreso de embajadores con intereses
diferentes y hostiles, en el que cada uno ha de mantener sus
intereses, como un agente, como un defensor, frente a otros
agentes y defensores; el parlamento es la asamblea deliberadora
de una nación, con un sólo interés, el de
todos…".
Las colonias inglesas en Norteamérica
habían conocido algunas instituciones
representativas antes de independizarse, y al crear las propias
luego de la emancipación, los constituyentes tuvieron
noción del llamado principio de representación y
del sistema representativo.
En el Congreso Constituyente de 1787 se limitó al
señalamiento de las ventajas de la representación
sobre el gobierno directo del pueblo. James Wilson
expresó: "Como (el pueblo) no puede… actuar por
sí mismo, debe hacerlo por medio de sus
representantes…". Los autores del El Federalista
identificaron "sistema representativo" con la república
que se acababa de crear y lo distinguieron de la democracia
(pura o directa) señalando además las ventajas de
aquél. Pero fue Paine quien señaló las
peculiaridades, como "sistema representativo", del nuevo
régimen instaurado entonces en
Norteamérica.
Por otra parte el artículo 67 de la vigente
constitución italiana dice "Todo miembro del parlamento
representa a la Nación y ejerce sus funciones sin
vínculos de mandato". Y la fórmula adoptada en las
constituciones francesas de 1946 y 1958 "la soberanía
nacional pertenece al pueblo", encuentra su explicación en
la Declaración de los derechos de 1789.
La representación moderna refleja una
transformación histórica. Es precisamente porque el
Parlamento se convierte en un órgano del Estado por lo que
se declara que éste representa a la nación,
precisamente porque ha de poder pasar de la parte de los
"súbditos" a la del "Estado". Aunque no es
únicamente el hecho de que la ficción de la
nación estaba dirigida a obstaculizar el paso a la
voluntad popular, también estuvo presente la
intención de insertar un poder popular en el
Estado.
Los parlamentos contemporáneos son llamados a
operar sobre delicados equilibrios. Si asume demasiado el punto
de vista de los gobernados, corren el riesgo de
atrofiarse y paralizar el gobierno; y si por el contrario, trata
de absorberlos demasiado en el Estado, asumiendo el punto de
vista del gobernante corre el riesgo de no cumplir con su
función representativa. Por otro lado la figura de la
representación de la nación permite la
inserción de los cuerpos representativos en el Estado;
pero al mismo tiempo se enfrenta a nuevos problemas. Sobre la
base de la prohibición constitucional del mandato
imperativo y de la idea de la representación de la
nación, el representante no representa o no debería
representar a aquellos que lo eligen. Pero si el representante no
representa a sus propios electores, parece desprenderse de ello
que no es la elección la que crea un
representante.
La representación es ante todo creación,
comunicación e integración de múltiples intereses,
fundamentalmente en las sociedades
modernas, en las que factores como la extensión
territorial, el volumen de
población, la falta de tiempo necesario por parte de la
mayoría de los ciudadanos para ocuparse de los asuntos
públicos, la complejización de los temas y
soluciones a tratar durante la actividad gubernamental,
así como el multiculturalismo hacen necesario abordar la
cuestión de la representación, la
deliberación y la crítica
para alcanzar un grado de coordinación compatible con el
interés de la comunidad en su
conjunto. Aunque cabe destacar que la teoría de la
representación no escapa a criticas.
Una de las doctrinas con más adeptos es aquella
que funda la irrealidad de la representación
política – su carácter ficticio – en la
equivocada concepción acerca de la naturaleza de la
comunidad política. Los sostenedores de esa crítica
afirman que la nación no es una máquina formada por
voluntades individuales, sino un organismo constituido por
elementos naturales, entre los que corresponde incluir los
núcleos locales y los numerosos grupos sociales
diferenciados por la diversidad de sus fines, consecuentemente
afirman, que es por esos núcleos y grupos y mediante ellos
que debe organizarse y funcionar la representación en el
estado.
La moderna representación política es
"representación electiva", si bien la
representación no puede tener un fundamento electivo en
orden a la exigencia de asegurar la capacidad de respuesta del
representante. La teoría electoral de la
representación, es la teoría de la
representación responsable, pues las elecciones aseguran o
deberían asegurar la obligación de
responder.
En lo que se refiere a las condiciones y
características de los sistemas representativos podemos
enumerarlos del siguiente modo:
- El pueblo elige libre y periódicamente un
cuerpo de representantes - Los gobernantes responden de forma responsable frente
a los gobernantes - Los gobernantes son agentes o delegados que siguen
instrucciones - El pueblo está en sintonía con el
Estado - El pueblo consiente a las decisiones de sus
gobernantes - El pueblo participa de modo significativo en la
formación de las decisiones políticas
fundamentales - Los gobernantes constituyen una muestra
representativa de los gobernantes
La problemática de la representación se
refleja sobre el qué y el quién se representa,
asimismo sobre el cómo se representa que consiste en el
modo en que un sistema representativo está construido y
hecho funcionar, y esto se vincula con el sistema de partidos, es
decir, la estructura y
funcionamiento de la mediación partidaria entre estado y
sociedad, así como también se vincula con el
sistema electoral, cuestión objeto de esta
investigación.
A continuación podemos ver dos gráficos ilustrativos de la crisis de
representación política en Argentina, en
éstos podemos observar la declinación de la
participación electoral y la progresión por el
contrario del "voto bronca":
II. INTERRELACION FUNCIONAL DE LOS
SISTEMAS DE PARTIDOS Y LOS SISTEMAS ELECTORALES
Duverger ha observado ciertas regularidades entre los
sistemas de partidos y los sistemas electorales, cuya
comprobación le ha permitido formularlas como
proposiciones o generalizaciones teóricas, a las que
atribuye el carácter de leyes
sociológicas:
- La representación proporcional tiende al
multipartidismo con partidos independientes. Esta
concepción determinista ha sido criticada por diversos
autores. Señala Nohlen que es preciso distinguir dos
cuestiones: una genética y otra
histórico–sistemática. En virtud de la
primera resulta que no es el sistema electoral proporcional el
que creó el multipartidismo, sino la segmentación o pluralismo social y
político que define al sistema social. - El escrutinio mayoritario de dos vueltas tiende a la
formación del multipartidismo con partidos dependientes.
El sistema electoral favorece la multiplicidad de partidos,
particularmente en la primera vuelta, y tiende a la
formación de alianzas en la segunda vuelta. - El escrutinio mayoritario de una sola vuelta tiende
al dualismo de los partidos.
Duverger ha evaluado las críticas formuladas a
sus proposiciones y ha señalado, en tal sentido, sus
limitaciones. En primer lugar, los sistemas electorales
sólo constituyen uno de los diversos factores que inciden
en la formación de los sistemas de partidos, ya que no son
los sistemas electorales los que crean los partidos
políticos, sino que éstos nacen como consecuencia
de otras circunstancias. En segundo término, los sistemas
electorales sólo constituyen un factor que tanto puede
acelerar como frenar la multiplicación de los
partidos.
En relación con el régimen electoral, el
sistema de partido único, según Duverger, presenta
las siguientes características:
- Tendencia general a ratificar el candidato propuesto
por el partido en el orden nacional, donde predomina lo
ideológico - Tendencia a no ratificar los candidatos presentados
en el orden local, donde prevalece la
personalidad del candidato - Postergación de elecciones cuando las
condiciones no son óptimas para la obtención de
una ratificación total - Disímiles posturas del electorado confluyen en
un mismo accionar: la ratificación del candidato por
concordancia con el sistema, por temor o
resignación - La verdadera lucha electoral tiene lugar dentro del
partido - Tendencias en las democracias populares (de Europa) a
dar participación a otros partidos, aunque la finalidad
sea la de dar cierta apariencia democrática al sistema,
ya que los demás partidos deben tener cierto grado de
adhesión al régimen.
III. ¿Qué es un sistema
electoral?
Se habla de "sistema electoral " en un sentido amplio,
para hacer referencia al conjunto de temas relacionados con la
integración de los órganos de gobierno por procedimientos
electivos. Así delimitado el concepto, está
referido a las normas que
regulan la ciudadanía, los partidos políticos, las
bases del sufragio, la
emisión del mismo, los órganos electorales, los
recursos contra
sus decisiones y al sistema electoral en sentido restringido. El
alcance restringido del término se establece en
función de lo convenido en el Derecho Electoral en cuanto
a reservar esta denominación a las reglas que establecen
la forma en la que han de ser asignados y distribuidos los cargos
electivos, en un régimen electoral determinado.
La constitución peruana de 1993 define al sistema
electoral de la siguiente manera: "El sistema electoral tiene por
finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la
expresión auténtica, libre y espontánea de
los ciudadanos; y que los escrutinios sean reflejo exacto y
oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por
votación directa. Tiene por funciones básicas el
planeamiento,
la organización y la ejecución de los procesos
electorales o de referéndum u otras consultas populares;
el mantenimiento
y la custodia de un registro
único de identificación de las personas; y el
registro de los actos que modifican el estado civil". El concepto
aquí es sinónimo de derecho electoral,
régimen electoral, proceso electoral, términos que
engloban todo aquello que se enfoca, que se quiere tratar o
reglamentar en materia
electoral, desde el sufragio y hasta el contencioso
electoral.
Lo que se determina a través de un sistema
electoral es la cuestión relacionada con la
representación política, el principio que la
definirá – principio mayoritario o proporcional – y
de entre las diversas técnicas
disponibles para alcanzar uno de los dos principios, el procedimiento que
se prefiere aplicar. Los reglamentos técnicos que incluye
un sistema electoral abarcan: la posible subdivisión del
territorio nacional (zona electoral) en circunscripciones
electorales, la forma de la candidatura (individual o distintas
formas de lista), el procedimiento de votación propiamente
dicho (si el elector puede por ejemplo emitir uno o varios votos
y como debe hacerlo) y el procedimiento de asignación de
los escaños, lo que supone establecer la regla decisoria
(mayoría o proporcionalidad), el ámbito de
adjudicación de los escaños
(circunscripción, agrupación de circunscripciones,
territorio nacional), el método de
cómputo (por ejemplo el método D´Hondt o
cifra repartidora), la barrera de representación o umbral
mínimo inicial.
El efecto directo de los sistemas electorales –
observable empíricamente – consiste en la
estructuración de las preferencias políticas en el
acto eleccionario y la generación del resultado electoral
en forma de adjudicación de puestos legislativos o
ejecutivos. Hay dos líneas de influencia que están
interrelacionadas. Los sistemas electorales influyen en la
votación misma en la medida que colocan a los electores
frente a una situación decisoria específica que
está marcada fundamentalmente por las diferentes
posibilidades de éxito
de los candidatos y de los partidos políticos,
según los sistemas electorales. Este efecto es de
carácter psicológico y difícil de medir. Por
otra parte los sistemas electorales generan, con base en la misma
votación, diferentes resultados electorales. Este segundo
efecto es de carácter mecánico y se observa con
más nitidez.
El significado de los sistemas electorales no se
restringe a la relación entre votos y escaños y al
efecto reductivo o no reductivo, que se produce en el momento de
votar. Mas allá de afectar la fragmentación del
sistema de partidos y la capacidad de éste de formar
mayoría uni-colores en el
Parlamento, los sistemas electorales influyen en la
relación votante y elegido, en el mayor o menor grado de
cercanía de uno y otro, dependiente del tamaño de
las circunscripciones, de la forma del voto (uninominal o de
lista) y otros elementos técnicos.
Los sistemas electorales además tienen incidencia
en los siguientes problemas o fenómenos:
- La polarización ideológica y
política a nivel del electorado y a nivel del sistema de
partidos políticos; - La estructuración de los partidos
políticos en un doble sentido: estructuración
interna y relación de los partidos políticos con
el electorado; - La representación de los intereses de
diferentes sectores de la sociedad, es decir,
representación de regiones, etnias, confesiones y otros
segmentos o minorías de la sociedad,
representación que procura la integración
política en el ámbito de Estado; - El tipo de competencia
política; - Las formas de participación política
prevalecientes (convencional o no convencional), incluyendo
tipos de comportamiento electoral (voto
racional/útil y votación táctica) que
ayuden (o no) al dinamismo político; - Las características (o modelos) de
las campañas electorales; - La capacidad del sistema político de generar
el bienestar de su población en la medida en que su
logro dependa del buen funcionamiento de las instituciones
políticas; - Y finalmente, en la legitimidad del sistema
político, en la percepción del ciudadano elector y en el
grado de su compromiso con el sistema político
establecido.-
CAPITULO II
TIPOLOGIA E
IMPLICANCIAS
I.
TIPOLOGIA DE SISTEMAS ELECTORALES
Los sistemas electorales son estructuras
complejas. Se componen de diferentes elementos técnicos
que pueden agruparse en cuatro áreas: la
distribución de las circunscripciones electorales, la
forma de la candidatura y la votación, y la
transformación de votos en escaños. Cada uno de los
distintos elementos en particular ejerce efectos muy diferentes
en el conjunto del sistema electoral y en el resultado de una
elección. Los efectos políticos de un sistema
electoral en su conjunto dependen de la combinación de los
distintos elementos particulares, los cuales pueden ser
reforzados, eliminados o neutralizados a través de su
combinación.
La representación puede tomar por lo menos tres
formas:
- Primero, la representación geográfica
implica que cada región, ya sea un pueblo, una ciudad,
una provincia o un distrito electoral, tenga miembros en el
parlamento, los cuales serán escogidos y serán
responsables de sus regiones. - Segundo, un parlamento debería ser
funcionalmente representativo de la situación de los
partidos y de la política del momento que vive el
país. Si la mitad de los votantes vota por un partido
político, pero ese partido no gana o apenas gana algunos
escaños en el parlamento, entonces no se puede decir que
ese sistema sea adecuadamente representativo de la voluntad de
la gente. A través de la representación no
sólo de los partidos políticos sino
también de parlamentarios independientes, un parlamento
efectivo debería reflejar adecuadamente las divisiones
ideológicas dentro de la sociedad. - Tercero, está la cuestión de la
representación descriptiva, la cual implica que el
parlamento es, hasta cierto grado, un espejo de la
nación, por lo cual debe ver, sentir, pensar y actuar de
tal manera que el pueblo se vea reflejado en él como un
todo. Por tanto, un parlamento adecuadamente descriptivo debe
incluir tanto hombres y mujeres, jóvenes y viejos, ricos
y pobres y reflejar las diferentes afiliaciones religiosas,
comunidades lingüísticas y grupos étnicos
dentro de la sociedad.
Los sistemas electorales pueden ser clasificados en
razón de la distribución territorial; en
función de la organización política o bien
atendiendo al carácter acumulativo del
sufragio.
Los sistemas electorales basados en la
distribución territorial pueden ser de tres
tipos:
- De distrito electoral
único, en que todo el territorio del Estado
se considera, precisamente como constituyendo un colegio
electoral único. Todos los electores pueden votar todos
los cargos públicos elegibles. - De distrito uninominal,
en que el ámbito territorial del Estado se divide en
tantos distritos electorales como cargos públicos a
cubrir, de manera que cada elector dispone de un voto para
sufragar a un solo candidato - De distritos
plurinominales, en que el territorio del Estado se
divide en una pluralidad de circunscripciones, relativamente
extensas, a las cuales se les atribuye un número
determinado de cargos públicos electivos, de manera que
cada elector pueda votar por una lista de candidatos cuyo
número es igual al de los cargos correspondientes a la
respectiva circunscripción o bien algo menor a fin de
otorgar representación a la minoría.
Los sistemas electorales basados en la
organización política y cómputo de
sufragios corresponden a los siguientes tipos:
- Mayoritarios, consiste
en adjudicar en cada distrito electoral todos los cargos
públicos al candidato o lista de candidatos que haya
obtenido la mayor parte de los votos emitidos y válidos.
Esta mayoría puede ser relativa o simple, o bien de
carácter absoluto, es decir, comprendiendo la mitad
más uno de los votos emitidos y válidos. Cuando
este requisito de la legislación electoral no se
reúne, ésta suele disponer la realización
de una elección complementaria (ballotage) o segunda
vuelta, de la cual participan solamente los candidatos
más votados en la primera vuelta. - De representación
minoritaria, complementando la mayoritaria y a fin
de mitigar las insuficiencias de esta última. Su
caracterización permite distinguir a este sistema, de
manera neta, de los sistemas de representación
proporcional, en el sentido de que la representatividad
otorgada a la minoría no es, precisamente proporcional,
sino de índole empírica. Ejemplos de estos
sistemas son el denominado voto limitado que también se
conoce como lista incompleta o voto restringido, por cuanto el
elector sólo dispone para su elección de los dos
tercios de los cargos a cubrir, adjudicándose el tercio
restante a la primera minoría; y el de voto acumulativo,
mediante el cual el elector cuenta con tantos votos como el
número de cargos públicos a elegir, pudiendo
optar por otorgarlos todos a un solo candidato o bien
distribuirlos en varios de ellos. Los sistemas de
representación proporcional procuran que la
organización política expresada en el cuerpo
elegido guarde una proporcionalidad lo más exacta
posible con la composición del cuerpo
electoral.
Existen dos principios de representación
política. En el caso del principio de
representación por mayoría el objetivo
consiste en producir el gobierno de un partido o de una
coalición de partidos basado en una mayoría
parlamentaria; en el caso de la representación
proporcional, se trata por el contrario de reproducir lo
más fielmente posible en el parlamento las fuerzas
sociales y los grupos políticos existentes en la
población. Es decir, que los sistemas electorales de
tipo mayoritario tienden a favorecer a los partidos grandes,
produciendo una brecha entre los porcentajes de votos y
escaños obtenidos por los diversos partidos, en
desventaja de los partidos pequeños. Los sistemas de
tipo proporcional tienden a producir una mayor concordancia o
una concordancia relativa entre los porcentajes de votos y
escaños obtenidos por los diversos partidos. Pero no es
cierto que la concordancia sea estricta. Ambos principios de
representación están enfrentados en un sentido
histórico – ideológico, político y
sistemático:
- Histórico – ideológico:
porque el gran debate teórico sobre la
representación desde mediados del siglo XIX, como por
ejemplo en Inglaterra
entre John Stuart Mill y Walter Bagehot, se orienta en la
alternativa de la representación por mayoría vs.
la representación proporcional; - Político: porque
la lucha por la representación política de los
trabajadores, de las minorías y de los pequeños
partidos estuvo asociada en muchas ocasiones con la demanda de
representación proporcional y contra la
representación por mayoría vigente; esta lucha
llegó a su fin en un gran número de países
tan sólo con la introducción de un sistema de
representación proporcional; - Sistemático:
porque la mejor forma de clasificar a los sistemas
electorales es a través de los principios de
representación; la representación por
mayoría y la representación proporcional
constituyen las clases básicas en la tipología de
los sistemas electorales.
Hoy en día ya no podemos clasificar a los
sistemas electorales en términos excluyentes como una
cuestión del todo o nada, sino por el contrario en
términos de una gradualidad.
Encontramos sistemas electorales mayoritarios,
proporcionales y mixtos. Empíricamente en referencia a
los sistemas mayoritarios y proporcionales, el efecto
definitorio de ambos sistemas de representación –
en un caso, la formación de una mayoría para un
partido o coalición de partidos; en el otro, la
representación más exacta posible de todas las
fuerzas sociales y políticas – pueden desprenderse
fundamentalmente de la relación entre votos y
escaños. Cuando se emplea un sistema de
representación por mayoría, la
desproporción entre votos y escaños de los
respectivos partidos es típicamente alta. Por el
contrario, cuando se utiliza un sistema de
representación proporcional, el efecto desproporcional
es típicamente reducido y, consecuentemente, partidos
relativamente pequeños pueden obtener escaños
parlamentarios.
Los distintos elementos técnicos –
distribución de las circunscripciones electorales, forma
de la candidatura, votación y procedimiento de
conversión de votos en escaños– se pueden
combinar de múltiples formas entre sí.
Según se combinen los elementos y según sean los
efectos políticos así producidos, pueden
construirse tipos muy distintos de sistemas electorales al
interior de los dos principios de
representación.
II.
TIPOS DE SISTEMAS MAYORITARIOS:
Dentro de este principio distinguimos:
- El sistema de mayoría
relativa en circunscripciones uninominales. Se
trata del "sistema clásico" correspondiente al
principio de representación por mayoría. Se
aplica en Gran Bretaña, en los países
caribeños, etc. Su efecto desproporcional favorece por
lo general al partido más votado. Hasta la fecha los
sistemas de mayoría relativa puros se encuentran en el
Reino Unido y en aquellos países en los que ha
influido históricamente. Junto con el del Reino Unido,
los casos más estudiados son los de Canadá,
India,
Nueva Zelanda y los Estados
Unidos. Sin embargo, Nueva Zelanda se cambió en
1993 a un sistema de representación proporcional
personalizada. El sistema de Mayoría Relativa
también es usado por una docena de naciones
caribeñas, en América Latina por Belice y la antigua
Guyana, por 10 estados asiáticos (incluyendo
Pakistán, Bangladesh, Nepal y Malasia) y por muchas de
las pequeñas naciones-isla del Pacífico del
Sur. En África, 18 naciones, la mayoría ex
colonias británicas, usan sistemas de Mayoría
Relativa. En total, de 212 países y territorios, 68
-casi un tercio- usan sistemas de Mayoría Relativa. En
los sistemas de Mayoría Relativa, el candidato ganador
es simplemente la persona que obtiene más votos. En
teoría, un candidato puede ser elegido con sólo
dos votos si los otros candidatos sólo lograron sacar
un voto. Algunas variaciones en esta regla pueden transformar
este sistema en uno de voto en bloque, de doble ronda o bien
de voto único no transferible. Sin embargo, una
adaptación que también puede ser calificada
como Mayoría Relativa fue utilizada en Nepal a
principio de los años noventa. Debido al alto nivel de
analfabetismo del electorado, los candidatos
contendieron bajo símbolos de sus partidos en lugar de
como individuos. Los votantes escogieron entre partidos en
lugar de escoger entre candidatos. A los candidatos se les
permitió competir en más de un distrito, si
así lo deseaban. El candidato elegido en dos o
más distritos tiene la posibilidad de escoger a cual
de ellos representar. Se tuvieron que celebrar elecciones
parciales para llenar los escaños vacantes - El sistema de mayoría
absoluta en circunscripciones uninominales (con
segunda vuelta). Se trata de un sistema electoral con mucha
historia, que
en la actualidad se emplea en Francia (con voto alternativo
también en Australia). Su efecto favorece al partido o
alianza de partidos con más votos. - El sistema mayoritario en
circunscripciones plurinominales con
representación de minorías. El ejemplo
clásico es el sistema de voto limitado en el que, en
circunscripciones plurinominales, el elector dispone de menos
votos que diputados a elegir en la circunscripciones; este
sistema fue utilizado en otra época en España
y Portugal. - El sistema mayoritario en
circunscripciones plurinominales
pequeñas, se trata de sistemas
electorales que emplean la fórmula de decisión
proporcional en circunscripciones de hasta cinco
escaños. Se denomina sistema formador de
mayorías, debido a los efectos desproporcionales de
las circunscripciones pequeñas. - El sistema mayoritario con lista
proporcional adicional. Se adjudica una gran
parte de los escaños en circunscripciones uninominales
y en forma separada un determinado número de
escaños adicionales en varias circunscripciones
plurinominales o en una única circunscripción
plurinominal (es decir nacional) a través de listas de
partido según la fórmula de decisión
proporcional. Puede cumplir, este sistema, funciones como la
de dar representación a los partidos de la
oposición (por sobre todo, en sistemas de partido
dominante) o la de contrabalancear el efecto de la
uninominalidad (independencia del diputado frente al partido)
y fortalecer a los partidos políticos a través
de la lista. - El sistema de pluralidad:
La característica más sobresaliente de
estos sistemas es que siempre utilizan distritos
uninominales. En el sistema de mayoría relativa,
algunas veces conocido como sistema de pluralidad en
distritos uninominales, el ganador es aquel que obtiene el
mayor número de votos, aunque ello no implique
necesariamente la mayoría absoluta. Cuando se usa este
sistema en distritos plurinominales (es decir, donde se
eligen varios representantes), se convierte entonces en el
sistema de voto en bloque. Los electores tienen tantos votos
como escaños a asignar y los candidatos más
votados van ocupando las posiciones sin importar el
porcentaje que realmente alcancen. Los sistemas mayoritarios
como el australiano de voto alternativo y el sistema
francés de dos vueltas tratan de asegurar que el
candidato ganador obtenga la mayoría absoluta
(más del 50%). En esencia, el sistema de voto
alternativo utiliza las segundas preferencias de los votantes
para generar un ganador por mayoría, si ninguno
resulta elegido en la primera vuelta.
III. Sistemas
Semi-Proporcionales
Los sistemas semi-proporcionales son aquellos que
convierten los votos en escaños en una forma que se ubica
entre la proporcionalidad de los sistemas de
Representación Proporcional y el mayoritarismo de los
sistemas de mayoría-pluralidad. Los tres sistemas
semiproporcionales usados para las elecciones legislativas son:
el de voto único no transferible, el paralelo (o mixto) y
el de voto limitado:
- Los sistemas de Voto Único
no Transferible. En este tipo de sistemas,
cada elector tiene un voto, pero hay varios escaños que
cubrir en cada distrito y los candidatos con el número
más alto de votos son quienes los obtienen. Esto
significa que, por ejemplo, en un distrito de cuatro miembros,
en promedio uno necesitaría solamente lograr apenas el
20% de la votación para ser elegido. Esto permite la
elección de candidatos de partidos minoritarios y mejora
la proporcionalidad parlamentaria en general. Bajo esta
modalidad cada elector tiene un voto, aunque los distritos son
plurinominales, es decir, se eligen varios escaños. Los
candidatos con el mayor volumen de votación son los que
ganan los escaños. Al contrario, es probable que un
partido grande con el 75% del voto dividido equitativamente
entre tres de sus candidatos obtenga tres de los cuatro
escaños. Hacia 1997, este sistema era utilizado para las
elecciones parlamentarias en Jordania y Vanuatu y, para 125 de
los 161 escaños del parlamento taiwanés. Sin
embargo, su aplicación más conocida fue en la
elección de la Cámara Baja japonesa entre 1948 y
1993. - Sistemas paralelos.
Los sistemas paralelos usan tanto las listas de
Representación Proporcional como los distritos
uninominales de mayoría relativa (el ganador se lleva
todo). Las listas de Representación Proporcional no
compensan la desproporcionalidad generada en los distritos
uninominales por mayoría. Los sistemas paralelos han
sido ampliamente adoptados por las nuevas democracias en
África y por los antiguos estados
soviéticos. - Sistemas de voto limitado.
Estos sistemas se ubican entre los de Voto
Único No Transferible y los de voto en bloque, ya que se
basan en distritos plurinominales y los candidatos ganadores
son simplemente aquellos que logran más votos. Los
electores tienen más de un voto, pero menos votos que el
número de escaños a ocupar.
IV.
SISTEMAS DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
La lógica que guía a los sistemas de
Representación Proporcional es la de reducir las
disparidades entre el porcentaje de la votación nacional
obtenida por un partido y los escaños parlamentarios que
le corresponden: sí un partido grande gana el 40% de los
votos debería obtener aproximadamente 40% de los
escaños, y si un partido pequeño gana 10% de los
votos debería también conquistar aproximadamente el
10% de los escaños parlamentarios.
Con frecuencia se considera que el uso de listas de
partidos en el ámbito nacional o regional es la mejor
forma de conseguir esa proporcionalidad pero ese objetivo
también se puede lograr con facilidad si se compensa
cualquier desproporcionalidad que se derive de los resultados en
los distritos uninominales mayoritarios. El voto preferencial
también puede cumplir con ese propósito: el sistema
en donde los votantes ordenan a los candidatos en distritos
plurinominales, es otro sistema proporcional bien
establecido.
Muchas democracias nuevas han escogido sistemas de
Representación Proporcional. Más de 20 democracias
establecidas y casi la mitad de todas las democracias "libres"
usan alguna variante de la Representación Proporcional.
Los sistemas de Representación Proporcional son
predominantes en América Latina y en Europa Occidental y
representan un tercio de todos los sistemas en África. Si
bien los escaños son a menudo distribuidos en distritos
plurinominales regionales, en algunos países (como
Alemania,
Namibia, Israel, Holanda,
Dinamarca, Sudáfrica y Nueva Zelanda), la
distribución de escaños es efectivamente
determinada por el voto a nivel nacional.
La fórmula utilizada para calcular la
distribución de escaños, una vez que los votos han
sido contados, puede tener un efecto marginal en los resultados
electorales de Representación Proporcional. Las
fórmulas pueden basarse en el "promedio más alto" o
en el "residuo mayor". Sin embargo, la magnitud de los distritos
y los umbrales de representación tienen mayor importancia
para los resultados generales de Representación
Proporcional. Entre más grande sea el número de
representantes a ser elegidos en un distrito y más bajo
sea el umbral requerido para la representación en la
legislatura,
más proporcional será el sistema electoral y
más grande será la oportunidad de que los
pequeños partidos minoritarios obtengan
representación parlamentaria.
Otros elementos importantes involucran el diseño
de los límites de
los distritos; la manera en que los partidos constituyen sus
listas de Representación Proporcional; la complejidad de
la papeleta de votación (por ejemplo, si el votante debe
escoger entre partidos o entre candidatos y partidos); los
arreglos formales o informales para un "voto en paquete" y el
alcance de los acuerdos entre partidos, como aquellos en los
sistemas que utilizan las coaliciones electorales.
Distinguimos entre los sistemas electorales
proporcionales, los siguientes:
- El sistema proporcional en
circunscripciones plurinominales. Según
sea el tamaño de las circunscripciones, es decir, la
altura de la barrera natural, este sistema puede producir una
considerable desproporcionalidad entre votos y
escaños. - El sistema proporcional
compensatorio, en ocasiones con barrera legal.
Se adjudica, en una primera fase de la conversión de
votos en escaños, una determinada cantidad de
escaños (directos) en circunscripciones uninominales
según una de las fórmulas mayoritarias. En una
segunda (o tercera) fase de la conversión de votos, se
compensa, al menos aproximadamente, el efecto desproporcional
resultante de las circunscripciones uninominales a
través de la adjudicación de escaños de
lista según la formula proporcional. Por lo general se
desfavorece o excluye directamente de la distribución de
escaños, en las fases siguientes de la conversión
de votos en escaños, a los partidos (grandes) que
resultaron exitosos en las circunscripciones uninominales.
Además, la barrera legal dificulta o impide que partidos
demasiado pequeños accedan a escaños
parlamentarios. - El sistema proporcional
personalizado con barrera legal. Se combina la
adjudicación de un determinado número de
escaños (directos) en circunscripciones uninominales con
el principio de representación proporcional. El
porcentaje de escaños de cada partido se determina
exclusivamente (a excepción de algunos escaños
excedentes) según el porcentaje de votos proporcional en
el nivel nacional (o en el nivel de la agrupación de
circunscripciones). El número de escaños
alcanzados en la circunscripción uninominal por el
partido en cuestión se sustrae del porcentaje de
escaños que le corresponden según la
fórmula proporcional. (si un partido recibe más
escaños que lo que le corresponde proporcionalmente,
surgen los llamados escaños excedentes). La
proporcionalidad entre votos y escaños es –tras
dejar afuera de la adjudicación de escaños a
aquellos pequeños partidos que no han superado la
barrera legal – muy elevado. - El sistema de voto
transferible. Se trata del sistema
proporcional clásico en el mundo anglosajón. Dado
que este sistema se utiliza mayormente en circunscripciones
pequeñas, su grado de desproporcionalidad en
comparación con otros sistemas proporcionales
debería resultar relativamente elevado. En general, el
voto transferible opera en la dirección opuesta. - La representación
proporcional pura. Este sistema aspira a una
proporcionalidad muy alta y lo más exacta posible,
excluyendo el uso de barreras naturales o legales de una altura
que pueda impedir alcanzar tal grado de
proporcionalidad.
V. SISTEMAS ELECTORALES
COMBINADOS
Existen en términos sistemáticos
esencialmente tres posibilidades de asociar las circunscripciones
uninominales con la representación proporcional bajo la
forma de la representación por mayoría con una
lista adicional proporcional (o sistemas segmentados), o incluso
con el principio de representación proporcional bajo la
forma de la representación proporcional compensatoria o la
representación proporcional personalizada (con barrera
legal respectivamente). Todos estos sistemas electorales cumplen
de igual modo con el objetivo de fortalecer la relación
entre electores y candidatos / diputados, aunque se distinguen
entre sí por el grado de proporcionalidad o
desproporcionalidad entre votos y escaños.
En el caso de la representación proporcional
personalizada con barrera legal no se produce ninguna
distorsión significativa entre el porcentaje de votos y
escaños. El sistema es altamente proporcional.
En el caso de la representación proporcional
compensatoria (con barrera legal), el efecto desproporcional
resultante de las circunscripciones uninominales se ve al menos
compensado aproximadamente. El sistema tiende también a
producir resultados proporcionales. El grado de proporcionalidad
puede ser aquí más alto que en el caso de la
representación proporcional en circunscripciones
plurinominales de tamaño mediano y grande.
En el caso de la representación por
mayoría con lista adicional proporcional o sistema
segmentado, el resultado total de la elección se
conforma a partir de dos resultados parciales separados –
uno desproporcional y otro proporcional. Los sistemas segmentados
se ubican en una zona gris entre la representación por
mayoría y la representación proporcional. El efecto
desproporcional depende de la relación numérica
entre los escaños adjudicados según la
fórmula mayoritaria en circunscripciones uninominales y
los escaños adjudicados mediante una lista de partido
según la fórmula proporcional. Los sistemas
segmentados se acercan más a la representación por
mayoría que a la proporcional, pueden ser generalmente
ordenados dentro del principio de representación por
mayoría.
- Disposiciones Relativas a las
Minorías
1. Mecanismos Especiales para
Mujeres
Existen diferentes formas de asegurar la
representación de las mujeres en el Parlamento. Primero,
hay cuotas estatutarias donde las mujeres deben conformar por lo
menos una proporción mínima de los representantes
elegidos. Esto se advierte en una serie de casos, como el de
Italia, donde las
mujeres deben conformar el 50% de la papeleta de
representación proporcional, Argentina con el 30% y
Brasil con el
20%. También ha sido propuesto en la India. Tales cuotas
son usualmente percibidas como un mecanismo de transición
para establecer las bases de una mayor aceptación de la
representación de las mujeres.
Segundo, la ley electoral puede exigir que los partidos
asignen un cierto número de mujeres candidatas; este es el
caso de los sistemas de Representación Proporcional de
Bélgica y Namibia; en Argentina existe una
disposición para que las mujeres sean colocadas en
posiciones ganadoras, no sólo al final de la lista de los
partidos; mientras que en Nepal el 5% de los candidatos de
distritos uninominales deben ser mujeres.
Tercero, los partidos políticos pueden adoptar
sus propias cuotas informales de mujeres como candidatas
parlamentarias. Este es el mecanismo utilizado de manera
más común para promover la participación de
las mujeres en la vida política, y ha sido utilizado con
diferentes grados de éxito en todo el mundo: por el CNA en
Sudáfrica, el PJ y la UCR en Argentina, CONDEPA en
Bolivia, el
PRD en México,
los partidos laboristas de Australia y el Reino Unido y a
través de toda Escandinavia. El uso de pequeñas
listas integradas únicamente por mujeres por el Partido
Laborista en Inglaterra en las elecciones de 1997 casi
duplicó el número de parlamentarios femeninos de 60
a 119. También se han empleado reservas de escaños
para mujeres en Taiwán.
Una vez más, los escaños reservados son
mecanismos que ayudan a garantizar que las mujeres accedan a
cargos públicos, pero algunas mujeres argumentan que estas
cuotas terminan siendo una forma de apaciguarlas y,
eventualmente, marginarlas.
2. Escaños
Reservados
Los escaños reservados son una forma de asegurar
la representación en el parlamento de un grupo
minoritario específico. Existen escaños
parlamentarios reservados para minorías étnicas o
religiosas identificables en países tan diversos
como:
- Jordania (cristianos y circasianos).
- India (tribus y castas)
- Pakistán (minorías no
musulmanas). - Nueva Zelanda (maoris).
- Colombia ("comunidades negras" y poblaciones
indígenas). - Croacia (minorías húngaras, italianas,
checas, eslovacas, rutenias, ucranianas, alemanas y
austriacas). - Eslovenia (húngaros e italianos).
- Taiwán (comunidades
aborígenes). - Samoa Occidental (minorías
no-indígenas). - Niger (taurags).
- Autoridad Palestina (cristianos y
samaritanos)
Los representantes de estos escaños reservados
son usualmente elegidos en la misma forma que otros miembros del
parlamento, pero hay casos en las que son sólo son
elegidos por miembros de una comunidad minoritaria especificada
por la ley electoral. Si bien a menudo se considera una buena
norma representar a pequeñas comunidades de
interés, también se ha argumentado que es mejor
estrategia
diseñar estructuras que den origen a parlamentos
representativos de manera natural, en vez de conseguirlo por la
vía de una obligación legal. Los escaños de
cuota pueden crear resentimiento de parte de las mayorías
e incrementar la desconfianza entre varios grupos
culturales
En vez de escaños formalmente reservados, las
regiones pueden ser sobre-representadas para facilitar el
incremento en la representación de los grupos
minoritarios. Esencialmente, este es el caso del Reino Unido,
donde Escocia y Gales tienen más miembros del parlamento
en la Cámara de los Comunes que de lo que normalmente
deberían tener si el tamaño de la población
fuera el único criterio de elección. Lo mismo es
aplicable a las regiones montañosas de Nepal. Otra
posibilidad es la del sistema del "mejor perdedor", utilizado en
Mauricio, en el cual algunos de los candidatos perdedores de un
grupo étnico en particular con alta votación, son
premiados con escaños parlamentarios para balancear la
representación étnica en general. Los umbrales
electorales pueden ser también utilizados con ese
propósito.
La Ley de los Derechos del Voto de los Estados Unidos le
ha permitido en el pasado al gobierno trazar circunscripciones
extrañas y maravillosas con la sola finalidad de crear
circunscripciones mayoritarias de negros, latinos, o
asiáticos; esto podría llamarse "distorsión
afirmativa" (affirmative gerrymandering). Sin embargo, la
manipulación de cualquier sistema electoral para proteger
la representación de las minorías rara vez es
aceptada sin controversias.
3. Representación
Comunal
Numerosas sociedades étnicamente
homogéneas han llevado el concepto de escaños
reservados a su extensión lógica. Los
escaños no son divididos únicamente sobre bases
comunitarias, sino que todo el sistema de representación
parlamentaria está basado en consideraciones de
carácter comunitario. Esto quiere decir que cada comunidad
identificada tiene su propia lista electoral, y sólo elige
a miembros de su propio grupo al parlamento. En algunos casos,
sin embargo, tal como sucedió en Fiji desde 1970 hasta
1987 los electores podían votar no sólo por sus
candidatos comunales sino también por algunos candidatos
nacionales.
La mayoría de arreglos de listas comunales fueron
abandonadas después de que se volvió claro que
aquellos miembros elegibles de las comunidades y que al mismo
tiempo garantizaban la representación de grupo, a menudo
tenían el efecto perverso de socavar el camino hacia
arreglos entre grupos diferentes, ya que no existían
incentivos
para intercambios políticos entre las comunidades. El
asunto de cómo definir a los miembros de un grupo en
particular y de cómo distribuir justamente a los electores
entre ellos también estuvo lleno de problemas. En la
India, por ejemplo, los electorados que habían existido
por separado bajo el gobierno colonial –musulmanes, cristianos,
sikhs y otros-, fueron abolidos durante la independencia, aunque
se mantuvieron algunos escaños reservados para representar
a determinadas tribus y castas. De igual manera, los sistemas
comunales utilizados varias veces en Pakistán, Chipre y
Zimbawe también han sido abandonados. Fiji continúa
eligiendo a su parlamento de listas comunales separadas para
electores generales y electores indígenas de Fiji,
hindúes y electores en "general".
Los electores de Maori pueden escoger estar ya sea en la
lista electoral nacional o en una lista específica Maori,
la cual elige cinco miembros al parlamento. Sin embargo, se puede
decir que los resultados de las primeras elecciones bajo el
sistema de Representación Proporcional en Nueva Zelanda de
1996 han debilitado la lógica del sistema comunal: el
doble de miembros en el Parlamento maoris fue elegido de las
listas generales en comparación con las listas
específicas maories. Fiji también se está
alejando del sistema de lista comunal hacia una contienda
electoral más abierta a fin de motivar el desarrollo de un
sistema político multiétnico.
Cuadro: Tipología de Sistemas
electorales:
Sistemas Mayoritarios | Sistemas proporcionales |
Mayoría relativa en circunscripción | Proporcional en circunscripciones |
Mayoría absoluta en circunscripción | Proporcional compensatorio |
Mayoría con representación de | Proporcional personalizado |
Mayoría en circunscripciones | Voto único transferible |
Mayoría con lista adicional proporcional | Proporcional |
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