- Antecedentes históricos
del problema - Términos de convenio
entre Bolivia y el Mercosur - Balanza comercial entre Bolivia
y el Mercosur - Relación de las
variables causales con el problema y
conclusiones - Conclusiones
- Bibliografía
CAPÍTULO
I
1.1 INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo se
combinarán dos métodos de
investigación que son el Keynesiano
y el enfoque de mercado. Puesto que vamos a relacionar
principalmente el intercambio comercial que existe entre Bolivia
y el MERCOSUR, por lo
cual veremos el ingreso-gasto que tiene el país, como
también analizaremos la demanda y
oferta que el
mismo realiza.
Las zonas francas juegan un papel determinante en la
economía
nacional, ya que son una fuente importante de generación
de divisas para el
país..
Siendo el sector externo tan importante para el
país, quisiera investigar bien el acuerdo de
complementación económica que se firmará
entre Bolivia y el MERCOSUR.
Tomando como base lo dicho anteriormente, me he
propuesto realizar dicha investigación, más bien,
para concienciarnos como bolivianos si este acuerdo nos es
favorable como país, analizando fundamentalmente dos
causales principales como son los términos de Convenio
entre Bolivia y el MERCOSUR, la Balanza
Comercial, y para si ver cuáles son los beneficios y
amenazas par Bolivia del mencionado acuerdo comercial.
1.2. TEMA OBJETO DE ESTUDIO
Nuestro tema objeto de estudio es analizar si el acuerdo
de complementación económica (ACE) entre Bolivia y
el MERCOSUR es positivo o negativo para la economía
nacional.
No hay duda que cuando un país tiene un
saldo de balanza comercial positivo, todos ganamos, puesto
que existe crecimiento económico, se expande la
producción la cuál crece
paralelamente con la variable empleo,
ganamos más divisas, y en sí mejora la
economía. Sin embargo si el caso es contrario, es
decir con una balanza deficitaria, nos volvemos cada vez
más débiles económicamente, poniendo
en riesgo
nuestra industria nacional, y perdiendo cada
más recursos
financieros y productivos.¿Se dan las condiciones para formar una
zona de libre
comercio con el MERCOSUR de tal manera que nuestro
país se beneficie?- PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
- OBJETIVOS
1.4.1. OBJETIVOS GENERALES
El objetivo
general es mostrar que mediante el acuerdo de
complementación económica ha sido o no favorable
para Bolivia.
1.4.2 OBJETIVOS
ESPECÍFICOS
- Determinar los objetivos y
alcances del acuerdo - Analizar la Balanza Comercial entre Bolivia y el
MERCOSUR, durante el periodo 1990 – SEM I
2004. - Constatar los Beneficios y Amenazas alcanzados por el
país al entrar en dicho acuerdo.
- MARCO METODOLÓGICO
1.5.1. MODALIDAD
Trabajo individual
1.5.2. TIPO DE
INVESTIGACIÓN
Exploratoria y analítica
1.5.3. FUENTE DE
INFORMACIÓN
La información de este trabajo fue obtenida
mediante
- Libros
- Internet
- Informes y Revistas
- MARCO TEÓRICO
1.6.1
LIBERALISMO
Es un orden de ideas o conjunto de principios y
doctrinas que suponen a la razón individual absolutamente
libre. El liberalismo
político y filosófico del s. XVIII tuvo sus
derivaciones en el campo de la economía. En Francia, los
fisiócratas echaron los cimientos teóricos del
liberalismo económico, haciéndose célebre
desde entonces el conocido principio del laissez faire,
laissez passer –"dejad hacer, dejad pasar"- atribuido a
Gournay, y que implica la total prescindencia del estado en la
actividad económica de los individuos. En Inglaterra
halló expresión en las doctrinas enunciadas por
Adam Smith y
los llamados "clásicos".
El liberalismo como sistema
económico es una orientación ideológica que
propugna la libertad de la
vida económica, o sea, el libre juego de las
fuerzas económicas, basándose en que la eficaz
colaboración y el equilibrio de
estas fuerzas presupone su libertad de movimiento. En
economía, liberalismo es entonces sinónimo de libre
concurrencia y ausencia de restricciones y regulaciones por parte
del estado.
Las bases teóricas del liberalismo económico
pueden sintetizarse así:
- la sociedad
está regida por leyes naturales
universales permanentes; - la esfera económica está regida
únicamente por el interés
personal, y la
competencia de
los esfuerzos individuales asegura el triunfo de los más
hábiles y mejores; - el destino humano se realiza por la libre acción individual. El estado
debe limitarse a lograr la seguridad
interna y la defensa del país, pues en los demás
problemas,
cuando fomenta, entorpece, y cuando reglamenta,
desorganiza.
Los clásicos consideraron en cierto modo la libre
concurrencia como el estado natural de la vida económica y
como una ley prescripta a
los hombres por la naturaleza,
que no podía ser alterada. En verdad, la libre
concurrencia se basa supuestos, tales como la plena movilidad de
los factores de la producción y la existencia de un tipo
de estructura de
mercado
denominada competencia perfecta.
1.6.2 BARRERAS
ARANCELARIAS Y NO ARANCELARIAS
Una de las partes centrales de este marco regulador del
comercio de
bienes es el
programa de
desgravación arancelaria, mediante el cual se plantea la
eliminación progresiva de los aranceles
sobre bienes originarios, de acuerdo con unas listas de
desgravación.
El arancel de partida con que se inicia el programa de
desgravación en Bolivia y el MERCOSUR es progresivo en un
período de 10 años
Los programas
vigentes de devolución de aranceles (draw back)
serán modificados el primero de enero del año 2001,
para el comercio entre los países miembros. Una vez
modificado el draw back, cada país establecerá un
procedimiento
que evite una doble tributación en el caso de los bienes
que aún paguen impuestos en el
área de libre comercio.
1.6.3 DUMPING
Es la venta de un
producto por
debajo de su precio normal
e inclusive por debajo de su costo unitario de
producción dentro del mercado nacional y con mayor
frecuencia para la exportación. El dumping se aplica
para dar salida a los stocks en épocas de sobre abundancia
para desbancar a otros competidores del mercados, y
también para alcanzar niveles de producción que le
permitan reducir su costos.
BALANZA COMERCIAL
Recoge la expresión de los pagos de
exportación (X) e importación (M) de bienes y servicios,
entre un país y el resto del mundo durante un periodo
determinado, normalmente un año.
INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA
La inversión
extranjera directa se define con los aportes del exterior,
provenientes de personas jurídicas naturales o
extranjeras, al capital de
una empresa, en
moneda libremente convertible o en bienes físicos o
tangibles, tales como plantas,
maquinarias nuevas y/o reacondicionadas, equipos, repuestos,
partes, materias primas y productos
intermedios
INDUSTRIALIZACION
Son todos aquellos procesos de
transformación de los productos de refinación,
incluyendo la petroquímica, en la cual también se
utilizan hidrocarburos
en su estado natural.
- OBJETIVOS Y ALCANCES DEL ACUERDO DE
COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA.
Mediante el Acuerdo de Complementación
Económica, suscrito entre los países miembros
del MERCOSUR (Argentina, Brasil,
Uruguay
y Paraguay) y
Bolivia (ACE Nº 36), nuestro país pasa a ser
socio de este bloque regional estableciendo la
conformación de una Zona de Libre Comercio en un
plazo de 10 años.El programa de liberación consiste en
desgravaciones progresivas y automáticas anuales
sobre los gravámenes vigentes para terceros
países. Se espera que el año 2006 el 80% del
comercio goce de una liberación total, es decir 100%
de preferencia arancelaria en las exportaciones e importaciones con esos cuatro países,
por lo que este año virtualmente tendríamos
conformada una Zona de Libre Comercio.Desde el año 2001 las preferencias para los
productos comprendidos en el "Régimen
General" (mayor parte del universo
arancelario) cuenta con preferencia del 50% sobre el
gravamen arancelario vigente en los países
parte.Cabe señalar además que este acuerdo tiene
la principal misión de fortalecer el proceso
de integración de América Latina, a fin de alcanzar los
objetivos previstos en el Tratado de Montevideo 1980,
mediante la concertación de acuerdos abiertos a la
participación de los demás países
miembros de la ALADI.
Puesto que la conformación de áreas de libre
comercio en América Latina constituye un medio
relevante para aproximar los esquemas de integración
existentes, además de ser una etapa fundamental para
el proceso de integración y el establecimiento de un
área de libre comercio hemisférica;En el acuerdo que firmaron Bolivia y el MERCOSUR en su
artículo 1º señala los siguientes
objetivos:– Establecer el marco jurídico e institucional de
cooperación e integración económica y
física que contribuya a la
creación de un espacio económico ampliado que
tienda a facilitar la libre circulación de bienes y
servicios, y la plena utilización de los factores
productivos;– Formar un área de libre comercio entre las
Partes Contratantes en un plazo máximo de 10
años, mediante la expansión y
diversificación del intercambio comercial y la
eliminación de las restricciones arancelarias y de
las no-arancelarias que afectan el comercio
recíproco;– Promover el desarrollo y la utilización de la
infraestructura física con especial énfasis
en la progresiva liberación de las comunicaciones y del transporte fluvial y terrestre y en la
facilitación de la navegación por la
Hidrovía Paraná – Paraguay, Puerto
Cáceres – Puerto Nueva Palmira.– Establecer un marco normativo para la promoción y la protección de
las inversiones.– Promover la complementación y
cooperación económica, energética,
científica y tecnológica.– Promover consultas, cuando corresponda, en las
negociaciones comerciales que se efectúen con
terceros países y bloques de países
extrarregionales.- OBJETIVOS Y ALCANCES DEL ACUERDO DE
- MARCO CONCEPTUAL
- HIPÓTESIS
CAUSAL
"El acuerdo de complementación económica de
Bolivia con el MERCOSUR, afecta negativamente a la actividad
económica del país, partiendo de una
comparación en la capacidad industrial que tiene Bolivia
en relación a los países integrantes del
MERCOSUR"
CAPÍTULO II
ANTECEDENTES HISTORICOS DEL PROBLEMA
2.1. ANTECEDENTES
El MERCOSUR (Mercado Común del Sur) fue creado el 26 de
marzo de 1991 en Asunción y entró en vigencia el 29
de noviembre de ese año. Los países que conforman
este bloque regional económico son los países de
Argentina, Paraguay, Brasil y Uruguay.
El relacionamiento de Bolivia con el MERCOSUR, a nivel
presidencial, se remonta a junio de 1992, oportunidad en la que
se suscribió el Acuerdo de Transporte Fluvial por la
Hidrovía Paraguay-Paraná.
La presencia boliviana en las reuniones presidenciales del
MERCOSUR es continua y semestral desde la Séptima Cumbre
celebrada en 1994 en la República Argentina. En diciembre
de 1995 Bolivia se constituyó en el primer país
latinoamericano suscriptor del Acuerdo de Complementación
Económica con el bloque regional MERCOSUR
Los acuerdos de Libre Comercio entre el MERCOSUR y Bolivia como
país asociado se firmaron en junio de 1996 y entraron en
vigencia a partir del 28 de febrero de 1997. Luego de Bolivia, le
siguió Chile, ambos países se encuentran calidad de
asociados del MERCOSUR, llegando a tener una población total de 320 millones de
habitantes.
Los cuatro Estados Partes que conforman el MERCOSUR comparten
una comunión de valores que
encuentra expresión en sus sociedades
democráticas, pluralistas, defensoras de las libertades
fundamentales, de los derechos humanos,
de la protección del medio ambiente
y del desarrollo sustentable, así como su compromiso con
la consolidación de la democracia, la
seguridad jurídica, el combate a la pobreza y el
desarrollo económico y social en equidad.
Con esa base fundamental de coincidencias, los socios buscaron
la ampliación de las dimensiones de los respectivos
mercados nacionales, a través de la integración,
lo cual constituye una condición fundamental para
acelerar sus procesos de desarrollo
económico con justicia
social.
Así, el objetivo primordial del Tratado de
Asunción es la integración de los cuatro Estados
Partes, a través de la libre circulación de bienes,
servicios y factores productivos, el establecimiento de un
arancel externo común y la adopción
de una política comercial común, la
coordinación de políticas
macroeconómicas y sectoriales y la armonización de
legislaciones en las áreas pertinentes, para lograr el
fortalecimiento del proceso de integración.
En la Cumbre de Presidentes de Ouro Preto, de diciembre de
1994, se aprobó un Protocolo
Adicional al Tratado de Asunción el Protocolo de
Ouro Preto por el que se establece la estructura
institucional del MERCOSUR y se lo dota de personalidad
jurídica internacional.
En Ouro Preto se puso fin al período de
transición y se adoptaron los instrumentos fundamentales
de política comercial común que rigen la zona de
libre comercio y la unión aduanera que caracterizan hoy al
MERCOSUR, encabezados por el Arancel Externo Común.
Así, los Estados Partes iniciaron una nueva etapa de
consolidación y profundización? donde la zona de
libre comercio y la unión aduanera constituyen pasos
intermedios para alcanzar un mercado único que genere un
mayor crecimiento de sus economías, aprovechando el efecto
multiplicador de la especialización, las economías
de escala y el mayor
poder
negociador del bloque .
En este contexto, los cuatro Estados Partes del MERCOSUR,
junto a Bolivia y Chile. Han constituido el "Mecanismo de
Consulta y Concertación Política" en el que se
consensúan posiciones comunes en materias de alcance
regional que superan lo estrictamente económico y
comercial.
Así, en ocasión de la X Reunión del
Consejo del Mercado Común (San Luis, 25 de Junio de1996),
se suscribió la "Declaración Presidencial sobre
Compromiso Democrático en el MERCOSUR", así
como el Protocolo de Adhesión de Bolivia y Chile a
dicha Declaración, instrumento que traduce la plena
vigencia de las instituciones
democráticas, condición indispensable para la
existencia y el desarrollo del MERCOSUR.
En esa misma oportunidad se suscribió una
Declaración de los Presidentes de los Estados Partes
del MERCOSUR, Bolivia y Chile, reafirmando su respaldo a los
legítimos derechos de la
República Argentina en la disputa de soberanía sobre la cuestión de las
Islas
Malvinas.
Asimismo, en dicha ocasión se suscribió la
"Declaración Política del MERCOSUR, Bolivia y
Chile como zona de Paz" a través de la cual los seis
países manifiestan que la paz constituye un elemento
esencial para la continuidad y el desarrollo del proceso de
integración regional. En ese sentido, los seis gobiernos
acuerdan, entre otros puntos, fortalecer los mecanismos de
consulta y cooperación sobre temas de seguridad y defensa
existentes entre sus países y promover su progresiva
articulación y realizar esfuerzos conjuntos en
los foros pertinentes para avanzar en la consolidación de
acuerdos internacionales orientados a lograr el objetivo del
desarme nuclear y la no proliferación en todos sus
aspectos.
CAPÍTULO III
TÉRMINOS DE CONVENIO ENTRE BOLIVIA Y EL
MERCOSUR
- TÉRMINOS DE CONVENIO: ACUERDO COMERCIAL BOLIVIA
– MERCOSUR
Como primer análisis de la variable causal,
estudiaremos detalladamente el l acuerdo comercial firmado entre
Bolivia y el MERCOSUR, la cual fue realizada ante La Secretaria
General de ALADI, se establecieron los siguientes términos
de convenio:
– Programa de Liberación de Aranceles
Las Partes Contratantes conformarán una Zona de Libre
Comercio en un plazo de 10 años a través de un
Programa de Liberación Comercial, que se aplicará a
los productos originarios y procedentes de los territorios de las
Partes Contratantes. Dicho Programa consistirá en
desgravaciones progresivas y automáticas aplicables sobre
los gravámenes vigentes para terceros países en el
momento de despacho a plaza de las mercaderías.
Este Acuerdo incorpora las preferencias arancelarias
negociadas con anterioridad entre las Partes Signatarias en los
Acuerdos Parciales o Regionales en el marco de la ALADI, en la
forma como se refleja en el Programa de Liberación
Comercial.
Para tales efectos, se acuerda: aplicar el comercio
recíproco, a partir del 28 de febrero de 1997
La Comisión Administradora podrá acelerar el
Programa de Liberación Comercial previsto en este
Título, para cualquier producto o grupo de
productos, que de común acuerdo las Partes Contratantes
convengan.
El MERCOSUR podría considerar, para algunos casos
particulares, mantener en favor de Bolivia la preferencia del
Patrimonio
Histórico para productos incluidos en el Régimen de
Adecuación.
Se entenderá por "gravámenes" los derechos
aduaneros y cualquier otro tributo de efecto equivalente, sean de
carácter fiscal,
monetario, cambiario o de cualquier naturaleza, que incidan sobre
las importaciones. No están comprendidos en este concepto las
tasas y recargos análogos cuando sean equivalentes al
costo de los servicios prestados.
Las Partes Signatarias no podrán establecer otros
gravámenes y cargas de efectos equivalentes distintos de
los derechos aduaneros, que los vigentes a la fecha de
suscripción del presente Acuerdo y que constan en Notas
Complementarias al presente.
Ninguna Parte Contratante impondrá ni mantendrá
restricciones no arancelarias a la importación o a la
exportación de productos de su territorio al de la otra
Parte Contratante, ya sean aplicadas mediante contingentes,
licencias o por medio de otras medidas, salvo lo dispuesto en los
Acuerdos de la
Organización Mundial del Comercio.
Las Partes Contratantes intercambiarán, en el momento
de la firma del presente Acuerdo, los aranceles vigentes y se
mantendrán informadas, a través de los organismos
nacionales competentes, sobre las eventuales modificaciones
subsiguientes y remitirán copia de las mismas a la
Secretaria General de la ALADI para su información con las
respectivas consideraciones:
Fecha
Porcentaje
de Desgravación1/1/97
30
1/1/98
35
1/1/99
40
1/1/2000
45
1/1/2001
50
1/1/2002
60
1/1/2003
70
1/1/2004
80
1/1/2005
90
1/1/2006
100
- Aplicar en el comercio recíproco, a partir del
1º de enero de 1997, los siguientes márgenes de
preferencias a todos los productos no incluidos en las listas
que integran los
Anexos 1 al 7.Fecha
Porcentaje
de Desgravación1/1/97
50
1/1/98
50
1/1/99
50
1/1/2000
50
1/1/2001
50
1/1/2002
60
1/1/2003
70
1/1/2004
80
1/1/2005
90
1/1/2006
100
- Los productos que figuran en el Anexo-1 tendrán
el siguiente cronograma de desgravación:Fecha
Márgenes
de Preferencia (%)1/1/97
30 – 50 – 60 – 70 –
801/1/98
35 – 55 – 64 – 73 –
821/1/99
40 – 60 – 68 – 76 –
841/1/2000
45 – 65 – 72 – 79 –
861/1/2001
50 -70 – 76 – 82 –
881/1/2002
60 – 75 – 80 – 85 –
901/1/2003
70 – 80 – 84 – 88 –
921/1/2004
80 – 85 – 88 – 91 –
941/1/2005
90 – 90 – 92 – 94 –
961/1/2006
100 – 100 -100 – 100 –
100 - Los productos incluidos en el Anexo-2 gozarán de
los márgenes de preferencia que en cada caso se
indican, los que evolucionarán de acuerdo con el
siguiente cronograma:Fecha
Margen
de Preferencia (%)1/1/97
15
1/1/98
15
1/1/99
15
1/1/2000
20
1/1/2001
25
1/1/2002
30
1/1/2003
40
1/1/2004
60
1/1/2005
80
1/1/2006
100
- Los productos incluidos en el Anexo-3
estarán sujetos a un ritmo de desgravación
especial conforme al siguiente cronograma que concluye en un
plazo de 10 años, y tendrán un margen de
preferencia inicial del 15%.Fecha
Porcentaje
de Desgravación1/1/97
10
1/1/98
10
1/1/99
10
1/1/2000
10
1/1/2001
10
1/1/2002
20
1/1/2003
40
1/1/2004
60
1/1/2005
80
1/1/2006
100
- Los productos incluidos en el Anexo-4 estarán
sujetos al siguiente ritmo de desgravación, y
tendrán un margen de preferencia inicial del 10%,
concluyendo la desgravación al décimo
año.Fecha
Porcentaje
de Desgravación1/1/2005
10
1/1/2006
20
1/1/2007
30
1/1/2008
40
1/1/2009
60
1/1/2010
80
1/1/2011
100
- Los productos incluidos en el Anexo-5 se
desgravarán a partir del año noveno en forma
progresiva y automática de modo de alcanzar una
preferencia del 100 % en el plazo de 15 años, contados
desde el inicio del Programa de Liberación Comercial
que comienza en el año 1997.Fecha
Porcentaje
de Desgravación1/1/2005
10
1/1/2006
10
1/1/2007
10
1/1/2008
10
1/1/2009
20
1/1/2010
30
1/1/2011
40
1/1/2012
60
1/1/2013
80
1/1/2014
100
- Los productos incluídos en el Anexo-6 se
desgravarán a partir del año noveno en forma
progresiva y automática de modo de alcanzar una
preferencia del 100% en el plazo de 18 años, contados
desde el inicio del Programa de Liberación Comercial que
comienza en el año 1997. - Los productos incluidos en el Anexo-7 tendrán
un margen de preferencia inicial del 100% desde el inicio de la
vigencia del Acuerdo.
Los anexos del 1 al 7 están estipulados en el
acuerdo de complementación económica Nº 36, el
cual menciona una extensa lista de productos y debido a este
factor citaré algunos ejemplos que tienen preferencia en
los acuerdos bilaterales inmersos en dichos anexos:
– Trozos de carne bovina fresca, refrigerada o
deshuesada.
– Despojos comestible de carne bovina, porcina, caprina,
caballar y asnal
– Mantequilla y demás productos
lácteos
– Cebollas, ajos, puerros, y demás.
– Azúcar
de caña, remolacha y sacarosa
– Manufactura de
cuero
natural
– Productos minerales y
energéticos.
– trigo – Frutas
– Hígado – Tuercas
– Almidón – Combustibles
– Aceite en
bruto – Congeladores
– Materiales
textiles – Cosechadoras
– Cerveza de Malta
– Cereales
– Sardinas – Soja y sus
productos derivados
– Galletas – Aceite de Girasol
– Pan de especies – Productos vegetales
– Cigarrillos – Plastificados
– Champúes – Plastificados
– Bebidas alcohólicas – Insecticidas
– Jugos – Detergentes
-Tratamiento en Materia de
Tributos
Internos
En materia de impuestos, tasas u otros tributos
internos, los productos originarios del territorio de una Parte
Signataria gozarán, en el territorio de la otra Parte
Signataria, de un tratamiento no menos favorable que el aplicable
a productos nacionales en circunstancias similares.
– Prácticas Desleales del Comercio
Internacional -Dumping y Subsidios- y
Prácticas Restrictivas de la
Competencia
En la aplicación de medidas destinadas a
contrarrestar las distorsiones en la competencia generadas por
prácticas de dumping y subsidios, las Partes Contratantes
se basarán en los Acuerdos de la Organización Mundial del Comercio en estas
materias.
En el caso de que una de las Partes Signatarias de una
Parte Contratante aplique medidas anti-dumping o compensatorias
sobre las importaciones procedentes de terceros países,
dará conocimiento
de ellas a la otra Parte Contratante, para la evaluación
y seguimiento de las importaciones en su mercado de los productos
objeto de la medida, a través de los organismos nacionales
competentes.
Las Partes Contratantes promoverán las acciones que
resulten necesarias para disponer, a la brevedad posible, de un
esquema normativo basado en disposiciones y prácticas
internacionalmente aceptadas, que constituya el marco adecuado
para disciplinar eventuales prácticas que restrinjan la
competencia.
–Incentivos a las
Exportaciones
En relación con los incentivos a las
exportaciones, las Partes Contratantes se basarán en los
Acuerdos de la Organización Mundial del
Comercio.
Los productos, que incorporen en su fabricación
insumos importados temporariamente o bajo régimen de
draw-back, no se beneficiarán del Programa de
Liberación Comercial establecido en el presente Acuerdo a
partir del 1º de enero del año 2002.
La Comisión Administradora analizará los
productos que, con carácter excepcional, podrán
beneficiarse de este Régimen por un plazo adicional de dos
años.
-Valoración Aduanera
El Acuerdo relativo a la aplicación del
Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros
y Comercio de 1994, de la Organización Mundial del
Comercio, regulará el Régimen de Valoración
Aduanera aplicado por las Partes Contratantes en su comercio
recíproco.
–Normas y
Reglamentos Técnicos, Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
y Otras Medidas Conexas
Las Partes Contratantes no adoptarán,
mantendrán ni aplicarán medidas de normalización, evaluación de la
conformidad, disposiciones metrológicas, normas o medidas
sanitarias, fitosanitarias o ambientales y reglamentos
técnicos, que impliquen crear obstáculos
innecesarios al comercio.
A estos efectos, las Partes Contratantes se
regirán por el Acuerdo sobre Obstáculos
Técnicos al Comercio y el Acuerdo sobre la
Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la
Organización Mundial del Comercio.
Las Partes Contratantes, cuando estimen necesario,
establecerán pautas y criterios coordinados para la
compatibilización de las normas y reglamentos
técnicos, medidas sanitarias y fitosanitarias y otras
medidas conexas. Convienen, igualmente, realizar esfuerzos para
identificar las áreas productivas en las cuales sea
posible la compatibilización de procedimientos de
inspección, control y
evaluación de conformidad, que permitan el reconocimiento
mutuo de los resultados de estos procedimientos.
-Complementación e Intercambio por Sectores
Productivos
Las Partes Contratantes, promoverán la
complementación y la integración industrial,
comercial y tecnológica, con la finalidad de lograr el
máximo aprovechamiento de los recursos disponibles,
incrementar el comercio entre las Partes Contratantes y
posibilitar la exportación a terceros mercados de bienes
producidos en sus territorios.
Las Partes Contratantes estimularán las
inversiones conjuntas que permitan desarrollar actividades
productivas de bienes y servicios, sea mediante la constitución de empresas
multinacionales, contratos de
"joint ventures" u otras modalidades.
Las acciones para promover una progresiva
complementación económica entre las Partes
Contratantes serán llevadas a cabo a través de
Acuerdos empresariales entre empresas tanto públicas como
privadas, de producción de bienes y de prestación
de servicios.
Los Acuerdos empresariales estarán orientados al
desarrollo de nuevas actividades específicas en los
territorios de la Partes Contratantes, así como a la
complementación, integración y/o
racionalización de actividades existentes y
abarcarán el intercambio de bienes, servicios, tecnología y la
asociación de capitales.
Los Acuerdos empresariales deben estar referidos
preferentemente a aquellas actividades de producción de
bienes y servicios que reúnan todas o algunas de las
siguientes características:
Actividades vinculadas al comercio exterior
de las Partes Contratantes que requieran modalidades
específicas de cooperación entre agentes
económicos de las mismas, para asegurar su
viabilidad;
Actividades que, por su naturaleza o
característica de desarrollo, requieran un enfoque
más específico o casuístico; y
Actividades relacionadas a la defensa y
preservación del medio ambiente.
-Promoción e Intercambio de Información
Comercial
Las Partes Contratantes se apoyarán en los
programas y tareas de difusión y promoción
comercial, facilitando la actividad de misiones oficiales y
privadas, la organización de ferias y exposiciones, la
realización de seminarios informativos, los estudios de
mercado y otras acciones tendientes al mejor aprovechamiento del
Programa de Liberación Comercial y de las oportunidades
que brinden los procedimientos que acuerden en materia
comercial.
-Integración Física
Las Partes Contratantes, reconociendo la importancia del
proceso de integración física como instrumento
imprescindible para la creación de un espacio
económico ampliado, se comprometen a facilitar el
tránsito de personas y la circulación de bienes,
promover el comercio entre las Partes Contratantes y en dirección a terceros mercados, mediante el
establecimiento y la plena operatividad de vinculaciones
terrestres, fluviales, marítimas y
aéreas.
A tal fin, las Partes Signatarias negociarán un
Protocolo Adicional de Integración Física, el cual
contemplará el tema de interconexiones viales, en el
contexto más amplio del establecimiento, con terceras
partes, de corredores bioceánicos.
-Cooperación Científica y
Tecnológica
Las Partes Contratantes buscarán facilitar y
apoyar formas de colaboración e iniciativas conjuntas en
materia de ciencia y
tecnología, así como proyectos
conjuntos de investigación.
Para tales efectos, podrán acordar programas de
asistencia técnica recíproca, destinados a elevar
los niveles de productividad de
los referidos sectores, obtener el máximo aprovechamiento
de los recursos disponibles y estimular el mejoramiento de su
capacidad competitiva, tanto en los mercados de la región
como internacionales.
La mencionada asistencia técnica se
desarrollará entre las instituciones nacionales
competentes, mediante programas de relevamiento de las
mismas.
Tanto Bolivia como el MERCOSUR promoverán el
intercambio de tecnología en las áreas
agropecuaria, industrial, de normas técnicas y
en materia de sanidad animal y vegetal y otras, consideradas de
interés mutuo.
–Administración y Evaluación del
Acuerdo
La administración y evaluación del
presente Acuerdo estará a cargo de una Comisión
Administradora integrada por el Grupo Mercado Común del
MERCOSUR, por una Parte Contratante, y una Comisión
Nacional presidida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto de Bolivia, a través de la Secretaría
Nacional de Relaciones Económicas Internacionales, por la
otra Parte Contratante.
La Comisión Administradora tendrá las
siguientes atribuciones:
- Velar por el cumplimiento de las disposiciones del
presente Acuerdo y sus Protocolos
Adicionales. - Determinar en cada caso las modalidades y plazos en
que se llevarán a cabo las negociaciones destinadas a la
realización de los objetivos del presente Acuerdo,
pudiendo constituir grupos de
trabajo para tal fin. - Evaluar periódicamente los avances del
Programa de Liberación Comercial y el funcionamiento
general del presente Acuerdo, debiendo presentar anualmente a
las Partes Contratantes un informe al
respecto, así como sobre el cumplimiento de los
objetivos generales del acuerdo. - Negociar y acordar los entendimientos
intergubernamentales que sean requeridos para poner en
práctica los Acuerdos empresariales previstos en el
Título XVIII. - Promover y organizar, en coordinación y con el
apoyo de los organismos regionales e internacionales, la
realización de encuentros empresariales, ruedas de
negocios y
otras actividades similares, destinadas a facilitar la
identificación de sectores que podrían ser objeto
de Acuerdos empresariales. - Evaluar el desarrollo de los Acuerdos
empresariales. - Realizar el seguimiento de la aplicación de
las disciplinas comerciales acordadas entre las Partes
Contratantes, tales como régimen de origen,
cláusulas de salvaguardia, defensa de la competencia y
prácticas desleales del comercio. - Establecer, cuando corresponda, procedimientos para
la aplicación de las disciplinas comerciales
contempladas en el presente Acuerdo y proponer a las Partes
Contratantes eventuales modificaciones a tales
disciplinas. - Revisar el Programa de Liberación Comercial en
los casos en que una de las Partes Contratantes modifique
substancialmente en forma selectiva y/o generalizada, sus
aranceles generales afectando significativamente a la otra
Parte Contratante. - Intercambiar información sobre las
negociaciones que las Partes Contratantes realicen con terceros
países para formalizar Acuerdos no previstos en el
Tratado de Montevideo de 1980. - Cumplir con las demás tareas que se
encomiendan a la Comisión Administradora en virtud de
las disposiciones del presente Acuerdo, sus Protocolos
Adicionales y otros Instrumentos firmados en su ámbito,
o bien por las Partes Contratantes. - Modificar las Normas de Origen y establecer o
modificar requisitos específicos. - Establecer los procedimientos operativos a que
deberán ajustarse las reexportaciones de
mercancías originarias de las Partes
Contratantes.
-Del Comité Asesor Empresarial
A fin de promover y estimular una activa
participación de los sectores empresariales en las tareas
referentes a la aplicación del presente Acuerdo, se
instituye el Comité Asesor Empresarial, que estará
integrado por representantes de las organizaciones
empresariales de cúpula de las Partes
Signatarias.
Este Comité tendrá carácter de
órgano consultivo de la Comisión
Administradora.
-Vigencia
El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del
28 de febrero de 1997 y tendrá duración
indefinida.
-Denuncia
La Parte Contratante que desee denunciar el presente
Acuerdo deberá comunicar su decisión a las
demás Partes Contratantes con 60 días de
anticipación al depósito del respectivo instrumento
de denuncia en la Secretaría General de la
ALADI.
A partir de la formalización de la denuncia
cesarán, para la Parte Contratante denunciante, los
derechos adquiridos y las obligaciones
contraídas en virtud del presente Acuerdo,
manteniéndose las referentes al Programa de
Liberación Comercial, la no aplicación de medidas
no arancelarias y otros aspectos que las Partes Contratantes,
junto con la Parte denunciante, acuerden dentro de los 60
días posteriores a la formalización de la denuncia.
Estos derechos y obligaciones continuarán en vigor por un
período de dos años a partir de la fecha de
depósito del respectivo instrumento de denuncia, salvo que
las Partes Contratantes acuerden un plazo distinto.
El cese de obligaciones respecto de los compromisos
adoptados en materia de inversiones, obras de infraestructura,
integración energética y otros que se convenga, se
regirán por lo establecido en Protocolos acordados en
estas materias.
CAPÍTULO
IV
BALANZA COMERCIAL ENTRE BOLIVIA Y EL
MERCOSUR
4.1. BALANZA COMERCIAL ENTRE BOLIVIA Y EL
MERCOSUR
Como una variable causal del problema fundamental de
este trabajo, si es conveniente formar una zona de libre comercio
con el MERCOSUR, hemos tomado a la balanza comercial, la cual nos
muestra lo que
oferta y
demanda de cada país, lo que ingresa y sale. Bajo un
enfoque de mercado y Keynesiano la demanda (gasto)
del país esta representada por las importaciones y la
oferta (ingreso) que realiza el país esta representada por
la oferta.
A continuación se presentará la
relación de comercio internacional que ha tenido Bolivia
con el MERCOSUR durante el periodo 1990 al primer semestre del
2004, dicha información fue obtenida por del Banco Central de
Bolivia y del Instituto Nacional de Estadística.
Expresado en Millones
USD
(1990 – 1995)
Expresado en Millones
USD
(1996 – 2000)
Expresado en millones de
USD
(2001 – I SEM
2004)
Para ver las tablas seleccione la
opción "Descargar" del menú superior
Entre los años 1992 y el 2001 las exportaciones
bolivianas hacia MERCOSUR han crecido con una tasa promedio anual
de 9.26 por ciento, pasando de 166 millones de dólares en
1992 a casi 555 millones en el 2003. Su comportamiento
es oscilante con tendencia creciente hasta el año 1999. A
partir del año 2000 Bolivia empieza a registrar mayores
valores alcanzando su cifra record en el año 2003, no
obstante que este año presenta una buena
perspectiva
Por su parte, durante el mismo periodo, las
importaciones han crecido con una tasa acumulativa promedio anual
de 9 por ciento pasando de 267 millones de dólares en el
año 1992 a 645.5millones de dólares en el
año 2003.
.
La balanza comercial es deficitaria en los once
últimos años; muestra una tendencia negativa hasta
el año 1999, pero a partir del año 2001 ésta
muestra una recuperación explicada por el aumento de sus
exportaciones, cuyo crecimiento notable se debe fundamentalmente
el gas, que es
explotado, comercializado y distribuido por las empresas
capitalizadas.
En el análisis de la Balanza Comercial, podemos
centrarnos en tres puntos, el primero que es periodo 1990 –
1991 Bolivia tenía un superávit comercial, luego a
finales de 1991 entre en vigencia el convenio MERCOSUR, entre los
cuatro países (Brasil, Argentina, Paraguay y Uruguay), lo
cuál fortalece competitivamente a dichos países, y
nuestra Balanza se vuelve deficitaria, a partir de febrero de
1997, fecha en la cuál Bolivia entra en calidad de
asociado, la situación empeora y la breche importaciones y
exportaciones, se hacen más grande, el 2003 y el 2004 se
recupera por la venta de grandes volúmenes de gas al
Brasil y Argentina principalmente.
CAPÍTULO
V
RELACIÓN DE LAS VARIABLES
CAUSALES CON EL PROBLEMA Y CONCLUSIONES
- BENEFICIOS Y AMENZAS ALCANZADOS POR EL ACUERDO DE
COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA ENTRE BOLIVIA Y EL
MERCOSUR
La apertura externa de la economía boliviana asumida
como parte del modelo
económico seguido por el país desde 1985, se
convirtió en uno de los fundamentos del mismo, no solo en
las exportaciones e importaciones de bienes y servicios, sino
también en otras variables relacionadas con el sector
externo y la balanza de paga, como la inversión directa extranjera, las
transacciones financieras privadas y públicas,
además del nivel de reserva.
La modalidad de apertura externa también dio un lugar a
cambio de
patrón o estrategia de
inserción internacional del país, en un contexto
económico mundial globalizado y regionalizado, que viene
exigiendo a los sistemas
económicos nacionales y a las instituciones, entre las que
se encuentre el Estado, para obtener altos niveles de competitividad, productividad y eficiencia para
obtener ganancias netas en el comercio exterior.
El desarrollo productivo de Bolivia después de casi 20
años de vigencia del modelo no ha sido suficiente para
generar una oferta competitiva, con capacidad de acceso creciente
a los mercados externos y posicionamiento
seguido en los mismos.
En realidad los beneficios que ha tenido Bolivia con este
acuerdo es muy poco y solo beneficia a ciertos sectores como la
industria del gas, pero que no iguala el valor nominal
de las importaciones de bienes de capital, bienes intermedios y
finalmente bienes finales de consumo, por
lo que se diría que Bolivia ha sido un importador neto del
MERCOSUR, este déficit se debe a una limitación
productiva que tiene el país en cuanto a volumen,
número, contenido de valor y grado de
transformación de sus productos , pero resulta
también de cierta impertinencia del ACE en cuanto a
preferencias recibidas o bien incapacidad de aprovechar las
mismas
Es debido a esta corriente negativa para la economía
boliviana ante el MERCOSUR que el Banco Central tiene que
depreciar constantemente el tipo de cambio para fomentar y los
exportadores y no entrar en medidas restrictivas que están
prohíbas por el acuerdo. Además que existe una
persistente demanda de Divisas (fruto de las un saldo negativo en
las exportaciones) lo que lleva a disminuir las Reservas
Internacionales netas que posee el mismo BCB.
Entre todas las amenazas más graves que existen de este
acuerdo, es la magnitud realmente pequeña en los valores de
exportación, a excepción del gas, que
continuará generando grados altos de vulnerabilidad para
la economía nacional en todas sus variables
macroeconómicas.
- En la hipótesis planteada inicialmente, la
cuál señala que este acuerdo no
favorecía a Bolivia, pudimos comprobarla puesto que
la oferta que hace nuestro país en términos
de exportaciones es bastante pobre en cuanto la demanda que
realiza (importaciones), todo esto bajo un enfoque de
mercado, y de acuerdo también con el
método Keynesiano se puede observa que el
gasto es mayor que el ingreso, es decir que la
producción nacional no equivale al consumo que
realiza nuestro país, porque existe una gran
importaciones de bienes y servicios que se demandan
internamente proveniente del MERCOSUR. El acuerdo de
complementación económica con el MERCOSUR, no
nos favorece ya que tenemos desde 1992 una balanza
comercial deficitaria y que sin duda alguna se
volvió más deficitaria desde la fecha que se
entro en vigencia el convenio. - Si bien es cierto que las exportaciones hacia el
MERCOSUR han aumentado a favor de Bolivia, este es un
resultado mentiroso, porque la causa del incremento en las
exportaciones es producto de la venta del Gas a Brasil y
Argentina, beneficiándose las empresas
transnacionales y con una miseria a los bolivianos. - Es necesario reconocer que debemos realizar convenios
de libre comercio con otros países que están
en una situación similar en cuanto a la capacidad y
grado de industrialización, para poder competir con
igual ventajas, y de esta manera fortalecer nuestra
industria nacional, como también es necesario
cambiar los términos de convenios y aquellos
acuerdos, como el estudiado en este caso, que en todo caso
le hace daño a la economía nacional.
Respecto a este acuerdo que tenemos con el MERCOSUR, se
sugiere realizar un estudio minucioso respecto de aquellas
industrias nacionales que se encuentran
mayormente afectadas por dicho acuerdo y cambiar los
términos de convenio, para que así una
industria no este cada vez más debilitada y por ende
no cierren empresas importantes en nuestro país que
significaría un aumento del desempleo.
- En la hipótesis planteada inicialmente, la
- El aporte que hace nuestro trabajo a la teoría económica, esta ligado
principalmente al comercio exterior, en ell cual pretendo
mostrar que convenios que no logran un crecimiento de las
industrias y economías de ambas partes no es un buen
negocio, porque unos ganan y otros pierden, no existe una
distribución equitativa de los ingresos y
riquezas, siendo en este caso nuestro país un perdedor,
que pierde reservas, pierde recursos, debilita su
producción nacional, aumenta al desempleo y tiene un
efecto negativo en nuestra economía.
– Informe Estadístico 1990 – 1995
Instituto Boliviano de Comercio Exterior
Av. Velarde Nº 131
Santa Cruz – Bolivia
– Informe Estadístico 1996 – 2001
Instituto Boliviano de Comercio Exterior
Av. Velarde Nº 131
Santa Cruz – Bolivia
– Acuerdo de Complementación Económica Nº
36 (Bolivia – MERCOSUR)
Instituto Boliviano de Comercio Exterior –
CADEX
Av. Velarde Nº 131
Santa Cruz – Bolivia
– Informe Estadístico 2001 – 2004
Banco Central de Bolivia
Autor:
Róger Alejandro Banegas Rivero
Egresado de la Carrera de Economía, Universidad
Autónoma Gabriel Rene Moreno, Santa Cruz – Bolivia,
Febrero del 2005.
Enviado por:
Jose Enrique Ortiz